APROBADO POR ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
APROBADO POR ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL PARA LA ASAMBLEA DE MADRID. PROCEDIMIENTO ABIERTO. REGULACIÓN ARMONIZADA.
Expediente CPAS/2009/04
1. Justificación del procedimiento de adjudicación y carácter jurídico del contrato.
1.1 . Procedimiento de adjudicación.
El contratista adjudicatario se determinará por el procedimiento abierto, al amparo de lo dispuesto por el artículo 122.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
1.2 Carácter jurídico del contrato.
El contrato que se suscriba tendrá carácter administrativo, conforme al artículo
19.1 a) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2. Objeto del contrato.
2.1. Objeto del contrato.
Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de telefonía móvil para la Asamblea de Madrid, en los términos que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas anexo al presente.
La codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades en la Comunidad Económica Europea es: I.64.20.13 “servicios de telefonía móvil” e I.64.20.16 “servicios de redes de transmisión de datos”.
La codificación correspondiente al vocabulario común de procedimientos contractuales en la Comunidad Económica Europea (CPV) es: 64200000-8 servicios de telecomunicaciones, 64210000-1 servicios telefónicos y de transmisión de datos y 64212000-5 servicio de telefonía móvil.
Entre los factores de todo orden a tener en cuenta está la mejora que supone para la gestión administrativa la normalización de la adjudicación del referido contrato dada cuenta de la necesidad de que en todo momento estén cubiertos los servicios de telecomunicaciones de voz y datos móvil para el normal desenvolvimiento de la actividad de la Cámara.
2.2. Documentos de carácter contractual.
De conformidad con lo previsto por la legislación vigente, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que incluye como Anexo el Pliego de Prescripciones Técnicas revestirá carácter contractual.
3. Presupuesto del contrato, existencia de crédito y revisión del precio.
3.1. Presupuesto del contrato.
El presupuesto máximo de licitación será de setecientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y dos euros con siete céntimos (775.862,07 €), sin IVA (1), para un plazo de ejecución de dos años.
A este importe se le aplicará como partida independiente el IVA, por lo que la cuantía total del presente contrato asciende a la cantidad de novecientos mil euros (900.000,00 €)
Por ello, el presente contrato está sujeto a regulación armonizada en cumplimiento del artículo 16.1 b) de la Ley de Contratos del Sector Público.
En el presupuesto se entenderán comprendidos, además de los costes que se deriven directamente de la ejecución, cuantos gastos pueda producir al adjudicatario la realización del presente contrato, personal, materiales, productos, etc., de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego y cuantos otros pudieran derivarse de la adjudicación del presente contrato.
El gasto máximo que a la Administración podrá suponerle la presente contratación asciende a la cuantía del presupuesto máximo de licitación al que se añadirán los impuestos que sean de aplicación.
3.2. Existencia de crédito.
El cumplimiento de las obligaciones económicas que se deriven para la Asamblea de Madrid del contrato regulado por este Pliego, se atenderán con cargo al crédito que, suficiente y adecuado, existirá en la partida 22200 “servicios telefónicos” del Presupuesto de la Cámara para el año 2009 y siguientes.
3.3. Revisión del precio.
Por su naturaleza, en el presente contrato no cabrá la revisión de precios.
1
Artículos 75.2 y 76, Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público
3.4. Valor estimado del contrato.
A los efectos previstos en los artículos 16 y 76.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el valor estimado del contrato es de 1.163.793,10 euros, en atención al número de prórrogas previstas en la cláusula 14.3 del presente Xxxxxx.
Por ello, el presente contrato está sujeto a regulación armonizada en cumplimiento del artículo 16.1 b) de la Ley de Contratos del Sector Público.
4.- Criterios que servirán de base para la adjudicación.
En cumplimiento del artículo 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, los criterios que servirán de base para la adjudicación del objeto del presente Pliego serán los siguientes:
Criterio | Puntuación máxima | |
1º Criterios técnicos y prestaciones adicionales | 35 | |
Servicio Demandado y Gestión y Operación del Servicio | 20 | |
Nivel de Servicio | 7 | |
Bienes y servicios ofertados | 6 | |
Fase de Implantación | 2 | |
2º Precio | 60 | |
Tarifa plana voz y datos para móviles | 36 | |
Tarifa llamas fijo a móvil | 10 | |
Tarifa plana datos | 10 | |
Tarifa variable para móviles | 2 | |
Tarifa envío SMS masivo | 2 | |
3º Documentación | 5 | |
TOTAL | 100 |
ASPECTOS TÉCNICOS Y PRESTACIONES ADICIONALES (35 Puntos).
Servicio demandado y gestión y operación del servicio.
Se valorará la adecuación de la solución ofertada a los objetivos marcados. Se valorarán los siguientes aspectos desarrollados en el Pliego de Prescripciones Técnicas:
- Servicio GSM/GPRS, Constitución Red Privada Virtual y Conexión a Red Pública.
- Terminales ofertados.
- Sustitución de los terminales según el avance de tecnología.
- Plan de garantía de calidad de servicio, plan de seguridad, procedimientos de gestión comercial, administrativa y técnica de los servicios demandados, procedimientos de gestión de incidencias y tiempos de resolución, mantenimiento y operación, gestión de informes, tipo, formato y contenido.
Nivel de servicio.
Se valorarán: Los parámetros de nivel de servicio comprometidos por el licitador y el plan de garantía de calidad de servicio, los certificados de seguro de calidad que aporte el licitador y el grado de detalle del modelo de nivel de servicio comprometido por el licitador.
Bienes y servicios ofertados.
Tendrán la consideración de mejoras aquellos que añadan valor funcional o técnico a los servicios básicos o a su integración. Los terminales ofertados deben soportar las mejoras ofertadas.
Fase de implantación.
Se valorarán los siguientes aspectos: Nivel de detalle de las fases indicadas en el Plan de Actuación, el Plan de Pruebas, los procedimientos organizativos y técnicos que se ejecutarán durante la fase de implantación, los procedimientos de seguimiento y control de la fase de implantación, los informes y documentación de los trabajos de implantación y del equipamiento y el equipo de trabajo que ejecutará el Plan de Implantación.
ASPECTOS ECONÓMICOS (60 puntos).
Para la ponderación de las proposiciones económicas se utilizarán los costes totales para cada uno de los apartados, calculándose el importe total sobre los datos de consumo facilitados en el presente Pliego.
La fórmula que se utilizará para cada criterio es la siguiente:
Pc = ([Pmax] x [Pmin] / [Poferta]
"Pc" es la puntuación del criterio correspondiente a una oferta. "Pmax" es la puntuación máxima prevista para ese criterio.
"Pmin" es el precio más bajo para ese criterio de los reflejados en las diferentes ofertas. "Poferta" es el importe fijado en la oferta que se está valorando para ese mismo criterio.
DOCUMENTACIÓN (5 puntos).
Se valorarán los siguientes aspectos:
a) Que la documentación ofrecida a priori (en el momento de presentar la oferta) sea lo más clara y concisa posible.
b) Que las certificaciones presentadas indiquen claramente el ámbito.
c) Que la documentación se presente adicionalmente en formato electrónico (formularios incluidos).
d) Que el o los formularios que se presenten estén debidamente cumplimentados, con la debida precisión y concisión.
e) Cualquier otro aspecto que facilite la evaluación de la solución técnica planteada.
La Asamblea de Madrid dará preferencia en la adjudicación de los contratos a las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. Por ello, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
5. Órgano de adjudicación.
La adjudicación del contrato corresponderá a la Mesa de la Asamblea de Madrid, que actúa como Órgano de Contratación.
La Mesa de Contratación, que se constituirá a los efectos de realizar los actos previstos en este Pliego, estará constituida, según lo dispuesto por el Reglamento de Régimen Interior de la Asamblea, por los siguientes miembros:
I. Presidente:
- La Presidenta de la Asamblea, o Vicepresidente en quien delegue.
II. Vocales:
- Tres Vicepresidentes.
- El Secretario General de la Asamblea, o Letrado en quien delegue.
- La Directora de Gestión Administrativa.
- El Interventor.
III. Secretario:
- El Jefe del Servicio de Contratación.
6. Requisitos mínimos de solvencia que deben reunir los licitadores.
Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta xx Xxx de Contratos del Sector Público, se encuentren debidamente clasificadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
De conformidad con lo dispuesto por la Disposición Transitoria Quinta de la Ley de Contratos del Sector Público, por la que se dispone la vigencia del articulo 25.1 del Real Decreto Legislativo 2/2000, las empresas licitadoras deberán presentar el documento acreditativo de estar clasificado en el Registro Central de Empresas Consultivas y de Servicios con las siguientes clasificaciones y categorías:
GRUPO V. Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Subgrupo 4. Servicios de Telecomunicaciones
Categoría: C
6.1. Requisitos relativos a su solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera será acreditada por el licitador en los términos que se recogen en el Anexo 2 al presente Pliego.
6.2. Requisitos relativos a su solvencia técnica.
La solvencia técnica será acreditada por el licitador en los términos que se recogen en el Anexo 2 al presente Pliego.
6.3. Requisitos relativos a su capacidad de obrar.
La acreditación de la capacidad de obrar será realizada por el licitador en los términos que se recogen en el Anexo 2 al presente Pliego.
Podrán concurrir a la licitación Uniones Temporales de Empresas en los términos del artículo 48 y concordantes de la Ley de Contratos del Sector Público.
6.4 Constitución de la garantía provisional.
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional, por importe de veintitrés mil doscientos setenta y cinco euros con ochenta y seis céntimos (23.275,86 €), equivalente al 3% del presupuesto de licitación. La garantía provisional se podrá prestar en cualquiera de las formas dispuestas por el artículo 91 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La garantía provisional responderá del mantenimiento de la oferta hasta la adjudicación provisional del contrato.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato.
En todo caso, la garantía provisional será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
7. Perfil de contratante.
El acceso al perfil de contratante de la Asamblea de Madrid se podrá realizar a través de su página web, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx./
El enlace que permite el acceso directo es: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxXxXxxxxx/XX/XxxxxxxxxxXxxxxx/ ConcursosLicitaciones/
8. Ofertas o proposiciones. Plazo, forma y documentación a presentar.
8.1. Plazo para la presentación de ofertas o proposiciones.
Habiéndose enviado el 29 xx xxxx de 2009 anuncio de información previa al Diario Oficial de la Unión Europea (2009/S 104-150670) y publicado el 3 xx xxxxx (S104-2009), la presentación de ofertas se efectuará en el plazo de veinticuatro días naturales contados desde la fecha del envío del anuncio de convocatoria al Diario de la Unión Europea, al amparo del artículo 143 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Por tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, la licitación se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
El anuncio de licitación se publicará, asimismo, en el perfil de contratante de la Asamblea de Madrid.
8.2. Forma para la presentación de ofertas o proposiciones.
Las ofertas habrán de entregarse en el Registro de la Asamblea de Madrid o ser enviadas por correo certificado dentro del plazo de admisión. En este último caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telefax, télex o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días
siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
8.3. Documentación, presentación de ofertas o proposiciones.
Cada licitador podrá presentar una sola proposición económica.
a) IDENTIFICACIÓN DE OFERTAS.
Los licitadores deberán presentar los sobres que se mencionan en esta cláusula, debidamente numerados y con los datos necesarios para su identificación. Los sobres irán cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente y en el exterior de cada uno de ellos han de figurar los siguientes datos:
Procedimiento Abierto para la prestación del SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL PARA LA ASAMBLEA DE MADRID
Licitador .........................................................................................
Teléfono y Fax, a efectos de notificación:...............................................
b) CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
El contenido de las ofertas o proposiciones deberá ajustarse a lo previsto en el presente Xxxxxx y su presentación supone la aceptación incondicionada de la totalidad del contenido de sus cláusulas o condiciones sin salvedad o reserva alguna.
El contenido de cada sobre será:
Para todos los sobres. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente el contenido del mismo, enunciado y referenciado numéricamente.
Sobre nº 1. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos.
Sin perjuicio del resto de documentos cuya presentación se exige en el Anexo nº 2, las proposiciones de los interesados irán acompañadas de los siguientes documentos:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación.
b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de la Ley de Contratos del Sector Público para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Se incluirá en este sobre un documento en el que se recojan los siguientes datos, a efectos de notificación: nombre de la empresa, dirección, teléfono y fax.
Cualquier referencia a precios en un sobre distinto al número 2 determinará la exclusión de la oferta.
Sobre nº2. Documentación relativa a los criterios cuantificables automáticamente: Proposición económica. Deberá incluir:
1. Anexo nº 3: como oferta económica global.
2. Formulario TM1 debidamente cumplimentado
La inclusión de la proposición económica en un sobre distinto al número 2 determinará la exclusión de la oferta. Asimismo, la apertura del sobre que contenga la proposición económica con anterioridad a la sesión pública en que deba efectuarse, por defecto imputable al licitador en la cumplimentación de los sobres, determinará la exclusión de la oferta.
La proposición económica ajustada al modelo que figura en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares contendrá todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma.
El licitador, al formular su propuesta económica, hará figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Asamblea. Este mismo requisito será utilizado para los documentos que se presenten para el cobro.
Sobre nº 3. Documentación técnica. Se incluirá la documentación solicitada específicamente en el Anexo I de Prescripciones Técnicas, y concretamente la solicitada en el punto XI “contenido de las ofertas”.
