PROYECTO DE TÉRMINOS DE REFERENCIA
PROYECTO DE TÉRMINOS DE REFERENCIA
SELECCIÓN ABREVIADA
SRC-SIE-2-2019 MEDIANTE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
OBJETO.
La Fiscalía General de la Nación a través de la Subdirección Regional de Apoyo Central, requiere contratar la adquisición e instalación de mobiliario, sistema de oficina abierta y almacenamiento para Uri Usaquén.
BOGOTÁ D.C. MARZO DE 2019
CONTENIDO
GENERALIDADES DEL PROCESO DE SELECCIÓN 5
1. ASPECTOS GENERALES 7
2. PROCEDIMIENTO DE LA SELECCIÓN ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
……………………………………………………………………………………………………………………………………………14
3. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS
……………………………………………………………………………………………………………………………………………24
4. PARÁMETROS GENERALES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS MISMOS, CRITERIOS DE DESEMPATE Y CAUSALES DE RECHAZO. 34
5. DEL CONTRATO Y LAS GARANTIAS 37
6. ANEXOS 42
RECOMENDACIONES
SEÑOR PROPONENTE TENGA EN CUENTA LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES:
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Examine rigurosamente el contenido xxx xxxxxx de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo, sus formatos y anexos y las normas que regulan la Contratación Administrativa con entidades del Estado, así como la asignación de riesgos establecido.
3. Verifique no estar incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para participar en licitaciones, procesos de selección abreviada, concurso de méritos, ni para celebrar contratos con las entidades estatales según lo dispuesto en la normatividad legal vigente.
4. Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos señalados en el Pliego y en el presente documento.
5. Proceda a reunir la información y documentación exigida y verifique la vigencia para los documentos que la requieran.
6. Adelante oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verifique que contiene la información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley y en el presente pliego de condiciones.
7. Verifique que las fechas de expedición de los documentos se encuentren dentro de los plazos exigidos en el pliego de condiciones y en el presente documento.
8. Suministre toda la información requerida a través xxx xxxxxx de condiciones y el presente documento.
9. Tenga en cuenta el presupuesto oficial establecido para este proceso de selección abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica.
10. Cumpla las instrucciones que en el pliego de condiciones y en el presente documento se imparten para la elaboración de su propuesta.
11. Presente su propuesta a través de la plataforma SECOP II, o al correo xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx en caso de indisponibilidad del SECOP II.
12. Tenga en cuenta que la Oferta Económica – Anexo No. 3, debe presentarse en sobre aparte, al de los requisitos habilitantes.
13. Revise los formatos y anexos al pliego de condiciones, diligéncielos totalmente; no olvide anexar la ficha técnica exigida.
14. Tenga presente la fecha y hora límite para la presentación de las propuestas, en ningún caso se recibirán propuestas radicadas fuera del término previsto.
15. Ningún convenio verbal con el personal de la FISCALÍA antes, durante o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
16. Toda comunicación enviada por los proponentes o interesados, debe ser diligenciada directamente en el SECOP II o al correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx (en caso de indisponibilidad del SECIO II), dentro del horario estipulado en el pliego de condiciones para cada hito del proceso.
17. Verifique la póliza de seriedad de su propuesta revisando:
a) Sea otorgada a favor de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACION – SECCIONAL BOGOTÁ NIT 800.187.567-9
b) Como tomador ingrese su razón social completa.
c) El valor fijado corresponda al solicitado.
18. Los proponentes por la sola presentación de la propuesta, autorizan a la entidad para verificar toda la información que en ella se suministre.
19. La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones, formatos y demás documentos del presente proceso; que recibió las aclaraciones necesarias a las inquietudes o dudas previas consultadas y que ha aceptado que los pliegos de condiciones y términos de referencia son completos, compatibles adecuados para identificar el alcance del servicio requerido por la FISCALÍA y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieran en virtud del contrato que se celebra.
20. Señor proponente, al confeccionar su propuesta técnica, económica y financiera, tenga en cuenta las variables, los riesgos y demás circunstancias que surjan de la ejecución del contrato, las cuales se consideran para todos los efectos asumidas por el oferente.
GENERALIDADES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAPÍTULO PRIMERO
1. ASPECTOS GENERALES
1.1. Régimen Legal
Tanto el proceso de selección como el futuro contrato que se suscriba como consecuencia de este proceso, se regirá en lo pertinente por el ordenamiento Constitucional, el régimen jurídico determinado en la Ley 80 de 1993, sus normas reglamentarias y demás disposiciones que regulen la materia, la Ley 1150 de 2.007, el Decreto 1082 del 2015, el manual de contratación de la entidad actualizado y adoptado mediante Resolución 0-1345 de julio de 2014, Decreto Ley 103 de 2015 y lo establecido en el pliego de condiciones y presente documento.
1.2. Objeto
La Fiscalía General de la Nación a través de la Subdirección Regional de Apoyo Central, requiere contratar la adquisición e instalación de mobiliario, sistema de oficina abierta y almacenamiento para Uri Usaquén.
Clasificación UNSPSC | Descripción |
56 10 17 00 | Mueble de oficina |
56 11 15 00 | Sitios de trabajo y paquetes para oficina |
72 15 36 00 | Servicio de terminado interior, dotación y remodelación |
El contrato a celebrar es de COMPRAVENTA.
1.2.1 Descripción Técnica del Objeto a Contratar.
Las especificaciones técnicas se encuentran descritas en los Anexos 10.1 a 10.8 “Fichas”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.2.1.2.1, numeral 1 del Decreto 1082 de 2015.
El proponente deberá cumplir con las especificaciones técnicas mínimas, de conformidad con la ficha técnica publicada en el SECOP.
1.3. Plazo de Ejecución y lugar de ejecución
El plazo de ejecución del contrato será de 10 días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato, esto es a partir del registro presupuestal y aprobación de la garantía.
1.3.1. Lugar de Ejecución:
El contrato se ejecutará en la ciudad de Bogotá, y se entregará en la ciudad de Bogotá, en la dirección xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xxxx 0, xxxxxxxx xxxxxxx XXX.
1.4. Forma de Pago
La Fiscalía General de la Nación pagará al contratista el valor del contrato de la siguiente manera:
El pago se realizará una vez se realice la entrega e instalación de los puestos de trabajo y mobiliario en un sistema de oficina abierta (SOA), previo recibido a satisfacción del supervisor del contrato, presentación de la factura y demás documentos solicitados para el pago.
Los pagos a que se obliga la Fiscalía General de la Nación, en virtud del contrato que se celebre, se sujetarán a las apropiaciones y disponibilidades presupuestales correspondientes y a la situación de recursos del Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC, por parte de la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional a la Fiscalía General de la Nación, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha en que el contratista radique la factura comercial, acompañada de la certificación que acredite el pago por parte del contratista de las obligaciones al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales) y aportes parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF).
Si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para el mismo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados, las demoras que se presenten por estos conceptos, serán responsabilidad del contratista y no tendrán por ello derecho al reconocimiento de intereses o compensación de ninguna naturaleza. Las cantidades descritas en las facturas, deberán ser revisadas por el almacén, previo al trámite y pago de las mismas.
1.5. Presupuesto Oficial Estimado
La adjudicación del presente proceso de selección se hará por el valor total del presupuesto asignado.
De acuerdo con el valor obtenido en el análisis del sector realizado, se tiene como presupuesto oficial estimado para el presente proceso de selección la suma de CIENTO SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE. ($
107.226.733.oo) incluido IVA y todos los costos directos e indirectos y los impuestos nacionales a que haya lugar
Respaldado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 11519 del 27 xx Xxxxx de 2019 por un valor de CIENTO SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE. ($ 107.226.733.oo)), así:
NOMBRE DEL RUBRO | RECURSO | VALOR |
C-2999-0800-15-0-2999054-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 16 | $107.226.733 |
TOTAL | $ 107.226.733 |
1.6. Modalidad de Selección
Teniendo en cuenta que los bienes a contratar mediante el presente proceso de selección, son de características técnicas uniformes atendiendo a que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño y de sus características descriptivas y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos, y dado que son de común utilización pues se ofrecen en el mercado en condiciones equivalentes para quien los solicite, se optará por hacer uso de la modalidad de Selección Abreviada mediante el mecanismo de Subasta Inversa, teniendo en cuenta como único factor de selección el menor precio, de conformidad con lo dispuesto en el literal A, numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con los artículos del 2.2.1.2.1.2.1 al 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015.
Para la selección del contratista la entidad aplicará los principios de economía, transparencia y responsabilidad definidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa.
No se aceptaran propuestas parciales y en caso de que se presenten, serán rechazadas. Así mismo, no se aceptaran propuestas alternativas; de presentarse ese tipo de ofertas no serán tenidas en cuenta y solo se evaluara y verificara aquella oferta básica que cumpla con los requisitos señalados en el pliego de condiciones y términos de referencia.
1.7. Correspondencia
Toda la correspondencia que se genere y que esté relacionada con el presente proceso de selección abreviada, se diligenciará directamente en la plataforma SECIO II, en el horario establecido en el pliego.
La Fiscalía, por su parte, enviará la correspondencia a través de la misma plataforma.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las propuestas, solo serán tenidas en cuenta aquellas que se adjunten directamente en la plataforma, o correo electrónico xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx (en caso de indisponibilidad del SECOP II), y dentro de los plazos determinados por la Entidad.
1.8. Adendas
Cualquier modificación al pliego de condiciones, se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se publicarán en la página Colombia Compra Eficiente, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, las cuales harán parte integral xxx xxxxxx de condiciones del presente proceso de selección.
La entidad podrá expedir adendas hasta el día hábil anterior a la fecha señalada como cierre del proceso1.
1.9. Forma de Presentar las Propuestas
Las propuestas se presentarán en la plataforma del SECOP II a través del link xxxxx://xxxxxxxxx.XXXXX.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx teniendo en cuenta los formatos contenidos y anexos en el presente proyecto de términos de referencia, acompañados de todos los soportes requeridos en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso.
No se aceptará propuestas que por cualquier causa lleguen por otro medio (excepto indisponibilidad de la plataforma).
La forma de presentar las ofertas en el SECOP II por parte de los proponentes singulares y plurales está definida en el Manual de uso del SECOP II el cual indica entre otros, los requisitos, formularios y procedimientos para crear y presentar ofertas en línea.
