PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ANEXO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
La presente contratación se regirá por la Ley Nº 13.981, su Decreto Reglamentario DECTO- 2019-59-GDEBA-GPBA y el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios aprobado por Resolución del Contador General de la Provincia RESOL-2019- 76-GDEBA-CGP. Las situaciones no previstas en las presentes bases de contratación se resolverán sobre la base de lo establecido por la normativa aplicable al presente llamado. El presente llamado se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC”, en el marco de la Resolución Conjunta N°20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución N° 2017-5-E-GDEBA-CGP y la Resolución Conjunta RESOC-2020-2-GDEBA-CGP.
Se deja establecido que el presente procedimiento de contratación, se encuentra exceptuado de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº DECRE-2020-167-GDEBA-GPBA, en virtud de la facultad conferida por el artículo 4º de la mencionada norma.
1. Procedimiento de Contratación Alcanzado
Las presentes Condiciones Particulares rigen para el procedimiento que seguidamente se indica: Licitación Privada en los términos de la Ley N°13.981, y Art 17 del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
2. Objeto
Provisión de gas licuado propano a granel, según se detalla a continuación:
Renglón | Cantidad | Unidad de Medida | DESCRIPCIÓN |
1 | 65.000 | Litros | Gas licuado propano a granel para la Unidad N° 57 Campana. Según Anexo de especificaciones técnicas. |
2 | 55.000 | Litros | Gas licuado propano a granel para la Alcaidía Departamental Campana. Según Anexo de especificaciones técnicas. |
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
3. Presupuesto estimado
Será de pesos seis millones setenta y dos mil ($ 6.072.000).
4. Plazo de Mantenimiento de Oferta
Los oferentes deben mantener sus ofertas por el término de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no mantener su oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días hábiles anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual a la inicial.
5. Publicación y descarga de Pliegos
Los interesados podrán consultar y adquirir el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Declaraciones Juradas y Especificaciones Técnicas en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, según lo normado por la Resolución Conjunta RESOC- 2020-2-GDEBA-CGP.
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que efectúe la Autoridad Administrativa en el marco de la Ley N° 13.981, serán practicados digitalmente en el domicilio electrónico establecido en el Registro de Proveedores y Licitadores conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 13.981 y Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, Resoluciones NºRESOL-2019-76-GDEBA-CGP y Nº 000/00 xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
6. Consultas y Aclaraciones
Quienes se encuentren acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración y autenticación como usuario proveedor, podrán formular consultas sobre el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a través del PBAC hasta tres (3) días hábiles previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, sin computar el día de la apertura. Asimismo, dentro de los plazos establecidos, las consultas también podrán realizarse presentando el escrito ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Compras y Contrataciones sito en Torre Gubernamental I – calle 12 y 51 – piso 15 de la ciudad de La Plata, días hábiles en el horario de 09:00 a 15:00 hora o enviándolas por mail desde su casilla de domicilio electrónico provisto por el registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx.
El Comitente podrá elaborar aclaraciones o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de oficio o como respuesta a consultas de los potenciales oferentes por medio de circulares que serán publicadas según lo normado por el Decreto Reglamentario DECTO-2019- 59-GDEBA-GPBA y la Resolución Conjunta RESOC-2020-2-GDEBA-CGP.
Las impugnaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares serán recepcionadas por escrito ante la Dirección de Compras y Contrataciones sito en Torre Gubernamental I – calle 12 y 51 – piso 15 de la ciudad de La Plata, días hábiles en el horario de 9:00 a 15:00 horas, hasta un (1) día hábil previo a la fecha establecida para la apertura de ofertas, debiendo acreditar la constitución de la garantía de impugnación por el dos por ciento (2%) del presupuesto oficial indicado en el artículo 3º del presente Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, inciso d) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán el sometimiento a la jurisdicción de los juzgados en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la misma fuera resuelta favorablemente.
