Contract
C64.15
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRA EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LOS SEMÁFOROS DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA
1.- OBJETO DEL CONTRATO. DURACIÓN
El objeto del contrato es la realización del Servicio de “Mantenimiento Y reparación de los semáforos del Ayuntamiento de Ortuella”
El contrato se ajusta al código siguiente de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea:
Nomenclatura principal | Nomenclatura complementaria | |
Objeto Principal | 50232000-0 |
La duración del contrato será de dos años, pudiendo prorrogarse por periodos anuales hasta alcanzar una duración máxima de cuatro años.
2.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto con pluralidad de criterios de adjudicación.
3.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.
El expediente de contratación será ordinario.
4.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.
Para sufragar el precio del contrato se efectuará la previsión de la financiación suficiente con cargo a la partida que corresponda del Presupuesto Municipal para el año en curso
5.- TIPO DE LICITACIÓN. PRECIO DEL CONTRATO Y VALOR ESTIMADO
El precio del contrato que servirá de base a la licitación, asciende a la cantidad de dieciocho mil (18.000,00) euros anuales (IVA excluido), importe que podrá ser mejorado a la baja por los licitadores.
El presupuesto de licitación se desglosa en :
A. Mantenimiento preventivo, máximo 9.000 Euros al año, que se desglosará en 12 pagas mensuales de 750 Euros.
B. Mantenimiento correctivo, máximo 9.000 Euros al año, que se facturará en función de las necesidades de mejora y reparación de las instalaciones, conforme a los precios establecidos en el Anexo III, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
El valor estimado del contrato incluidas posibles prórrogas es de 72.000,00 €
6.- REVISIÓN DE PRECIOS
No procede la revisión de precios.
7.- FORMA DE PAGO.
Se facturará mensualmente una doceava parte del precio mediante presentación de factura correspondiente que será aprobada y abonada al adjudicatario siempre y cuando el trabajo haya sido realizado de acuerdo con los pliegos que rigen su ejecución y de acuerdo con las indicaciones comunicada al adjudicatario por el Ayuntamiento. En caso contrario, se exigirá al adjudicatario la correcta ejecución del contrato, no produciéndose pago alguno hasta ese momento.
8.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR. SOLVENCIA
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo artículo 60 del TRLCSP.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios se estará a lo dispuesto en los arts. 55, 58 y 59 del TRLCSP.
Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar la adecuada solvencia a través de los medios de justificación que se reseñan a continuación:
A. Solvencia económica y financiera (artículo 64 LCSP):
- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
B. Solvencia técnica (artículo 67 LCSP):
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluyan importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Al menos deberán aportar certificados acreditativos de haber prestado servicios similares por un importe de 18.000 € en cada uno de los últimos tres años.
Tales medios de acreditación podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o del Territorio Histórico que el licitador aporte.
Así, todos los licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas, regulado por Decreto 12/1998, de 3 de febrero sobre Registro Oficial de Contratistas e implantación de la clasificación, mediante un procedimiento de acreditación de la capacidad para contratar, deberán presentar únicamente, copia del certificado vigente expedido por el Letrado responsable del Registro.
De igual manera se aplicará la exención de presentación de documentación a todos aquellos que se encuentren inscritos en el Registro de contratistas del territorio histórico de Bizkaia regulado por Decreto Xxxxx 59/1994, de 21 xx xxxxx.
No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras (art. 56 TRLCSP)
Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
9.- CLASIFICACIÓN.
No se exige
10.- PROPOSICIONES.
Las proposiciones serán secretas y para ello, se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública. Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de lo previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. No se podrá presentar ninguna propuesta en unión temporal con otros si se ha efectuado individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
Las proposiciones se presentarán en DOS sobres cerrados, que deberán llevar la inscripción: "PROPUESTA PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LOS SEMÁFOROS DEL
AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA”. También se indicará el nombre de la empresa que presenta la proposición. Los sobres deberán contener la siguiente documentación:
a) SOBRE A: "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA"
I.1) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación.
La personalidad se acreditará:
Si la empresa fuera persona jurídica, mediante la presentación de escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del Real Decreto 390/1996, de 1 xx xxxxx (BOE 21/03/96), para los contratos de Servicios.