Cualquier referencia a precios en un sobre distinto al número 2 determinará la exclusión de la oferta. Es opcional la presentación de cualquier otra documentación técnica y potestativo para la Asamblea su toma en consideración para la evaluación de las ofertas, que en su caso se haría siempre dentro de los criterios que servirán de base para la adjudicación recogidos en la cláusula 4 del presente Pliego.
El licitador podrá presentar también la documentación técnica en disquete o cd, como respaldo ofimático. La presentación en este formato no sustituirá a la presentación en papel.
8.4.- Información adicional.
Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre el Pliego hasta el octavo día del plazo de licitación que se recoge en la cláusula 8.1.
La solicitud se realizará a través de fax (00.000.00.00) o de correo electrónico (xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx).
Se procederá a la contestación de las solicitudes de información adicional que pudieran recibirse, mediante su publicación en el perfil de contratante de la Asamblea de Madrid, para general conocimiento.
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxXxXxxxxx/XX/XxxxxxxxxxXxxxxx/ ConcursosLicitaciones/
No serán atendidas las solicitudes de información adicional que se reciban fuera del plazo habilitado al efecto, o realizadas por procedimiento distinto a los reseñados.
9. Presupuesto de licitación.
El licitador, al formular su propuesta económica, establecerá el precio ofertado de manera desglosada; es decir, el Impuesto sobre el Valor Añadido figurará como partida independiente de la oferta.
10.- Calificación, apertura de la documentación y adjudicación del contrato.
10.1 Calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas el Registro General de la Asamblea procederá a remitir una relación de todos los sobres conteniendo las ofertas presentadas en tiempo al Jefe del Servicio de Contratación de la Cámara.
La Mesa de Contratación se reunirá para calificar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, sobre número 1, de las empresas presentadas en plazo y no incursas en la duplicidad a que se refiere el artículo 129.3 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Si se observan defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada por los licitadores, la Mesa de Contratación concederá un plazo máximo de tres días hábiles para su subsanación.
10.2 Apertura de la documentación.
1.- Apertura de la documentación relativa a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor.
En un plazo no superior a siete días naturales desde la apertura de la documentación citada en la cláusula 10.1, se reunirá la Mesa de Contratación para, en acto público, proceder a la apertura del sobre que contenga la documentación relativa a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor, sobre número 3, “Documentación Técnica”
2.- Apertura de la documentación relativa a los criterios cuantificables automáticamente.-
La apertura en sesión pública del sobre número 2 que contiene la proposición económica y, en su caso, la documentación relativa a criterios cuantificables automáticamente, correspondientes a las ofertas admitidas en la calificación previa, se realizará en el lugar, día y hora indicados en el anuncio de la licitación o, en caso de que no pudiera determinarse, en el que se publique en el perfil de contratante de la Asamblea de Madrid.
En la sesión citada se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor.
Al inicio de la sesión se dará lectura al anuncio del procedimiento abierto objeto del presente Xxxxxx y a la relación de licitadores remitida por el Registro General de la Cámara.
10.3 Valoración de las ofertas.
En el presente procedimiento, se realizará en primer lugar la valoración de los criterios 1º y 3º de la cláusula 4 que servirán de base a la adjudicación. Para ello, la Mesa de Contratación podrá solicitar el asesoramiento técnico que considere necesario.
El informe que contenga la valoración será remitido a la Mesa de Contratación en un plazo que no será superior a diez días naturales. La cuantificación máxima de cada criterio no podrá superar la dispuesta en la cláusula 4 del presente Pliego y la mínima podrá, en su caso, ser 0 puntos.
Posteriormente y tras la apertura de los sobres número 2, Documentación relativa a los criterios cuantificables automáticamente, se procederá a la evaluación de las ofertas incluidas en él, a los efectos de valorar el criterio 2º de la cláusula 4 de los que servirán de base a la adjudicación.
10.4 Propuesta de adjudicación provisional.
Con base en la valoración resultante, la Mesa de Contratación elevará a la Mesa de la Asamblea propuesta de adjudicación provisional del servicio objeto del presente Pliego.
10.5 Adjudicación provisional.
La adjudicación provisional se producirá dentro del plazo máximo de cuatro meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
La adjudicación provisional se acordará por el Órgano de Contratación en Acuerdo motivado, y será notificada a los licitadores.
La adjudicación provisional abrirá un plazo de quince días hábiles, contados a partir de su publicación en el perfil de contratante, para presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo
53.2 de la Ley de Contratos del Sector Público que le reclame el Órgano de Contratación, así como constituir la garantía que, en su caso, sea procedente.
10.6 Adjudicación definitiva del contrato.
La adjudicación provisional se elevará a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en la cláusula anterior siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada en la cláusula anterior y constituido la garantía definitiva.
Según lo dispuesto en el artículo 94.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, procederá la adjudicación definitiva aun cuando su ejecución, ya se realice en una o en varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias aplicables.
Las adjudicaciones perfeccionan los contratos y producen efectos para los adjudicatarios desde su notificación.
De conformidad con el artículo 138 de la Ley de Contratos del Sector Público, la adjudicación definitiva del contrato se publicará en el perfil de contratante de la Asamblea y, por tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, el anuncio de adjudicación se enviará al Diario Oficial de la Unión Europea y se publicará en el Boletín Oficial del Estado en los términos del referido artículo.
11. Garantía definitiva.
Los adjudicatarios provisionales vendrán obligados a constituir una garantía definitiva cuya cuantía será el 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, en la forma y lugares establecidos en el Reglamento de
Régimen Interior de la Asamblea y en el artículo 84.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Esta garantía deberá constituirse, y acreditar su constitución ante el Servicio de la OCP y de Asuntos Económicos de la Asamblea de Madrid, en un plazo de quince días hábiles siguientes contados desde que se publique la adjudicación provisional del contrato en el perfil de contratante de la Asamblea.
Si la garantía fuese prestada por persona o entidad distinta del adjudicatario, quedará sujeta a las mismas responsabilidades que si se hubiese constituido por éste y en este supuesto no se podrá utilizar el beneficio de excusión a que se refieren los artículos 1.830 y concordantes del Código Civil.
La garantía constituida responderá de los siguientes conceptos:
a) De las penalidades impuestas al contratista según lo dispuesto en el presente Xxxxxx.
b) De las obligaciones derivadas del contrato, de los gastos originados a la Asamblea por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento cuando no proceda su resolución.
c) De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato.
Cuando la garantía no sea bastante para satisfacer las citadas responsabilidades, la Asamblea de Madrid podrá instar de la Administración de la Comunidad Autónoma que se proceda al cobro de la diferencia mediante el apremio sobre el patrimonio del contratista, con arreglo a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación.
Cuando se hicieran efectivas, x xxxxx de la garantía, las penalidades a que se refiere el apartado a) o las responsabilidades que prevén los apartados b) y c), el contratista vendrá obligado a completarla, por cualquiera de los medios establecidos anteriormente, e igual obligación le incumbirá cuando, por consecuencia de la modificación del contrato, aumente el presupuesto de éste.
No se prevé la constitución de garantía complementaria.
12. Perfeccionamiento y formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con el Acuerdo de adjudicación definitiva, a partir del cual las partes contratantes quedan obligadas a su cumplimiento.
El contrato se formalizará en documento administrativo. No obstante, se formalizará en escritura pública si así lo solicita el adjudicatario, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
La formalización del contrato tendrá lugar dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva.
Cuando por causas imputables al adjudicatario, no pudiese formalizarse el contrato, la Asamblea de Madrid podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado y con incautación de la garantía definitiva, si la hubiere, y, en su caso, la indemnización de daños y perjuicios conforme a la legislación vigente.
13. Gastos.
El adjudicatario estará obligado a satisfacer, además de los establecidos en la cláusula 3.1 de este Pliego, los gastos de formalización del contrato, así como el importe de cuantas cargas, gravámenes y exacciones fiscales procedan. A tal efecto la Asamblea repetirá al contratista adjudicatario las facturas de cuantos gastos correspondan al adjudicatario.
El importe máximo aproximado de los gastos de anuncios de licitación y adjudicación es de mil trescientos euros (1.300 €), sin perjuicio de las tarifas que los correspondientes Diarios Oficiales tengan vigentes.
14. Ejecución.
14.1. Xxxxxx y xxxxxxx.
El contrato se entiende aceptado a riesgo y xxxxxxx del contratista adjudicatario.
14.2 Control de la ejecución.
La Asamblea de Madrid, a través de la Dirección de Informática y Tecnología, supervisará los trabajos objeto del presente Xxxxxx y comprobará el cumplimiento del servicio realizado y su adecuación a lo dispuesto en aquél.
La Dirección de Informática y Tecnología deberá, por escrito y a través de los correspondientes cauces, comunicar a la Dirección de Gestión Administrativa las incidencias, incumplimientos y deficiencias que se observen.
A la Dirección de Informática y Tecnología le corresponderán además, los controles específicos y extraordinarios, así como expresar la conformidad de la recepción, pudiendo elevar los pertinentes informes al órgano competente para que éste dicte las instrucciones oportunas y se las dirija al adjudicatario, siempre que no supongan modificaciones del objeto del contrato ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las derivadas del presente Pliego y demás documentos contractuales.
14.3. Plazo de ejecución
La ejecución del contrato se iniciará a partir del día de su formalización, con una duración de dos años, y su cómputo se iniciará a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de la formalización del contrato.
No obstante lo anterior, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 76.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, transcurrido el
período inicial de vigencia, y según lo prevenido en el artículo 279 de la referida Ley, se podrá modificar y prorrogar por mutuo acuerdo y de forma expresa, antes de la finalización de su vigencia inicial, o de las prórrogas acordadas, sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de tres años.
Se establece un máximo de una prórroga adicional al contrato inicial, a los efectos previstos en los artículos 16 y 76.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
A tal efecto, la Asamblea comunicará al contratista con antelación al vencimiento del contrato la intención de prorrogar el mismo, recogiendo en dicha comunicación el porcentaje máximo en que podrá incrementarse el precio, que será el correspondiente a la variación que experimente el IPC que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que pudiera sustituirle, en el mes completo inmediatamente anterior al de la finalización del contrato.
El contratista comunicará su oferta de precio durante la vigencia de la prórroga, el cual se podrá modificar como máximo, en caso de incremento, con el límite contenido en el párrafo anterior.
La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación y será obligatoria para el contratista, de acuerdo con el artículo 23.2 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
14.4 Subcontratación
Queda expresamente prohibida la subcontratación del servicio.
14.5. Obligaciones esenciales del contratista.
- Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
- Realizar el servicio sin que tenga derecho a indemnización por causa de perdidas, xxxxxxx o perjuicios ocasionados en los bienes necesarios para el mismo, antes de su entrega a la Asamblea de Madrid, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos. En cualquier caso, los gastos de entrega y transporte de cualquier equipo de utilización necesaria en la prestación del servicio, serán por cuenta del adjudicatario
- Cumplir el servicio objeto del contrato según lo dispuesto en este Pliego, la oferta del adjudicatario, el contrato y las indicaciones de la Asamblea de Madrid.
- Cuantas deriven de este Pliego.
- En general, el cumplimiento de las normas que sean de aplicación de las contenidas en la vigente Legislación de Contratos.
14.6 Pagos.
La Asamblea estará obligada a pagar conforme se estipule en el contrato y con arreglo al precio convenido, por mensualidades vencidas, el abono de los servicios efectivamente prestados. El pago se hará efectivo a la presentación de la factura por el contratista en el Registro de la Asamblea de Madrid.
Excepcionalmente, se podrán realizar abonos a cuenta por importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato. Se asegurarán los pagos mediante la prestación de garantía.
14.7. Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público, en los casos de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o en el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de la ejecución del contrato, en caso de que éstas se hayan especificado en el Pliego, la Asamblea optará por la resolución del contrato, previa audiencia del contratista, o por la aplicación de penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento cuya cuantía y régimen se disponen en el apartado X del Anexo 1 al presente Pliego.
14.8. Resolución del contrato.
El órgano de contratación se reserva, de producirse la reiteración de anomalías o la gravedad de las mismas, el inicio de los trámites tendentes a la resolución del contrato. Específicamente serán causas de resolución, además de las consignadas en la Ley de Contratos del Sector Público, las que a continuación se reseñan:
- Facturación de servicios no prestados.
-Cargo íntegro de servicios prestados con medios inferiores a los contratados, cuando esta práctica se repita o el importe de lo indebidamente facturado alcance el 1% del importe del contrato.
-Obstrucción de las facultades de dirección e inspección de la Asamblea.
-Concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 206 y 284 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La Asamblea de Madrid podrá acordar la resolución del contrato o la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Se consideran causas de resolución por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
-Incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del servicio.
-Pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración. La comprobación en cualquier momento de la carencia previa de los requisitos o
la falsedad o inexactitud de cualquiera de los datos que hubiera servido para concurrir a la licitación o para la adjudicación del contrato.
-Incumplimiento de las limitaciones establecidas, en su caso, en materia de subcontratación.
-Incumplimiento de los plazos de ejecución.
En todos los casos, la resolución se ajustará a lo previsto en el artículo 207 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En caso de resolución del contrato la Asamblea se abstendrá de realizar cualquier pago en favor del contratista hasta que se proceda a la subsiguiente liquidación una vez extinguido por resolución el contrato.
