GLOSARIO
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOACÁN, POR EL QUE SE RESUELVE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN DENOMINADA “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”, PRESENTADO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES DEL TRABAJO Y MORENA, CON LA FINALIDAD DE POSTULAR EN COALICIÓN TOTAL A LAS CANDIDATAS O CANDIDATOS PARA LOS CARGOS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA QUE INTEGRARÁN LA LXXV LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN, ASÍ COMO COALICIÓN PARCIAL PARA LA ELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS PARA EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO CONSTITUCIONAL 2020–2021 PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN.
GLOSARIO
Código Electoral | Código Electoral del Estado de Michoacán xx Xxxxxx. |
Consejo General | Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán. |
Constitución General | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Constitución Local | Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán xx Xxxxxx. |
INE | Instituto Nacional Electoral. |
Instituto | Instituto Electoral de Michoacán. |
Ley de Partidos | Ley General de Partidos Políticos. |
LGIPE | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. |
Reglamento de Elecciones | Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. |
ANTECEDENTES
1. El cuatro de septiembre de dos mil veinte, el Consejo General aprobó en Sesión Extraordinaria Virtual el Acuerdo identificado con la clave IEM-CG-32/2020, por el que se aprobó el Calendario para el Proceso Electoral Ordinario Local 2020- 2021 en el Estado de Michoacán.
2. El seis de septiembre de dos mil veinte en Sesión Especial, el Consejo General, en términos del artículo 183 del Código Electoral, declaró el inicio del Proceso
Electoral Ordinario Local 2020-2021, para la elección de la Gubernatura, Diputaciones y Ayuntamientos1 del Estado de Michoacán.
3. El veintitrés de octubre de dos mil veinte, en Sesión Extraordinaria virtual, el Consejo General aprobó el Acuerdo IEM-CG-46/2020, por medio del cual se modifica el Calendario del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en el Estado de Michoacán xx Xxxxxx, aprobado mediante Acuerdo IEM-CG- 32/2020, en relación con el plazo para la presentación de la solicitud de registro de convenio de coalición, entre otros.
4. El treinta de diciembre de dos mil veinte, se presentó en este Instituto, escrito signado por el ciudadanos Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx y la ciudadana Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, en su carácter de Presidente y Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional xx XXXXXX, respectivamente, así como por los ciudadano Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, en su carácter de Comisionados Políticos Nacionales del Partido de Trabajo, con la finalidad de solicitar el registro del Convenio de Coalición para postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el Proceso Electoral Xxxxxxxxx Xxxxx 0000–2021.
5. El doce de enero de dos mil veintiuno2, en Sesión Extraordinaria Urgente virtual, el Consejo General aprobó el Acuerdo IEM-CG-05/2021, por el que se resuelve la solicitud de registro de convenio de la coalición “Juntos haremos historia en Michoacán”, presentado por los partidos políticos nacionales del Trabajo y Morena, con la finalidad de postular en coalición total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como coalición parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán.
6. El primero de febrero, el Licenciado Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Representante propietario del partido Morena ante el Consejo General, presentó en este Instituto escrito con la finalidad de realizar una modificación a la cláusula quinta del convenio de la coalición “Juntos haremos historia en Michoacán”, presentado por los partidos políticos nacionales del Trabajo y Morena, con la finalidad de
1 Con excepción del Municipio de Cherán, el cual se rige por su sistema normativo propio.
2 Salvo aclaración expresa, en lo subsecuente, las siguientes fechas corresponden al año dos mil veintiuno
postular en coalición total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como coalición parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán, acompañando los siguientes documentos:
a) ADENDA AL CONVENIO DE COALICIÓN ELECTORAL QUE CELEBRAN EL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL MORENA, EN LO SUCESIVO “MORENA”, REPRESENTADO POR LOS CC. XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL, Y XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX SECRETARIA GENERAL DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL Y POR EL PARTIDO DEL TRABAJO, EN LO SUCESIVO “PT”, REPRESENTADA POR LOS CC. XXXXXXX XXXXX XXXXX Y XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, COMISIONADOS POLÍTICOS NACIONALES DEL “PT” EN EL ESTADO DE MICHOACÁN, CON LA FINALIDAD DE POSTULAR EN COALICIÓN TOTAL A LAS CANDIDATAS O CANDIDATOS PARA LOS CARGOS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA QUE INTEGRARÁN LA LXXV LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN, ASI COMO COALICIÓN PARCIAL PARA LA ELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS PARA EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO CONSTITUCIONAL 2020-2021 PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN.
b) Convocatoria a la I Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, a celebrarse el veintinueve de enero.
c) Acta de sesión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, celebrada el veintinueve de enero.