La capacidad de las demás empresas extranjeras se acreditará mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de la Ley.
Si la empresa fuera individual, mediante la presentación del documento Nacional de Identidad, o equivalente de su estado respectivo.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del D.N.I., así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
Toda esta documentación se presentará en original o copia debidamente compulsada por el titular de Secretaría del Ayuntamiento o por fedatario público competente.
I.2) Declaración expresa responsable, de no estar incurso en prohibición de contratar y al corriente de pagos con Hacienda y la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme al artículo 60 del TRLCSP. Anexo
I.3) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
II.1) Justificación de la solvencia económica y financiera. La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Declaración relativa a la cifra de negocios global.
II.2) Justificación de la solvencia técnica.
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluyan importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Al menos deberán aportar certificados acreditativos de haber prestado servicios similares por un importe de 18.000 € (de forma individual o conjunta) en cada uno de los últimos tres años.
La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o del territorio Histórico de Bizkaia le eximirá de aportar la documentación que se detalla: I.1), I.2) y I.3).
b) SOBRE B: “PROPUESTA ECONOMICA”
Contendrá exclusivamente la proposición económica, ajustada al modelo que figura como Xxxxx X en el presente Xxxxxx, que deberá ir firmada por el ofertante o persona que le represente.
A todos los efectos, se entenderá que la oferta presentada por la licitadora comprende no sólo el precio del trabajo a realizar, sino el importe de todos los impuestos y tributos que puedan originarse como consecuencia de la ejecución contrato, así como los gastos de desplazamiento y cualquier otro que pueda incidir sobre el mismo, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que será soportado por la Administración, que deberá indicarse como partida independiente.
11.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Las proposiciones para tomar parte en la presente licitación, se presentarán en el Ayuntamiento de Ortuella , Plaza 1º xx Xxxx s/n de 8,00 a 14,00 horas, durante el plazo de quince días (15) días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia.
Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente por las personas interesadas en la licitación. Si el día en que finalice el plazo de presentación de proposiciones fuere xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se consideraran como inhábiles a dichos efectos.
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxx.xxx
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al órgano de contratación por telex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
1. Oferta económica en relación con el mantenimiento preventivo (hasta 40 puntos):
Para la determinación de la puntuación a asignar a cada una de las ofertas presentadas en la licitación, se llevará a cabo de acuerdo el siguiente procedimiento:
- Cuarenta (40) puntos, a la oferta económica más baja.
- Al resto de las ofertas, se les asignará 1 punto menos por cada 100 euros o fracción de diferencia, en sentido ascendente, respecto de la oferta mejor puntuada.
2. Oferta económica en relación con el mantenimiento correctivo (hasta 40 puntos):
Para la determinación de la puntuación a asignar a cada una de las ofertas presentadas en la licitación, se llevará a cabo de acuerdo el siguiente procedimiento:
- Cuarenta (40) puntos, a la oferta económica más baja, calculada utilizando el cuadro de precios previsto en el Anexo III.
- Al resto de las ofertas, se les asignará 1 punto menos por cada 100 euros o fracción de diferencia, en sentido ascendente, respecto de la oferta mejor puntuada.
3. Mejoras (hasta 20 puntos):
Se valorará con veinte (20) puntos la instalación de un S.A.I. en la instalación semafórica del nudo CN634 – Mendialde.
13.- ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS.
Calificación de la documentación general
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres A presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el
expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación
La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre A y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, a celebrar en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres B de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones relativas a los criterios de adjudicación no evaluables mediante cifras o porcentajes, con arreglo al siguiente procedimiento:
En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres B de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre.
Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado.
A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios a que se refiere la cláusula anterior, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime
oportunos se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre C conteniendo la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables en cifras y porcentajes. La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de tres días, debiendo publicarse, asimismo, con la misma antelación, en el tablón de anuncios y en el perfil del contratante del órgano de contratación.
Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres C de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes.
Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado.
A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos.
Adjudicación
Elevada la propuesta de adjudicación al órgano de contratación éste requerirá al adjudicatario propuesto para que, en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación, realice las siguientes actuaciones:
A Constituir la garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA.