La resolución del contrato por causas imputables al adjudicatario, podrá dar lugar a la declaración de su subsistencia en precario hasta tanto no se produzca una nueva adjudicación y siendo posible requerir al adjudicatario infractor los daños y perjuicios que hubiesen podido ocasionar a la Asamblea de Madrid, determinando, además, la automática incautación de la fianza, sin perjuicio de que se exijan otro tipo de responsabilidades, si hubiera lugar a las mismas.
14.9. Prerrogativas de la Asamblea de Madrid y facultades de resolución de contrato.
La Asamblea de Madrid podrá desistir o renunciar a celebrar el contrato antes de la adjudicación provisional compensando los gastos según los principios generales de la responsabilidad de la Administración.
Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
La Asamblea de Madrid ostenta las prerrogativas de interpretar el contrato, de modificarlo y suspender su ejecución por razón del interés público, así como acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la Ley de Contratos del Sector Público.
La Asamblea de Madrid ostentará asimismo cuantas otras prerrogativas reconozca a las Administraciones Públicas la legislación vigente.
15. Modificaciones del contrato.
La Asamblea de Madrid, previa audiencia del adjudicatario, podrá acordar modificaciones por razones de interés público y para atender a causas imprevistas. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. Su necesidad se justificará en el expediente.
Estas modificaciones se realizarán dentro de los límites establecidos por la legislación vigente -artículo 202.1 de la Ley de Contratos del Sector Público-.
16. Cumplimiento y plazo de garantía.
La Asamblea determinará si la prestación realizada se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento.
La constatación del cumplimiento del contrato exigirá por parte de la Asamblea un acto formal y positivo de recepción o conformidad que se realizará en un plazo máximo de dos meses desde el fin de la ejecución del objeto del contrato.
Si hubiera constatación de incumplimiento, se requerirá al contratista para que proceda a la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados. Si no se adecuasen a las prescripciones xxx Xxxxxx y del contrato no se realizará la recepción del servicio ni se procederá a la liquidación del pago.
Por la naturaleza y características del objeto del contrato y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 205.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, no se establece plazo de garantía.
La constatación por parte de la Administración mencionada en el artículo 205.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, tendrá lugar mediante declaración que se incorporará al expediente, y servirá para documentar la devolución de la garantía definitiva.
No podrán realizarse cancelaciones parciales de la garantía por recepciones parciales.
17. Normas aplicables.
En lo no previsto en el presente Xxxxxx, se aplicarán directamente:
− Los preceptos aplicables del Reglamento de Régimen Interior de la Asamblea de Madrid, aprobado por la Mesa de la Cámara
− La Ley 30/2007, de 30 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
− La Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
− El Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
− Las restantes normas administrativas que resulten de aplicación, y, en su defecto, el Derecho Privado.
18. Jurisdicción competente.
El contrato adjudicado tendrá carácter administrativo y las cuestiones litigiosas surgidas sobre su interpretación, modificación, resolución y efectos serán resueltas por la Mesa de la Asamblea, previo informe de los servicios jurídicos o técnicos competentes. Los acuerdos de la Mesa pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, competente para su conocimiento y fallo.
ANEXO 1
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL PARA LA ASAMBLEA DE MADRID
I. OBJETO Y DESCRIPCIÓN.
El objeto del presente procedimiento es la contratación de una Red Privada de Telefonía Móvil y su interconexión con la Red corporativa de telefonía fija existente en la Asamblea de Madrid y con las redes públicas de telefonía.
Así pues, se pretende proporcionar el mayor nivel de integración entre la Red Corporativa de Comunicaciones Fijas y la Red Corporativa de Comunicaciones Móviles, llegando al extremo de que los terminales móviles puedan ser considerados como extensiones móviles de la Red Corporativa de voz, con posibilidades de integrarse, también, con las redes de fax y datos.
Para proporcionar todos los servicios que se describen en el presente Pliego, el adjudicatario deberá realizar el suministro, instalación, configuración y mantenimiento de todos los elementos de hardware y software que sean necesarios para la completa operatividad del sistema y para la correcta prestación del servicio. Además, prestará los servicios complementarios vinculados, así como el soporte y la formación que sean necesarios para los usuarios y técnicos.
El servicio de Telefonía Móvil prestado deberá estar soportado, preferentemente, por tecnología de última generación que satisfaga las recomendaciones y normativas internacionales. Asimismo, la red móvil deberá ser actualizada de forma continua, manteniendo en todo momento las funcionalidades más avanzadas en el servicio prestado y siendo responsabilidad del adjudicatario del servicio definir la plataforma de la red que soportará el servicio.
El plazo de ejecución del presente contrato será de 2 años, computados a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de la formalización del contrato, siendo prorrogable por una anualidad.
La Asamblea de Madrid dispone en la actualidad de una plataforma de comunicaciones móviles que le proporciona unas facilidades y calidad del servicio que, como mínimo, desea conservar. A continuación se describe ésta.
II. DESCRIPCIÓN DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA RED PRIVADA VIRTUAL CORPORATIVA DE LA ASAMBLEA DE MADRID (RPVCAM).
2.1 Breve descripción de la infraestructura de telefonía móvil
Como resultado de la ejecución del concurso CCS/2006/02, “Servicio de telefonía móvil”, se implantó en la Asamblea de Madrid una Red Privada Virtual Corporativa de la Asamblea de Madrid (que en adelante se mencionará bajo el acrónimo RPVCAM), tanto a nivel funcional (marcación abreviada) como de tarificación y facturación.
La RPVCAM integra la central HICOM 300 actualmente existente con la infraestructura necesaria para cubrir el servicio de telefonía móvil, entendiendo por tal:
a) Las llamadas realizadas desde los móviles a extensiones fijas de la PABX (móvil corporativo a fijo corporativo).
b) El resto de las llamadas de los móviles (móvil no corporativo a fijo no corporativo).
c) Las llamadas desde las extensiones fijas PABX a los móviles de la Asamblea (fijo corporativo a móvil corporativo).
d) Las llamadas desde las extensiones fijas PABX a otros móviles (fijo corporativo a móvil no corporativo).
Para llamadas entre móviles corporativos o internos y de fijo corporativo a móvil interno y viceversa, se facturan las llamadas como llamadas internas cuando el usuario hace uso tanto de la marcación abreviada como del número público para establecer la comunicación.
Para ello, la Asamblea cuenta con un grupo corporativo entre los móviles que le pertenecen y un enlace de 30 canales para este servicio, pudiendo conectar o enlazar entre sí mediante un plan de numeración interna de cuatro dígitos, además de su propia numeración estándar de nueve dígitos. En caso de saturación de los mencionados canales, la llamada se dirige al sistema de telefonía fija, tratándose la misma como si de una llamada de fijo corporativo a móvil corporativo, o viceversa, se tratara.
2.2. Datos generales correspondientes a la telefonía móvil en la Asamblea de Madrid
Con una finalidad descriptiva, la situación actual de la telefonía móvil en la Asamblea arroja los siguientes datos:
Datos Generales | Cifras | Observaciones |
Número total de líneas de voz actuales. | 190 líneas1 | Servicio actualmente prestado por la empresa Vodafone |
Tipos de líneas de voz actuales. | Líneas de voz con servicio de correo e internet (servicio avanzado de datos) Líneas de voz sin servicio de correo e internet. | |
Número total de líneas con servicio avanzado de datos actuales. | 160 líneas | Solución actual: Real Mail |
Número total de líneas sólo de datos actuales. | 140 líneas | Solución actual: Conecta Vodafone |
Tipos de líneas de datos actuales. | Conecta Vodafone Conexión de hasta 5Gb mensual a velocidad alta y el resto del tráfico a velocidad normal, sin límite de volumen de tráfico | |
Tipos de dispositivos de conexión de datos actuales. | 140 unidades | Solución actual: Módem USB Huawei E 172 |
Número total de servicios GPS actuales | 19 licencias | Solución actual: Vodafone Navigator |
Tipos de servicios GPS actuales. | Solución actual: Vodafone Navigator El tipo de servicio GPS actual cubre Europa y la actualización de los mapas se realiza de manera dinámica a través del proveedor del servicio | |
Tipos de dispositivos manos libres para coche | 5 vehículos dotados con manos libres integrados en el propio vehículo. Funcionamiento a través de una tarjeta SIM del operador actual. 4 vehículos dotados con manos libres modelo Paxxxx XX 0000. Funcionamiento a través de bluetooth y teléfono. Nota: Datos de modelos aproximados y sujetos a modificaciones. |
La Asamblea también dispone de un servicio de envío masivo de mensajes cortos (SMS), a través de una aplicación web.
Asimismo, la Asamblea de Madrid dispone de la plataforma de correo electrónico Microsoft Exchange Server 2003 y de un servicio de datos en movilidad que utiliza un servidor dedicado, con comunicación con el actual adjudicatario. Dicho servidor se gestiona y administra por el personal técnico de la Asamblea de Madrid.
1 El número de líneas podría aumentar sobre la base del incremento en el número de Diputados en las próximas Elecciones autonómicas si la población de la Comunidad aumentase, a la vista de la fórmula estipulada en el artículo 10.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, así como por el eventual incremento de personal.
El parque de dispositivos de telefonía móvil disponible actualmente en la Asamblea de Madrid se describe en la tabla siguiente:
Modelo del Terminal | Número de unidades |
HTC 1615 | 155 |
Nokia E71 | 17 |
Nokia 5200 | 27 |
Nokia 2630 | 04 |
HTC Diamond Touch | 01 (adaptación a puesto de trabajo - software desarrollado por la ONCE) |
La información de los móviles está actualmente protegida frente a accesos no deseados en caso de pérdida o sustracción de los dispositivos móviles. Se requiere la necesidad de mantener este servicio.
Los dispositivos móviles están protegidos por antivirus Symantec para Windows Mobile
5.1 y 6.0, así como Symantec para Symbian, para los correspondientes.
III. CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL.
3.1. Características generales
1. El nuevo sistema de telefonía móvil deberá conectarse al de telefonía fija soportado por la PABX HICOM 300 anteriormente citada, o la central que en el futuro pueda sustituir a ésta.
2. Se deberán mantener las facilidades proporcionadas por la RPVCAM y el plan privado de numeración. Los licitadores detallarán, de forma exhaustiva, las posibilidades de integración con el sistema de telefonía fija, en la Descripción Técnica de la Solución.
3. En todo caso, el adjudicatario deberá garantizar que el servicio se prestará sin necesidad de variar la numeración pública ni privada de las líneas actualmente existentes.
4. La solución de telefonía móvil corporativa proporcionará, al menos, los siguientes servicios básicos:
- Identificación de la llamada.
- Ocultación de la identidad.
- Llamada en espera.
- Retención de llamada.
- Multiconferencia.
- Desvío de llamadas.
- Aviso de llamadas.
- Bloqueo de llamadas entrantes y salientes.
- Buzón de voz con aviso.
- Mensajes cortos (SMS).
- Conversión en texto de mensajes de voz.
- Clave o PIN de acceso.
- MMS.
Los demás que se oferten por los licitadores en sus ofertas tendrán la consideración de mejoras.
5. Los servicios adicionales mínimos que deberá ofrecer el servicio de telefonía móvil son los siguientes:
- Buzón de voz, incluyendo facilidades de tratamiento de mensajes, personalización y accesibilidad desde cualquier terminal, fijo o móvil.
- Servicio de números frecuentes.
- Facilidades generales de tratamiento de llamadas: llamada en espera, desvíos de llamadas, rellamada automática, restricción de llamadas no deseadas, etc.
- Información visual sobre la llamada, con identificación de llamante, siempre que el llamante muestre el número.
- Personalización y marcación abreviada.
- Servicios de seguridad: candado electrónico, bloqueo por IMEI, etc. (a tales efectos el adjudicatario debe ser capaz de suministrar a petición de la Asamblea una relación de todos los IMEI del parque móvil suministrado). En caso de necesidad, la Asamblea podrá requerir el suministro de todos los códigos asociados en origen a un terminal (PUK, PIN, etc.), así como el reseteo y desbloqueo del mismo, o en su caso, la sustitución del terminal sin costo para la Asamblea.
- Manual de uso de los servicios en formato electrónico para que esté disponible en la intranet de la Asamblea de Madrid.
- Manual de los dispositivos entregados a la Asamblea para que esté disponible en la intranet de la Asamblea de Madrid.
Los demás que se oferten por los licitadores en sus ofertas tendrán la consideración de mejoras.
6. La solución proporcionará, al menos, los siguientes servicios avanzados:
- Duplicación de la tarjeta SIM para asociar dos tarjetas a un mismo número de teléfono.
- Roaming. Se deberá proporcionar una lista de operadores y países con los que existan acuerdos.
- Control de consumo con definición de límites.
- Definición y creación de grupos de usuarios con una determinada configuración del servicio (restricciones, límites de consumo, etc.).
7. La solución para la RPVCAM objeto del presente Xxxxxx deberá disponer de un sistema de gestión que permita a la Asamblea de Madrid (a través de las personas debidamente autorizadas), de modo flexible (a través de Internet), controlar el acceso de los usuarios a los servicios móviles. Dicho sistema deberá ofrecer la posibilidad de establecer diferentes grados de restricciones sobre el uso de las líneas móviles, incluyendo:
- Destino de llamadas. Debe proporcionar niveles de restricción entre llamadas corporativas, nacionales o internacionales.
