Pliego de condiciones para la Adjudicación del Contrato de la Gestión y Explotación de la Terminal Logística Ferroviaria del Puerto de Bilbao en Pancorbo
Pliego de condiciones para la Adjudicación del Contrato de la Gestión y Explotación de la Terminal Logística Ferroviaria del Puerto xx Xxxxxx en Pancorbo
Texto aprobado por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx en sesión de 13 de octubre de 2016
Índice
Contenido
1 Disposiciones generales 4
1.1 Objeto 4
1.2 Prestación de los servicios 4
1.3 Naturaleza del contrato y régimen jurídico 8
1.4 Vigencia y duración del contrato 8
1.5 Presupuesto del contrato 9
2 Licitación 10
2.1 Procedimiento y forma 10
2.2 Requisitos y capacidad de los licitadores 10
2.3 Proposiciones 10
2.3.1 Presentación de proposiciones 10
2.3.2 Consultas, aclaraciones y presentación de proposiciones 12
2.3.3 Contenido de las proposiciones 13
2.4 Condiciones económicas del contrato 26
2.4.1 Renta Fija Anual 27
2.4.2 Renta Variable Anual 27
2.4.3 Gasto Variable Anual 30
3 Adjudicación y formalización 32
3.1 Criterios de adjudicación 32
3.1.1 Valoración técnica 33
3.1.2 Valoración económica 34
3.2 Adjudicación de la Licitación 36
3.3 Garantías 39
3.3.1 Garantía provisional 40
3.3.2 Garantía definitiva 40
3.4 Formalización del contrato 41
3.5 Régimen jurídico del contrato 43
3.6 Protección de datos de carácter personal 43
4 Ejecución del contrato 46
4.1 Facturación y forma de pago 46
4.2 Seguros, impuestos y licencias 47
4.2.1 Seguros 47
4.2.2 Impuestos 48
4.2.3 Licencias 49
4.3 Inspecciones y penalizaciones 49
4.4 Mantenimiento y conservación de las instalaciones 51
4.5 Puesta en funcionamiento y penalizaciones 51
4.6 Instalaciones y equipos necesarios a cuenta del Gestor de la TELOF 52
4.7 Modificaciones del contrato 53
4.8 Cesión, subarriendo y/o subcontratación 54
5 Extinción de contrato 56
5.1 Causas de extinción 56
5.2 Efectos de resolución y extinción del contrato 58
6 ANEXOS 00
0.0 XXXXX 0. ESPACIOS, INFRAESTRUCTURAS E INSTALACIONES COMPRENSIVAS DE LA TELOF A GESTIONAR 59
6.1.1 PLANO NÚMERO 1. DELIMITACIÓN ZONAS I 59
6.1.2 PLANO NÚMERO 2 ETAPAS SUJETAS A LA LICITACIÓN 00
0.0 XXXXX 0. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 00
0.0 XXXXX 0. MODELOS DE GARANTÍA 65
6.3.1 ANEXO 3.1. MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL 65
6.3.2 ANEXO 3.2. MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA 00
0.0 XXXXX 0. ESPECIFICACIONES DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES Y MEDIOS PUESTOS A DISPOSICIÓN 00
0.0 XXXXX 0. ACTA DE ENTREGA DE EQUIPOS 00
0.0 XXXXX 0. EQUIPOS TÉCNICOS NECESARIOS 00
0.0 XXXXX 0. TARIFAS DE LA OPERATIVA 78
1 Disposiciones generales
1.1 Objeto
El presente Xxxxxx establece las bases para la adjudicación del contrato para la gestión de la Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx (abreviadamente denominada TELOF), por procedimiento abierto con diferentes criterios de adjudicación.
El adjudicatario (en adelante Gestor de la TELOF) habrá de llevar a cabo la prestación y comercialización de estos servicios a que se refiere en el punto 1.2 siguiente. La prestación y comercialización de estos servicios los realizará el Gestor de la TELOF, a su riesgo y xxxxxxx y a su total responsabilidad, por lo que éste será el único y último responsable frente a Autoridad Portuaria xx Xxxxxx (en adelante también ApB) y frente a terceros. Además, deberá hacer frente también a sus propios clientes, usuarios y terceros a los que les concierne una interlocución directa con el presente Gestor de la TELOF, en calidad de relación contractual de actividad y de negocio. La prestación de los servicios y actividad se realizará en la TELOF, donde se dispone del espacio, instalaciones e infraestructura necesarios para ello, como descrito en el Anexo n° 1, donde se acompaña descripción técnica y jurídica de los bienes.
La titularidad patrimonial de la TELOF corresponde a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, con dirección en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx 00, 00000, Xxxxxx (Xxxxxxx).
1.2 Prestación de los servicios
El Gestor de la TELOF deberá comprometerse a realizar las actividades intrínsecas a la operativa de la TELOF como una Terminal Operativa Ferroviaria y de intercambio modal (tren-tren, tren-camión, camión-camión, este último solo en la etapa 1).
Dentro de las actividades de transbordo modal se encuentran las siguientes: La prestación de servicios básicos de la TELOF, siendo estos la operativa de carga y descarga de contenedores u otras unidades de transporte sobre tren, la manipulación, apilado y almacenaje de los contenedores en la terminal, las pruebas de frenado, la formación de trenes y la tramitación de la documentación específica para el control de trenes y mercancías, así como actividades complementarias y/o accesorias.
Dentro de los principales servicios genéricos que la TELOF ofrece de cara al tratamiento de contenedores y mercancías, estos son los siguientes:
- Operación ferroviaria dentro de la TELOF, realizando las operaciones de movimiento y posicionamiento de los trenes con los equipos necesarios
- Manipulación de contenedores
- Depósito de contenedores, tanto de llenos como de vacíos
- Consolidación y desconsolidación de carga en contenedores
- Limpieza y reparación de contenedores
- Almacenaje de mercancías
Los servicios complementarios que la TELOF ofrecerá a vehículos son los siguientes:
- La carga y descarga de vehículos, concretamente camiones y trenes
- La organización y gestión del transporte
- La manipulación de vagones y unos servicios de atención a conductores y vehículos
- Otros servicios son los de información, entre los que se encuentran el horario de salida de buques del Puerto xx Xxxxxx en líneas marítimas de tráficos portuarios
- Y la gestión de documentación pertinente.
El Gestor de la TELOF deberá comprometerse a realizar las actividades inherentes a la configuración de la TELOF como una terminal de intercambio modal (tren‐tren, tren‐
camión y camión‐camión, este último solo en la etapa 1) especializada en la operativa de
manipulación de contenedores con origen o destino en puerto marítimo, así como aquellas actividades vinculadas a éstas que, sin ser imprescindibles para el tráfico propio de la terminal, contribuyen a incrementar o complementar la base de servicio y negocio de la instalación. Dentro de las actividades de trasbordo modal se encuentran, básicamente, las siguientes: La prestación de los servicios básicos de la terminal, entendiendo por tales la operativa de carga y descarga de contenedores u otras unidades de transporte sobre tren, la manipulación, apilamiento y almacenaje de contenedores dentro de la terminal, la manipulación operativa de los vagones, pruebas de frenado, la
formación de trenes y el tratamiento de la documentación e información precisa para el control de trenes, vagones, unidades de carga y mercancías.
Dentro de las actividades complementarias se encuentran, a título orientativo y no limitativo, las siguientes: Depósito de contenedores, lavado y reparación de contenedores, consolidación o el fraccionamiento de la carga, el almacenaje y gestión de mercancías, gestión y/o contratación de acarreos, servicios vinculados a la operativa aduanera y de inspección en frontera. Específicamente y en relación a estas últimas operativas, el adjudicatario se compromete a articular las gestiones oportunas con los organismos competentes para, a través de la figura o habilitación que corresponda, desarrollar la actividad de gestión de despacho aduanero e inspección en frontera de carga de importación y exportación en la TELOF.
La prestación de servicios y actividades complementarias estarán sujetas al cobro de tarifas por parte del Gestor de la TELOF, que tendrán la consideración de precio privado. Se considerarán tarifas máximas, las menores entre las publicadas en la Declaración sobre la Red o documento equivalente, y las mencionadas expresamente en el Anexo 7 del presente Pliego.
A instancia del Gestor de la TELOF, la ApB podrá revisar y actualizar las tarifas máximas previstas en el Anexo nº 7 del presente Pliego, de forma justificada y de acuerdo a las variaciones de las condiciones xx xxxxxxx, por medio de resolución dictada por el Presidente de la ApB, que será el órgano competente a estos efectos.
El Adjudicatario y la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx podrán establecer de mutuo acuerdo rebajas o descuentos para las mismas siempre que se establezcan con criterios objetivos, sean conocidas, accesibles y públicas para los clientes y usuarios de la instalación, garantizando la igualdad de trato a todos los clientes que cumplan con las condiciones de aplicación conforme a lo establecido en el artículo 102 de la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario.
Entre las funciones que se atribuyen al Gestor de la TELOF estará la de coordinación con ADIF para la entrega y recepción de trenes hacia/desde la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) administrada por éste. A estos efectos, el Gestor de la TELOF acepta las obligaciones que se deriven de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 38/2015, de 29 de
septiembre, del Sector Ferroviario y en el artículo 52 del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario, particularmente en lo que se refiere al plan de explotación. Asimismo, vendrá obligado a cumplir los requisitos del personal que se deriven de la aplicación de la disposición adicional segunda, párrafo 2, de la Orden FOM 2872/2010, en relación con la conexión entre la TELOF y la RFIG administrada por ADIF.
En relación a los recursos y equipos del Gestor, el personal contará con las acreditaciones y permisos correspondientes para las operaciones y manejo de los equipos, de arreglo a la legislación española. En concreto, y respecto al personal que preste servicios relacionados con la operación ferroviaria, será de aplicación la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para la obtención de los títulos habilitantes que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridad en la circulación, así como el régimen de los centros homologados de formación y de los de reconocimiento médico de dicho personal.
Igualmente, el Gestor de la TELOF se compromete a establecer un calendario de incorporación de personas que permitan cubrir los diferentes servicios ofertados por la Terminal, previo acuerdo y aprobación expresa por parte de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx y tras justificación de la necesidad de incorporación de las personas.
El Gestor de la TELOF queda obligado a asumir todos los costes y cargos requeridos para la manutención, conservación y rehabilitación de la TELOF, para su correcta prestación de servicios y puesta en funcionamiento, siendo causa expresa de resolución del contrato la dejación o negligencia en la ejecución de estas actividades. Asimismo, la gestión de los contratos de seguros, impuestos y licencias deberá ser asumida por el Gestor de la TELOF, conforme a lo establecido en este Pliego.
El Gestor de la TELOF deberá actuar conforme a los principios de igualdad de trato, transparencia y no discriminación. También deberá garantizar el carácter abierto al uso general o universal de la propia TELOF, y concretamente para cualquier operador ferroviario u operador logístico.
Sin perjuicio de lo anterior, el Gestor de la TELOF se compromete a colaborar con la ApB para la captación de volúmenes que redunde en un aumento de la actividad del Puerto xx Xxxxxx.
1.3 Naturaleza del contrato y régimen jurídico
El contrato para la gestión de la TELOF es de carácter privado y naturaleza patrimonial, y su licitación y adjudicación se regirán por los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, de conformidad con el presente Pliego de Condiciones. Sus efectos y extinción estarán supeditadas a lo establecido en el presente Pliego y a las normas de derecho civil y mercantil. Este Xxxxxx tiene carácter contractual, al igual que sus Anexos, por lo que deberán ser aprobados y firmados por el adjudicatario en el acto de formalización de contrato, como prueba de conformidad.
Para la resolución de las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de la preparación y adjudicación del contrato serán competentes los órganos de la jurisdicción contencioso‐ administrativa.
Para las cuestiones litigiosas derivadas de los efectos y extinción del contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales civiles xx Xxxxxx, con renuncia expresa a cualquier fuero que en derecho pudiera corresponderles.
1.4 Vigencia y duración del contrato
El contrato tendrá una duración inicial de QUINCE años (15), contados a partir de su formalización. Una vez finalizado este plazo de duración inicialmente previsto, el contrato podrá ser prorrogado hasta CINCO años más, de mutuo acuerdo entre ambas partes
Antes de la terminación del contrato o de su prórroga, con un plazo mínimo de 6 meses anterior a la finalización, el Gestor de la TELOF deberá comunicar por escrito a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx su intención en prorrogar el contrato o no, y en su caso, el plazo por el que se desea prorrogarlo. La denegación o aceptación de la misma llegará
dentro de los 2 meses siguientes con una contestación por escrito de la ApB, aceptando o rechazando la propuesta.
1.5 Presupuesto del contrato
El presupuesto mínimo para la realización de las actividades expresamente citadas en el contrato para los 15 años previstos, asciende a DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL EUROS (268.000 euros), IVA no incluido, en concepto xx xxxxx fija, sin perjuicio de la renta variable resultante, en función de las UTIS recepcionadas y manipuladas1, y sujeto a los precios mínimos presentes en el actual Pliego.
1 Según definición expresa en el apartado 2.4.2 xx Xxxxx Variable Anual
2 Licitación
2.1 Procedimiento y forma
La contratación se llevará a cabo mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, conforme a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares.
2.2 Requisitos y capacidad de los licitadores
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten los requisitos para contratar y de solvencia que se señalan en el presente Pliego de Condiciones Particulares.
2.3 Proposiciones
2.3.1 Presentación de proposiciones
Las proposiciones se ajustarán a lo establecido en este Pliego. Su presentación supone, por parte del licitador, la aceptación expresa e incondicional de la totalidad de las cláusulas de este Pliego, sin salvedad o reserva alguna, y la declaración responsable de la exactitud de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con Autoridad Portuaria xx Xxxxxx y ser adjudicatario del concurso.
La ApB se reserva el derecho de modificar los términos de la convocatoria, inclusive su anulación, en cualquier momento antes de que finalice el plazo de presentación de ofertas, procediendo, en su caso, a publicar nuevos anuncios, pudiendo, asimismo, desistir del procedimiento de adjudicación del concurso iniciado, con anterioridad a su adjudicación, cuando exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a los licitadores que hubieran presentado una oferta o que hubieran solicitado participar en el concurso, y sin que, por tanto, se admitan reclamaciones por ninguno de los indicados motivos.