La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, o por retención de parte del precio, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Ortuella. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por el Servicio Jurídico del Gobierno
Xxxxx.
B Aportar los documentos acreditativos de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
La adjudicación a favor del adjudicatario propuesto se llevará a cabo dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en el que expire el plazo de quince días para la presentación de la documentación anteriormente citada.
14.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo xx xxxx días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, el documento administrativo de formalización del contrato, según modelo anexo II al presente pliego, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, debidamente compulsados.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
15.- EJECUCION DEL CONTRATO
La fecha oficial de comienzo de los trabajos será el día que se establezca en el contrato administrativo que suscriban las partes. En los expedientes declarados de urgencia, en el plazo de entrega se computará desde la orden de inicio emanada por escrito de la Administración y en caso de no producirse ésta, desde el día siguiente al recibo de la notificación de la adjudicación.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la contratista y con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Xxxxxx y, en su caso, a las especificaciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, al resto de la documentación obrante en el expediente de contratación incoado al efecto, así como a las instrucciones que diere la Administración y que serán de obligado cumplimiento para la contratista. En lo no previsto en los mencionados documentos, la ejecución se regirá por el Pliego de Cláusulas Generales para la contratación de estudios y servicios técnicos.
16.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA ADJUDICATARIA
1.- Serán obligaciones del adjudicatario, además de las establecidas en el presente Pliego, las siguientes:
a) Prestar el servicio con la continuidad convenida, con independencia de las circunstancias internas o externas de la entidad adjudicataria.
b) Adscribir los medios materiales y humanos necesarios para la correcta realización del servicio. Cuando por razón de bajas de enfermedad, licencias, vacaciones…etc, de los empleados adscritos regularmente al servicio contratado, el empresario adjudicatario del contrato precisare sustituir a aquellos empleados, los trabajadores contratados deberán percibir igual remuneración salarial que la percibida por el trabajador sustituido, con excepción de todos aquellos conceptos retributivos que tuvieran carácter personal, como por ejemplo, la antigüedad.
c) Nombrar, si el Ayuntamiento lo solicitara, un responsable coordinador con capacidad para ostentar la representación del contratista.
d) Hacer frente al pago de cuantos gastos e impuestos se deriven, tanto de la actividad que realice para la ejecución del servicio como los dimanantes de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
e) Indemnizar los daños que se causen a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio.
f) Facilitar al Ayuntamiento, al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación o persona en quien delegue y a los técnicos por aquel designados, cuantas aclaraciones o ampliaciones a las proposiciones presentadas le exijan para una mejor comprensión de las mismas.
g) Realizar, a precio no superior a los precios unitarios por ofertados, y en su caso
actualizados, cuantas ampliaciones le sean solicitadas por la Corporación, para duración no inferior a un mes, siendo el plazo máximo de comienzo del servicio de siete días, a partir del recibo de la notificación que se efectúe en este sentido.
h) El adjudicatario, cuando sea requerido al efecto, estará obligado a justificar de forma de forma fehaciente ante el Ayuntamiento, encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a los trabajadores adscritos a la ejecución de este contrato, mediante la presentación de los TC1 y TC2 debidamente diligenciados de los trabajadores que la empresa tenga asignados al Municipio de Portugalete para la ejecución del objeto del presente contrato.
De no encontrarse al corriente, el Ayuntamiento queda expresamente facultado para subsanar dicha omisión, efectuando por cuenta del adjudicatario las cotizaciones correspondientes con los recargos e intereses que procedan y deducir lo pagado de la mensualidad inmediata a satisfacer, entregando al adjudicatario los justificantes de dicho pago.
i) A elevar informe anual al Ayuntamiento de resultados obtenidos con la prestación del servicio, sin perjuicio de la permanente facultad de inspección de la Administración Municipal. Asimismo se compromete a facilitar al Ayuntamiento los datos estadísticos que fueran precisos para evaluar la calidad de los servicios prestados.
j) A cumplir las disposiciones vigentes o que se dicten durante el periodo de vigencia del contrato en materia laboral, previsión, seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo con respecto al personal a su cargo que se adscriba a la presentación del servicio contratado, quedando exonerado el Ayuntamiento del incumplimiento de las citadas obligaciones legales, asumiendo la entidad adjudicataria su condición de empresario.
k) El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
l) y en general, a cumplir todas las obligaciones señaladas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato.