- Roaming. Se debe disponer de la capacidad de activación o desactivación de este servicio fuera del territorio nacional. Los licitadores aportarán con sus ofertas una solución para las activaciones y desactivaciones del roaming en el extranjero por los propios usuarios tanto para estancias breves (1 a 7 días) y las restantes (8 días a 1 mes).
- Limitaciones de tráfico. Posibilidad de establecer limitaciones del tipo de tráfico (voz, datos y mensajería).
- Restricciones de consumo. Posibilidad de establecer límites de consumo por línea.
- Restricciones de servicios de tarificación adicional.
- Restricción de llamadas a una serie de números predefinidos
(listas negras).
- Restricción de llamadas según xxxxxxx.
Para hacer uso de esta herramienta, la Asamblea debe contar con documentación actualizada y en formato electrónico sobre sus características y modo de uso, así como de la configuración en que queda el sistema en el momento de la entrega.
El adjudicatario deberá impartir la formación necesaria para el manejo del sistema, configuración y la interpretación de la documentación.
8. Los licitadores deberán aportar en sus ofertas soluciones de accesibilidad para personas con minusvalía audiovisual, que puedan ser aplicadas a los dispositivos móviles que oferten.
El adjudicatario deberá impartir la formación necesaria para el manejo del sistema, configuración y la interpretación de la documentación; así como la formación especial que requieran usuarios.
3.2 Plan Privado de Numeración.
El adjudicatario implantará un Plan Privado de Numeración que posibilite establecer comunicaciones internas móvil-móvil, móvil-fijo y fijo-móvil haciendo uso de la marcación abreviada definida en dicho Plan. El Plan Privado de Numeración propuesto por el licitador deberá respetar las siguientes directrices:
— Un teléfono fijo o móvil debe ser siempre accesible desde cualquier otro integrado en la RPVCAM a través de un único número corto.
— La longitud de la numeración corta será de cuatro cifras.
— La numeración corta actualmente existente se conservará.
— Asimismo, se mantendrán las restricciones técnicas a la numeración (números reservados, exclusión de rangos, etc.).
La red identificará los números del Plan Privado de Numeración en cualquier zona de cobertura en el territorio nacional.
3.3. Funcionalidades de marcación y presentación de número llamante.
3.3.1. Marcación.
Los números externos a la RPVCAM se podrán marcar tal y como se hace desde cualquier extensión que no pertenezca a la RPVCAM.
Los números internos se podrán marcar con el número abreviado (4 cifras) o el público. En ambos casos la tarificación se considerará interna.
3.3.2. Presentación del número llamante.
Cuando un usuario reciba una llamada interna de la RPVCAM, se presentará con las cuatro cifras del número abreviado.
Cuando se reciba una llamada externa, se presentará el número público de llamada externa.
Cuando se llame a un número externo desde la RPVCAM, se presentará al destinatario el número público de la extensión llamante, o en su defecto un número que permita al destinatario contactar con el llamante.
3.4. Servicios de mensajes.
3.4.1. Mensajes cortos
El servicio de telefonía móvil ofertado deberá permitir enviar mensajes cortos tanto a través de los terminales móviles como desde aplicaciones accesibles a través de un enlace Web. Se podrá aplicar a este servicio el Plan Privado de Numeración.
El adjudicatario pondrá a disposición de la Asamblea una página web personalizada para poder enviar mensajes cortos de texto (SMS) al personal que disponga de telefonía móvil y para la gestión del sistema en un primer nivel (altas, bajas, creación de grupos, plantillas de mensajes, etc.).
Igualmente se valorará que dicho sistema permita el envío de ficheros adjuntos (por ejemplo, mediante la construcción de un MMS) como puedan ser documentos, imágenes, vídeos, hojas de cálculo, presentaciones, etc.
El adjudicatario deberá proporcionar una tarifa preferente para las comunicaciones que se realicen entre los elementos del sistema corporativo (móviles corporativos y extensiones fijas corporativas).
Se valorará que se permita realizar acuse de recibo de los mensajes enviados.
Se valorará que se permita, de forma configurable, asociar la recepción de las confirmaciones y/o mensajes a una cuenta de correo electrónico.
Se valorará la conectividad con aplicaciones corporativas.
3.5. Servicios adicionales.
3.5.1. Envío masivo de mensajes.
Se permitirá el envío masivo y selectivo de mensajes cortos por parte de la Asamblea de Madrid a los números de la RPVCAM, dejando registro y constancia de la emisión de los mismos.
Se podrá establecer una conexión IP con el servicio de mensajes del proveedor a través de una conexión dedicada.
El adjudicatario montará el servicio de gestión necesario para el envío masivo de mensajes y su registro, destinando los medios humanos y materiales para el buen funcionamiento según las necesidades de la Cámara.
3.5.2. Mensajería Multimedia.
El operador ofrecerá el envío de mensajes multimedia.
El servicio permitirá incluir imágenes, gráficos, voz y secuencias de audio, además del texto de los mensajes tradicionales, y comprobar su recepción.
El servicio admitirá todos los formatos de la norma MMS: JPEG, GIF, AMR, etc.
Cuando los teléfonos móviles destino no tengan capacidad de MMS, los usuarios de estos teléfonos recibirán una notificación por mensaje de texto donde se les informará que han recibido un mensaje multimedia que podrán recuperar en una dirección determinada de Internet.
3.6 Servicios avanzados de datos.
a) Telefonía móvil
El servicio de telefonía móvil deberá incluir servicios avanzados de transmisión de datos, los cuales contemplarán las siguientes funcionalidades:
— Acceso a Internet.
— Se valorará que se permita el acceso a la intranet de la Asamblea.
— Acceso al correo electrónico e información PIM (contactos, calendario, tareas y directorio corporativo).
— Servicio GPS (en su caso, reducido a ciertos usuarios).
— Línea de datos con conectividad 3G.
— En su caso, se valorará que se permita la recepción de señales de televisión y radio.
— Acceso al servicio de alertas de noticias (en su caso, reducido a ciertos usuarios). Corresponderá determinar al licitador en su oferta el servicio ofertado y, en su caso, las tarifas y costes de este servicio.
Estos servicios presentarán continuidad en la evolución tecnológica prevista. Actualmente serán accesibles desde las redes GPRS, UMTS. Donde exista disponibilidad y siempre que el dispositivo lo permita debe usarse HSDPA. La Asamblea se reserva el derecho de solicitar el acceso a la emisión de contenidos de radio y televisión, cuando ello sea posible tecnológicamente.
Para el acceso a los datos el adjudicatario configurará el acceso necesariamente a través del sistema de tarifa plana, inhibiendo las posibilidades de que cualquier usuario acceda por otras vías no incluidas en la mencionada tarifa plana.
Se valorará que los dispositivos móviles (se describen en el apartado 4.2.1, Tipo 1) que se suministren, permitan la conexión a redes inalámbricas (WiFi).
b) Datos en movilidad
El servicio de datos en movilidad debe cumplir los siguientes requisitos mínimos:
- Debe permitir consultar el correo electrónico en tiempo real en el dispositivo móvil, independientemente de la ubicación del usuario, y dar la posibilidad al usuario de abrir los archivos adjuntos.
- Debe permitir crear, modificar y eliminar correos electrónicos en el terminal y el servidor.
- Debe permitir sincronizar automáticamente de forma inalámbrica el correo electrónico, contactos, tareas y calendario corporativos con el dispositivo, de modo que no sea necesario que para sincronizar los datos se deba conectar el dispositivo al ordenador de puesto.
- Se deben sincronizar todos los contactos y tareas, y el calendario debe tener una ventana de tiempo que, como mínimo, comenzará un año antes de la fecha de sincronización y abarcará todos los eventos futuros.
- Todo el tráfico de datos que genere este servicio debe estar incluido en la tarifa plana descrita en el apartado 9.1.1.1 del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
- Debe permitir el acceso a Internet.
- Se valorará la posibilidad de acceso a la intranet de la Asamblea.
- El servicio debe proporcionar algún método de encriptación del tráfico que genera, a efectos de garantizar la confidencialidad y seguridad de los datos del usuario.
- La gestión de las cuentas de usuario del servicio, debe realizarse con un servidor dedicado, administrado por la Asamblea de Madrid.
- En caso de ser necesarios más dispositivos adicionales para garantizar la prestación del servicio, éstos deben ser provisionados, instalados y mantenidos por el adjudicatario.
- El adjudicatario también deberá proporcionar todas las licencias de software que sean necesarias.
- El servicio debe proporcionar algún mecanismo para inhabilitar la cuenta de un usuario en caso de pérdida, robo o extravío del dispositivo.
c) Sistema Global de Navegación por Satélite (GPS)
El servicio GPS debe satisfacer, como mínimo, los requisitos que a continuación se relacionan:
- Debe utilizar el GPS del dispositivo móvil aunque permita la conexión a otros dispositivos GPS vía bluetooth o similar.
- Debe realizar actualizaciones de planos con una periodicidad mínima mensual. Se valorará que esta operación sea lo más transparente posible para el usuario.
- El servicio debe proporcionar un almacenamiento centralizado de los mapas en las instalaciones del proveedor y en los dispositivos sólo deben residir los mapas que se requieran en cada momento.
- El servicio debe proporcionar como cobertura mínima el área geográfica de la Unión Europea.
d) Línea de datos 3G
El servicio de línea de datos 3G debe cumplir los requisitos mínimos siguientes:
- El adjudicatario debe suministrar las tarjetas SIM para todas las líneas de datos que se soliciten.
- En caso de ser necesario también debe aportar el dispositivo que permita la conexión a internet desde un ordenador con Sistema Operativo Microsoft Windows XP Professional o superior, así como todos los cables y accesorios necesarios para esta finalidad.
- El servicio debe proporcionar conectividad similar a la de un ADSL doméstico hasta un límite de descarga no inferior a 5Gb mensuales y una vez alcanzado dicho límite, debe permitir la conectividad a una velocidad inferior. Una vez al mes el cómputo de descargas se debe poner a cero.
3.7 Otros servicios.
Adicionalmente a los anteriormente descritos, el licitador ofrecerá aquellos servicios que considere de interés.
En particular, informará de la capacidad de ofrecer servicios avanzados de tercera generación, especificando fechas previstas y la cobertura del servicio.
Estos servicios serán considerados como mejoras.
La Asamblea podrá proponer la modificación del contrato, dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable, para incorporar nuevos servicios que comercialice el adjudicatario final, previo acuerdo con éste.
IV. BIENES Y SERVICIOS
4.1 Enlaces de acceso para PBX HICOM 300 o central con la que cuente la Asamblea.
El acceso al servicio de telefonía móvil debe ser proporcionado por el operador adjudicatario a través de la central digital HICOM 300 con la que cuenta actualmente la Asamblea de Madrid, o con la que pueda suplir a ésta durante la ejecución del contrato. Toda instalación necesaria para la conexión de la central a la red del adjudicatario, equipos de transmisión, interfaces de la PABX, instalación y puesta en funcionamiento serán por cuenta del adjudicatario.
La Asamblea desea conservar su numeración pública actual, para lo cual el operador deberá hacer uso de la portabilidad de numeración, si llegara el caso, ajustándose a la regulación de la Comisión xxx Xxxxxxx de las Telecomunicaciones. Todos los trámites administrativos necesarios para la portabilidad correrán a cargo del adjudicatario en caso de que éste sea distinto al operador actual que está prestando el servicio.
Si esta tramitación no está resuelta en la fecha en la que debe comenzar el servicio, la facturación del operador actual deberá ser asumida por el nuevo operador adjudicatario.
Correrán por cuenta del adjudicatario todos los gastos derivados de trabajos de obra civil, permisos (municipales, autonómicos o nacionales) necesarios, medios de transmisión, interfaces de PABX, y cualquier otro elemento necesario para la implantación de los servicios. Será obligación del adjudicatario realizar la coordinación de la configuración necesaria en la PABX con el proveedor de la misma. El adjudicatario está obligado a la asistencia in situ como mínimo una vez al año o cuando fuera necesario para proceder a la actualización y ajustes, sin coste adicional para la Asamblea.
En caso de que la Asamblea sustituyese la actual central el adjudicatario estará obligado, sin coste para la Cámara regional, a adecuar el servicio para su perfecto funcionamiento con la nueva infraestructura, para lo que deberá realizar las operaciones necesarias y prestar el apoyo, colaboración y asistencia necesarios a la Asamblea a fin de que el servicio se preste de forma óptima y con el mínimo plazo de suspensión posible de los servicios asociados al mismo.
El adjudicatario remitirá a la Asamblea bimestralmente las estadísticas de ocupación de los enlaces digitales y será responsabilidad del adjudicatario avisar a la Asamblea de Madrid si la ocupación de algún enlace supera el 80 por ciento de la capacidad del mismo. En caso de llegar a este grado de ocupación del enlace, el adjudicatario deberá instalar los enlaces digitales necesarios sin coste adicional para la Asamblea de Madrid, incluyendo todos los dispositivos (tarjetas en la centralita, mano de obra, software,
etc.). En las estadísticas debe aparecer claramente reflejado el nivel máximo y medio de saturación diario.
El adjudicatario tendrá un plazo no superior a un mes desde que se produce la saturación del 80 por ciento hasta la instalación de los nuevos enlaces.
Será obligación del adjudicatario suministrar la información necesaria, una vez que concluya el contrato, para que futuros proveedores (en caso de no ser el mismo) puedan prestar el servicio con la debida continuidad. Xxxx, sin perjuicio de que la Asamblea puede requerir dicha información en cualquier momento durante la ejecución del contrato.
