PROCEDIMIENTO DE SELECCION
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Nombre del organismo contratante
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
PROCEDIMIENTO DE SELECCION
Tipo: | CONTRATACION DIRECTA | Nro | 3970 | Ejercicio: | 2010 | ||
ETAPA UNICA | |||||||
Encuadre legal: | LEY Nº 2.095 ART. 28º APARTADO 1 |
ASINF EXP 421116/2010
Actuado:
SERVICIOS de Reparación y Mantenimiento xx Xxxxxxxx Industriales
Rubro comercial:
Objeto de la contratacion: | Servicio de Reparación xx Xxxxxxx y Mantenimiento Integral |
PLIEGO SIN VALOR
Costo xxx xxxxxx:
PRESENTACION DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo y Horario | |
AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION (MJGGC) XXXX. XXXXXXXXXXXXX 000 XXXX 0 CAP.FED Ciudad Aut. de Xx.Xx | De Lunes a Viernes de 9:30 a 16:30 hs | |
Recepción de Ofertas hasta el 18 xx Xxxx de 2010 a las | ||
CONSULTA DE PLIEGOS
Lugar/Dirección | Día y Hora | ||
AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION (MJGGC) XXXX. XXXXXXXXXXXXX 000 XXXX 0 CAP.FED Ciudad Aut. de Xx.Xx | De Lunes a Viernes de 9:30 a 16:30hs | ||
VENTA DE PLIEGOS
Lugar/Dirección | Día y Hora | ||
De Lunes a Viernes de 9:30 a 16:30 hs. | |||
AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION (MJGGC) XXXX. XXXXXXXXXXXXX 000 XXXX 0 CAP.FED Ciudad Aut. de Xx.Xx | |||
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección | Día y Hora | |
18 xx Xxxx de 2010 a las 11:00 horas | ||
AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION (MJGGC) XXXX. XXXXXXXXXXXXX 000 XXXX 0 CAP.FED Ciudad Aut. de Xx.Xx | ||
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
No
SERVICIO DE REPARACION INTEGRAL XX
XXXXXXX - El servicio incluye mano de obra e insumos para su correcto funcionamiento - Demás especificaciones deberán ser indicadas por la repartición solicitante
333-00440000-09042739
Servicio
1,000000
2
Muestra
Descripción
Cod. Catálogo
Ren.
.
Cantidad | U. Medida |
ESPECIFICACIONES
Ren | Cod. Catálogo | Descripción | Muestra | ||||||||
1 | 24,000000 | Mes | 333-00440000-09042738 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE | No | ||||||
CALDERA - El servicio comprende mantenimiento preventivo, incluye revisión completa, ajustes, calibración, provisión de insumos menores y mano de obra - Demás especificaciones deberán ser |
Cantidad | U. Medida |
Cantidad | U. Medida |
No
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO XX XXXXXXX - El servicio
comprende mantenimiento preventivo y correctivo, incluye provisión de insumos menores, revisión completa mensual y llamadas de emergencia - Demás especificaciones deberán ser indicadas por
333-00440000-09052216
Servicio
1,000000
3
Muestra
Descripción
Cod. Catálogo
Ren.
CLAUSULAS PARTICULARES
Forma de pago: 30 DIAS HABILES Según art 23 y 24 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones Generales Plazo de mantenimiento de la oferta: 20 días habiles A contar de la fecha del Acto de Apertura,prorrogables automáticamente por igual plazo , según Art. 102°Inc. 5 Decreto Plazo y lugar de entrega único Plazo: 30 días Corridos de Recepcionada la Orden de Compra.Ver Pliego de Especificaciones Tecnicas Lugar: AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION (MJGGC) XXXX. XXXXXXXXXXXXX 000 XXXX 0 CAP.FED Ciudad Aut. de Xx.Xx Moneda de cotización: PESOS | ||
Opción a Prorroga: | Si, según Pliego de Bases y Condiciones |
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MINISTERIO DE HACIENDA ÓRGANO RECTOR
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
Artículo 1º.- AMBITO DE APLICACIÓN:
Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas del PODER EJECUTIVO, que celebren los organismos del Sector Público comprendidos en la Ley y para todos aquellos contratos no excluidos expresamente en la ley citada o sujetos a un régimen especial1.
Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE:
El presente llamado a licitación y/o contratación se regirá por las disposiciones de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557); su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.960); Decreto 1.276/GCABA/06
(B.O.C.B.A. N° 2.513) modificado por Decretos Nº 466/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.924) y 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.960); Ley
1218 promulgada por Decreto Nº 2.819/GCBA/03 (B.O.C.B.A. Nº 1.850); Ordenanza Nº 52.236; Decreto Nº 1.616/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 329) y Decreto Nº 1.693/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 337); Artículo 48, Ley Nº 7 (B.O.C.B.A. N° 405), y las contenidas en las Cláusulas Particulares.
Artículo 3°.- ADQUISICIÓN XXX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES:
Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita, salvo en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que sean obtenidos previo pago de una suma que será establecida en la convocatoria, y no podrá superar el uno por ciento (1%) del monto estimado de la compra2.
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1 Art. 2 Ley N°2.095
2 Art. 86. 8 Decreto Nº 754/GCABA/2008
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En este último caso, sólo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitario, el arancel correspondiente al valor xxx xxxxxx. El importe recibido por la Administración por la venta de pliegos, no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.
Artículo 4°.- COMUNICACIONES:
Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo licitante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, podrán llevarse a cabo por cualquier medio de comunicación. No podrán utilizarse estos mecanismos para poner en ventaja a un interesado u oferente sobre los restantes.3
Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP):
Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP).
Es condición para la preadjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso de contratación menor, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el proveedor debe estar inscripto en forma previa a la preselección.4
La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP. Para más datos, podrá concurrir a Xx. xx Xxxx Xx 000 Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx 00, de lunes a viernes en el horario de 10,00 a 15,00 horas, o comunicándose a los teléfonos 0000-0000, 0000-0000, 0000-0000, Internos 2066 y 2068 o el que oportunamente se determine.
Artículo 6º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO:
Se considerará como domicilio legal el declarado en calidad de constituido en el RIUPP.
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3 Art. 79 Decreto Nº 754/GCABA/2008.
4 Art. 22 Decreto Nº 754/GCBABA/2008.
Artículo 7°.- CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:
El oferente deberá presentar, en el RIUPP al momento de la inscripción, el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración, en el caso de personas jurídicas , no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos5.
Artículo 8°.- CONSULTAS:
Las consultas relacionadas con los distintos procesos licitatorios se realizan ante la respectiva Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) mediante correo electrónico xxxxx_xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, fax Nº 0000-0000 o por escrito, hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Asimismo, y en base a la naturaleza de la contratación, podrán fijarse plazos distintos al establecido6.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por la Unidad Operativa de Adquisiciones respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación o contratación, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Artículo 4º. Comunicaciones.
Artículo 9°.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.:
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), se comunica que este Gobierno reviste la condición de Exento.
En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 34-99903208-9.
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[Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx que no se correspondan con lo citado en los párrafos anteriores deberán consignar los datos que les son propios].
5 Art. 7, Ley N°269.
6 Art. 86.11 Decreto Nº 754/GCBABA/2008
Artículo 10°.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR:
Los interesados en presentarse a procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adjuntar a la oferta una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Ver “Anexo I: Declaración Jurada de Aptitud para contratar”.
La Comisión Evaluadora de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato7.
Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas serán presentadas por duplicado y deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.
Las ofertas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, incluyendo aquellas que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, más la documentación adicional, folletos o todo tipo de publicidad que el oferente adjunte y foliadas en forma correlativa8 .
Artículo 12.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección , la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin
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consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta, salvo que los mismos sean solicitados como requisito junto con la documentación que integra la misma9.
Artículo 13.- COTIZACIONES PARCIALES:
El oferente debe formular oferta por la totalidad de las cantidades solicitadas para cada renglón, salvo que los pliegos en sus Cláusulas Particulares admitan cotizaciones parciales. Asimismo, sólo en el caso
7 Art. 96 Decreto N°754/GCBABA/2008
8 Art. 102 Decreto Nº 754/GCABA/2008.
9 Art. 103 Ley N°2.095
de que la oferta contemple la totalidad de los renglones y cantidades solicitadas, el oferente podrá ofrecer descuento sobre la base de su adjudicación íntegra.10
Artículo 14.- GARANTÍAS:
14.1. CLASES
a) De mantenimiento de Oferta: cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite.
En los casos de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el valor de la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial de la compra o contratación. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato.
EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA.
b) De cumplimiento del contrato: diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación.
c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en los Pliego de Condiciones Particulares.
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10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008
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d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio del organismo licitante. Para el caso de licitaciones con doble sobre, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial de la compra o contratación.
e) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación xx xxxxxx, será establecido en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de la contratación11.
14.2. FORMAS DE CONSTITUCIÓN
Las garantías pueden constituirse de las siguientes formas o combinaciones de ellas12:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la Jurisdicción o entidad contratante.
b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
Cuando la garantía se integre mediante el depósito en efectivo - Apartado a)- el mismo deberá efectuarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y cuando se opte por cheque certificado, previsto por el Apartado b), éste deberá estar emitido a favor de la citada entidad bancaria o su similar.
En caso que se opte por alguna de las opciones mencionadas precedentemente, el proveedor deberá concurrir a la Casa Matriz del Banco Ciudad, sita en la calle Xxxxxxxxx Nº 630, Piso 2º, Sector Títulos y Valores y abrir una “Cuenta de Garantía”, efectuando en ella los depósitos pertinentes, extendiéndole el Banco un comprobante dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas, el que se deberá adjuntar a la oferta.
c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Organismo contratante o licitante.