7. Ofertas - Su Presentación
Las ofertas deberán presentarse en PBAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumpliendo con todas las previsiones que expresamente requiere el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, Declaraciones Juradas y circulares aclaratorias/modificatorias, si las hubiere. Ellos, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el Oferente adjunte electrónicamente o que, en los casos que corresponda, presente en papel, integrarán en conjunto la oferta.
Solamente serán consideradas como válidas las ofertas presentadas y confirmadas electrónicamente.
La documentación exigida en formato papel, se deberá presentar en un sobre o paquete cerrado, indicando en cubierta el número de procedimiento, objeto, día y hora establecida para la apertura.
Las ofertas deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante. Las mismas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, más la documentación adicional, folletos o todo tipo de publicidad que el oferente adjunte y foliadas en forma correlativa. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la oferta, deben ser debidamente salvadas.
El oferente deberá formular la oferta por la totalidad del renglón, no pudiendo realizar cotizaciones parciales del mismo. Asimismo, podrá formular ofertas parciales por la cantidad de renglones.
Las ofertas serán admitidas hasta el día y hora fijados para el acto de apertura de ofertas en el Sistema de Compras Electrónicas, Provincia de Buenos Aires Compras “PBAC”.
8. Requisitos para ser oferentes
Adicionalmente a las condiciones requeridas para los oferentes, detalladas en el artículo 4° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales (RESOL-2019-76-GDEBA-CGP), deberán reunir, los requisitos que se describen a continuación:
a) Ajustarse a las condiciones establecidas en la Ley N°26.020 y las Resoluciones pertinentes de la Secretaria de Energía de la Nación y/o Organismos que regulen la actividad.
b) Estar inscriptos en los registros especiales pertinentes creados por la Secretaria de Energía, Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo (Resolución 800- 2004), y/o todos aquellos que eventualmente los reemplacen.
c) Acreditar poseer el stock de tanques suficientes, a los fines de poder garantizar el servicio que oferta de manera adecuada, dicha condición será requisito ineludible al momento de presentación de la oferta, formalizada mediante declaración jurada al respecto.
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
9. Dictamen de Preadjudicación
Las ofertas serán analizadas por una Comisión Asesora de Preadjudicación.
La Comisión Asesora de Preadjudicación evaluará en cada oferta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas, la aptitud de los oferentes para contratar, los aspectos formales, técnicos y económicos de cada oferta.
El cuadro comparativo de precios será confeccionado automáticamente por PBAC tomando la información que surja de la cotización de las ofertas presentadas en el sistema.
En el Acta que se emita como consecuencia de su dictamen, se indicará si hay ofertas inadmisibles, explicando los motivos y disposiciones aplicables, siguiendo igual procedimiento en caso de ofertas manifiestamente inconvenientes. Se dejará constancia de la evaluación de las observaciones que se hayan efectuado y se consignarán los fundamentos normativos de la recomendación aconsejada en el dictamen.
La Comisión Asesora de Preadjudicación emitirá su dictamen mediante PBAC dentro de cinco
(5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las propuestas indicando el orden de mérito de las ofertas que hayan sido aceptadas en el proceso de selección en forma fundada. Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o por la intimación a subsanar defectos formales, cursada a los oferentes. La Comisión Asesora de Preadjudicación deberá intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término que se fije en la intimación. Dicha intimación y el Dictamen de Preadjudicación de las propuestas se notificará a todos los oferentes por avisos mediante mensajería de PBAC, en el domicilio electrónico declarado por los proveedores de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en la Xxxxxxxxxx Xx 000/00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
10. Impugnación de Preadjudicación
El Dictamen de Preadjudicación se notificará electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación.
Los interesados podrán impugnarlo dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, de las siguientes formas, indistintamente: presentando el escrito ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Compras y Contrataciones sito en Torre Gubernamental I – calle 12 y 51 – piso 15 de la ciudad de La Plata, días hábiles en el horario de 9:00 a 15:00 horas o enviándolo por mail desde su casilla de domicilio electrónico provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx, en todos los casos junto con la garantía de impugnación.
Cualquiera sea la forma elegida de presentación de la impugnación, el original de la garantía constituida deberá ser entregado en la Dirección de Compras y Contrataciones.
La garantía deberá constituirse por el tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados, si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón o los renglones cuestionados, conforme lo establecido en el artículo 19, apartado 1, inciso f) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto administrativo de adjudicación, previa vista y nuevo Dictamen de Preadjudicación, el que no se sustanciará.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.
11. Mejora de Oferta
Cuando la Comisión Asesora de Preadjudicación estime que el precio de la mejor oferta presentada resulte excesivo con relación al monto estimado de la contratación, podrá solicitar por PBAC una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente para el interés fiscal comprometido. Ante la negativa del oferente de mejorar el precio, dicha Comisión Asesora de Preadjudicación en su caso, aconsejará proseguir con la adjudicación o declarar la inconveniencia de todas las propuestas, exponiendo los fundamentos en su dictamen.
12. Modalidad de Adjudicación
La adjudicación será según lo dispuesto por el artículo 21 del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, la misma podrá efectuarse de manera parcial por renglón y por cantidad de renglones.
El criterio de selección de la oferta más conveniente, es por aquella oferta que, habiendo cumplido con las especificaciones técnicas y las condiciones para ser oferente, resulte ser la de menor precio por renglón.
Es condición que al momento de la adjudicación el oferente se encuentre inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores en el rubro correspondiente al objeto de la contratación y con credencial vigente expedida por la referida autoridad.
13. Lugar de Entrega
En la Unidad Penitenciaria N° 57, Campana y en la Alcaidía Departamental Campana, ante su requerimiento. En todos los casos por parciales, de acuerdo a sus necesidades. La Dirección de Gestión y Control se reserva el derecho de modificar el lugar de provisión del gas a granel, entre los destinos Penitenciarios, previa notificación al adjudicatario. En todos los casos las entregas serán libres de todo gasto, en el horario y condiciones que determinen las autoridades de los Establecimientos, quedando a cargo del proveedor el acarreo, flete y descarga.
14. Plazo de Entrega
La instalación, habilitación y puesta en funcionamiento de los equipos de almacenamiento se realizará en un plazo de 30 días corridos contados a partir de la aceptación de la orden de compra. Esta tarea no deberá interferir en el normal funcionamiento de las actividades básicas de la Unidad o Establecimiento, para lo cual, la empresa proveedora adjudicada deberá contemplar un plan de aprovisionamiento transitorio.
El plazo para la provisión del gas a granel será de ciento ochenta (180) días corridos a partir de la formalización del contrato.
Las entregas se realizarán dentro de las 48 horas de efectuado el pedido, previa coordinación de fechas y horarios.
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
15. Facturación y Pago
A efectos de cumplimentar con el Artículo 23° (Perfeccionamiento del contrato), Inciso III (Facturas y pago), Apartado 3 (Forma de pago) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO- 2019-59-GDEBA-GPBA los oferentes deberán informar al momento de presentar su oferta o en forma previa a la adjudicación y como requisito sustancial para ello, el número de sucursal y de cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Provincia de Buenos Aires de la cual fueren titulares.
Las facturas serán presentadas en original, acompañadas por los remitos respectivos, en la Dirección de Gestión y Control, y deberán cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial. El pago se efectuará conforme lo estipulado en el artículo 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
16. Penalidades y sanciones
Serán conforme a lo establecido en el art. 24 del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO- 2019-59-GDEBA-GPBA.
17. Modificaciones al contrato
Conforme lo establecido en el artículo 7º inciso b) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y dada la posible amenaza de un agotamiento prematuro de las cantidades estipuladas, como consecuencia de condiciones climáticas adversas o de un aumento de la población carcelaria que genere mayores consumos, podrá hacerse uso de la ampliación para todos los renglones de hasta un cien por ciento (100%).