Cada licitador podrá presentar una única proposición. Ningún Licitador podrá suscribir proposición en una sociedad con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni
figurar en más de una sociedad. La contravención de estos principios producirá la desestimación de todas las proposiciones presentadas por el licitador.
Los Organismos públicos del sistema portuario de titularidad estatal no podrán participar directamente o a través de entidades participadas en la licitación, individualmente o conjuntamente con otras entidades públicas o sociedades mercantiles, en cuanto promotores y administradores de la infraestructura e instalaciones de la TELOF.
Las proposiciones se presentarán en las oficinas de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, en el Edificio de Oficinas Generales, Muelle de la Ampliación (Acceso Ugaldebieta), Santurtzi
- Bizkaia, de acuerdo a lo establecido en el anuncio de la licitación y hasta las 14:00 horas del día establecido como día límite, en mano y en sobres cerrados y sellados o lacrados, haciendo constar en el mismo el objeto de la licitación que aparece en la portada de este pliego, nombre del licitador, la fecha y la firma.
Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, de al menos tamaño DIN A-4, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, y en cada uno de los cuales se hará constar en su exterior el nombre o denominación social y DNI o CIF del licitador, y una leyenda que indique “CONCURSO PÚBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE LA GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA TERMINAL LOGÍSTICA FERROVIARIA DEL PUERTO XX XXXXXX EN PANCORBO”, así como el título
correspondiente a cada sobre según los respectivos casos (Sobre A, B o C).
Dentro de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente. La documentación exigida en cada sobre deberá aportarse en soporte papel, preferiblemente encuadernada y sujetándose al orden establecido para cada sobre en el presente Xxxxxx.
Asimismo, deberá aportarse copia de toda la documentación referida a los Sobres A y B en soporte digital estándar (CD, DVD, USB, etc.), incluyendo dentro de éste dos tipos de archivos: unos en formato .pdf, que sean copia fiel de la documentación en papel, y otros en formato nativo de las aplicaciones en que se hayan generado (MS Word, MS Excel, Autocad, etc.).
La falta de presentación de cualquiera de los documentos a incluir en los respectivos sobres podrá ser causa de exclusión de la licitación.
Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente y las ofertas se presentarán redactadas en lengua castellana o en euskera. En caso de que se presenten en otra lengua distinta, deberán acompañarse de una traducción jurada completa a lengua castellana o a euskera, primando esta última en caso de duda o discrepancia.
En el momento de la entrega de la proposición, se facilitará al licitador resguardo acreditativo de haberla efectuado, haciendo constar el día y la hora, así como el número de sobres presentados.
La oferta será válida por un periodo de CINCO MESES (5) desde la fecha de presentación de ofertas establecida en el anuncio de licitación.
La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presenten a la licitación será por cuenta exclusiva de los licitadores, quienes no podrán reclamar compensación alguna en caso de no resultar adjudicatarios o en el supuesto de se acuerde el desistimiento del procedimiento de adjudicación, se declare desierto el concurso o finalmente no se proceda a la formalización del contrato por cualquier motivo.
2.3.2 Consultas, aclaraciones y presentación de proposiciones
A partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio de convocatoria del presente concurso, y hasta el día anterior al fijado en dicho anuncio como fecha límite para presentar proposición, los interesados podrán obtener una copia del presente Pliego de Condiciones.
La copia de la citada documentación estará a disposición de los interesados, dentro del plazo anteriormente indicado, en la página web de la ApB (xxx.xxxxxxxxxx.xxx), tras la previa acreditación de los datos del solicitante (datos de filiación, dirección y teléfono).
Los interesados podrán acceder al expediente de referencia durante el mismo plazo, además de poder realizar las oportunas consultas a la ApB.
Los licitadores podrán solicitar la aclaración de cualquier cuestión que surja conforme a la hora de interpretar las condiciones de contratación exigidas en el presente Xxxxxx, y en el resto de la documentación pertinente, hasta CINCO (5) días antes de la fecha de presentación de las ofertas.
La Autoridad Portuaria xx Xxxxxx se reserva el derecho de divulgar al resto de licitadores aquellas cuestiones suscitadas durante el proceso que, sin desvelar asuntos de carácter reservado, permitan una mayor homogeneidad y transparencia de cara a la comparación de ofertas.
Se podrán formular las consultas relacionadas con la contratación y presentación de ofertas en la oficina de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx o mediante comunicación a la dirección de correo electrónico que se recoja en el anuncio de la licitación.
2.3.3 Contenido de las proposiciones
La proposición contendrá un total de tres (3) sobres cerrados y lacrados, señalados con las letras A, B y C, y conteniendo cada uno de ellos la siguiente documentación:
2.3.3.1 Sobre A: Documentación Administrativa
Requisitos comunes a todos los licitadores:
En forma visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Objeto del contrato:……………………………………………….
Licitador:………………………………………………………………
Fecha y Firma:………………………………………………………
En él se incluirán:
Documentos acreditativos de la capacidad de obrar
La capacidad de obrar de los empresarios españoles se acreditará mediante escritura, documentos de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constan las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
En sustitución de la documentación exigida, podrá acreditarse la capacidad de obrar de las empresas mediante la aportación del de la certificación expedida por el Registro Voluntario de licitadores del Ministerio de Fomento (O.M. 1787/2002, de 2 de julio) o bien del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (regulado por la Orden EHA/1490/2010, de 28 xx xxxx), acompañado, en ambos casos, de una declaración responsable de la vigencia del certificado y de que las circunstancias expresadas en el certificado no han experimentado variación.
En el caso de resultar Adjudicatario deberá presentar los documentos acreditativos de la capacidad de obrar previamente a la formalización del contrato.
Documentos que acrediten, en su caso, la representación
Los que comparezcan o firmen en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia legitimada notarialmente de su D.N.I, o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. El poder deberá figurar en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para un acto concreto, no hace falta la inscripción en el Registro Mercantil previamente mencionada, de acuerdo con el art°. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso
Cuando dos o más empresas acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, conforme a lo establecido en este Pliego, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la Unión Temporal, las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
Para que la fase previa a la adjudicación sea eficaz la Unión Temporal, u otra fórmula asociativa legalmente reconocida, será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en ella presenten un documento privado, en el que incluyan los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, así como un único domicilio a efectos de notificaciones. En este documento, los empresarios que concurran a la licitación en agrupación deberán incorporar un acuerdo por el que declaren que responderán solidariamente de cualquier obligación señalada en el Pliego.
Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar
La declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar del artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y deberá quedar acreditada por los licitadores a instancia de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, mediante la presentación de los pertinentes clasificados de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La justificación acreditativa de tal requisito se exigirá, nuevamente, antes de la firma del contrato a la empresa o Unión Temporal de Empresas adjudicatarias.
Documento acreditativo de la constitución de la Garantía Provisional
La contemplada en el punto 3.3.1 Garantía provisional del presente Pliego. Documentos acreditativos de solvencia
La solvencia del licitador podrá ser acreditada por cualquiera de los medios previstos en el artículo 75 del texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, el 14 de noviembre, pudiendo aportar cuanta documentación estime el licitador que sea adecuada para acreditar su solvencia económica y financiera, así como el desarrollo garante del contrato y, en particular, las
cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, relativas a los tres últimos ejercicios, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Declaración del grupo empresarial al que pertenezcan los licitadores, con indicación de las empresas que lo componen
Debe de expresar las circunstancias por las que las empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezcan el Licitador Individual o cualquiera de las empresas que liciten con el permiso de constituir una UTE, están vinculadas a esta. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constatar igualmente mediante declaración responsable.
Aspectos diferenciales en la documentación de las empresas extranjeras
Además de la documentación común expresada en los aparados anteriores, estos empresarios deberán presentar documentos justificativos de los siguientes apartados:
Capacidad de obrar
La capacidad de obrar de las empresas no españolas en Estados Miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los registros o presentación de las certificaciones normativamente establecidas.
La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local Profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además deberá acompañarse del informe de la Misión Diplomática Permanente de España o del órgano ministerial competente en materia de comercio exterior sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre la Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, o, en caso contrario, el informe de reciprocidad en el que se acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez
la participación de empresas españolas en la contratación con el sector público estatal en forma sustancialmente análoga.
Sumisión a la jurisdicción española
Las empresas extranjeras deberán acompañar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
2.3.3.2 Sobre B: Documentación Técnica
Requisitos comunes a todos los licitadores:
En forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Objeto del contrato:……………………………………………….
Licitador:………………………………………………………………
Fecha y Firma:………………………………………………………
La documentación a incluir será la siguiente:
(A) Memoria de Actividades
i) Previsión justificada de la demanda a atender medida en Unidades de Transporte Intermodal (UTIs). Se aportará una desagregación de la previsión por tipo de unidad de transporte (contenedores de 20 pies, 40 pies, 45 pies, cajas móviles, semirremolques, plataformas...), según su carga (llenos y vacíos), por
origen‐destino (puerto xx Xxxxxx, otros puertos marítimos y zonas
interiores) y según unidad de negocio. A modo de referencia,
propositiva y no limitante, se indican las principales unidades de negocio:
a. Actividad de manipulación (tren‐camión, camión‐tren,
tren‐tren);
b. Actividad de depósito de almacenes (vacíos o llenos);
c. Actividades de valor añadido (aduaneras, de inspección en frontera y logísticas).
ii) Descripción del aprovechamiento del suelo e infraestructuras de la TELOF. Se deberá consignar en la oferta con detalle la forma de organización y asignación de usos del suelo de la TELOF según diferentes áreas. Se ilustrará lo anterior con planos que reflejen el “layout” de la terminal en su conjunto, con la disposición esperada de sus elementos principales: playa ferroviaria de vías, viales, áreas de acopio y manipulación de unidades de carga, depot de vacíos, área de estacionamiento de vehículos ligeros y pesados y maquinaria móvil, la ubicación de los accesos respecto al esquema de circulación interna de vehículos y maquinaria móvil y las soluciones para la optimización de “stocks” y de flujos sobre las mismas.
iii) Sistema de Gestión de Mantenimiento y Conservación de la Instalación en su conjunto.
El licitador deberá detallar en su proposición los medios y recursos empleados para el mantenimiento y conservación de los espacios, infraestructuras e instalaciones comprensivas de la TELOF en su conjunto, así como los esquemas de actuación: actuaciones correctivas, preventivas y de actualización. En todo caso, el licitador deberá elaborar e incluir en su proposición, un programa de mantenimiento de las instalaciones, que con carácter suficiente y una vigencia coincidente con la duración del contrato (mínimo, quince años), concrete la dotación económica anual que asume y asigna al mantenimiento y conservación de los espacios, infraestructuras, e
instalaciones e incorpore una memoria que detalle el plan de mantenimiento y conservación a desarrollar.
Una vez formalizado el contrato al que este pliego se refiere, el adjudicatario se obligará a la ejecución del programa de mantenimiento de las instalaciones presentado en su oferta. El personal que lleva a cabo el mantenimiento y conservación deberá tener la oportuna capacitación profesional para la realización de estas actuaciones.
La ApB, por sí misma o con la contratación de una asistencia técnica facultativa, ejercerá el control y seguimiento de la correcta ejecución de las actuaciones de mantenimiento y conservación comprometidas por el licitador en su oferta, exigiendo la efectiva ejecución del presupuesto anual asignado al mantenimiento de las instalaciones.
iv) Descripción de los recursos materiales y humanos propios para la explotación de la TELOF. Se describirán los equipos fijos y móviles destinados a la manipulación de unidades de carga y descarga (“ReachStacker”, carretillas u otros equipos), los equipos previstos para la prestación de servicios a trenes (remolques, locotractores), y todos aquellos necesarios para la realización de las actividades. Para cada equipo se consignará una breve ficha técnica descriptiva, con sus características técnicas más relevantes. La oferta detallará las instalaciones, infraestructuras y puesta en funcionamiento. Por último, se detallará el personal asignado a la terminal tanto en número como en cualificación y la estructura por categorías del mismo (organigrama funcional).
v) Descripción de los servicios a prestar. Para cada unidad de negocio y tipo de demanda, se identificarán los servicios a prestar en la terminal, tales como los dirigidos a las empresas ferroviarias y a los operadores intermodales (parking, acarreos, suministros a material móvil, etc…), servicios de intercambio modal o transferencia de carga entre modos, incluyendo posibles tránsitos
entre distintos modos; servicios aduaneros y de inspección en frontera; servicios de almacenamiento de vacíos y de otro tipo de unidades de carga; servicios logísticos o de valor añadido asociados a la mercancía (consolidación y desconsolidación, personalización, preparación para venta y distribución).
vi) Rango Horario ofertado, que no podrá ser inferior a 1 turno de 8h/día por día laborable, y que se deberá adecuar en la oferta en función de la previsión de la demanda de forma que se garantice un servicio acorde a la evolución prevista de la demanda.
vii) Propuesta de Plan de personal para el período cubierto por la licitación, incluyendo un plan previsional de incorporación anual, así como la propuesta de incorporación de personas inscritas en los programas de empleo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx o Comarca de los Xxxxxx Obarenes, de acuerdo a la evolución prevista de la demanda y al rango horario ofertado. Igualmente, el licitador deberá garantizar la disponibilidad de personal capacitado para garantizar la operativa ferroviaria durante el rango horario (título de Auxiliar de circulación, rigiéndose para su obtención y habilitación según lo establecido en Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, o aquellas que la pudieran sustituir) de apertura de la Terminal. La no disponibilidad de personal se considerará como falta grave.