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11 Art. 99 Ley N°2095 y Decreto N°754/GCABA/2008.
12 Art. 100 Ley N°2.095
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e) Mediante títulos públicos emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los mismos deben ser depositados en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o mercado correspondiente, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de las garantías.
f) Afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición de su cobro en organismos de la Administración del Gobierno de la Ciudad, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente.
La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, si nada se expresa en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de algún tipo de garantía en especial.
Las garantías podrán ser sustituidas por otras de igual magnitud, a pedido del oferente o adjudicatario, previa aprobación por parte del organismo contratante o licitante.
Las garantías deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante.
14.3. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
a) Serán devueltas de oficio:
i. Las garantías de mantenimiento de oferta a los oferentes que no resulten adjudicatarios, una vez adjudicada la contratación.
ii. Las garantías de cumplimiento de contrato una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del Organismo contratante, salvo que este afectado por una garantía técnica, la que será devuelta una vez operado el vencimiento del período de dicha garantía.
b) A solicitud de los interesados, deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptara la sustitución de la garantía para cubrir los valores resultantes.
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En el caso de que los oferentes o adjudicatarios luego de notificados por cualquiera de los medios previstos en la Ley no retirasen las garantías, podrán reclamar su devolución dentro del plazo de ciento ochenta (180) días a contar de la fecha de notificación.
La falta de presentación del oferente o adjudicatario dentro del plazo establecido precedentemente, implica la renuncia tacita de su derecho a la devolución de la garantía a favor del Organismo contratante.13
Artículo 15.- EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:
No será necesario constituir la garantía de la oferta, ni de adjudicación, cuando el monto de la oferta o del contrato no supere el límite de las Treinta Mil Unidades de Compra (U.C. 30.000)14.
Artículo 16.- ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN:
La preadjudicación se anuncia en uno o más lugares visibles de la Unidad Operativa de Adquisiciones, a los cuales tiene acceso el público (Cartelera Oficial), por un día.
Paralelamente a su exhibición en Cartelera Oficial, la misma se publicará, en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; así como también, para las Licitaciones Públicas y Privadas, se publicará en el Boletín Oficial del mismo, por el término de un (1) día.
Cuando se trate de procesos de etapas múltiples, la preselección se exhibirá en uno o más lugares visibles de la Unidad Operativa de Adquisiciones a los cuales tiene acceso el público, por el mismo período que se establece para las preadjudicaciones, y se publicará en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El resultado de las preselecciones al igual que las preadjudicaciones se comunicará a todos los participantes del proceso licitatorio.
Todas las comunicaciones que se mencionan en el presente artículo son efectuadas a los oferentes, antes del día de publicación de los anuncios15.
Artículo 17.- PLAZO PARA IMPUGNAR:
Los interesados podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días, contados desde el día de publicación de los anuncios de la preselección y/o de la preadjudicación16.
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La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx00.
13 Art. 113 Decreto Nº 754/GCABA/2008
14 Art. 101 Decreto Nº 754/GCABA/2008
15 Art. 108.1 Decreto Nº 754/GCABA/2008
16 Art. 108.2 Decreto Nº 754/GCABA/2008
17 Art. 109 Decreto Nº 754/GCABA/2008
Asimismo, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, también tomará intervención, en su caso, antes de la adjudicación aún cuando no se hubieran deducido impugnaciones18.
La impugnación xxx xxxxxx puede ser recibida hasta cuarenta y ocho
(48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas, y se tramita por cuerda separada19.
Artículo 18.- PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES:
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preselección y/o la Preadjudicación por parte de los oferentes, el depósito entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio de la Unidad Operativa de Adquisiciones.
Para el caso en los que no se establezca por parte de la Unidad Operativa de Adquisiciones el porcentaje a depositar con respecto a la garantía de impugnación el mismo es del cuatro por ciento (4 %) sobre el monto total preadjudicado por el que se presenta impugnación.
En el supuesto de que no existiese un preadjudicatario, para determinar el monto de la impugnación al acta, se efectuará el depósito del cuatro por ciento (4 %) sobre el precio total de la oferta del impugnante.
En los procedimientos xx xxxxx sobre, dicho porcentaje se calcula de la siguiente manera:
- La impugnación en la etapa de preselección, sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la contratación.
- La impugnación en la etapa de preadjudicación, sobre el importe total preadjudicado por el que se presenta impugnación.
Igual metodología se utiliza para la impugnación xxx xxxxxx: de no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación xx xxxxxx, establecerá en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no superará el 3% del monto estimado de la contratación.20
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El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº 2788/1 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Sucursal Nº 2, sita en Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx 000 xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, perteneciente a la Agencia de Sistema de Información, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
Las impugnaciones deberán ser presentadas, en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Xx. Xxxxxxxxxxxxx 000 Xxxx 0x, dentro del plazo fijado en el artículo 17 del presente, adjuntando a la
18 Art. 141 Ley N°2.095
19 Art. 99.d) Decreto Nº 754/GCABA/2008
20 Art. 99.d) Decreto Nº 754/GCABA/2008
misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.
Artículo 19.- PRERROGATIVA DEL GCABA:
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo podrá solicitarse al oferente mejor calificado una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Gobierno, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley21.
Artículo 20.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO:
Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes22.
Artículo 21.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS:
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en el Centro Único de Recepción de Documentación de Pago, sito en la Xx. Xxxxxxxx Xx 000, xx xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, dentro del horario de 09:30 a 15:00 horas.
El Departamento Centro de Recepción de Documentación de Pago dependiente de la Dirección General de Contaduría, no recibirá ninguna factura que no posea el Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por las entidades receptoras23.
Artículo 22.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA(*):
Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado
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al momento de presentar la factura en el Centro de Recepción de Documentación de Pagos, dependiente de la Dirección General de Contaduría, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).
En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción, debidamente actualizado, del impuesto de que se trata, que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Artículo 8º del Decreto Nº 2.241/85 (B.M. 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza Nº 40.434 (B.M. 17.460) y el Decreto Nº 706/GCABA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.689).
21 Art. 108.3 Decreto Nº 754/GCABA/2008
22 Art. 82 Ley N° 2.095
23 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008
Para el caso de Contrataciones de Servicio, deberá presentarse una fotocopia autenticada de la Declaración Jurada de Cargas Sociales (Formulario 931) correspondiente al mes anterior al momento de presentación de la factura y constancia de su pago.
Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx se reservan el derecho de verificar los datos expuestos.
Artículo 23.- PAGO – PLAZOS (*):
El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura24, a efectuarse por la Dirección General de Tesorería, quien depositará los fondos en la cuenta del adjudicatario, de acuerdo a las normas básicas de funcionamiento de la CUENTA ÚNICA DEL TESORO25.
Artículo 24.- ÚNICA FORMA DE PAGO(*):
Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos.
A tal efecto, se adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones el formulario “Anexo II – Autorización de acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”, siendo sus formalidades las siguientes:
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CUENTA CORRIENTE COMUN (Personas jurídicas y físicas) – CUENTA CORRIENTE ESPECIAL (Personas jurídicas)
Los titulares de este tipo de cuentas deberán presentar el formulario mencionado, debidamente completo con sus datos y certificada la cuenta por la sucursal bancaria correspondiente, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Tesorería, sita en Xxxxxxxxx Xxxxx 000 – 7º piso de 9.30 a 14.30 hs.
CAJA DE AHORROS (Personas Físicas)
Los titulares de este tipo de cuentas deberán realizar la presentación de acuerdo a lo establecido en el Memorandum Nº 4869-DGTES-06, siendo sus requisitos los siguientes:
1) El adjudicatario deberá requerir a la Repartición contratante una nota certificando la relación contractual existente, firmada por funcionario que tenga firma registrada en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el Anexo II.
2) El adjudicatario deberá hacer certificar, en la sucursal indicada, la firma del funcionario inserta en la nota.
24 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008
25 Ordenanza Nº 52.236 -Decreto Nº 1.616/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 329); Decreto Nº 1.693/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 337) y Decreto Nº 466/GCBA/08.
3) Con ambos documentos, procede a realizar la apertura de la Caja de Ahorros, en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que seleccione el adjudicatario.
4) Efectuada la apertura de la Caja de Xxxxxxx deberá entregar el Xxxxx XX, con la certificación de la sucursal bancaria, en la Repartición contratante.
Artículo 25.- XXXX (*):
En caso de producirse la xxxx en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta 30 días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo26.
(*) Los Arts. 22°/25° rigen para la Administración Central, Ministerios y Comunas. Las demás jurisdicciones y entidades procederán de acuerdo a sus normas.
Artículo 26.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO:
La moneda de cotización y pago será el Peso ($), moneda de curso legal en la República Argentina o el que se establezca en las cláusulas particulares27.
Artículo 27.- PLAZO DE ENTREGA:
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Los adjudicatarios deben cumplir la obligación en la forma, plazos o fecha, lugar y demás condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares28.
Artículo 28.- FLETE Y DESCARGA:
El flete y la descarga serán por cuenta del adjudicatario, salvo indicación en contrario expresada fehacientemente en las Cláusulas Particulares.
Artículo 29.- CIERRE POR VACACIONES:
No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones, debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos en el acto licitario.
Artículo 30.- COMPETENCIA JUDICIAL:
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo
26 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008
27 Art. 102.2 Decreto Nº 754/GCABA/2008
28 Art. 114º Ley N°2.095 y Decreto Nº 754/GCABA/2008
Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires29, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Artículo 31.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:
Es causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, sin perjuicio de las acciones penales que se pudieran deducir, el hecho de dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que ésta haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.