4.2 Provisión de terminales.
4.2.1. Tipología de terminales
Los terminales telefónicos serán de dos tipos, debiendo ofertarse 200 unidades del Tipo 1 y 200 unidades del Tipo 2, de acuerdo con las siguientes características mínimas:
- TIPO 1:
Terminal de gama alta con prestaciones de PDA, enfocado a un uso preferentemente informático (acceso al correo electrónico, agenda, contactos, directorio corporativo y navegación por Internet) y GPS incorporado. Asimismo, podrá solicitarse la funcionalidad de captación de señales de audio y/o vídeo.
- Este tipo de terminal deberá ir acompañado, al menos, de los siguientes accesorios: auriculares, cable de conexión a PC, tarjeta de memoria de 4 Gb o superior y kit de automóvil (cargador de mechero, soporte manos libres).
- Se valorarán las características del procesador y la capacidad de memoria interna del dispositivo.
- Se valorará la duración de la batería.
- Estos terminales deberán ser capaces de acceder a Internet así como de sincronizar la información residente en el sistema informático de la Asamblea de Madrid relativa al correo electrónico, contactos, calendario, tareas del usuario y directorio corporativo.
La oferta debe comprender todas las licencias necesarias del software de sincronización de correo electrónico, así como alguna solución antivirus compatible con el sistema operativo del dispositivo.
El tráfico de datos de las actualizaciones de cualquier software proporcionado con el dispositivo debe estar incluido en la tarifa plana descrita en el apartado 9.1.1.1.
El sistema de correo electrónico servidor de la Asamblea de Madrid es Microsoft Exchange Server 2003.
- TIPO 2:
Terminal con prestaciones básicas y buena conectividad (bluetooth), enfocado claramente a un uso telefónico, donde debe primar la ergonomía, la facilidad de uso, el peso reducido y, especialmente, la duración de la batería.
Se valorará la implementación de una maqueta personalizada para la Asamblea en los terminales Tipo 1. Especialmente, se valorará la configuración predeterminada de los servicios incluidos en la tarifa plana, a efectos de evitar tráficos no incluidos en la misma. Cualquier modificación que, durante la vigencia del contrato, se introduzca en esta maqueta deberá ser previamente comunicada a la Dirección de Informática y Tecnología de la Asamblea de Madrid para su previa validación.
El licitador detallará en su oferta las condiciones relativas a los terminales móviles y, en particular:
- Plan para el equipamiento inicial de terminales (modalidad, coste, modelos de terminales ofertados, plazo y cronograma para el despliegue, etc.).
- Los terminales deberán poder funcionar como mínimo en la zona europea y en América, valorándose su operatividad en otras zonas geográficas.
- El licitador especificará los siguientes aspectos de los terminales móviles ofertados:
• Características del dispositivo y técnicas generales: marca y modelo, dimensiones terminal, peso, accesorios, etc.
• Batería: autonomía en llamadas, autonomía en «stand-by» y tiempo de duración y recarga. Tecnología: GSM, GPRS, WAP, UMTS.
• Características de telefonía: Aviso de llamada en espera, llamada múltiple, identificación de llamada, rechazo de identificación, indicación de gasto de llamada, etc.
• Otras aplicaciones: Grabación de voz, GPS, MP3, radio, cámara fotográfica, cámara de vídeo, agenda electrónica, etc.
• Fotografía del terminal.
El adjudicatario deberá proporcionar todos los terminales con sistema de comunicación bluetooth para usarlo con dispositivos manos libres para vehículos.
4.2.2. Dotación de terminales:
El adjudicatario asumirá los costes de un seguro para robo, extravío o mal uso de los terminales que permita la sustitución por este motivo de al menos un 10 por ciento del parque al año.
En todo caso, si se produjese un cambio de Legislatura en la Asamblea de Madrid estando vigente el contrato, el adjudicatario estará obligado a realizar la renovación del parque, entregando terminales en las condiciones estipuladas en el presente Pliego a los Diputados.
En caso de previsión de descatalogación de los equipos el adjudicatario estará obligado a notificar a la Asamblea este hecho, expresando en dicha comunicación los terminales equiparados al modelo anterior, o aquellos que se ajusten a las características técnicas requeridas por la Asamblea.
4.2.3. Renovación tecnológica.
Se deberá proponer un plan de renovación tecnológica basado en la evolución de los terminales ofertados o de otros de características similares o superiores que estén en el catálogo de la empresa adjudicataria, sin que ello suponga un coste añadido para la Asamblea de Madrid. A dicho efecto, la empresa adjudicataria estará obligada a remitir a la Asamblea con carácter trimestral el catálogo de teléfonos móviles de la empresa con sus características técnicas.
La Asamblea de Madrid podrá solicitar la remisión de terminales, sin coste, para la realización de pruebas y verificación de funcionamiento y operatividad.
La Asamblea de Madrid se reserva el derecho de solicitar la renovación, tanto por obsolescencia tecnológica, como por mal rendimiento de los terminales suministrados.
El adjudicatario ejecutará la renovación tecnológica con personal técnico de soporte designado al efecto, responsabilizándose de la migración de datos de los usuarios.
A la propuesta de renovación, y tras ser aprobada por la Asamblea de Madrid en su momento, deberá adjuntarse un calendario para la realización de dicha renovación, valorándose que los plazos sean lo más cortos posibles y, en ningún caso, se admitirá pérdida de servicio.
4.3 Asistencia técnica.
4.3.1. Servicio de mantenimiento
Se deberá establecer un servicio de mantenimiento de terminales que también incluya la sustitución de accesorios por pérdida o rotura y proporcionar a la Asamblea un stock de:
a) Un 5 por ciento del total de terminales.
b) Un 10 por ciento del total de las baterías y cargadores para sustituciones en caso de xxxxxxx.
En todo caso deben existir, al menos, 5 baterías y 5 cargadores por cada modelo existente, salvo en el caso de que el número de unidades de un modelo dado que tenga
la Asamblea sea inferior a 5, en cuyo caso bastará con una batería y un cargador adicional.
Los equipos implicados en la solución de la RPVCAM deben contar con los medios que permitan su restablecimiento lo más rápidamente posible, en caso de avería que impida la prestación del servicio o bien lo degrade considerablemente. El procedimiento de recuperación y restablecimiento del servicio con las características indicadas, debe estar documentado, actualizado y disponible para el Servicio de Informática de la Asamblea de Madrid.
Asimismo, el adjudicatario se responsabilizará del mantenimiento y gestión de garantías, en su caso, de todos los dispositivos que integran la solución. A tales efectos, el adjudicatario facilitará los medios para la comunicación de cualquier tipo de incidencias relacionadas con la infraestructura de la solución (teléfono, web, software, etc.).
El servicio de mantenimiento incluirá el desplazamiento del técnico especializado hasta las dependencias de la Asamblea, así como las piezas necesarias, para la total reparación de los dispositivos afectados. En caso de no poder ser reparados on-site, los equipos serán trasladados a las instalaciones del adjudicatario, dejando a la Asamblea en sustitución del averiado un material de las mismas características o similar hasta que su equipo esté reparado. El servicio de mantenimiento se deberá cumplir en un plazo máximo estipulado en tiempos de respuesta. Si el material no puede ser reparado, el adjudicatario podrá optar por dejar el material de sustitución o adquirir uno nuevo con similares características.
La resolución de cualquier incidencia relacionada con la infraestructura de la solución dará lugar a la confección de un parte de intervención. En este parte se detallarán toda la lista de trabajos realizados sobre el dispositivo, así como los recambios empleados. La Asamblea recibirá siempre una copia de dicho parte. En el caso de que el técnico desplazado encuentre cualquier tipo de anomalía en el equipo, ésta deberá ser reflejada en el parte de intervención para ponerla en conocimiento de la Asamblea. El adjudicatario sustituirá las piezas afectadas por recambios originales del equipo, a excepción de los casos en que las piezas estén obsoletas o que su localización sea imposible.
El servicio incluirá mantenimiento preventivo, que constará de dos revisiones al año.
4.3.2. Servicio de Asistencia Técnica presencial.
a) Asistencia extraordinaria
Se considera extraordinaria la asistencia necesaria para implantación y arranque del servicio o renovación total del parque de dispositivos.
Se requiere un equipo de personal que durante un mes lleve a cabo la dotación y el adiestramiento inicial de los destinatarios o usuarios de los terminales. Esta tarea se
llevará a cabo, en todo caso, en las instalaciones de la Asamblea de Madrid. Se indicará la disponibilidad de horario.
b) Asistencia ordinaria
Posteriormente, durante la duración del contrato, el adjudicatario deberá atenderse telefónicamente cualquier incidencia en cualquier horario vía telefónica, valorándose que la cobertura del servicio telefónico sea especializada durante el horario laborable de la Asamblea (lunes a viernes de 9:00h a 20:00h, calendario laboral de Madrid Capital).
Se valorará como mejora que durante la duración del contrato, el adjudicatario destine en la Asamblea de Madrid durante los días en que se celebren sesiones plenarias, en horario de 16 a 20:00 horas, al menos una persona para atención de incidencias, gestión, formación de uso, configuración y soporte de los terminales.
4.4 Cobertura.
El operador adjudicatario deberá disponer de cobertura de ámbito nacional e internacional a través, en su caso, de los correspondientes acuerdos de itinerancia, debiendo ofrecer parámetros de cobertura a nivel nacional, tanto para GSM como para GPRS y UMTS.
Asimismo, se garantizará la cobertura de voz y datos en el interior de los edificios de la Asamblea de Madrid.
Los licitadores deberán presentar los mapas actualizados de detalle de la cobertura (población y superficie) para comunicaciones de voz en la Comunidad de Madrid, así como el mapa actualizado de detalle de cobertura 3G en ese mismo ámbito.
Los licitadores deberán presentar los mapas actualizados de cobertura (población y superficie) para comunicaciones de voz en España, así como el mapa de cobertura 3G en ese mismo ámbito.
Todos los mapas de cobertura serán entregados en soporte electrónico y en papel.
El adjudicatario se comprometerá por escrito a colaborar para salvar los problemas por falta de cobertura existentes en la Comunidad de Madrid que puedan provocar deficiencias en la funcionalidad y operatividad del servicio. A dicho efecto, a requerimiento de la Asamblea, estará obligado conjuntamente con la Dirección de Informática y Tecnología de la Asamblea a estudiar las posibles deficiencias o lagunas en la cobertura en su red y la fijación de un calendario tentativo para su eventual solución.
Asimismo, deberán detallar los acuerdos de roaming en los diferentes países.
Se especificará en la oferta la posibilidad de ofrecer terminales en alquiler para aquellos usuarios desplazados de forma provisional fuera del territorio nacional a países en los
que los terminales de la Asamblea pudieran no funcionar. El licitador incluirá en su oferta una lista con los países con los que tiene acuerdos para ofrecer este servicio.
4.5 Gestión de seguridad.
El licitador describirá en su oferta las medidas a aplicar para asegurar la confidencialidad, comprometiéndose a no dar, ceder o abandonar la información y datos proporcionados por esta Cámara o los usuarios, cualquier otro uso no previsto en el presente Pliego, ni facilitar ni manipular por él mismo o por terceras personas los datos relacionados con este servicio que se encuentren en los dispositivos, que figuren en sus bases de datos o que viajen por su red.
Además, describirá las medidas para asegurar la integridad de los datos transmitidos por su red, de tal manera que lleguen sin errores a los centros destino en plazo.
4.6 Portabilidad.
Ante el escenario de un cambio de operador, el licitador detallará en su oferta los procedimientos asociados a la portabilidad numérica de los números actualmente en uso, de forma que sea posible mantener la numeración actual.
El adjudicatario deberá pertenecer a la Entidad de Referencia de Portabilidad y garantizar que la numeración propuesta será portable. Dicha pertenencia debe estar vigente durante toda la duración del presente contrato. En todo caso, se compromete, una vez que venza el contrato, a si fuera necesario facilitar la portabilidad al siguiente adjudicatario en un plazo no superior a 5 días.
V. FASE DE IMPLANTACIÓN.
La fase de implantación comprende la instalación, configuración y puesta en marcha de circuitos y equipamiento, así como la realización de las pruebas de aceptación pertinentes.
Durante esta fase el adjudicatario deberá ofertar un Plan de Actuación, que incluye la ejecución de trabajos y su planificación temporal, para la instalación y prueba del servicio ofertado, resaltando las tareas que se consideren condicionadas por el mantenedor de las centralitas de la Asamblea de Madrid. En aquellos casos en los que sea necesaria la intervención del mantenedor de la centralita, el adjudicatario deberá coordinar con el mismo todos los trabajos relativos a la implantación del servicio ofertado. El resto de trabajos (dotación de terminales, emisión de tarjetas, ...) podrán irse preparando en paralelo siempre que sea posible. Asimismo, el adjudicatario, incluirá un calendario detallado con carácter orientativo de instalaciones, configuraciones y puestas en servicio.
El adjudicatario deberá indicar en su oferta los requerimientos en cuanto a infraestructura y condiciones de funcionamiento necesarios para cada instalación, teniendo en cuenta las restricciones de seguridad para el acceso a la sede de la Asamblea, motivo por el que se establece la obligatoriedad de coordinar y comunicar a la Dirección de Informática y Tecnología con la debida antelación cualquier intervención que sea necesario realizar en las dependencias de la Asamblea de Madrid.