7. Con fecha cuatro de febrero, se dio vista al Partido del Trabajo, con el escrito y documentos presentados por el Licenciado Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, representante ante el Consejo General.
8. El cuatro de febrero, se recibió en este Instituto escrito signado por los Ciudadanos Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y la Ciudadana Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Comisionados Políticos Nacionales del Partido del Trabajo en Michoacán y Representante suplente del Partido del Trabajo ante el Consejo General, respectivamente, mediante el cual solicitaban tener por no presentada la solicitud de modificación
a la cláusula Quinta del convenio de Coalición y en consecuencia negar todo efecto jurídico al mismo.
9. Con fecha nueve de febrero, se dio vista al Partido MORENA, con el escrito presentado por los Ciudadanos Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y la Ciudadana Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Comisionados Políticos Nacionales del Partido del Trabajo en Michoacán y Representante suplente ante el Consejo General, respectivamente, requiriéndose se manifestara respecto o si deseaba ratificar la adenda por la que se modifica la cláusula Quinta del Convenio de Coalición Electoral celebrado por el Partido Morena y el Partido del Trabajo.
10. El doce de febrero, se recibió en este Instituto, escrito firmado por el C. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, el cual da respuesta al señalado en el punto que antecede, ratificando en sus términos la adenda modificatoria del Convenio de Coalición.
11. El dieciocho de febrero, se recibió escrito signado por la C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, representante suplente del Partido del Trabajo ante el Consejo General, y el Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Representante Propietario xx XXXXXX ante el Consejo General, presentando la documentación correspondiente para modificación a la cláusula quinta del convenio de la coalición “Juntos haremos historia en Michoacán”, presentado por los partidos políticos nacionales del Trabajo y Morena, con la finalidad de postular en coalición total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como coalición parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán, acompañando los siguientes documentos:
a) Convocatoria a la II Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, a celebrarse el cinco de febrero.
b) Lista de asistencia de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”.
c) Acta de la II Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, de fecha cinco de febrero.
d) Escrito signado por el C. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx y la C. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Presidente y Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional xx XXXXXX, respectivamente, y los C. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Comisionados Políticos Nacionales del PT en Michoacán, mediante el cual solicitan
dejar sin efectos la modificación al convenio de coalición presentada el veintiocho de enero y manifiestan su voluntad de modificar el contenido de la cláusula quinta del convenio de coalición, en los términos presentados en la adenda.
e) Adenda al Convenio de coalición electoral que celebran el partido político nacional morena, en lo sucesivo “MORENA”, representado por los XX. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, x Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional y por el Partido del Trabajo, en lo sucesivo “PT”, representado por los CC. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Comisionados Políticos Nacionales del “PT” en el Estado de Michoacán, con la finalidad de postular en coalición total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como coalición parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán.
12. Con fecha primero xx xxxxx, la Secretaría Ejecutiva del Instituto dictó acuerdo mediante el cual se tuvo por recibida la documentación descrita en el punto anterior y se requirió a los Partidos Políticos del Trabajo y MORENA en cuanto integrantes de la coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán” a efecto de que exhibieran la adenda al convenio de coalición en formato digital con extensión .doc. Cumpliendo con dicho requerimiento, el día dos xx xxxxx.
13. El nueve xx xxxxx, en Sesión Extraordinaria Urgente virtual, el Consejo General aprobó el Acuerdo IEM-CG-76/2021, por el que se resuelve la solicitud de modificación al convenio de la coalición “Juntos haremos historia en Michoacán”, presentado por los partidos políticos nacionales del Trabajo y Morena, con la finalidad de postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán.
14. El quince xx xxxxx, se recibió escrito signado por el Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Representante Propietario xx XXXXXX ante el Consejo General, presentando la documentación correspondiente para modificación a la cláusula Xxxxxxx x xxxxx 0 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx “Juntos haremos historia en Michoacán”, presentado por los partidos políticos nacionales del Trabajo y
MORENA, con la finalidad de postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán, acompañando los siguientes documentos:
a) Convocatoria a la III Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, a celebrarse el doce xx xxxxx.
b) Lista de asistencia de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”.
c) Acta de la III Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, de fecha doce xx xxxxx.
d) Adenda al Convenio de coalición electoral que celebran el partido político nacional MORENA, en lo sucesivo “MORENA”, representado por el ciudadano Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, y la ciudadana Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional y por el Partido del Trabajo, en lo sucesivo “PT”, representado por los ciudadanos Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Comisionados Políticos Nacionales del “PT” en el Estado de Michoacán, con la finalidad de postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán, dicho documento se presentó impreso y en formato digital con extensión
.doc.
