Contrato 492/15
Contrato 492/15
Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 07 siete del mes de diciembre del año 2015 dos mil quince, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, representado en este acto por el Licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, en lo subsecuente LA SECRETARÍA, y por la otra la empresa ISD SOLUCIONES DE TIC, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada en este acto por la Ciudadana Ma. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, a quien en lo sucesivo se le denominará como EL PROVEEDOR, documento que sujetan a las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara el representante de LA SECRETARÍA:
a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 5, 12 fracción II, 14 fracciones XXXVII, LIX, LXVI, LXXI, LXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, 1 fracciones I, II, III, IV, V, 3 fracciones II, IV, IX, 4, 5, 6, 7 fracción I y TITULO TERCERO, CAPITULO I de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones, así como por lo establecido en los artículos 1, 2, 3 fracciones VIII, X, XI, 4 fracción II, 8, 32, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, 41, 42, 43, 44 Y 45 del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas todos ordenamientos del Estado de Jalisco.
b).- Comparece por conducto del Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 3 fracciones X, XI, 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, y con las facultades para contratar y obligarse que le han sido delegadas mediante acuerdo número ACU/SEPAF/019/2013, de fecha 1º primero del mes Octubre del año 2013 dos mil trece, suscrito por el Mtro. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Secretario de Planeación Administración y Finanzas de Gobierno de Estado de Jalisco.
c).- Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio, el ubicado en la Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 xxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 44270 de esta Ciudad.
II.- Declara el representante de EL PROVEEDOR:
a).- Que mediante la Escritura Pública número 2010 dos mil diez, de fecha 23 veintitrés xx xxxxx de 2008 dos mil ocho, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx notario público número 12 doce de Tlaquepaque, Jalisco se constituyó la empresa denominada “ISD SOLUCIONES DE TIC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”.
b).- Que la C. Ma. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx se encuentra facultada para contratar y obligarse a nombre de su representada en su carácter de Administrador General Único de la Sociedad Anónima de Capital Variable denominada “ISD SOLUCIONES DE TIC” tal como lo acredita en la escritura anteriormente referida, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado.
c).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato, en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0000 xxx xxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxx x xxxxx, xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 44220, Guadalajara, Jalisco, teléfono 00000000/00000000, correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx .
d).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato y manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P13574 (letra “P” uno, tres, cinco, siete, cuatro) y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
III.- Ambas partes declaran:
PRIMERO.- Que el presente contrato, que será solventado recursos del FONE (FONDO DE APORTACIONES PARA LA NOMINA EDUCATIVA), se originó con motivo del Concurso número C57/2015 para la “Adquisición de equipamiento tecnológico para la Secretaría de Educación” (en lo subsecuente LA SOLICITUD), de la que resultando adjudicado EL PROVEEDOR en la Partida 6 seis de acuerdo con los fundamentos vertidos en el Acta Administrativa Aclaratoria de fecha 07 de diciembre de 2015 dos mil quince al Resolutivo registrado bajo el numeral 81/2015, emitido por la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, por haber presentado la propuesta que cumple con los aspectos técnico, administrativos y económicos requeridos. Para lo cual EL PROVEEDOR presentó con fecha 09 nueve de noviembre del año 2015 dos mil quince, una propuesta, a la cual deberá sujetarse en virtud de que forma parte integral del presente contrato, a la que en lo subsecuente se le denominara LA PROPUESTA, al igual que a los términos y condiciones acordadas en la Junta Aclaratoria de fecha 06 seis de noviembre de 2015 dos mil quince.
SEGUNDO.- Las partes se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- DE LA DEPENDENCIA. Las partes acuerdan que la Secretaría de Educación Jalisco, en lo subsecuente
LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato.
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es para la adquisición de los artículos que se describen:
PARTIDA | CANTIDAD | U.M | DESCRIPCIÓN | PRECIO UNIT. | TOTAL |
6 | 20 | PZ | TÓNER PARA IMPRESORA LEXMARK MARCA: LEXMARK, NÚMERO DE PARTE: T650A11L COLOR: NEGRO RENDIMIENTO: 7,000 PÁGINAS, COMPATIBLE CON: T654DN I T652DN /T650N I T656DNE GARANTÍA 1 AÑO CONTRA DEFECTOS DE FÁBRICA | 2,600.00 | 52,000.00 |
SUBTOTAL | 52,000.00 | ||||
I.V.A. | 8,320.00 | ||||
TOTAL | 60,320.00 |
Cuyos bienes deben cumplir con las demás especificaciones ofertadas en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR respecto del Concurso número C57/2015 para la “Adquisición de equipamiento tecnológico para la Secretaría de Educación”, documentos al igual que a los términos y condiciones acordadas en la Junta Aclaratoria de fecha 06 seis de noviembre de 2015 dos mil quince, para efectos de referencia y cumplimiento forman parte integral del presente acuerdo de voluntades.