///...
...///
c) Xxxxxxxxx persona hiciere valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éste haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.
Son considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producen aún en grado de tentativa30.
Artículo 32.- XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX 00x XX XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX:
En virtud de lo normado en la Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx se pone en conocimiento de todos los oferentes que el o los adjudicatarios estarán obligados a emplear personas con capacidades especiales que reúnan las condiciones y la idoneidad requerida para el puesto o cargo que deberá cubrirse en una proporción no inferior al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal y a establecer
29 Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N°405
30 Art. 15 Ley N°2.095
reservas a ser ocupadas exclusivamente por ellas. Este porcentaje deberá mantenerse por causa xx xxxxxxx o incremento de la dotación Las personas con necesidades especiales que se desempeñen en tales condiciones gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador no discapacitado31.
NOTA: En la página del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx, se encuentra disponible la normativa citada en el presente articulado.
Anexo I
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado)
…………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social) ,
CUIT N°..-…….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 95 de la Ley Nº 2.095 “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a h) del artículo 96 del citado plexo normativo.
“Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” Ley N°2.095 y Decreto Reglamentario N°754/08
Artículo 95 - PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR.
Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 96 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Artículo 95 Decreto Reglamentario: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso previsto en el art. 38º de la Ley, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección.
31 Xxx. 00 Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, arts. 2 y 15 Ley N° 1502; y Decreto N° 812/GCABA/2005.
Artículo 96 - PERSONAS NO HABILITADAS.
No pueden presentarse a ningún procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2°de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2°de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
c) Los cónyuges de los sancionados.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N°25.188, o la norma que en el futuro la reemplace.
e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
f) Los inhibidos.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la
Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
Artículo 96 Decreto Reglamentario: Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberán presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el art. 131, 2°párrafo de la Ley. El Organo Rector determinará el tratamiento que se dará para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley.
..........................................................................................
Firma
Aclaración | ........................................................................ |
Carácter | ........................................................................ |
Ciudad de Buenos Aires,
Anexo II
AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS XXX XXXXXX DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA
Localidad, (1) (2)
SEÑOR
TESORERO GENERAL DIRECCION GENERAL TESORERIA
El (los) que suscribe(n) (3) en mi (nuestro) carácter de (4) _de (5) _ DNI/CI/LE/LC _, CUIT Nº (6) Ingresos Brutos Nº
, con domicilio legal/real/comercial (7) en la calle Nº Piso Dto./Oficina/Local Nº de la localidad de Provincia de _, autoriza (mos) a que todo pago que deba realizar la DIRECCION XXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX en
cancelación de deudas a mí (nuestro) favor por cualquier concepto de Organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación se detalla
DATOS DE LA CUENTA BANCARIA
CUENTA CORRIENTE O CAJA DE AHORRO (8) Nº:
TITULARIDAD DENOMINACION
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SUCURSAL
DOMICILIO
La orden de transferencia de fondos a la cuenta arriba indicada, efectuada por la Dirección General Tesorería del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos Contractuales, extinguirá la obligación del deudor por todo concepto, teniendo validez todos los depósitos que allí se efectúen, hasta tanto, cualquier cambio que se opere en la misma, no sea notificado fehacientemente a esa Dirección Tesorería General.
…………………………………………….. ……………………………………………………(9) Firma Aclaración
……….……………………………………………………………………………………………… Certificación Bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firma (s) del (de los) titular (es)
(1) (2) Lugar y fecha de emisión, (3) Apellido y Nombre del (de los) que autoriza (n) el depósito, (4) Carácter por el cual firman (Presidente, Socio, Propietario, etc.), (5) Razón social o Denominación, (6) Número de CUIT. Impositivo, (7) (8) Tachar lo que no corresponda, (9) Firma (s) y Aclaración (es) del (de los) beneficiario (s)
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXX XXX XXXXXX XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX EN CUENTA BANCARIA
APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL: CUIT Nº:
CUENTA XXXXXXXXX X XXXX XX XXXXXX Xx:
XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX – SUCURSAL: FECHA DE PRESENTACION “ANEXO I”: ……/…../……
……………………………………… Firma y sello de Recepción
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado tiene por objeto la contratación de un Servicio de reparación y puesta en funcionamiento, con el mantenimiento preventivo y correctivo de una caldera a vapor de baja presión que alimenta el servicio de calefacción, por el término de 24 meses.
MARCO NORMATIVO
El presente llamado a Contratación Directa se regirá por lo normado en la Ley N° 2095, su reglamentación y normas complementarias y/o modificatorias, y por la Resolución 16 ASINF 2009 y las Cláusulas previstas en el presente Pliego.
TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
El presente Xxxxxx queda complementado con las siguientes definiciones que a continuación se detallan:
UTE: Unión Transitoria de Empresas.
Oferente: Persona Jurídica ó UTE que realiza una Oferta.
Oferta: Toda la documentación y demás información incorporada en la presentación.
Circular con consulta: Respuesta del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todo pedido de aclaración.
Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueda formular en el marco de la presente Licitación.
RIUPP: Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Comisión de Evaluación: Es el órgano encargado de evaluar las ofertas presentadas y proporcionar a la autoridad competente los fundamentos para la adjudicación.
Adjudicación: Es el acto por el cual se acepta la oferta más conveniente para el GCABA.
Adjudicatario: Oferente cuya propuesta haya sido declarada más conveniente, según los criterios de evaluación estipulados, por acto formal del GCABA.
Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
Garantía de la oferta y de la adjudicación: Son los depósitos o seguros de caución obligatorios en los términos de esta Contratación y normas que la rigen (Art. 14
Pliego de Cláusulas Generales), constituidos en garantía del mantenimiento de la oferta o del cumplimiento del contrato, respectivamente.
GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Plazo: Es el tiempo que resulta del cómputo efectuado conforme a las disposiciones del Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/97).
Pliego: El presente documento, complemento xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación, las obligaciones de las partes, el procedimiento de la Contratación Directa, sus Anexos; el Pliego de Especificaciones Técnicas, y el trámite de perfeccionamiento de la Adjudicación y del contrato.
ASI: Agencia de Sistemas de Información.
CÓMPUTO DE PLAZOS
Todos los plazos que se establezcan en el presente deben computarse en días hábiles, salvo disposición expresa en contrario. Los plazos se cuentan si se fijan en semanas, por períodos de siete (7) días corridos, cuando se fijen en meses o años, de acuerdo a lo que dispone el Código Civil.
DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerará domicilio del oferente, el domicilio legal que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales). Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomara como domicilio legal el denunciado en el momento de retirar del presente Xxxxxx. Ante todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda notificación al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberá realizarse exclusivamente en Xx. Xxxxxxxxxxxxx 000 0xx.Xxxx, xx xx xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de
conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
CONSULTA PLIEGO
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en la Agencia de Sistemas de Información sita en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000 0xx.Xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Los mismos pueden ser retirados gratuitamente en virtud de lo normado en el art. 86, apartado 8 del Decreto N° 754-GCABA-08.
Asimismo pueden ser consultados en el siguiente sitio web, xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxx
IMPUGNACIONES AL PLIEGO
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones al pliego, el depósito equivalente al tres por ciento (3%) del monto estimado de la contratación de conformidad con el artículo 14.1 inciso e) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. La impugnación puede ser recibida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas y se tramita por cuerda separada.
PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial para esta contratación asciende a pesos CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIUNO ($ 52.721).
ANUNCIOS
El llamado a Contratación Directa para la contratación objeto de la presente se anunciará en la página de Internet, y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, por el término de un (1) día.
DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Los siguientes documentos constituyen los documentos de la Contratación: Los Pliegos de la Contratación Directa
Las Circulares Aclaratorias con o sin consulta
La Orden de Provisión
En caso de existir contradicciones y/o cuestiones de interpretación entre dichos Documentos de la Licitación, el orden de prelación será:
El pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Los Pliegos de Condiciones Particulares y de especificaciones Técnicas.
Las circulares con y sin consulta. La oferta y sus accesorios.
La orden de Compra o el contrato.
CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Contratación Directa, deberán reunirse los siguientes requisitos:
Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta.
Los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite.
En el caso de Las Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.), se deberá acompañar el poder suficiente a favor del mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de dicha Unión Transitoria de Empresas. La U.T.E. deberá estar constituida por un plazo superior a la duración de la contratación.
Asimismo, deberán mantener su participación dentro de la Unión Temporal de Empresas que integran, no pudiendo variar las condiciones en las que se presentaron, sin la previa conformidad por escrito del GCABA.
Las sociedades integrantes serán responsables solidariamente entre sí por las obligaciones asumidas por la U.T.E.
En ningún caso un oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una U.T.E.
Los componentes de la UTE deberán estar preinscriptos individualmente en el RIUPP, al momento de la presentación de la oferta.
UTES EN FORMACIÓN: En caso de que la UTE no se encuentre constituida, podrá presentar oferta sin encontrarse inscriptas como tales, acompañando en la misma un Compromiso de constitución con firmas certificadas por Escribano Público o Xxxx xx
Xxx, mediante el cual los proveedores inscriptos que la integran se comprometen a constituirse –en caso de resultar adjudicatarios- en el plazo perentorio de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación. Asimismo deberán presentar una declaración suscripta por todos los integrantes mediante instrumento público por la que se establezca que cada sociedad asume responsabilidad solidaria e ilimitada por todas sus obligaciones sin beneficio de división ni excusión durante el término de vigencia del contrato.
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como oferentes a la presente contratación:
Las empresas y sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
Las empresas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCABA.
Empresas y/o sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.
Las que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País.
Las sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
Las UTE en las que todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UTE oferente.