La oferta de los licitadores incluirá un plan de pruebas para verificar el correcto funcionamiento de la solución a implantar.
Todos los trabajos de puesta en marcha y realización de pruebas se acordarán con los interlocutores que designe a tal efecto la Asamblea de Madrid, para garantizar una incidencia mínima en los usuarios. Los trabajos se realizarán de forma que alteren lo menos posible el trabajo habitual de los usuarios, preferiblemente sin producir cortes en los servicios operativos actualmente. Siempre y cuando sea estrictamente necesario el corte de un servicio, se realizará previa autorización por la Asamblea de Madrid en horario nocturno (de 24:00 a 7:00 horas) y se fijará un máximo de horas sin servicio que, en ningún caso, será superior a cuatro horas. Se deberá prever una vuelta atrás y restauración del servicio existente en un plazo máximo de veinticuatro horas a aplicar en caso de que surjan problemas.
Las prioridades en la fase de implantación se fijarán tras la adjudicación en función de las necesidades de ese momento. Estas prioridades, aunque acordadas con el adjudicatario serán propuestas por la Asamblea de Madrid.
El adjudicatario entregará a la Asamblea de Madrid durante la fase de implantación la información siguiente:
- Memoria descriptiva de los trabajos realizados y material instalado.
- Resultado de cualquier prueba realizada sobre la red y/o equipos instalados.
- Informe final y conclusiones de la fase de implantación.
Posteriormente a la adjudicación, se realizará una reunión de coordinación a efectos de ajustar el Plan de Actuación en el despliegue de la solución de RPVCAM. En este momento se definirán los plazos de entrega de la documentación resultante de cada hito del proyecto. En esta reunión se determinará la configuración inicial de todas las líneas y terminales de la solución, tanto si son de nueva creación como ya existentes. En ningún caso deberá aplazarse ninguna entrega más allá de 5 días desde que concluya la fase de implantación, que no deberá ser superior a 60 días naturales.
VI. CONFIDENCIALIDAD.
Tanto el adjudicatario como todo el personal que emplee éste en la ejecución de este contrato quedan obligados: por el secreto profesional, la confidencialidad respecto de toda la información y documentación a la que tengan acceso; estos deberes y obligaciones subsistirán aun después de finalizar la ejecución del contrato, suscribiendo un compromiso de confidencialidad en dicho sentido que se incorporará obligatoriamente con la oferta. Asimismo, se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en dichas obligaciones, para lo cual realizará las acciones necesarias.
El adjudicatario únicamente tratará la información y documentación a la que tenga acceso como consecuencia de la ejecución del contrato conforme a las instrucciones impartidas por la Dirección de Informática y Tecnología de la Asamblea de Madrid, comprometiéndose expresamente a no aplicarla ni utilizarla con fin distinto al que figure en dicho contrato, así como tampoco a comunicarla, ni siguiera para su conservación, a otras personas.
Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
Para todo lo no previsto en los apartados anteriores, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en esta materia, y en especial, Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (B.O.E. de 14 diciembre Nº 298), Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos en la Comunidad de Madrid y restante normativa concordante y complementaria.
VII. RECURSOS, REFERENCIAS Y EXPERIENCIA DEL ADJUDICATARIO.
La empresa adjudicataria deberá disponer de los recursos humanos adecuados y suficientes para prestar apoyo y soporte técnico a la Asamblea de Madrid con el fin de garantizar la correcta y óptima realización de las fases de implantación y operación.
Desde el punto de vista de facturación y gestión comercial el adjudicatario deberá designar un punto único de contacto con la Asamblea de Madrid, que será el encargado de canalizar las solicitudes realizadas por la Asamblea.
Además, se deberán incluir por parte de los licitadores referencias y experiencias recientes en proyectos, ejecutados y en operación en el momento actual, de similares características al del objeto del contrato reflejado en el pliego.
VIII. PLAN DE CALIDAD.
El servicio demandado deberá estar operativo de forma continua, veinticuatro horas por siete días a la semana, excepto durante el tiempo que se ejecuten los trabajos programados previamente notificados y aprobados por la Asamblea de Madrid. Los licitadores deberán proporcionar un nivel de disponibilidad superior al 99,8 por ciento, computado por periodos mensuales.
El licitador deberá incluir en su oferta los parámetros específicos de calidad sistematizados según la anterior con expresa mención de su definición y metodología. La Asamblea podrá complementar éstos, de acuerdo con el adjudicatario, dentro de los 10 días siguientes a la adjudicación del contrato, para su ulterior formalización.
El adjudicatario deberá proponer y proporcionar las herramientas necesarias para la medición de la calidad del servicio o facilitar periódicamente los datos correspondientes basados en medidas objetivas que permitan acreditar la calidad del servicio prestado.
IX. GESTIÓN Y OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Desde el punto de vista de facturación y gestión comercial, el adjudicatario deberá designar un punto único de contacto con la Asamblea de Madrid, que será el encargado de canalizar las solicitudes realizadas por la Asamblea.
El adjudicatario dispondrá de un servicio de atención personalizado para la Asamblea de Madrid en horario laboral (lunes a viernes de 9:00h a 20:00h, calendario laboral de Madrid Capital).
Fuera de este horario, la atención se realizará desde el servicio global de atención a empresas.
La Asamblea de Madrid centralizará a través del punto único de contacto del adjudicatario, la tramitación de las siguientes gestiones:
— Centralización de peticiones de altas, bajas o modificaciones del servicio.
— Registro y tramitación de las incidencias, averías y problemas detectados por los usuarios.
— Registro y tramitación al adjudicatario de las consultas técnicas o comerciales planteadas por los usuarios.
El adjudicatario estará obligado a cerrar en el plazo de 15 días naturales a contar desde la adjudicación una solución y el protocolo de actuación para la gestión de roaming entre la plataforma de atención personalizada y los usuarios, bajo las condiciones y límites que se determinen por parte de la Asamblea de Madrid con el adjudicatario.
9.1 Gestión administrativa del servicio.
9.1.1 Modelo de facturación y tarificación de la solución de RPVCAM.
La facturación de las llamadas será obligatoriamente por unidades de un segundo (desde el inicio de la llamada) sin franjas horarias. Se valorará que no exista coste de establecimiento de llamada.
La tarificación se ajustará a los apartados siguientes, debiendo figurar de forma separada los importes correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido:
9.1.1.1. Tarifa plana para móviles.
Las ofertas expresarán el precio mensual de la tarifa plana para voz y datos por cada una de las líneas activas. En la propuesta técnica deberán detallarse todos los conceptos que se encuentren incluidos en el precio ofertado (que como mínimo serán los relacionados en la tabla tipo de consumo que se presenta más adelante), así como los que, en su caso, no puedan contemplarse dentro de la tarifa plana y que deban ser objeto de tarificación separada, debiendo especificarse en ese caso la correspondiente
valoración en la oferta económica que presente el licitador. El número inicial de líneas estimado para esta tarifa plana es igual al número de líneas de voz totales (con o sin servicio avanzado de datos). En todo caso, los servicios no incluidos en la tarifa plana se podrán inhibir a petición de la Asamblea.
A los efectos de valoración por los licitadores, se incluye a continuación cuadro con los valores de consumos semestral. Los datos presentados corresponden al consumo real, del número total de líneas móviles operativas actualmente.
TRAFICO GENERADO DESDE EXTENSIONES MOVILES | PATRÓN SEMESTRAL | ||||||
Núm Llam/ Conx | Núm Minutos/Kb | ||||||
NACIONAL A TELÉFONOS INTERNOS CORPORATIVO. | 33.736 | 75.806 | |||||
A VODAFONE NACIONAL | 66.534 | 193.156 | |||||
A OTROS OPERADORES MÓVILES NACIONALES | 107.503 | 318.721 | |||||
A FIJOS NACIONALES | 32.510 | 80.215 | |||||
INTERNACIONAL | 1.129 | 4.496 | |||||
ORIGINADO EN ROAMING | 4.090 | 11.485 | |||||
RECIBIDO EN ROAMING | 1.970 | 13.993 | |||||
SERVICIOS DE INFORMACIÓN | TARIFICACIÓN | ADICIONAL | Y | SERVICIOS | DE | 11.439 | 14.817 |
SMS A VODAFONE | 37.316 | ||||||
SMS A VODAFONE EN ROAMING | 1.393 | ||||||
SMS OTROS OPERADORES NACIONALES | 59.830 | ||||||
SMS INTERNACIONALES Y SMS INTERNACIONALES ROAMING | 304 | ||||||
SMS ESPECIALES | 6466 | ||||||
MMS VODAFONE | 156 | ||||||
MMS OTROS OPERADORES | 516 | ||||||
MMS ESPECIALES | 12 | ||||||
DATOS CONECTA VODAFONE POR CONEXIÓN (tráfico de líneas sólo de datos) | 303.581.400 MB | ||||||
DATOS GPRS REAL MAIL (tráfico de servicios avanzados de datos) | 1.804,5 MB | ||||||
DATOS GPRS ESTANDAR (DISTINTO DE REAL MAIL) | 2.814.966 MB | ||||||
DATOS GPRS EN ROAMING | 6.008 | 6.879.466 | |||||
DATOS SERVICIOS GPS VODAFONE NAVIGATOR | 114 MB (estimado) |
9.1.1.2. Tarifa variable para móviles.
Las ofertas detallarán las tarifas aplicables a aquellos móviles que no disfruten de tarifa plana, ya sea por utilizarse únicamente para el ámbito interno corporativo o para acontecimientos puntuales tanto internos como en el extranjero. Deberán consignar tanto cuotas periódicas, si procede, como tarifas y descuentos aplicables. El número inicial estimado para estas líneas es de 10.
9.1.1.3. Tarifa variable para llamadas con origen en extensiones fijas y destino en teléfonos móviles.
Las ofertas deberán detallar la tarifa aplicable, en función del tráfico, a las llamadas que se realicen desde extensiones fijas de la red de la Asamblea de Madrid con destino a operadores móviles.
Para ello, deberán tener en consideración los siguientes tipos:
a) Interno corporativo: Se tarificará como tráfico interno corporativo el tráfico cursado entre extensiones fijas, integradas en la RPVCAM (llamadas desde extensiones fijas corporativas a móviles corporativos).
b) Nacional móvil: Se tarificará como tráfico con destino a móvil el tráfico cursado desde las extensiones fijas, integradas en la RPVCAM con destino a móviles de operadores nacionales (llamadas desde una extensión fija corporativa a cualquier destino móvil nacional no corporativo).
A los efectos de valoración por los licitadores, se incluye a continuación cuadro con valores de consumos durante un semestre. Los datos presentados corresponden al consumo real, durante un semestre.
Asimismo, se valorará la propuesta de tarifa plana para estos servicios.
TRAFICO GENERADO EXTENSIONES FIJAS | PATRON SEMESTRAL | |
Num Llam/ Conx | Num Minutos/Kb | |
Destino Interno Corporativo | 19.552 | 34.623 |
Destino Nacional Operadores Móviles | 74.501 | 253.755 |
9.1.1.4. Tarifa plana para líneas solo de datos.
Las ofertas expresarán el precio mensual de la tarifa plana solo para datos por cada una de las líneas activas, con su SIM correspondiente. En la propuesta técnica deberán detallarse todos los conceptos que se encuentren incluidos en el precio ofertado, así como los que, en su caso, no puedan contemplarse dentro de la tarifa plana y que deban ser objeto de tarificación separada, debiendo especificarse en ese caso la correspondiente valoración en la oferta económica que presente el licitador. El número inicial de líneas estimado para esta tarifa plana de datos es de 140.
9.1.1.5. Tarifa para el envío masivo de mensajes SMS a móviles.
Las ofertas expresarán las tarifas aplicables a los mensajes que se envíen a través de la Aplicación de Gestión de envío masivo de SMS prevista en el apartado 3.5.1 de este Pliego.
9.1.2 Servicios de facturación.
El adjudicatario proporcionará la información de facturación en formato electrónico junto con la aplicación capaz de explotarla, si fuera necesaria, mediante informes predefinidos.
El licitador detallará las facilidades de facturación proporcionadas, en especial:
La estructuración de la facturación según los conceptos facturables especificados en el apartado 9.1.1 (con el mismo desglose).
Posibilidad de generación de informes personalizados de seguimiento de la facturación.
El operador adjudicatario facilitará la factura desglosada en soporte informático en formato Microsoft Excel, preferentemente en CD-ROM. La información de facturación debe proporcionarse totalizada o consolidada por concepto, sin desglose por líneas.
Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de la facilidad de detalle de todos los conceptos tarificables asociados a una(s) línea(s) específica(s), según disponga la Secretaría General de la Asamblea.
9.1.3 Gestión del servicio.
Las solicitudes de modificaciones de la prestación del servicio serán ejecutadas por el adjudicatario de acuerdo a los parámetros del Acuerdo de Nivel de Servicio establecido.
El licitador deberá indicar expresamente qué gestiones de índole administrativa, de activación/desactivación de servicios, así como de configuraciones de la RPVCAM pueden realizarse, así como los requisitos y, en su caso, herramientas que proporciona para que ello sea posible.
