AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA ESTADO DE YUCATÁN
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
ESTADO DE YUCATÁN
2021-2024 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
No. ADM/SI/DJ/ARR/10/2021
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO RESPECTO DE LOS LOCALES IDENTIFICADOS CONVENCIONALMENTE COMO LOCAL 1 (UNO) Y LOCAL 2 (DOS), AMBOS UBICADOS DENTRO DEL SUBCONDOMINIO 2 (DOS) DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL TABLAJE CATASTRAL NÚMERO VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO DE ESTA CIUDAD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO XX XXXXXX, YUCATÁN, REPRESENTADO POR EL LICENCIADO EN DERECHO XXXXXXXXX XXXX XXX XXXXXX Y EL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, MTRO., CON SUS CARACTERES DE SECRETARIO MUNICIPAL Y APODERADO LEGAL Y DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR EL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, OFICIAL MAYOR, EN LO SUCESIVO “EL ARRENDATARIO, Y DE LA OTRA PARTE LA PERSONA MORAL DENOMINADA “INMOBILIARIA UNIVERSITY CITY”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y APODERADO GENERAL DE DICHA PERSONA MORAL, EN LO SUCESIVO “EL ARRENDADOR”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I.- DE “EL ARRENDATARIO”:
A).- QUE SE ENCUENTRA INVESTIDO DE PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA Y ADMINISTRA LIBREMENTE SU HACIENDA CONFORME A LA LEY, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DEL ARTÍCULO 77 BASE CUARTA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE YUCATÁN.
B).- QUE DE ACUERDO A SU RÉGIMEN GUBERNAMENTAL, EL MUNICIPIO ES AUTÓNOMO Y EJERCE SU ADMINISTRACIÓN A TRAVÉS DE SU AYUNTAMIENTO.
C).- QUE LAS FACULTADES LEGALES DEL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, MTRO., ASÍ COMO LOS CARGOS QUE OSTENTAN EL LICENCIADO EN DERECHO XXXXXXXXX XXXX XXX XXXXXX Y EL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, SE ACREDITAN CON LOS DOCUMENTOS QUE EXHIBEN.
D).- QUE DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 14 (CATORCE) FRACCIONES IX, X Y XXXI DEL REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, LAS PERSONAS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS O UNIDADES ADMINISTRATIVAS TIENEN, ENTRE OTRAS, LA ATRIBUCIÓN DE PROPONER AL PRESIDENTE MUNICIPAL LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS Y ACUERDOS EN LA MATERIA DE SU COMPETENCIA, ASÍ COMO ELABORAR Y SOMETER A SU CONSIDERACIÓN LOS RESPECTIVOS PROYECTOS, SUSCRIBIÉNDOLOS EN UNIÓN DE LOS TITULARES DE LA PRESIDENCIA Y SECRETARÍA MUNICIPALES.
E).- QUE CONFORME AL ARTÍCULO 59 (CINCUENTA Y NUEVE) FRACCIÓN XX DEL CITADO REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN TIENE, ENTRE OTRAS, LA ATRIBUCIÓN DE SUSCRIBIR CONTRATOS, CONVENIOS Y CUALQUIER OTRO INSTRUMENTO JURÍDICO EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS, ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS.
F).- QUE EL PRESENTE CONTRATO SE FORMALIZA MEDIANTE ADJUDICACIÓN DIRECTA POR EXCEPCIÓN, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 FRACCIONES X Y XI, ASÍ COMO EN LO APLICABLE DEL ARTÍCULO 63 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX.
G).- QUE PARA EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN LA DECLARACIÓN QUE ANTECEDE, MEDIANTE OFICIO NÚMERO OM/018/2021 DE FECHA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2021, SUSCRITO POR EL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, OFICIAL MAYOR, SOLICITÓ AL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CENTRALIZADA, QUE SE APLIQUE LA EXCEPCIÓN AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE LOS LOCALES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN VIRTUD DEL SUPUESTO ESTABLECIDO EN LA FRACCIONES X Y XI DEL ARTÍCULO 51 DEL MENCIONADO REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX.
H).- QUE MEDIANTE SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021, LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CENTRALIZADA, APROBARON POR UNANIMIDAD LA EXCEPCIÓN AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE LOS LOCALES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 FRACCIONES X Y XI DEL CITADO REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX.
I).- QUE MEDIANTE LA FE DE ERRATAS DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021 DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA MISMA FECHA DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CENTRALIZADA, SEÑALADA EN EL INCISO ANTERIOR, SE REALIZÓ LA CORRECCIÓN CONSISTENTE EN QUE LOS LOCALES OBJETO DE ARRENDAMIENTO, SE ENCUENTRAN EN EL SUBCONDOMINIO 2.