2.- El adjudicatario tendrá derecho:
- Al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato adjudicado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por la Administración.
- A la revisión del precio del contrato, en el supuesto de que se acuerde la prórroga del mismo, de acuerdo con lo previsto al efecto en la cláusula SEXTA del presente Xxxxxx. Este derecho deberá ejercitarse, dentro del primer trimestre de cada año. Transcurrido el citado plazo, el adjudicatario perderá dicha opción.
17.- OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado, bajo su exclusiva responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad e Higiene en el trabajo y en materia fiscal, respecto del personal que adscriba al cumplimiento del objeto contractual, y en especial deberá estar al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondiente a las personas a su cargo, así como en el Impuesto de Actividades
Económicas correspondiente a su actividad, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
Todas las personas colaboren con el adjudicatario en la prestación del objeto de presente contrato, dependerán exclusivamente de éste, y por tanto, sin relación contractual de ningún tipo (ni laboral, ni administrativa – mercantil, o civil), con esta Administración. En consecuencia en ningún caso ni circunstancia el contrato supondrá relación laboral habitual entre la Administración y el contratista o el personal de él dependiente, siendo por ello irresponsable ésta Entidad Local de los daños que pudieran ocasionarse a terceros por las acciones u omisiones derivadas de la ejecución del contrato por el personal adscrito al servicio por el contratista.
18.- PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO
El contratista deberá adscribir a la prestación de los servicios objeto del presente contrato, los medios humanos necesarios para su ejecución, de acuerdo con lo establecido al efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas que, junto con el presente Xxxxxx, ha de regir el contrato.
Todo licitador deberá especificar en sus proposiciones los medios humanos de cada categoría que, como mínimo, considera necesario para la prestación de los servicios objeto de esta licitación.
Durante el plazo de vigencia del contrato, el Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, laboral ni de cualquier otra índole, con el personal adscrito por la empresa adjudicataria para la prestación del servicio.
19.- FACULTAD DE INSPECCION
El Ayuntamiento ejercerá la facultad de dirección e inspección del servicio a través del Departamento de Cultura, pudiendo dictar instrucciones al contratista, que serán de obligado cumplimiento para éste, siempre que no supongan modificaciones no autorizadas de la prestación, y no se opongan a las condiciones acordadas en el presente contrato, ni a las disposiciones de la legislación vigente.
20.- TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS
Hasta que tenga lugar la recepción o conformidad del contrato, y mientras no haya transcurrido el plazo de garantía que se establezca en el contrato, el cual no podrá ser inferior a TRES (3) MESES, contado a partir de dicha fecha, el contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones,
valoraciones o certificaciones parciales.
El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.
Si se advierten vicios o defectos en la ejecución de los trabajos objeto del contrato, la Administración podrá recusar los que estime no satisfactorios.
La recusación se realizará siempre por escrito motivado y el contratista tendrá derecho a reclamar ante la Administración en el plazo xx xxxx días contados a partir de la notificación por parte de la Administración del referido escrito.
21.- CESION Y SUBCONTRATACION DEL CONTRATO
No se admitirá la cesión del contrato y en caso de producirse será causa de resolución del mismo, con excepción de lo previsto en el TRLCSP.
Si el contratista tuviera necesidad de subcontratar partes específicas de su trabajo, lo pondrá en conocimiento de la Administración con anterioridad y por escrito, expresando con claridad las condiciones técnicas del subcontrato. Esta última se reserva el derecho de admitir o no esta subcontratación, fijar sus límites dentro de lo previsto en la normativa aplicable.
En cualquier caso, la responsabilidad del contratista frente a la Administración por la totalidad de las prestaciones concertadas, no se modificará ni aún en caso de que se acepte la subcontratación parcial
22.- FINALIZACION Y RECEPCION DE LOS TRABAJOS
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Administración, debiendo llevarse a cabo la correspondiente recepción expresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 204.1 del Reglamento General de la LCAP.
Si los servicios no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de servicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.
