Contract
2
Expte. Nº 6.465/18.
VISTO:
La necesidad de aprobar el Contrato de Locación a suscribirse entre este Concejo Deliberante y la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxx y el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx del inmueble xx xxxxx Xxxx Xxxxxx 765 de nuestra ciudad.
Las Resoluciones 1.658/2012, 1.690/2013 y Decreto N° 749/15 de este Concejo Deliberante.
La Ley 2756 en su Art. 11º, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble sito en calle Xxxx Xxxxxx 765 de nuestra Ciudad, está destinado a dependencias de este Concejo Deliberante desde el año 1.984.
Que resulta conveniente debido a que el inmueble referido cuenta con la infraestructura necesaria, que se ha ido modificando, para el correcto funcionamiento de la Institución, renovar dicho contrato.
Que es atribución del Concejo Deliberante en virtud de lo expresamente dispuesto por el Art. 11º de la Ley Nº 2756, para casos como éste autorizar la Contratación Directa prescindiéndose del Llamado a Licitación.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.121/2018
ART. 1º) Apruébase el modelo de Contrato de Locación del inmueble sito en xxxxx Xxxx Xxxxxx 000 xx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, conforme criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, el cuál como anexo forma parte integrativa del presente Decreto, autorizándose a las autoridades del Concejo Deliberante, a suscribir contrato de locación con la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxx D.N.I. N° 10.528.806 y el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx D.N.I. N° 35.290.884.
ART.2º) Autorizase el gasto de $ 15.000.- (Pesos Quince Mil) mensuales, correspondientes al pago del alquiler del inmueble mencionado en el Art. 1° a partir del día 2 xx xxxx de 2.018, reajustándose el canon locativo para el segundo año de la relación locativa en la suma de $ 19.500.- (Pesos Diecinueve Mil Quinientos) mensuales y hasta el vencimiento del contrato, es decir, 30 xx xxxxx de 2.020, imputándose a la partida correspondiente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 xx xxxx de 2018
Entre la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxx, D.N.I. Nº 10.528.806 y Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx D.N.I. Nº 35.290.884, con domicilio en la xxxxx XXXX XXXXXX 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, por una parte, como "LOCADORA"; y el CONCEJO DELIBERANTE de la Ciudad de Villa Gobernador Xxxxxx, representado en este acto por los miembros de la Mesa Directiva, PRESIDENTE DEL CONCEJO: Concejal Xxxxxx Xxxxx, D.N.I. Nº 31.566.159, VICEPRESIDENTE 1º: Concejal Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, D.N.I. Nº 13.077.573, y VICEPRESIDENTE 2º: Concejal Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx D.N.I. N° 26.716.559, quiénes constituyen domicilio en la finca a arrendar de la xxxxx XXXX XXXXXX 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, por otra como "LOCATARIA", todos mayores de edad y hábiles para contratar, resuelven celebrar el presente contrato de locación, que se regirá bajo las siguientes cláusulas y subsidiariamente por las disposiciones especiales del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. ----------------------------
PRIMERO: La "LOCADORA", da en arrendamiento a la "LOCATARIA" para su uso exclusivo, sin poder subarrendar, ceder, transferir, optar en sociedad, el inmueble sito en calle XXXX XXXXXX 765 de la localidad de Villa Gobernador Xxxxxx, Provincia de Santa Fe para ser utilizado como CONCEJO DELIBERANTE de la Ciudad de Villa Gobernador Xxxxxx, con prohibición expresa de dedicarlo para una explotación ajena al que por el presente contrato se determina. Dicho inmueble está compuesto de: TRES DORMITORIOS, COCINA, BAÑO, GALERIA CUBIERTA, LAVADERO, TERRAZA Y ENTRADA PARA AUTOS. Además, se incluye UNA SALA DE REUNIONES de 17 metros cuadrados, y UN ANEXO de 62 metros cuadrados construida por la "LOCATARIA" con autorización de la "LOCADORA". Además, se incluyen los ventiladores de techo y el sistema de alarma instalado. Todo esto, CON TODO LO CLAVADO Y PLANTADO, midiendo el terreno donde está ubicado el inmueble: 17,32 metros de frente por 43,30 metros de fondo. -------
SEGUNDO: Este contrato es por el término de VEINTICUATRO (24) MESES a regir del día 1º xx xxxx de 2.018 hasta el día 30 xx xxxxx del 2.020. No obstante ello las partes contratantes convienen expresamente en que, si el Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa Gobernador Xxxxxx lo estima necesario, podrá rescindir el presente contrato de locación antes de su vencimiento, con la única obligación de su parte de notificar a la "LOCADORA" con una anticipación no menor a sesenta (60) días, no dando ello derecho a reclamo alguno por parte de la "LOCADORA" ya que la misma renuncia por este acto expresamente a ejercer cualquier acción legal indemnizatoria contra la "LOCATARIA" por la causal enunciada.---------------
TERCERO: La "LOCATARIA" se obliga a abonar el alquiler mensual de $ 15.000.- (PESOS QUINCE MIL) por el primer año de la relación locativa, reajustándose el canon locativo a partir del mes xx xxxx del año 2.019 en la suma de $ 19.500.- (Pesos DIECINUEVE MIl QUINIENTOS) y hasta el vencimiento del contrato, es decir, hasta el día 30 xx Xxxxx de 2.020. La suma será abonada del 1 al 10 de cada mes en el domicilio del locador Xxxx Xxxxxx 730. --------------------------------------
CUARTO: Será a cuenta de la "LOCATARIA", el pago de todos los impuestos, tasas, servicios y contribuciones que graven el inmueble, ya sean municipales, provinciales o nacionales, creados o a crearse. -----------------------------------
QUINTO: Todas las mejoras realizadas en el inmueble por la parte "LOCATARIA", así como todo lo clavado y plantado, benefician al inmueble, no debiendo abonar la parte "LOCADORA", al término de este contrato, suma alguna a la "LOCATARIA" por dichas mejoras incorporadas (excluyéndose todos los bienes muebles incorporados como equipos de aire acondicionado, calefactores, divisores de durlock, herrería en aberturas, etc., con los cuáles no constaba la propiedad al momento de ser alquilada). ------------------------------------
SEXTO: A los fines de cumplimentar con lo dispuesto por el Art. 18º de la Ley 2756, a continuación se lo transcribe: “cuando la Municipalidad fuese condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará, dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación del municipio, y deberá ser transcripto en toda escritura pública o contrato que se celebre con particulares”. SÉPTIMO: Los contratantes se someten a los Tribunales Ordinarios xx Xxxxxxx, o al Juzgado de Villa Gobernador Xxxxxx según corresponda, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponder. Asimismo, denuncia sus domicilios legales de la siguiente manera: La "LOCADORA" en esta ciudad, en xxxxx X. XXXXXX 000, x xx "XXXXXXXXX" en calle X. XXXXXX 765 de esta Ciudad. -
CONFORME LAS PARTES EN TODO LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CONTRATO FIRMAN DE COMÚN ACUERDO, EN TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A SOLO EFECTO, EN LA CIUDAD DE VILLA GOBERNADOR XXXXXX, A LOS 2 DIAS DEL MES XX XXXX DE 2018.