15. Con fecha quince xx xxxxx, la Secretaria Ejecutiva dictó acuerdo mediante el cual se tuvo por recibida la documentación descrita en el antecedente 14 y se dio vista al Partido Político del Trabajo en cuanto integrante de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán” a efecto de que manifestara lo que a su derecho conviniera.
El diecinueve xx xxxxx, se recibió escrito signado por el C. Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Representante Propietario del Partido del Trabajo ante el Consejo General, mediante el cual manifiesta su conformidad en relación a la modificación al convenio de la coalición electoral “Juntos Haremos Historia” presentada por el Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Representante Propietario xx
XXXXXX y suscribe dichas modificaciones en los términos presentados, al cual recayó acuerdo de recepción correspondiente.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que el artículo 98 de la LGIPE, en relación con los numerales 98, de la Constitución Local y 29 del Código Electoral, disponen que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios denominado Instituto Electoral de Michoacán, autoridad responsable del ejercicio de la función estatal de dirigir, organizar y vigilar las elecciones en el Estado. La certeza, legalidad, máxima publicidad, objetividad, imparcialidad, independencia, equidad y profesionalismo serán principios rectores en el ejercicio de esta función estatal de dirigir, organizar y vigilar las elecciones en el Estado.
SEGUNDO. Que el artículo 34, fracción VI, del Código Electoral, establece que es atribución del Consejo General, conocer y resolver sobre los convenios de coaliciones, en su caso, candidaturas comunes, fusiones y frentes que los partidos celebren, y que el acuerdo debe ser aprobado por las dos terceras partes de los miembros presentes del Consejo General.
En ese mismo sentido, el artículo 42, fracción XVI, del Código Electoral señala que la Dirección Ejecutiva de Administración, Prerrogativas y Partidos Políticos deberá actualizar el registro de partidos y agrupaciones políticas, así como los convenios de fusión, frentes, coaliciones y acuerdos de participación.
TERCERO. Que el artículo 41, fracción I, de la Constitución General, en relación con el artículo 13 de la Constitución Local y el artículo 3, numeral 1 de la Ley de Partidos, establecen que los partidos políticos son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el INE o ante los organismos públicos locales, y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de la ciudadanía, hacer posible el acceso de esta al ejercicio del poder público.
CUARTO. Que el artículo 23, numeral 1, inciso f) de la Ley de Partidos, en relación con el artículo 85, inciso g), del Código Electoral establecen como derecho de los partidos políticos formar coaliciones, frentes y fusiones, las que en todo caso deberán ser aprobadas por el órgano de dirección estatal que establezca el Estatuto de cada uno de los partidos, en los términos del propio Código y las leyes aplicables.
QUINTO. Que de conformidad con lo establecido por el artículo 88 de la Ley de Partidos, en relación con el artículo 275 del Reglamento de Elecciones, los partidos políticos podrán formar coaliciones totales, parciales y flexibles.
En ese sentido, se entiende como coalición total aquella en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso electoral a la totalidad de sus candidatas o candidatos a puestos de elección popular bajo una misma plataforma electoral.
Por otro lado, una coalición parcial es aquella en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso electoral federal o local, al menos al cincuenta por ciento de sus candidatas o candidatos a puestos de elección popular bajo una misma plataforma electoral.
SEXTO. Que de conformidad con el artículo 279 del Reglamento de Elecciones el convenio de coalición podrá ser modificado a partir de su aprobación por el Consejo General o por el Órgano Superior de Dirección del Organismo Público Local y hasta un día antes del inicio del periodo de registro de candidaturas.
La solicitud de registro de la modificación deberá acompañarse de la documentación precisada en el artículo 276, numerales 1 y 2 del Reglamento de Elecciones.
Artículo 276. 1. La solicitud de registro del convenio deberá presentarse ante el Presidente del Consejo General o del Órgano Superior de Dirección del opl y, en su ausencia, ante el respectivo Secretario Ejecutivo, hasta la fecha en que inicie la etapa de precampañas, acompañada de lo siguiente:
a) Original del convenio de coalición en el cual conste la firma autógrafa de los presidentes de los partidos políticos integrantes o de sus órganos de dirección facultados para ello. En todo caso, se podrá presentar copia certificada por Notario Público;
b) Convenio de coalición en formato digital con extensión .doc;
c) Documentación que acredite que el órgano competente de cada partido político integrante de la coalición sesionó válidamente y aprobó:
I. Participar en la coalición respectiva;
II. La plataforma electoral, y
III. Postular y registrar, como coalición, a los candidatos a los puestos de elección popular.
d) Plataforma electoral de la coalición y, en su caso, el programa de gobierno que sostendrá el candidato a Presidente de la República, Gobernador o Presidente Municipal, en medio impreso y en formato digital con extensión .doc.