Las personas jurídicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Art. 2º de la Ley N° 2095, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
Las personas jurídicas que resulten ser evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsionales de orden internacional, nacional, provincial o local, declaradas como tales por la autoridad competente.
Las personas jurídicas cuyos directores o miembros del organismo de administración resulten Deudores Alimentarios Morosos.
DE LAS GARANTIAS
GARANTÍA DE LA OFERTA
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 14.1 inciso a) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Art. 14.2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095 y su correspondiente Decreto Reglamentario.
Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite.
GARANTÍA DE LA ADJUDICACIÓN
Será xxx xxxx por ciento (10 %) del valor total de la adjudicación (Art. 14.1 inciso b) Pliego de Cláusulas Generales). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095 y su correspondiente Decreto Reglamentario. La misma será devuelta al adjudicatario dentro de los diez (10) días de finalizado el contrato, a entera satisfacción del GCABA (Art. 14.3 a apartado ii) xxx Xxxxxx de
Bases y Condiciones Generales), en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta Licitación y del contrato.
EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La ASI tendrá derecho a ejecutar la garantía de Cumplimiento de Contrato, no sólo en el caso de resolverse el contrato por culpa de la Contratista o cuando la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor de aquél, sino también en el caso de ser afectado a la reparación o reconstrucción de trabajos que tuvieren vicios o defectos. Hecha efectiva la garantía que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que la ASI tenga con la Contratista.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de veinte (20) días, prorrogables automáticamente hasta la fecha del perfeccionamiento del Contrato, salvo que el oferente manifieste en forma fehaciente
su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta, según lo establece el artículo 102 punto 5) del Xxxxxxx Xx 000-XXXXX-00.
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTARSE EN CADA OFERTA
Carta de presentación firmada por el oferente o su representante dónde manifieste expresamente su decisión de participar en la presente Contratación y la aceptación de todas las cláusulas xxx Xxxxxx.
Declaración sobre inhabilidades e incompatibilidades: Los oferentes deberán presentar una declaración de que el/los oferente/s y sus directivos no están alcanzados por las inhabilidades e incompatibilidades, de conformidad con el art. 10 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y según el Anexo I al mismo que se acompaña.
Un ejemplar del Pliegos de Bases y Condiciones Generales, del de Bases y Condiciones Particulares y del de Especificaciones Técnicas firmado en todas sus fojas por el oferente o representante legal. Asimismo, si las hubiere, de las circulares.
Oferta Económica. Se deberá completar con los valores unitario y total por renglón y el Precio Total de la Oferta. En caso de ofrecerse algún descuento debe explicitarse su metodología de aplicación.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
La presentación de cada oferta se hará en un (1) sobre o paquete cerrado, debidamente lacrado identificado con el número de Contratación Directa, el que llevará, como única leyenda, la siguiente: “Contratación Directa de un Servicio de reparación y puesta en funcionamiento, con el mantenimiento preventivo y correctivo de una caldera a vapor de baja presión que alimenta el servicio de calefacción”, sin ninguna otra inscripción exterior que identifique al oferente.
La oferta se efectuará en un (1) original y una (1) copia. Todos los folios, tanto original como la copia serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del Oferente.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
Todos los importes deberán expresarse en moneda de curso legal en la República Argentina al momento de realizar la oferta (pesos).
Los oferentes deberán cotizar todos los renglones y se va a adjudicar la presente contratación a un solo oferente.
FORMAS DE COTIZAR
La adjudicación se hará al oferente que proponga la oferta más conveniente para el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Para el renglón 1, los oferentes deberán cotizar el monto total del servicio de reparación.
Para el renglón 2, los oferentes deberán cotizar, un valor fijo mensual que comprenda la realización de la totalidad de las tareas que se encuentran establecidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas y que forman parte integrante del presente pliego y un valor total por la totalidad del período de duración del servicio
Para el renglón 3, se deberá tener en cuenta lo estipulado en el punto 1.17 xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnica acompañando la planilla respectiva, siendo el valor total a cotizar, el resultante de la sumatoria de todos los elementos que componen la misma.
La oferta deberá cotizarse en pesos y con I.V.A. incluido, con un máximo de dos (2) decimales.
Las cotizaciones deberán realizarse conforme al siguiente cuadro:
Planil la de Cotiz ación | cant idad | descripción | Precio Total Mensu al | Precio Total por el Período de la Duración del Servicio |
Rengl ón 1 | 1 | Servicio de reparación y puesta en funcionamiento | ||
Rengl on 2 | 24 | mantenimiento preventivo de una caldera a vapor de baja presión que alimenta el servicio de calefacción, por el término de 24 meses (en 4 períodos de 6 meses). | ||
Rengl on 3 | 1 | Mantenimiento correctivo de una caldera a vapor de baja presión que alimenta el servicio de calefacción. |
FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a criterio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, podrá ser causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente Contratación,
y de las características contractuales objeto del presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la Contratación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES
Los oferentes podrán formular, por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta setenta y dos (72) horas hábiles antes de la fecha de apertura de las ofertas.
Las Circulares de oficio o en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a cada uno de los oferentes que hayan retirado los Pliegos de la Contratación, quienes a su vez deberán acusar recibo de cada Circular, mediante firma. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas, serán abiertas en acto público en la dirección, hora y fecha especificadas en el llamado a la Contratación Directa, y en presencia de los representantes designados de los Oferentes que deseen asistir. Si el día señalado para la apertura, fuera declarado inhábil para la administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente.
Todos los sobres deberán ser abiertos en orden cronológico a su presentación, uno a la vez, y se leerá lo siguiente en voz alta: el nombre del Oferente y cualquier otro detalle que se considere pertinente.
De todo lo ocurrido en el acto de apertura se labrará un Acta que, previa lectura, será suscripta por los funcionarios autorizados y por los oferentes presentes. Las eventuales observaciones realizadas por los oferentes no generarán obligaciones de ningún tipo al GCABA, así como ningún derecho a los oferentes que las realizaran.
En la misma se dejará constancia de:
Día y hora del comienzo del acto, Nº de Acta y Nº de Procedimiento Número de orden asignado a cada oferta
Nombre de los oferentes Monto de cada oferta
Importe y forma de cada garantía
Eventuales observaciones que se hicieran en el acto de apertura
Firma de los funcionarios actuantes y oferentes o sus representantes que quisieren hacerlo
VISTA DE LAS PRESENTACIONES
El derecho a vistas con relación a las ofertas presentadas y admitidas en esta Contratación se regirá por la normativa contenida en el Decreto 1510/97 de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Resolución Nº 16 ASINF/2010.
DE LA EVALUACIÓN
DEL EXAMEN DE LAS OFERTAS. COMISIÓN DE EVALUACIÓN. PAUTAS Y MECANISMOS DE EVALUACION
El GCABA evaluará el adecuado cumplimiento de las propuestas recibidas de lo exigido en este Pliego, desde los puntos de vista técnico, económico, financiero y de la idoneidad del oferente, para determinar la oferta más conveniente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CONSIDERACIONES GENERALES RELATIVAS AL PROCESO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La ASI examinará las ofertas que resulten elegibles desde el punto de vista formal, y luego examinará que los términos y condiciones establecidos en las Especificaciones Técnicas hayan sido aceptados por el Oferente sin desviaciones o reservas significativas.
La ASI deberá evaluar los aspectos técnicos de la oferta, presentados de acuerdo a lo especificado por el presente pliego, para confirmar que cumple con todos los requisitos establecidos por el mismo.
En ese sentido se aclara que serán rechazadas las ofertas que contuvieran condicionamientos por los cuales se afecten los derechos de la ASI respecto de los
bienes o servicios que adquiere o contrata, o se limiten las obligaciones del Oferente o Adjudicatario y que expresamente estén contenidas en este pliego, salvo que los mismos sean rectificados o anulados a satisfacción de la ASI.
Serán rechazadas las ofertas que contuvieran alguna discrepancia entre las especificaciones técnicas y los bienes y/o servicios ofertados, en la medida que ellas afecten la calidad, y/o la funcionalidad principal de los bienes, y/o el alcance de los servicios requeridos.
En el caso que una oferta no se ajustara estrictamente a las especificaciones técnicas, el Oferente tendrá la obligación de fundamentar acerca de que la discrepancia no
afecta la calidad y/o funcionalidad principal requerida, y/o del alcance de los servicios requeridos, sin perjuicio que será potestad de la ASI determinar si la discrepancia produce la afectación mencionada.
Acerca de las citadas discrepancias, serán rechazadas las rectificaciones que impliquen una ventaja económica a favor del Oferente por sobre el resto o afecte el principio de igualdad o implique una mejora de la oferta.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
RECHAZO
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho proceso decisorio pueda generar reclamo alguno de los oferentes.
DE LA PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN PREADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Contratación.
Sólo será preadjudicado el oferente cuya oferta resulte la más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica del oferente y los precios y condiciones ofertadas.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 16 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
IMPUGNACIÓN
De conformidad con lo previsto en el Art. 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días para formular impugnaciones, contados desde el vencimiento del término fijado para los anuncios de la preadjudicación, conforme el artículo anterior.
Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Art. 17, párrafo 2º, dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
La impugnación al Pliego será tramitada conforme lo establece el Art. 17 párrafo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 18 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones descriptas en el artículo anterior, el depósito del cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta preadjudicada.
ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo de impugnación, el GCABA resolverá en forma fundada la adjudicación. Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención del Órgano Legal de Consulta, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, publicándolo, además en el Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo estipulado el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen del área legal correspondiente.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El funcionario competente será quien firme el acto administrativo que apruebe la presente licitación y suscriba la respectiva Orden de Compra.
DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DOTACION DE PERSONAL
El adjudicatario deberá afectar la cantidad de personal que considere necesaria para llevar a cabo en forma eficiente la contratación, tal como se detalla en las Especificaciones Técnicas.
En lo posible, el personal deberá ser estable, por razones de seguridad y servicio.
Todo el personal afectado estará bajo exclusivo cargo del adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Por otra parte queda entendido que este Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para el servicio que se le ha contratado.
SEGUROS ACCIDENTES DE TRABAJO
La firma adjudicataria será responsable de su personal por accidentes de trabajo, para lo cual deberá contratar un seguro que cubra la totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus decretos reglamentarios.
El seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales e inculpables amparando las indemnizaciones por incapacidad permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente "in- itinere" y prestación médico-farmacéutica, por el monto máximo que fijara la legislación vigente.
Además, la firma adjudicataria deberá presentar una “declaración jurada", donde conste que todo el personal afectado a la prestación se encuentra cubierto por este seguro, indicando el número de la póliza correspondiente y el nombre de la Compañía Aseguradora, la que deberá ser igual o superior a “AA”.
En caso que el personal no se encuentre contratado bajo relación de dependencia, se deberá contar con un seguro de accidentes personales de similares características a las fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557.
NORMAS Y HORARIOS DE TRABAJO
Los horarios de trabajo serán los que defina la dependencia, acorde a sus requerimientos y podrán cambiar según las necesidades de la misma.
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA
El adjudicatario deberá contratar un seguro por la suma mínima comprensiva de pesos quinientos mil ($ 500.000.-), que cubra los riesgos de responsabilidad civil, por los daños que, como consecuencia de la prestación que se contrata, se ocasionen a personas, cosas y/o bienes de terceros y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicha póliza deberá ser endosada a favor del mismo.
En caso que el monto del mismo no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte del adjudicatario.
VISITAS
Para ambos Renglones: Será condición necesaria para la adjudicación, que cada oferente realice una visita a los sitios donde se efectuarán las tareas que se contratan por la presente.
Deberán incluir en la oferta el Certificado de Visita provisto por el GCBA.
El mismo será suficiente prueba de que el oferente conoce las características y condiciones de los lugares donde se efectuarán los trabajos.
A efectos de coordinar las visitas, el referente a contactar será el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx al teléfono 0000-0000/82 en el horario de 8 a 15 hs.
PLAZO Y PLAN DE ENTREGA
El servicio se realizará de conformidad con lo establecido en el punto 1.25 xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
PRORROGA:
El Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx se reserva el derecho de prorrogar el contrato por un (1) único período de hasta doce (12) meses consecutivos, al vencimiento del plazo original de la contratación bajo idénticas condiciones. (Art.117 Ley 2095 y Decreto 754/2008)
PRUEBAS Y RECEPCIÓN
El GCABA otorgará el parte de recepción definitivo de existir conformidad por la Agencia de Sistemas de Información con el servicio, el cual deberá ser conforme lo descripto en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
El Parte de Recepción Definitiva (PRD) se emitirá contra entrega de Remito correspondiente al mes en que se hubiera prestado el servicio por parte del adjudicatario-
Dicha recepción será condición necesaria para habilitar el pago al/los adjudicatario/s.
43. FORMA DE PAGO
El pago procederá de acuerdo a lo establecido en el art. 21 y siguientes xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PENALIDADES
El incumplimiento en término de las obligaciones del contrato coloca al adjudicatario en estado xx xxxx y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley N° 2095, su reglamentación y la Resolución 16-ASINF-2010.
RESCISIÓN
Serán causales de rescisión del contrato las previstas en la Ley N° 2095 y su reglamentación.
CERTIFICADO DE VISITA
Buenos Aires, 2010
Se deja constancia, que en el día de la fecha el Sr.............................................................................D.N.I. N° / C.I. N° ,
perteneciente a la firma …………………………………………………………, con domicilio en la calle….………………......................N° TEL.
N°……………… cumplimentó con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones, que se tramita por Expte. /10 Contratacion Directa N°
/10.
AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION
Xx. Xxxxxxxxxxxxx 000 P.B.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES INSTALACION TERMOMECANICA
Por el servicio de reparación, puesta en funcionamiento, conjuntamente con el mantenimiento preventivo y correctivo de una caldera a vapor de baja presión que alimenta el servicio de calefacción, por el término de dos años (730 días
corridos en 4 periodos de 6 meses), en la Agencia de Sistemas de Información, sito en Xxxx. Xxxxxxxxxxxxx 000.
De acuerdo con el siguiente detalle:
1.1 Composición de las instalaciones:
Caldera a baja presión 300Gr/cm2 Marca LA XXXXXX-XXXXXXX
Modelo FV-LP-175
Año de Fabricación 1996 Serie N° 1512
Capacidad entregada 1750000Kcal/h 1800 Lts
Salida de vapor O63mm, retorno de condensado O51mm, ubicada en el subsuelo. Quemador a gas natural.
Xxxxx XXXXXX PF2-1 SERIE N° 29898
Capacidad 200000Kcal/h Presión 20Grs.
1.2 Tareas mínimas a realizar:
1) Reparación de la Caldera:
Se realizará todas las tareas que sean necesarias para la reparación, verificación y puesta en funcionamiento integral de la caldera existente de vapor de baja presión, se cambiará chapa de hogar, se verificaran los tubos y se repondrán a nuevo de ser necesario, se utilizara xxxxxx xx xxxxx normalizadas, tubos xx xxxxx sin costura, marca SIDERAR IND. ARG. o EQUIVALENTE, calidad F24 certificada, de 5/16” de espesor acorde a la presión que estará sometida o aquella que indique el fabricante.Todo será soldado con soldadura eléctrica de primera calidad, realizada con equipo rotativo de alta penetración con doble pasada de electrodos de bajo contenido de hidrogeno, marca CONARCO 6010 Y 6011 o EQUIVALENTE, según normas A.S.M.E.
2) Instalación de un control de nivel de agua:
Retiro del equipo de control de nivel de agua existente
Provisión y montaje de un equipo tipo OCSA o EQUIVALENTE de dos mecanismo, tipo brindado, para permitir su apertura y limpieza periódica.
Conexionado eléctrico correspondiente.
Modificación de cañerías existentes para adaptarlos al mismo equipo.
Provisión y colocación de llaves esféricas en entrada, salida y vaciado del equipo en los diámetros correspondientes a la cañería instalados.
Construcción de una cañería para vaciado y purgar del equipo hasta un nivel donde no produzca salpicaduras.
3) Automatización de carga de agua:
Modificación de cañerías para adaptarlos a la nueva válvula.
Provisión y colocación de llaves esféricas en entrada, salida y vaciado del equipo en los diámetros correspondientes a las cañerías instaladas.
Construcción de una cañería para vaciado y purga del equipo hasta un nivel donde no produzca salpicaduras.
Corte y modificación de la cañería de alimentación de agua a la caldera.
Provisión e instalación de una válvula solenoide especial para líquido marca DANFOSS o EQUIVALENTE, provisión e instalación de un filtro de 8 micrones.
Así mismo se deberá efectuar un colector tipo by-pass para poder utilizar el sistema alternativamente con la válvula solenoide o en directo.A tal efecto se colocaran tres válvulas esféricas, una a la entrada de la válvula solenoide, otra a la salida de la misma y la tercera en el by-pass.
Se instalara una válvula de retención vertical antes del by-pass. Conexionado eléctrico correspondiente.
4) Venteo en la cañería de retorno:
Sé propone añadir una extensión de diámetro ¾” por una longitud de 8 mts, hasta el pozo de achique. A fin de evitar el derrame de agua sobre el sector de la caldera y escalera.
Se utilizaran cañerías SCHEDULE 40 ASTM soldadas con soldadura eléctrico, rotativa y electrodos de bajo contenido de hidrogeno, marca CANARCO 6011 Y 6013 o EQUIVALENTE, tal como es exigido en normas A.S.M.E.
5) Aislación de cañerías de vapor, agua caliente:
Se aislarán mediante media caña de secciones rígidas de fibra xx xxxxxx, con barrera de vapor, llevarán fleje metálico para su fijación colocados cada 30 o 40cm, revestidas con xxxxx xxxx bordoneada de aluminio reforzado armado con tornillos “Xxxxxx”, tanto para recorridos interiores como para la intemperie, serán de un espesor mínimo de:
Para el circuito de vapor de baja presión (94 a 121° C) de 25mm, para diámetros hasta 1”, 38mm, desde 1” hasta 4”, 51mm desde 5” o más.
Para las de condesado de 25mm, para diámetros de hasta 1”, 38mm, para diámetros desde 11/4” hasta 6”.
Para refrigeración (4,5 a 13° C) de 19mm, para diámetros de hasta 2”, 25mm.desde 21/2” hasta 6” Serán marcas ISOTEX ISOVER o EQUIVALENTE.
La caldera, conductores de humo, serán aislados mediante planchas de lana mineral de 51mm. de espesor, serán marcas ISOTEX ISOVER o EQUIVALENTE, estarán protegidas con una camisa construida con chapa de aluminio de 1mm de espesor, armada con tornillos “Xxxxxx”
6) Caldera:
Purgar el juego de niveles, el manómetro.