Debe presentarse en idioma español, los documentos que se anexen en otro idioma deberán venir acompañados de traducción simple, salvo en los casos en que la ley exija traducción oficial.
En la propuesta no deben figurar tachones, borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre el contenido de la misma. Cualquier enmendadura que contenga la propuesta deberá ser aclarada y validada por el interesado en el mismo documento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas. No se aceptarán modificaciones a las propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora del vencimiento del plazo destinado para tal fin.
La propuesta y la documentación que allí se adjunta, debe sujetarse a las condiciones, plazos y demás aspectos contemplados en este proyecto de términos de referencia. Su presentación implica que el interesado ha analizado a cabalidad los diferentes aspectos y requisitos de este documento y las actividades que le corresponde desarrollar en el evento en que sea seleccionado y que acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en las normas vigentes y en este documento.
En caso de presentarse una sola propuesta hábil y esta pueda ser considerada como favorable para la Entidad, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.2.2 Numeral 5 del Decreto 1082 del 2015 y con los criterios legales de selección objetiva de la Subdirección Regional de Apoyo Central, podrá adjudicarse a esta el contrato.
1 Artículo 2.2.1.1.2.2.1. Decreto 1082 de 2015
Los documentos deben presentarse en la plataforma del SECOP II en el siguiente orden:
a. Un sobre que contenga la información general y requisitos habilitantes (jurídicos, técnicos y financieros).
b. Un sobre aparte electrónico que contenga la Propuesta económica.
1.10 Propuesta Económica en Sobre Aparte y Debidamente Sellado
a) La adjudicación se hará por el presupuesto oficial estimado, a quien ofrezca el menor valor total al final de la subasta. En la ejecución del contrato que se celebre los elementos requeridos dependerán de la necesidad de la Entidad y se cancelará de acuerdo a los precios unitarios registrados por el adjudicatario en la oferta final de precios hasta agotar el presupuesto oficial.
b) Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.
c) Como la modalidad de selección abreviada se efectuará a través de Subasta Inversa Electrónica, la propuesta con el menor precio total, incluido IVA, será la base para la puja.
d) Xx el proponente no indica el valor del IVA se entenderá que en el valor señalado está incluido tal impuesto.
e) Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor de su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones, sin que por esta razón haya lugar a alegar ruptura del equilibrio contractual.
f) Para que sea válido, cada lance deberá reflejar un decremento mínimo (margen mínimo de mejora) del cuatro por ciento (4 %).
NOTA. La apertura del SOBRE CERRADO Y/O SELLADO, se realizará el día del evento de la subasta según cronograma y antes de dar inicio al acto de subasta, la Entidad revisará la información contenida en los documentos y formatos respectivos, en desarrollo de lo cual se podrá solicitar a los proponentes habilitados, precisiones relacionadas con su contenido, previamente a la determinación del precio de arranque.
1.11 Validez de las Propuestas
Las personas que deseen participar en el presente proceso de contratación pública, tendrán en cuenta que sus ofrecimientos deben tener una vigencia mínima de la vigencia de la póliza que garantiza la seriedad de la propuesta, esto es, noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del proceso de contratación. Manifestación que debe hacerse en la carta de presentación de la propuesta. En caso de incluirse un plazo de validez de la oferta menor a lo exigido, este no será tenido en cuenta.
1.12 Veedurías Ciudadanas
Las veedurías ciudadanas, podrán desarrollar su actividad durante la etapa precontractual, contractual y post contractual en el presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1.993 y normas vigentes, para lo cual pueden consultar la página Colombia Compra Eficiente, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
CAPÍTULO SEGUNDO
2. PROCEDIMIENTO DE LA SELECCIÓN ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
2.1. Términos de la Contratación
Teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 80 de 1.993, Ley 1150 de 2.007, Decreto 1082 del 2015 Subsección 2 artículos del 2.2.1.2.1.2.2 a 2.2.1.2.1.2.5, la Resolución 0-1345 del 31 de Julio de 2014, Manual de Contratación de la Entidad y demás normas reglamentarias, los plazos del presente proceso de selección, son los siguientes:
2.2. Publicación del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones
Durante no menos de cinco (5) días hábiles la Fiscalía, de acuerdo con el cronograma publicará en el SECOP el proyecto xx xxxxxx de condiciones y términos de referencia, para poner su contenido en conocimiento de los interesados. Durante éste período los interesados podrán enviar las observaciones que consideren pertinentes mediante la plataforma SECOP II, en esta etapa de la publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones la Entidad no está obligada aún, al cumplimiento de su texto.
2.3. Fecha de Apertura
La apertura del presente proceso se realizará mediante Resolución motivada, cuyo texto al igual que el definitivo xxx xxxxxx de condiciones, se publicarán, en la fecha señalada en el cronograma de actividades publicado en el SECOP II.
2.4. Aclaraciones al Pliego de Condiciones
Los proponentes deberán examinar el contenido xxx xxxxxx de condiciones y términos de referencia, e informarse de los requerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades a ejecutar.
Cualquier información y aclaración adicional, deberá ser solicitada por SECOP II, a la Subdirección Regional de Apoyo Central, hasta el día señalado en el cronograma. No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada.
La Fiscalía, contestará todas las solicitudes por escrito recibidas dentro del término antes estipulado y las publicará junto con su respuesta.
Se entiende que los proponentes que participan en el presente proceso, conocen los plazos y trámites y demás condiciones establecidas en el pliego de condiciones. Así mismo, se entiende que tienen conocimiento de los diferentes documentos que hayan sido publicados durante el presente proceso de selección.
Por lo anterior la entidad no será responsable, por las posibles reclamaciones u omisiones que en este sentido le realicen los proponentes.
NO SE ABSOLVERAN CONSULTAS EFECTUADAS TELEFONICAMENTE O EN FORMA PERSONAL.
En el evento que la Fiscalía General de la Nación, de oficio, realice aclaraciones, correcciones o adiciones, las dará a conocer en el SECOP II. Cuando las aclaraciones, correcciones o adiciones, den lugar a la modificación del proyecto xx xxxxxx, serán consignadas en el pliego definitivo, igual cuando este sea aclarado, corregido o adicionado serán consignadas en adendas, que formaran parte integral del mismo.
2.5. Plazo de Presentación de Ofertas
Las propuestas de las personas naturales o jurídicas, consorcios, uniones temporales interesadas en participar en el presente proceso de contratación, se recibirán hasta el día y hora señalado en el cronograma de actividades por SECOP II. No se admiten ofertas enviadas por correo electrónico (excepto en caso de indisponibilidad de la plataforma).
2.6 Diligencia de Cierre
La diligencia de cierre del presente proceso de selección se en la plataforma SECOP II el día y hora señalados en el cronograma de actividades, donde se abrirán las propuestas por un funcionario de la Subdirección Regional de Apoyo Central de la Fiscalía General de la Nación – Sección Gestión Contractual, quien publicará el listado en SECOP II.
Los demás aspectos habilitantes se verificarán en las respectivas evaluaciones de las propuestas, y se informara de ello de acuerdo a lo reglado en la normatividad contractual (Decreto 1082 de 2015).
2.7 Verificación y Evaluación de las Propuestas, Aclaraciones, Precisiones y/o Solicitud de Documentos durante este periodo.
La Fiscalía General de la Nación – Subdirección Regional de Apoyo Central, verificará y evaluará
las ofertas presentadas por los proponentes dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades, termino durante el cual, el comité verificador y evaluador, podrá solicitar por escrito a los oferentes en caso que sea necesario hacerlo, para que en el término dado por la Ley, realicen las aclaraciones, precisiones y/o alleguen los documentos que se le requieran, sin que por ello pueda el proponente ADICIONAR O MEJORAR las condiciones o características de su propuesta, y la Fiscalía General de la Nación – Subdirección Regional de Apoyo Central, no podrá hacer variación alguna en los términos de la misma, o transgredir principios fundamentales que rigen la contratación estatal.
Las propuestas no serán rechazadas por ausencia de requisitos o por falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, siempre que no constituyan los factores de escogencia establecidos por la Administración en el presente proceso, logrando así establecer la prevalencia de los sustancial sobre lo formal, por ende, tales requisitos o documentos faltantes podrán ser requeridos por la Subdirección Regional de Apoyo Central, en condiciones de igualdad para todos los proponentes.
2.8. Márgenes de Mejora Lances.
Dentro del proceso de selección de la referencia, se señalará como margen mínimo de mejora de ofertas: el CUATRO (4%) por ciento, del valor tomado como base para iniciar la subasta inversa. Los lances por debajo de este valor no serán aceptables. De conformidad con lo anterior, solo serán validos los lances iguales o superiores a este margen.
2.9. PROCEDIMIENTO PARA LA SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Esta contratación se realizará bajo la modalidad de subasta inversa Electrónica de conformidad con las habilitaciones legales desarrolladas en las Leyes 1150 de 2007 y Decreto 1082 del 2015 Subsección 2 artículos del 2.2.1.2.1.2.2 a 2.2.1.2.1.2.5.
Advertencias preliminares
Esta contratación se realizará bajo la modalidad de subasta electrónica de conformidad con las habilitaciones legales desarrolladas en las Leyes 1150 de 2007, 962 de 2005 y 527 de 1999 así como por lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.5 del Decreto 1082 de 2015. En ese orden ideas y de conformidad con lo señalado en el artículo antes citado, LA ENTIDAD ha establecido que para adelantar la subasta electrónica utilizará como sistema la plataforma tecnológica de un tercero que garantiza mecanismos de seguridad jurídica y técnica para el intercambio de mensajes de datos, asegurando la autenticidad, integridad, disponibilidad y no repudio de los mismos. El tercero que suministrará la plataforma ofrece –entre otros- servicios de certificación de firma digital y estampado cronológicos de mensajes de datos cuentan con valor jurídico y probatorio en el aseguramiento jurídico y técnico de dichos mensajes de conformidad con lo establecido en la ley 527 de 1999.