J).- QUE EL IMPORTE DE LAS RENTAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, SERÁN PAGADAS CON RECURSOS FISCALES Y DE FORTALECIMIENTO.
K).- QUE TIENE SU DOMICILIO EN EL PREDIO QUE OCUPA EL XXXXXXX MUNICIPAL UBICADO EN LA CALLE 62 CON CRUZAMIENTOS XXXXX XXX XXXXXX 00 X 00 XX XXXX XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXXX.
II.- DE “EL ARRENDADOR”:
A).- QUE ES UNA PERSONA MORAL CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 129 DE FECHA 12 XX XXXXX DEL AÑO 2012, PASADA ANTE LA FE DEL LICENCIADO EN DERECHO XXXXXXXX X. XXXXXXXXXXX XXXXX, TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 25 DEL ESTADO, INSCRITA A FOLIO ELECTRÓNICO MERCANTIL 53320-1DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD JURÍDICA PATRIMONIAL DE YUCATÁN.
B).- QUE SU REPRESENTANTE EL SEÑOR XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, CUENTA CON LAS FACULTADES NECESARIAS PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO, MANIFESTANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LAS MISMAS NO LE HAN SIDO REVOCADAS NI RESTRINGIDAS HASTA LA PRESENTE FECHA, LO CUAL ACREDITA CON EL DOCUMENTOS QUE EXHIBE.
C).- QUE MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 1051 DE FECHA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020, OTORGADA ANTES LA FE DEL LICENCIADO EN DERECHO XXXX XXXXXX XXXXX, TITULAR DE LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO 28 DEL MUNICIPIO DE XXXXXX XXXXXX, ESTADO XX XXXXXXXX ROO, SE REALIZÓ LA MODIFICACIÓN AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DENOMINADO “CAMPUS UNIVERSITY CITY, DE LA QUE RESULTARON LOS SUBCONDOMINIOS 2 (DOS), 3 (TRES), 4 (CUATRO) Y 5 (CINCO).
D).- QUE ES PROPIETARIO DE LOS LOCALES IDENTIFICADOS CONVENCIONALMENTE COMO LOCAL 1 (UNO) Y LOCAL (2), ANTES UBICADOS EN EL SUBCONDOMINIO 1 (UNO) Y EN VIRTUD DE LA MODIFICACIÓN AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO SEÑALADA EN EL INCISO C) QUE ANTECEDE, ACTUALMENTE SE ENCUENTRAN UBICADOS DENTRO DEL SUBCONDOMINIO 2 (DOS) DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL TABLAJE CATASTRAL NÚMERO VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO DE ESTA CIUDAD, MISMO SUBCONDOMINIO 2 (DOS) QUE SE DESCRIBE Y DESLINDA A CONTINUACIÓN:
“PREDIO MARCADO COMO SUBCONDOMINIO DOS, DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL TABLAJE CATASTRAL NÚMERO VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, ESTADO DE YUCATÁN, UBICADO EN LA MANZANA DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO DE LA SECCIÓN CATASTRAL TREINTA Y CUATRO, CON SUPERFICIE DE ÁREA DE USO PRIVADO DE TERRENO DE MIL CUARENTA Y NUEVE METROS OCHENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS, ÁREA DE USO PRIVADO DE CONSTRUCCIÓN DE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS, ÁREA COMÚN DE TERRENO DE SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS SETENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS Y ÁREA COMÚN DE CONSTRUCCIÓN DE CINCUENTA Y CUATRO METROS NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS CUYO PERÍMETRO SE DESCRIBE COMO SIGUE: PARTIENDO DEL XXXXXXX XXX XXXXXX NOROESTE DEL PREDIO QUE SE DESCRIBE CON DIRECCIÓN AL NORESTE MIDE VEINTINUEVE METROS VEINTIDÓS CENTÍMETROS; DE ESTE PUNTO CON DIRECCIÓN AL SURESTE MIDE TREINTA Y CINCO METROS NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS; Y DE ESTE PUNTO CON DIRECCIÓN AL NORESTE HASTA LLEGAR AL PUNTO XX XXXXXXX Y CERRAR EL PERÍMETRO MIDE TREINTA Y CINCO METROS NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS Y COLINDA: AL NORTE CON EL SUBCONDOMINIO TRES; AL SUR CON ÁREA COMÚN “XXXXXXXXX” X “XXXXXXXX” XXX XXXXXXXXXX “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX” X XXXXX XXX XXXXXXXXXXXXX UNO; AL ESTE CON EL SUBCONDOMINIO CINCO; Y AL OESTE CON LOS SUBCONDOMINIOS UNO Y TRES”.
-- A ESTE PREDIO LE CORRESPONDE UNA CUOTA DE PARTICIPACIÓN DEL 9.16619% (NUEVE PUNTO DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE POR CIENTO).
QUE EL SUBCONDOMINIO 2 (DOS) DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL TABLAJE CATASTRAL NÚMERO 20474 DE ESTA CIUDAD, OBRA INSCRITO A FOLIO ELECTRÓNICO 1115115 CON NÚMERO DE INSCRIPCIÓN 2753208 DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL INSTITUTO DE SEGURIDD JURÍDICA PATRIMONIAL DE YUCATÁN.
E).- QUE DENTRO DEL SUBCONDOMINIO 2 (DOS) DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL TABLAJE CATASTRAL NÚMERO 20474 DE ESTA CIUDAD, SE ENCUENTRAN LOS LOCALES IDENTIFICADOS CONVENCIONALMENTE COMO LOCALES 1 (UNO) Y LOCAL 2 (DOS), LOS CUALES SE IDENTIFICAN EN EL PLANO QUE SE ANEXA Y QUE CONSTITUYEN EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
F).- QUE PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EL UBICADO EN EL XXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXX 00000, XXXXXXX XXXXX, XXXXXX, XXXXXXX, X.X. 00000.
Y EN ATENCIÓN A LAS DECLARACIONES QUE ANTECEDEN, ESTÁN CONFORMES EN SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
X X X X X X XX X
XXX XXXXXXXXXXXXX
XXXXXXX.- “EL ARRENDADOR”, DECLARA Y OTORGA: QUE DA EN CALIDAD DE ARRENDAMIENTO A “EL ARRENDATARIO”, LOS LOCALES IDENTIFICADOS XXXXXXXXXXXXXXXXX XXXX XXXXX 0 (XXX) X XXXXX 0 (XXX), AMBOS UBICADOS EN EL SUBCONDOMINIO 2 (DOS) DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL TABLAJE CATASTRAL NÚMERO VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO DE ESTA CIUDAD XX XXXXXX, YUCATÁN, MISMOS LOCALES QUE SE RELACIONAN EN LA DECLARACIÓN II INCISO E) DE ESTE CONTRATO.
SEGUNDA.- “EL ARRENDATARIO”, DECLARA Y OTORGA: QUE RECIBE DE “EL ARRENDADOR”, EN CALIDAD DE ARRENDAMIENTO, LOS LOCALES IDENTIFICADOS CONVENCIONALMENTE COMO LOCAL 1 (UNO) Y LOCAL 2 (DOS), AMBOS UBICADOS DENTRO DEL SUBCONDOMINIO 2 (DOS) DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXX X XXXXXX XX XXXX XXXXXX, XX XXXXXX, XXXXXXX, POR LO QUE SE COMPROMETE A DEVOLVERLOS AL CONCLUIR EL PLAZO DE ESTE CONTRATO.
DEL PLAZO
TERCERA.- LAS PARTES ACUERDAN QUE EL PLAZO DEL PRESENTE INSTRUMENTO ES DEL DÍA UNO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, FECHA A LA QUE SE RETROTRAEN SUS EFECTOS LEGALES, Y CONCLUIRÁ EL DIA TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL PROPIO AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
DE LAS RENTAS
CUARTA.- AMBAS PARTES DECLARAN Y OTORGAN: QUE HAN CONVENIDO QUE “EL ARRENDATARIO” PAGARÁ EN CONCEPTO XX XXXXX A “EL ARRENDADOR”, EN FORMA MENSUAL Y CONSECUTIVA, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS HABILES POSTERIORES A LA FECHA DE LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA, LA CANTIDAD QUE SE INDICA A CONTINUACIÓN:
DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL DÍA UNO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO AL DÍA TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL PROPIO AÑO DOS MIL VEINTIUNO, LA CANTIDAD MENSUAL DE $60,000.00 (SON: SESENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
EL IMPORTE DE DICHAS RENTAS SERÁN PAGADAS POR LA DIRECCIÓN DE FINANZAS Y TESORERÍA DEL H. AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, CON SU CORRESPONDIENTE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EN BUENA MONEDA DEL CURSO LEGAL CONTADA Y REVISADA A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL ARRENDADOR” Y SIN DERECHO A RECLAMACIÓN O COBRO POSTERIOR ALGUNO, PREVIA ENTREGA A “EL ARRENDATARIO” DEL COMPROBANTE LEGAL QUE REÚNA LOS REQUISITOS FISCALES CORRESPONDIENTES.
DEL DESTINO
QUINTA.- LAS PARTES ACUERDAN QUE LOS LOCALES ARRENDADOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PODRÁN DESTINARSE PARA OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y ACTIVIDADES COMO SON DIPLOMADOS, INVESTIGACIÓN, CURSOS DE DIVULGACIÓN, CONFERENCIAS, EXPOSICIONES FOTOGRÁFICAS, PRESENTACIONES DE LIBROS, ARCHIVO DOCUMENTAL Y, EN GENERAL, PARA APOYO ADMINISTRATIVO Y EJECUTIVO DE TODAS LAS ACTIVIDADES DE LA CRÓNICA DE LA CIUDAD, SIN QUE PUEDAN EMPLEARSE POR “EL ARRENDATARIO” PARA USOS DISTINTOS DEL CONVENIDO Y QUE DICHAS ACTIVIDADES ESTARÁN A CARGO DEL CRÓNISTA DE LA CIUDAD, CIUDADANO XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX.
DE LAS MEJORAS
SEXTA.- TODAS LAS MEJORAS QUE CON O SIN EL CONSENTIMIENTO DE "EL ARRENDADOR", FUEREN LLEVADAS A CABO EN LOS LOCALES ARRENDADOS QUEDARÁN EN BENEFICIO DE LOS MISMOS AL MOMENTO DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO, SALVO AQUÉLLAS QUE "EL ARRENDATARIO" PUEDA LLEVARSE SI AL SEPARARLAS NO SE SIGUE O CAUSA DETERIORO A LOS LOCALES OBJETO DEL PRESENTE.
SÉPTIMA.- EN EL CASO EN QUE SEA NECESARIO HACER ADAPTACIONES O MEJORAS QUE IMPLIQUEN MODIFICACIONES ESTRUCTURALES A LOS LOCALES A QUE SE REFIERE ESTE CONTRATO, SERÁ NECESARIO OBTENER LA APROBACIÓN ESCRITA DE "EL ARRENDADOR".
MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES
OCTAVA.- “EL ARRENDADOR” SERÁ EL RESPONSABLE DURANTE TODO EL TIEMPO QUE DURE ESTE CONTRATO, POR EL MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN DE LOS LOCALES ARRENDADOS OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO ASÍ MISMO LAS PARTES ACUERDAN EXPRESAMENTE QUE EL PAGO DE LOS SERVICIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, AGUA POTABLE, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO SERVICIO QUE, EN SU CASO, SE GENERE EN LOS LOCALES DE QUE SE TRATA, SERÁN CUBIERTOS DIRECTAMENTE POR CUENTA ÚNICA Y EXCLUSIVA DE “XX XXXXXXXXXX”, XX XXXXX QUE EL IMPUESTO PREDIAL Y LOS DERECHOS POR COOPERACIÓN QUE EN TODO CASO SE IMPONGAN AL INMUEBLE, QUE SERÁN CUBIERTOS POR “EL ARRENDADOR”.
NOVENA.- "EL ARRENDATARIO" NO SERÁ RESPONSABLE DE LAS REPARACIONES DE LOS LOCALES OBJETO DE ESTE CONTRATO POR DAÑOS QUE PROVENGAN DE DESPERFECTOS EN LA ESTRUCTURA, DERIVADOS DE SINIESTROS FUERA DE CONTROL Y DE RESPONSABILIDAD DEL PERSONAL COMISIONADO EN DICHA ÁREA, TALES COMO HURACANES, INCENDIOS GRAVES NO PROVOCADOS, FALLAS ELECTRICAS GRAVES IMPUTABLES A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, ENTRE OTROS.
DÉCIMA.- "EL ARRENDATARIO" NO SERÁ RESPONSABLE DE LA REPARACIÓN POR FALLAS, DETERIOROS GRAVES, ASÍ COMO VICIOS OCULTOS EN LOS LOCALES OBJETO DE ESTE CONTRATO Y QUE OCASIONEN DESPERFECTOS A LA ESTRUCTURA DE LOS MISMOS EN LA CONSTRUCCIÓN, QUE NO PUDIEREN SER DETECTADOS AL MOMENTO DE LA FIRMA DE ESTE CONTRATO.
PROHIBICIÓN DE SUBARRIENDO
DÉCIMA PRIMERA.- “EL ARRENDATARIO” NO PODRÁ SUBARRENDAR EN TODO NI EN PARTE LOS LOCALES ARRENDADOS DE QUE SE TRATA, SIN CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE “EL ARRENDADOR” QUE AL EFECTO OTORGUE PREVIAMENTE EN CADA CASO.
DEL INCUMPLIMIENTO
DÉCIMA SEGUNDA.- EL INCUMPLIMIENTO DE “EL ARRENDATARIO” DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, INCLUYENDO LA FALTA DE PAGO DE DOS MENSUALIDADES CONSECUTIVAS DE LAS RENTAS CONVENIDAS, DARÁ DERECHO A “EL ARRENDADOR” A RESCINDIR ANTICIPADAMENTE ESTE CONTRATO, A CUYO EFECTO PODRÁ PROMOVER EL JUICIO CORRESPONDIENTE CON TODAS SUS LEGALES CONSECUENCIAS.
DEL VENCIMIENTO ANTICIPADO
DÉCIMA TERCERA.- LAS PARTES ACUERDAN EXPRESAMENTE QUE EL PLAZO DEL PRESENTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO SE PODRÁ DAR POR VENCIDO ANTICIPADAMENTE POR "EL ARRENDATARIO", SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA, MEDIANTE AVISO POR ESCRITO QUE OTORGUE A "EL ARRENDADOR" CON 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES DE ANTICIPACIÓN.
MODIFICACIONES AL CONTRATO
DÉCIMA CUARTA.- CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 67 Y 68 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS DE BIENES Y SERVICIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX, SE PODRÁ ACORDAR EL INCREMENTO O DECREMENTO EN LA CANTIDAD DE LOS BIENES, ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS CONTRATADOS; O BIEN, LLEVAR A CABO LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA ADJUDICACIÓN CORRESPONDIENTE, EN CUALQUIER TIEMPO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, MEDIANTE CONVENIOS DE MODIFICACIÓN, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL O EL PLAZO DE VIGENCIA DE ÉSTE NO REBASE, EN CASO DE INCREMENTOS, EL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL O EL PLAZO ORIGINAL ESTABLECIDO, RESPECTIVAMENTE, Y EL PRECIO DE LOS BIENES, ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS SEA IGUAL AL PACTADO INICIALMENTE; ASÍ COMO QUE POR CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR CAUSAS ATRIBUIBLES A LA CONVOCANTE O A LA SOLICITANTE, SE PODRÁN MODIFICAR LOS CONTRATOS A EFECTO DE PRORROGAR LA FECHA O PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES, ARRENDAMIENTOS O LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, DEBIENDO EN DICHO SUPUESTO FORMALIZARSE EL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO.
DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
DÉCIMA QUINTA.- PARA TODO LO NO PREVISTO EN ESTE CONTRATO, SU INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO, AMBAS PARTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUECES Y TRIBUNALES COMPETENTES DE ESTA CIUDAD XX XXXXXX, YUCATÁN, RENUNCIANDO A CUALQUIER FUERO QUE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO, VECINDAD O CUALQUIER OTRO MOTIVO TUVIEREN O LLEGAREN A TENER EN EL FUTURO.
LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN PARA DEBIDA CONSTANCIA EN DOS EJEMPLARES ORIGINALES, EN LA CIUDAD XX XXXXXX, YUCATÁN, MÉXICO A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
POR “EL ARRENDATARIO”
LIC. XXXXXXXXX XXXX XXX XXXXXX SECRETARIO MUNICIPAL
|
L.A. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, MTRO. APODERADO LEGAL Y DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN |
LAE. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
OFICIAL MAYOR
POR: “EL ARRENDADOR”
INMOBILIARIA UNIVERSITY CITY, S.A. DE C.V.
C. XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Y APODERADO GENERAL
ESTA HOJA FORMA PARTE DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO RESPECTO DE LOS LOCALES IDENTIFICADOS CONVENCIONALMENTE COMO LOCAL 1 (UNO) Y LOCAL 2 (DOS), AMBOS UBICADOS DENTRO DEL SUBCONDOMINIO 2 (DOS) DEL CONDOMINIO “XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX”, XXXXXXXXXXX SOBRE EL TABLAJE CATASTRAL NÚMERO VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO DE ESTA CIUDAD, CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO XX XXXXXX, YUCATÁN, Y LA PERSONA MORAL DENOMINADA INMOBILIARIA UNIVERSITY CITY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, CON FECHA CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
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