Purgar la caldera de baja presión (con el quemador preferentemente apagado) Soplar las válvulas de seguridad
Controlar si funciona correctamente el automático de agua
Controlar la alimentación al tablero eléctrico, si los térmicas no han saltado. Verificar alarma acústica y luminosa
Limpiar y descarbonizar las bujías de encendido Cambiar el agua estando la caldera fría
Control y limpieza de controles de nivel de agua y grifos de comprobación Control y limpieza de válvulas de seguridad, alarmas bajo nivel
Limpiar el horno de la caldera y los tubos de la misma Verificar presostáto de comando de quemador
Limpieza de tubos de humo (deshollinado) en calderas humotubulares que utilicen quemador de combustibles líquidos, incluso los zorros de humo
Limpieza en calderas, encontrándose a presión normal de trabajo abrir llave de descarga hasta que la presión caiga a 0
Control de revestimiento refractario de los hogares, limpieza de los sifones de purga al inicio de temporada invernal.
Sopletear con aire seco los presostatos, tablero eléctrico en general y sus automáticos.
Limpiar y ajustar todos los componentes de la distribución de gas
Retirar las tapas de paso de hombre y evacuar el barro y cambiar todas las Juntas.
NOTA: Hacer prueba hidráulica levantando la presión hasta un 50% más de la presión de trabajo.
7) Quemadores para gas natural:
Comprobar sistema de seguridad, barrido previo, detector de llama, válvulas electromagnéticas Limpieza de asiento en válvulas a diafragma, reposición de grasas grafitadas en conexiones que se desmontan. Cada 7 días.
Controles automáticos: Control de válvulas termostáticas. Control de válvulas motorizadas modulantes
Control de termostatos, trampas de vapor, filtros. Control de humidistatos modulantes. Cada 15 días.
1.3 Mantenimiento Preventivo:
Inspecciones y revisiones periódicas programadas, con ejecución de las tareas necesarias para mantener el servicio, los equipos, accesorios e instalaciones complementarias, en condiciones de funcionamiento seguro y efectivo, previendo accidentes, daños o averías reponiendo o sustituyendo elementos gastados por el uso normal de las instalaciones.
Mantenimiento Correctivo:
Las reparaciones de averías, daños o fallas provinentes del uso de las instalaciones, podrán ser realizadas en forma programada conjuntamente con los trabajos de mantenimiento preventivo o en forma no programada, cuando las fallas provoquen indisponibilidades de servicio esenciales, tratando en lo posible de no interferir en el normal funcionamiento de las actividades y los servicios propios del edificio.
Todas las tareas de mantenimiento preventivo, serán comunicadas a la Fiscalización que designe el G.C.A.B.A. para su consideración y posterior aprobación, no
aceptándose ninguna facturación de trabajos correctivos, sin la pertinente autorización
Características de la presentación:
La prestación del servicio deberá realizarse con dos visitas semanales como mínimo, a fin de realizar las tareas necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de la instalación, con horario de 7 a 14hs.Y que consignará en su oferta. Se deja constancia que en días feriados se deberá presentar el servicio correspondiente como día laborable común, y en los casos de suma urgencia y a los efectos de requerir el servicio de mantenimiento fuera de los términos anteriormente pactados, se deberá contar con un servicio de radio-llamada de emergencia, para las horas en que no hubiera el personal requerido, a presentarse en un tiempo no mayor de dos horas, después de producido el mismo y con una atención durante 24 hs. diarias. El adjudicatario deberá comunicar por nota los números telefónicos y el número de código correspondiente de este servicio de radio-llamada a las autoridades del edificio y a la Fiscalización que designe el G.C.A.B.A, con 48hs de anticipación a la intervención del servicio.
Plantel de personal mínimo:
El oferente deberá indicar en su oferta el plantel de personal mínimo necesario para la presentación del xxxxxxxx.Xx obstante el contratista tendrá en obra en el tiempo requerido, el plantel que sea necesario para la ejecución de los trabajos y/o reparaciones que se necesitan para el buen funcionamiento de equipos e instalaciones.
Cualquier variación que se produjera en el futuro o por razones de trabajo en la cantidad o forma de composición de este plantel, no dará derecho al contratista a modificación del precio contractual.
Tareas y obligaciones a realizar por el personal:
El personal contratista en los horarios y días establecidos, tendrá a su cargo la realización de las tareas y/o reparaciones consignadas en los programas de trabajos preventivos y correctivos, con verificación del buen funcionamiento de los equipos e instalaciones complementarias que se licitan y de acuerdo a las indicaciones y necesidades de los servicios o que los formulen las personas debidamente autorizadas por la dirección del edificio.
El personal de la contratista, deberá ser idóneo y con amplios conocimientos en la materia, tanto sea el personal de conducción como el de operarios, decidiendo la inspección de obra si este personal es incompetente, de mala conducta, insubordinados y si fuera necesario imponer sanciones o su reemplazo podrá ordenar al Contratista la aplicación de las que creyera conveniente.
El personal deberá cumplir sus tareas utilizando ropa uniforme y correctamente vestido, con leyenda o tarjeta identificatoria de la empresa, de modo que lo diferencie del personal del G.C.A.B.A. y público en general.
Nómina del personal:
Dentro de las 48hs anteriores a la iniciación del servicio, el adjudicatario deberá entregas al G.C.A.B.A. y a la Dirección del edificio, la nómina del personal profesional técnico empleado, que se asignará en la ejecución de los trabajos, indicando por cada uno lo siguiente:
Nombre y apellido, documento de identidad, edad, nacionalidad, título, matrícula,etc., tareas que desempeña, antigüedad en la empresa, resumen de experiencia que acrediten, capacidad para las tareas asignadas.
El oferente deberá mantener actualizada, comunicando dentro de las 24hs, cualquier variante que se produzca en su dotación.
Cronograma de trabajo:
El oferente deberá consignar en su oferta, una planilla demostrativa de Cronograma de trabajo donde fijar fechas y tareas debiendo luego dar cumplimiento a lo considerado en el ítem 1.9.1.
Asimismo, asegurará dentro de los horarios prefijados y en los días y meses consigandos, el normal funcionamiento de los equipos e instalaciones durante la presentación, el normal funcionamiento de los equipos e instalaciones durante la presentación del servicio. Cualquier variante que proponga en cuanto a las fechas que se hubieran determinado, deberá comunicarlo con una antelación de 48 hs. a la inspección quien analizará la procedencia o no de tal pedido.
Plan de trabajo e inversiones definitivo:
Dentro de los diez (10) días de la firma del contrato, el Contratista esta obligado a presentar el Plan de Trabajos e Inversiones definitivo. Dicho plan será aprobado o rechazado dentro de los cinco (5) días siguientes por la inspección. En caso de ser rechazado, el Contratista deberá proceder al ajuste del mismo de acuerdo con las observaciones que efectúe la inspección de Obra sin alterar el plazo y el importe total.
La Inspección determinará el plazo para su nueva presentación.
Modificaciones al cronograma aprobado:
El Contratista sólo podrá modificar el Cronograma aprobado en los siguientes casos: Siguiendo instrucciones escritas de la inspección.
Cuando la propuesta de modificación, provenga del Contratista y haya acuerdo escrito con la inspección
La entrega a la inspección y su eventual aprobación, por ella de los Cronogramas modificados o el suministro de información sobre, estos no eximirán al Contratista de ninguna obligación ni responsabilidad asumidas de acuerdo al Contrato.
Trabajos adicionales:
Únicamente serán considerados adicionales aquellos trabajos que sean consecuencia de modificaciones, ampliaciones, cambio de ubicación, etc., que ordene expresamente la inspección, la que en caso de producirse el adicional, dará las instrucciones correspondientes a la Contratista, a los efectos de su realización de acuerdo a las normas en vigencia.Estos trabajos se valorizarán en base de análisis de precios. La certificación de estos trabajos se hará por mes calendario y conforme al avance de los mismos.
Formularios:
El contratista deberá proveer a su xxxxx el libro de registro de inspección, formularios, ingreso y egreso de materiales, stock, control de equipos y herramientas certificados y cualquier otro que fuera necesario, en forma, modo y cantidad que le indique la inspección.
Inspección:
La inspección será ejercida por el G.C.A.B.A. a través de los funcionarios o profesionales, que ella designe.El adjudicatario deberá aceptar los controles técnicos de la especialidad que al efecto realice el G.C.A.B.A.. y/o cumplimentar las indicaciones pertinentes dentro de los plazos que se indiquen.
Informe mensual sobre el estado de los trabajos:
El contratista efectuara el control permanente sobre los programas de trabajo aprobados y el último día de cada mes someterá a consideración de la Fiscalización que designe el G.C.A.B.A., un informe sobre la marcha de los trabajos, su realización, con comprobantes debidamente conformados por las autoridades del edificio, actividades que hayan sufrido modificaciones y sus causas y toda otra novedad u observaciones que sugiera en cumplimiento de las tareas estipuladas contractualmente.
De las herramientas y equipos a emplear:
El adjudicatario deberá proveer a su personal las herramientas y útiles de trabajo en buenas condiciones de uso, como asimismo, los productos a emplear deberán reunir condiciones óptimas de calidad para que bajo ningún concepto atentare contra la salud de las personas, conservación del edificio, muebles, equipos e instalaciones.
Deberá demostrar, además que tiene planificado, en tiempo y forma, el mantenimiento de sus equipos y herramientas, y si correspondiere, su reesmplazo sin cargo alguno para el G.C.A.B.A.
Materiales y elementos a utilizar:
En todos los casos los elementos, repuestos, componentes, accesorios, etc. a reponer o incorporar en el transcurso de los trabajos, deberán ser nuevos originales de fábrica
o iguales a los que se reemplacen, salvo imposibilidad comprobada, en su defecto deberán reunir igual o superiores a características y/o calidades de los elementos que se cambien.