23.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCION DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en TRLCSP. A tal fin, el adjudicatario deberá disponer o, en su caso, contratar una póliza de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 150.000 Euros, que deberá mantener vigente durante la duración total del contrato, quedando obligado a aportar al Ayuntamiento copia de la misma y del recibo en vigor y al corriente de pago.
24.- PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCION DEL CONTRATO
Respecto de este tema, además de lo previsto en el TRLCSP, se estará a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en relación con las infracciones y sanciones en que pudiera incurrir el contratista con motivo de la ejecución del contrato.
25.- ABONO PRECIO CONTRATO
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por la Administración.
El precio del contrato establecido se abonará al contratista, por mensualidades vencidas, y por un importe igual cada una de la doceava parte del precio total del contrato, previa la presentación de la factura correspondiente al mes de que se trate, y tras la conformidad de los Servicios Municipales, y todo ello de acuerdo con lo dispuesto al efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En su caso, del importe de esta factura se deducirán las cantidades correspondientes por la falta de prestación o realización incompleta de los servicios y sanciones impuestas. En cualquier caso, el adjudicatario extenderá facturas exclusivamente por los servicios que preste efectivamente, de acuerdo con la oferta aprobada.
26.- DEVOLUCION GARANTIA
La garantía definitiva se devolverá, si no existe responsabilidad pendiente en contra de la adjudicataria, una vez recepcionados de conformidad y liquidados por parte de la Administración el trabajo o las prestaciones objeto del contratista, mediante acuerdo del órgano competente, y de conformidad en lo dispuesto en el TR LCSP.
27.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se podrá modificar en los supuestos previstos en el TRLCSP.
28.- SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO
Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el TRLCSP, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en el TRLCSP.
29.- RESOLUCION DEL CONTRATO
Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en eel TRLCSP.
A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Administración contratante.
Para el supuesto de que no se haya establecido en el pliego plazo de garantía, una vez concluida la vigencia del contrato, y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, éste se considerará extinguido a todos los efectos.
30.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION COMPETENTE
Corresponden a la Administración contratante las prerrogativas de dirección, interpretación, modificación y suspensión del contrato todo lo cual se realizará de conformidad a las normas que, para los de naturaleza administrativa, establece el TRLCSP
Los acuerdos dictados al efecto, que serán adoptados con audiencia de la contratista y previo conforme del Servicio Jurídico correspondiente, serán inmediatamente ejecutivos.
Contra dichos acuerdos podrán interponerse los recursos administrativos que procedan, a tenor de lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El recurso contencioso-administrativo habrá de interponerse conforme a lo previsto al efecto en la 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción, y con renuncia expresa a cualquier otro fuero que a las partes pudiera corresponder.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
D (1) ............................................., con domicilio en ……………… ………..
calle ......................................... y provisto del D.N.I en
nombre propio o en representación de la empresa (2) …………………………
…………..………………………………….……como (2) de
la misma, con domicilio en.......................…calle ... ........................................ ......
.....………... ……………………………….y C.I.F. ...........................….
DECLARO:
I.- Que he quedado enterado del anuncio de licitación, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia nº ....... de fecha ................................., convocada por el Ayuntamiento de Ortuella para la adjudicación del contrato que tiene por objeto
………………………….……………………………………...................................
II.- Que igualmente conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
III.- Que el firmante y, en su caso la empresa a la represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
IV.- Que, en relación con las prestaciones objeto de presente contrato, se compromete a la ejecución de las mismas en las siguientes condiciones:
- Mantenimiento preventivo: por un importe anual de € (IVA excluido).
