Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL “SERVICIO DE COORDINACIÓN, PROGRAMACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL CENTRO DE RECURSOS JUVENILES «LA NAVE»”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx del “SERVICIO DE COORDINACIÓN, PROGRAMACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL CENTRO DE RECURSOS JUVENILES «LA NAVE»”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, re- dactado por el Servicio Municipal de Juventud.
1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públi- cos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 92000000-1.
1.3 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se pu- blicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACIÓN JURÍDICA
2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de la categoría 26 y se regirá por las prescripciones contenidas en este pliego, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, y la Ley 2/2011, de 5 xx xxxxx, de Economía Sostenible; el R.D. 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Públi- co; el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga a la Ley an- tes citada, y supletoriamente, las normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en base con lo establecido en el art. 122 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pú- blico, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 7 del presente pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región y en el perfil del con- tratista, de conformidad con lo establecido en el art. 126.
3. PRECIO
3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 204.000,00 €, más el 18% de IVA, lo que hace un total de 240.720,00 €, que es el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego de
Condiciones, y según el siguiente desglose:
✓ Ejercicio 2011 (3 meses): 15.045,00 € (IVA incluido)
✓ Ejercicio 2012: 60.180,00 € (IVA incluido)
✓ Ejercicio 2013: 60.180,00 € (IVA incluido)
✓ Ejercicio 2014: 60.180,00 € (IVA incluido)
✓ Ejercicio 2015 (9 meses): 45.135,00 € (IVA incluido)
En la proposición económica, se especificará necesariamente por separado como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, según el modelo que se in- serta en la cláusula 10, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.
En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven a realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presu- puesto contratado.
3.2 Se considerará que las proposiciones incurren en temeridad cuando concurran las siguiente circunstancias: cualquier oferta que rebaje en más de un quince por ciento (15%) del precio inicial de licitación
3.3 No se admitirán variantes o alternativas.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
A solicitud del adjudicatario, el precio del contrato podrá ser objeto de revisión, incre- mentándose en la cantidad resultante de aplicar el 85% sobre las variaciones experimenta- das por el I.P.C. en el año anterior, de conformidad con lo previsto en el art. 77 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, siempre que se hubiese ejecuta- do en el 20 por cien de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación.
A tales efectos, por el adjudicatario, se deberá aportar certificación del Instituto Nacional de Estadística, acreditativo del incremento del I.P.C. en el período del año anterior, que se computará desde el mes correspondiente a la fecha de adopción del acuerdo de adjudica- ción del contrato.
Dicha revisión de precios se deberá aprobar expresamente por el órgano de contratación, previo informe del Servicio promotor del expediente y de la Intervención General.
5. APTITUD PARA CONTRATAR
5.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que se tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a la cláusula 6 del pre- sente pliego de condiciones.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
5.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará me- diante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su ca- so, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate
La capacidad de obras de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentaria- mente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplo- mática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de em- presas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente xxx- loga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o repre- sentantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
5.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, se- gún los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad compe- tente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
5.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados tempo- ralmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios quedarán
obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los dere- chos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mis- mo grupo se estará a los dispuesto en el art. 86 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
6. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FIANANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
6.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras debe- rán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
a. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, debe- rán acreditar una experiencia mínima de tres años en la gestión, programación y ejecu- ción de actividades en centros juveniles o socioculturales.
b. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS que incluya importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, por un valor mínimo total de SESENTA MIL EUROS (60.000,00€) de programas o actuaciones promovidos por administraciones pú- blicas relacionadas con el ámbito asociativo que versen sobre juventud, ocio y tiempo libre, formación, educación o deportes. Esta experiencia se acreditará mediante la pre- sentación de los correspondientes documentos expedidos por la administración pública promotora de los programas o actuaciones.
c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa
correspondiente.
e. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá pa- ra la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
f. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de contratar.
6.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acre- ditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un se- guro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que co- rresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debi- damente diligenciados.
6.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas estable- cido en este Pliego, de toda la documentación necesaria establecida en esta cláusula y justi- ficativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automáticamente de exclusión de la oferta por considerar no subsanable la falta de aportación de dicha documentación exigida expresamente en el presente Pliego y que acredite la solvencia que se requiere.
7. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que, de conformidad con el art. 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, se aplicarán en la valoración de las ofertas pre- sentadas serán los siguientes:
7.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:
▪ Proyecto de organización del centro municipal La Nave, espacio joven, hasta dieciocho (18) puntos.
7.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas:
▪ Precio de la oferta, hasta veinte (20) puntos, según el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación de la oferta X = Baja oferta X * 20
Importe mayor baja
Se considerará baja temeraria cualquier oferta que rebaje en más de un quince por ciento del precio inicial de licitación.
8. PROPOSICIONES
8.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D...........(en nombre propio o en representación de......., con C.I.F.: ….), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, para contratar el " "
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)
▪ “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
8.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATI- VA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que cons- ten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra perso- na o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspon- diente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el re-
ferido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que incluya la manifesta- ción de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profe- sional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 6 del presente pliego de condiciones.
7. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de
600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
8.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusiva- mente la documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del contrato establecidos en la cláusula 7.1.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios recogi- dos en la cláusula 7.2. La inclusión de dichos datos en ese sobre supondrá la excluida au- tomática de la correspondiente oferta.
En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
8.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D.........., vecino de......., con domicilio en......, nº..., con D.N.I. nº......, expedido en ,
el...., de......., de 20.., en nombre propio (o en representación de......, con C.I.F.: …) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de …., D. ……, con fecha ….. y nº de protocolo….; enterado del anun- cio publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx nº...., del día..., de , de
20.., y de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del " ", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la
realización del mencionado contrato, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas
de los mencionados Xxxxxxx, en el precio de …… € más el …% de I.V.A., que ascien- de a la cantidad de …… €, lo que hace un total de …… € para los cuatro años de du- ración del contrato.
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 8.2 del Plie- go de Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica, en la que no se hace alusión alguna a la presente oferta económica.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuan- tas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
• Memoria lo más detallada posible justificativa del precio ofertado.
• Documentación acreditativa de los criterios establecidos en la cláusula 7.2 del presente pliego de condiciones.
• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por refe- rencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.
• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen docu- mentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carác- ter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 5.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaración sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.
9. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de QUINCE DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licita- ción en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (en caso de finalizar dicho plazo en sá- bado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres se presen- ten, siempre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.
10. APERTURA DE PLICAS
10.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe de Negociado de Juventud.
- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
10.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección.
10.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas que contie- nen los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que tendrá lu- gar el primer martes o jueves siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes o jueves siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En to- do caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SOBRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).
La referida documentación se entregará al Servicio de Juventud para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales.
10.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor com- prensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.
10.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público de apertu- ra de las proposiciones económicas [SOBRE 3]. En dicho acto se dará a conocer el resulta- do de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto público de apertura de la proposición económica deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
11. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACION
11.1 Las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme al apartado 3 de la presente cláusula, se clasificarán por orden de- creciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.
11.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica- mente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la si- guiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscri- bir a la ejecución del contrato.
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva, a que se refiere la cláusula 12.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma docu- mentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
11.3 Cuando se identifiquen proposiciones que puedan ser considerada desproporcionadas o anormales, en aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 3.2 del presente pliego, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifiquen la valoración de la oferta y precisen las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto a la disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de un ayuda del Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por los licitadores y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
11.4 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refie- re el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y no- tificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publica- ción en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabili- dad Patrimonial, de conformidad con el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- trativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero
12. GARANTÍA DEFINITIVA
12.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 11.2 y se fija en la cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
12.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del si- guiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29- 2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», su- cinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
12.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los mo- delos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
12.4 Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, de
conformidad con lo establecido en el art. 84.2 de la Ley 30, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señala- do en la cláusula 11.2.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente pliego de condicio- nes se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento administrativo, sin perjuicio de los establecido en al art. 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles desde que se remita la notificación de la adju- dicación a los licitadores y candidatos.
13.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
14. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Pliego será de CUATRO AÑOS, a contar desde la fecha de formalización del contrato.
Dicho contrato podrá ser prorrogable por DOS AÑOS más, si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del ex- pediente.(La duración total del contrato, incluidas sus prórrogas, no podrá exceder de SEIS AÑOS.)