Materiales repuestos mínimos necesarios para el mantenimiento correctivo (trabajo por unidad de medida):
El oferente deberá cotizar un listado mínimo de materiales y repuestos, necesarios para el mantenimiento correctivo de los equipos e instalaciones, incluyendo la cantidad, precio material, precio mano de obra, precio gravámenes/impuestos, precio unitario y precio total, perfectamente diferenciados en su propuesta (la no presentación de esta planilla será motivo de descarte de la respectiva oferta). Forma de presentación planilla:
CANT | UNIDAD | MATERIAL | M.OBRA | GRAVAM | P.UNIT | X.XX | |
Aislación con xxxx xx xxxxxx con aluminio | 10 | M2 | |||||
Amperímetro | 2 | U | |||||
Botón de Seguridad | 2 | U | |||||
Bujes | 8 | U | |||||
Cañería de cobre O1" | 00 | Xxx |
XXXXXXXX TIPO MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA COTIZACIÓN DEL RENGLON TRES
Cañería de cobre O5/8" | 10 | Mts | |||||
Cañería de gas y accesorios | 5 | U | |||||
Cañerías y cables eléctricos en general | 00 | Xxx | |||||
Xxxx flexible metálico forrado O18mm | 18 | Mts | |||||
Contactor | 3 | U | |||||
Foquitos indicadores p/o ojos xx xxxx | 10 | U | |||||
Fusibles | 4 | U | |||||
Grasas | 1 | Kg | |||||
Pintura convertidor de oxido | 4 | Lts | |||||
Pintura sintética | 4 | Lts | |||||
Presostato | 4 | U | |||||
Protector térmios | 4 | U | |||||
Relay | 4 | X | |||||
Xxxxx para caldera | 2 | U | |||||
Rodamiento de motores | 6 | U | |||||
Termocupla | 4 | U | |||||
Válvula con regulador de gas | 1 | U | |||||
Válvula o llave de paso gas O25mm | 4 | U | |||||
Válvula esférica O25mm | 1 | U | |||||
RENGLON N° 3 |
Habilitación del libro de registro de inspección de trabajos:
El Contratista proveerá y habilitará un libro de registro con hojas por triplicado, ante la Fiscalización que designe el G.C.A.B.A., donde se consignarán todas las novedades que sugieran en ocasión de realizarse las correspondientes inspecciones por personal Municipal. De existir novedades, las mismas serán notificadas de inmediato al Adjudicatario, con la finalidad de ser subsanadas adentro de los
términos fijados en el ítem “Cronograma de Trabajo y reparación en término” del presente pliego.
Reparaciones en término:
El adjudicatario deberá subsanar cualquier anomalía que surja de la presentación que se contrata, con la mayor brevedad, dentro de un lapso de 24 hs.
En caso que a su juicio o por la naturaleza de los desperfectos, demandarán para subsanarlo, un plazo mayor, deberá comunicarlo a la Dirección del Edificio y a la fiscalización, para que la dependencia técnica correspondiente determine el tiempo necesario para solucionar el inconveniente producido.
De los desperfectos y averías:
Los desperfectos y/o averías que se produzcan en los equipos, muebles, edificio, instalaciones, etc., y que fuesen provocados por la ejecución de los trabajos, negligencias o incapacidad del personal de la Contratista, deberán ser reparados a su exclusivo cargo y xxxxx, dentro del plazo que el Organismo Técnico del G.C.A.B.A. determine igual procedimiento se adoptará cuando se produzcan roturas, deterioros o desaparición de elementos personales, equipos, muebles, vidrios, artefactos, instalaciones, etc., comprobándose fehacientemente que el hecho que lo motivara se produjo durante y por motivo de la presentación del presente contrato.
En caso contrario, el G.C.A.B.A. previa intimación y sin mas trámites, dispondrá su realización o reposición en forma directa con cargo al Contratista y por el monto que resulte, el cual se hará efectivo mediante la respectiva deducción de las facturas que se hallen en trámite de liquidación o bien afectando en última instancia la garantía de adjudicación y con las penalidades que el caso requiera.
Culminación del contrato:
Al término del Contrato, el Contratista deberá entregar las instalaciones en perfecto estado de higiene y mantenimiento, sin perjuicio de la normal presentación de los servicios hasta el último día de plazo contractual de mantenimiento, incluyendo la
totalidad de las instalaciones, equipos, edificios, etc. Y que hubiesen estado bajo la responsabilidad de la Contratista y en cumplimiento de lo contractual.
Programa básico de mantenimiento preventivo:
Ventiladores
Xxxxxxx: Verificar tensión y montaje correcto (cada 30 días) Revisar estado físico (cada 3 meses)
Reposición si es necesario
Poleas: Verificar su alimentación (cada 3 meses) Verificar su estado (cada 3 meses)
Ajuste de los tornillos prisioneros que fijan la posición de las poleas con sus respectivos ejes de turbina y motor (cada mes)
Alabes del ventilador, limpiar con cepillo y extraer el polvo y suciedad por medio de aspiradora (cada 3 meses)
Cojotines: Verificar su funcionamiento silencio (cada mes) Lubricar (cada mes)
Verificar temperatura de copetines (cada mes) Reponer en caso de rotura o desgaste
Motor: Verificar funcionamiento silencioso y controlar el consumo eléctrico (cada 15 días)
Medir el voltaje y amperaje, en caso de ser superior a los indicados en la chapa, deberá ser retirado y verificado.
Verificar que las RPM se mantengan dentro del valor indicado (cada mes) Instalaciones a vapor
Generadores Caldera:
Purgar el juego de niveles, manómetro
Purgar la caldera de baja presión (con el quemador perfectamente apagado) Soplar las válvulas de seguridad
Controlar si funciona correctamente el automático de agua
Controlar la alimentación al tablero eléctrico, si los términos no han saltado Probar si el inyector alimenta la caldera (cada 1 día)
Verificar alarma acústica y luminosa
Limpiar y descarbonizar las bujías de encendido Cambiar el agua estando la caldera fría
Limpiar los filtros de petróleo y las pastillas
Control y limpieza de controles de nivel de agua y grifos de comprobación Control y limpieza de válvulas de seguridad, alarmas bajo nivel
Control funcionamiento de inyectores de aire (cada 7 días) Limpiar el horno de la caldera y los tubos de la misma Limpiar y revisar el filtro de entrada de agua a la bomba
Limpiar sacando los tapones, las conexiones de agua de los niveles Verificar presostato de comando de quemador
Limpieza de tubos de humo (deshollinado) en calderas humotubulares que utilicen quemador de combustibles líquidos, incluso los zorros de humos
Limpieza en calderas, encontrándose a presión normal de trabajo abrir llave de descarga hasta que la presión caiga a 0
Control el revestimiento refractario de los hogares, limpieza de los sifones de purga al inicio de temporada invernal
Reposición de empaquetaduras en prensaestopas de llaves de paso (cada 30 días) Sopletar con aire seco los presostatos, tablero eléctrico en general y sus automáticos. Limpiar trampas de vapor
Limpiar y ajustar todos los componentes de la distribución de petróleo, diesel y/o gas Proveer de grasa a los graseros de la bomba de agua (cada 180 días)
Desarmar y esmerilar todos los asientos de las válvulas globo, de alivio, cierre rápido, retención y purgas
Engrasar y revisar motores Cambiar las bujías de encendido
Retirar las tapas de paso de hombre y evacuar el barro y cambiar las Juntas (cada 365 días)
NOTA: Hacer prueba hidráulica levantando la presión hasta un 50% más de la presión de trabajo
Quemadores para gas natural:
Comprobar sistema de seguridad, barrido previo, detector de llama, válvulas electromagnéticas. Limpieza de asiento de válvulas a diafragma, reposición de grasas graficadas en conexiones que se desmontan. Cada 7 días.
Controles automáticos: Control de válvula termostática. Control de válvulas motorizadas modulantes
Control termostatos, trampas de vapor, filtros Control de humidistátos modulantes (cada 15 días)
Párrafo extraído de la:
“ORDENANZA N° 33.677-B.M. 15.575 DE SEGUROS XX XXXXXXXX
(Decreto Reglamentario)
Artículo 1° -La certificación por parte de un profesional, que permita a las entidades aseguradoras la concentración del seguro obligatorio de responsabilidad civil sobre las instalaciones de vapor y/o agua caliente y las de combustible que las alimentan implica que se hallen cumplidas como mínimo las siguientes condiciones:
a) Las instalaciones se encuentran habilitadas por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires o con gestión de habilitación ante la misma. En este último caso el profesional certificarte deberá ser el instalador.
Cuando se use gas natural como comestible, deberá contarse con la habilitación de Gas del Estado S.E. (Decreto 766).
VERIFICACIONES PERIODICAS Y TAREAS DE MANTENIMIENTO
Tareas a realizar la Frecuencia
Comprobación del funcionamiento del dispositivo xx xxxxx de combustible por bajo nivel de agua S
Verificación del funcionamiento del sistema de carga de agua a la caldera S
Verificación del funcionamiento del dispositivo xx xxxxx de combustible por falta de llama y/o ignición S
Verificación del funcionamiento de las válvulas de seguridad S
Inspección del estado de las superficies de calentamiento M
Verificación del funcionamiento de los dispositivos limites y operativos M
Inspección del sistema de suministro de combustibles y quemador M
Control de las características del agua en los generadores de vapor de baja presión (en los de alta presión debe ser mensual) T
Inspección de las entradas de aire a la xxxx xx xxxxxxxx T
Limpieza de sedimentos A
Pruebas de eficiencia de la combustión y tiraje A
Limpieza interna y externa de las superficies de calentamiento A
Mantenimiento del equipo de combustión A
Mantenimiento de los dispositivos xx xxxxx de combustible por debajo nivel del agua A
Mantenimiento de los dispositivos xx xxxxx de combustible por falta de llama y/o ignición A
Mantenimiento de los dispositivos límites y operativos A
Recalibración de las válvulas de seguridad A
Mantenimiento completo del sistema de control A
Verificación de espesores D
Prueba hidráulica a la presión fijada por el articulo Ensayos de Resistencia del Código de la Edificación para las Calderas de Alta Presión* y a 1,5 veces la presión de trabajo para las de baja presión y de agua caliente D
Referencia:
*Ensayos de resistencias (vapor alta presión)
S: semanal, M: Mensual, T: Trimestral. A: Anual y D: cada 10 años
NOTA: La empresa contratista deberá contar con un profesional habilitado en el G.C.B.A. y en la compañía respectiva de gas, para realizar la certificación mensual de la caldera, de manera de cumplimentar la exigencia de la Ordenanza N° 33677-B.M. 15575.Quedando a cargo de las autoridades del edificio la contratación del seguro xx xxxxxxxx respectivo, el cual deberá empezar a partir de la culminación de las tareas iniciales de reparación de la caldera.