(B) Valor añadido de la terminal, en relación con la intermodalidad marítimo-ferroviaria
i) Aumento de la demanda con origen / destino en el puerto xx Xxxxxx. Se describirán las soluciones adoptadas para maximizar la capacidad de la TELOF, aportando una estimación del aumento de la misma imputable a tales soluciones, medida en número de UTIS anuales, con respecto a las estimaciones de demanda. El análisis y estimación del aumento de los tráficos gestionados por la terminal recogerán
todos los elementos y procesos asociados a la misma y describirán las medidas de mejora previstas en cada uno de ellos.
ii) Establecimiento de nuevas rutas con otros destinos. Se detallarán las rutas previstas con otros destinos y se cuantificará la demanda, en trenes/semana y en estimaciones de UTIs/año.
iii) Mejora de la infraestructura. Se aportarán sistemas basados en las tecnologías de la información y las comunicaciones destinados a resolver los procesos documentales asociados tanto a la gestión interna de la terminal (control de tráfico o asignación de capacidades), como a la gestión externa inter-administrativa y comercial de la misma (intercambio de información aduanera y de inspección fronteriza; venta electrónica, contratación y facturación, etc.). Específicamente, la oferta concretará los sistemas a implantar en los siguientes ámbitos:
1. El intercambio de datos entre terminal y operadores de carga/transporte, interface terminal-carretera,
2. El intercambio de datos entre terminal y operadores/empresas ferroviarias, interface terminal- tren,
3. La gestión documental con los operadores usuarios de la instalación,
4. La gestión documental e intercambio de datos con las autoridades públicas y organismo de control aduanero e inspección en frontera,
5. La gestión interna de la TELOF: terminal, xxxx xx xxxxxxx, depot y perímetro de seguridad,
6. Website del Gestor de la TELOF.
iv) Soluciones innovadoras, desde el plano tecnológico y ambiental. Se describirán las soluciones innovadoras dirigidas a la mejora de los rendimientos y productividades de cada uno de los procesos asociados a las actividades a desarrollar en la TELOF. Se describirán las medidas para elevar la eficiencia y ahorro energético, así como de reducción de posibles impactos ambientales y de costes externos de la terminal (contaminación, ruido, etc.). Se describirán los proyectos de certificación previstos tanto en materia de calidad como en materia ambiental asociados a la actividad y los servicios a prestar en la terminal.
(C) Plan de negocio e inversiones
i) Plan de negocio coherente con la previsión de demanda realizada: ingresos y costes, tanto totales como por unidad de negocio. Se aportará un escenario de referencia - que deberá ser convenientemente justificado - con respecto al cual se estimará en flujo de ingresos y costes esperados con la explotación de la terminal a lo largo del tiempo, y su imputación a cada unidad de negocio, tanto en valores absolutos como en valores relativos (precios y costes) con relación a la unidad producida de referencia, el UTI. Todas las magnitudes monetarias se expresarán en euros constantes según valor de 2016, que responderán a un Plan Comercial que deberá ser convenientemente detallado. Las desviaciones existentes entre el Plan Comercial y las estimaciones incluidas en el Modelo de Negocio de la TELOF y que se plantea como referente deberán ser convenientemente justificadas. Se considerarán, para la elaboración del Plan, las Tarifas para la operativa incluidas en el Anexo correspondiente de los presentes Pliegos.
ii) Plan de inversiones. Se consignará una programación de inversiones en el horizonte temporal observado, concretando sus periodos de ejecución, la fecha de entrega y sus periodos de servicio, así como los plazos de amortización identificados. El Plan de inversiones concretará y detallará la naturaleza de las inversiones contempladas, su integración y justificación
en el Plan de negocio y en el Plan económico‐financiero.
Todas las magnitudes monetarias se expresarán en euros constantes según valor de 2016.
iii) Plan económico-financiero. El Plan Económico‐ Financiero deberá sustentar el plan de viabilidad y contendrá para el horizonte temporal 2017‐2027/2032, la siguiente información:
1. Cuenta de Pérdidas y Ganancias anual, que recogerá la previsión de resultados, con el siguiente desglose mínimo:
o principales cuentas de ingreso de explotación y gasto de explotación
o resultado de explotación antes de amortizaciones ("EBITDA")
o Amortizaciones
o resultado de explotación antes de resultado financiero e impuesto de sociedades ("EBIT"),
o Gastos / ingresos financieros
o resultado financiero,
o resultado antes de impuestos
o impuesto de sociedades
o resultado después de impuestos
Esta Cuenta de Explotación considerará los siguientes apartados:
Importe Neto de la Cifra de Negocios | Ingresos totales |
+ Handling - Vacíos | Ingresos por handling de contenedores vacíos |
+ Handling - Llenos | Ingresos por handling de contenedores llenos |
+ Almacenaje | Ingresos por almacenaje de contenedores |
+ Reparación y conservación | Ingresos por reparación y conservación. |
+ Ingresos por Maniobras | Ingresos por maniobras (SC-5 A o similar) |
+ Ingresos expedición/recepción trenes | Ingresos derivados de la expedición / recepción de trenes |
+ Otros ingresos | Otras fuentes de ingresos no incluidas |
- Gastos Operativos | |
- Gastos de personal | Gasto de personal directamente ligado a la terminal, de acuerdo al Plan de Negocio |
- Canon Fijo TELOF (RFA) | Canon fijo a pagar por el gestor de la TELOF |
- Coste Variable TELOF (RVA) | Coste en función de las UTIs manipuladas, resultando bonificadas por la ApB las UTIs consideradas como trayectos shuttle2 con origen / destino en la TELOF |
- Seguros y Licencias | Importes de seguros de maquinaria, equipos y personas en función de los volúmenes de facturación previstos |
- Otros Gastos de Explotación | * Alquiler de equipos * Consumos de equipos * Mantenimiento de equipos * Consumibles (ruedas, otros) * Mantenimiento terminal * Energía y otros suministros (incluyendo el suministro de energía para las zonas comunes) * Comunicaciones * Consumibles * Otros gastos |
EBITDA | Importe Neto de la Cifra de Negocios – Gastos Operativos |
- Amortización del inmovilizado | Amortización del inmovilizado necesario para la operativa de la TELOF (equipos) según los criterios del Plan General Contable planteados en el |
Resultado de Explotación | EBITDA – Amortización |
Los apartados relativos al “Canon Fijo TELOF (RFA)” y al “Coste Variable TELOF (RVA)” no deberán completarse con dato económico alguno. Únicamente deberán figurar ambos apartados en el cuadro, tal y como se representa en este Pliego de Condiciones, dentro de la estructura del mismo, si bien deberán estar vacíos (sin importe).
Dichos importes están vinculados con la proposición económica, por lo que deberán incluirse necesariamente dentro del Sobre nº 3, relativo a la Proposición Económica. El
2 Se entenderán como trenes “shuttle” aquellos que entren en la definición realizada en el apartado
3.1.1. Valoración Técnica del presente Pliego
incumplimiento de este requerimiento supondrá la exclusión automática de la presente licitación.
2. Proyección de flujos de caja anual y flujos de caja acumulados.
3. Balance de situación de cierre anual.
4. La memoria del Plan Económico‐Financiero concretará
los diferentes conceptos incluidos tanto en la cuenta de resultados como en la proyección de flujos de caja. En todo caso, el balance se elaborará de acuerdo con la estructura y criterios de valoración del Plan General
Contable vigente. La memoria del Plan Económico‐
Financiero se determinará de acuerdo con los ingresos y gastos exclusivamente derivados de la actividad desarrollada y generada en virtud del contrato para la gestión de la TELOF, en consecuencia, no se presentarán ni imputarán, ingresos ni gastos que deriven de otros negocios vinculados o no al desarrollado en la TELOF. Todas las magnitudes monetarias se expresarán en euros constantes según valor de 2016.
El licitador se compromete con la presentación de la oferta a una llevanza individualizada y separada de la contabilidad de la ejecución del contrato para la gestión y explotación de la TELOF y a la realización, en relación a la misma, de una Auditoría de Cuentas al cierre de cada ejercicio anual. La Auditoría de Cuentas deberá ser realizada por una firma de auditoría de reconocido prestigio.
2.3.3.3 Sobre C: Propuesta Económica
En forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE C: PROPUESTA ECONÓMICA
Objeto del contrato:……………………………………………….
Licitador:………………………………………………………………
Fecha y Firma:………………………………………………………
Cada licitador formulará su proposición económica, en soporte papel, utilizando para ello el modelo de proposición económica que se adjunta como Anexo nº 2.
El licitador deberá cumplimentar el impreso sin introducir cambios ni modificaciones en el mismo, debiendo contemplar obligatoriamente todos los aspectos considerados, siendo desestimadas aquellas ofertas que no se contemplen la totalidad de los aspectos indicados en la proposición económica.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx estime fundamental para considerar la oferta, así como aquellas propuestas que presenten ofertan inferiores al mínimo fijado.
En los precios ofertados estará excluido el IVA o el impuesto que legalmente corresponda. La oferta irá fechada y firmada por la persona que ostente poder suficiente para suscribirla, de acuerdo con la documentación presentada.
El licitador solo podrá presentar una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente. La contravención de estos principios producirá la desestimación de todas las proposiciones presentadas por el licitador.
La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos, impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen en razón del contrato, a excepción del IVA.
2.4 Condiciones económicas del contrato
2.4.1 Renta Fija Anual
La Renta fija Anual (RFA) que abonará el adjudicatario a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx será la que figure en la oferta, sobre un mínimo de 17.800 euros/año, para todos los ejercicios (IVA no incluido), incluyendo entre los costes el importe del canon fijo.
La Renta Fija Anual será actualizada anualmente desde 2017 de acuerdo con la siguiente fórmula:
Importe RFA Año N = Importe RFA Año N-1 x (1 + Actualización Anual durante el año N, en %)
Actualización Anual: 1 x (IGT, %)
Donde IGT corresponde al Índice Nacional para el Grupo de Transporte (Índice Nacional por Grupos-COICOP, publicado por el Instituto Nacional de Estadística).
Adicionalmente, se plantea establecer un mecanismo de revisión quinquenal, o en el caso de común acuerdo entre la ApB y el Gestor de la TELOF, para paliar posibles circunstancias sobrevenidas que hubieran alterado las condiciones xx xxxxxxx pactadas.
La Renta Fija Anual será facturada por trimestres naturales, dentro de los cinco primeros días naturales posteriores a la finalización de cada trimestre. El pago se realizará mediante transferencia bancaria en un plazo máximo de veinte días naturales desde la fecha de notificación de conformidad con la legislación vigente.
En el caso de que existieran desviaciones positivas superiores al 30% de la demanda prevista acumulada en el documento del Plan de Negocio ofertado, la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx se reserva el derecho de la revisión de la Renta Fija y actualización a la nueva situación xx xxxxxxx para los ejercicios restantes cubiertos en el presente Pliego, revisión que, en su caso, se materializará mediante acuerdo de su Presidente.
2.4.2 Renta Variable Anual
La Renta Variable Anual (RVA) que abonará el Adjudicatario a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx será el resultado de multiplicar el número del volumen total de UTIS recepcionadas y manipuladas (operaciones de carga y descarga) en la Terminal xx
Xxxxxxxx (en adelante, UTIS) en un año por el precio, más el impuesto sobre valor añadido (al tipo vigente), que figure en su oferta para determinados volúmenes anuales de UTIS. De esta forma:
- Si el volumen anual de UTIS en el año n es inferior a 30.000 UTIS, el precio mínimo a aplicar para la determinación de la renta variable anual será de dos euros, IVA no incluido, por cada una de las UTIS en el año n.
- Si el volumen anual de UTIS en el año n es superior o igual a 30.000 UTIS,
el precio mínimo a aplicar para la determinación de la renta variable anual será de un euro, IVA no incluido, por cada una de las UTIS por encima de 30.000 en el año n, manteniéndose el valor de dos euros por UTI para las 30.000 primeras UTIs.
La Renta Variable Anual será facturada a cuenta por trimestres naturales, dentro de los cinco primeros días naturales posteriores a la finalización de cada trimestre. El pago se realizará mediante transferencia bancaria en un plazo máximo de veinte días naturales desde la fecha de notificación conforme a la legislación vigente.
La Renta Variable anual será de aplicación para aquellos ejercicios en que el resultado de explotación del Gestor de la TELOF resulte positivo. La facturación a cuenta de la renta variable anual del año en curso, tomará como referencia el resultado de explotación del ejercicio inmediatamente anterior. Una vez quede constatado con la información que deberá facilitar el Gestor de la TELOF a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx conforme a lo dispuesto en el apartado 4.1. del presente pliego, el resultado de explotación realmente alcanzado en el ejercicio, se procederá a la regularización de las cantidades facturadas a cuenta antes del 31 de julio del año siguiente.
En el caso de que el resultado de explotación previo a la imputación de la RVA fuera inferior al valor de la RVA en ese año, el valor considerado de la RVA se limitará al valor que iguale a cero el resultado de explotación.
Para la facturación a cuenta de la renta variable anual del año en curso, se considerará el volumen de UTIS del ejercicio inmediatamente anterior. Una vez quede constatado con la información que deberá facilitar el Gestor de la TELOF a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx conforme a lo dispuesto en el apartado 4.1. del presente pliego, el volumen anual
de UTIS realmente alcanzado en el ejercicio, se procederá a la regularización de las cantidades facturadas antes del 31 de julio del año siguiente.
Los precios aplicados para determinar la renta variable anual serán actualizados anualmente de acuerdo con la siguiente fórmula:
Importe RVA Año N = Importe RVA Año N-1 x (1 + Actualización Anual durante el año N, en %)
Actualización Anual: 1 x (IGT, %)
Donde IGT corresponde al Índice Nacional para el Grupo de Transporte (Índice Nacional por Grupos-COICOP, publicado por el Instituto Nacional de Estadística).
Adicionalmente, se plantea establecer un mecanismo de revisión quinquenal, o en el caso de común acuerdo entre la ApB y el Gestor de la TELOF, para paliar posibles circunstancias sobrevenidas que hubieran alterado las condiciones xx xxxxxxx pactadas.
A estos efectos, por XXXX, se entenderá las UTIS sobre las que se realiza una operativa de trasbordo tren‐camión, camión‐tren, camión-camión o tren‐tren, con o sin acopios/estocajes intermedios, en la TELOF. Se excluyen expresamente aquellas UTIs
sobre las que no se realicen operaciones de carga, descarga modal o intermodal.