9.2 Gestión técnica y operaciones de mantenimiento.
9.2.1. Gestión Técnica
Será responsabilidad del adjudicatario gestionar el servicio y las infraestructuras ofertadas, así como reparar las averías que puedan surgir con independencia de si éstas implican la sustitución de equipos, desplazamiento de personal, mano de obra, etc., tanto en ubicaciones del cliente como del propio adjudicatario.
Los gastos de reparación correrán a cargo del adjudicatario.
Todo ello, sin perjuicio de lo ya indicado en los apartado 1 y 3 del epígrafe 4 del presente Xxxxxx.
9.2.2. Operaciones de Mantenimiento
El adjudicatario informará de los trabajos de mantenimiento programados en su infraestructura que pueda afectar al servicio contratado al menos con 8 días laborables de antelación.
Los trabajos de mantenimiento se realizarán dentro de una ventana de tiempo acordada con la Asamblea de Madrid y, en todo caso, dentro de la franja de horarios de baja actividad. Dichos trabajos deberán ser aprobados por la Asamblea de Madrid.
El adjudicatario estará obligado a comunicar de inmediato las incidencias que puedan dejar o hayan dejado sin servicio de telefonía móvil o cualesquiera servicios complementarios vinculados a éste. En este caso estará obligado de forma inmediata a realizar las acciones que correspondan para identificar y restaurar el servicio que se hubiesen visto comprometidos, con independencia de si se deben a él mismo o a un tercero.
En estos casos se establecerá el siguiente procedimiento de notificación de las incidencias:
a) Detección y comunicación de la incidencia
En el momento en que la Asamblea detecte alguna anomalía en el servicio, se pondrá en contacto con el centro o plataforma que el adjudicatario especifique en su oferta, que actuará como ventanilla única de atención para todo tipo de incidencias.
Si la detección se hubiese detectado por el adjudicatario estará obligado a iniciar las actuaciones necesarias para identificar el problema, debiendo comunicar de inmediato a la Asamblea la incidencia y trasladando la hora de apertura, su número, así como las acciones iniciadas, y la posible causa.
b) Registro de la incidencia
El centro o plataforma, una vez reciba comunicación de una incidencia, le asignará un número de referencia para su seguimiento, tanto interno como por parte de la Asamblea, solicitando esta última, si así fuese necesario, la información pertinente para la correcta resolución de dicha incidencia.
c) Resolución de la incidencia
A continuación se comunicará, por parte del centro o plataforma, dicha incidencia al personal del adjudicatario habilitado para la resolución de la misma, iniciando internamente las acciones que se consideren oportunas. Una vez haya sido localizado el origen de la incidencia, y si el objeto de la misma hubiese sido un elemento o elementos cuya responsabilidad directa o indirecta cayese del lado del adjudicatario, éste o éstos serán restaurados para devolver al servicio su correcta operación.
d) Comunicación de la resolución de la incidencia
Una vez que la incidencia haya sido solucionada, se comunicará la Asamblea la resolución de la misma para que sea ésta quien compruebe y valide dicha resolución.
e) Cierre de la incidencia
Una vez la resolución haya sido validada por la Asamblea de Madrid, el adjudicatario remitirá un informe en el que se detallará la incidencia detectada, los efectos provocados por la misma, el tiempo empleado en su resolución y los trabajos realizados por parte del personal propio para lograr devolver el servicio a su correcto funcionamiento.
Dicho informe deberá emitirse en el plazo de las 48 horas siguientes a su resolución, y en se referirán los siguientes extremos:
1. Fecha y Hora detección de la avería.
2. Número identificativo o de referencia de la misma.
3. Técnico que lleva la gestión.
4. Operaciones identificativos o de acotación de la Avería.
5. Descripción y causa detallada de la avería.
6. Actuaciones para su resolución.
7. Hora de la restauración del servicio.
8. Tiempo de suspensión del servicio.
9.2.3. Plan de Emergencias
El Plan de Emergencia debe incluirse en la oferta del operador, siendo su objeto definir los procedimientos a seguir en caso de desastre o incidencia grave en el servicio de comunicaciones móviles.
El Plan de Emergencia deberá contemplar, al menos, lo siguiente:
- Tipificación de Incidencias. Debe ofrecer una clasificación de incidencias en 3 niveles (leve, media, grave) en función de los servicios afectados y de la criticidad que tengan para la Asamblea.
- Procedimiento en Situación de Avería Grave. Debe definir la metodología de actuación en estos casos y los procesos de recuperación a realizar.
- Procedimiento de Protección. Debe definir las actuaciones a realizar en situación de avería de manera que el resto de servicios de comunicaciones, ofrecidos o no por el operador de comunicaciones móviles no se vean afectados.
- Definición de tiempos máximos de respuesta.
Se valorará positivamente la inclusión en el Plan de Emergencia de una o varias líneas de respaldo de otro operador. En caso de no aportar esta posibilidad, la Asamblea de Madrid se reserva el derecho de contratar servicios de respaldo con otros operadores.
9.3 Gestión comercial.
A lo largo de la duración del contrato la Asamblea podrá solicitar variaciones en la prestación del servicio dentro del marco de la legislación vigente. Para ello, el adjudicatario proporcionará, a petición de la Asamblea de Madrid o por iniciativa propia cuando considere que el cambio solicitado sea sustancial, las condiciones técnicas, económicas (costes, descuentos), geográficas (según la zona o país), administrativas (trámites, plazos) y de cualquier otra índole.
Asimismo, el adjudicatario mantendrá informada periódicamente a la Asamblea de las novedades de servicios introducidas en su catálogo, así como de las posibles revisiones tarifarias o tecnológicas (hardware o software) que pudieran llevarse a cabo durante el período de prestación del servicio.
Ningún número de teléfono de titularidad de la Asamblea podrá recibir llamadas, ni SMS correspondientes a encuestas de calidad del servicio telefónico u otras análogas que realice o hayan sido encargadas por la propia operadora. El adjudicatario colaborará y realizará, en la medida de lo posible, cuantas acciones puedan encaminar a evitarlas.
La operadora se abstendrá de ceder los datos relativos a números de titularidad de la Asamblea.
X. PENALIZACIONES.
El adjudicatario será sancionado con las penalizaciones que figuran en el presente Xxxxxx.
Dichas penalizaciones se acordarán por la Mesa de la Asamblea a propuesta de la Secretaría General previo informe de la Dirección competente.
Dichas penalizaciones se harán efectivas como cantidades a abonar a la Asamblea en las facturas correspondientes a los distintos meses de vigencia del contrato resultante de este concurso, teniendo en cuenta que si en alguno de los meses la cantidad a abonar por el adjudicatario a causa de estas penalizaciones fuese superior al importe de la factura correspondiente a esa mensualidad, esta penalización se liquidaría en meses sucesivos.
La Asamblea determinará, a la vista de las oferta de servicios del adjudicatario, el nivel de gravedad de las infracciones (grave, media o leve). En todo caso tendrá la consideración de grave la pérdida de servicios críticos (pérdida de comunicaciones, la caída de la RPVCAM y imposibilidad de recepción o envío del correo electrónico y sms (servicios críticos), no imputables a la Asamblea de Madrid.
La cualidad anterior dará lugar a las siguientes penalizaciones, que serán acumulativas en función de la concurrencia de situaciones:
A. Infracciones Graves
Penalización por incumplimiento de la disponibilidad. | Penalización por retraso o demora en el plazo de respuesta. | Penalización por cada día adicional sin servicio generalizado. | Penalización por reiteración en la pérdida del servicio generalizado en una segunda vez en 30 días naturales inmediatos a contar desde el cierre de la primera incidencia. | Penalización por reiteración de la pérdida del servicio generalizado una tercera vez o siguientes en 30 días naturales inmediatos desde el a contar desde el cierre de la primera incidencia. | ||||
20% | +5 % | +10 % | +20 % | +30% | ||||
de | la | de la | facturación | de la facturación | de la | facturación | de la | facturación |
facturación mensual | mensual | mensual | mensual | mensual |
B. Infracciones No Graves
Penalización por incumplimiento de los restantes deberes y obligaciones requeridos contractualmente | Penalización por retraso o demora en el plazo de respuesta. | Penalización por día adicional en el incumplimiento. | Penalización por reiteración del incumplimiento en los 30 días naturales siguientes a contar desde el cierre de aquél/anterior |
5% de la facturación mensual | +2,5% de la facturación mensual | +5% de la facturación mensual | +10% de la facturación mensual |
Sin perjuicio de las anteriores penalizaciones, en caso de apreciarse mala fe por parte adjudicatario en la comunicación o determinación del inicio y cierre de incidencias o averías por parte del adjudicatario podrá penalizársele adicionalmente con un 25% de la facturación mensual.
El órgano de contratación se reserva, de producirse la reiteración de anomalías o la gravedad de las mismas, el inicio de los trámites tendentes a la rescisión del contrato. Específicamente serán causas de resolución, además de las consignadas en la Ley de Contratos del Sector Público.
La resolución del contrato por causas imputables al adjudicatario, podrá dar lugar a la declaración su subsistencia en precario hasta tanto no se produzca una nueva adjudicación y siendo posible requerir al adjudicatario infractor los daños y perjuicios que hubiesen podido ocasionar a la Asamblea de Madrid, determinando, además, la automática incautación de la fianza, sin perjuicio de que se exijan otro tipo de responsabilidades, si hubiera lugar a las mismas.
XI. CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
Con independencia de que el licitador pueda adjuntar a su oferta cuanta información complementaria considere de interés, las ofertas deberán contener al menos, y sin perjuicio de las restantes que puedan exigirse en el presente Xxxxxx a lo largo de sus Prescripciones, las siguientes informaciones:
Documento | Descripción | Contenido | Puntos de entrega |
Descripción de la solución técnica. | Descripción detallada de todos los aspectos técnicos requeridos en el presente Pliego de Prescripciones, además de otros aspectos que se consideren necesarios. Deberá indicar aspectos tales como topología de la red, equipamiento de comunicaciones ofertado. Descripción de los recursos y los métodos para garantizar la seguridad de la información tanto en el uso del servicio como en su gestión. | La descripción mencionada. Topología de red propuesta. Equipamiento de comunicaciones. Necesidades de cableado. Medidas para garantizar la seguridad y la confidencialidad. Compromiso explícito de no dar a terceros la información y datos proporcionados por esta Cámara y de no hacer cualquier otro uso no previsto en el presente Pliego, ni facilitar ni manipular por él mismo o por terceras personas los datos relacionados con este servicio que viajen por su red. | Con la presentación de la oferta. El adjudicatario deberá mantener actualizada esta documentación por lo que debe entregarse una versión con la configuración real implantada cada vez que se produzca un cambio significativo y siempre que lo solicite la Asamblea de Madrid. |
Compromiso explicito de realizar todas las acciones oportunas que estén en mano del licitador para mejorar la cobertura en la Comunidad de Madrid. | |||
Igualmente debe garantizarse la disponibilidad del servicio y la posibilidad de establecer servicios adicionales de seguridad de nivel superior (firma electrónica, no repudio, autenticación, etc.). | |||
Mapas de cobertura. | |||
Parámetros de Acuerdos de Nivel de Servicio comprometidos (ANS). | |||
Cualquier otra información solicitada en el presente pliego que no esté incluida en el resto de los documentos incluidos en esta tabla. |
Documento | Descripción | Contenido | Puntos de entrega |
Manual de uso de todos los servicios y herramientas. | Funcionamiento a nivel de usuario de todos los servicios ofertados, tanto de primer nivel como de otros (administración, facturación, etc.) Descripción de las funcionalidades de la herramienta de gestión de los servicios asociados a las líneas de telefonía móvil, datos, servicio GPS, etc. | Inventario de todos los servicios, indicación expresa de los usuarios a los que va dirigido. Los licitadores detallarán en sus ofertas los servicios requeridos en el presente Pliego y de los ofertados por el adjudicatario; su funcionamiento; así como el proceso mediante el que el usuario accede a ellos, con expreso detalle de los pasos (en especial para correo electrónico); descripción de si el acceso del servicio es directo o si se accede a través de plataformas centralizadas de operadoras o de software, etc. | Una vez adjudicado y en formato electrónico para su distribución interna. |
Inventario y descripción de todas las funciones de gestión con indicación de cualquier restricción que pudiera haber tanto de forma aislada como entre distintas funciones de gestión. | |||
Catálogo de terminales móviles del parque ofertado | Descripción de todas las funcionalidades de los terminales móviles ofertados. | Inventario exhaustivo de los modelos ofertados con una descripción detallada de todas las funciones de cada uno de ellos. Duración y autonomía de la batería de dispositivos ofertados. | Una vez adjudicado y en formato electrónico para su distribución interna. Cada vez que se introduzca un modelo nuevo en el parque. |
La restante exigida en el Pliego referida en el epígrafe Provisión de Terminales, Tipología de terminales. | |||
Procedimiento de recuperación. | Procedimiento para recuperar el normal funcionamiento del servicio cuando una avería impida o degrade el correcto funcionamiento. | Debe indicarse un procedimiento de recuperación así como las medidas de prevención adoptadas para la solución de dichas anomalías: * Plan de Emergencia. * Medios técnicos * Acuerdos con otros operadores * Sistemas de redundancia * Sistemas de alta disponibilidad * Etc... | Una vez adjudicado y en formato electrónico para su distribución interna. |
Documento | Descripción | Contenido | Puntos de entrega |
Procedimiento de portabilidad. | Procedimiento de portabilidad de otro operador al licitador y del licitador a otro operador. | * Procedimiento a seguir para portar todos los números actuales del contrato precedente al licitador. * Procedimiento, en caso de tarjetas que soporten más de una línea para portar la numeración particular del usuario al licitador actual. *Procedimiento que se seguirá al finalizar el contrato para migrar todos los números relacionados con el presente contrato (tanto los de titularidad de la Asamblea como los de titularidad particular). * Cualquier otro procedimiento relacionado con la migración. | Con la presentación de la oferta. |
