CONTRATACIÓN DE “Servicios de promoción turística a través del deporte mediante píldoras de video”
ID. XXXXXXX 000-00 (c): ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS PARA LA
CONTRATACIÓN DE “Servicios de promoción turística a través del deporte mediante píldoras de video”
1. OBJETO
Mediante la presente se pretende definir las condiciones técnicas de la contratación del servicio de promoción turística a través de píldoras de video de las pruebas deportivas de mayor relevancia de la provincia xx Xxxxxx.
Se pretenden grabar un total de cinco pruebas deportivas, que serán definidos por Sodebur, en base a las diferentes carreras que se encuentran dentro de los circuitos provinciales que organiza la Diputación xx Xxxxxx en sus diferentes modalidades deportivas.
El objetivo es la promoción turística de los paisajes de la provincia xx Xxxxxx gracias a reportajes o píldoras de video de pretensión viral en donde puedan intervenir participantes, habitantes de la provincia y diferentes agentes que intervengan en la organización/participación de la prueba.
Estas especificaciones técnicas han sido preparadas por SODEBUR que asumirá las tareas de control durante el periodo de contratación y seguimiento a la persona física o jurídica contratada para la realización de este proyecto.
2. CODIFICACIÓN
De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, se puede clasificar el objeto del contrato de la siguiente manera:
CPV: 92111200-4 Producción de películas y videocintas de publicidad, propaganda e información
3. RÉGIMEN JURÍDICO
Se ha emitido un Informe Justificativo de Necesidad, como documento preparatorio antes de iniciar el procedimiento de adjudicación, donde se recogen la naturaleza y extensión de la necesidad que se pretende cubrir así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerla, de acuerdo con el artículo 28 de la LCSP.
Sin perjuicio de lo estipulado en el art. 319 LCSP, cualquiera de las cuestiones que se susciten en cuanto a su preparación y adjudicación, que no queden solventadas por las partes, será resuelta por los órganos del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo. El orden jurisdiccional civil con sede en Burgos, será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a los efectos, cumplimiento y extinción.
Se consideran, así mismo documentos contractuales, la proposición del Adjudicatario y la documentación adicional que aquel hubiera aportado a requerimiento del contratante, en su caso.
4. PRESUPUESTO
El presupuesto base de licitación para esta contratación asciende a 18.029,00 €, (donde 14.900,00 € corresponden al importe bruto y 3.129 € al 21% de IVA) quedando incluidos dentro de este importe, los gastos que requieran los trabajos objeto de la contratación, los medios técnicos y auxiliares, los gastos de personal, el beneficio industrial y todas las cuotas y sus eventuales recargos correspondientes a los tributos que puedan devengarse, así como cualquier otro coste que se genere.
Las empresas deberán aportar el precio final de la oferta, ya que durante el desarrollo de los trabajos no se aceptarán ni revisiones de precios ni modificaciones.
A todos los efectos se entenderá que la oferta económica incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos de cualquier índole que graven el servicio contratado, sin que, por tanto, puedan estos ser repercutidos como partida independiente.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será el comprendido entre el momento de la adjudicación y el 1 de noviembre de 2019. La primera grabación se llevará a cabo el fin de semana del 25 de enero al 27 de enero de 2019.
6. PERFIL DEL CONTRATANTE
SODEBUR a través de su Perfil del Contratante, publicará el objeto, la duración, el importe y la adjudicación del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo en lo establecido en los artículos 63, 116 y 138 de la LCSP.
7. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones que señala el artículo 71 de la LCSP.
Asimismo, los Licitadores deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
7.1. Lugar de presentación.
La única forma de presentación de ofertas, será a través de la Herramienta de Contrato Menor de la Diputación Provincial xx Xxxxxx.
7.2. Plazo y forma de presentación.
El plazo para presentar la oferta finalizará el 14 de enero a las 20:00 horas.
Cada Licitador no podrá presentar más de una Proposición o solicitud, ni suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las Proposiciones por él suscritas.
La oferta y la documentación que se acompañe se presentarán, en todo caso, en idioma castellano.
Serán rechazadas las ofertas que, en su desglose para el estudio, superen el importe máximo de licitación.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las mismas.
7.3. Requisitos para poder licitar.
Las personas que acudan a la presente licitación, deberán ostentar los siguientes requisitos:
a) Ser personas naturales o jurídicas cuya actividad profesional u objeto social tenga relación directa con el objeto del contrato.
b) Tener plena capacidad de obrar y no estar incursos en ninguna de las causas de incapacidad para contratar.
c) Tener la capacidad técnica o profesional, económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato.
d) Xxxxxxse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
7.4. Documentación a incluir en la oferta
7.4.1. MEMORIA: Que incluya información suficiente que demuestre la buena ejecución de este trabajo. Como mínimo la información se referirá a:
-Metodología a emplear en la realización de los trabajos técnicos.
Dentro de la misma, se deberá identificar
a) Posible propuesta de grabación, más allá de la prueba deportiva. Para ello, se puede tomar como referencia tres pruebas populares de la provincia xx Xxxxxx. Se deberá indicar el guión, desarrollo y producción de cada una de las mismas.
b) Grado de innovación o identificación de los factores que expliquen en la propuesta de la oferta las posibilidades de éxito de la pretensión viral de la contratación.
c) Número de jornadas y horas de grabación para cada prueba
d) Número de videos por prueba y duración de los mismos.
e) Descripción del número de personas, equipo humano y material de grabación.
Las carreras serán un total de cinco, repartidas en términos geográficos por toda la provincia xx Xxxxxx y en relación a la estacionalidad de las mismas, en diferentes épocas del año 2019. Las mismas serán definidas por Sodebur.