- Mantenimiento correctivo: por un importe anual de € (IVA excluido),
que resulta de la siguiente previsión de precios unitarios:
TABLA DE PRECIOS UNITARIOS | |||
DESCRIPCION | PONDERACIÓN | PRECIO UD. | Importe |
Horas oficial de mto. Xxxxxxx diurno laborable | 30 | ||
Hora oficial de mto. Horario diurno festivo | 10 | ||
Hora oficial de mto. Horario nocturno laborable | 10 | ||
Hora oficial de mto. Horario nocturno festivo | 10 | ||
Báculo semafórico | 1 | ||
Columna semafórica | 1 | ||
Soporte semafórico | 5 | ||
Bajante de báculo | 1 | ||
Semáforo 13/200 | 2 | ||
Semáforo 12/200 | 1 | ||
Semáforo 13/300/200 | 1 | ||
Semáforo 12/200 PPC | 2 | ||
Semáforo invidentes modelo ONCE | 2 | ||
Semáforo 12/100 repetidor | 2 | ||
Pulsador de peatones | 4 | ||
Lente de les 300 mm. Rojo | 2 | ||
Lente de les 200 mm. Rojo | 3 | ||
Lente de les 200 mm. Ambar | 3 | ||
Lente de les 200 mm. Verde | 3 | ||
Lente de les 100 mm. Rojo | 3 | ||
Lente de les 100 mm. Verde | 3 |
Lente de leds silueta peatones rojo | 5 | ||
Lente de leds silueta peatones verde | 5 | ||
Ml. Cabe DM 0,6/1 Kv 2X6 mm2. | 100 | ||
Ml. Cabe DM 0,6/1 Kv 3X1,5 mm2 | 100 | ||
Ml. Cabe DM 0,6/1 Kv 4X1,5 mm2 | 100 | ||
Ml. Cable H07V-K 1X16 mm2 AV | 100 |
En relación con las mejoras:
Me comprometo a la ejecución del SAI en el nudo CN634 – Mendialde.
Ortuella a ...... de de 2015
Fdo.:
D.N.I.:
(1) Caso de tratarse de una unión temporal de empresas, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la LCSP.
(2) Táchese lo que no proceda.
(3) Gerente, Director, Representante Legal.
ANEXO II
D. (1)............................................................... con domicilio en calle
........................................................................... n° ......, en nombre propio o en
representación de la empresa (2) como
(3 ) ............................ de la misma, con domicilio en calle
................................................................. ....nº ........ y C.I.F.
..................................
DECLARO QUE:
Ni el firmante, ni la Sociedad Mercantil a la que en su caso representa, sin las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración, enumeradas en el artículo 60TRLCSP y que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y sociales impuestas por la legislación vigente.
Se compromete a presentar los documentos precisos que demuestran el cumplimiento de tales obligaciones en el plazo de 5 días naturales, a contar a partir del siguiente en que reciba la notificación del oportuno requerimiento.
En Ortuella , a ....... de de 2015
Fdo.:
D.N.I.:
(1) Caso de tratarse de una unión temporal de empresas, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la LCSP.
(2) Táchese lo que no proceda.
(3) Gerente, Director, Representante legal.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE DEBERÁN REGIR PARA REALIZAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACION DE LAS INSTALACIONES SEMAFÓRICAS PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA.
1º.- OBJETO
El objeto del presente documento es describir el servicio de mantenimiento de las instalaciones semafóricas sitas en el término municipal de Ortuella, propiedad del Ayuntamiento de Ortuella, conforme al inventario de elementos existentes y puntos de instalaciones que se adjuntan.
2º.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Comprende la realización periódica de las tareas que permitirán disminuir el número de averías y el deterioro del servicio, y alargar la vida de las instalaciones. Se resumen en las siguientes:
Realización mensual de inspección completa de las instalaciones semafóricas comprendiendo las siguientes inspecciones:
Revisión de báculos, columnas y soportes, realizando informe sobre estado de sujeción y fotografía, en los casos en los que se detecte algún problema.
Revisión de lámparas fundidas, funcionamiento de espiras y pulsadores.
Revisión, durante al menos 2 ciclos consecutivos, del funcionamiento del regulador, confirmando que realiza los cambios de fase adecuadamente.
Reposición de lámparas fundidas y xx xxxxxx de led
Realización anual de las siguientes inspecciones y actuaciones:
Revisión xx xxxxx de tierra, en cada elemento metálico (báculos, columnas y armarios de regulador)
Revisión y apriete en su caso de cableados, y estado xx xxxxxx.
Limpieza interior de regulador
Engrase de cerraduras y bisagras
Sellado de tubos y rendijas entre regulador y cimentación.
Pintado de todos los elementos semafóricos, en el color que indique la dirección de obra, y limpieza xx xxxxxx con agua y jabón.