18. Garantías
La garantía de mantenimiento de oferta, de corresponder, deberá ser formalizada e individualizada a través de PBAC al momento de la presentación de la oferta utilizando el formulario electrónico habilitado. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida, deberá ser entregado en La Dirección de Compras y Contrataciones sito en Torre Gubernamental I – calle 12 y 51 – piso 15 de la ciudad de La Plata dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. Caso contrario la oferta será desestimada sin más trámite. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas.
El monto de la garantía de mantenimiento de oferta no será inferior al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 inc. a) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA, con la excepción prevista en su apartado 3°y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite. El Adjudicatario deberá constituir una garantía de cumplimiento de contrato, la que no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor total adjudicado, ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, incisos b) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019- 59-GDEBA-GPBA.
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
La garantía de cumplimiento de contrato deberá ser formalizada e individualizada a través de los formularios correspondientes en PBAC. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida, deberá ser entregado en la Dirección de Compras y Contrataciones sito en Torre Gubernamental I – xxxxx 00 x 00 – xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx dentro de los 7 (siete) días hábiles siguientes a la notificación del Acto de Adjudicación.
En todos los casos, las garantías deberán constituirse en las formas y condiciones detalladas en el artículo 19 apartado 2º del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA y deberán ser extendidas a favor del “Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires” - CUIT 30-70705154-6”.
19. Caso Fortuito. Fuerza Mayor
El cocontratante tendrá la obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor, no imputable a él, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. El caso fortuito o fuerza mayor deberá ser puesto en conocimiento a la Dirección de Gestión y Control dentro de los diez (10) días hábiles de producido. Si el vencimiento fijado para el cumplimiento de la obligación fuera inferior a dicho plazo, la comunicación deberá efectuarse antes de las veinticuatro (24) horas del vencimiento. La documentación probatoria de los hechos que se aleguen deberá presentarse a la autoridad citada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se puso en conocimiento la existencia del caso fortuito o fuerza mayor. Cuando el impedimento le conste, la Autoridad Administrativa, podrá eximir al proveedor de la obligación de cumplir las prestaciones. Transcurridos los plazos mencionados caducará todo derecho al respecto. Todo conforme artículo 8 inciso c) del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
20. Funcionarios con facultades decisorias
De acuerdo a lo normado por el artículo 16, apartado III, inciso 10, del Anexo I del DECTO- 2019-59-GDEBA-GPBA, los funcionarios con facultades decisorias en este proceso de selección son los siguientes:
Dependencia solicitante: Dirección de Gestión y Control: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Director de Compras y Contrataciones: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Comisión Asesora de Pre adjudicación: Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxxxxx.
Directora General de Administración: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Subsecretario Técnico, Administrativo y Legal: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx. Ministro de Justicia y Derechos Humanos: Xxxxx Xxxxx Xxxx.
La Dirección de Gestión y Control actuará como contraparte para la administración de la relación contractual.
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
21. Presentación de Muestras. Información complementaria
Conforme lo estipulado en el artículo 14 Apartado 1 inciso k), la repartición se reserva el derecho de solicitar muestras y/o información adicional que considere necesaria de los insumos cotizados por los oferentes para su evaluación, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. Dicho requerimiento se efectuará por PBAC, fijando oportunamente lugar, horario y plazo de entrega.
PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHG
X X X X X X X X XX XX X R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2021 - Año de la Salud y del Personal Sanitario
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2021-08661796-GDEBA-DCYCMJYDHGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 9 xx Xxxxx de 2021
Referencia: Condiciones Particulares - Licitación Privada 04/2021 – Provisión de gas licuado a granel
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 8 pagina/s.
Digitally signed by GDE BUENOS AIRES
DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL, serialNumber=CUIT 30715471511
Date: 2021.04.09 15:31:34 -03'00'
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Director
Dirección de Compras y Contrataciones Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Digitally signed by GDE BUENOS AIRES
DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL,
serialNumber=CUIT 30715471511
Date: 2021.04.09 15:31:34 -03'00'