Sodebur no se hará cargo de ningún tipo de gasto de desplazamiento.
Todo ello se entregará en AVI, MPEG, MOV, WMN, RM Y FLV en diferentes calidades para su uso en la difusión por redes sociales.
La empresa adjudicataria deberá subir los videos a Youtube a un canal que SODEBUR proporcione.
7.4.2. Propuesta económica.
7.5. Calificación de la documentación y adjudicación
Finalizado el plazo de admisión de documentación, el departamento correspondiente estudiará la documentación presentada por los ofertantes y tras su análisis aplicando los criterios de adjudicación, se realizará un informe de valoración y se elevará la propuesta de adjudicación que se estime más conveniente o declarando desierta la contratación.
En el caso en que el órgano de contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar el contrato una vez efectuada la correspondiente convocatoria, lo notificará a los candidatos o licitadores y seguirá lo establecido en el art. 152 LCSP.
8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Al Órgano de Contratación le corresponde la adjudicación del contrato y, a tal fin, resolverá en orden a la proposición que considere más ventajosa para los fines del mismo sin que, necesariamente, tenga que coincidir con la oferta económica más favorable sino que, en la adjudicación, se seguirán los criterios expuestos a continuación.
a) Oferta económica Hasta 55 puntos
La valoración correspondiente se hará mediante la siguiente fórmula, asignando la mayor puntuación a la oferta económica más baja.
TIPO–OFMIN
TIPO–OFVÆL × 0,30 + OFMIN
OFVÆL
× 0,70 × N
Donde: TIPO es el valor estimado del contrato.
OFMIN es la oferta más baja.
OFVAL es la oferta que se valora para ser puntuada.
N es el total de puntos máximo (Puntos) que se puede obtener por el criterio precio, y que son los que siempre corresponderán a la oferta más baja.
b) Oferta técnica Hasta 45 puntos
La valoración técnica estará compuesta por la valoración de la metodología descrita en el apartado 7.4.1 obteniendo el cálculo de la misma en base a las siguientes valoraciones:
• Apartado a, máximo 20 puntos.
• Apartado b, máximo 15 puntos.
• Apartado c, máximo 5 puntos.
• Apartado d, máximo 3 puntos.
• Apartado e, máximo 2 puntos.
Una vez valorados ambos apartados, se realizará la correspondiente suma de los mismos cuyo resultado será la puntuación final de cada oferta.
Se puede declarar desierta la contratación si ninguna de las proposiciones presentadas resultase conveniente a los fines de aquella; en todo caso, resultarán automáticamente eliminadas aquellas proposiciones que no alcancen el equivalente a la mitad de la totalidad de puntos.
9. OBLIGACIONES FORMALES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
El adjudicatario deberá dar su conformidad en el plazo de los 5 días siguientes a la comunicación oficial de su adjudicación.
En el supuesto de incumplimiento o retrasos mayores a 15 días por parte del contratista, la Sociedad de Desarrollo de la Provincia xx Xxxxxx podrá optar por resolver la contratación, cancelando
los pagos restantes, o conceder a la empresa adjudicataria un nuevo plazo improrrogable para la finalización del proyecto.
10. VIGILANCIA Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
La Sociedad para el Desarrollo de la Provincia xx Xxxxxx ejercerá la inspección y vigilancia de las acciones contratadas.
En caso de dudas técnicas, pueden ponerse en contacto con el técnico responsable través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx o el teléfono 000 000000.
La Sociedad para el Desarrollo de la Provincia xx Xxxxxx tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada de los procesos que se lleven a cabo para la ejecución correcta de los trabajos, pudiendo dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo contratado
11. CONDICIONES DE PAGO
Una vez finalizado el trabajo contratado y acreditado su correcto cumplimiento, SODEBUR solicitará al adjudicatario la emisión de la correspondiente factura, debiendo emitirse de conformidad con las disposiciones vigentes, la numeración seriada, fecha de expedición, descripción detallada de los trabajos realizados, N.I.F. del expedidor y destinatario y el I.V.A. repercutido.
SODEBUR realizará la liquidación del importe contratado en dos pagos. El primero se realizará a partir de la finalización de la grabación de la tercera prueba deportiva, previa solicitud del adjudicatario, por un importe del 50% del contrato de adjudicación, mediante la correspondiente transferencia a la cuenta corriente del adjudicatario, indicada en la Ficha de Alta de datos bancarios que adjuntará a la factura.
12. PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD
La propiedad intelectual de todos los documentos y resultados de los trabajos realizados corresponde a la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia xx Xxxxxx, que podrá reproducirlos o divulgarlos total o parcialmente.
Toda la documentación quedará en propiedad de SODEBUR, sin que el contratista pueda conservarla o facilitarla a terceros sin su expresa autorización, que la daría, en su caso, previa petición formal del contratista con expresión del fin.
13. RESPONSABILIDAD
Será de cuenta del contratista indemnizar por todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la LCSP.
El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial del servicio que efectué y deberá indemnizar a SODEBUR de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse de tal interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que eventualmente puedan dirigirse contra esta.
14. PROTECCIÓN DE DATOS
Mediante la presente cláusula, se habilita a la empresa adjudicataria como encargada del tratamiento, para manejar, por cuenta de SODEBUR como responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio especificado en estos pliegos.
El presente acuerdo tiene la misma duración que el contrato que se firme. Una vez finalice el mismo, la encargada del tratamiento devolverá a SODEBUR los datos personales y suprimirá cualquier copia que mantenga en su poder.