TERCERA.- DE LA ENTREGA. Los bienes objeto del presente contrato se entregaran al día hábil siguiente a la firma del presente contrato, en el almacén de parcialidades ubicado en Av. Prolongación Alcalde, 1221 de 9:00 horas a 15:00 horas, teléfonos 00000000 y/o en el Almacén General de la Secretaría de Educación Jalisco ubicado en Av. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx # 0000 Xxx. 1,2 Y 3 Col. Miramar Casi Esq. Av. Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx De 8: 00 Am A 2:00 Pm, Tel. 00000000 Y 00000000
CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 07 siete del mes de diciembre del año 2015 dos mil quince, concluyendo el día 07 siete del mes de enero del año 2016 dos mil dieciséis, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia.
QUINTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio para el objeto de este contrato hasta por la cantidad de
$60,320.00 (SESENTA MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) Impuesto al Valor
Agregado incluido, con el precio unitario descrito en la tabla anexa a la Clausula Segunda del presente contrato.
SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas realizará el pago a EL PROVEEDOR en Moneda Nacional dentro de los 20 veinte días hábiles a partir de que se presenten los documentos siguientes:
a) Original y 3 copias de la factura correspondiente a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la xxxxx Xxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, X.X. 44100, R.F.C. SPC130227L99, sellada y firmada por el responsable de LA DEPENDENCIA.
b) Original de Orden de Compra: 2 (dos) copias
c) Original de Anexo de facturación y Entregas: 2 (dos) copias
d) 2 (dos) copias del Contrato.
e) 2 (dos) copias del Acta de Resolución de Adjudicación/ Acta Administrativa Aclaratoria al Resolutivo 81/2015.
De ser el caso, de acuerdo con los artículos 76 y 77 de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco, los pagos que se tengan que efectuar con cargo a ejercicios presupuestales futuros, estarán sujetos a la aprobación del presupuesto correspondiente.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTIA MATERIAL. EL PROVEEDOR garantiza la calidad de los bienes objeto de este contrato en los términos de LA PROPUESTA, en el entendido de que son con la mejor calidad, diligencia y con personal calificado a efecto de cumplir con las especificaciones requeridas por LA SECRETARÍA.
OCTAVA.- DE LA PENALIZACION POR ATRASO EN LA ENTREGA. En caso que EL PROVEEDOR no entregue
en tiempo y forma el objeto de este contrato por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA DEPENDENCIA, LA SECRETARÍA podrá descontar a EL PROVEEDOR del monto total de la entrega parcial correspondiente, el 3% tres por ciento cuando el atraso en su entrega se encuentre entre 1 uno a 10 diez días naturales, el 6% seis por ciento cuando el atraso en su entrega se encuentre entre 11 once a 20 veinte días naturales y el 10% diez por ciento, cuando el atraso en su entrega se encuentre de 21 veintiuno a 30 treinta días naturales.
LA SECRETARÍA podrá aplicar la penalización que corresponda en caso de atraso en la entrega, o podrá rescindir el contrato a causa del incumplimiento en la entrega del(los) bien(es) en el término y/o condiciones establecidas en el presente contrato. En caso de rescisión por esta causa EL PROVEEDOR pagará como pena convencional el 10% diez por ciento del monto total del contrato.
NOVENA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando EL PROVEEDOR incumpla con cualquier obligación establecida en LA SOLICITUD y en el presente contrato, cuando los bienes objeto de este contrato sean de características inferiores a las solicitadas en LA SOLICITUD y/o cuando difieran de dicho anexo en perjuicio de LA SECRETARÌA y/o LA DEPENDENCIA. Este hecho será notificado de manera
indubitable a EL PROVEEDOR, independientemente de hacer efectiva o no la fianza de garantía de cumplimiento del contrato.
En caso de incumplimiento de las obligaciones de LA SOLICITUD, así como del contrato, además hacer efectiva la garantía de cumplimiento, y/o solicitar el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, LA SECRETARÍA podrá exigir el pago de daños y perjuicios de conformidad con el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco.
DÉCIMA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la entrega de los bienes objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá la
responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho xx xxxxxxx, con motivo de la firma del presente contrato.
DÉCIMA TERCERA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto de este contrato, por tratarse de causas de interés general o público, ó por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En ambos casos se realizará el pago de los gastos generados hasta el momento de la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados.
DÉCIMA CUARTA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA será la encargada de vigilar e inspeccionar que el objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones de LA SOLICITUD, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DÉCIMA QUINTA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DÉCIMA SEXTA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LA SOLICITUD, y para lo no previsto en los anteriores se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
RUBRICA Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | RUBRICA C. Ma. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Representante legal de ISD Soluciones de Tic, Sociedad Anónima de Capital Variable. |
TESTIGO | TESTIGO |
RUBRICA Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Director General de Abastecimientos de la Subsecretaría de Administración, Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | RUBRICA Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
La presente hoja de firmas forma parte del contrato número 492/15 celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas y la empresa ISD Soluciones de Tic, Sociedad Anónima de Capital Variable para la “Adquisición de equipamiento tecnológico para la Secretaría de Educación” a solventar con recursos del FONE.
Eco/Hs.