Establece el artículo 6 de la Ley 962 de 2005 que las entidades estatales podrán desarrollar actuaciones administrativas por medios electrónicas siempre y cuando se garanticen los atributos de autenticidad, integridad y disponibilidad. La autenticidad en las actuaciones de las administración pública por medios electrónicos, utilizando la firma digital está dada, pues cada parte de la relación se encuentra determinada habida cuenta que la clave privada empleada en la emisión de la firma digital sólo puede estar siendo empleada por quien es su propietario. Adicionalmente, cuando se firma digitalmente un documento, lo que se hace es manifestar estar acorde con el contenido del mismo, por ende, cuando un mensaje de datos se encuentra firmado a través de la firma digital, la cual proporciona el mayor grado de seguridad jurídica y técnica, se infiere que el autor (iniciador) del mensaje que consta en el certificado, debidamente expedido, está manifestando que su voluntad es la consignada en dicho documento electrónico y por lo tanto no puede negarse a los efectos que del mismo se derivan, estando obligado a lo que allí se establezca, pues se ha determinado que dicho documento es veraz y tiene plenos efectos.
La integridad se verifica en la utilización de la firma digital, pues se presume que el mensaje de datos recibido corresponde al enviado, por cuanto una vez ha sido firmado digitalmente, si se llegare a modificar cualquier parte del mismo a través de los sistemas técnicos se puede comprobar tal cambio. La integridad significa que la información enviada a través del mensaje de datos no carece de alguna de sus partes, como tampoco que ha sido transformada.
En lo que se refiere a la disponibilidad y conservación de las actuaciones instrumentadas por medios electrónicos, los servicios de certificación digital: (i) Asegurar la consulta en el formato original en que se hayan transmitido; (ii) conservar los datos asociados; y (iii) conservar los mecanismos de verificación de firmas.
Justificación
De conformidad con la Ley 1150 de 2007, parágrafo 1° del artículo 2° y el Decreto 1082 de 2015 artículos 2.2.1.2.1.2.2 y siguientes, el proceso a seguir para la contratación de bienes con características técnicas es el Proceso de Selección bajo la modalidad de Selección Abreviada.
Por una parte, los bienes que pretende adquirir LA ENTIDAD con el presente proceso de selección son de común utilización por parte de LA ENTIDAD, y por otra parte, los mismos se encuentran determinados como aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas con independencia de su diseño o características descriptivas, compartiendo dichos elementos patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. Específicamente, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.2.5 del Decreto 1082 de 2015, LA ENTIDAD ha escogido adelantar la Subasta por medios electrónicos ya que este servicio ofrece altos niveles de seguridad y reduce los tiempos en la ejecución de procesos de selección al ser más dinámica que una subasta presencial. De igual forma, la subasta electrónica no requiere que los proponentes ni los funcionarios de la entidad subastadora estén presentes físicamente al momento de adelantar la subasta lo que permite que haya pluralidad de proponentes y mayor cobertura de los mismos (por ejemplo, para poder participar en la subasta no tienen que
desplazarse a la ciudad de Bogotá, sino que pueden estar ubicados en distintas ciudades alrededor del país).
Cronograma
El cronograma de la diligencia de la subasta electrónica es el siguiente:
ACTIVIDAD | FECHA | HORA |
CAPACITACIÓN SOBRE LA HERRAMIENTA DE SUBASTA – CON LA PRESENCIA FÍSICA DE LOS PROPONENTES LUGAR: XXXXXXX 0 # 00 00 PIS0 19 EDIFICIO SEGUROS TEQUENDAMA | 09 XX XXXX DE 2019 | 1030 AM |
SIMULACRO DE SUBASTA ELECTRÓNICA – PARTICIPACION POR INTERNET | 00 XX XXXX XX 0000 | 0000 AM |
EVENTO DE SUBASTA ELECTRÓNICA PARTICIPACION POR INTERNET | 13 XX XXXX DE 2019 | 1030 AM |
Comunicaciones por medios electrónicos
El correo electrónico del representante legal o apoderado del Proponente, o en su defecto, un correo electrónico dispuesto por el Proponente, surtirá las veces de dirección electrónica para comunicaciones o notificaciones dentro del presente proceso de Subasta y dicha dirección electrónica será la reconocida para la recepción oficial de todas las comunicaciones que emita LA ENTIDAD al Proponente.
Es importante tener en cuenta que la plataforma de Subasta Electrónica le notificará al Proponente Habilitado, a dicho correo electrónico las claves de acceso a la plataforma Subasta Electrónica. En todo caso, será responsabilidad del Proponente Habilitado la consulta de la publicación que efectúe la ENTIDAD en la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx (SECOP), sobre los Proponentes Habilitados. Los Proponentes Habilitados serán los únicos que recibirán la clave de acceso a la subasta electrónica. Si 15 (quince) minutos antes a que se lleve a cabo el evento subasta electrónica el Proponente Habilitado no ha recibido dicho correo electrónico deberá comunicarse directamente con el operador de la plataforma de subasta para que el mismo sea reenviado, en todo caso, si el proponente ha participado anteriormente en un evento de subasta con el mismo operador, podrá acceder con las claves de acceso entregadas inicialmente por el operador de subasta.
El Proponente acepta, con el hecho de presentar la Propuesta, que cualquier notificación o requerimiento se le podrá hacer por correo electrónico. En este orden, en la carta de presentación de la Propuesta deberá indicar una dirección de correo electrónico para tal fin.
Subasta inversa Electrónica
Con el fin de adelantar la Subasta Electrónica, LA ENTIDAD utilizará la plataforma electrónica de CERTICÁMARA S.A. El acto de Subasta Electrónica para la adjudicación del Contrato, establecerá el Proponente Ganador con base a la Postura de menor valor enviada dentro del Evento. El dato del Proponente Ganador y el valor de su Postura serán suministrados por la herramienta de manera electrónica a LA ENTIDAD. Lo anterior, con el objetivo de proceder a realizar la adjudicación y publicación de la misma.
Forma de Presentación y dinámica del evento de subasta inversa electrónica.
Es importante anotar que el evento de subasta electrónica garantiza y otorga plena seguridad sobre el origen e identidad del emisor del mensaje de datos y sobre su integridad y contenido, de conformidad con lo dispuesto en la ley 527 DE 1999, que valida jurídica y probatoriamente los mensajes de datos, y según lo señalado en el pliego de condiciones. Estos atributos jurídicos de autenticidad e integridad son garantizados a través de la firma digital, de conformidad con lo señalado por la Ley 527 de 1999.
A continuación señala el procedimiento que se seguirá para la realización del Evento:
(i) Como lo establece el cronograma de LA ENTIDAD, será efectuada una Capacitación de uso de la herramienta de Subasta Electrónica a la cual deben asistir los Proponentes a fin de garantizar el adecuado uso de la herramienta de Subasta Electrónica.
(ii) El evento subasta electrónica para el presente proceso se desarrollará bajo la modalidad de Precio Invisible, donde el precio de la mejor oferta no es conocido, los Proponentes realizan sus lances y sólo conocen la posición en la que se encuentran.
(iii) La subasta dará inicio en la fecha y hora señalada en el cronograma y tendrá una duración de 30 minutos, salvo de existir auto extensión, tal como más adelante se indica.
(iv) Los Proponentes Habilitados podrán acceder al evento subasta autenticándose con la clave enviada para ello, en caso que el proponente haya participado anteriormente en un evento de subasta con el mismo operador, podrá acceder con las claves de acceso entregadas inicialmente por el operador de subasta. Es importante aclarar que Los Proponentes Habilitados, deberán garantizar su ingreso a la misma de lo contrario se aplicará lo dispuesto en el acápite de Comunicaciones por medios electrónicos del presente Pliego de Condiciones. En todo caso si el Proponente Habilitado no realiza el procedimiento de registro y autenticación con las claves enviadas al correo electrónico por este suministrado de conformidad con el inciso de comunicaciones por medios electrónicos del presente apartado, se aplicará lo definido en el artículo 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015 que señala que “si por causas imputables al proponente o a su proveedor de soluciones de tecnología de la información y telecomunicaciones, durante la subasta inversa electrónica la conexión con el sistema se pierde, la subasta continuará
y la Entidad Estatal entiende que el proveedor que pierde su conexión ha desistido de participar en la misma”, entendiendo que su propuesta está constituida por la presentación de oferta inicial de precio dentro del proceso de selección o por el último lance válido mientras estuviera conectado a la plataforma tecnológica de subasta.
(v) Los Proponentes Habilitados que participaran en el evento subasta electrónica deberán acceder a la misma a través de sus propios recursos. LA ENTIDAD, no provee conexiones desde sus instalaciones para este evento.
(vi) El precio de arranque de la Subasta Inversa será la menor oferta económica seleccionada de entre las ofrecidas por los Proponentes que resulten habilitados para participar en el Evento.2
(vii) Los Proponentes Habilitados para participar en la subasta presentarán sus Posturas de precio electrónicamente usando firmas digitales emitidas por la entidad de certificación digital operadora de la plataforma de subasta electrónica, – Recordando que sólo será válido el uso del certificado de firma digital emitido para el Representante Legal o apoderado del Proponente habilitado, el certificado de firma digital es personal e intransferible-.
(viii) El margen mínimo de mejora de oferta será de 4%. Es importante tener en cuenta que el Proponente deberá realizar sus lances estimando para ello dicho margen mínimo a su ultimo lance valido. Lo anterior sin perjuicio de que el Proponente establezca realizar un lance por un margen mayor, siempre y cuando dicho lance no supere el margen máximo de mejora que será del 4%.
(ix) Cuando al finalizar la subasta dos o más proponentes hayan realizado una misma Postura, es decir por un mismo precio, el empate podrá ser resuelto haciendo uso de la herramienta tecnológica ofrecida por CERTICÁMARA pues esta tendrá la capacidad de establecer que Proponente envió cronológicamente primero dicha Postura. Para determinar lo anterior, la herramienta utilizará el estampado cronológico certificado de una entidad de certificación digital autorizada para la prestación de este servicio que garantiza legalmente el momento exacto en que se reciben las Posturas en el sistema. En consecuencia, no habrá necesidad de dar aplicación a lo dispuesto en los numerales 1 a 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015. Por lo tanto, y de conformidad con la premisa del decreto antes citado “La Entidad Estatal debe adjudicar al oferente que presentó la oferta con la mejor relación costo-beneficio y suscribir el contrato por el precio total ofrecido”*.