2. A fin de acreditar la documentación precisada en el inciso c) del párrafo anterior, los partidos políticos integrantes de la coalición deberán proporcionar original o copia certificada de lo siguiente:
a) Acta de la sesión celebrada por los órganos de dirección nacional, en caso de partidos políticos nacionales y estatal en caso de partidos políticos estatales, que cuenten con las facultades estatutarias, a fin de aprobar que el partido político contienda en coalición, anexando la convocatoria respectiva, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia; b) En su caso, acta de la sesión del órgano competente del partido político, en el cual conste que se aprobó convocar a la instancia facultada para decidir la participación en una coalición, incluyendo convocatoria, orden del día, acta o minuta de la sesión, o en su caso, versión estenográfica y lista de asistencia, y c) Toda la información y elementos de convicción adicionales que permitan al Instituto o al opl, verificar que la decisión partidaria de conformar una coalición fue adoptada de conformidad con los estatutos de cada partido político integrante.
En dicha documentación deberá constar la aprobación de la modificación cuyo registro se solicita. Se deberá anexar en medio impreso, el convenio modificado con firmas autógrafas, así como en formato digital con extensión .doc.
La modificación del convenio de coalición, en ningún caso podrá implicar el cambio de la modalidad que fue registrada por el Consejo General.
SÉPTIMO. Análisis del cumplimiento de los requisitos previstos por el artículo 279 del Reglamento de Elecciones, señalados en el considerando anterior, conforme a lo siguiente:
1. Presentación:
Como se señala en el antecedente 13 de este Acuerdo, el quince xx xxxxx, se recibió escrito signado por el Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, Representante Propietario xx XXXXXX ante el Consejo General, presentando la documentación correspondiente para la modificación a la cláusula Xxxxxxx x xxxxx 0 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx “Juntos haremos historia en Michoacán”, presentado por los partidos políticos nacionales del Trabajo y MORENA, con la finalidad de postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el Proceso Electoral Ordinario Constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán.
Ahora bien, el Convenio cuya modificación se solicita, fue aprobado por el Consejo General el doce de enero, mediante Acuerdo IEM-CG-05/2021 y el mismo se modificó por el Consejo General mediante acuerdo IEM-CG-76/2021, por lo que, de acuerdo con lo establecido en el Calendario Electoral del Instituto Electoral de Michoacán para el Proceso Electoral Local 2020-2021, aprobado por este Consejo el plazo para realizar modificaciones a los convenios de coalición inició el doce de
enero y concluirá el veinticuatro xx xxxxx, por lo que al haberse solicitado nuevamente una modificación al Convenio de la Coalición “Juntos haremos historia en Michoacán” el quince xx xxxxx, es evidente que se cumple con el requisito de oportunidad, al presentarse dentro del plazo legal para ello.
Derivado de ello, se tiene por cumplido el requisito señalado en el numeral 1, del artículo 279, del Reglamento de Elecciones.
2. Documentación que se acompaña a la solicitud:
La solicitud de modificación se acompañó de los siguientes documentos:
a) Convocatoria a la III Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, a celebrarse el doce xx xxxxx.
b) Lista de asistencia de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”.
c) Acta de la III Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, de fecha doce xx xxxxx de dos mil veintiuno, en la cual se aprobó la modificación al Convenio de Coalición Electoral que celebran MORENA y PT en el Estado de Michoacán.
d) Adenda al Convenio de Coalición electoral que celebran el partido político nacional morena, en lo sucesivo “MORENA”, representado por el ciudadano Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, y la ciudadana Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional y por el Partido del Trabajo, en lo sucesivo “PT”, representado por los ciudadanos Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Comisionados Políticos Nacionales del “PT” en el Estado de Michoacán, con la finalidad de postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán.
Ahora bien, de la revisión de la documentación presentada, se advierte lo siguiente:
En relación con la convocatoria emitida en fecha once xx xxxxx de dos mil veintiuno para celebrar la III Reunión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia”, contiene el siguiente orden del día:
1. Registro de asistencia.
2. Declaratoria de Quorum.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
4. Sesión de trabajo para presentar, discutir y, en su caso, aprobar la Modificación al Convenio de Coalición Electoral que celebran MORENA y PT en el Estado de Michoacán.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la presente reunión.
6. Clausura.
La lista de asistencia de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, que contiene las firmas del ciudadano Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional xx XXXXXX, la ciudadana Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional xx XXXXXX, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Comisionado Político Nacional del PT en Michoacán, y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Comisionado Político Nacional del PT en Michoacán.
Del acta de la Sesión de la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, de fecha doce xx xxxxx, con relación al punto 4 del orden del día trasunto, se desprende que, una vez declarado el Quórum legal, se discutió el tema de mérito, se ratificó y firmó por los integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán” en los siguientes términos:
Considerando que el proyecto fue distribuido con anticipación, se consultó a las y los presentes si se omitía la lectura del mismo para ponerse a votación de inmediato. No habiendo objeciones, se omitió la lectura y se tomó la votación, aprobándose por unanimidad de las y los presentes.
Al respecto, en el Convenio de Coalición aprobado por este Consejo mediante acuerdo IEM-CG-05/2021, se estableció en sus cláusulas CUARTA numerales 1 y 3 incisos a) y b) y SEXTA, párrafo segundo, que el máximo órgano de la Dirección de la coalición es la “Comisión Coordinadora de la Coalición” , que estará integrada por dos representantes xxxxxxxxxx xx XXXXXX y dos comisionados políticos nacionales del PT en Michoacán, así mismo en la Clausula SEXTA se establece que el órgano facultado para realizar modificaciones al citado convenio es la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán” integrada por la Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional xx Xxxxxx; los Comisionados Políticos Nacionales del PT, y el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional xx Xxxxxx, quienes cuentan con la representación legal para la modificación del Convenio.
De acuerdo al Convenio de coalición aprobado por este Consejo General, en su Cláusula Cuarta, numeral 3, incisos a) y b) se establece lo siguiente:
3. De la integración de la Comisión Coordinadora de la Comisión de la Coalición. El órgano máximo de dirección de la coalición electoral, objeto del presente convenio, estará integrado de la siguiente manera:
a) En representación xx XXXXXX por el C. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx en su calidad de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, así como por la C. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx en calidad de Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional xx XXXXXX.
b) En representación del PT, los CC. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Comisionados Políticos Nacionales del “PT” en el Estado de Michoacán.
Ahora bien, como ya se mencionó con anterioridad, en la cláusula SEXTA del convenio en mención, se establece que el órgano facultado para realizar modificaciones al citado convenio es la Comisión Coordinadora de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán” integrada por la Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional xx Xxxxxx; los Comisionados Políticos Nacionales del PT, y el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional xx Xxxxxx, quienes cuentan con la representación legal para la modificación del Convenio, como se aprecia de la documentación presentada como lo es la lista de asistencia, el acta y la adenda al convenio de la coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, dichos documentos se encuentran firmados por los y la integrante del máximo órgano de Dirección de la coalición el cual se encuentra facultado para realizar modificaciones al convenio.
En virtud de lo anterior, este Consejo General advierte que se da cumplimiento a lo señalado por los numerales 2 y 3, del Reglamento de Elecciones, relativo a la presentación del acta de la sesión del órgano competente, así como la información y elementos de convicción, que permiten a la autoridad electoral verificar que el órgano competente para ello sesionó válidamente y aprobó las modificaciones al Convenio ya aprobado por este Consejo.
La Adenda al Convenio de la Coalición “Juntos Haremos Historia por Michoacán” en su parte medular, contiene lo siguiente:
(…)
MODIFICACION a la CLAUSULA SÉPTIMA Y ANEXO 1 del convenio de coalición que nos ocupa, pare quedar en los siguientes términos:
SÉPTIMO.- DEL REGISTRO DE CANDIDATURA.
Las partes acuerdan, que los procedimientos que desarrollaran cada uno de los PARA EL REGISTRO DE LAS CANDIDATURAS A DIPUTADOS LOCALES E
INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS, objeto del presente instrumento, las partes acuerdan que los registros de todas las candidaturas a diputaciones locales e integrantes de los Ayuntamientos, así como la sustitución ante las autoridades electorales locales respectivas, serán realizados por cada uno de los representantes de los partidos, mediante el procedimiento que establezca el Instituto Electoral de Michoacán, en presencia del representante del otro partido. Todo registro de planilla o de diputado local deberá tener un aval firmado por al menos uno de los integrantes de cada partido de la Comisión Coordinadora de la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”.
Se acuerda que para efectos de registro y sustitución los integrantes de la Comisión Coordinadora de la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”, son por parte del Partido del Trabajo: Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, y por parte de XXXXXX Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
Indicando que para la postulación de las Candidatas y Candidatos a las Diputaciones Locales por el principio de la Representación Proporcional que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, se procederá de conformidad al contenido del artículo 89 numeral 1, inciso d) de la Ley General de Partidos Políticos y 281 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, en su oportunidad, cada partido integrante de la coalición deberá registrar, por sí mismos, ante el Instituto Estatal Electoral de Michoacán, las listas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional, por lo que por ministerio xx xxx, estas candidaturas no se encuentran incluidas en el presente instrumento legal asociativo.
ANEXO 1
DISTRIBUCIÓN DE CANDIDATURAS POR PARTIDO POLÍTICO. - De conformidad
con el contenido del artículo 91, numeral 1, inciso e), de la Ley General de Partidos Políticos, las partes aceptan el compromiso de postular y registrar, a través de la coalición total, en tiempo y forma, a candidatos para los siguientes cargos de elección
popular, para la postulación de Diputadas y Diputados que integrarán la LXXV Legislatura en el Congreso Local del Estado de Michoacán, conforme a la siguiente distribución:
MORENA | PT | |||
TOTAL: | 24 | 14 | 10 | |
DISTRITO LOCAL COALIGDO | CABECERA | PARTIDO | ||
1 | LA XXXXXX | XXXXXX | ||
2 | PURUANDIRO | MORENA | ||
3 | XXXXXXXXX XX XXXXXX | PT | ||
4 | JIQUILPAN DE JUAREZ | PT | ||
5 | PARACHO XX XXXXXXXX | PT | ||
6 | XXXXXX XX XXXXXXX | PT | ||
7 | ZACAPU | MORENA | ||
8 | TARIMBARO | PT | ||
9 | LOS XXXXX XX XXXXXXX | MORENA | ||
10 | MORELIA | PT | ||
11 | XXXXXXX | XXXXXX | ||
00 | XXXXXX XXXXXXX | PT | ||
13 | HEROICA ZITACUARO | MORENA | ||
14 | URUAPAN DEL PROGRESO | MORENA | ||
15 | PATZCUARO | MORENA | ||
16 | XXXXXXX | XXXXXX |
17 | XXXXXXX | XXXXXX |
18 | HUETAMO XX XXXXX | XXXXXX |
19 | TACAMBARO XX XXXXXXXX | XXXXXX |
20 | URUAPAN DEL PROGRESO | PT |
21 | COALCOMAN DE XXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXX |
22 | NUEVA ITALIA XX XXX | PT |
23 | APATZINGAN DE LA CONSTITUCION | PT |
24 | XXXXXX XXXXXXXX | XXXXXX |
(…)
En consecuencia, con la presentación de la adenda descrita, este Consejo General advierte que se da cumplimiento a lo señalado por el artículo 279, numeral 3, del Reglamento de Elecciones, relativo a la presentación del convenio modificado con firmas autógrafas, así como en formato digital con extensión .doc.
4. Análisis de las modificaciones al Convenio:
Que la modificación al Convenio de coalición electoral presentada versa sobre la cláusula séptima y anexo 1 del mencionado convenio, relativo al registro de candidatura, solicitando la siguiente modificación:
CONVENIO | ADENDA |
SÉPTIMA. - REGISTRO DE CANDIDATURA. PARA EL REGISTRO DE LAS CANDIDATURAS A DIPUTADOS LOCALES E INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS, objeto del presente instrumento, las partes acuerdan que cada Partido integrante | SÉPTIMA. - REGISTRO DE CANDIDATURA. PARA EL REGISTRO DE LAS CANDIDATURAS A DIPUTADOS LOCALES E INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS, objeto del presente instrumento, las partes acuerdan que los registros de |
de la coalición, se comprometen a registrar y sustituir, por sí mismos y en el mismo ante las autoridades electorales correspondientes del Instituto Electoral de Michoacán, a través de sus respectivas representaciones las candidaturas correspondientes. Así, ante los supuestos de sustitución de candidaturas por las hipótesis previstas en la ley, dichas sustituciones serán resueltas por la Comisión Coordinadora de la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”. En todo caso, la Comisión Coordinadora de la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”, observará y cuidará del cumplimiento en tiempo y forma de dicho registro. Indicando que para la postulación de las Candidatas y Candidatos a las Diputaciones Locales por el principio de la Representación Proporcional que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, se procederá de conformidad al contenido del artículo 89 numeral 1, inciso d) de la Ley General de Partidos Políticos y 