Se realizará un informe de las actuaciones realizadas con la misma periodicidad de las actuaciones, a entregar durante la semana posterior a la terminación de las mismas, según modelo adjunto o similar aprobado por la Dirección del Contrato
3º.- MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Constituye la realización de trabajos necesarios para reparar averías, y corregir deterioros ocasionados en las instalaciones, bien por fallos de las mismas, bien por causas externas.
La realización del mantenimiento correctivo y reparación se realizará a demanda del Excelentísimo Ayuntamiento de Ortuella. Las operaciones de mantenimiento correctivo que se deban realizar en horario laboral de 07:00 horas a 15:00 horas, no conllevará costes de mano de obra y medios auxiliares serán por cuenta del contratista, salvo casos de fuerza mayor, como incendio, inundaciones, actos vandálicos o accidentes de vehículos.
Las operaciones de mantenimiento correctivo a realizar fuera del horario laboral normal, es decir de 15:00 a 07:00 en días laborables, los sábados y los festivos, serán facturadas a los precios de mano de obra especificados en la lista de precios que cada licitador deberá proporcionar, en base a la tabla de precios propuesta.
Las intervenciones que conlleven reposiciones de materiales se abonarán a los precios fijados en la tabla de precios de materiales, previa aprobación de la Dirección del Contrato.
El contratista dispondrá de un servicio xx xxxxxxx disponible las 24 horas., los 365 días del año, que deberá atender las reparaciones con un nivel de servicio según la siguiente tabla:
NIVELES DE SERVICIO | |
Tipo de Avería | Tiempo de respuesta |
Cruce apagado o intermitente | 2 horas |
Cruce con luces fijas | 2 horas |
Cruce con elementos con peligro de caída | 2 horas |
Cruces con 1 luz apagada | 12 horas |
Cruces con fallo funcionamiento pulsador | 12 horas |
4º.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
a) Para los trabajos de mantenimiento preceptivos se establece un presupuesto anual de 9.000 .- € IVA no incluido , y se facturará dicha cantidad mediante un canon fijo mensual de 750.- € IVA no incluido
El IVA a aplicar será legalmente establecido para dicho contrato de servicios.
b) Para los trabajos de mantenimiento correctivo, se establece un presupuesto anual máximo de 9.000 € IVA no incluido.
Los precios a aplicar en los trabajos relacionados con dicho mantenimiento correctivo, serán los establecidos en el (Anexo III) listado de precios unitarios, correspondiente al material a reparar o instalar, y a la mano de obra según el horario de trabajo.
c) Los trabajos de mantenimiento se podrán ofertar a la baja.
d) Se admiten mejoras en la oferta de los trabajos, siempre y cuando dichas ofertas estén valoradas económicamente, y se concrete el tipo de mejora.
Anexo I: Formatos de informes de inspección PARTE DE INSPECCION
MENSUAL
ECHA : | BIEN | SI NO ES CORRECTO ANOTAR INCIDENCIA | |
0-1 Urioste – San Xxxxx | ESTADO SOPORTES | ||
LAMPARAS Y LENTES LED | |||
PULSADORES | |||
CICLO REGULADOR | |||
0-2a – 02 x Xxxxxxx – San Xxxxxxx | ESTADO SOPORTES | ||