2 Numeral 6to, Artículo 2.2.1.2.1.2.2, Decreto 1082 de 2015.
*Lo dispuesto en el numeral 9no del artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015 aplica tanto para subastas presenciales como como para subastas electrónicas. Por lo anterior, en caso de empate relacionado con el precio final entre dos o más proponentes en una subasta electrónica, no será necesario adjudicar el contrato a quien haya presentado el menor precio al iniciar la subasta toda vez que la herramienta utilizada en subastas electrónicas tiene la capacidad de establecer que Proponente envió cronológicamente primero dicha Postura; y así poder dirimir el empate.
Cuando dos o más Proponentes ostentaran por la plataforma la misma posición por llegar al mismo tiempo pero sus lances fueran de diferentes precios, el criterio de desempate será el precio de conformidad con la premisa antes mencionada.
(x) La plataforma de subasta informará al oferente si se han recibido ofertas o no utilizando para ello el recuadro de Mejor oferta de la siguiente forma:
a. Sin ofertas: indicará que en el evento de subasta Electrónica no se ha recibido ninguna oferta económica válida.
b. Oculto: indicará que en el evento de subasta Electrónica ya han recibido ofertas económicas válidas.
(xi) Conforme avanza la Subasta Electrónica los Proponentes serán informados por parte del Sistema la recepción de su Postura y la confirmación de su valor, asimismo si su Propuesta se ubica en primer lugar o, de no ser así, del orden en que se encuentra, sin perjuicio de la confidencialidad que se mantendrá sobre la identidad de los Proponentes. Todo lo anterior, a menos que por falla técnica la plataforma emita un reporte que permita determinar el nuevo precio xx xxxxxxx para la reprogramación de la subasta y la trazabilidad del evento de subasta fallido.
Dado que la plataforma de subasta electrónica actualiza la información en pantalla cada 45 segundos, se recomienda al Proponente utilizar el botón de refrescar disponible en la plataforma de subasta.
(xii) Si se realiza una Postura valida por uno cualquiera de los Proponentes Habilitados en los últimos tres (3) minutos de duración del Evento y dicha postura supera el valor de la mejor oferta económica que ocupe la primera posición, la subasta se extenderá cinco
(5) minutos más, sumando el tiempo restante al tiempo de extensión. Lo anterior se ejecutará de forma sucesiva y automática hasta que no haya Posturas válidas que superen el valor de la mejor oferta económica que ocupe la primera posición en los últimos tres (3) minutos. Será importante establecer que por restricciones técnicas de los sistemas electrónicos, la auto extensión se realiza de manera automática siempre y cuando medien 5 segundos entre el momento xxx xxxxx que da origen a la auto extensión y el momento en que culmina dicha auto extensión o el término establecido para la finalización del evento.
(xiii) Si en el curso de la subasta electrónica se presentan fallas de la plataforma tecnológica como las previstas en el artículo 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015, que impidan continuar con el curso normal de la misma, la subasta se suspenderá y se dará reinicio al evento subasta en las condiciones y fechas que establezca la Entidad y que serán comunicadas a los Proponentes Habilitados. En la reapertura del evento, el oferente podrá acceder nuevamente con las claves de acceso entregadas inicialmente por el operador de subasta, el precio xx xxxxxxx será el último mejor lance válido que ocupo la posición uno (1) registrado por la plataforma de subasta en la ronda de subasta anterior. Será importante tener en cuenta que si las fallas corresponden a los recursos propios de
los proponentes se entenderá que los mismos desistieron de participar en la subasta de conformidad con el párrafo segundo del artículo 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015.
(xiv) LA ENTIDAD a través de su operador de subasta cuenta con los siguientes medios de soporte exclusivos para el certamen a lo largo de la subasta:
a. Telefónico: 7442727 en Bogotá; Línea Gratuita Nacional: 018000181531.
b. Chat: a través del sitio web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.
c. Correo electrónico: xxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
(xv) En ningún caso la plataforma tecnológica determinará precios artificialmente bajos, este proceso lo determinará la ENTIDAD una vez culminado el evento subasta y aplicará lo convenido en materia de descalificación de ofertas del presente pliego de condiciones y lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015.
(xvi) Los resultados del evento de subasta electrónica serán dados a conocer a LA ENTIDAD y a los proponentes habilitados por el operador de la subasta electrónica en un plazo no superior a ocho (8) horas hábiles utilizando para ello las direcciones de correo electrónico notificadas por LA ENTIDAD y los proponentes.
(xvii) Adjudicado el Contrato, la ENTIDAD hará público el desarrollo y resultado de la subasta incluyendo la identidad de los Proponentes Habilitados.
(xviii) Para la suscripción del Contrato por medios electrónicos, el representante legal o apoderado del Proponente Ganador podrá firmar el Contrato y sus anexos y los enviará a LA ENTIDAD, utilizando los medios de autenticación e identificación señalados en los Pliegos de Condiciones. En este caso, la remisión del Contrato firmado digitalmente se hará al correo electrónico indicado en el presente Pliegos.
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
Responsabilidad jurídica en el uso de la plataforma de subasta electrónica y consecuencias
El marco normativo vigente para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes mediante el mecanismo de subasta electrónica no habilita al operador de la plataforma tecnológica o LA ENTIDAD subastadora la inhabilitación de un proponente por el envío de una oferta inválida, puesto que se parte de un principio de buena fe al asumir que se trata de un error involuntario.
Es una misión de Certicámara S.A. como operador de la plataforma tecnológica de subasta velar por el cumplimiento de buenas prácticas empresariales, la trasparencia, la pluralidad e igualdad en el uso de los medios electrónicos para la contratación pública. En ese sentido, la compañía espera que el presente proceso de subasta electrónica pueda llevarse a feliz término bajo el estricto cumplimiento de estos preceptos.
Criterios de Desempate
Se entenderá que hay empate entre dos o más Propuestas cuando presenten un número idéntico en el valor de la Postura. En el caso que dos o más Propuestas bajo el anterior criterio hubieran arrojado el mismo resultado se aplicará el siguiente criterio desempate:
Se adjudicará al Proponente que haya presentado primero la Postura, lo cual será definido a través del mecanismo de Estampado Cronológico Certificado de Certicámara que es un servicio prestado por dicha entidad de Certificación Digital Abierta, que se encuentra debidamente autorizado por la Superintendencia de Industria y Comercio y que dé certeza inequívoca de la fecha y hora, minuto, segundo y milésima de segundo exacto en que se recibió la Postura en el sistema de Subasta Electrónica.
Descalificación de las Ofertas
Si revisadas las Posturas por parte de los Proponentes Habilitados y de conformidad con la información establecida por la ENTIDAD esta estima que la Postura Ganadora durante el evento de Subasta resulta artificialmente baja, el Comité Evaluador de la Entidad requerirá al Proponente para que explique las razones que avalan el valor ofertado. Oídas las explicaciones, el Comité Evaluador recomendará al ordenador del gasto la adjudicación o el rechazo de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015.
Requerimientos para acceder a la plataforma de subasta electrónica y recomendaciones generales:
El proponente que haya sido habilitado para participar en el proceso de selección dentro del evento de subasta electrónica, deberá tener en cuenta un conjunto de requisitos y recomendaciones técnicas para su participación en el evento de subasta a través de la herramienta “CertiSubasta”:
(i) Deberá satisfacer los siguientes requerimientos mínimos:
1. Conexión xx xxxxx ancha de mínimo 1 Megabyte.
2. Sistema operativo Microsoft Windows XP, VISTA, 7 o superior.
3. Navegador Internet Explorer 7 o superior.
4. Un certificado digital de Representación Legal, vigente, no revocado y emitido por Certicámara S.A. El certificado debe encontrarse en la máquina y habilitado para firmar digitalmente. Este certificado digital será adquirido directamente por el Proponente Habilitado, ante Certicamara S.A. en la URL xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx
5. Tener instalado el configurador automático CertiTool en su última versión publicada en el sitio web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx0.xxx
(ii) Recomendaciones generales:
1. Cuando el estado de la subasta indique que faltan 60 segundos para el cierre de la misma, se recomienda a los proponentes refrescar continuamente la información en pantalla utilizando para ello botón de refrescar disponible en la plataforma de subasta electrónica.
2. Configurar mínimo tres equipos de cómputo en los cuales podrá acceder simultáneamente al simulacro o evento de subasta, esto en caso de presentar fallas en un equipo poder continuar su participación en un equipo alternativo, el cual debe contar con los requerimientos mínimos indicados en el presente anexo.
3. Contar en lo posible con dos proveedores de internet diferentes por si presentan fallas puedan continuar participando con el proveedor alternativo.
4. Se recomienda usar en el evento de subasta el mismo equipo o equipos configurados en el simulacro.
2.10. Adjudicación
La adjudicación del presente proceso de selección se hará por el valor total del presupuesto asignado, a la oferta más económica, en evento de subasta inversa Electrónica, en el lugar fecha y hora establecida en el cronograma que hace parte xxx xxxxxx de condiciones.
2.11. Efectos de la Adjudicación
De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 77 de la Ley 80 de 1.993, en concordancia con el artículo 9° de la Ley 1150 de 2.007, el acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario, contra él no proceden recursos en vía gubernativa. Su impugnación procede mediante el ejercicio de las acciones judiciales que correspondan. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, este podrá ser revocado, caso en el cual la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1.993 y normas vigentes.
El acto de adjudicación se publicara a través de SECOP II
2.12. Declaratoria de Desierta del Proceso de Seleccion
Dentro del mismo término de adjudicación, la Fiscalía General de la Nación – Subdirección Regional de Apoyo Central, por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista, podrá declarar desierto el proceso de selección, mediante acto administrativo motivado, conforme a lo previsto en el artículo 30, numeral 9°, inciso 3°, de la Ley 80 de 1.993, en concordancia con el numeral 18 del artículo 25 de la misma norma.
CAPÍTULO TERCERO
3. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS
Son requisitos para participar y verificar: La capacidad Jurídica, financiera, técnica y experiencia del proponente. Son verificables por los evaluadores, quienes constataran el cumplimiento de los mismos teniendo en cuenta lo exigido por la Entidad y en el Pliego de Condiciones y términos de referencia. Si los proponentes no cumplen con estos requisitos, el ofrecimiento será rechazado.
