TERMINOS DE REFERENCIA
TERMINOS DE REFERENCIA
CONVOCANTE: COMFENALCO SANTANDER, mediante contrato de prestación de servicios número 003 de 18 de enero de 2013, suscrito con el FONDO ADAPTACIÓN, entidad creada mediante el Decreto 4819 de 2010, con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se obligó a realizar las funciones de OPERADOR ZONAL del “Programa Nacional de reubicación y reconstrucción de viviendas para la atención de hogares damnificados y/o localizados en zonas de alto riesgo no mitigable afectadas por los eventos derivados del fenómeno de la niña 2010-2011”, para los Departamentos xx Xxxxxxxxx, Norte xx Xxxxxxxxx y Sur xx Xxxxxxx.
En el marco del señalado contrato, COMFENALCO SANTANDER, deberá proveer soluciones de vivienda de interés prioritario a los damnificados, identificados como elegibles durante el proceso de verificación del REGISTRO UNICO DE DAMNIFICADOS. Estas soluciones de vivienda podrán ser Reconstrucción en sitio propio o reubicación.
COMFENALCO SANTANDER, informa los lineamientos mínimos de carácter técnico y jurídico que deberán cumplir los oferentes y/o proponentes interesados en participar en la presentación de proyectos y construcción de viviendas.
PRESUPUESTO ESTIMADO PARA LAS VIVIENDAS
La vivienda no podrá superar los siguientes topes de acuerdo con la tipología de cada vivienda:
TIPOLOGIA | SMLMV | VALOR AÑO 2014 |
Reconstrucción urbana | Hasta 43 | $26.488.000,oo |
Reconstrucción Rural | Hasta 47 | $28.952.000,oo |
Reubicación en vivienda nueva o usada | Hasta 70 | $43.120.000,oo |
El valor máximo a pagar por cada vivienda, será de hasta SETENTA (70) SALARIOS MINIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (SMLMV). Este valor de la vivienda será establecido por el salario mínimo legal mensual vigente de la vigencia fiscal sobre la cual se ejecute la solución de vivienda.
Estos valores incluyen los costos directos e indirectos de los proyectos.
Debe incluir todos los costos indirectos, impuestos y/o contribuciones y/o gravámenes, que se encuentren vigentes a cargo del contratista, escrituración y registro de las viviendas, imprevistos, utilidad y Riesgos inherentes al tipo de actividades contempladas en la contratación.
Dichas sumas también incluyen los tributos que se causen por su adquisición.
NOTA: Estos valores deben incluir AIU, Gerencia o interventoría (porcentaje del 2% al 4% del C.D) el cual será determinado dependiendo del número de viviendas por construir.
REQUISITOS GENERALES |
1. DE CARÁCTER JURIDICO |
1. Carta de presentación del plan de vivienda: Xxxxxxxxxxx firmada por el proponente o en caso de ser persona jurídica por el representante legal o la persona debidamente facultada o autorizada para ello, donde se describa el proyecto lo más completo posible indicando número de viviendas, de pisos, sistema constructivo, manzanas, área de la vivienda y del lote, y aspectos relevantes del plan presentado. Índice del contenido de la carpeta del plan de vivienda, los proyectos deberán presentarse de la siguiente manera: Presentarse por escrito en ORIGINAL y COPIA del expediente del proyecto, en medio físico y magnético, los documentos se presentan debidamente foliados y de atrás hacia adelante, en orden secuencial. |
2.Oferentes y/o Proponentes: Frente a la presente podrán presentar propuesta las personas naturales o jurídicas, individualmente, en consorcio, o en unión temporal, cuyo objeto social, contemple la actividad que constituye el objeto del presente proceso entre otros Construcción de proyectos de vivienda o enajenación y gerencia de proyectos de vivienda, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones, que no se encuentren incursas en causal de inhabilidad e incompatibilidad y que estén en condiciones de cumplir con el objeto contractual. En el caso de consorcios o uniones temporales el porcentaje de participación económica en la constitución de dicha figura jurídica, debe haberse constituido como mínimo con ocho (8) días de antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria. Todos los proponentes deberán estar inscritos, calificados y clasificados en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio respectiva, en aquellas actividades, especialidades, grupos y cumplir con la capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y capacidad organizacional, establecidas por la Caja. |
3. Son condiciones para participar: a. No estar impedido por causa de inhabilidades o incompatibilidades para contratar según lo establecido en el Código del Buen Gobierno y estatutos de COMFENALCO SANTANDER. Con la firma de la propuesta, el oferente declara bajo juramento y bajo su responsabilidad que no se halla incurso en ninguna causal de incompatibilidad o inhabilidad prevista en la ley. b. Estar x xxx y salvo con los aportes al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales que le correspondan conforme lo establece el Art. 50 de la Ley 789 de 2002, Reforma Laboral. Las personas jurídicas lo acreditan mediante certificación expedida y firmada por el Representante Legal y por el Revisor Fiscal ó Contador según aplique. Las personas naturales lo acreditan mediante certificación expedida directamente por el oferente. En caso de consorcio o unión temporal todos los integrantes deben acreditarlo. La certificación deberá ser expedida dentro de los quince (15) días calendario anterior a la fecha de cierre de la presente invitación pública. c. Copia del Registro Único Tributario (RUT) vigente. d. Tener capacidad jurídica para ofrecer y ejecutar las obligaciones previstas en el contrato, conforme a su naturaleza jurídica y regulación legal o estatutaria que le corresponda, para ello deberá presentar original del certificado de existencia y representación legal xx Xxxxxx de Comercio con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario. e. Registro Único de Proponentes RUP, con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario. f. Si el proponente es persona natural, deberá aportar la calidad de Ingeniero Civil o Arquitecto mediante copia de la tarjeta o matricula profesional y certificado de antecedentes expedido por la entidad competente. g. La propuesta debe ser avalada por un profesional idóneo, para lo cual si el proponente es persona jurídica y el representante legal ostenta la calidad de Ingeniero Civil o Arquitecto, deberá anexar carta de avalando la propuesta con copia de la tarjeta o matricula profesional y copia del certificado vigente, expedido por el ente regulador de la profesión donde indique que el profesional se encuentra habilitado para ejercer. De lo contrario, se podrá avalar la propuesta con carta de otro profesional de las disciplinas mencionadas anexando los requisitos solicitados en el presente literal. |
4. Acreditación de la existencia y representación legal: Personas Naturales: Las personas naturales acreditarán su existencia adjuntando a su propuesta fotocopia de la cédula |
de ciudadanía. Personas Jurídicas Colombianas: Las personas jurídicas colombianas de derecho privado, deberán acreditar su existencia y representación legal mediante un Certificado expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la Sociedad o la entidad que haga sus veces y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante Legal. El certificado deberá cumplir con: - Fecha de expedición dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la presentación de la propuesta. - El objeto social de la sociedad deberá incluir las actividades principales materia del presente proceso. - La sociedad deberá tener una vigencia que no podrá ser inferior al plazo establecido para el contrato y dos (2) años más. Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas Vigentes sobre la materia. Consorcio o Uniones Temporales: Las ofertas podrán ser presentadas por dos o más personas jurídicas o personas naturales en Consorcio o Unión Temporal. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal, en caso de que las empresas conformantes tengan limitantes para la conformación de los consorcios o uniones temporales, deberá allegar el documento que autoriza o permita dicha forma de asociación. En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren, deberá contar con dicha autorización para contratar y/o participar teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente en dicha materia o aquella que la modifique o adicione. El documento de conformación del CONSORCIO debe contener como mínimo la siguiente información: - Objeto. - Identificación de los integrantes. - Porcentaje de participación de cada integrante. - Designación de la persona que representará al Consorcio. - Facultades del representante legal. - La firma de todos y cada uno de sus integrantes. - Manifestación expresa de la responsabilidad solidaria e ilimitada de sus miembros frente a la entidad en la celebración y ejecución del contrato. El documento de conformación de la UNION TEMPORAL debe contener como mínimo la siguiente información: - Objeto. - Identificación de los integrantes. - Designación de la persona que representará a la Unión. - Facultades del representante legal. - Los términos y la extensión de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, con la expresa y específica distribución de las actividades constitutivas del objeto a contratar, que permita identificar las responsabilidades de cada asociado en la unión temporal - La firma de todos y cada uno de sus integrantes. Tanto el Consorcio como la Unión Temporal deberán tener una vigencia igual al término de duración del contrato y dos (2) años más. |
6. Experiencia específica: - Experiencia específica mínima de cinco (5) años en ejecución de proyectos de vivienda. - Que, en los últimos cinco años la persona jurídica y su representante legal, no hubieren sido sancionados, por incumplimientos contractuales relacionados con la construcción. - Certificado de experiencia mínima de cinco (5) años en la gestión y desarrollo de planes de vivienda. - Certificación de los últimos tres contratos ejecutados y terminados relacionados con el sector de construcción de vivienda. (Las certificaciones deben contener la siguiente información: Objeto, Plazo, Número del Contrato (en caso de que exista), Entidad contratante, logo, teléfono y dirección, Nombre del contratista. (si se ejecutó en unión temporal o consorcio identificar los integrantes y su porcentaje de participación), Fecha de iniciación, Fecha de terminación, Valor |
final del contrato, Actividades desarrolladas en el contrato que correspondan a las solicitadas en los presentes pliegos, Firma de la persona competente.
7. Marco Legal.
Comfenalco Santander se rige por los siguientes aspectos legales: La Caja de Compensación Familiar COMFENALCO SANTANDER es una persona jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro, organizada como corporación en la forma prevista en el Código Civil Colombiano, que cumple funciones de seguridad social y se halla sometida al control y vigilancia del estado en la forma establecida por la Ley. (Ley 21 de 1982, ley 784 de 1989, Ley 789 de 2002, y demás normas aplicables y concordantes.).
El presente proceso se regirá por el ordenamiento jurídico que le es propio, las normas civiles, comerciales y demás concordantes que regulen la materia y se deriven de su objeto, a la jurisdicción ordinaria, las estipulaciones establecidas por la Caja y el Programa liderado por el FONDO ADAPTACIÓN, y las condiciones de la propuesta que acepte COMFENALCO SANTANDER y las otras cláusulas en las que se recoja el acuerdo de las partes.
8. Inhabilidades E Incompatibilidades
No podrán participar en la presente convocatoria ni suscribir el respectivo contrato con COMFENALCO SANTANDER, las personas naturales o jurídicas que se encuentren incursas en cualquiera de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar de conformidad con el Decreto 2463 de 1981, Articulo 23 xx xxx 789 de 2002 y el Código de Buen Gobierno de la Corporación, y él capítulo X de los estatutos de La Caja De Compensación Familiar Comfenalco Santander, los cuales manifiestan conocer y son las de parentesco, interdicción judicial o sanciones de orden penal o ética profesional.
9. Régimen Laboral del Proponente Es entendido que el proponente en su carácter de verdadero y único empleador del personal que utilice en la ejecución de la propuesta, asumirá todas las obligaciones resultantes de tal vinculación laboral, incluyendo lo referente a dotación adecuada de sus trabajadores.
El proponente, como empleador de sus trabajadores, será responsable de cubrir oportunamente los aportes y atender todas las obligaciones de carácter laboral que corresponden por Ley (Salud, Pensión, ARP, ICBF, SENA, Caja de Compensación, etc.).
Se entiende que el proponente considerará en su oferta los valores que como empleador le corresponde pagar a sus trabajadores, tales como salarios y prestaciones sociales (debe informarse de las condiciones del lugar en este aspecto), sin que éstos sean inferiores al salario mínimo legal vigente. El proponente deberá tener en cuenta los reajustes salariales decretados por el Gobierno Nacional al momento de realizar su oferta, para la vigencia actual y para el cambio de año, Comfenalco Santander, no reconocerá ni realizara ajustes sobre los precios unitarios por conceptos derivados del reajuste salarial por mano de obra.
GARANTÍAS
El proponente debe suscribir a su costo, las siguientes garantías expedidas por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, de acuerdo a la siguiente información:
GARANTÍA | CUANTÍA | VIGENCIA |
Garantiza la seriedad de la oferta por parte del proponente y de las obligaciones establecidas, especialmente la de celebrar el objeto propuesto, en los términos que dieron base a la adjudicación. | 20% del valor la propuesta | Desde la fecha de presentación de la oferta hasta la adjudicación de la misma y tres meses más. |
Pólizas
Buen manejo del anticipo
Definición - Naturaleza Garantiza que el contratista haga buen uso de los dineros que se le hayan anticipado para la ejecución del contrato
Porcentaje
100% del dinero entregado por la duración del contrato y tres meses más
Vigencia Cumplimiento, cubre al contratante contra los perjuicios derivados del incumplimiento del contratista de las obligaciones del contrato.