281 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, en su oportunidad, cada partido integrante de la coalición deberá registrar, por sí mismos, ante el Instituto Estatal Electoral de Michoacán, las listas de candidatos a diputados por el | todas las candidaturas a diputaciones locales e integrantes de los Ayuntamientos, así como la sustitución ante las autoridades electorales locales respectivas, serán realizados por cada uno de los representantes de los partidos, mediante el procedimiento que establezca el Instituto Electoral de Michoacán, en presencia del representante del otro partido. Todo registro de planilla o de diputado local deberá tener un aval firmado por al menos uno de los integrantes de cada partido de la Comisión Coordinadora de la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”. Se acuerda que para efectos de registro y sustitución los integrantes de la Comisión Coordinadora de la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”, son por parte del Partido del Trabajo: Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, y por parte de XXXXXX Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Indicando que para la postulación de las Candidatas y Candidatos a las Diputaciones Locales por el principio de la Representación Proporcional que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, se procederá de conformidad al contenido del artículo 89 numeral 1, inciso d) de la Ley General de Partidos Políticos y 281 del Reglamento de Elecciones del |
principio de representación proporcional, por lo que por ministerio xx xxx, estas candidaturas no se encuentran incluidas en el presente instrumento legal asociativo. | Instituto Nacional Electoral, en su oportunidad, cada partido integrante de la coalición deberá registrar, por sí mismos, ante el Instituto Estatal Electoral de Michoacán, las listas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional, por lo que por ministerio xx xxx, estas candidaturas no se encuentran incluidas en el presente instrumento legal asociativo. | ||||||
ANEXO 1 | ANEXO 1 | ||||||
DISTRIBUCIÓN DE | DISTRIBUCIÓN DE | ||||||
CANDIDATURAS POR PARTIDO | CANDIDATURAS POR PARTIDO | ||||||
POLÍTICO.- De conformidad con el | POLÍTICO.- De conformidad con el | ||||||
contenido del artículo 91, numeral 1, | contenido del artículo 91, numeral 1, | ||||||
inciso e), de la Ley General de | inciso e), de la Ley General de | ||||||
Partidos Políticos, las partes aceptan | Partidos Políticos, las partes aceptan | ||||||
el compromiso de postular y registrar, | el compromiso de postular y registrar, | ||||||
a través de la coalición total, en | a través de la coalición total, en | ||||||
tiempo y forma, a candidatos para los | tiempo y forma, a candidatos para los | ||||||
siguientes cargos de elección | siguientes cargos de elección | ||||||
popular, para la postulación de | popular, para la postulación de | ||||||
Diputadas y Diputados que | Diputadas y Diputados que | ||||||
integrarán la LXXV Legislatura en el | integrarán la LXXV Legislatura en el | ||||||
Congreso Local del Estado de | Congreso Local del Estado de | ||||||
Michoacán, conforme a la siguiente | Michoacán, conforme a la siguiente | ||||||
distribución: | distribución: | ||||||
TOTAL 24 | MORENA | PT | |||||
15 | 9 | ||||||
DTO LOCAL | CABECERA | PARTIDO | |||||
COALIGADO | |||||||
1 | LA XXXXXX | XXXXXX | |||||
2 | PURUÁNDIRO | MORENA | |||||
3 | MARAVATÍO DE | PT | |||||
XXXXXX | |||||||
4 | JIQUILPAN | DE | PT | ||||
JUÁREZ | |||||||
5 | PARACHO | DE | XXXXXX | ||||
XXXXXXXX | |||||||
6 | XXXXXX | DE | PT | ||||
HIDALGO | |||||||
7 | ZACAPU | MORENA | |||||
8 | TARÍMBARO | PT | |||||
9 | LOS XXXXX DE | XXXXXX | |||||
XXXXXXX |
TOTAL 24 | MORENA | PT | |
14 | 10 | ||
DTO LOCAL COALIGADO | CABECERA | PARTIDO | |
1 | LA XXXXXX | XXXXXX | |
2 | PURUÁNDIRO | MORENA | |
3 | XXXXXXXXX XX XXXXXX | PT | |
4 | JIQUILPAN JUÁREZ | DE | PT |
5 | PARACHO XXXXXXXX | DE | PT |
6 | XXXXXX XXXXXXX | DE | PT |
7 | ZACAPU | MORENA | |
8 | TARÍMBARO | PT |
10 | MORELIA | PT | 9 | LOS XXXXX XX | XXXXXX | |||||
11 | MORELIA | XXXXXX | XXXXXXX | |||||||
12 | CIUDAD | PT | 10 | MORELIA | PT | |||||
11 | MORELIA | XXXXXX | ||||||||
XXXXXXX | ||||||||||
13 | HEROICA | MORENA | 12 | CIUDAD | PT | |||||
ZITÁCUARO | XXXXXXX | |||||||||
00 | XXXXXXX XXX | XXXXXX | 13 | HEROICA | MORENA | |||||
PROGRESO | ZITÁCUARO | |||||||||
15 | PÁTZCUARO | MORENA | 14 | URUAPAN XXX | XXXXXX | |||||
16 | XXXXXXX | XXXXXX | PROGRESO | |||||||
17 | XXXXXXX | XXXXXX | 15 | PÁTZCUARO | MORENA | |||||
18 | XXXXXXX | XX | XXXXXX | 16 | MORELIA | XXXXXX | ||||
XXXXX | 17 | XXXXXXX | XXXXXX | |||||||
19 | TACÁNBARO | MORENA | 18 | HUETAMO | DE | XXXXXX | ||||
XX XXXXXXXX | XXXXX | |||||||||
20 | URUAPAN DEL | PT | 19 | TACÁNBARO | MORENA | |||||
PROGRESO | XX XXXXXXXX | |||||||||
21 | COALCOMAN | MORENA | 20 | URUAPAN DEL | PT | |||||
XX XXXXXXX | PROGRESO | |||||||||
PALLARES | 21 | COALCOMAN | MORENA | |||||||
22 | NUEVA | ITALIA | PT | DE XXXXXXX | ||||||
XX XXXX | XXXXXXXX | |||||||||
23 | APATZINGÁN | PT | 22 | NUEVA | ITALIA | PT | ||||
DE LA | XX XXXX | |||||||||
CONSTITUCIÓN | 23 | APATZINGÁN | PT | |||||||
24 | XXXXXX | XXXXXX | DE LA | |||||||
XXXXXXXX | CONSTITUCIÓN | |||||||||
24 | XXXXXX | XXXXXX | ||||||||
Siglas: PT. Partido del Trabajo. MORENA. Movimiento | XXXXXXXX | |||||||||
de Regeneración Nacional. | Siglas: PT. Partido del Trabajo. MORENA. Movimiento | |||||||||
de Regeneración Nacional. |
Dicha modificación no altera el número de distritos ni municipios en los que participarán coaligados los Partidos Políticos que la integran en el Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021, a realizarse en el Estado de Michoacán.
En este tenor, con las modificaciones al Convenio, este Consejo General advierte que las mismas no implican un cambio a la modalidad de coalición total a las candidaturas para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como coalición parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán, aprobada mediante acuerdo IEM-CG-05/2021 y modificada por acuerdo IEM-CG-76/2021.
De lo anterior, se tiene por cumplido el requisito señalado en el numeral 4, del artículo 279 del Reglamento de Elecciones.
OCTAVO. Que por lo expuesto y fundando, el Consejo General concluye que la solicitud de registro de modificación de fecha quince xx xxxxx, al Convenio de
Coalición Electoral que celebran el partido político nacional morena, en lo sucesivo “MORENA”, representado por el Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, y la ciudadana Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional y por el Partido del Trabajo, en lo sucesivo “PT”, representado por los ciudadanos Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Comisionados Políticos Nacionales del “PT” en el Estado de Michoacán, con la finalidad de postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y locales por el principio de mayoría relativa que integrarán la LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el proceso electoral ordinario constitucional 2020-2021 para el Estado de Michoacán, se llevó a cabo conforme a sus normas estatutarias vigentes sin contravenir la legislación aplicable.
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Consejo General, el siguiente:
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOACÁN, POR EL QUE SE RESUELVE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN DENOMINADA “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN MICHOACÁN”, PRESENTADO POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES DEL TRABAJO Y MORENA, CON LA FINALIDAD DE POSTULAR EN COALICIÓN TOTAL A LAS CANDIDATAS O CANDIDATOS PARA LOS CARGOS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA QUE INTEGRARÁN LA LXXV LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN, ASÍ COMO COALICIÓN PARCIAL PARA LA ELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS PARA EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO CONSTITUCIONAL 2020–2021 PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN.
PRIMERO. Este Consejo General es competente para resolver sobre la procedencia de la modificación solicitada con fecha quince xx xxxxx al Convenio de Coalición Electoral denominada “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, que celebran el partido político nacional del Trabajo y MORENA, con la finalidad de postular en Coalición Total a las candidatas o candidatos para los cargos de diputadas y diputados locales por el principio de mayoría relativa, así como Coalición Parcial para la elección e integración de los ayuntamientos para el Proceso Electoral Ordinario Constitucional 2020–2021
SEGUNDO. En los términos señalados en el presente Acuerdo, es procedente el registro de la modificación a la Cláusula Xxxxxxx x xx xxxxx 0 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Electoral denominada “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, que