Los proponentes interesados en el presente proceso deberán acreditar los requisitos de verificación que a continuación se describen:
3.1. Capacidad Jurídica
Los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico:
3.1.1 Carta de Presentación
Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la persona legalmente facultada.
Debe ser firmada por el proponente: persona natural, representante legal para personas jurídicas, persona designada para representarlo en caso de consorcio o unión temporal, o apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder autenticado donde se especifique si se otorga poder para presentar la oferta, o para presentar ésta, participar en todo el proceso de selección abreviada mediante subasta inversa Electrónica y suscribir el contrato en caso de resultar seleccionado. En este evento el poder deberá ser anexado con esas formalidades junto con la carta de presentación de la propuesta. Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la oferta. Se expone como guía el formato del ANEXO No. 1 “CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA” adjunto al pliego de condiciones.
En la carta de presentación el oferente ya sea en forma individual, en unión temporal o consorcio deberá manifestar bajo la gravedad de juramento no estar incurso en las causales de inhabilidades o incompatibilidades de que trata el artículo 8 xx Xxx 80 de 1993 y demás normas constituciones y legales.
Del mismo modo se indicará bajo la gravedad de juramento que los recursos de la empresa que representa provienen de actividades licitas.
En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en la carta de presentación, la Fiscalía, las solicitará, para lo cual el proponente cuenta hasta la adjudicación para allegarlos.
3.1.2. Documento de conformación del consorcio o unión temporal.
Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, se debe anexar el documento de conformación – ANEXO 2, debidamente suscrito por sus integrantes, en el cual se dé estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 7o. de la Ley 80 de 1993 ó artículo 7º. De la Ley 1150 de 2007, donde se debe:
Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL. Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal.
Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
En tal caso, señalar en forma clara y precisa, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad contratante.
Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un año más
En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en el documento de conformación del Consorcio o de la Unión Temporal, la FISCALÍA, las solicitará, para lo cual el proponente cuenta hasta la adjudicación para allegarlos.
Tanto si la participación es a título de CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL. Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá anexar la correspondiente autorización impartida en forma previa a la presentación de la propuesta por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función donde lo faculte específicamente para presentar la propuesta y celebrar el contrato respectivo en caso de resultar seleccionado.
3.1.3. Certificado de Existencia y Representación Legal o Registro Mercantil Expedido por la Respectiva Cámara de Comercio
Si la propuesta la presenta una persona jurídica, debe adjuntar el certificado de existencia y representación legal y en el caso de persona natural registro mercantil, expedido por la Cámara
de Comercio con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anteriores al cierre, donde conste quién ejerce la representación legal, las facultades del mismo, el objeto social dentro del cual debe estar relacionado el objeto del presente proceso de selección o de actividades afines y la duración de la sociedad.
La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo del contrato y un (1) año más (Articulo 6° Ley 80 de 1.993).
Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá anexar la correspondiente autorización impartida en forma previa a la presentación de la propuesta por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función donde lo faculte específicamente para presentar la propuesta y celebrar el contrato respectivo en caso de resultar seleccionado.
En el caso de consorcios o uniones temporales, deberán adjuntar la autorización de cada uno de sus integrantes para presentar la oferta y celebrar el contrato en caso de personas jurídicas, siempre y cuando estén limitadas en el certificado xx xxxxxx de comercio.
Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
En el evento en que el contenido del certificado expedido por la Cámara de Comercio haga remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente adjuntar la autorización específica impartida en forma previa a la presentación de la oferta para participar en el proceso de selección abreviada y suscribir el contrato con la Fiscalía, en caso de resultar seleccionado.
Si la propuesta se presenta a nombre de una sucursal, se deberán anexar los certificados tanto de la sucursal como de la casa principal. En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos, sea persona jurídica, cada uno de ellos o el integrante respectivo, debe aportar el citado certificado.
Cuando no se xxxxxxx el certificado expedido por la Cámara de Comercio; la fecha de expedición de éste no se encuentre dentro de la requerida por la Entidad; no se anexe la correspondiente autorización para presentar la oferta y en dado caso firmar el contrato o la parte pertinente de los estatutos para establecer las facultades del representante legal, la Fiscalía, le solicitará al proponente el respectivo documento o las aclaraciones que se consideren pertinentes, para lo cual el proponente cuenta hasta la adjudicación para allegarlos.
3.1.4. Original de la Garantía de Seriedad de la Propuesta Acompañada de sus Condiciones Generales que Garantice la Seriedad de la Oferta
El proponente debe allegar con su propuesta, el original de la póliza de seriedad de la propuesta acompañada de sus condiciones generales, la cual debe constituirse por el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado.
Dicha garantía debe estar constituida a favor de LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – SUBDIRECCIÓN REGIONAL DE APOYO CENTRAL – NIT. 800.187.567-9, con una
vigencia mínima de noventa (90) días contados a partir de la fecha de cierre y estar referida al presente proceso de selección abreviada y encontrarse firmada por el asegurador.
Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de CONSORCIO O UNION TEMPORAL, la póliza que garantiza la seriedad de la propuesta se tomara a nombre del consorcio o unión temporal, indicando sus integrantes y deberá estar firmada por el representante del mismo.
Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio.
El oferente también podrá garantizar la seriedad de su oferta a través de un aval bancario, el cual debe cumplir con los requisitos de valor asegurado, constituirse a favor de la Entidad, indicando vigencia, referencia al presente proceso contractual y encontrase firmado por el representante de la Entidad bancaria en los mismos términos exigidos para la garantía de seriedad expedida por una Compañía Aseguradora.
En caso que la fecha de cierre se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de ampliar la vigencia de la póliza.
De presentarse error en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida a la presente selección abreviada o de no allegarse las condiciones generales, la Fiscalía, solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual el proponente cuenta hasta la adjudicación para allegarlos.
3.1.5 Certificado Contraloría General – Boletín de Responsables Fiscales
El proponente debe aportar certificación expedida por la Contraloría General de la República, boletín vigente, donde conste la NO INCLUSION en el boletín de responsables fiscales. En los casos en que el oferente sea una persona jurídica, deberá aportar los certificados expedidos a nombre de la empresa y a nombre del representante legal. En los casos de consorcio o uniones temporales cada uno de los integrantes debe aportar este certificado.
3.1.6 Certificado de Antecedentes Disciplinarios – Procuraduría
El proponente debe aportar el certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Procuraduría General de la Nación con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario anteriores al cierre del presente proceso, donde conste que no registra antecedentes disciplinarios. En los casos en que el oferente sea una persona jurídica, deberá aportar los
certificados expedidos a nombre de la empresa y a nombre del representante legal. En los casos de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes debe aportar este certificado.
3.1.7 Certificación Expedida Sobre Pago de Aportes Parafiscales – Anexo 4
Acreditar con la certificación respectiva estar al día con el pago a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar (artículo 23 Ley 1150 de 2007 y demás normas complementarias o modificatorias). Dicha certificación deberá ser suscrita por la persona natural o su contador, o por el revisor fiscal y/o representante legal de la persona jurídica, según sea el caso y su fecha de expedición no podrá ser mayor a diez (10) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
En caso de consorcios y uniones temporales, cada participante deberá acreditarlo por separado.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2.003, los proponentes que se encuentren excluidos del pago de los aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF, deberán acreditar dicha situación presentando el certificado de exclusión emitido por la Caja de Compensación Familiar a la cual se encuentren afiliados o por el SENA y el ICBF cuando les corresponda certificarlo.
En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas Entidades la información que suministran los proponentes. Si se advierten discrepancias entre la información suministrada y lo establecido por la Entidad, se solicitarán las aclaraciones de rigor.
Cuando el proponente no xxxxxxx con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiera aclaraciones, la Fiscalía se lo solicitará.
3.1.8 Inhabilidades, sanciones a Dic 31 de 2017.
Se verificara frente al Certificado xx Xxxxxx de Comercio, según lo contemplado en el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011. Anexo 5.
3.2 CAPACIDAD FINANCIERA
3.2.1 CAPACIDAD FINANCIERA REQUISITOS Y DOCUMENTOS FINANCIEROS
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6° la Ley 1150 de 2007, la Fiscalía General de la Nación verificará la capacidad financiera de los proponentes con base en los indicadores definidos en el Decreto 1082 de 2015 para cada caso y la información contenida en el
Certificado de Inscripción y Clasificación– RUP, correspondiente a los estados financieros con corte mínimo a treinta y uno (31) de diciembre de 2017.
ÍNDICES DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, en los numerales 3 y 4 del Artículo 2.2.1.1.1.5.3 de acuerdo con la actividad a contratar, la capacidad financiera y organizacional será objeto de verificación a todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación, sin calificarse en cuanto no es factor de comparación de las ofertas.
La Fiscalía General de la Nación realizara la verificación del cumplimiento de la Capacidad Financiera y organizacional exigida para el presente proceso de la siguiente forma:
1. La información contenida en el Certificado de Inscripción y Clasificación– RUP, correspondiente a los estados financieros debe ser con corte mínimo a treinta y uno (31) de diciembre de 2017 y debe indicar que fue objeto de verificación documental por parte de la cámara de comercio del municipio que la expide, en caso contrario se evaluara con NO CUMPLE.
2. las propuestas presentadas bajo la modalidad de consorcio, unión temporal u otra forma de asociación, deberán anexar la documentación solicitada para todos y cada uno de sus miembros.
3. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal.
4. La Fiscalía General de la Nación Subdirección de Apoyo Regional de Apoyo Central si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en la información recibida.
C. Capacidad financiera
Con base en lo antes expuesto, la entidad considera necesario establecer para la verificación los siguientes indicadores:
El CAPITAL DE TRABAJO atiende a la necesidad de la Fiscalía General de la Nación de tener la garantía de que el contratista seleccionado cuente con los recursos que requiere la empresa para poder operar (efectivo, inversiones a corto plazo, cartera e inventarios) y suficientes a corto plazo para atender con sus obligaciones contractuales (clientes y proveedores), por lo tanto, mide o evalúa la liquidez necesaria para que la empresa continúe funcionando fluidamente.
La Fiscalía General de la Nación considera importante contar con oferentes con respaldo financiero para poder ejecutar satisfactoriamente el objeto contractual, por lo cual ha definido como requisito habilitante un capital de trabajo mayor o igual al 70% del valor del presupuesto oficial estimado del presente proceso de selección.