20% del valor del contratoPor la duración del contrato y seis meses más | |||||
Para pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones | Cubre al contratante contra el incumplimiento de las obligaciones laborales a que está obligado el contratista, relacionados con el personal utilizado para la ejecución del contrato | 20% del valor del contrato | Por la duración del contrato y tres años más | ||
Calidad y estabilidad de la obra | Este amparo se deberá constituir por el veinte por ciento (20%) del valor de la respectiva obra o contrato y con una vigencia de cinco (5) años contados a partir del momento de la terminación de los trabajos, en los casos en que el operador realice la obra de manera directa. | ||||
Responsabilidad Civil | Busca asegurar el patrimonio contra eventos que se presenten por reclamaciones de terceras personas por algún perjuicio que ocurra en sus predios, labores u operaciones, producto de la actividad que desarrolla el tomador o asegurado. | 20% del valor del contrato | Por la vigencia del contrato y hasta por 3 meses más. | ||
Documentos relacionados: | |||||
1. Cronograma de trabajo y ejecución. | |||||
2. El oferente y cada uno de los integrantes deberán aportar el RUT. | |||||
3. Certificación que acredite que el oferente no está incurso en sanciones disciplinarias y fiscales expedidas por las entidades de control. | |||||
4. Certificados de los consejos profesionales de ingeniería y Arquitectura, en los cuales se acredite que no existen sanciones por parte de estas entidades. | |||||
5. Resumen de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2012, avalados por un contador público, fotocopia legible de la declaración xx xxxxx de ultimo año gravable, Conciliación Contable y Fiscal del patrimonio bruto y del patrimonio líquido, siempre y cuando existan diferencias entre la información contable y la declaración xx xxxxx superiores al cinco por ciento (5%) en los mencionados rubros. | |||||
6. Copia de la radicación de documentos ante la alcaldía municipal. | |||||
7. Copia de la Matrícula profesional del contador público y Auditor o revisor fiscal. | |||||
8. Copia del documento constitución de la sociedad comercial. | |||||
9. Copia del contrato laboral o de prestación de servicios suscrito con el contador público y auditor o revisor fiscal. | |||||
10. Requisitos de orden financiero Indicé de liquidez: |
Nivel de endeudamiento:
Capital de trabajo:
Indicador de riesgo:
Indicador Ebitda: |
No. Xxxxxxxxx | INDICE | ≥ |
1 a 10 | Indicé de liquidez | 1.5 |
11 a 25 | 1.5 | |
26 a 50 | 1.5 | |
> 51 | 1.5 |
No. Viviendas | INDICE | ≤ |
1 a 10 | Nivel de endeudamiento | 66% |
11 a 25 | 66% | |
26 a 50 | 66% | |
> 51 | 66% |
No. Xxxxxxxxx | INDICE | ≥ Presupuesto a Contratar |
1 a 10 | Capital de trabajo | 20% |
11 a 25 | 20% | |
26 a 50 | 40% | |
> 51 | 50% |
No. Viviendas | INDICE | ≤ |
1 a 10 | Indicador de riesgo | 60% |
11 a 25 | 60% | |
26 a 50 | 60% | |
> 51 | 60% |
No. Xxxxxxxxx | INDICE | Rango | ||
1 a 10 | Indicador Ebitda | 2.5% - 10% Presupuesto | ||
11 a 25 | 2.5% - 10% Presupuesto | |||
26 a 50 | 2.5% - 10% Presupuesto | |||
> 51 | 2.5% - 10% Presupuesto | |||
(UTILIDA
Capital real: | D ANTES DE INTERESES, IMPUESTOS, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES)
|
| ||
No. Xxxxxxxxx | INDICE | ≥ | ||
1 a 10 | Capital real | 20% Presupuesto | ||
11 a 25 | 20% Presupuesto | |||
26 a 50 | 20% Presupuesto | |||
> 51 | 20% Presupuesto | |||
| ||||
11. Capacidad residual de contratación: CR | ||||
No. Xxxxxxxxx | INDICE | ≥ | ||
1 a 25 | Capital residual | 100 SMLV | ||
26 a 50 | 500 SMLV | |||
51 a 100 | 1000 SMLV | |||
101 a 200 | 2500 SMLV | |||
> 200 | 5000 SMLV | |||
Se determinará conforme al artículo 1 del Decreto 1397 de 2012 Capacidad residual para el contrato de obra. Es el resultado de restar al indicador de capital de trabajo del proponente a 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la propuesta, los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes y el valor de aquellos que hayan sido adjudicados, sobre el termino pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos. El término pendiente de ejecución deberá ser expresado en meses calendario. Para calcular los saldos de los contratos a que hace referencia el inciso anterior cuando el contratista sea una sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal en los cuales el proponente participe, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación del proponente en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o Unión temporal. La Capacidad Residual (CR) del proponente, sea persona natural o jurídica y de cada uno de los integrantes de un consorcio o unión temporal, se determinará con la siguiente formula: |
( ) ( ) ( ) Donde, CR= capacidad residual para la contratación (En SMMLV) CT= Indicador financiero de capital de trabajo (En SMMLV) Activo Corriente – Pasivo corriente Vs= saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcio o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, y el valor de aquellos que hayan sido adjudicados ( expresados en SMMLV) N= Termino pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos. El termino pendiente de ejecución deberá en ser expresado en meses calendarios. %p= porcentaje de participación del proponente en la respectiva sociedad de propósito especial consorcio o unión temporal. |
1. ESPECIFICACIONES TECNICAS |
El valor de cada una de las viviendas tiene un valor máximo de 70 SMMLV. |
El área de construcción mínima de las viviendas será de cuarenta metros cuadrados (40 m²). |
Las viviendas deberán contar como mínimo con: un (1) espacio para sala comedor, dos (2) alcobas independientes, cocina, zona de ropas y un baño. Para viviendas unifamiliares se incluirá un patio incluido cerramiento y en lo posible se debe prever el desarrollo progresivo. |
Las viviendas deben contar con todos los estudios y diseños Arquitectónicos, Estructurales, De suelos, Hidráulicos, Sanitarios y Eléctricos. En caso de que aplique deberá contar también con los diseños de gas y telecomunicaciones, los cuales deben en todo caso ejecutarse con plena observancia de la normatividad vigente en la materia. |
Licencias de construcción y urbanización, debidamente expedidas por el curador urbano o la autoridad municipal competente según sea el caso. Estudios de suelos requeridos. La licencia es aplicable a cada solución de vivienda, es decir para reubicación en vivienda nueva, construcción en sitio propio nucleado, o sitio propio disperso. |
El diseño estructural y los materiales utilizados, deben cumplir con las normas colombianas de diseño y construcción sismo resistente, NSR-10. ( Ley 400 de 1997, Decretos 926 de 2010, 2525 de 2010, 092 de 2011 y 340 de 2012.). Se permite el uso de sistemas o materiales alternativos, siempre que los mismos estén debidamente aprobados por la Comisión Asesora para el Régimen de Construcción Sismo Resistente. |
Muy importante: deben contar con Estudios de Riesgo y Vulnerabilidad, según lo dispuesto en la Ley 1523 de 2012. |
Se debe instalar cerámica para el enchape de las zonas húmedas de ducha, lavamanos, sanitario, lavaplatos y lavadero, donde el enchape en la pared de la ducha a una altura mínima de 1.8 m, enchape en la pared del lavaplatos a una altura mínima de 0.4 m, contados a partir del mesón instalado o construido, enchape en la pared del lavadero a una altura mínima de 0.4 m, contados a partir de la parte superior del mismo, para la pared del lavamanos y sanitario a una altura mínima de 1.8 m, se debe instalar como elemento que garantice impermeabilidad, enchape o pañete impermeabilizado con pintura con características resistentes a la humedad. |
Las soluciones de vivienda estarán ubicadas en zonas de bajo riesgo, sin afectaciones de ninguna índole (líneas de alta tensión, oleoductos, etc.). |
Cada unidad de vivienda contara con una puerta metálica acceso principal a la vivienda, y la puerta del baño que puede ser en madera o metálica, en soluciones unifamiliares, se contara con una puerta metálica adicional que comunica la vivienda con un patio. |
Los servicios públicos domiciliarios se entregarán instalados y funcionales con los respectivos medidores y contadores. Cuando así lo exija la entidad prestadora de servicios públicos o entidad competente, deberá contar con tanque de almacenamiento de agua potable de acuerdo con lo establecido por las normas respectivas y los diseños hidráulicos aprobados. |
Estará regido por los lineamientos definidos en el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio. |
Los aparatos sanitarios e hidráulicos, deberán cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley 373 de 1997, el Decreto 3102 de 1997, la Resolución 1096 de 2000 que adopta el Reglamento Técnico para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico RAS-2000 y la Norma Técnica Colombiana NTC-920-1 del ICONTEC, así como las que las modifiquen, adicionen o sustituyan. |
Las Instalaciones Hidráulicas, Sanitarias y Eléctricas, incluyendo materiales, puntos y aparatos, deben cumplir en lo pertinente con el Reglamento Técnico de Instalaciones Sanitarias RAS 2000 (Ley 373 de 1997, Decreto 3102 de 1997, Decreto 1052 de 1998, Resolución 1096 de 2000 y actualizaciones) y el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE (Resolución No 18 0398 de 2004 del Ministerio de Minas y Energía y actualizaciones). |
Permisos ambientales necesarios para el desarrollo del proyecto, según las condiciones específicas del lote y de las necesidades del proyecto. |
Copia de los planos urbanísticos del plan de vivienda, identificando las soluciones de vivienda que lo integran, incluyendo manzanas y nomenclatura de las vías. Dichos planos deben estar aprobados por la curaduría urbana o planeación municipal. |
Copia del plano de localización, donde se ubica el plan de vivienda en el municipio con sus calles y nomenclatura, debiendo apreciarse claramente todo el sector. |
Certificado emitido por la Oficina de Planeación Municipal o quien haga sus veces, de que las unidades habitacionales NO se localizan en ninguna de las zonas a que se refiere el Art. 17, Parágrafo 3 Decreto 00975-2004. Es decir a) zonas de reserva de obra pública o de infraestructuras básicas del nivel nacional, regional o municipal; b) áreas no aptas para localización de vivienda, c) Zonas de alto riesgo no mitigable d) zonas de protección de los recursos naturales conforme con el POT. |
Redes de servicios, Aprobados por las empresas de servicios públicos domiciliarios; si es un sistema alternativo debe estar aprobado por la empresa de servicios públicos y por la autoridad ambiental. |
2. REQUISITOS DE LOS PREDIOS |
Estar ubicado en suelo Urbano de acuerdo con las disposiciones del POT, los instrumentos que los desarrollen o complementen o estar ubicados en suelos de expansión urbana que cuente con plan parcial adoptado. |
Uso compatible con Vivienda de Interés social. Debe poseer disponibilidad de servicios públicos domiciliarios. |
Sin limitaciones por gravámenes fiduciarios, usufructos, anticresis, derechos de habitación, servidumbres, prediales, hipotecas, embargos, censos, obligaciones modales (de termino y condición), pactos de indivisión u similares. Sin deudas fiscales. Sin registro de deudas no canceladas por concepto de gastos comunes. Inscrito en oficina de instrumentos públicos. Sin falsas tradiciones y pleitos pendientes. |
Apto para vivienda de Alta densidad. |
Dominio pleno del inmueble. La propiedad no debe tener ningún tipo de limitación al dominio (embargos, hipotecas, etc.). |
La propiedad no debe estar afectada por prohibiciones o restricciones, ya sea legales, judiciales, o convencionales que impidan el libre uso y disposición del inmueble. |
Que se haya cumplido la normatividad legal y reglamentaria sobre loteos, urbanizaciones, subdivisiones, copropiedad inmobiliaria y sobre construcciones en el inmueble. |
El inmueble no debe estar afectado por eventuales expropiaciones. |
El inmueble no debe ser objeto de acciones no prescritas o caducas por Lesión Enorme. |
Otros documentos: |
1. Original del certificado de tradición y libertad, expedidos con no más de 30 días calendario de anterioridad a la fecha de presentación del plan de vivienda. |
2. Copia de las escrituras públicas, sentencias o actos administrativos con los cuales se pueda verificar la tradición del predio cuatro años atrás y titularidad del inmueble o los inmuebles en que se ejecuta o se ejecutará el proyecto. |
3. Certificado de avalúo catastral o de avalúo comercial, efectuado por perito de la lonja de propiedad raíz, dentro de los dos años anteriores. |
4. Copia del acto administrativo que adopta el PLAN PARCIAL, cuando los predios se encuentran ubicados en zonas definidas por los P.O.T , P.B.O.T o E.O. T, como suelo urbano ; cuando se trate de zonas de expansión urbana y centros poblados debe anexarse el plan parcial aprobado. |
5. Copia del plano catastral de la(s) manzana(s) o plano urbanístico del municipio donde se localice exactamente |
el plan de vivienda. |
6. Certificación del propietario del predio, adjuntando al proyecto el registro fotográfico en el que conste que el predio donde se desarrollará el proyecto de vivienda no está invadido, ocupado o en posesión de terceros. |
El número definitivo de viviendas que el FONDO ADAPTACION deberá proveer, será el número total de hogares que arroje el trabajo de verificación que realizará COMFENALCO SANTANDER como operador zonal de las viviendas reportadas, haciendo por lo tanto, a la presente fecha imposible determinar un número definitivo de las viviendas que se requieren tanto para reconstrucción en sitio como para reubicación.
Por lo tanto se indicarán los Municipios que requerirán oferta de vivienda y el número de los potenciales beneficiarios según la ubicación dada por el Registro Único de Damnificados ya sea en Casco Urbano, Centro poblado, Rural Disperso, (información que posee margen de error y será verificada en campo) etc, sin que esto signifique el número definitivo de soluciones de vivienda requeridas.
Los Municipios y número de damnificados objeto de intervención del FONDO ADAPTACION a través de COMFENALCO SANTANDER son:
DAMNIFICADOS DEPARTAMENTO XX XXXXXXXXX | |||||
MUNICIPIO | CABECERA MUNICIPAL | CENTRO POBLADO | RURAL DISPERSO | OTROS | TOTALES |
Barichara | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
Confines | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
El Xxxxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
Xxxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxx | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxx xxx Xxxxxxx | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
Pinchote | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
Puente Nacional | 1 | 0 | 0 | 0 | 1 |
Cepita | 2 | 0 | 0 | 0 | 2 |
Chima | 0 | 0 | 2 | 0 | 2 |
Coromoro | 1 | 0 | 1 | 0 | 2 |
Encino | 0 | 0 | 2 | 0 | 2 |
Xxxxxx | 0 | 0 | 2 | 0 | 2 |
Socorro | 1 | 0 | 1 | 0 | 2 |
Zapatoca | 1 | 0 | 1 | 0 | 2 |
Xxxxxxx | 0 | 0 | 3 | 0 | 3 |
Xxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxx | 0 | 0 | 3 | 0 | 3 |
San Xxxxxx | 0 | 0 | 3 | 0 | 3 |
Xxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxx Xxx Xxxx | 0 | 0 | 3 | 0 | 3 |
Contratación | 0 | 0 | 4 | 0 | 4 |
Xxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxx Xxxxx | 1 | 0 | 4 | 0 | 5 |
Málaga | 1 | 0 | 4 | 0 | 5 |
San Xxxx xx Xxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxx Xxxxxxx | 0 | 0 | 5 | 0 | 5 |
Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xx Xxx | 0 | 0 | 6 | 0 | 6 |
Xxxxxxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxx Xxxxxx | 0 | 0 | 6 | 0 | 6 |
Aratoca | 3 | 0 | 4 | 0 | 7 |
Charala | 4 | 0 | 3 | 0 | 7 |
Galan | 0 | 0 | 7 | 0 | 7 |
San Xxxxxxx | 0 | 0 | 7 | 0 | 7 |
Vetas | 4 | 0 | 3 | 0 | 7 |
Sucre | 0 | 0 | 6 | 2 | 8 |
Surata | 1 | 1 | 6 | 0 | 8 |
Barbosa | 5 | 0 | 4 | 0 | 9 |
La Belleza | 0 | 0 | 9 | 0 | 9 |
Xxxxxxxxxx | 7 | 0 | 2 | 0 | 9 |
Carcasí | 2 | 0 | 9 | 0 | 11 |
Floridablanca | 11 | 0 | 0 | 0 | 11 |
Chipatá | 0 | 0 | 12 | 0 | 12 |
Los Xxxxxx | 1 | 0 | 11 | 0 | 12 |
Xxxxx | 2 | 8 | 2 | 0 | 12 |
Cerrito | 4 | 0 | 9 | 0 | 13 |
Xxxxxx | 0 | 0 | 12 | 1 | 13 |
Hato | 0 | 0 | 13 | 0 | 13 |
Aguada | 5 | 4 | 5 | 0 | 14 |
Paramo | 0 | 1 | 14 | 0 | 15 |
California | 0 | 0 | 16 | 0 | 16 |
Concepción | 1 | 0 | 15 | 0 | 16 |
El Peñón | 2 | 0 | 14 | 0 | 16 |
Santa Xxxxxx | 0 | 4 | 12 | 0 | 16 |
Landázuri | 2 | 4 | 11 | 0 | 17 |
Matanza | 2 | 0 | 15 | 0 | 17 |
Capitanejo | 0 | 1 | 17 | 0 | 18 |
Florián | 0 | 0 | 18 | 0 | 18 |
Simacota | 0 | 0 | 18 | 0 | 18 |
Onzaga | 2 | 0 | 17 | 0 | 19 |
Bolívar | 1 | 0 | 20 | 0 | 21 |
El Xxxxxx | 0 | 0 | 23 | 0 | 23 |
El Playón | 2 | 2 | 19 | 0 | 23 |
Piedecuesta | 1 | 1 | 20 | 2 | 24 |
Puerto Xxxxx | 1 | 0 | 24 | 0 | 25 |
San Xxxxxx | 2 | 2 | 30 | 0 | 34 |
Betulia | 3 | 3 | 30 | 0 | 36 |
Molagavita | 1 | 1 | 42 | 0 | 44 |
Girón | 31 | 3 | 9 | 3 | 46 |
Sabana de Torres | 0 | 6 | 54 | 0 | 60 |
Lebrija | 0 | 1 | 68 | 0 | 69 |
Guaca | 14 | 1 | 60 | 0 | 75 |
Puerto Xxxxxxx | 19 | 9 | 48 | 3 | 79 |
Cimitarra | 1 | 53 | 45 | 0 | 99 |
Barrancabermeja | 67 | 11 | 28 | 4 | 110 |
San Xxxxxxx de Chucuri | 89 | 1 | 32 | 0 | 122 |
Rionegro | 34 | 135 | 178 | 6 | 353 |
Bucaramanga | 358 | 33 | 72 | 3 | 466 |
TOTALES | 695 | 290 | 1168 | 25 | 2178 |
DAMNIFICADOS DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX | |||||
MUNICIPIO | URBANO | CENTROS POBLADOS | RURAL DISPERSO | NO INFORMA | TOTAL |
XXXXX XXXX | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
XXXXXXXXX | 1 | 0 | 5 | 0 | 6 |
MUTISCUA | 2 | 0 | 4 | 0 | 6 |
XXXXXXXX | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
XXXXX | 4 | 0 | 4 | 0 | 8 |
PAMPLONITA | 0 | 0 | 10 | 0 | 10 |
CHITAGÁ | 2 | 0 | 9 | 0 | 11 |
XX XXXXXXXXX | 0 | 0 | 0 | 0 | 00 |
XXX XXXXXXXX | 1 | 5 | 7 | 0 | 13 |
SILOS | 1 | 2 | 10 | 1 | 14 |
DURANIA | 4 | 2 | 10 | 0 | 16 |
RAGONVALIA | 2 | 0 | 15 | 0 | 17 |
BUCARASICA | 0 | 5 | 13 | 0 | 18 |
LABATECA | 1 | 0 | 17 | 0 | 18 |
XXXXXXX | 1 | 2 | 15 | 0 | 18 |
EL XXXXXX | 00 | 0 | 0 | 00 | |
XXXXXX | 4 | 0 | 18 | 0 | 22 |
PAMPLONA | 20 | 0 | 2 | 0 | 22 |
SARDINATA | 0 | 3 | 20 | 0 | 23 |
CONVENCIÓN | 8 | 10 | 7 | 0 | 25 |
BOCHALEMA | 3 | 4 | 23 | 0 | 30 |
HERRAN | 16 | 0 | 15 | 0 | 31 |
LA PLAYA | 0 | 1 | 29 | 1 | 31 |
ARBOLEDAS | 0 | 1 | 32 | 0 | 33 |
XXXXXXX | 5 | 0 | 29 | 0 | 34 |
TOLEDO | 0 | 14 | 20 | 0 | 34 |
EL XXXXX | 1 | 4 | 37 | 1 | 43 |
PUERTO SANTANDER | 48 | 0 | 0 | 1 | 49 |
GRAMALOTE | 0 | 0 | 53 | 0 | 53 |
CACHIRÁ | 2 | 7 | 51 | 1 | 60 |
EL ZULIA | 12 | 0 | 62 | 0 | 74 |
LOS PATIOS | 75 | 0 | 0 | 2 | 77 |
SAN XXXXXXX | 24 | 0 | 53 | 0 | 77 |
CUCUTILLA | 7 | 1 | 85 | 0 | 93 |
TEORAMA | 1 | 10 | 88 | 4 | 103 |
HACARY | 5 | 3 | 127 | 1 | 136 |
XXXX | 0 | 00 | 00 | 0 | 000 |
XXXXX XXX XXXXXXX | 163 | 1 | 1 | 1 | 166 |
XXXXXX | 51 | 139 | 0 | 190 | |
CÚCUTA | 919 | 19 | 36 | 9 | 983 |
TOTALES | 1403 | 139 | 1154 | 27 | 2722 |
DAMNIFICADOS SUR XX XXXXXXX | ||||||
NUMERO | MUNICIPIO | CABECERA MUNICIPAL | CENTRO POBLADO | RURAL DISPERSO | OTROS | TOTALES |
1 | Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
0 | Xxxxxxxxxx | 37 | 50 | 10 | 2 | 99 |
3 | San Xxxxx Xxxxxxx | 88 | 11 | 61 | 3 | 163 |
4 | Simiti | 12 | 58 | 137 | 5 | 212 |
5 | San Xxxxxxx del Cauca | 10 | 49 | 162 | 8 | 229 |
6 | Xxxxxxx | 90 | 71 | 89 | 25 | 275 |
7 | Santa Xxxx del Sur | 9 | 123 | 344 | 5 | 481 |
8 | Montecristo | 76 | 197 | 241 | 18 | 532 |
TOTALES | 323 | 559 | 1044 | 66 | 1992 | |
DAMNIFICADOS BARRANCABERMEJA Y ALREDEDORES | ||||||
NUMERO | MUNICIPIO | CABECERA MUNICIPAL | CENTRO POBLADO | RURAL DISPERSO | OTROS | TOTALES |
1 | Landázuri | 2 | 4 | 11 | 0 | 17 |
2 | Puerto Xxxxx | 1 | 0 | 24 | 0 | 25 |
3 | Puerto Xxxxxxx | 19 | 9 | 48 | 3 | 79 |
4 | Cimitarra | 1 | 53 | 45 | 0 | 99 |
5 | Barrancabermeja | 67 | 11 | 28 | 4 | 110 |
TOTALES | 90 | 77 | 156 | 7 | 330 |