Las UTIS sobre las que se realiza una operativa de trasbordo tren‐camión son las UTIS
descargadas de trenes que son recibidos en la Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx y que, con o sin acopios/estocajes intermedios, son posteriormente cargadas en un camión para su salida de la Terminal. Igualmente, incluirá las UTIS que, descargadas de trenes que son recibidos en la Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx y que, con o sin acopios/estocajes intermedios, no son cargados en un camión para su salida de la Terminal, siendo desplazadas a zonas de depósito de vacíos o llenos, o nave de almacenamiento de Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx.
Las UTIS sobre las que se realiza una operativa de trasbordo camión‐tren, son las UTIS cargadas en trenes que vayan a ser expedidos de la Terminal Logística Ferroviaria xx
Xxxxxxxx y que, con o sin acopios/estocajes intermedios, han sido previamente descargados de un camión con entrada en la Terminal, igualmente, incluirá las UTIS
cargadas en trenes que vayan a ser expedidos de la Terminal del Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx y que, con o sin acopios/estocajes intermedios, hayan sido desplazadas desde zonas de depósito de vacíos o llenos, desde la nave de almacenamiento de la TELOF.
Las UTIS sobre las que se realiza una operativa de trasbordo tren‐tren, son las UTIS
descargadas en trenes que son recibidos en la Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx y que, con o sin acopios/estocajes intermedios, vayan a ser cargadas en otros trenes que vayan a ser expedidos de la TELOF.
Se establecerá una bonificación de 1 €/UTI para las UTIs transportadas en los trayectos correspondientes a trenes de corta distancia “shuttle” con origen / destino en la TELOF. La ApB liquidará esta bonificación al Gestor de la TELOF anualmente, solo cuando la Renta Variable a pagar en el ejercicio resulte positiva y con el límite de la Renta Variable a pagar. En todo caso, el volumen máximo a bonificar no excederá de las 30.000 UTIs año.
En el caso de que existieran desviaciones positivas superiores al 30% de la demanda prevista acumulada en el documento del Plan de Negocio ofertado, la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx se reserva el derecho de la revisión de la Renta Variable y actualización a la nueva situación xx xxxxxxx para los ejercicios restantes cubiertos en el presente Pliego, revisión que, en su caso, se materializará mediante acuerdo de su Presidente.
2.4.3 Gasto Variable Anual
Serán por cuenta del gestor de Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx los gastos comunes, para los que se establecerán mecanismos para cuantificar los consumos de las áreas, derivados de la gestión, explotación y ocupación de las instalaciones, infraestructuras y superficies objeto del contrato, destacando:
- Uso y limpieza
- Mantenimiento
- Agua y consumos de energía
- Consumo de gasoil
Todos estos gastos, consumos o suministros deberán ser contratados directamente a las empresas suministradoras o bien, instalar equipos de medida que determinen los consumos, especialmente en el consumo de energía eléctrica relacionado con los reachstacker, xxxxxx de iluminación que iluminan el espacio gestionado, así como la iluminación interior de las edificaciones. En este último caso, se procederá a la liquidación trimestral de todos los gastos en que hayan concurrido y no sean directamente contratados por el Gestor de la TELOF.
La contratación de los suministros y servicios será realizada directamente por el Adjudicatario a las empresas suministradoras.
Serán por cuenta del Gestor de la TELOF, los gastos asociados y responsabilidades dimanantes a la vigilancia y seguridad de las superficies, instalaciones e infraestructuras objeto del contrato, así como la seguridad interna de la terminal, tanto de la etapa 1 como de la etapa 0.
3 Adjudicación y formalización
3.1 Criterios de adjudicación
La adjudicación del contrato deberá producirse en el plazo máximo de tres meses a contar desde el acto público de apertura de las ofertas económicas. Transcurrido dicho plazo sin que caiga la adjudicación, se entenderá desierto el proceso de la licitación y la ApB procederá a la devolución de la garantía provisional, sin que ello pueda suponer reclamación alguna por parte de los licitadores.
La adjudicación se efectuará a favor del licitador que, ajustándose a los términos y condiciones establecidas en este Pliego, y habiendo obtenido previamente una puntuación mínima de 40 puntos en la Valoración Técnica de la oferta, obtenga la mayor puntuación global de su oferta.
La puntuación global de la oferta será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la valoración técnica de la oferta y en la valoración económica de la oferta. La puntuación máxima de la valoración técnica de la oferta será de 60 puntos y la puntuación máxima de la valoración económica de la oferta será de 40 puntos.
Todas las ofertas presentadas y admitidas que obtengan en su valoración técnica una puntuación igual o superior a 40 puntos, tendrán la valoración técnica de APTAS, siendo éste un aspecto determinante para el pase a la fase de valoración económica de la oferta y, por ende, de puntuación global de la oferta.
En caso de que ninguna de las ofertas presentadas y admitidas obtenga en la valoración técnica una puntuación igual o superior a 40 puntos la ApB declarará desierto el proceso de licitación, procediendo la ApB a la devolución de la garantía provisional, sin que ello pueda suponer reclamación alguna por parte de los ofertantes.
En el caso de que dos o más licitadores obtengan la misma puntuación de las ofertas globales, se encuentren empatadas, se realizarán redondeando al cuarto decimal la puntuación obtenida en la oferta económica.
De persistir el empate, la adjudicación se realizará por sorteo, entre las ofertas presentadas y admitidas, con la técnica apta y que presenten la oferta más elevada e igual en importe económico.
3.1.1 Valoración técnica
La valoración técnica de la oferta se obtendrá tomando como referencia una puntuación máxima de 60 puntos de la suma de la puntuación obtenida, en cada uno de los siguientes criterios, aplicando el siguiente baremo:
(A)Previsión de demanda (5 puntos) Estimaciones de los potenciales flujos de demanda que circularán por la Terminal, teniendo el Adjudicatario una posición clave en la que se encarga de atraer flujos de mercancías a la terminal. Se valorará positivamente el anexado e inclusión de cartas de compromiso e interés de los clientes.
(B)Descripción del aprovechamiento del suelo e infraestructuras (2 puntos) Planteamiento del aprovechamiento de las instalaciones y ofrecer el máximo rendimiento de dichas infraestructuras.
(C)Sistema de gestión de mantenimiento y conservación (3 puntos) Planificación de las actuaciones de cara a la conservación de las instalaciones y del mantenimiento de la terminal.
(D)Descripción de los recursos materiales y humanos propios (5 puntos) Enunciado de los diferentes recursos con los que se cuentan de cara a hacer frente a la gestión de la terminal. También se tendrá en cuenta la contratación de personas inscritas en los programas de empleo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx o Comarca de los Xxxxxx Obarenes. Igualmente, se incluirán los rangos horarios de apertura previstos.
(E)Descripción de los servicios a prestar (2 puntos) Breve descripción de los servicios de los que se podrá disponer en la Terminal xx Xxxxxxxx.
(F)Alcance de actividad: orígenes, destinos, clientes (20 puntos) Aquí se contempla el impacto de la Terminal xx Xxxxxxxx dependiendo del tipo de demanda captada, clasificada en diferentes tipos, y teniendo como punto de origen y/o destino la TELOF xx Xxxxxxxx en cualquier caso. Se plantean l0s siguientes tipos:
a. Trenes de corto recorrido o shuttle (menos de 125 km de recorrido total entre origen y destino), diferenciando entre orígenes /destinos en:
x. Xxxxxxx
ii. Otros destinos
b. Trenes de recorrido medio (entre 125 y 500 km), diferenciando entre orígenes / destinos en:
x. Xxxxxxx
ii. Otros destinos
c. Trenes de larga distancia (más de 500 km), incluso trayectos internacionales, diferenciando entre orígenes / destinos en
x. Xxxxxxx
ii. Otros destinos
(G)Soluciones innovadoras, desde el plano tecnológico y ambiental (3 puntos) Un planteamiento más ecológico y que ofrezca soluciones innovadoras tendrá su repercusión en la decisión final de la licitación.
(H)Plan económico financiero y de negocios, ingresos y costes, tanto totales como por unidad de negocio (10 puntos) Es el modelo de negocio en el que se muestran cifras sólidas de las estimaciones de demanda y volumen de negocio.
(I)Infraestructura, conectividad con plataforma telemática xx Xxxxxx (10 puntos) Se valorará positivamente las conexiones telemáticas con la ApB, garantizando la sincronización de los datos entre ambos sistemas telemáticos. Además, el adjudicatario deberá plantear en su propuesta un sistema que garantice el control, tanto de entrada como de salida, de todas las UTIs, independientemente de si éstas se han realizado por tren o por camión, así como el planteamiento de un sistema o protocolo de reporte de los datos a la ApB con una periodicidad mínima trimestral.
3.1.2 Valoración económica
La valoración económica de la oferta se obtendrá, tomando como referencia una puntuación máxima de 40 puntos, de la suma de las puntuaciones obtenidas en la
valoración de la Renta Fija Anual y la Renta Variable Anual, IVA no incluido, establecido en el cuarto punto del apartado segundo del presente Xxxxxx.
La valoración de la RENTA FIJA ANUAL queda recogida en la siguiente fórmula: Valoración Renta Fija Anual:
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑅𝑒𝑛𝑡𝑎 𝐹𝑖j𝑎 𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙 = 20 ∗ √1 − (𝐴 − 𝐴𝑚)2
𝐴𝑚2
Siendo:
• A = Alza de la oferta a valorar. RFA ofertada – RFA mínima
• Am= Alza de la mejor oferta. RFA máxima – RFA mínima
Valoración de la RENTA VARIABLE ANUAL:
El licitador deberá presentar una oferta por este concepto, recogida a través del modelo de proposición económica que deben presentar obligatoriamente todos los licitadores (Anexo nº 2), concretada en un precio que, para cada una do los volúmenes anuales de UTIS referidos en el punto cuarto del apartado segundo del presente Xxxxxx, deberá ser mayor o igual al precio mínimo establecido para cada uno de estos mismos volúmenes en el mismo apartado del presente Pliego.
La valoración de la Renta Variable Anual queda recogida en la siguiente fórmula:
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑅𝑒𝑛𝑡𝑎 𝑉𝑎𝑟𝑖𝑎𝑏𝑙𝑒 𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙 =
15 ∗ √1 − (𝐴𝑉1 − 𝐴𝑚𝑉1)2 + 5 ∗ √1 − (𝐴𝑉2 − 𝐴𝑚𝑉2)2
𝑉1
𝑉2
𝐴𝑚2 𝐴𝑚2
Siendo:
• Av1 = Alza de la oferta a valorar. PV1 ofertada – PV1 mínima
• Amv1 = Alza de la mejor oferta. PV1 máxima – PV1 mínima
• Av2 = Alza de la oferta a valorar. PV2 ofertada – PV2 mínima
• Amv2 = Alza de la mejor oferta. PV2 máxima – PV2 mínima
Donde PV1 y PV2 son los valores de los volúmenes de UTIs menores o iguales y mayores a 30.000, respectivamente. Para PV1 se aplica un precio mínimo de 2€/UTI, mientras que para PV2 este precio se reduce hasta llegar al precio de 1€/UTI. Es decir, los primeros
30.000 contenedores irán asociados al precio PV1, mientras a partir de guarismo, para el resto de las UTIs se aplicará el precio PV2.
3.2 Adjudicación de la Licitación
La apertura y valoración de las proposiciones presentadas se realizará por una Mesa de Contratación, que tendrá la siguiente constitución, sin perjuicio de la facultad de la sustitución de sus titulares por delegación expresa de los mismos, hecho del que en su caso se dejará constancia en la respectiva Acta de apertura:
- Presidente de la Mesa: Director de la ApB.
- Secretario de la Mesa: Jefe del Departamento Técnico de Dominio Público y Servicios Jurídicos.
- Vocal 1: Director de Operaciones, Logística y Desarrollo Comercial.
- Vocal 2: Jefe del Departamento Económico-Financiero.
- Vocal 3: Licenciado en Derecho del Departamento de Dominio Público y Servicios Jurídicos.
En ausencia del Presidente y/o Secretario de la Mesa de Contratación o de las personas que en su caso los sustituyan por delegación expresa, la función del Presidente será ejercitada por el componente de la Mesa de mayor jerarquía orgánica o, en caso de igualdad, por el de mayor edad, y la del Secretario por el vocal asesor jurídico, siendo necesaria la comparecencia de al menos tres de sus miembros como quórum mínimo exigible para la válida composición de la Mesa.
Los acuerdos de la Mesa de Contratación se adoptarán por mayorías simples de sus miembros, todos ellos con voz y voto, levantándose las correspondientes Actas de las distintas sesiones celebradas.
Antes de procederse a la apertura de ofertas, deberá constar certificado expedido por la Responsable del Registro General de la ApB, expresivo de las proposiciones presentadas,
dentro del plazo establecido en la convocatoria del concurso, cuyo original será entregado al Secretario de la Mesa de Contratación.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas y emitido el certificado anterior por la responsable del Registro General de la ApB, dentro de los diez días hábiles siguientes se constituirá la Mesa de Contratación de la ApB y procederá a realizar, en un primer acto no público, el trámite de apertura, examen y calificación de las documentaciones generales incluidas en los Sobres A de las proposiciones presentadas en tiempo y forma, admitiendo provisionalmente las que reúnan los requisitos exigidos y concediendo, a los licitadores afectados por la existencia de defectos subsanables en sus proposiciones, un plazo de subsanación, como máximo, de tres (3) días hábiles, contado a partir de la notificación que se practique.
Igualmente, la Mesa de Contratación procederá seguidamente a la apertura de los Sobres B, que contienen las documentaciones técnicas de los licitadores admitidos o, en su caso, en proceso de admisión, procediendo del mismo modo que el anteriormente expuesto para la apertura de las documentaciones generales, finalizado lo cual se levantará la sesión.
En el caso de la existencia de defectos insubsanables o de que no se proceda por el licitador, en plazo y forma, a la subsanación requerida, la Mesa de Contratación procederá a declarar el rechazo de las ofertas que no reúnan los requisitos exigidos, por la omisión de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos en forma distinta a la requerida, comunicándose a los afectados el acuerdo adoptado al efecto.