Plan de implantación. | Describe la ejecución de trabajos y su planificación temporal, para la instalación del servicio ofertado. | Descripción de los trabajos a realizar. Cronograma de los trabajos. Indicación de los hitos importantes. Indicación expresa de las tareas que se consideren condicionadas por el mantenedor de las centralitas de la Asamblea de Madrid. Indicación expresa de los requerimientos, en cuanto a infraestructura y condiciones de funcionamiento, necesarios para cada instalación. | Con la presentación de la oferta. |
Documento | Descripción | Contenido | Puntos de entrega |
Plan de pruebas. | Incluirá un plan de pruebas para verificar el correcto funcionamiento de la solución a implantar. | Descripción de todas las pruebas a realizar, indicando expresamente qué funcionalidad es la que se desea verificar y comprobar. Debe haber al menos, una prueba por cada funcionalidad o servicio avanzado de datos. Debe indicarse expresamente el procedimiento y la planificación de las diferentes pruebas, así como el modo en el que se validará la solución de manera integral. Cualquier consumo que se derive de la realización de las pruebas no puede ser facturado. | Con la presentación de la oferta. |
Memoria descriptiva de la fase de implantación. | Memoria descriptiva de los trabajos realizados y material instalado en la fase de implantación | Durante el desarrollo de la fase de implantación el adjudicatario deberá presentar toda la documentación necesaria para poder determinar en qué estado se encuentran los trabajos de implantación. Inventario exhaustivo de todos los elementos de la solución que sea necesario instalar, configurar, etc. | Durante la fase de implantación. |
Informe final y conclusiones de la fase de implantación. | Describe el estado final de la solución. Describe los resultados de cualquier prueba realizada sobre la red y/o equipos instalados. | Descripción final de la instalación realizada y configuración de todos los elementos de la solución. Resultados de las pruebas. Se exigirá una prueba de integración con su correspondiente resultado. Debe proporcionarse un listado de los terminales con su IMEI. Debe proporcionarse una relación de todas las tarjetas SIM con su numeración, código PUK y PIN. Relación de las pruebas. Informe de cada prueba con la correspondiente evaluación. | Al final de la fase de implantación. Los listados deben entregarse en formato electrónico. |
Documento | Descripción | Contenido | Puntos de entrega |
Plan de formación. | Plan de formación a todos los niveles. | Plan de formación a usuarios (puede consistir simplemente en la distribución de una información lo suficientemente clara y sencilla). Plan de formación técnica. Debe incluir la formación necesaria para la gestión técnica de la solución. Plan de formación administrativo. Debe incluir la formación necesaria para la gestión administrativa de la solución (interpretación de facturas, diseño y/o interpretación de estadísticas, etc.) | Una vez adjudicado. En la fase de implantación se fijará un calendario para su impartición. |
Informe de credenciales. | Referencias y experiencias recientes en proyectos, ejecutados y en operación en el momento actual, de similares características al del objeto del contrato reflejado en el pliego. | Indicación expresa lo más detallada posible de trabajos similares realizados en: - Organizaciones similares a la Asamblea de Madrid. - Administraciones públicas. - Otros organismos públicos. - Otras organizaciones Certificaciones de calidad en servicios relacionados con el objeto del presente contrato. | Con la presentación de la oferta. |
Informe de mantenimiento. | Descripción de los procedimientos de mantenimiento preventivo, correctivo y adaptativo que aseguren el nivel de servicio requerido. | Alcance y características del mantenimiento preventivo. Alcance y características del mantenimiento correctivo. Descripción del procedimiento de notificación de averías y/o incidencias. Debe incluirse un modelo del parte de intervención. Alcance y características del mantenimiento adaptativo. | Con la presentación de la oferta. |
Formularios | Con la presentación de la oferta |
XII. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
12.1 Valoración.
A continuación se muestran los criterios de valoración previstos:
Criterio | Puntuación máxima | |
Criterios técnicos y prestaciones adicionales | 35 | |
Servicio Demandado y Gestión y Operación del Servicio | 20 | |
Nivel de Servicio | 7 | |
Bienes y servicios ofertados | 6 | |
Fase de Implantación | 2 | |
Precio | 60 | |
Tarifa plana voz y datos para móviles | 36 | |
Tarifa llamas fijo a móvil | 10 | |
Tarifa plana datos | 10 | |
Tarifa variable para móviles | 2 | |
Tarifa envío SMS masivo | 2 | |
Documentación | 5 | |
TOTAL | 100 |
ASPECTOS TÉCNICOS Y PRESTACIONES ADICIONALES (35 Puntos).
Servicio demandado y gestión y operación del servicio.
Se valorará la adecuación de la solución ofertada a los objetivos marcados. Se valorarán los siguientes aspectos desarrollados en el Pliego de Prescripciones Técnicas:
- Servicio GSM/GPRS, Constitución Red Privada Virtual y Conexión a Red Pública.
- Terminales ofertados.
- Sustitución de los terminales según el avance de tecnología.
- Plan de garantía de calidad de servicio, plan de seguridad, procedimientos de gestión comercial, administrativa y técnica de los servicios demandados, procedimientos de gestión de incidencias y tiempos de resolución, mantenimiento y operación, gestión de informes, tipo, formato y contenido.
Nivel de servicio.
Se valorarán: Los parámetros de nivel de servicio comprometidos por el licitador y el plan de garantía de calidad de servicio, los certificados de seguro de calidad que aporte el licitador y el grado de detalle del modelo de nivel de servicio comprometido por el licitador.
Bienes y servicios ofertados.
Tendrán la consideración de mejoras aquellos que añadan valor funcional o técnico a los servicios básicos o a su integración. Los terminales ofertados deben soportar las mejoras ofertadas.
Fase de implantación.
Se valorarán los siguientes aspectos: Nivel de detalle de las fases indicadas en el Plan de Actuación, el Plan de Pruebas, los procedimientos organizativos y técnicos que se ejecutarán durante la fase de implantación, los procedimientos de seguimiento y control de la fase de implantación, los informes y documentación de los trabajos de implantación y del equipamiento y el equipo de trabajo que ejecutará el Plan de Implantación.
ASPECTOS ECONÓMICOS (60 puntos).
Para la ponderación de las proposiciones económicas se utilizarán los costes totales para cada uno de los apartados, calculándose el importe total sobre los datos de consumo facilitados en el presente Pliego.
La fórmula que se utilizará para cada criterio es la siguiente:
Pc = ([Pmax] x [Pmin] / [Poferta]
"Pc" es la puntuación del criterio correspondiente a una oferta. "Pmax" es la puntuación máxima prevista para ese criterio.
"Pmin" es el precio más bajo para ese criterio de los reflejados en las diferentes ofertas. "Poferta" es el importe fijado en la oferta que se está valorando para ese mismo criterio.
DOCUMENTACIÓN (5 puntos).
Se valorarán los siguientes aspectos:
f) Que la documentación ofrecida a priori (en el momento de presentar la oferta) sea lo más clara y concisa posible.
g) Que las certificaciones presentadas indiquen claramente el ámbito.
h) Que la documentación se presente adicionalmente en formato electrónico (formularios incluidos).
i) Que el o los formularios que se presenten estén debidamente cumplimentados, con la debida precisión y concisión.
j) Cualquier otro aspecto que facilite la evaluación de la solución técnica planteada.
XIII. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.
A la finalización de la prestación del servicio deben realizarse las siguientes acciones:
El adjudicatario debe garantizar que toda la documentación técnica asociada a la solución de RPVCAM se encuentre actualizada. Se realizará una entrega o transferencia tecnológica final cuyo contenido será coordinado con la Asamblea de Madrid que deberá dar el visto bueno a la misma (datos de configuración, procedimientos de recuperación actualizados, datos de los terminales existentes, etc.).
Informe del consumo realizado en un período de tiempo especificado por la Asamblea (máximo 6 meses) para realizar el mapa de consumos tipo semestral a efectos de preparar la próxima licitación. Esta solicitud por parte de la Asamblea se podrá realizar hasta 6 meses antes de concluir el contrato, debiendo recibir respuesta en un plazo inferior a un mes. Esta petición podrá hacerla la Asamblea siempre que así lo estime oportuno, independientemente de que se proceda o no a la renovación o cancelación del contrato.
Todos los terminales en posesión de la Asamblea serán susceptibles de ser liberados para cualquier otro operador y el adjudicatario dará su autorización para ello. Independientemente de esto, la Asamblea podrá liberar los terminales pasados doce meses de su distribución.
El adjudicatario permitirá la portabilidad a otro operador de todos los números de líneas en posesión de la Asamblea.
Igualmente permitirá la portabilidad de los números de las tarjetas con líneas adicionales a las que se facturen a la Asamblea de Madrid.
ANEXO I
Formulario TM1. Tarifas del servicio.
CONCEPTO | VALOR OFERTADO |
Importe mensual de la Tarifa plana para móviles (IVA no incluido) | |
Descripción de la tarifa variable para móviles (IVA no incluido). Deben especificarse todos los servicios y conceptos facturables. | |
Descripción de la tarifa variable llamadas con origen en extensiones fijas y destino móvil (IVA no incluido). Deben especificarse todos los servicios y conceptos facturables. | |
Importe mensual de la Tarifa plana para líneas sólo de datos (IVA no incluido) | |
Importe mensual de la Tarifa plana para servicio GPS (IVA no incluido) | |
Descripción de la tarifa para envío masivo de mensajes SMS a móviles (IVA no incluido). Deben especificarse todos los servicios y conceptos facturables. | |
Otros que pretenda tarificar el licitador |
ANEXO 2
REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CONTRATISTAS
Documentación:
Los licitadores o empresas ofertantes deberán presentar los siguientes documentos, bien en originales o mediante copia de los mismos, que tengan carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.
A) Requisitos relativos a su capacidad de obrar.
A.1.- De empresarios.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la Ley de Contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga.
En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. 2. Para celebrar contratos de obras será necesario, además, que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
A.2.- De personas físicas.
Si el licitador es una persona física, el documento que acredite su personalidad (Documento Nacional de Identidad para españoles, pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para extranjeros).
A.3.- Representación.- Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica, deberá acompañar poder notarial (inscrito en el Registro Mercantil cuando se trate de sociedades) bastanteado al efecto por un Letrado de la Asamblea de Madrid y acreditar su personalidad mediante los documentos identificadores antes mencionados para las personas físicas.
B) Requisitos relativos a su solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
C) Requisitos relativos a su solvencia técnica.
En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, según el objeto del contrato, por uno o varios de los medios siguientes:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector
público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.
e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
f) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
D) Acreditación de la no concurrencia de una prohibición de contratar.
Los licitadores deberán acreditar no estar incursos en la ninguna de las causas de prohibición para contratar con el Sector Publico conforme al artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Aparte de las incompatibilidades contenidas en la normativa recogida en el artículo 49 f) de la Ley de Contratos del Sector Público, serán de aplicación las de la Ley de la Comunidad de Madrid 14/1995, de 21 xx xxxxx, sobre Incompatibilidades de Altos Cargos y las del artículo 5.3.b) de la Ley 11/1986 de 16 de diciembre, Electoral de la Comunidad de Madrid.
La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
No podrá celebrarse la presente contratación con empresas de trabajo temporal, tal y como dispone la Disposición Adicional Quinta de la Ley de Contratos del Sector Público.
E) Jurisdicción.
Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
F) Clasificación
De conformidad con lo dispuesto por la Disposición Transitoria Quinta de la Ley de Contratos del Sector Público, por la que se dispone la vigencia del articulo 25.1 del Real Decreto Legislativo 2/2000, las empresas licitadoras deberán presentar el documento acreditativo de estar clasificado en el Registro Central de Empresas Consultivas y de Servicios con las siguientes clasificaciones y categorías:
GRUPO V. Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Subgrupo 4. Servicios de Telecomunicaciones
Categoría: C
G) Garantía Provisional
En la cuantía y forma previstas en la cláusula 6.4 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
ANEXO 3
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(El licitador deberá cumplimentar debidamente el formulario TM1 y adjuntarlo con carácter obligatorio a la oferta económica.)
EXCMA. SRA. PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA DE MADRID
Don. ................................................................................, vecino de
.............................. provincia............................., con domicilio en
.................................................... núm. ........... (en el caso de actuar en
representación como apoderado de ............................................. con domicilio en
.............................. núm. ......... C.I.F. y D.N.I. o documento que lo sustituya núm
................................), enterado del anuncio inserto en ......................... y de las condiciones y requisitos para concurrir al PROCEDIMIENTO ABIERTO para la prestación del SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL PARA LA ASAMBLEA DE MADRID, por
la empresa........................................se encuentra en situación de acudir como licitador al mismo.
A este efecto, hace constar que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas que sirve de base a la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración y que se compromete en nombre ..................................................
(propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo el contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio siguiente:
Precio:
Importe IVA:
Precio total, IVA incluido:
Madrid, a de de 200
Fdo.: