PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁN LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO DE “EQUIPAMIENTO DE ROUTING PARA AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE CONECTIVIDAD EN REDIRIS”
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁN LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO DE “EQUIPAMIENTO DE ROUTING PARA AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE CONECTIVIDAD EN REDIRIS”
PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO 044/17-RI
ÍNDICE
3. Derechos y Obligaciones de las Partes 11
3.4. prestacion de servicios externos 14
3.5. SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS Y ACTIVOS DE INFORMACIÓN 16
4. Plazos de duración y ejecución 17
5. Régimen económico presupuestario 18
7.1. Requisitos de solvencia económica y financiera 22
7.2. Requisitos de solvencia técnica y profesional 22
8. Pertenencia a grupo empresarial 22
9. Procedimiento de licitación 23
9.1. Procedimiento SIMPLIFICADO 23
9.3 Plazo de presentación de ofertas 24
10. Criterios de Valoración 24
10.1. Criterios cuya valoración depende de un juicio de valor.
10.2... Criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.
10.3. Ponderación de los criterios cuantificables mediante la aplicación
10.4. Ofertas con valores anormales o desproPOrcionados
11. Procedimiento de Valoración de Ofertas 27
12. Causas de Resolución del contrato 28
Nota: Cualquier consulta en relación con el presente procedimiento de adjudicación debe dirigirse por correo electrónico a la dirección XX.XXXXXXXXXXXX@XXX.XX Indicando:
Asunto: número de expediente;
Cuerpo: nombre de la empresa, datos de la persona que realiza la consulta y texto de la consulta.
El plazo de recepción de consultas finalizará 3 días hábiles antes del fin del plazo de presentación de ofertas. Xxx.xx no tendrá obligación de responder las consultas realizadas transcurrido dicho plazo.
1. INTRODUCCIÓN
La Entidad Pública Empresarial Xxx.xx, con C.I.F Q-2891006-E, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, tiene como función impulsar el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España.
En el ejercicio de sus funciones, Xxx.xx fomenta y desarrolla la Sociedad de la Información de acuerdo a las iniciativas de los Planes Estratégicos en materia de Sociedad de la Información, impulsados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. En este marco, Xxx.xx gestiona, en coordinación con otras Administraciones Públicas y Organismos Públicos estatales, autonómicos y locales, diversos programas de difusión y extensión de la Sociedad de la Información.
El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del 15 de febrero de 2013 la Agenda Digital para España, que marca la hoja xx xxxx para el cumplimiento de los objetivos de la Agenda Digital para Europa en 2015 y en 2020, e incorpora objetivos específicos para el desarrollo de la economía y la sociedad digital en España.
La Agenda Digital para España se ha elaborado mediante un proceso abierto, transparente y participativo que ha contado con la colaboración de todos los actores implicados del sector: grupos de expertos, consulta pública, Comisión de Industria del Congreso de los Diputados, consulta a Comunidades Autónomas y Entes Locales, Consejo Superior de Administración Electrónica, etcétera.
La Agenda Digital para España contiene 106 líneas de actuación estructuradas en torno a seis grandes objetivos:
1. Fomentar el despliegue de redes ultrarrápidas.
2. Desarrollar la economía digital.
3. Mejorar la administración electrónica y los servicios públicos digitales.
4. Reforzar la confianza en el ámbito digital.
5. Impulsar la I+D+i en las industrias de futuro.
6. Apoyar la inclusión digital y la formación de nuevos profesionales TIC.
La puesta en marcha de la Agenda se articula mediante diez planes:
1. Plan de telecomunicaciones y redes ultrarrápidas, para fomentar la inversión eficiente en nuevas redes xx xxxxx ancha.
2. Plan de TIC en PYME y comercio electrónico, orientado a maximizar las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías para mejorar la productividad y competitividad.
3. Plan de impulso de la economía digital y los contenidos digitales para aprovechar su potencial de crecimiento e impulsar la economía.
4. Plan de Internacionalización de Empresas Tecnológicas, para fomentar su presencia internacional.
5. Plan de confianza en el ámbito digital, para generar sistemas de seguridad y confianza para el usuario. La ciberseguridad es un elemento fundamental para impulsar el comercio electrónico y la economía digital.
6. Plan de desarrollo e innovación del sector TIC, para aprovechar el potencial de crecimiento y de creación de empleo de las industrias de futuro como la computación en la nube (Cloud Computing), las ciudades inteligentes (Smart Cities) y el tratamiento masivo de datos (Big Data).
7. Plan de inclusión digital y empleabilidad, para conseguir que la población use Internet con regularidad y para aprovechar las posibilidades de la banda ancha móvil.
8. Plan de Servicios Públicos Digitales, para continuar impulsando la digitalización de la Justicia, la Salud y la Educación Digital.
9. Plan Nacional de Ciudades Inteligentes, para impulsar en España la industria tecnológica de las Ciudades Inteligentes y para ayudar a las entidades locales en los procesos de transformación hacia Ciudades y Destinos Inteligentes.
10. El Plan de Impulso de las Tecnologías del Lenguaje tiene como objetivo fomentar el desarrollo del procesamiento del lenguaje natural y la traducción automática en lengua española y lenguas cooficiales.
Los objetivos definidos en la Agenda se configuran como nuevas referencias para la actividad de Xxx.xx de cara a los próximos años, con el fin de seguir siendo un agente clave en el desarrollo de la Sociedad de la Información y continuar trabajando por una sociedad en red.
Asimismo, Xxx.xx promueve procesos innovadores basados en las TIC en el ámbito de las administraciones públicas. En este sentido, trabajamos en la digitalización y el acceso electrónico a los servicios públicos. (Para más información xxx.xxx.xx). Algunos de los programas referentes son:
• Educación en red: Desde Educación en red potenciamos la aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el sistema educativo y formativo con el fin de fomentar su uso por parte de estudiantes, docentes y toda la comunidad educativa, en general.
• Sanidad en línea: El objetivo del programa Sanidad en línea es impulsar el uso eficiente de las TIC en el Sistema Nacional de Salud (SNS), para mejorar la calidad del servicio sanitario ofrecido a los ciudadanos.
• Justicia en red: Xxx.xx participa en el proceso de modernización de la Administración de Justicia para contribuir, mediante un uso efectivo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), a la prestación de un servicio público de calidad y a la creación de una Justicia tecnológicamente avanzada.
• Urbanismo en Red: El programa Urbanismo en Red tiene como objetivo impulsar las Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC) en la gestión urbanística municipal, garantizando el acceso transparente por medios electrónicos y fomentando la interoperabilidad con las administraciones.
• Gestión de los bienes protegidos del patrimonio histórico español: Xxx.xx colabora, junto al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el desarrollo de actuaciones en el ámbito de los bienes protegidos del patrimonio histórico español, mediante la implantación de infraestructuras TIC, sistemas de información y servicios asociados.
• Servicio de Pago Telemático: Xxx.xx se hace cargo de la gestión del servicio de Pago Telemático. Un servicio compartido de la Administración Electrónica que consiste en una Plataforma de Pago en Línea, que permite el abono de tributos, precios públicos o multas , a través de medios telemáticos. SPT xxxx://xxxx.xxx.xx.
• Fomento del DNI electrónico: Xxx.xx colabora con el Ministerio del Interior para poner a disposición de toda la población el equipamiento necesario para la obtención del DNI electrónico, así como para fomentar su uso en servicios públicos y privados.
• Open DATA Y Reutilización de la Información en el Sector Público (RISP): La apertura de información pública posibilita un gobierno basado en los valores de transparencia y participación. La reutilización de esta información supone nuevos productos, servicios y mercados que aseguran un mayor desarrollo económico y la creación de puestos de trabajo.
• Xxxxxx.xx: La página web Xxxxxx.xx tiene el objeto de educar a los adultos en las posibilidades de las TIC, enseñarles el buen uso de estas y plantear retos y contenidos que les sean útiles en su relación con los jóvenes y menores.
• Profesionales Digitales: El objetivo del programa Profesionales Digitales es impulsar la industria nacional de los Contenidos Digitales, a través de la capacitación de estudiantes y profesionales y de la colaboración entre la universidad y las empresas del sector.
• Vendes en Internet: El programa ¿Vendes en Internet?, puesto en marcha por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la entidad pública empresarial Xxx.xx, apoya a las PYMEs y
autónomos en el uso del comercio electrónico como nuevo canal de venta.
• Mentoring en e-commerce: El programa Mentoring en e-commerce proporciona un servicio de asesoramiento especializado a PYMEs en comercio electrónico B2C (Business to Consumer), en todo el territorio nacional, para impulsar su potencial y posicionarlas estratégicamente en el mercado online.
• Centros Demostradores: El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de Xxx.xx, y en coordinación con las comunidades autónomas, trabajan, desde el año 2009, en la puesta en marcha de Centros Demostradores. Se trata de espacios físicos donde las empresas pueden mostrar a otras compañías -posibles usuarias de tecnología- productos y servicios dirigidos a mejorar su productividad y competitividad y hacerlo de una forma práctica.
• Proyectos Demostradores: Los Proyectos Demostradores acercan a las empresas las diversas soluciones que la tecnología pone a su alcance para la mejora de la gestión y de la productividad. Para conseguirlo se plantean ejemplos prácticos, por sectores de actividad, en distintas comunidades autónomas.
• Alojamientos conectados: El programa Alojamientos Conectados, puesto en marcha por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la entidad pública empresarial Xxx.xx, apoya la incorporación de soluciones tecnológicas en pymes hoteleras y establecimientos dedicados al turismo rural.
• Internacionalización de empresas de base tecnológica: Xxx.xx define y ejecuta el Plan de Internacionalización de empresas de base tecnológica en colaboración con el ICEX, con el fin de dar un mayor impulso a la presencia de este tipo de empresas en el exterior.
• FICOD: El Foro Internacional de Contenidos Digitales (FICOD) nace con el objetivo de que se desarrolle y potencie la industria nacional de contenidos digitales, con especial foco en los mercados de lengua española y sirve, así, de escaparate para las empresas tecnológicas nacionales.
Algunos de estos programas cuentan con financiación procedente de los fondos FEDER de los Programas Operativos FEDER, que pretenden dar un fuerte impulso a la disponibilidad y utilización de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, poniendo en marcha servicios y desplegando infraestructuras de redes y acceso a Internet xx xxxxx ancha en los ámbitos de mayor necesidad y cercanía al ciudadanos (como por ejemplo, escuelas, bibliotecas, entornos rurales…), así como creando contenidos digitales e implementando servicios que faciliten el acceso de los ciudadanos a la Sociedad de la Información y el Conocimiento.
En este sentido, las actuaciones previstas en el presente procedimiento de licitación serán financiables con cargo a los Programas Operativos 2014- 2020 (FEDER) que en su caso sean de aplicación, en concreto con cargo al Programa Operativo de Crecimiento Inteligente.
Xxx.xx pone en marcha el presente procedimiento de licitación con el fin de contratar la adquisición con garantía de los equipamiento de routing para ampliar el servicio de conectividad de RedIRIS en sus Puntos de Presencia de Madrid (TELMAD) y Sevilla (CICA).
Se incluyen también todos los componentes y las actuaciones de instalación, configuración, migración del servicio de conectividad de CICA y despliegue necesarios para la puesta en marcha de este equipamiento.
2. OBJETO
2.1.OBJETO
El objeto del Contrato es: (1) la actualización del equipamiento de routing instalado en el Punto de Presencia (PdP) de RedIRIS en Sevilla (PdP CICA), que forma parte del servicio de conectividad troncal IP de RedIRIS, con la adquisción garantizada, la instalación y puesta en marcha con migración de un nuevo equipo de routing y (2) la adquisición garantizada , la instalación y puesta en marcha de las tarjetas hardware necesarias para configurar una nueva conexión IP a 100Gbps en un equipo de routing instalado y operativo en el Punto de Presencia de RedIRIS en ITCONIC (PdP TELMAD en Alcobendas, Madrid). La localización exacta de dichos Puntos de Presencia se detallan en el apartado 5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Sin perjuicio de lo anterior, en el objeto del contrato se incluyen todas las actuaciones de instalación y despliegue necesarias para la puesta en marcha de este equipamiento, las cuales se describen en el presente Pliego.
El detalle, las características y la forma en que debe realizarse el suministro de este equipamiento con garantía se establecen en los apartados siguientes.
Se incluyen también todos los componentes y las actuaciones de instalación, migración del servicio de conectividad en CICA, configuración y despliegue necesarios para la puesta en marcha de este según se describe en el presente Pliego.
Es también objeto del presente procedimiento de licitación el proporcionar un servicio de garantía para los equipos objeto de este pliego, que incluya:
Un servicio de atención telefónica. Servicio de asistencia técnica.
Servicio de resolución de incidencias. Servicio de reparación de piezas
Suministro de nuevas versiones de software/firmware.
El detalle, las características y la forma en que debe realizarse el suministro de este equipamiento con garantía, objeto del presente procedimiento, se establecen en los apartados siguientes.
El detalle, las características y la forma en que la que debe realizarse el Objeto del Contrato son los que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los licitadores presentarán una única oferta sin alternativas ni variantes.
0.0.XXX Y CPV
El objeto del presente Contrato corresponde a los siguientes códigos según la nomenclatura:
(i) del Reglamento (CE) nº 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008 por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) nº 3696/93 del Consejo, y
(ii) del Vocabulario Común de Contratos de la Comisión Europea (CPV) establecido por el Reglamento (CE) n° 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002 y modificado por el Reglamento (CE) n° 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007:
CPA:
33.20.44 Instrumentos y aparatos de telecomunicaciones
CPV:
30200000-1 Equipo y material informático 30236000-2 Equipo informático diverso
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
La legislación aplicable al Contrato es la prevista en el apartado 2.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013.
Los documentos que integran el Contrato son los siguientes, y tendrán el orden de prelación establecido en el apartado 2.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013:
a) El citado Pliego de Condiciones Generales.
b) El Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas.
c) La oferta del adjudicatario.
d) El Contrato.
El adjudicatario se compromete a realizar las actuaciones objeto del Contrato en el plazo y de acuerdo con las condiciones técnicas requeridas, y la entidad pública empresarial se compromete a satisfacer el precio en los términos del apartado 5 “Régimen Económico Presupuestario” del presente pliego, previa justificación de los trabajos realizados y la emisión de la correspondiente factura a su nombre. La entidad se reserva el derecho a realizar cuantas comprobaciones considere necesarias para verificar la calidad de las prestaciones realizadas y la adecuación de las mismas a los requisitos establecidos en los Pliegos.
Los trabajos objeto del presente procedimiento de licitación deberán ser prestados por el adjudicatario en los lugares indicados al efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Se designa como Responsable del Contrato al Director de RedIRIS, Dominios y Sistemas. El Responsable del Contrato será el encargado de supervisar la ejecución del Contrato y de adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la
prestación pactada. A estos efectos, el adjudicatario estará obligado a cumplir cualquier instrucción o decisión que a este respecto adopte el Responsable del Contrato.
El plazo máximo para efectuar la adjudicación del Contrato será de dos meses a contar desde el siguiente al de finalización de recepción de ofertas.
3.1.PROPIEDAD INTELECTUAL
Xxx.xx adquirirá la propiedad de todo el material que sea elaborado por el adjudicatario en ejecución del Contrato, y, en particular, todos los derechos de propiedad intelectual que deriven del mismo incluida la explotación, en cualquier modalidad y bajo cualquier formato, para todo el mundo, del trabajo elaborado por el adjudicatario, o sus empleados, en ejecución del Contrato, reservándose Xxx.xx cualquiera otras facultades anejas al derecho de propiedad intelectual. Será propiedad de Xxx.xx el resultado de los servicios, así como cuantos materiales y documentos (especificaciones, presentaciones, etc.) se realicen en cumplimento del Contrato.
Xxx.xx será titular de todos los derechos referidos en el párrafo anterior por el plazo máximo permitido legalmente y la única entidad que, por tal concepto, podrá explotar, transformar y comerciar con el trabajo desarrollado en ejecución del Contrato, antes o después de su terminación, correspondiendo a los autores materiales del mismo únicamente los derechos xxxxxxx que les reconoce el artículo 14 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia).
A los efectos previstos en los dos párrafos anteriores, el adjudicatario se compromete a la entrega de toda la documentación técnica, código fuente (incluyendo código, scripts, librerías, y cualquier elemento que sea necesario para el ejercicio de los derechos adquiridos por Xxx.xx) y entregables generados en el proceso de análisis, diseño, desarrollo, implantación y realización de las pruebas de las mismas. Toda la documentación elaborada y los resultados obtenidos por el adjudicatario en ejecución del Contrato serán propiedad de Xxx.xx, en cuyo poder quedarán cuando así sea requerido por Xxx.xx, no pudiendo el adjudicatario utilizarla para otras personas o entidades
El adjudicatario responderá del ejercicio pacífico de Xxx.xx en la utilización del software y demás derechos proporcionados por el adjudicatario con motivo del Contrato y será responsable de toda reclamación que pueda presentar un tercero por estos conceptos contra Xxx.xx y deberá indemnizar a
la entidad pública por todos los daños y perjuicios que ésta pueda sufrir por esta causa. En todo caso, las relaciones jurídicas derivadas del Contrato se establecerán entre la entidad pública y el adjudicatario. Xxx.xx no estará contractualmente vinculada con personas distintas del adjudicatario.
No se permite a los licitadores incluir en sus propuestas los logos, marcas y símbolos de Xxx.xx, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información o del Ministerio de Industria, Energía y Agenda Digital, salvo que se indique lo contrario en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
3.2.RIESGOS LABORALES
El adjudicatario estará obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para Xxx.xx.
0.0.XXXXXXXXXXXXXXX
A los efectos previstos en el apartado 2.8 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013, se entenderá concedida la autorización para subcontratar por parte de Xxx.xx si el adjudicatario ha incluido en su oferta la entidad subcontratista y las prestaciones objeto de subcontratación. En el caso de que el adjudicatario no hubiera consignado en su oferta dicha referencia, no podrá subcontratar sin la autorización de Xxx.xx en los términos previstos en el apartado 2.8 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013.
La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su porcentaje, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. En caso de no pretender subcontratar, la indicación se hará en este sentido. A estos efectos, el licitador dispone del modelo de declaración responsable establecido en el Anexo I “MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE” del presente pliego que deberá aportarse en el sobre “ Documentación Administrativa”
Al indicar el porcentaje del contrato a subcontratar referido con anterioridad, en ningún caso el licitador deberá revelar el importe total de su propuesta económica, la cual deberá ser incluida en el sobre 4 “Propuesta relativa a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas” de conformidad con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En el caso de que el adjudicatario no haya indicado en la oferta que tiene previsto subcontratar, deberá comunicar anticipadamente y por escrito a Xxx.xx la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquél.
Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones a que se refiere el apartado anterior, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que Xxx.xx no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
Bajo la responsabilidad del contratista, los subcontratos podrán concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.
Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del 60 por 100 del importe de adjudicación. Para el cómputo de este porcentaje máximo, no se tendrán en cuenta los subcontratos concluidos con empresas vinculadas al contratista principal, entendiéndose por tales las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
La infracción de las condiciones establecidas en este apartado para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalización de hasta un 50 por 100 del importe del subcontrato de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 “Penalizaciones” del presente Pliego.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a Xxx.xx, con arreglo estricto a los Pliegos.
3.4.PRESTACION DE SERVICIOS EXTERNOS
Corresponde exclusivamente al adjudicatario la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los
pliegos (en los casos en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia), formará parte de los medios personales que adscriba para la prestación de los servicio objeto del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de Xxx.xx del cumplimiento de aquellos requisitos.
El adjudicatario procurará que exista estabilidad en los medios personales que el adjudicatario adscriba para la prestación del servicio y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento al Director Técnico designado por Xxx.xx.
El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre los medios personales que adscriba para la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
El adjudicatario velará especialmente porque los medios personales adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
El adjudicatario estará obligado a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de Xxx.xx. En este caso, los medios personales que el adjudicatario adscriba para la prestación del servicio ocuparán espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos, salvo que conforme a la Instrucción del Director General sobre contratación de servicios externos se autorice expresamente lo contrario. Corresponde también al adjudicatario velar por el cumplimiento de esta obligación. En el Pliego de Prescripciones Técnicas que rija el procedimiento deberá hacerse constar motivadamente la necesidad de que, para la ejecución del contrato, los servicios se presten en las dependencias de Xxx.xx.
El adjudicatario deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable (según las características del servicio externalizado pueden establecerse distintos sistemas de organización en este punto), integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
• Actuar como interlocutor del adjudicatario frente a Xxx.xx, canalizando la comunicación entre el adjudicatario y los medios personales que haya adscrito al contrato, de un lado, y Xxx.xx, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
• Distribuir el trabajo entre los medios personales adscritos para la ejecución del contrato, e impartir a los mismos las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarios en relación con la prestación del servicio contratado.
• Supervisar el correcto desempeño por parte de los medios personales adscritos para la prestación del servicio, de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de los mismos al puesto de trabajo.
• Organizar el régimen de vacaciones de los medios personales adscritos a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente el adjudicatario con Xxx.xx, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
• Informar a Xxx.xx acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en los medios personales que adscriba a la ejecución del contrato.
En el caso de que sea necesario realizar cualquier tipo de obra que implique la xxxxxxxx de responsabilidades en cuanto a la promoción, gestión y desarrollo de la misma, en particular en relación con la prevención de riesgos laborales, las mismas serán asumidas por el adjudicatario o, en su caso, por el beneficiario final de las prestaciones objeto del presente procedimiento.
El incumplimiento por parte del adjudicatario, o por parte de los medios personales que haya adscrito para la prestación del servicio objeto del contrato, de las obligaciones establecidas en el presente apartado, o en los apartados conexos xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, será responsabilidad del adjudicatario.
No obstante lo anterior, Xxx.xx podrá ejercer, ante el orden jurisdiccional civil, las acciones que correspondan contra la empresa adjudicataria, cuando sea condenada junto con la misma por sentencia judicial firme, al existir cesión ilegal y haya aportado el importe total de la condena en fase de ejecución de la sentencia en cumplimiento de la responsabilidad solidaria establecida por la ley.
3.5. SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS Y ACTIVOS DE INFORMACIÓN
Durante la ejecución del contrato, la empresa adjudicataria deberá cumplir lo dispuesto en las políticas, normativas, instrucciones y procedimientos del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI: ISO/IEC 27001) y del Esquema Nacional de Seguridad (ENS: Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica) de Xxx.xx.
Así, al inicio de los trabajos, la entidad pública empresarial Xxx.xx facilitará a la empresa adjudicataria el acceso a las políticas, normativas, instrucciones y procedimientos de su Sistema de Gestión de la Seguridad de la
Información (SGSI: ISO/IEC 27001) y de su Esquema Nacional de Seguridad (ENS: Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica) cuyo contenido hubiera de conocer, debiendo esta manifestar, su recepción, lectura y comprensión, así como el compromiso de acatar los términos y responsabilidades en ellos recogidas en el caso de que prestación de servicios o ejecución de los trabajos, en los términos previstos en el presente Pliego, se realice desde la sede social de Xxx.xx.
Con independencia de ello, a continuación se indican algunos de los aspectos y responsabilidades esenciales que la empresa adjudicataria deberá cumplir en cuanto a seguridad de la información se refiere:
a) Se prohíbe, sin autorización previa, la conexión de dispositivos de cualquier tipo a la red de Xxx.xx.
b) Los equipos portátiles de la empresa adjudicataria autorizados a conectarse a la red de Xxx.xx, deberán cumplir las directrices contenidas en la normativa específica sobre protección frente a virus y malware, existente en la organización.
c) El tratamiento de datos de carácter personal deberá llevarse a cabo con arreglo a lo establecido en el apartado 2.5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
d) Se evitará dejar la documentación y los soportes de información desatendidos en el puesto de trabajo. Al término de la jornada de trabajo, dichos activos, deberán guardarse en el mobiliario habilitado al efecto.
e) Se prohíbe la utilización de dispositivos de almacenamiento y medios removibles para almacenar información clasificada como confidencial.
Podrá ser causa específica de resolución del contrato, además de las previstas en la cláusula de “Resolución del Contrato” del presente pliego, el incumplimiento de los términos contenidos en la presente cláusula.
4. PLAZOS DE DURACIÓN Y EJECUCIÓN
El plazo de duración del Contrato será de 18 MESES.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, en el caso de que el Contrato no se hubiese ejecutado en su totalidad a la finalización de su plazo de duración por razones no imputables al adjudicatario, Xxx.xx podrá acordar la ampliación del mismo de forma justificada y en atención a las circunstancias concretas del contrato.
El inicio de duración de Contrato vendrá determinado por la fecha de formalización del mismo, o en su caso, por la fecha de inicio de la prestación de los trabajos que se haya indicado en el Contrato. La fecha de inicio de la prestación de los trabajos no será superior a un mes desde la formalización del mismo.
El adjudicatario se obliga a cumplir los plazos e hitos referidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El cumplimiento de estos plazos tiene carácter esencial. Todos los plazos establecidos en los Pliegos del presente procedimiento, salvo que se indique que son hábiles, se entenderán referidos a días naturales.
En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del Contrato sin su previa formalización.
En el caso de que por causas imputables al adjudicatario no sea posible formalizar el Contrato en un plazo de 5 días desde su requerimiento por Xxx.xx, la entidad podrá adjudicar el contrato al siguiente licitador que haya obtenido la mayor puntuación total.
5. RÉGIMEN ECONÓMICO PRESUPUESTARIO
El valor estimado del Contrato asciende a CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL EUROS (198.000 €) Impuestos Indirectos Aplicables excluidos.
El importe de la oferta, Impuestos Indirectos Aplicables excluidos, no podrá exceder de la cantidad de CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL euros (198.000 €)
Las ofertas que superen dicho importe, no serán tenidas en cuenta en el presente procedimiento de adjudicación.
La rúbrica contable con cargo a la que se abonará el precio será de servicios exteriores
La oferta económica incluirá el desglose de los precios unitarios referidos en el apartado 8.2.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, Impuestos indirectos aplicables excluidos. Asimismo, incluirá el importe total de la oferta, expresando dicho importe con Impuestos indirectos aplicables excluidos. El licitador deberá expresar todos los importes que aparezcan en la oferta con dos decimales.
En todo caso se entenderá incluido en el precio unitario propuesto por el licitador el coste de cualquier otro canon, tributo o similar que sea de aplicación al objeto del contrato en el plazo de presentación de ofertas. Dicho coste deberá reflejarse en las correspondientes facturas en la forma legalmente establecida.
Las facturas se emitirán conforme al apartado 7 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, tras la aceptación por Xxx.xx, de las prestaciones objeto del Contrato. Las facturas emitidas por el adjudicatario deberán contener el desglose de IVA, el número de expediente del presente
procedimiento y se corresponderán en forma y contenido con el albarán o justificante de entrega de los equipos, y con el correspondiente pedido realizado por Xxx.xx. El pago de las facturas se realizará, tras la aceptación de los trabajos, el día 5 del mes que corresponda mediante transferencia bancaria en el plazo establecido legalmente al efecto.
El adjudicatario deberá expedir por medios electrónicos todas las facturas generadas en ejecución del Contrato. A estos efectos, Xxx.xx ha habilitado el Servicio de Factura Electrónica, disponible en la página xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx, que permite a los adjudicatarios generar sus facturas en formato electrónico y remitirlas a Xxx.xx. Para poder hacer uso del Servicio de Factura Electrónica y ser dado de alta en el mismo, el adjudicatario deberá remitir a Xxx.xx debidamente cumplimentado y en el plazo de siete días contados desde la firma del Contrato, el Formulario de Alta en el Servicio de Factura Electrónica que se encuentra disponible en el perfil del contratante de Xxx.xx.
La aprobación y pago de las de facturas relativas a prestaciones parciales objeto del Contrato, de acuerdo con los hitos de facturación señalados en los pliegos, no supondrán la conformidad por parte de Xxx.xx de los trabajos realizados. El Contrato sólo se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Xxx.xx, la totalidad de la prestación. Dicha satisfacción de la prestación vendrá marcada, exclusivamente, por el acto formal y positivo de recepción o conformidad, por parte de Xxx.xx
El adjudicatario correrá con los gastos de desplazamiento y dietas en los que haya incurrido.
Será trasladable al Contrato objeto de adjudicación una eventual disminución objetiva en el mercado de los precios de los servicios objeto del Contrato, así como la mejora de las condiciones técnicas de los mismos. A estos efectos, en el caso de que el adjudicatario haya reducido en el mercado los precios propuestos en las ofertas económicas presentadas al presente procedimiento de licitación, éste estará obligado, cada cuatro meses, a actualizar, en el marco del correspondiente Contrato, los precios inicialmente propuestos, de forma que esta reducción sea aplicable a la Entidad Pública.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para que Xxx.xx pueda abonar las facturas emitidas por el adjudicatario, éste deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
6. PENALIZACIONES
En virtud de la presente cláusula penal que tiene carácter cumulativo y no sustitutivo a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1152 del Código Civil, Xxx.xx podrá aplicar, salvo justificación aceptada la propia entidad, las siguientes penalizaciones:
(i) Hasta un 5 por 100 del importe del contrato, por cada semana de retraso en los tiempos de ejecución del mismo o en las entregas de productos y entregables establecidos en el apartado 5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
(ii) Hasta un 50 por 100 del importe del subcontrato en el caso de que el adjudicatario incumpla las condiciones establecidas en el apartado 3.3 “Subcontratación” del presente Pliego para proceder a la subcontratación, no acredite la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación.
(iii) Se penalizará el incumplimiento de los tiempos máximos especificados para la reposición o sustitución del equipamiento suministrado o cualquiera de sus componentes. La penalización, que se calculará mensualmente, queda establecida según se describe a continuación:
Retraso en la sustitución | Penalización a aplicar por cada componente hardware a sustituir |
Primera hora de retraso | 300 € |
Segunda hora de retraso | 400 € |
Tercera hora y siguientes | 500 € por cada hora o fracción a partir de la tercera hora |
(iv) Se penalizará el incumplimiento de los tiempos máximos especificados para la resolución de incidencias. La penalización, que se calculará mensualmente, queda establecida según se describe a continuación:
Retraso en la resolución de Incidencias Penalización que se aplica por cada hora de retraso de una incidencia con nivel de severidad 1 | |
Primera hora de retraso | 1.000 € |
Segunda hora de retraso | 1.200 € |
Tercera hora y siguientes | 1.500 € por cada hora o fracción a partir de la tercera hora |
Penalización que se aplica por cada hora de retraso de una incidencia con nivel de severidad 2 | |
12 horas iniciales de retraso o fracción | 300 € |
12 horas siguientes de retraso o fracción | 500 € |
Por cada intervalo adicional de 12 horas de retraso o fracción | 800 € |
Penalización que se aplica por cada hora de retraso de una incidencia con nivel de severidad 3 |
24 horas laborables iniciales de retraso o fracción | 100 € |
24 horas laborables siguientes de retraso o fracción | 200 € |
Por cada intervalo adicional de 24 horas laborables de retraso o fracción | 300 € |
(v) Se penalizará no ejecutar (o hacerlo de forma incorrecta) los procedimientos establecidos para la gestión de incidencias ocurridas sobre los componentes del Suministro (o alguna de sus piezas). Esta penalización se aplicará mensualmente:
Problema en Penalización por cada problema que no hubiera sido gestionado según procedimientos establecidos | |
Componentes o alguna de sus piezas | 1.000 € |
(vi) Se penalizarán aquellas intervenciones programadas que no hubieran sido ejecutadas correctamente. En concreto, serán penalizables manipulaciones indebidas y actuaciones que causaran la no disponibilidad de servicios que no estuvieran afectados por la intervención programada. La penalización se calculará de forma mensual y será de 500 € por cada intervención programada que no hubiera sido ejecutada correctamente.
A los efectos de lo previsto en el artículo 1.153 del Código Civil, el adjudicatario penalizado, además de satisfacer la penalización en los términos previstos en el párrafo siguiente, deberá cumplir las obligaciones cuyo incumplimiento o retraso se penaliza.
Las penalizaciones se detraerán del importe pendiente de pago al adjudicatario. En caso de que no existan cantidades pendientes de pago, las penalizaciones se harán efectivas con cargo al aval referido en el apartado 2. 11 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013. En el supuesto de que las penalizaciones se hayan hecho efectivas con cargo al referido aval, el adjudicatario estará obligado a ampliar el aval en la cantidad que corresponda hasta que este alcance el valor del 5% del importe de adjudicación del Contrato. Las penalizaciones descritas anteriormente serán de aplicación a los precios vigentes en cada momento de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 “Régimen Económico Presupuestario” del presente Pliego.
7. REQUISITOS DE SOLVENCIA
Los licitadores deberán cumplir los requisitos de solvencia económica financiera, técnica y profesional que se refieren en los apartados siguientes, acreditando su cumplimiento con la documentación establecida en cada caso.
En el caso de que el licitador presente su oferta en papel, deberá presentar copia en papel y en formato digital de toda la documentación requerida en el presente apartado (Sobre 2).
7.1.REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Los licitadores deberán acreditar que el importe neto de su cifra de negocios correspondiente a las últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil, es al menos DOS veces superior al importe del presupuesto máximo / valor estimado establecido en el apartado 5 del presente Pliego (198.000€), debiendo superar por tanto la cifra de 396.000€.
7.2.REQUISITOS DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Los licitadores deberán cumplir los requisitos de solvencia técnica y profesional que se refieren a continuación:
a) Experiencia del licitador en al menos tres proyectos en los últimos dos años, donde se haya realizado el suministro, instalación, configuración y puesta en marcha de material de características similares en prestaciones y rendimiento que los equipos descritos en el presente procedimiento de licitación, así como de prestación de los servicios de garantía descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Se acreditará mediante declaración responsable del empresario en la que indique fechas en las que se realizó el suministro y en las que se prestaron los servicios, los importes del suministro y de los servicios de garantía y el cliente o los clientes a quienes se prestaron.
b) Los licitadores deberán aportar certificado del fabricante del equipamiento ofertado al presente procedimiento de licitación, conforme a los requisitos descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que acredite al licitador como partner oficial de máxima categoría de dicho fabricante, a la fecha de presentación de la oferta y durante la vigencia del contrato.
8. PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL
Los licitadores deberán aportar una Declaración expresa responsable de la empresa licitadora, suscrita por su representante, relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a su mismo grupo, en los términos establecidos en el art. 42
del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial la declaración se realizará en este sentido.
A estos efectos, los licitadores disponen del modelo de declaración establecido en el Anexo I “MODELOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE” del presente pliego, que deberá aportarse en el sobre “Documentación administrativa”.
9. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
9.1.PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO
El Contrato se licitará por Procedimiento Simplificado y se adjudicará de acuerdo al procedimiento previsto en el apartado 3 “Procedimiento de licitación y criterios de valoración de ofertas”, xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013.
El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación que deberá abonar el adjudicatario asciende a 1.500 euros.
9.2 PRESENTACION DE OFERTAS
De conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Orden IET/2531/2013, de 23 de noviembre, por la que se regula la obligatoriedad de comunicarse a través de medios electrónicos con la entidad pública empresarial Xxx.xx en los procedimientos de licitación o concesión de ayudas cuyo objeto esté relacionado con las tecnologías de la información y las comunicaciones , dado que el objeto del presente procedimiento de licitación está directamente relacionado con las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, y teniendo en cuenta que los licitadores tienen garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos por razón de su dedicación profesional, los licitadores deberán presentar obligatoriamente sus ofertas a través de la plataforma de licitación electrónica del registro de Xxx.xx (XXXXX://XXXXXXXXXX.XXX.XX).
En este sentido, los licitadores deberán presentar sus proposiciones de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo II “Condiciones relativas a la participación de los licitadores mediante la Plataforma de Licitación Electrónica y Documentación a presentar”, del Presente Pliego, y con lo dispuesto en el apartado “Formato y contenido de la Propuesta” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
En el presente procedimiento de licitación no se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de la Plataforma de Licitación Electrónica de Xxx.xx.
En particular, en el presente procedimiento de licitación no se podrán presentar ofertas en papel.
9.3 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las proposiciones deberán presentarse obligatoriamente a través de la Plataforma de Licitación electrónica de Xxx.xx (XXXXX://XXXXXXXXXX.XXX.XX), en el plazo de 10 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del presente Pliego. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. A los efectos de la presentación de proposiciones, el sábado se considerará como día inhábil.
10. CRITERIOS DE VALORACIÓN
La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se realizarán en los términos previstos en el apartado 3.2 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013.
10.1. CRITERIOS CUYA VALORACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR.
En el presente procedimiento de licitación NO existen criterios cuya valoración depende de un juicio de valor, por lo que no se deberá aportar Sobre 3.
10.2. CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
Los criterios cuya valoración depende de la mera aplicación de fórmulas se acreditarán por la simple expresión de los valores requeridos en la forma prevista en los modelos de proposición que acompañan al Pliego de Prescripciones Técnicas.
A los efectos del cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y
30.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el licitador NO deberá incluir la siguiente información cuantificable mediante la mera aplicación de fórmulas en los de “Documentación Administrativa” y “Criterios de juicio de valor”. En caso contrario, la oferta de dicho licitador no será tenida en cuenta en el presente procedimiento
Los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas tendrán un peso del 100% de la valoración total de la oferta e incluyen, además del resto de los criterios que presentan tal naturaleza, el criterio económico.
La valoración de estos criterios se realizará en función de los siguientes subapartados. Cada subapartado se puntuará de acuerdo a su fórmula correspondiente. Dichas fórmulas se recogen en los apartados siguientes:
a) Criterio Económico 100%
El resultado obtenido tras la aplicación de la fórmula en cada subapartado se ponderará de acuerdo a los porcentajes establecidos para hallar la puntuación total de los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. Todas las puntuaciones referidas se redondearán al segundo decimal.
10.2.1. FÓRMULA APLICABLE AL CRITERIO ECONÓMICO
El criterio del precio ofertado se acreditará por la simple expresión en la oferta del precio propuesto en la forma prevista en el modelo de proposición económica adjunto a los pliegos del presente procedimiento en formato Hoja de Cálculo.
Para la valoración del criterio económico de la oferta (PE) se aplicará la siguiente fórmula:
PE = 5
(P max− Pi) + 5 (P max− P min)
Donde:
PE: Puntuación por los aspectos económicos de la oferta.
Pmax: Presupuesto máximo de licitación, o en caso de que exista escenario hipotético de valoración, presupuesto máximo del escenario si ambos no coinciden.
Pi : Precio de la oferta económica.
Pmin: Precio más bajo entre las ofertas admitidas no consideradas desproporcionadas o anormales.
De modo que:
- Se asignarán 5 puntos a la oferta u ofertas iguales al precio máximo de licitación.
- Se asignarán 10 puntos a la oferta u ofertas más económicas.
La valoración del criterio económico de la oferta (PE) se redondeará al segundo decimal.
10.3. PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS
En la determinación de los criterios de adjudicación de la oferta se ha dado preponderancia a los criterios que hacen referencia a características del objeto del contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas, toda vez que este tipo de criterios de valoración tienen un peso del 100% de la valoración total de la oferta.
10.4. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Se considerarán, en principio, ofertas con valores anormales o desproporcionados las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior en más de 25 unidades porcentuales, al presupuesto máximo de licitación, o en caso de que exista escenario hipotético de valoración, al presupuesto máximo del escenario de valoración.
2. Cuando concurran dos o más licitadores, las que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
Cuando se presenten individualmente ofertas pertenecientes al mismo grupo, para establecer la media aritmética de las ofertas presentadas, sólo se tomará en consideración la oferta más baja de todas las presentadas por las empresas del grupo, excluyéndose las restantes a los efectos de este cálculo. Se entenderá que una empresa pertenece a un grupo empresarial, cuando se encuentre en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio.
En los supuestos en los que, aplicando las reglas anteriores, el órgano de contratación estimare que una oferta presenta valores anormales o desproporcionados, se dará audiencia al licitador que la hubiera presentado para que, en el plazo xx xxxx días hábiles desde la notificación que a tal efecto se realice, justifique la valoración de la oferta y las razones y circunstancias en cuya virtud resulta posible que la solución propuesta pueda ser efectivamente ejecutada en los términos ofertados. El licitador precisará las condiciones de la oferta, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las
condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado.
Si la oferta es anormal o desproporcionada debido a que el licitador ha obtenido una ayuda de Estado, sólo podrá rechazarse la proposición por esta única causa si aquél no puede acreditar que tal ayuda se ha concedido sin contravenir las disposiciones comunitarias en materia de ayudas públicas. Si Xxx.xx rechazare una oferta por esta razón, deberá informar de ello a la Comisión Europea.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo señalado en el apartado 1 del artículo 151.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
11. PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE OFERTAS
a) La entidad pública, previo examen de la capacidad y solvencia de los licitadores presentados realizará la valoración de las proposiciones.
b),Se valorarán las proposiciones relativas a los criterios cuantificables dejándose constancia documental de ello en el expediente, y se verificará el cumplimiento de los requisitos obligatorios y valorables, según lo dispuesto en el apartado 3.1 del presente pliego.
c) Posteriormente, Xxx.xx procederá a solicitar al licitador mejor puntuado la entrega de la documentación para verificar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia, así como de las muestras del equipamiento ofertado, según lo dispuesto en el apartado 3.1 del presente pliego.
d) Finalmente, valorados todos los criterios anteriormente referidos, se adjudicará el Contrato a la oferta económicamente más ventajosa que será la que haya obtenido una mayor puntuación total.
En el caso de que varias de las propuestas presentadas deban tener simultáneamente la consideración de la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Para dicho cálculo no se tendrán en consideración las medidas alternativas que el licitador sujeto a la obligación de mantener cuota de reserva en favor de trabajadores con
discapacidad, haya podido adoptar para quedar exento, en todo o en parte, de dicha obligación.
En el caso de que los licitadores que hayan presentado simultáneamente la propuesta más ventajosa dispongan del mismo porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en sus plantillas, tendrá preferencia la oferta económicamente más ventajosa.
En el caso de que los licitadores que hayan presentado simultáneamente la propuesta más ventajosa y que dispongan del mismo porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en sus plantillas, hayan presentado ofertas económicamente iguales, la adjudicación se decidirá por sorteo.
Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
12. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución o, en su caso, de no perfección del Contrato:
a. El mutuo acuerdo de las partes.
b. El incumplimiento de las obligaciones asumidas en el Contrato.
c. La demora por parte del contratista en el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Contrato.
d. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista en el caso de que no fuese posible la continuación del Contrato con sus herederos.
e. Extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario.
No obstante lo señalado anteriormente, en los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el Contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el Contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación, o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquélla de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias se resolverá el contrato,
considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario.
En caso de resolución del Contrato, el adjudicatario, a solicitud de Xxx.xx, deberá cesar de inmediato en todos los trabajos encargados.
Asimismo, se procederá a efectuar la liquidación definitiva de los trabajos realizados hasta la fecha que se consideren útiles para Xxx.xx quien abonará los mismos en las condiciones establecidas en los pliegos.
La resolución del Contrato llevará aparejada la indemnización de daños y perjuicios que proceda. Se deducirá de la cantidad que resulte de la liquidación el importe correspondiente a indemnizaciones y demás conceptos que procedan. En todo caso, será de aplicación el artículo 1.124 del Código Civil.
En Madrid a 4 xx xxxxxx de 2017.
ANEXO I
modelo de DECLARACION RESPONSABLE (sobre “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA”)
El modelo de declaración responsable que se adjunta a continuación deberá adaptarse según las condiciones en las que el licitador concurre al procedimiento de licitación, en concreto en lo relativo a:
o Si es empresa extranjera o no (letra d)
o Pertenencia o no a grupo empresarial (letra e)
o Subcontratación o no subcontratación en su caso (letra f)
o Concurrencia o no de Financiación Feder (letra g)
D. con documento nacional de identidad número
, expedido en el día de de , actuando en nombre Y REPRESENTACIÓN de con domicilio en calle
, según poder otorgado ante el notario de D.
, con fecha , bajo el número de protocolo . DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que la empresa :
a) OSTENTA la capacidad jurídica y de obrar legamente establecida para contratar con la Administración.
b) CUMPLE con los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica y profesional requeridos en el apartado 7 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
c) NO SE HALLA INCURSA en ninguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración, previstas en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
d) SE SOMETE a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
e) Pertenece al grupo empresarial .
Dicho grupo, en los términos establecidos en el art. 42 del Código de Comercio, está compuesto por las siguientes empresas:
-
o
NO pertenece a ningún grupo empresarial.
f) Tiene el propósito de subcontratar:
1. [Actividad del contrato] [empresa] [% de subcontratación].
2. [Actividad del contrato] [empresa] [%de subcontratación]
o
NO tiene el propósito de subcontratar.
g) FINANCIACIÓN FEDER. QUE EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO CUMPLE LAS DOS CUESTIONES SIGUIENTES:
- La oferta presentada en el expediente no implicará la utilización de bienes, materiales, infraestructuras, servicios o derechos total o parcialmente financiados con FEDER.
- No se han recibido ayudas públicas (ya sean de la UE, nacionales, regionales o locales), para adquirir los bienes, materiales, infraestructuras, servicios o derechos que vayan a ser utilizados para la ejecución del Contrato o que en caso de haberlas recibido el importe total de la suma de las ayudas públicas recibidas para adquirir los bienes, materiales, infraestructuras, servicios o derechos que vayan a ser utilizados para la ejecución del Contrato no supera el 30% del precio del mismo
h) Autoriza a Xxx.xx a recabar los datos relativos a la situación de deuda con la Administración Tributaria y /o con la Seguridad Social, del solicitante, eximiéndole de la necesidad de aportar la documentación acreditativa de la misma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
i) Que todos los datos y la documentación que se encuentran en la plataforma de licitación electrónica de Xxx.xx son correctos y están actualizados.
j) Que la empresa se encuentra inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP) y autoriza a Xxx.xx la consulta de los datos inscritos en el mismo.
Madrid a, de de
ANEXO II. CONDICIONES RELATIVAS A LA PARTICIPACIÓN DE LOS LICITADORES MEDIANTE LA PLATAFORMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA.
Para presentar las ofertas por medios electrónicos será necesario que los licitadores se encuentren dados de alta previamente en el Registro de Gestión de Proveedores y Apoderados (en adelante “GPA”).
En el caso de que el licitador sea una Unión Temporal de Empresas, será necesario que cada una de las empresas que conformen la UTE se encuentre dada de alta en el GPA.
Toda la documentación relativa a las proposiciones del presente procedimiento de licitación deberá presentarse por medios electrónicos a través de la Plataforma de Licitación Electrónica de Xxx.xx (en adelante “la Plataforma”), localizada en la Sede Electrónica de la misma o accediendo a través del siguiente enlace xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx.
El acceso a la Plataforma se deberá realizar identificándose por cualquiera de los siguientes medios:
• Certificado digital, emitido por una de las siguientes entidades certificadoras:
- Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
- Camerfirma.
- Firma Profesional
• DNI electrónico.
El licitador deberá tener en cuenta que en el caso de que Xxx.xx, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.3. xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, solicite documentación para verificar el cumplimiento de las condiciones legalmente establecidas para contratar con Xxx.xx, no está permitido adjuntar documentación con un peso igual o superior a 9Mb en cada comunicación.
Con carácter general todos los documentos deberán ser (i) documentos originales firmados digitalmente por la entidad que emite dicho documento,
(ii) copias notariales de los mismos firmadas digitalmente por el notario que haya emitido las copias, o (iii) copias digitalizadas de los documentos firmadas por el apoderado designado por el licitador que se encuentre dado de alta en el Registro de Gestión de Proveedores y Apoderados (en adelante “GPA”) de Xxx.xx, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. En este último caso, Xxx.xx podrá solicitar del correspondiente emisor del documento el cotejo del contenido de las copias aportadas, pudiendo requerir la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a Xxx.xx para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos. Las mencionadas imágenes electrónicas carecerán del carácter de copia auténtica.
Toda la documentación que se presente por los licitadores deberá estar redactada en castellano, salvo los supuestos especificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En caso de que se presentasen en lengua distinta
deberá presentarse la correspondiente traducción oficial a la lengua castellana primando esta última en caso de duda o discrepancia. Los documentos oficiales emitidos en el extranjero deberán contar con la Apostilla de la Haya, y en todo caso estarán sujetos a la normativa específica de validez suscrita entre el país emisor y España.
Envío de ofertas
El licitador deberá remitir a través de la Plataforma la documentación que compone su oferta firmada electrónicamente, tal y como se ha indicado anteriormente. Asimismo, se deberá remitir a través de la Plataforma cualquier otro tipo de documentación que sea exigida por la entidad o sea remitida por el licitador por su propia iniciativa.
Si existiese alguna dificultad técnica en el envío, el licitador, antes de la finalización del plazo de presentación de las ofertas, podrá realizar un envío previo de la firma de conformidad con lo dispuesto en el apartado h) de la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, a través de la Plataforma. En este caso, la Plataforma registrará sólo la firma electrónica y la ubicación de los documentos integrantes de la oferta que se ha tratado de enviar (en adelante “Oferta Original”).
Posteriormente, y en un plazo máximo de 24 horas, el licitador que hubiera presentado su firma de esta forma, deberá presentar la oferta propiamente dicha en formato electrónico, a través de la Plataforma o del Registro situado en las oficinas de Xxx.xx. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada. La oferta presentada en formato electrónico en esta segunda fase no podrá sufrir ninguna modificación respecto a la Oferta Original. Si una vez realizadas las comprobaciones técnicas oportunas (Función Hash), Xxx.xx comprueba que la documentación recibida en la segunda fase ha sufrido modificaciones respecto a la Oferta Original, la propuesta del licitador no será tenida en cuenta en el procedimiento de licitación.
Notificaciones
Todas las notificaciones se realizarán a través de la Plataforma mediante comparecencia. La publicación de las comunicaciones de Xxx.xx en la Plataforma surtirá todos los efectos con respecto a los licitadores que estarán obligados a consultar la misma, identificándose mediante certificado por medio d los apoderados dados de alta por la empresa en el GPA.
Defectos subsanables y notificaciones donde se exija documentación
En la notificación de los defectos subsanables y otras notificaciones en las que la entidad solicite la presentación de documentación, se establecerá el plazo y la forma de remitir la documentación necesaria para la subsanación. Asimismo los defectos encontrados en la documentación administrativa aportada se publicarán en el Perfil del Contratante de la entidad.
Apertura de proposiciones
En el caso de que en un procedimiento de licitación se presenten propuestas a través de la Plataforma, la apertura de dichas proposiciones se realizará de forma electrónica. El procedimiento de licitación electrónica garantiza que las ofertas enviadas por los licitadores serán emitidas y registradas de forma que sea imposible conocer su contenido hasta la referida apertura.
A tal efecto, el sistema informático empleado garantiza que las ofertas son remitidas a la unidad que tramita el expediente cifradas y fragmentadas.
En el caso de que cualquiera de los documentos de una propuesta no pueda visualizarse correctamente, se permitirá que, en un plazo máximo de 24 horas, el licitador que hubiera presentado dicha propuesta, presente en formato digital, el documento incluido en el fichero erróneo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado h) de la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
El documento presentado posteriormente, no podrá sufrir ninguna modificación respecto al original incluido en la oferta. Si una vez realizadas las comprobaciones técnicas oportunas (Función Hash), Xxx.xx comprueba que el documento ha sufrido modificaciones respecto al presentado inicialmente, la propuesta del licitador no será tenida en cuenta en el procedimiento de licitación.