Sistema eléctrico de alimentación y retorno:
Tablero de comando y fuerza motriz: Verificar la tensión de bobinas. Ajustar todas las conexiones cuya sujetación sea por medio de tornillos.
Realizar limpieza general del tablero con aire comprimido deshumectado para sacar el polvo que se esparce sobre los elementos (cada 3 meses).
Verificar calentamiento anormal en contactores, bobinas, relés, etc. Verificar ruidos extraños, vibraciones, etc. (semanalmente).
Desarme de contactores. Si se observa una ligera capa carbonada, se limpiarán con tatreacloruro de xxxxxxx.Xx en el extremo de los contactores llevaran picadura o poros sobre la superficie, se le realizará una limpieza adecuada, debiendo verificar que todos los contactores asienten perfectamente (cada 2 meses)
Térmicos: Comprobar corte de térmicos y calibración (cada 2 meses).
Instalación eléctrica: Ajustar bornes de conexiones de los motores resistencias y controles para evitar falsos contactos (cada 2 meses).
Comprobar la aislación entre conductores y contratierra con un instrumento adecuado (méghómetro), debiendo alcanzar su resistencia de aislación a 1000 Ohms/V. de tensión de línea, de no ser así reemplazar la línea defectuosa (cada 6 meses).
En los interruptores, fusibles e interceptores, se inspeccionarán:
Conexiones, calentamiento anormales, elementos flojos (cada mes).
En los instrumentos, se inspeccionarán: normalidad de las lecturas, libertas de movimiento de las agujas (cada mes).
Alimentación eléctrica: Verificar la tensión eléctrico de alimentación a la instalación, no debiendo variar mas del 10% del vapor nominal y el desequilibrio de fase en un 3% (cada 6 meses)
Sistema de encadenamiento: Verificar el correcto funcionamiento de los enclavamientos de seguridad y controles (cada mes).
Trabajos a realizar en el mantenimiento correctivo:
Independientemente de las revisiones de rutina indicadas antes, se efectuarán inspecciones que aseguren la inmediata reparación de roturas y/o reemplazo de elementos críticos, como ser: llaves, xxxxx, fusibles, cables quemados o cortados, etc.
No se incluyen en este programa de mantenimiento correctivo el plazo que demoren las reparaciones de elementos, equipos, artefactos,etc., que deban ser ejecutados por terceros, etc., pero se incluye el tiempo de cambio de elementos o equipo (desmonte, desarme, armado, nuevo desmontaje y puesta en marcha una vez efectuad la reparación).
Reposición de elementos:
Reposición de todo elemento gastado o deteriorado por el uso de los equipos e instalaciones pintura general, cañerías y demás componentes de la instalación.
Reposición o cambio de aislaciones de xxxx xx xxxxxx, de los conductos ubicados en sala de máquina y/o en zonas accesibles, reposición xx xxxxx y difusores si fuera necesario: Incluye la pintura de los mismos, grasa y aceites necesarios, como así de todo elemento requerido para la limpieza de equipos e instalaciones.
Rebobinado a nuevo:
En caso de ser necesario se realizará el rebobinado a nuevo de los motores ventiladores de los centrífugos de los equipos de aire acondicionado, y motores en general.
Limpieza, balanceo estático y dinámico, ajuste de todos los ventiladores centrífugos y helicoidales.
Régimen de contratación:
El presente servicio tendrá un régimen de contratación mixta integrado por “Cuota fija” y por “Unidad de medida”, según se detalla a continuación:
1.24.1 Cuota fija:
Se cotizará por este sistema y por separado, los trabajos de reparación, puesta en funcionamiento de las calderas (se certificará en una única cuota) y el mantenimiento preventivo (se certificará por mes calendario prorrateaos en 24 cuotas iguales y alternas), comprendidos dentro de los 730 días corridos, que se estipulan en el presente Pliego. A tales efectos, los oferentes deberán visitar las instalaciones para interiorizarse en detalle de los trabajos a realizar, debiendo incluir en su cotización todo trabajo complementario que sea necesario realizar con provisión de materiales y mano de obra, para lograr el correcto funcionamiento de las instalaciones. En el supuesto de que la fecha de comienzo del período correspondiente a la ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo, no coincida con el comienzo del mes calendario, él primero y último mes se prorrateara la cuota en función de los días que se abarquen esos meses.
Unidad de medida:
Se realizará por este sistema, todas las reparaciones y/o correcciones que deban llevarse a cabo durante el período de mantenimiento correctivo, que no están especificadas anteriormente, que se presente por deterioro, que se originen por el uso o que sean especialmente indicados según las necesidades que surjan.
Estos trabajos deberán realizarse con provisión de los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento de la instalación, deberán ser aprobados por la Inspección y deberán contar con comprobantes firmados por el personal del Edificio que se designe, a los efectos de verificar la realización de los mismos.
Los trabajos serán certificados en el mes que sean realizados, según los precios unitarios que correspondan a cada uno de ellos, según lo estipulado en el contrato.
A tales efectos las Empresas deberán cotizar por separado los diferentes tipos de reparaciones que eventualmente puedan presentarse, según la lista que se agrega, que incluye las cantidades para cada ítem.
Para el caso que se presenten reparaciones no previstas en el listado, se deberá establecer una equivalencia con alguno de los ítems previstos.
Plazo de ejecución y garantía:
El plazo para la reparación y puesta en funcionamiento de la caldera será por el término de treinta
Corridos (30 días corridos).
El plazo para la ejecución del servicio de matenimiento preventivo y correctivo de los equipos e
Instalaciones comprendidas en la presente contratación será por el término de dos (2) años (730 días corridos), los cuales se harán efectivos tomándolos en períodos de 6 meses entre Marzo a Octubre de cada año, incluyendo xxxxxxx , xxxxxxxx y feriados, días laborables, empezando a regir a partir de la culminación de las tareas iniciales de reparación de la caldera.
Garantía:
La reparación y puesta en funcionamiento de la caldera contará con una garantía de dos años
Calendario (730 días corridos), contados a partir de la fecha de culminación de las tareas involucradas.
El mantenimiento preventivo contará con un plazo de garantía por dos (2) años (730 días corridos), contados a partir de la iniciación de los servicios, caducará el ultimo día de prestación de los mismos de acuerdo a la orden de provisión correspondiente.
El mantenimiento correctivo contará con un plazo de garantía de dos (2) años calendario (730 días corridos) contados a partir de la fecha en que se halla efectuado el mismo, debidamente conformado por la inspección, acompañado del remito correspondiente expendido por la empresa adjudicataria.
CLÁUSULAS PARTICULARES
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite, en los rubros licitados 1090(Construcción), caso contrario las Ofertas no serán consideradas en los respectivos renglones.-
N.N.E.: NUMERO NACIONAL POR EFECTO ASIGNADO POR EL SISTEMA NACIONAL DE CATALOGACION.-
El catálogo a cuyos números se hace referencia en las especificaciones se encuentra a disposición de los Señores Proveedores para su consulta o adquisición en la Dirección General de Compras y Contrataciones, Registro Informatizado de Bienes y Servicios (RIBS) – Xxxx. xx Xxxx Xx 000 XX Xxxxxxx 00, Teléfono 0000-0000 (2188), Ciudad Autónoma de Buenos Aires - de Lunes a Viernes de 10.00 a 16.00 horas.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA OFERTA:
Para la presentación de las propuestas, los oferentes deberán tener en cuenta, además de las condiciones requeridas, lo establecido en los Arts. 5º, 11º, 14º y 28º de las Cláusulas Generales.-
MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN:
$ 52.721,00- (PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIUNO 00/100).-
PARÁMETROS DE EVALUACIÓN:
La preadjudicación deberá recaer en la propuesta más conveniente para el organismo, teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.-
PLAZO DE PAGO:
Dentro de los treinta (30) días hábiles de recibida la pertinente factura según lo establecido en el Art. 116º del Decreto Nº 754-GCABA-08, reglamentario del Art. 116º de la Ley 2095.-
PRESENTACIÓN DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO:
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones al pliego, el depósito equivalente al 3 % (tres por ciento) del monto estimado de la contratación. La impugnación puede ser recibida hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas y se tramita por cuerda separada.-
PRESENTACIÓN DE IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN:
Igual metodología que la señalada precedentemente se utilizará para la impugnación a la preadjudicación, cuyo monto se calculará sobre el 4% del monto total preadjudicado por el que se presente impugnación, para el caso que los oferentes presenten impugnación sobre la preadjudicación, en un todo de acuerdo con el Art. 16º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones de Cláusulas Generales.
Opción a Prórroga:
Art. 117º de la Ley 2.095 y Decreto Nº 754-GCBA-08.-