En el lugar, día y hora señalados en el anuncio de convocatoria del concurso, se constituirá de nuevo la Mesa de Contratación para proceder a la apertura, en acto público, de las proposiciones económicas de las propuestas admitidas, para lo cual el Sr. Secretario de la Mesa comunicará a los asistentes la relación de los licitadores definitivamente admitidos a la licitación, así como, en su caso, de los licitadores rechazados como consecuencia de la calificación documental de los Sobres A y B, procediendo a continuación a la apertura y lectura pública de los contenidos de los Sobres C que contienen las proposiciones económicas de los licitadores admitidos, sin que en este acto público recaiga propuesta de resolución alguna.
Por último, el Sr. Presidente de la Mesa se dirigirá a los asistentes por si tienen que realizar alguna reclamación u observación respecto de las actuaciones realizadas hasta el momento por la Mesa de Contratación, debiéndose recoger en el Acta todas aquellas observaciones y reclamaciones que se hubieran realizado por los licitadores comparecientes, reclamaciones que, en su caso, serán resueltas por la Mesa de Contratación en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, dándose por concluido el acto de apertura.
La Mesa de Contratación, una vez determinadas las proposiciones definitivamente admitidas al concurso y ultimado el acto público de apertura, en el plazo máximo de un mes desde dicho acto público, procederá a la valoración de las mismas, basándose en los contenidos y compromisos de las ofertas y su subsiguiente ponderación en atención a los criterios objetivos establecidos para el presente concurso, proponiendo al Consejo de Administración de la ApB, la propuesta que, a su juicio, deba resultar adjudicataria, sin perjuicio de poder proponer declarar el concurso desierto si estimara que ninguna de las proposiciones admitidas satisface plenamente los intereses portuarios.
Durante el proceso de análisis y valoración de las ofertas presentadas, la Mesa de Contratación podrá recabar de los licitadores cuantas aclaraciones, explicaciones e informaciones adicionales se precisen para la correcta evaluación de las mismas con arreglo a los referidos criterios, pudiendo inclusive requerir, si fuera necesario, la presencia personal de los licitadores afectados ante la Mesa para una mejor exposición y comprensión del contenido de sus ofertas.
Asimismo, la Mesa podrá solicitar, en caso necesario, informes técnicos respecto de los distintos contenidos de las ofertas o de las aclaraciones técnicas que se pidan, sin perjuicio de que la decisión de admisión o no admisión y valoración de las ofertas corresponderá, en todo caso, a la Mesa de Contratación.
En el proceso de valoración de las propuestas, la Mesa de Contratación procederá a la obtención de la puntuación específica de cada uno de los criterios de adjudicación, atendiendo, a la vista de los contenidos y términos concretos de las ofertas presentadas y de las previsiones establecidas en el presente Pliego, a motivaciones objetivas y de carácter comparativo.
Durante este proceso de valoración de las propuestas, la Mesa de Contratación desechará las ofertas que no se ajusten al Pliego, o que de algún modo se opongan al mismo y aquellas en que los documentos de las proposiciones técnica y económica no concreten debidamente los términos de la oferta presentada.
Todas las ofertas presentadas y admitidas que hayan obtenido en su valoración técnica una puntuación igual o superior a 40 puntos, tendrán la valoración técnica de APTAS, siendo este un aspecto determinante para el pase a la fase de la valoración económica de las ofertas y, por ende, de puntuación global de la oferta.
La propuesta de resolución del concurso por parte de la Mesa de Contratación recaerá en aquella proposición que obtenga, por medio de la aplicación de los anteriores criterios del concurso, la mayor puntuación.
La propuesta de resolución efectuada por la Mesa de Contratación, y en tanto no se haya adjudicado el concurso por acuerdo el Consejo de Administración de la ApB, no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la ApB.
El Consejo de Administración a la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, tendrá, alternativamente, la facultad de adjudicar el concurso a la proposición que estime más ventajosa, o declarar desierto el mismo, cuando estime, discrecionalmente, que ninguna de las proposiciones presentadas satisface plenamente los intereses portuarios. La resolución adoptada será notificada a los interesados.
3.3 Garantías
Todas las garantías se constituirán en metálico o mediante aval de entidad de crédito o seguro de caución de compañía de seguros de primer orden o sociedad de garantía establecida, de conformidad con el modelo que se acompaña en el Anexo nº 3.
Deben constituirse las siguientes garantías:
3.3.1 Garantía provisional
Será requisito necesario para participar en el concurso acreditar la constitución previa de una garantía provisional por importe de DOCE MIL EUROS (12.000 euros), a favor del Presidente del Consejo de Administración de la ApB, pudiendo constituirse en metálico o mediante aval o seguro de caución. En caso de consignarse mediante aval o seguro de caución, éstos deberán sujetarse a los modelos que se adjuntan como Anexo nº 3 del presente Pliego, y estar bastanteados por los Servicios Jurídicos del Estado o intervenidos por fedatario público.
En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las personas participantes de la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía de la misma y se garantice solidariamente la proposición presentada por todos los componentes de la unión.
La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato y al adjudicatario una vez el mismo haya depositado la garantía definitiva estipulada en el Pliego de Condiciones.
Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación del contrato y del mantenimiento de las condiciones de la proposición del adjudicatario hasta su formalización.
Será incautada la garantía provisional a los licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación o al adjudicatario que desista o incumpla las condiciones de la proposición o de los pliegos reguladores del concurso antes de la formalización del contrato.
3.3.2 Garantía definitiva
Antes de la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante la ApB, mediante entrega del documento correspondiente, la presentación y depósito de una garantía definitiva de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (250.000 euros), a favor del Presidente del Consejo de Administración de la ApB, pudiendo constituirse en metálico o mediante aval o seguro de caución. En caso de consignarse mediante aval o
seguro de caución, éstos deberán sujetarse a los modelos que se adjuntan como Anexo nº 3 del presente Pliego, y estar bastanteados por los Servicios Jurídicos del Estado o intervenidos por fedatario público.
Esta garantía responderá del cumplimiento íntegro por el gestor de la ApB de las obligaciones asumidas en virtud del contrato de gestión y explotación de la Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxxxxx. Deberá reponerse su importe en los quince días siguientes al momento en que ésta se hubiera ejecutado en todo o en parte, previa validación por parte de la ApB.
La garantía definitiva será devuelta al Gestor de la TELOF, si procede, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la finalización del contrato, siempre y cuando no existan responsabilidades pendientes.
3.4 Formalización del contrato
Acusado recibo de la notificación de la adjudicación y antes de la formalización del contrato, el adjudicatario, deberá presentar, en el plazo máximo de 20 días naturales a contar desde la citada notificación, la siguiente documentación original:
a) Los documentos acreditativos originales y fehacientes, si no lo hubiera hecho en la fase de licitación o los mismos hubieran caducado a fecha de la adjudicación, probatorios de su personalidad, capacidad y solvencia para contratar con la ApB, de conformidad con el exigido en el presente Pliego de Condiciones y, en particular, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social se realizará conforme a lo establecido al respecto en la normativa de contratación del sector público vigente en cada momento.
b) En el caso de empresarios que hayan acudido conjuntamente a la licitación como Unión de Empresarios, deberán constituirse en Unión Temporal de Empresas u otra fórmula asociativa legalmente reconocida, con sujeción a la normativa de aplicación, y acreditarlo ante la ApB mediante la aportación de la pertinente escritura pública de constitución y su inscripción, en su caso, en los correspondientes Registros
Oficiales, así como el NIF de la misma. La persona o entidad que se designe como representante de la UTE deberá tener poderes bastantes para el cumplimiento del contrato y ostentará durante la vigencia del mismo la representación de la misma.
c) Acreditación de la constitución y depósito de la garantía definitiva a que se refiere la cláusula 3.3.2 del presente Pliego.
d) Carta de garantía o certificado expedido por la correspondiente compañía de seguros donde se acredite el compromiso de cobertura o la cobertura de los seguros a que se refiere la cláusula 4.2.1 del presente Pliego.
e) Cualquier otro documento previsto en los documentos de licitación y/o a que se refiera el acuerdo de adjudicación.
La no entrega en forma y plazo de cualquiera de los documentos relacionados anteriormente, incluida la garantía definitiva, facultará a la ApB a entender que el licitador ha retirado su oferta, pudiendo proceder, en tal caso, a dejar sin efecto la indicada adjudicación y a adjudicar el contrato al siguiente licitador seleccionado por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas atendiendo a la Puntuación Global obtenida, de conformidad con el procedimiento contenido en la presente cláusula y siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de cinco (5) meses, contados desde el día de la presentación de ofertas fijada en el anuncio de licitación.
El adjudicatario y la ApB formalizarán el contrato para la gestión y explotación de la TELOF, dentro de los quince días hábiles siguientes a la completa entrega de la documentación indicada. Desde la formalización del contrato este será vigente en todos sus efectos, considerándose asimismo el día 1 de julio de 2017 como la fecha efectiva de entrega de las instalaciones al Gestor de la TELOF por parte de la ApB.
El contrato se formalizará en documento privado, salvo cuando la ApB o el adjudicatario soliciten la formalización en escritura pública, en cuyo caso los gastos de elevación a público correrán por cuenta de la parte que lo solicite.
El Gestor de la TELOF deberá presentar los justificantes que acrediten la presentación y depósito de la garantía definitiva y del abono de los gastos del anuncio de la licitación - siendo facilitado estos últimos por la ApB - antes de la firma del contrato.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la ApB estará facultada a entender que el licitador ha retirado su oferta, y, en tal supuesto, procederá la incautación de la garantía provisional, o en su caso, definitiva, y la exigencia de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
3.5 Régimen jurídico del contrato
Al presente Pliego y al contrato derivado del mismo le son de aplicación la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, el Código Civil, el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxxxx del Estado y de la Xxxxxx Xxxxxxxx, la Ley 38/2015, de 00 xx xxxxxxxxxx, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx; el Real Decreto 2395/2004, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de Administrador de Infraestructuras ferroviarias, y la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, estando su preparación y adjudicación sometida a los principios de publicidad y concurrencia, rigiéndose, en cuanto a sus efectos, por el Derecho Privado.
Para la resolución de cuantas cuestiones puedan derivarse de la preparación y adjudicación del contrato serán competentes los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. Las cuestiones derivadas de sus efectos y extinción se atribuirán a los órganos del Orden Jurisdiccional Civil xx Xxxxxx.
3.6 Protección de datos de carácter personal
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (en adelante, LOPD), la ApB cuya dirección es Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx 00, 00000, Xxxxxx (Xxxxxxx), informa al interesado de que dicha sociedad es responsable de los tratamientos en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria del presente Pliego con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, valoración, en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos en este Pliego, solicitar cuanta documentación adicional resulte
necesaria, atender sus solicitudes de formación, comunicarle el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, proceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos.
Asimismo, le informamos que de conformidad con la legislación vigente, la ApB deberá comunicar la información y los datos obrantes en el expediente de contratación a los siguientes organismos y terceros: Jueces y Tribunales, en su caso, cuando fuera requerido legalmente para ello, Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para la realización de las auditorías de cuentas correspondientes y en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente de la ApB tuviese la obligación de comunicar los datos. Igualmente, le informamos, que en virtud del principio de publicidad los datos relativos a la identidad del licitador e importe de la proposición económica podrá ser cedido a cualquier tercero que lo solicite, así como que en función de las instrucciones internas de contratación de la ApB deberá proceder a la publicación de información relativa a la adjudicación del contrato en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de la Unión Europea, así como, en su perfil de contratante.
El interesado consiente expresamente el citado tratamiento mediante la presentación de su oferta y entrega, por tanto, a la ApB toda aquella documentación en que el interesado haga constar sus datos personales. La ApB como responsable del tratamiento, adoptará las medidas, de índole técnica y organizativa, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personales que se aporten, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar a la ApB cualquier modificación en sus datos de carácter personal.
Por otro lado, el Licitador/Adjudicatario en su calidad y condición de responsable del tratamiento respecto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su objeto social, se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa complementaria y de desarrollo vigente en cada momento, y específicamente, en lo
referente a la inclusión en documentos o a comunicación por cualquier medio por la cuenta del interesado de los datos de carácter personal referentes a tercera(s) persona(s). Cualesquiera interesados podrán ejecutar, en la forma legalmente prevista, sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición solicitándolo por escrito a la ApB en la siguiente dirección: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx 00, 00000, Xxxxxx (Xxxxxxx), o en aquella que la sustituya.
4 Ejecución del contrato
4.1 Facturación y forma de pago
La Renta Fija Anual será facturada por trimestres naturales, dentro de los cinco primeros días naturales posteriores a la finalización de cada trimestre. El pago se realizará mediante transferencia bancaria en un plazo máximo de veinte días naturales desde la fecha de notificación de conformidad con la legislación vigente.
La Renta Variable Anual será facturada a cuenta por trimestres naturales, dentro de los cinco primeros días naturales posteriores a la finalización de cada trimestre. El pago se realizará mediante transferencia bancaria en un plazo máximo de veinte días naturales desde la fecha de notificación conforme a la legislación vigente.
La Renta Variable anual será de aplicación para aquellos ejercicios en que el resultado de explotación del Gestor de la TELOF resulte positivo. La facturación a cuenta de la renta variable anual del año en curso, tomará como referencia el resultado de explotación y el volumen de UTIS recepcionadas y manipuladas del ejercicio inmediatamente anterior.
En el caso de que el resultado de explotación previo a la imputación de la RVA fuera inferior al valor de la RVA en ese año, el valor considerado de la RVA se limitará al valor que iguale a cero el resultado de explotación.
Antes del 30 xx xxxxx de cada ejercicio, el Gestor de la TELOF deberá entregar a la APB un Certificado emitido por el Auditor de la compañía a partir del cual proceder a regularizar la facturación emitida a cuenta en concepto xx Xxxxx Variable Anual realizada en el ejercicio anterior.