LAMPARAS Y LENTES LED | |||
PULSADORES | |||
CICLO REGULADOR | |||
0-3 | ESTADO SOPORTES |
MES : F
Ayegas | LAMPARAS Y LENTES LED | ||
PULSADORES | |||
CICLO REGULADOR | |||
0-4 Gorbea | ESTADO SOPORTES | ||
LAMPARAS Y LENTES LED | |||
PULSADORES | |||
CICLO REGULADOR | |||
0-5 OKE | ESTADO SOPORTES | ||
LAMPARAS Y LENTES LED | |||
PULSADORES | |||
CICLO REGULADOR | |||
0-6 A/ 0-6 B/0-6C Nudo C/634 Mendialde | ESTADO SOPORTES | ||
LAMPARAS Y LENTES LED | |||
PULSADORES | |||
CICLO REGULADOR | |||
0-7 C/ 634 POLIGONO GRANADA | ESTADO SOPORTES | ||
LAMPARAS Y LENTES LED | |||
PULSADORES | |||
CICLO REGULADOR |
PARTE DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO ANUAL MENSUAL
BIEN | SI NO ES CORRECTO ANOTAR INCIDENCIA |
FECHA :
0-1 Urioste – San Xxxxx | XXXXX DE TIERRA | ||
CABLEADOS Y BORNAS | |||
LIMPIEZA INTERIOR REG. | |||
ENGRASE | |||
SELLADO DE TUBOS | |||
PINTADOS Y LIMPIEZA XX XXXXXX | |||
0-2a – 02 x Xxxxxxx – San Xxxxxxx | XXXXX DE TIERRA | ||
CABLEADOS Y BORNAS | |||
LIMPIEZA INTERIOR REG | |||
ENGRASE | |||
SELLADO DE TUBOS | |||
PINTADOS Y LIMPIEZA XX XXXXXX | |||
0-3 Ayegas | TOMAS DE TIERRA | ||
CABLEADOS Y BORNAS | |||
LIMPIEZA INTERIOR REG | |||
ENGRASE | |||
SELLADO DE TUBOS | |||
PINTADOS Y LIMPIEZA XX XXXXXX | |||
0-4 Xxxxxx | XXXXX DE TIERRA | ||
CABLEADOS Y BORNAS | |||
LIMPIEZA INTERIOR REG | |||
ENGRASE | |||
SELLADO DE TUBOS | |||
PINTADOS Y LIMPIEZA XX XXXXXX | |||
0-5 XXX | XXXXX DE TIERRA | ||
CABLEADOS Y BORNAS | |||
LIMPIEZA INTERIOR REG | |||
ENGRASE | |||
SELLADO DE TUBOS | |||
PINTADOS Y LIMPIEZA XX XXXXXX | |||
0-6 A/ 0-6 B/0-6C Nudo | TOMAS DE TIERRA | ||
CABLEADOS Y BORNAS | |||
LIMPIEZA INTERIOR REG | |||
ENGRASE | |||
SELLADO DE TUBOS | |||
PINTADOS Y LIMPIEZ XX XXXXXX | |||
0-7 N 634 POLIGONO GRANADA | TOMAS DE TIERRA | ||
CABLEADOS Y BORNAS | |||
LIMPIEZA INTERIOR REG | |||
ENGRASE | |||
SELLADO DE TUBOS | |||
PINTADOS Y LIMPIEZA XX XXXXXX |
Anexo III: Listado de precios a valorar y su ponderación.
TABLA DE PRECIOS UNITARIOS | |||
DESCRIPCION | PONDERACIÓN | PRECIO UD. | Importe |
Horas oficial de mto. Xxxxxxx diurno laborable | 30 | ||
Hora oficial de mto. Horario diurno festivo | 10 | ||
Hora oficial de mto. Horario nocturno laborable | 10 | ||
Hora oficial de mto. Horario nocturno festivo | 10 | ||
Báculo semafórico | 1 | ||
Columna semafórica | 1 | ||
Soporte semafórico | 5 | ||
Bajante de báculo | 1 | ||
Semáforo 13/200 | 2 | ||
Semáforo 12/200 | 1 | ||
Semáforo 13/300/200 | 1 | ||
Semáforo 12/200 PPC | 2 | ||
Semáforo invidentes modelo ONCE | 2 | ||
Semáforo 12/100 repetidor | 2 | ||
Pulsador de peatones | 4 | ||
Lente de les 300 mm. Rojo | 2 | ||
Lente de les 200 mm. Rojo | 3 | ||
Lente de les 200 mm. Ambar | 3 | ||
Lente de les 200 mm. Verde | 3 | ||
Lente de les 100 mm. Rojo | 3 | ||
Lente de les 100 mm. Verde | 3 |
Lente de leds silueta peatones rojo | 5 | ||
Lente de leds silueta peatones verde | 5 | ||
Ml. Cabe DM 0,6/1 Kv 2X6 mm2. | 100 | ||
Ml. Cabe DM 0,6/1 Kv 3X1,5 mm2 | 100 | ||
Ml. Cabe DM 0,6/1 Kv 4X1,5 mm2 | 100 | ||
Ml. Cable H07V-K 1X16 mm2 AV | 100 |