El ÍNDICE DE LIQUIDEZ indica cuál es la capacidad de la empresa para hacer frente a sus deudas a corto plazo, comprometiendo sus activos corrientes. Por cada peso ($) de deuda corriente, cuánto se tiene de respaldo en activo corriente, entre más alto sea, menor riesgo existe que resulten impagadas las deudas a corto plazo. De igual manera, el índice de liquidez demuestra la capacidad de la compañía para adquirir nuevos compromisos y emprender nuevos proyectos sin necesitad de endeudamiento adicional.
Las empresas colombianas, por su naturaleza no realizan ventas de contado, por lo tanto en acuerdo autónomo de las dos parte de los contratos que se ejecutan en la actualidad, la cartera se recupera en un periodo promedio de cobro de 60 días, plazo establecido por empresas dentro de su política de ventas. De esta forma el activo no se puede convertir en efectivo en un plazo menor a un mes.
Para la Fiscalía General de la Nación es significativo que los oferentes tengan un índice de liquidez mayor o igual 1.4 ya que constituye una muestra de buena gestión financiera de una empresa para hacer frente, con su disponibilidad de liquidez, a sus obligaciones en el corto plazo y, por ende, acreditar su solvencia.
El ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO refleja el grado de apalancamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos de la empresa. Mientras más alto sea este índice mayor es el apalancamiento financiero de la empresa.
En el caso colombiano, según la dinámica de nuestra economía las empresas tienden a endeudarse y la mayoría presentan niveles de endeudamiento superiores al 60%, tan es así, que el propio Banco de la República, para efectos de operaciones considera aceptables endeudamientos hasta un nivel del 70%. Dado que el interés de la Fiscalía General de la Nación es que haya pluralidad de oferentes definió un índice de endeudamiento menor o igual al 60%.
El ÍNDICE DE RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES, es fundamental para un proveedor estar al día con sus obligaciones financieras, particularmente con la obligación de pagar intereses financieros. Una compañía puede encontrarse en dificultades financieras y operacionales y mantener el giro ordinario de sus negocios por un buen tiempo en la medida en que sea capaz de pagar sus intereses de deuda.
Un resultado alto en este indicador será producto de un bajo apalancamiento y si llegase a ser menor que uno, ello significará un riesgo inminente de incumplimiento en las obligaciones inherentes a la financiación y la necesidad de obtener nuevos fondos.
Para la Fiscalía General de la Nación es importante contar con oferentes que puedan solventar sus obligaciones financieras, por lo tanto definió una razón de cobertura de intereses mayor o igual a 3.8.
Los indicadores a verificar evaluándolos con CUMPLE o NO CUMPLE de acuerdo al numeral 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del decreto 1082 de 2015, son los siguientes:
INDICADOR CAPACIDAD FINANCIERA | PUNTAJE |
Índice de liquidez – Razón Corriente (activo corriente/pasivo corriente) | Mayor o igual a 1.4 |
Índice de endeudamiento – Razón de Endeudamiento (pasivo total/activo total) | Menor o igual a 60% o 0.60 |
Razón de cobertura de intereses (utilidad operacional/gastos de intereses o Costos Financieros) | Mayor o igual a 3.8 |
Capital de Trabajo (Activo corriente menos pasivo corriente) | Mayor o igual al 70% del presupuesto oficial estimado |
Los puntajes de LIQUIDEZ, ENDEUDAMIENTO y RAZON DE COBERTURA DE
INTERESES, para los asociados del proponente plural (Consorcio, Unión Temporal, otro), se calcularan de acuerdo a su porcentaje de participación y para ellos se utilizara el siguiente procedimiento y al realizar la sumatoria deberán cumplir con lo establecido para estos indicadores, así:
INDICE DE LIQUIDEZ
INDICE DE ENDEUDAMIENTO
INDICE DE COBERTURA DE INTERESES
(Indice de Liquidez RUP Oferente Plural 1 x % participación) +
= (Indice de Liquidez RUP Oferente Plural 2 x % participación) + (Indice de Liquidez RUP Oferente Plural N x % participación)
(Indice de Endeudamiento RUP Oferente Plural 1 x % participación) +
= (Indice de Endeudamiento RUP Oferente Plural 2 x % participación) + (Indice de Endeudamiento RUP Oferente Plural N x % participación)
(Indice de Cobertura de Intereses RUP Oferente Plural 1 x % participación) +
= (Indice de Cobertura de Intereses RUP Oferente Plural 2 x % participación) + (Indice de Cobertura de Intereses RUP Oferente Plural N x % participación) +
Para el Puntaje de CAPITAL DE TRABAJO, de los asociados del proponente plural (Consorcio, Unión Temporal, otro), se utilizara el siguiente procedimiento y al realizar la sumatoria deberán cumplir con lo establecido para este indicador, así:
CAPITAL DE TRABAJO
Capital de trabajo RUP oferente plural 1 +
= Capital de trabajo RUP oferente plural 2 + Capital de trabajo RUP oferente plural N
Los Proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el Proponente cumple el indicador, salvo que la
utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses.
D. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
La capacidad que tiene una empresa para entregar bienes y servicios está relacionada con una combinación de mediciones que involucra el margen de ganancia, la eficiencia en el manejo de sus activos y el riesgo de su operación.
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO indica que tan rentable es una empresa respecto de su patrimonio, por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.
La Fiscalía General de la Nación considera que el oferente muestra su eficiencia al tener un resultado positivo de la utilidad operacional sobre el patrimonio, por lo tanto determino que la rentabilidad del patrimonio debe ser mayor o igual a 0 (cero).
RENTABILIDAD DEL ACTIVO indica que tan rentable es una empresa respecto de sus activos totales, por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.
La Fiscalía General de la Nación considera que el oferente muestra su eficiencia al tener un resultado positivo de la utilidad operacional sobre el activo, por lo tanto determino que la rentabilidad del activo debe ser mayor o igual a 0 (cero).
Los indicadores a verificar evaluándolos con CUMPLE o NO CUMPLE de acuerdo al numeral 4 del artículo del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del decreto 1082 de 2015, son los siguientes:
INDICADOR | PUNTAJE |
Rentabilidad del patrimonio (utilidad operacional dividida por el patrimonio) | Mayor o igual a 0% o 0.00 |
Rentabilidad del activo (utilidad operacional dividida por el activo total) | Mayor o igual a 0% o 0.00 |
Los puntajes de Rentabilidad del patrimonio y del activo, de cada uno de los asociados (Consorcio o Unión Temporal), se calcularan de acuerdo a su porcentaje de participación y al realizar la sumatoria deberán cumplir con lo establecido para estos indicadores, así:
(Utilidad operacional oferente plural 1 x % participación) + (Utilidad operacional oferente plural 2 x % participación)
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO
RENTABILIDAD DEL ACTIVO
(Rentabilidad del Patrimonio RUP Oferente Plural 1 x % participación) +
= (Rentabilidad del Patrimonio RUP Oferente Plural 2 x % participación) + (Rentabilidad del Patrimonio RUP Oferente Plural N x % participación)
(Rentabilidad del Activo RUP Oferente Plural 1 x % participación) +
= (Rentabilidad del Activo RUP Oferente Plural 2 x % participación) + (Rentabilidad del Activo RUP Oferente Plural N x % participación)
F. Registro Único Tributario (RUT)
El proponente, debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT actualizado, en el que indique a qué régimen pertenece.
En caso de consorcio, unión temporal u otra forma de asociación, cada uno de sus integrantes debe presentar este documento.
3.3 Compromiso Anticorrupción
El proponente deberá diligenciar el ANEXO N° 7.
3.4 REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES
3.4.1 Ficha técnica
Las especificaciones técnicas se encuentran descritas en los formatos Anexo 10.1 a 10.8 “Fichas”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.2.1.2.1, numeral 1 del Decreto 1082 de 2015.
El proponente deberá cumplir con las especificaciones técnicas mínimas, de conformidad con la ficha técnica publicada en el SECOP, entregarlas suscritas por el representante legal
3.4.2 Experiencia
El oferente deberá acreditar en el Registro Único de Proponentes la ejecución de hasta tres (3) contratos ejecutados, identificados en los tres (3) códigos del Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas relacionados en la tabla No. 3 del presente documento, una experiencia igual o mayor a 129.48 SMMLV
Experiencia requerida
Contrato – Código del Clasificador de Bienes y Servicios | Cuantía – SMMLV |
56 10 17 00 | 129.48 SMMLV |
56 11 15 00 | |
72 15 36 00 |
Para la verificación de este requisito, el proponente deberá indicar en el anexo 13 “experiencia requerida” xxx xxxxxx de condiciones, cuál de los contratos certificados en el Registro Único de Proponentes (RUP) deben ser tenidos en cuenta por la entidad con el fin de ser habilitado.
Nota 1: Para la verificación de este requisito, la Fiscalía General de la Nación, verificará del Registro Único de Proponentes, lo relacionado con Código del Clasificador de Bienes y Servicios hasta el tercer nivel, y su cuantía expresada en SMLMV.
Nota 2: Teniendo en cuenta que la Cámara de Comercio, no certifica el Código del Clasificador de Bienes y Servicios hasta el cuarto nivel, ni el objeto de los contratos registrados en el RUP, y se requiere que la experiencia tenga relación con el objeto del presente proceso, la Fiscalía General de la Nación verificará contra documentos el objeto del contrato.
Nota 3: La experiencia del oferente plural (unión temporal, consorcio y promesa de sociedad futura) corresponde a la suma de la experiencia que acredite cada uno de los integrantes del proponente plural.
Por otra parte, cuando un proponente adquiere experiencia en un contrato como integrante de un contratista plural, la experiencia derivada de ese contrato corresponde a la ponderación del valor del contrato por el porcentaje de participación.
Nota 4: En caso de que se alleguen documentos del contrato cuyo objeto relacione otros bienes o servicios, se deberá especificar claramente el valor ejecutado de los bienes o servicios que estén relacionados con el objeto del presente proceso de selección.
CAPÍTULO CUARTO
4. PARÁMETROS GENERALES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS MISMOS, CRITERIOS DE DESEMPATE Y CAUSALES DE RECHAZO.