Dicho Certificado a emitir por el Auditor antes del 30 xx xxxxx de cada ejercicio deberá indicar lo siguiente:
• Importe del Resultado de Explotación Auditado del Gestor de la TELOF del ejercicio anterior sin computar en el cálculo la Renta Variable Anual facturada a cuenta o regularizada.
• Cálculo resultante de la Renta Variable Anual, conforme a lo dispuesto en el presente Xxxxxx, detallando todas las variables que intervienen en su cálculo, entre otras:
▪ Número total de UTIs recepcionadas y manipuladas, diferenciando las que corresponden a trenes “shuttle” del resto.
▪ Precios unitarios aplicados.
• Importe facturado a cuenta en concepto xx Xxxxx Variable Anual en el ejercicio anterior.
• Tomando como referencia todo lo anterior, Resultado del importe a Regularizar por parte de la Autoridad Portuaria en el ejercicio.
A partir del Certificado anterior, a entregar junto con una copia de los Estados Financieros auditados del Gestor de la TELOF, la Autoridad Portuaria procederá a regularizar la Renta Variable Anual facturada en el ejercicio anterior, antes del 31 de julio de cada ejercicio.
En caso de impago, será de aplicación la normativa legal establecida al efecto pudiendo la ApB reclamar el devengo de los intereses de demora que se calcularán aplicando a las cantidades adeudadas un incremento de 4 puntos sobre el interés legal del dinero vigente durante el periodo en el que se haya incurrido en xxxx.
4.2 Seguros, impuestos y licencias
4.2.1 Seguros
El Gestor de la TELOF será responsable de los daños y perjuicios que se produzcan por causas que le sean imputables, como consecuencia de las actividades y servicios que prestará como gestor integral de la TELOF.
El Gestor de la TELOF se obliga a tener contratada con una compañía de seguros de reconocida solvencia y con carácter previo a la firma del contrato, una póliza de seguros de daños y responsabilidad civil, en cuantía suficiente y cuya cobertura ascenderá al menos TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000 euros), para cubrir los daños y responsabilidades que puedan derivarse del objeto del presente Pliego, inclusive el daño
ecológico y medioambiental que pudieran producirse. Una copia de la póliza será aportada a la formalización del contrato.
Con carácter específico la póliza que el adjudicatario deberá suscribir, amparará los riesgos inherentes a la actividad a desarrollar, así como también los daños que pudieran sufrir las instalaciones, ya sean propiedad de la ApB o del Gestor de la TELOF. Asimismo, esta póliza establecerá como beneficiario a la ApB por el riesgo de pérdida de las construcciones, edificios e instalaciones de su propiedad.
Además, la responsabilidad civil, directa o subsidiaria, por los daños y perjuicios, que se produzcan como consecuencia de las actividades desarrolladas en las instalaciones y superficies cedidas por la ApB al Gestor de la TELOF, será exigible a este último, lo cual deberá contemplarse en la cobertura de la póliza a suscribir.
Dicha póliza deberá estar vigente hasta la finalización del contrato pudiendo exigir la ApB en cualquier momento la exhibición de los documentos que acrediten que el Gestor de la TELOF se encuentra al corriente de pago de las primas de estas pólizas de seguros.
Igualmente, el Gestor de la TELOF deberá asegurar el equipo y la maquinaria que se emplee en la operativa de la Terminal esté convenientemente asegurada, siendo igualmente responsable de las actividades desarrolladas con cada equipo.
Por otro lado, aquellos seguros necesarios para la protección de daños o desperfectos sobre bienes o mercancía de terceros, durante la gestión por parte del adjudicatario o de la propia actividad, de la TELOF correrán a cargo del licitador, asumiendo éste cualquier responsabilidad derivada de la incorrecta o no tenencia de los mismos.
4.2.2 Impuestos
Serán de cuenta del Gestor de la TELOF los impuestos que en cada momento graven la propiedad de las instalaciones y de las construcciones, ya sean estos impuestos de carácter estatal, automático o municipal y, en concreto, deberá abonar, el actualmente denominado Impuesto sobre Bienes Inmuebles, a cuyos efectos la ApB comunicará el importe de los mismos al Gestor de la TELOF quien deberá abonarlos en el plazo de
quince días hábiles desde que tenga conocimiento de que se han girado los mismos por la correspondiente administración.
Asimismo, será por cuenta del Gestor de la TELOF el pago de los tributos que le sean exigibles por el desarrollo de las actividades y servicios que prestará en la TELOF, de conformidad con la legislación vigente en cada momento, incluyendo los correspondientes a la expedición de las licencias, permisos o autorizaciones que deban ser solicitados por aquella.
4.2.3 Licencias
Serán por cuenta del Gestor de la TELOF la obtención y abono de los permisos, licencias o autorizaciones administrativas que precise para el desarrollo de las actividades y prestación de servicios que realizará en la TELOF.
Igualmente, serán por cuenta propia del Gestor de la TELOF, las gestiones y gastos derivados de la implementación, tramitación y obtención de las licencias o autorizaciones administrativas que correspondan.
Las actuaciones que resulten necesarias para la implementación, tramitación y obtención de las licencias o autorizaciones referidas, que queden fuera del ámbito de las instalaciones, infraestructuras, y espacios cedidos al Gestor de la TELOF para su gestión y explotación, serán asumidas y realizadas por la ApB.
4.3 Inspecciones y penalizaciones
La ApB se reserva las más amplias facultades de inspección respecto de los espacios, infraestructuras e instalaciones cedidas para la explotación al Gestor de la TELOF. Dicha inspección se realizará por el personal que la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx designe al efecto, debiendo el Gestor de la TELOF facilitar y/o aportar cuantos datos y/o documentos relacionados con el objeto del presente Xxxxxx, le sean requeridos.
La ApB estará facultada para examinar en todo momento la gestión de los servicios y actividades contratadas, pudiendo inspeccionar las construcciones, instalaciones y
edificaciones. A estos efectos, la ApB podrá impartir órdenes de obligado cumplimiento para el Gestor de la TELOF cuando se refieran a la observancia de las condiciones de la prestación de los servicios y las demás estipuladas en el contrato, entre otras, la calidad.
El Gestor de la TELOF remitirá información a la ApB con el contenido y periodicidad que está determine, si bien en todo caso deberá proporcionar como mínimo lo siguiente:
• Antes del 30 xx xxxxx siguiente al cierre de cada ejercicio social, copia de sus cuentas anuales, debidamente auditadas por compañía independiente.
• Antes del 30 xx xxxxx siguiente al cierre de cada ejercicio social Certificación expedida por dicha compañía de auditoría, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.1. del presente Pliego.
• Informe trimestral del número total de unidades de transporte intermodal de las distintas actividades desarrolladas (UTIS, UTIS gestionadas en la explanada de depósito de contenedores vacíos - depot -, UTIS cuya carga ha sido sometida a despacho aduanero y/o inspección en frontera).
La ApB podrá imponer al Gestor de la TELOF, por el incumplimiento de las cláusulas contractuales que, entre otros, afecten al buen funcionamiento de la explotación, penalizaciones consistentes en multas de cuantía igual o superior al 20% de la Renta Fija Anual mínima que el Gestor de la TELOF está obligado a abonar en virtud de lo establecido en este Pliego.
Se considerará como incumplimiento el hecho de que se desarrollen usos no validados por la ApB en la parcela gestionada por el Gestor y Explotador de la TELOF.
Estas penalizaciones sólo podrán aplicarse si tras ser requerido formalmente el Gestor de la TELOF para que ponga fin al incumplimiento, en un plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, persiste en él.
En la determinación de la cuantía de las penalizaciones se atenderá a la gravedad y repercusión global en el servicio del incumplimiento, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto séptimo del apartado cuarto de este Pliego, relativo a causas de extinción.
Por lo que se refiere a la ejecución de las penalizaciones que se puedan imponer, la ApB podrá decidir que éstas se deduzcan anticipadamente a cuenta de la garantía entregada. En este supuesto, el Gestor de la TELOF estará obligado a reponer su importe en el plazo de quince días naturales siguientes al momento en que se hubiera ejecutado en todo o parte.
Cuando el incumplimiento de las cláusulas contractuales se derive perturbación grave de continuidad o neutralidad de la explotación, o de la calidad de los servicios prestados, la ApB podrá, asimismo, si no opta por instar la resolución del contrato, acordar la intervención de la explotación, hasta que desaparezcan las causas que la motivaron. La misma decisión podrá adoptarse en caso de que el Gestor de la TELOF solicite concurso de acreedores.
El adjudicatario estará obligado a una llevanza individualizada y separada de la contabilidad de la ejecución del contrato para la gestión y explotación de la TELOF y a la realización, en relación a la misma, de una Auditoría de Cuentas al cierre de cada ejercicio anual. La Auditoría de Cuentas deberá ser realizada por una firma de auditoría de reconocido prestigio.
4.4 Mantenimiento y conservación de las instalaciones
El adjudicatario queda obligado a realizar de su cuenta y a su cargo todos los gastos necesarios para el mantenimiento y conservación de todos los espacios, instalaciones y medios descritos en el Anexo n° 1, necesarios para la correcta prestación de todos los servicios, siendo causa expresa de resolución de contrato la dejación o negligencia en la ejecución de estas actividades.
4.5 Puesta en funcionamiento y penalizaciones
De acuerdo al calendario previsto, el Gestor de la TELOF deberá garantizar el inicio de las operaciones en la TELOF para la fecha prevista del 1 de julio de 2017, salvo causa de fuerza mayor justificada ante la ApB y validada por esta última. De no ser así, el Gestor asumirá una penalización por la cantidad de 300 euros por cada día de retraso a contar
desde la fecha prevista de inicio de las operaciones, pudiendo ejecutar la ApB la garantía establecida al efecto.
El Gestor de la TELOF llevará a cabo las actuaciones necesarias para la puesta en funcionamiento de la actividad, por su cuenta y a su exclusivo cargo, procediendo a la gestión de alta y servicio de los necesarios suministros para la misma (suministro de energía, agua, etc.).
4.6 Instalaciones y equipos necesarios a cuenta del Gestor de la TELOF
Será por cuenta del Gestor de la TELOF la ejecución, al menos, de las siguientes instalaciones, equipamientos y servicios:
1) Infraestructuras y equipamientos:
a) Sistemas de manipulación de trenes y de depósito de contenedores atendiendo a los requerimientos especiales de las mercancías; refrigeradas, peligrosas, transportes especiales, etc…
b) Adecuación de las distintas áreas funcionales en que se divida la terminal ferroviaria
c) Infraestructura telemática de trabajo
d) Infraestructura y equipamiento de radiocomunicadores
e) Equipamiento informático
2) Servicios de operaciones:
a) Planificación
b) Manipulación de carga
c) Mantenimiento de la red contra-incendios en interiores y exteriores
d) Mantenimiento
e) Seguridad
f) Limpieza
g) Control de entradas y salidas de cargas, vehículos y personas
h) Servicio de personal
i) Servicios comerciales
j) Servicios adicionales
3) Otros servicios
Otros que consideren el Gestor de la TELOF y que sean autorizados por la ApB.
El Gestor de la TELOF colaborará con la ApB en la supervisión que esta última realizará de la propuesta y ejecución de dichas obras e instalaciones por parte del Gestor de la TELOF. Cualquier inversión en instalaciones, infraestructuras y equipamientos de los aquí señalados correrá exclusivamente a cargo del Gestor de la TELOF, debiendo contar con la aprobación previa por escrito de la ApB. Su amortización estará incluida en precio ofertado y esta se hará necesariamente dentro del plazo máximo de la vigencia de contrato. En el caso de inversiones extraordinarias, se podrá llegar a un acuerdo entre el Gestor y la ApB, cumpliendo con la legislación vigente.
En el caso de que el contrato se rescindiera por causas imputables al Gestor de la TELOF, éste no tendrá derecho al abono de cantidad alguna en concepto de indemnización por las inversiones realizadas, quedando las obras, instalaciones, infraestructuras y equipamientos, realizadas en beneficio de la ApB; de igual forma, las instalaciones y equipamientos llevadas a cabo por el Gestor de la TELOF no podrán ser aplicadas a la compensación de cualquier desperfecto o deterioro que haya podido producirse en la TELOF y que se detecte a la finalización del contrato.
Las instalaciones y equipamientos en los que no esté interesada la ApB deberán ser retirados por el Gestor de la TELOF, a sus expensas, en el plazo de un mes desde la finalización del contrato.
Por otro lado, la maquinaria móvil y de manipulación empleada en la gestión y explotación de la TELOF por el Gestor de la TELOF, deberá ser retirada por este, a sus expensas, en el plazo máximo de un mes desde la finalización del contrato.
4.7 Modificaciones del contrato
Sin perjuicio de los supuestos previstos en el presente Pliego relativos a la revisión y actualización de la Renta Fija, de la Renta Variable y de las tarifas máximas, las eventuales
modificaciones que puedan producirse en el contrato que se adjudique con base en el presente Xxxxxx deberán producirse por mutuo acuerdo y por escrito.
La modificación del contrato no podrá tener como resultado la alteración sustancial de las bases y criterios relativos a su adjudicación. Dicha condición se podrá interpretar a la luz de las normas contenidas en el artículo 107 del texto refundido de la Ley del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, dada la naturaleza del contrato.
4.8 Cesión, subarriendo y/o subcontratación
El Gestor de la TELOF no podrá ceder el presente contrato, ni transferir, subrogar, total o parcialmente, a ningún tercero en los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato sin la autorización previa y por escrito de la ApB.
La cesión del contrato requerirá autorización previa expresa de la ApB, que podrá otorgarla cuando concurran los siguientes requisitos:
1. Que el cesionario reúna todas las condiciones establecidas en este Pliego.
2. Que se formalice la cesión en escritura pública.
3. Que el cesionario quede subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
Del mismo modo, el Gestor de la TELOF no podrá subarrendar o alquilar a terceros, total o parcialmente, ninguno de los espacios, infraestructuras e instalaciones comprensivas de la TELOF a gestionar), sin la autorización previa y por escrito de la ApB.
El Gestor de la TELOF tampoco podrá subcontratar la gestión, el uso o cualquier servicio de la TELOF sin contar con la correspondiente autorización previa y por escrito de la ApB.
De esta forma, el Gestor de la TELOF xx Xxxxxxxx, previo acuerdo expreso de la ApB, podrá subcontratar la prestación de los servicios y actividades a que se obliga en virtud del objeto de este Pliego.
El subcontratista quedará obligado únicamente ante el Gestor de la TELOF, cuyos deberes y responsabilidades frente a la ApB permanecerán inalterados. Los subcontratistas no
tendrán en ningún caso acción directa frente a la ApB por las obligaciones contraídas con ellos por el Gestor de la TELOF como consecuencia del presente contrato y de los subcontratos.
El incumplimiento de los pactos contenidos en esta cláusula facultará a la ApB a resolver el presente contrato y a reclamar los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento.
5 Extinción de contrato
5.1 Causas de extinción
Serán causas de extinción:
a) Por necesidades de servicio ferroviario o cuando resulte necesario dicha parcela para poder cumplir con una disposición gubernativa o de cualquier autoridad de la Administración Pública en base a la declaración de utilidad pública, o de interés general, o en caso que pueda verse afectada la parcela como consecuencia del cambio de uso que pueda producirse por modificación del Planeamiento Urbanístico.
En estos casos, la ApB comunicará al Gestor de la TELOF por escrito la extinción del contrato con una antelación de seis (6) meses respecto a la fecha en que debe producirse dicha extinción, comprometiéndose el Gestor de la TELOF, en este supuesto, a dejar libre y expeditar a favor de la ApB dicha instalación dentro de este plazo, sin que por ello le corresponda indemnización alguna.
Además, se establecerá una indemnización acorde al valor residual y a la amortización acumulada de los equipos.
b) Por incumplimiento de los términos acordados en el presente Pliego
c) Por la demora en la puesta en marcha por parte del Gestor
d) Por destinar la TELOF a actividades distintas a las contempladas en el presente contrato y no autorizadas previamente por la ApB
e) Porque el Gestor de la TELOF estuviera al descubierto en el pago de la renta o de cualquiera de las cantidades cuyo pago hubiera asumido o correspondiera al adjudicatario. Podrán ser causa de extinción de contrato aquellas demoras consecutivas de 2 meses no validadas por la ApB o demoras acumuladas de más de 6 meses.
f) Por la realización en los espacios, infraestructuras e instalaciones cedidas para su gestión de obras no autorizadas, o en el caso de que hubiera sido autorizadas por escrito por la ApB, una vez ejecutadas no se ajustaran al proyecto autorizado, o por la ubicación de nuevas instalaciones sin contar con la
preceptiva autorización por escrito de la ApB, o el proyecto constructivo no se entregue en el plazo acordado, o las instalaciones no se comiencen a realizar, o no se finalicen en los plazos acordados.
g) Por no suscribir y/o estar al descubierto en el pago de seguros previstos en el presente Pliego, o infringir o no observar estrictamente la normativa sobre funcionamiento y seguridad en los espacios, infraestructuras e instalaciones cedidas.
h) Por ceder, traspasar, subrogar, subarrendar y/o subcontratar la gestión, el uso o cualquier servicio de la TELOF sin contar con la correspondiente autorización de la ApB por escrito
i) Por falta de prestación del importe de la garantía y/o, en su caso, la falta de reposición de la misma
j) Por faltas de calidad reiteradas en la prestación de los servicios, evidenciada por los clientes por sus quejas o reclamaciones y constatadas por la ApB previa audiencia al Gestor de la TELOF
k) Por incumplimiento de la prestación de servicios en condiciones de objetividad, transparencia y no discriminación a los clientes
l) Por no dar cumplimiento a sus obligaciones de mantenimiento, conservación y rehabilitación
m) Por la falta de confidencialidad, en lo referente a los servicios prestados a las empresas, obligándose a mantener dicha confidencialidad, tanto durante el plazo de vigencia del contrato como después de su expiración, salvo en aquellos aspectos que hubieran parado al conocimiento público general o fuera notoria por medios ajenos a las partes. La obligación de confidencialidad alcanza no solo a los empleados, sino que también a los colaborados que participen en la actividad
n) Por un volumen de tráfico inferior al estimado que resultase en una desviación negativa respecto al Plan de Negocio superior al 50% durante los primeros 5 años y superior al 30% a partir del año 4.
o) Por el incumplimiento del informe anual de auditoría y certificación del auditor en relación a las UTIs manipuladas y facturadas a terceros en el ejercicio.
5.2 Efectos de resolución y extinción del contrato
Al finalizar el contrato, cualquiera que sea la causa de su extinción tanto por finalización del plazo como por resolución anticipada, el Gestor de la TELOF deberá dejar el espacio, las infraestructuras e instalaciones de la TELOF xx Xxxxxxxx libres y expeditas, a disposición de la ApB y en las mismas condiciones en que fueron entregadas.
Los gastos que se originen por el levantamiento de las obras o instalaciones indicadas por la ApB correrán a cargo del Gestor de la TELOF, pudiendo la ApB ejecutar subsidiariamente los trabajos que no haya efectuado el Gestor de la TELOF con cargo a este.
El mero retraso en el abandono de las instalaciones conllevará una penalización por la cantidad de SEISCIENTOS (600) euros por cada día natural de retraso a contar a partir de un mes desde la fecha de finalización del contrato, pudiendo ejecutar la ApB la garantía establecida al efecto.
No obstante, las partes podrán acordar, con una antelación mínima de SEIS meses a la terminación del contrato y mediante un acta de reconocimiento, el mantenimiento de ciertas obras, materiales, equipos e instalaciones tanto desmontables como no desmontables; elementos que revertirán gratuitamente y libre de cargas a la ApB.
Una vez exigido el contrato, la ApB tomará posesión de los bienes e instalaciones, pudiendo solicitar a las empresas suministradores de energía eléctrica, agua, gas, telefonía, entre otras, la suspensión del correspondiente suministro.
Igualmente, la ApB no asumirá ningún tipo de obligación laboral o económica del Gestor de la TELOF, vinculada o no a la actividad objeto del contrato, incluyendo los contratos de trabajo que pudiera haber concertado el Gestor de la TELOF para el ejercicio de su actividad empresarial.
Además, el incumplimiento imputable al Gestor llevará aparejada la pérdida de la garantía definitiva entregada para la correcta ejecución del presente Contrato.
6 ANEXOS
6.1 ANEXO 1. ESPACIOS, INFRAESTRUCTURAS E INSTALACIONES COMPRENSIVAS DE LA TELOF A GESTIONAR.
Sobre una superficie de 114.795 metros cuadrados se disponen las siguientes infraestructuras e instalaciones principales de la TELOF:
- Terminal
- Depot
- Viales de acceso
- Instalaciones auxiliares (oficinas, punto de control ferroviario de la terminal, nave de almacenamiento, etc.)
Se adjuntan a este Anexo 1, los siguientes planos, en formato DINA‐4:
6.1.1 PLANO NÚMERO 1. DELIMITACIÓN ZONAS I
6.1.2 PLANO NÚMERO 2 ETAPAS SUJETAS A LA LICITACIÓN
De cara a la licitación, la ApB solamente sacará a concurso la explotación de la etapa 1, empleando esta superficie para las tareas determinadas anteriormente en el pliego de condiciones generales, así como para cualquier otra requerida, previa autorización de la ApB. Adicionalmente, el gestor dispondrá de uso preferente para operaciones de carga y descarga en la etapa 0, pudiendo disponer de la superficie durante un plazo razonable (máximo de 2 días por contenedor) hasta su traslado a la etapa 1 o a los medios de transporte correspondientes. En el caso de que se sobrepasara ese plazo, la ApB se reserva el derecho de establecer una contraprestación económica por el uso de la etapa 0.
Etapa 0: Es la zona de tráfico ferroviario, donde los trenes entran para poder realizar las labores de carga/descarga, consolidación/desconsolidación (65.371 m2).
Etapa 1: playa de carga y descarga, es la zona donde se realizarán las labores de manipulación de UTIs y de depósito (59.424 m2).
La terminal intermodal posee tres tipos fundamentales de vías: haz de expedición y recepción, la vía mango o vía de maniobra y el haz de carga y descarga.
La vía de expedición y recepción sirve de conexión entre la red ferroviaria de interés general (en adelante, RFIG) y la terminal. Consta de una vía electrificada de recepción y expedición donde los trenes se estacionarán antes de pasar a las vías de carga y descarga, o de emprender el viaje, haciendo el cambio de tracción.
La longitud de estas vías es de 755,642 metros (vía número 3 de recepción/ expedición) y, para la xxxxx xxx xxxxx, xxxx proyecto ha sido aprobado y está en proceso de ejecución. La vía número 3 de recepción y expedición conecta en dos puntos con la RFIG. Actualmente, el haz de recepción y expedición permite la recepción y expedición de trenes de hasta 450 metros de longitud.
La vía mango o vía de maniobra, se sitúa en la cabecera del haz de carga y descarga, conectada con éste, y con el haz de recepción y expedición. Su misión es permitir la maniobra de acceso a las diferentes vías de carga y descarga, realizándose estos movimientos con medios propios puestos a disposición, en su caso, por el Gestor de la TELOF. Su trazado total desarrolla 616,148 metros, necesarios para instalar el desvío en la vía nº 1 de expedición y recepción y alcanzar la horizontalidad.
El haz de carga y descarga, se define como el lugar donde se verifica el traslado, con los medios apropiados de remoción, de las unidades intermodales, del medio ferroviario a camión o suelo, o viceversa, así como operaciones tren‐tren.
Se compone de cinco vías cuyas longitudes totales son las siguientes:
- Vía de Carga 1 (vía 5): 612,877 metros
- Vía de Carga 2 (vía 7): 656,417 metros
- Vía Mango 1: 82,843 metros
- Vía Mango 2: 616,148 metros (electrificada)
- Vía Recepción-expedición (Vía 3): 755,642 metros
Depot de contenedores vacíos
1. La explanada de depósito de contenedores vacíos o depot fue proyectada para incorporarse al conjunto de las infraestructuras de la terminal, conservando la misma cota de la plataforma de intercambio modal.
2. Al objeto de maximizar el aprovechamiento de esta plataforma, en diseño se dispusieron las filas de acopio paralelas al lado mayor que define la parcela.
3. Sus instalaciones principales son: instalación de abastecimiento de agua, instalación eléctrica (alumbrado exterior mediante xxxxxx de alumbrado) e instalación de protección contra incendios (hidrantes).
6.2 ANEXO 2. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
D/Xx …………………., mayor de edad, con DNI número ………………….., con domicilio a estos efectos en ………………….., en nombre y representación de , con domicilio
en ……………..y CIF ………………….. en su calidad de ,
DECLARO:
1º.- Que enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para participar en la licitación del “CONTRATO PARA LA GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA TELOF XX
XXXXXXXX”, manifiesto que mi representada conoce y acepta de manera íntegra e incondicional el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones que han de regir en su adjudicación, contratación y ejecución.
2º.- Que mi representada no ha presentado más de una proposición a la presente licitación, ya sea individualmente o en unión temporal con otro empresario, haciendo constar asimismo que el poder con el que actúo no ha sido revocado ni limitado y que es bastante para obligar a la empresa que represento.
3º.- Que mi representada reúne todos los requisitos específicos exigidos para la presente contratación, obligándose, caso de resultar adjudicataria, a ejecutar el contrato con estricta sujeción a los requisitos y condiciones establecidos en la indicada documentación, así como al cumplimiento de lo legislado en materia laboral, de seguridad social, de prevención de riesgos laborales y a lo previsto en cualquier otra normativa que resulte de aplicación al contrato, comprometiéndose a ejecutar el contrato, de conformidad con la presente proposición económica, consistente en:
Renta Fija Anual por importe de [expresar claramente en letra y número
la cantidad en euros que oferta el licitador como Renta Fija Anual, que, en todo caso, será igual o mayor que la Renta Fija Anual Mínima establecida en el Pliego de la licitación] euros, IVA excluido.
Para la determinación de la Renta Variable anual, se oferta:
Un precio de [expresar claramente en letra y número la
cantidad en euros que oferta el licitador, que, en todo caso, será igual o mayor que el precio mínimo establecido en el Pliego de la licitación] euros, IVA no incluido, aplicable a un volumen anual de UTIS inferior a 30.000 UTIS.
Un precio de [expresar claramente en letra y número
la cantidad en euros que oferta el licitador, que, en todo caso, será igual o mayor que el precio mínimo establecido en el Pliego de la licitación] euros, IVA no incluido, aplicable a un volumen anual de UTIS igual o superior a 30.000 UTIS.
Y para que así conste y surta los efectos donde proceda, de acuerdo con las condiciones y requisitos que la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx establece en el pliego para la adjudicación por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación del contrato para la gestión y explotación de la TELOF, se expide la presente proposición económica.
En……………………….., a ………. de de 2016
D/ Xx…………………………….
[Firma del proponente]
6.3 ANEXO 3. MODELOS DE GARANTÍA
6.3.1 ANEXO 3.1. MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL.
La entidad ……… [razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca], NIF ……………. con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en , en
la calle/plaza/avenida ……………………………... CP ……………, y en su nombre [nombre y apellidos de los apoderados] ……….., , con poderes suficientes para obligarle en
este acto según Escritura de fecha ………………….otorgada ante el notario D de
……………………..y registrada con el número de su Protocolo.
AVALA
solidariamente, a [ nombre y apellidos o razón social del licitador avalado]
ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx por la cantidad de (1) €UROS en concepto
de garantía para responder del cumplimiento de (2)
El indicado aval se presta por la entidad [razón social de la entidad de crédito
o sociedad de garantía recíproca], con carácter solidario y con expresa y formal renuncia de los beneficios de excusión, división, orden y cualquier otro que pudiera en su caso ser de aplicación. De modo especial, la entidad [razón social de la entidad de crédito
o sociedad de garantía recíproca], se compromete a hacer efectiva a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx. con carácter incondicional y a primer requerimiento del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, como máximo, dentro de los ocho días hábiles siguientes a su requerimiento, la suma o sumas que, hasta la concurrencia de la cifra afianzada de (1) €UROS, se exprese en el requerimiento, renunciando la entidad
……… [razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca], expresa y solemnemente, a toda excepción o reserva respecto de la entrega de las cantidades que le fueran reclamadas, cualquiera que fuera la causa o motivo en que aquellas pudieran fundarse y aun cuando se manifestara oposición o reclamación por parte del avalado, del avalista o de terceros, cualesquiera que éstos fueran.