4.1. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Subdirección Regional de Apoyo Central en cumplimiento de los requisitos y de la documentación solicitada, evaluará las propuestas de conformidad con lo establecido en la Ley
80 de 1993 y Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y lo señalado en el presente pliego de condiciones.
En desarrollo de lo establecido en dicho artículo, la Fiscalía General de la Nación dentro del plazo de verificación y evaluación de las propuestas, le solicitará por escrito a los proponentes que realice las aclaraciones, precisiones y/x xxxxxxx los documentos que se le requieran en relación con el proponente o la futura contratación, sin que con ello se pretenda adicionar, modificar o completar lo insubsanable.
4.2. VERIFICACIÓN JURÍDICA
Se establece de conformidad con la documentación aportada por el oferente con respecto a los requisitos xx Xxx para la contratación administrativa.
Una vez verificado el cumplimiento de los aspectos jurídicos, se procederá a evaluar la capacidad financiera y las especificaciones técnicas.
4.3. VERIFICACIÓN FINANCIERA
Se verificara con la presentación de los documentos señalados en el numeral 3.2 del presente pliego de condiciones.
La verificación de la capacidad financiera en el caso de propuestas de consorcios o uniones temporales se hará con el RUP o los estados financieros de todos los consorciados y se evaluará con base en el porcentaje de participación. Deberá anexarse el documento consorcial para verificación del porcentaje de participación.
4.4 VERIFICACIÓN CAPACIDAD TÉCNICA
Se establece de conformidad con la documentación aportada por el oferente según lo señalado en Anexo 10- Ficha Técnica, experiencia y todo lo contenido en el numeral 3.4 que hace parte integral de este pliego de condiciones.
4.5 FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA ECONOMICA – ANEXO 3
La presentación de la propuesta económica de este proceso, se hará con base en los requerimientos señalados en el Anexo 3 del presente proceso de selección, el cual hace parte integral xxx xxxxxx de condiciones.
El proponente diligenciará en su totalidad el anexo haciéndolo en sobre aparte, suscrita por el Representante Legal; so pena de rechazo.
4.6. FACTORES DE EVALUACIÓN
La evaluación se realizará por el Comité designado para el efecto, quien verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos
FACTOR | VERIFICACION |
Aspectos jurídicos | Hábil – No Hábil |
Aspectos Financieros | Hábil – No Hábil |
Aspectos técnicos | Hábil – No Hábil |
Experiencia del proponente | Hábil – No Hábil |
Aspectos económicos | En evento de Subasta Inversa. |
4.7. EVALUACION ECONÓMICA. TRAMITE PARA LA REALIZACIÓN DE LA SUBASTA INVERSA
Los proponentes habilitados, es decir aquellos que cumplan con la totalidad de los requisitos de orden jurídico, experiencia y financiero serán objeto de evaluación económica en evento de subasta inversa.
Para efectos de la evaluación económica, el precio es el único factor de selección.
Se adjudicará el contrato al proponente que oferte el menor VALOR TOTAL dentro del procedimiento de subasta inversa.
Para efectos de la subasta inversa, se utilizará exclusivamente la información contenida en el
Anexo No. 03 (formato).
En cumplimiento a lo establecido en la Ley 80 de 1993 articulo 25 numeral 15; Ley 1150 de 2007 articulo 5 y lo señalado en el Pliego y términos de referencia para cada uno de ellos.
En desarrollo de lo establecido en dichos artículos, la Fiscalía General de la Nación – Subdirección Regional de Apoyo Central, dentro del plazo de verificación y evaluación de las propuestas, le solicitará a los proponentes que en el término que se le fije para que este lo haga hasta antes del momento del evento de subasta, realice las aclaraciones precisiones y/x xxxxxxx los documentos que se le requieran en relación con el proponente o la futura contratación, sin que con ello se pretenda adicionar, modificar o completar los ofrecimientos inicialmente presentados.
Si dentro del plazo el oferente no procede de conformidad, su propuesta será rechazada
El presente proceso de selección se adjudicará por el valor total del presupuesto destinado y disponible.
4.8 CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES
En el evento de existir empate, se aplicará lo dispuesto en el aparte “criterios de desempate” del Procedimiento para la subasta inversa electrónica, numeral 2.9 del presente Pliego de Condiciones.
4.9 CAUSALES DE RECHAZO
En adición a otras causas previstas por la ley, la Fiscalía General de la Nación rechazará las Ofertas presentadas por los proponentes que:
2 Cuando la propuesta no sea presentada a través de la plataforma del SECOP II o se registre de forma diferente a lo establecido en los manuales, guías de uso y en general, acorde a sus términos y condiciones.
3 No se aceptaran propuestas parciales y en caso de que se presenten, serán rechazadas. Así mismo, no se aceptaran propuestas alternativas; de presentarse ese tipo de ofertas no serán tenidas en cuenta y solo se evaluara y verificara aquella oferta básica que cumpla con los requisitos señalados en el presente documento.
4 Son requisitos para participar y verificar: La capacidad Jurídica, financiera, técnica y experiencia del proponente. Son verificables por los evaluadores, quienes constataran el cumplimiento de los mismos teniendo en cuenta lo exigido por la Entidad y en el presente documento. Si los proponentes no cumplen con estos requisitos, el ofrecimiento será rechazado.
5 Si el proponente se encuentra en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, su Decreto Reglamentario 1082 de 2015, la ley 1474 de 2011 y demás disposiciones constitucionales y legales aplicables vigentes.
6 Cuando se compruebe inexactitud de la información suministrada por el proponente contenida en los documentos y certificados anexos a la propuesta o cuando el proponente haya tratado de interferir o influenciar indebidamente en la evaluación de las propuestas o en la adjudicación del contrato.
7 Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente para esta convocatoria, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes.
8 Cuando se presente extemporáneamente, se envíe por correo electrónico, o se presente en un lugar diferente al indicado en el presente documento
9 Cuando el proponente no de respuesta o no responda de manera satisfactoria los requerimientos y/o solicitudes de aclaración o precisión de la oferta, formulados por la Entidad contratante, dentro del término legal.
10 Cuando la oferta económica no se presente en sobre separado en el SECOP II.
11 Toda otra causa contemplada en la Ley y/o señalados en el documento.
12 Cuando los proponentes modifiquen, alteren o incluyan apartes que impidan la correcta y transparente evaluación incluida en el presente documento.
13 Cuando el proponente no oferte todos los bienes y/o servicios requeridos por la Entidad.
14 Cuando el proponente sobrepase en la oferta económica (Anexo 3), el valor total promedio previsto en el análisis de precios del Análisis del Sector (Anexo N° 12) publicado en el SECOP II.
CAPITULO QUINTO
5 DEL CONTRATO Y LAS GARANTIAS
5.1 MINUTA DEL CONTRATO Y LEGALIZACIÓN
La minuta del contrato es el resultado del formulario diligenciado en SECOP II y los términos establecidos en los pliegos de condiciones y el presente documento.
Si el adjudicatario es un consorcio o unión temporal, el contrato deberá ser suscrito por el representante del mismo y por todos sus integrantes como obligados solidarios. El contrato resultante del presente proceso de contratación, se perfeccionará y legalizará, conforme a lo establecido en el artículo 41 deja Ley 80 de 1993, y demás normas concordantes y reglamentarias vigentes.
El proponente adjudicatario, deberá suscribir el respectivo contrato dentro del término previsto en el cronograma del proceso. Si el adjudicatario no suscribe o legaliza el contrato dentro de los términos señalados, quedará a favor de la Fiscalía, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía, de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
En este evento, la Fiscalía adjudicará, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta esté dentro de las mismas condiciones del calificado en el primer lugar.
Certificación expedida por la entidad bancaria donde se señale el número de la cuenta bancaria, en el cual se consignaran los pagos que se generen del contrato.
5.2 CONTRATO A CELEBRAR
De conformidad la Ley 80 de 1993, Decreto N° 1082 de 2015, según la naturaleza del objeto y las obligaciones contractuales, el tipo de contrato que se celebrará será de compraventa.
5.3 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA OBLIGACIONES GENERALES:
El contratista seleccionado se obliga para con la Fiscalía General de la Nación Subdirección Regional de Apoyo Central a:
OBLIGACIONES GENERALES:
Cumplir con el objeto del contrato de acuerdo con las condiciones técnicas, económicas, financieras y comerciales de la propuesta presentada y en coordinación con el supervisor por parte de la Fiscalía.
Mantener la reserva de toda la información o documentos que conozca durante la ejecución del contrato.
Suministrar al supervisor del contrato la información que le sea solicitada.
Acatar e impartir de manera diligente las observaciones realizadas por el supervisor del contrato en la ejecución del mismo.
Asistir a las reuniones que sean convocadas por el supervisor del contrato.
Presentar oportunamente las facturas, los soportes correspondientes y demás documentos necesarios para el pago del contrato.
Mantener vigente la garantía única y las demás garantías por el tiempo pactado en el contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo.
Mantener en forma permanente altos niveles de eficiencia para atender sus obligaciones.
Responder por sus actuaciones y omisiones derivadas de la celebración del presente contrato, y de la ejecución del mismo.
Acatar la Constitución, la Ley y la ética profesional.
Adoptar medidas de prevención y control apropiados y suficientes para cumplir con el objeto contractual.
Reportar de manera inmediata en caso de cualquier novedad o anomalía, a la Subdirección Regional de Apoyo Central.
En el evento de algún inconveniente en la entrega de los bienes, acudir de manera inmediata a un plan de contingencia, en coordinación con el supervisor, y así evitar traumatismos.
Dar estricto cumplimiento a los términos pactados en este contrato y por ningún motivo interrumpir la entrega de los elementos objeto del contrato, sin previo y oportuno aviso y autorización escrita de la Subdirección Regional de Apoyo Central.
El contratista deberá mantener a la Fiscalía General de la Nación, indemne y libre de toda pérdida o reclamo, demanda, pago de litigios, acciones legales, reivindicaciones y
fallo de cualquier especie y naturaleza, que se entable o que pueda entablarse contra éstos por causa de acciones u omisiones en que incurra el contratista, sus agentes, subcontratistas o empleados, durante la ejecución del contrato.