Este aval se establece con carácter indefinido, debiendo considerarse vigente en tanto que el Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx no autorice, expresa y formalmente, su cancelación o devolución.
El presente aval se rige por los preceptos de la Ley Española y su interpretación y cumplimiento se somete, con renuncia a cualquier otro fuero, al de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx y de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
[Lugar y fecha] [Razón social de la entidad] [Firma de los apoderados]
BASTANTEO DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número de Código: |
(1) Importe de la garantía provisional. [expresar claramente en letra y número]
(2) Garantía Provisional: “la obligación del mantenimiento de la proposición presentada como licitador hasta la adjudicación y como adjudicatario hasta la formalización del contrato, en el procedimiento de adjudicación del contrato para la gestión y explotación de la TELOF”.
6.3.2 ANEXO 3.2. MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA.
La entidad ……… [razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca], NIF con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en [***], en la
calle/plaza/avenida ……………………………... CP ……………, y en su nombre [nombre y apellidos de los apoderados] ……….., , con poderes suficientes para obligarle en
este acto según Escritura de fecha ……………… otorgada ante el notario D de
……………………..y registrada con el número ……………………………………………….. de su protocolo.
AVALA
solidariamente, a ........................ [razón social de la sociedad gestora avalada] ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx. por la cantidad de (1) €UROS en concepto de
garantía para responder del cumplimiento de (2)
El indicado aval se presta por la entidad [razón social de la entidad
de crédito o sociedad de garantía recíproca], con carácter solidario y con expresa y formal renuncia de los beneficios de excusión, división, orden y cualquier otro que pudiera en su caso ser de aplicación. De modo especial, la entidad [razón social de la entidad
de crédito o sociedad de garantía recíproca ], se compromete a hacer efectiva a la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx con carácter incondicional y a primer requerimiento del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, como máximo, dentro de los ocho días hábiles siguientes a su requerimiento, la suma o sumas que, hasta la concurrencia de la cifra afianzada de ........(1) €UROS, se exprese en el requerimiento, renunciando la entidad ……… [razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca], expresa y solemnemente, a toda excepción o reserva respecto de la entrega de las cantidades que le fueran reclamadas, cualquiera que fuera la causa o motivo en que aquellas pudieran fundarse y aun cuando se manifestara oposición o reclamación por parte del avalado del avalista o de terceros, cualesquiera que éstos fueran.
Este aval se establece con carácter indefinido, debiendo considerarse vigente en tanto que el Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx no autorice, expresa y formalmente, su cancelación o devolución.
El presente aval se rige por los preceptos de la Ley Española y su interpretación y cumplimiento se somete, con renuncia a cualquier otro fuero, al de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx y de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
[Lugar y fecha] [Razón social de la entidad] [Firma de los apoderados]
BASTANTEO DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número de Código: |
(1) Importe de la garantía definitiva [expresar claramente en letra y número]
(2) Garantía Definitiva: “las obligaciones asumidas en virtud del contrato para la gestión y explotación de la TELOF “.
6.4 ANEXO 4. ESPECIFICACIONES DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES Y MEDIOS PUESTOS A DISPOSICIÓN
El adjudicatario queda obligado a realizar de su cuenta y su cargo todos los gastos necesarios para el mantenimiento y conservación de los espacios e instalaciones adjudicados siendo causa expresa de resolución de contrato la dejación o negligencia en la ejecución de estas actividades.
Como marco general, el adjudicatario queda obligado a conservar los espacios y equipamientos puestos a disposición en perfecto estado de utilización, limpieza, higiene y ornato, realizando a su cargo, las reparaciones ordinarias y extraordinarias que sean precisas. Asimismo, se obliga a impedir toda usurpación o novedad dañosa por parte de terceros.
Así mismo, el Adjudicatario queda obligado al mantenimiento preventivo y correctivo de los siguientes elementos:
◼ Las superficies logísticas incluidas en los espacios otorgados y sus elementos estructurales (plataforma, carriles de sustentación de grúas, etc.)
◼ Los elementos que integran los pórticos de sustentación de la catenaria en las cabeceras electrificadas de las vías que dan acceso a las instalaciones objeto de la licitación
◼ Consistencias de mantenimiento preventivo extendido a las instalaciones logísticas referentes a:
o La limpieza y engrase con productos validados por la ApB de todos los desvíos y aparatos ubicados en el interior de la estación y comprendidos en la zona logística
o El mantenimiento preventivo y, en su caso, reposición de los pasillos de entrevías y cuántos elementos de seguridad y protección laboral le sean legal y normativamente requeridos por la ApB en las instalaciones logística utilizadas en la prestación de servicios objeto de la licitación se hallen incluidos o no en el telemando
o La adecuada limpieza de la vegetación en los haces de la vía y en el interior de la zona logística y si fuese de la ApB, el tratamiento herbicida de la misma
o Limpieza y mantenimiento de la zona de reparación de vagones y sus fosos
La ApB podrá inspeccionar en todo momento el estado de conservación de los espacios puestos a disposición y señalar las reparaciones que deban realizarse, quedando obligado el concesionario a ejecutar a su cargo en el plazo en el que se le señale. Para ello la ApB comunicará al Adjudicatario un protocolo de inspecciones periódicas.
No obstante, la ApB seguirá realizando específicamente las operaciones de mantenimiento correspondientes a:
◼ Las operaciones de mantenimiento que correspondan al mantenimiento estructural del xxxxxxxx xxxxxxxxx xx xxxxxxxx x xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxxxx, repartida cuota en gastos comunes
◼ Los equipos de transformación de alta y baja tensión, hasta las protecciones del cuadro que diferencia la instalación destinada a la zona logística.
◼ El mantenimiento de la infraestructura de las vías, electrificación y sistemas de seguridad (señales, aparatos de vía, motores, etc.) que se hallan incluidos en el enclavamiento tanto de ancho ibérico, como mixto y UIC y las correspondientes a la instalación técnica, no sujetos al ámbito de esta licitación
Todo el resto de operaciones de mantenimiento de los espacios, instalaciones y medios puestos a disposición sería por cuenta del adjudicatario. Específicamente quedan incluidas:
◼ La red de contraincendios en su totalidad y que también incluye la parte de red que no se halla dentro de los espacios puestos del adjudicatario en la licitación
◼ El mantenimiento de la red e instalaciones eléctricas de baja tensión de las superficies puestas a disposición en la licitación desde el centro de transformación
◼ La acometida de agua y luz, caso de no poder ser contratada directamente por el adjudicatario será repartida en común cuota, conforme a los contadores de consumo que delimiten los espacios puestos a disposición.
◼ Alumbrado exterior en las zonas de trabajo y playa de vías, incluyendo xxxxxx de iluminación que afectan a la zona logística, soporte, luminarias, cableados, conexiones, cuadros eléctricos, acceso iluminarias, etc.
◼ Mantenimiento integral de los edificios técnicos puestos a disposición, incluyendo elementos estructurales y cubiertas
◼ Mantenimiento preventivo y correctivo de las grúas y pórticos móviles
◼ CCTV de tele-exploración para el control de acceso, salida camiones, cámaras de acceso y salida del sistema ágil y barrera de salida
◼ Mantenimiento de la red de suministro y recogida de aguas en la zona que afecte a la concesión (incluida la limpieza y mantenimiento del separador de hidrocarburos de la zona de limpieza de grúas móviles).
El adjudicatario deberá resolver con la ApB los medios puestos a disposición, en las mismas condiciones de uso que cuando se le entregaron, salvo el desgate propio producido por un uso normal y correcto del equipo y con toda la documentación reglamentaria. Será de referencia el Acta de Entrega establecida en su día para la puesta a disposición de los medios por parte de la ApB al Adjudicatario, haciéndose cargo el Adjudicatario de los desperfectos y averías que presenten los equipos.
PROTOCOLO DE INSPECCIONES PERIÓDICAS
Revisión:
- Instalaciones eléctricas
- Instalaciones agua sanitaria
- Instalación P.C.I.
- Instalación saneamiento
- Legionelosis
- Instalación separadores de grasa
- Depósito de combustible
- Instalación punto limpio
- Climatización
- Señalización exterior
- Accesos, viales, playas, y cerramientos
- Estado vías, cambios, señales y pasillos entrevías
- Edificios
- Obras
- Estado Plan de Emergencia
- Legionelosis (verificar contrato control, incluso PCI y comprobar documentación último control)
- Evidencias documentales de tratamiento de Residuos Peligrosos
- Inspección de las Habilitaciones necesarias para el ejercicio de las funciones
- Inspección del Libro de Reclamaciones
- Inspección del Libro de Visitas de Seguridad
La información productiva recogida en los mismos, será facilitada por el Adjudicatario a la ApB con periodicidad diaria, semanal o mensual según la ApB determine y de modo impreso o utilizando los soportes informáticos que éste le indique. Específicamente el adjudicatario se obliga a introducir diariamente en la aplicación informática de la ApB las lecturas de los horametros y movimiento y los partes de avería relativos a las grúas móviles y pórticos.
6.5 ANEXO 5. ACTA DE ENTREGA DE EQUIPOS
TELOF | ……. de 2016 | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx 00, 00000, Xxxxxx (Xxxxxxx) | ||
ACTA DE ENTREGA DE EQUIPOS | ||
Hoy del mes de en las oficinas de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, mediante el presente documento se realiza la entrega formal de los equipos que se indican el Anexo 6.- EQUIPOS TÉCNICOS NECESARIOS para el cumplimiento de las actividades correspondientes al Adjudicatario de la TELOF, quién declara recepción de los mismos en buen estado y se compromete a cuidar de los recursos y hacer uso de ellos para los fines establecidos.
1.- PERSONAS RESPONSABLES
Nombres, Apellidos | |
RUT | |
Cargo |
2.- EQUIPOS ASIGNADOS
Descripción | Referencia | Características | No Unidades |
3.- ENTREGA
FECHA ENTREGA:
Entregado por: | Recibido por: |
Nombre y cargo | Nombre y Cargo |
4.- DEVOLUCIÓN
FECHA DEVOLUCIÓN:
Entregado por: | Recibido por: |
Nombre y Cargo | Nombre y Cargo |
6.6 ANEXO 6. EQUIPOS TÉCNICOS NECESARIOS
La ApB considera los siguientes equipos como los mínimos e indispensables para realizar las labores y actividades reflejadas en los Pliegos de condiciones generales, siendo estos las labores esenciales y uno de los más importantes criterios a tener en cuenta en la valoración de las proposiciones económicas y técnicas.
Se admitirán el alquiler y la compra de la maquinaria como instrumentos válidos. En el caso de la compra acorde a lo establecido en el Plan General Contable vigente.
- Reachstacker: Vehículo con brazo retráctil impulsado por diésel, que, junto con un motor eléctrico, es capaz de mover contenedores tipo UTI dentro de la terminal, por lo que es idóneo para las labores de carga intermodal de UTIS. Por consiguiente, son esenciales para las labores de carga y descarga y consolidación y desconsolidación.
- El Adjudicatario deberá disponer de al menos dos ReachStackers para poder realizar de forma eficiente las actividades de carga y descarga, además de para poder realizar estas en el tiempo estimado. Pero en el caso de que el Adjudicatario desee disponer de más unidades por el motivo que aplique, se tendrá en cuenta positivamente en la valoración técnica de la propuesta.
- Locotractor o equipo similar, siendo, en todo caso, de tipo bivial.
El Adjudicatario deberá disponer de al menos un locotractor para poder acometer las maniobras ferroviarias necesarias en la terminal. En cualquier caso, si el Adjudicatario dispusiera de más unidades por el motivo que aplique, este se tendrá en cuenta en la valoración de la proposición técnica del contrato.
- Carretilla MG: estas carretillas sirven para transportar carga de menor tamaño, pero debido a su versatilidad y maniobrabilidad son necesarias para realizar labores de consolidación y desconsolidación.
- El Adjudicatario deberá disponer de al menos dos carretillas MG, con capacidad de carga de, al menos, 5.000 kg, para poder realizar las actividades a las que se remiten en los pliegos. También se considerará favorablemente en la valoración técnica si el ofertante dispusiera de más unidades de reserva en la oferta.
La antigüedad máxima de los equipos será de 5 años o 10.000 horas de uso, salvo en el caso de los locotractores, donde se permitirá hasta 10 años o 10.000 horas de uso, aplicándose la más restrictiva de las condiciones en cualquiera de los casos.
El adjudicatario deberá disponer además de un Plan de Contingencia que garantice la plena operatividad de la Terminal incluso en el caso de averías, accidentes y otros imprevistos. El no cumplimiento de este Plan de Contingencia sería considerado como una falta grave respecto al cumplimiento del contrato, y, por lo tanto, como una causa de extinción del propio contrato.
Ejemplo de modelo convencional de ReachStacker empleada en logística ferroviaria
Ejemplo de un modelo de locotractor empleado en terminales similares
Ejemplo de modelo de carretilla elevadora MG convencional
6.7 ANEXO 7. TARIFAS DE LA OPERATIVA
El adjudicatario de la gestión y explotación de la TELOF se compromete a aplicar como máximo los siguientes precios a las empresas que utilicen sus servicios:
- Tarifa máxima de carga / descarga de UTIs: 20 €/UTI
- Tarifa máxima de carga/descarga de UTIs a/desde camión: 15€/UTI
- Tarifa por movimiento a depósito
o 10 € contenedor de 20’ o unidad de carga similar
o 12 € contenedor de 40-45’ o unidad de carga similar
- Tarifa por recepción / expedición de tren: 36 €/tren facturable al operador del tren, por cada operación
- Tarifa de maniobras, de existir: 360 €/tren facturable al operador del tren