Informar cuando sea procedente, cambios en la composición del capital social de la persona jurídica; la existencia de pactos o acuerdos de accionistas; su pertenencia o no a un grupo empresarial, si se trata de una matriz, subordinada, o sucursal de sociedad extranjera, así como la información relevante de índole jurídica, comercial o financiera, de la persona jurídica o de sus representantes legales, socios o accionistas.
Proveer la información cuando tenga ocurrencia una situación que implique una modificación del estado de los riesgos existente al momento de proponer o de celebrar el contrato, como sería el caso de la existencia de investigaciones, medidas de aseguramiento o condenas proferidas en Colombia o en el extranjero.
x Presentar denuncia cuando tenga conocimiento de la comisión de una conducta punible que pueda ser constitutiva de actos de corrupción. La omisión de este deber constituye un incumplimiento grave de las obligaciones por parte del contratista, que puede dar lugar a la declaratoria de incumplimiento o al ejercicio de acciones contractuales por el perjuicio o el daño que este tipo de conductas lesivas causan al patrimonio económico de la nación, y que bien pueden exceder el valor de la contratación.
Las demás inherentes al objeto y naturaleza del contrato.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:
Realizar la entrega e instalación oportuna de los elementos en la ciudad de Bogotá, en la carrera 28 No. 18-64 piso 1.
Ofrecer las garantías sobre los productos suministrados.
Garantizar que los materiales y elementos ofrecidos son nuevos y cumplen con la normatividad ambiental y técnica vigente, así mismo, que las referencias, marcas y precios con los que se le adjudique el presente contrato, serán los que suministrarán hasta finalizado el mismo, sin modificación alguna.
El transporte de los elementos y demás costos para la entrega de los elementos correrán en su totalidad por cuenta del contratista. Los precios cotizados por cada elemento para la Fiscalía deben contener de manera implícita estos costos.
Cumplir con lo establecido en el Decreto No. 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
Para la instalación del mobiliario deberá contar con personal idóneo para esta actividad, que posean las herramientas acordes para realizar la instalación.
Enviar listado del personal que realizara la entrega y la instalación del mobiliario adquirido, indicando nombres completos y números de cédula
5.4 GARANTÍA ÚNICA
El contratista deberá asumir por su cuenta y costo, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, cualquiera de las garantías establecidas en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015 a favor de la Fiscalía General de la Nación con NIT.
800.187.567-9, de conformidad con la Subsección 1 de la Sección 3 del Decreto 1082 de 2015. La garantía deberá ser presentada a la Sección de Gestión Contractual y deberá amparar los siguientes riesgos:
AMPARO | SUFICIENCIA | VIGENCIA |
Cumplimiento general de las obligaciones surgidas del presente contrato. | Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. | El término de ejecución del contrato y seis (6) meses más. |
Calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados. | Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. | Igual a la duración del contrato y un año más. |
Calidad de los servicios prestados. | Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. | Igual a la duración del contrato y tres años más. |
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales | Diez por ciento (10%) del valor total del contrato | Por término de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
El contratista debe presentar una garantía de responsabilidad civil extracontractual, a favor de la Fiscalía General de la Nación con NIT. 800.187.567-9 (COMO BENEFICIARIO Y ASEGURADO), de conformidad con la Subsección 1 Sección 3 del Decreto 1082 de 2015. La garantía deberá ser presentada a la Sección de Gestión Contractual:
AMPARO | SUFICIENCIA | VIGENCIA |
Responsabilidad civil extracontractual | 200 SMLMV | La vigencia de esta garantía deberá ser igual al período de ejecución del contrato. |
AMPAROS ADICIONALES EN EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | ||
El contratista seleccionado deberá incluir dentro del seguro de Responsabilidad civil extracontractual los siguientes amparos adicionales, los cuales sólo se entenderán contratados si se indican en la caratula de la póliza. | ||
GASTOS MÉDICOS. Deberá cubrir por lo menos los gastos en que incurra la Fiscalía General de la Nación con el fin de prestar los primeros auxilios a | 200 SMLMV | La vigencia de esta garantía deberá ser igual al período de ejecución del |
terceros víctimas de una lesión personal sufrida durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato. Se entiende por primeros auxilios la atención médica oportuna por encontrarse el tercero en proceso de rápido agravamiento en su salud, siempre y cuando dicha atención médica se efectué dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al momento de la ocurrencia de la lesión para efectos de esta cobertura. | contrato. | |
RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL: Deberá cubrir por lo menos los perjuicios que tenga que pagar el contratista en razón de la Responsabilidad Civil Extracontractual que le sea imputable por los accidentes de trabajo que sufran los empleados a su servicio, en el desarrollo de las actividades asignadas a ellos; este amparo operara en exceso de las prestaciones sociales y/o cualquier otro seguro obligatorio que haya sido contratado para el mismo fin. | 200 SMLMV | La vigencia de esta garantía deberá ser igual al período de ejecución del contrato. |
RESPONSABILIDAD CIVIL "CRUZADA" ENTRE CONTRATISTAS: Deberá cubrir por lo menos los perjuicios causados por el contratista a otro, a consecuencia de las labores previamente contratadas por el asegurado y que se efectúen dentro de los predios del mismo. | 200 SMLMV | La vigencia de esta garantía deberá ser igual al período de ejecución del contrato. |
BIENES BAJO CUIDADO TENENCIA Y CONTROL: Deberá cubrir por lo menos los daños y perjuicios producidos sobre los bienes de propiedad de terceros mientras se encuentren bajo el cuidado, tenencia o control de la Fiscalía General de la Nación. | 200 SMLMV | La vigencia de esta garantía deberá ser igual al período de ejecución del contrato. |
Las garantías deberán ser allegadas dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato.
5.5. GASTOS DEL CONTRATISTA
Serán de cuenta del contratista, todos los gastos, derechos e impuestos que se causen con ocasión de la confección y presentación de la oferta, la legalización del contrato, y que se requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.
5.6. PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato que se suscriba como consecuencia de la adjudicación del presente proceso, será el establecido en el numeral 1.3 de este documento. Este plazo se contará a partir de la fecha en que se perfeccione y legalice el contrato.
Siempre que cualquiera de los plazos en días calendario indicados en el presente pliego venza en día hábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil inmediatamente siguiente. Para los efectos del trámite de este proceso de selección, cuando se indiquen plazos de días hábiles no se computaran como tales los días xxxxxxx, xxxxxxxx, días festivos y puentes considerados de esta forma por la Ley Colombiana.
5.7. FORMA DE PAGO
La Fiscalía General de la Nación – Subdirección Regional Central, cancelara el valor del contrato que se genere como consecuencia del presente proceso, según lo establecido en el numeral 1.4 del presente documento.
5.8. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 articulo 26 de la Ley 80 de 1.993).
5.9. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
Una vez revisados los posibles riesgos previsibles asociados al presente proceso de contratación en sus diferentes etapas: planeación, selección, ejecución; los mismos se destacan en documento anexo, el cual hace parte integral del presente estudio y pliego según la ley 1150 de 2007, y el Decreto 1082 de 2015.
5.10 INDEMNIDAD
El CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a la Fiscalía de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones en el desarrollo del contrato.
5.11 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales por parte del contratista, éste debe pagar a la Fiscalía una suma equivalente hasta del 20% del valor total del contrato, la cual podrá ser compensada con las sumas que adeude la Fiscalía.
El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento judicial, para efectos de constitución en xxxx.
En aplicación de la figura de la compensación, tanto el valor de las multas como el de la pena pecuniaria se descontarán de cualquier suma que la Fiscalía le adeude al contratista.
5.12 CLÁUSULA DE MULTAS:
Si durante la ejecución del contrato se presenta xxxx en el cumplimiento total o parcial de alguna de las obligaciones por parte del contratista, la entidad podrá imponer MULTAS diarias y consecutivas por un monto equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día hábil xx xxxx y hasta que se verifique el cumplimiento de la obligación, previa observancia del procedimiento administrativo sancionatorio previsto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Dichas multas no podrán exceder el diez por ciento (10%) del valor del contrato
Si la Fiscalía encontrare que el contratista ha incumplido alguna de las obligaciones a que se refiere este contrato, y que tal incumplimiento puede llegar a ser generador de multas en los términos señalados en los numerales anteriores, procederá a comunicarle por escrito tal circunstancia, exponiendo de una manera sumaria las razones por las cuales considera la existencia de un incumplimiento.
El contratista dispondrá de tres días hábiles para dirigirse a la Fiscalía mediante comunicación escrita, en la cual expondrá las razones por las cuales se encuentra en desacuerdo con las imputaciones efectuadas y anexará las pruebas que considere pertinentes.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de descargos, la Fiscalía tomará la decisión sobre la procedencia de la multa. Si la multa es procedente, expedirá el correspondiente acto administrativo debidamente motivado. En caso contrario, remitirá comunicación al contratista sobre la improcedencia.
En aplicación de la figura de la compensación, el valor de las multas se descontará de cualquier suma que la Fiscalía le adeude al contratista.
Aplicara para este numeral lo establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de julio de 2.011 – ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN.
5.13 SUPERVISIÓN
La responsabilidad respecto de la ejecución del presente contrato será ejercida por parte del Coordinador xxx Xxxxxxx e Inventarios de la Subdirección Regional Central, o quien designe la ordenadora del gasto. Por su conducto se tramitarán todos los asuntos relativos a su desarrollo
y será quien certifique la ejecución del contrato. Sus funciones además de las que determine la ley y los reglamentos serán las consignadas en el capítulo VI del Manual de Contratación de la Entidad, así como lo normado en la Ley 1474 de julio de 2011 – ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN
– artículos 82, 83, 84, 85 que modifican el artículo 53 de la Ley 80 de 1.993.
En concordancia con lo establecido en la Ley 1150 de 2007, el supervisor deberá, en el momento de autorizar los pagos, autorizar modificaciones o de liquidar el contrato, verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del Contratista frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, durante la vigencia del contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas. En el evento que no se hubieran realizado la totalidad de los aportes, el supervisor deberá informar y dejar constancia en el acta de liquidación con el propósito de cruzar las sumas adeudadas al Sistema en el momento de la liquidación con los valores a cancelar en virtud de la liquidación.
5.14. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato suscrito como consecuencia del presente proceso, se deberá liquidar dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo contractual acordado. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y normatividad vigente.