Dado que el contrato tiene carácter plurianual, la autorización y el compromiso de gasto se subordinará al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien- das Locales.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.1 De conformidad con lo establecido en el art. 7.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquis- mo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se prohibe terminantemente fumar, además de en aquellos lugares o espacios defi- nidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en los Centros y Dependencias de las Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público. Asimismo, según lo esta- blecido en el art. 5.a) de la mencionada Ley, queda prohibida la venta y suministro de pro- ductos del tabaco en los centros anteriormente mencionados.
15.2 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la adjudicación del
servicio objeto de este pliego, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor del expediente.
15.3 De conformidad con lo establecido en el art. 41 de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Órgano de contratación se designará un responsable del contrato al que corresponde- rá supervisar su ejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones nece- sarias para asegurar su correcta realización
15.4 El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos estableci- dos e la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas por la empresa adjudicataria, las cuales serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipal correspondiente, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
15.5 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria, por su naturaleza, no tendrá plazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 205 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del servi- cio, el Jefe del Servicio Municipal formalizará Acta de Recepción en el plazo de un mes, desde la finalización de la prestación del servicio, en el que justifique la buena prestación de éste, que será remitido al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Pa- trimonial para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del re- glamentario expediente.
16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 202 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solamente podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en el Título V del Libro I de la mencionada Ley.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
17.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabili- dad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se pro- duzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria na- cional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el
trabajo.
Asimismo, las empresas que empleen un nº de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, sobre integración so- cial de los minusválidos, así como R.D. 1451/1983, de 11 xx Xxxx y demás normativa complementaria.
17.2 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá reper- cutirse como partida independiente.
17.3 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adju- dicado, conforme a lo establecido en el artículo 198 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
17.4 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y co- mercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos deri- vados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
17.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 49.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contra- tos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos, la empresa contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) Aportar, antes de su vencimiento y hasta la finalización del contrato, sin que medie re- clamación por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de estar al corriente en las obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y de la Seguridad Social.
b) En caso de prórroga de la contratación, se deberá aportar junto con la solicitud de pró- rroga, que debe formular el adjudicatario, y antes de que recaiga acuerdo, las correspon- dientes certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
18. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
El Organo de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 196 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continua- ción se especifican:
A. INFRACCIONES:
➢ Faltas Leves:
▪ Retraso injustificado en el cumplimiento de los horarios establecidos.
▪ No informar puntualmente a la dirección técnica de cualquier incidente que se pu- diera producir con algún usuario.
▪ Inasistencia, sin causa justificada, a las reuniones de coordinación.
➢ Faltas Graves:
▪ No abrir el local.
▪ Trato desconsiderado a los usuarios.
▪ No sustitución de los profesionales en caso de baja por enfermedad u otra causa.
▪ Retraso inferior a diez quince días en la presentación de la propuesta de progra- mación trimestral.
▪ Incumplir las instrucciones emanadas de la dirección técnica del Servicio Munici- pal de Juventud.
➢ Faltas Muy Graves:
▪ No presentar la Memoria de Gestión anual.
▪ Mal uso de las instalaciones municipales puestas a su disposición.
▪ Retraso superior a quince días en la presentación de la propuesta de programación trimestral.
▪ Sustitución o modificación del personal afecto al servicio sin comunicación y aprobación previa de la dirección técnica municipal.
▪ Uso indebido de los datos personales que, por necesidades en la gestión, se co- nozcan de los usuarios.
B. SANCIONES:
➢ Faltas Leves: hasta el 3% del importe del contrato.
➢ Faltas Graves: hasta el 6% del importe del contrato.
➢ Faltas Muy Graves: hasta un 10% del importe del contrato o su resolución.
19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformi- dad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enu- meradas en los arts. 206 y 285 de la Ley 30/2007, de 30 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 285.
20. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO
20.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicata- rio a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos estable- cidos en el art. 209 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
20.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, este podrá éste concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los art. 210 y 211 de la mencionada Ley.
21. CONFIDENCIALIDAD
De conformidad con lo establecido en el art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el ca- rácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecu- ción del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturale- za deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información.
Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 206, apartado g) de la mencionada Ley.
22. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gas- tos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 1.000,00 €.
23. INCIDENCIAS
Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución del con- trato derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cual- quier otra causa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audiencia del con- tratista, que será resuelto por la Junta de gobierno Municipal. A este efecto, el director del servicio y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por es- crito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
24. INTERPRETACIÓN
El contrato dimanante de la presente licitación es por su objeto fundamental y esencial- mente administrativo y sus términos serán interpretados por la Corporación, la cual asi- mismo, resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, siendo los acuerdos de la misma inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sectro Público
25. TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida a la jurisdicción contencioso-administrativa de este Municipio.
26. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
26.1 El anuncio de licitación, el presente Pliego y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite adoptados en el proce- dimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente so- bre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produz- can indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; así como el acuer- do de adjudicación que en su momento se produzca; serán susceptibles del recurso especial en materia de contratación regulado en el art. 310 y siguientes de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx.
26.2 Asimismo, podrá interponerse la cuestión de nulidad en los casos previstos en el art. 37 y siguientes de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modifica- da por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, ante el órgano que se determine por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de conformidad con lo establecido en el art. 311 de la mencionada Ley.
26.3 Igualmente, y conforme a lo establecido en el art. 313 de dicha Ley, los licitadores podrán solicitar la adopción de medidas provisionales para corregir las infracciones del procedi- miento o para impedir que causen otros perjuicios a los intereses afectados.
Murcia, 6 de septiembre de 2011 LA JEFE DEL SERVICIO,
Vº Bº
EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO
Examinado el presente Xxxxxx, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación.
Murcia, 6 de septiembre de 2011
LA DIRECTORA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS,
Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio de «Coordinación, programación, funcionamiento y organización del centro de recursos juveniles “La Nave”».
Objeto
La contratación por el Ayuntamiento xx Xxxxxx del servicio de «Coordinación, progra- mación, funcionamiento y organización del centro de recursos juveniles “La Nave, es- pacio joven”», servicio que se concreta en:
— Planificar y organizar la programación de actividades a desarrollar en el centro.
— Organizar un plan de comunicación y difusión tanto del centro como de las actividades programadas en el mismo.
— Asegurar la puesta en marcha y garantizar el correcto desarrollo de los programas y ser- vicios estables que el centro debe acometer, entre otros : información juvenil, formación y asesoramiento, documentación en asuntos juveniles y cuantos otros sean indicados por la dirección del servicio municipal de juventud.
— Garantizar la apertura y correcto funcionamiento y uso del centro, como espacio de re- cursos y participación juvenil de del municipio xx Xxxxxx.
— Asegurar el desarrollo de la programación de actividades juveniles, de interés general y de carácter cultural, social, deportivo, de solidaridad y voluntariado, etc.
— Promover la existencia de unas positivas relaciones de cooperación entre las asociaciones juveniles y el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
— Difundir la información y documentación remitida desde el Centro Informajoven u otros departamentos municipales.
— Propiciar la participación de los jóvenes en las actividades del centro.
— Informar a las entidades y jóvenes usuarios de La Nave de las diversas actuaciones que desde los Servicios Municipales tengan como destinatarios a los jóvenes.
— Asegurar en todo momento el cumplimiento efectivo de la normativa legalmente vigente en materia de prevención de riesgos, tanto laborales como de los usuarios, así como en prevención y protocolos de actuación en caso de incendios, emergencias o catástrofes.
Características y condiciones técnicas
El desempeño del servicio contratado se ejecutará, bajo la dirección técnica del Jefe de Programa de Participación Juvenil del Servicio Municipal de Juventud, de acuerdo a las siguientes condiciones:
a) El adjudicatario dispondrá de tres profesionales que, en total, deberán realizar un mínimo de setenta y cinco (75) horas laborables a la semana, en horarios de ma- ñanas, tardes y noches, en función de las actividades y servicios del centro y con criterios de flexibilidad, dentro de su cumplimiento global. En este horario se in- cluirán las reuniones de planificación y supervisión que con carácter semanal, quincenal o mensual hayan de realizarse con la dirección técnica del Servicio Muni- cipal de Juventud. Estos profesionales serán:
‒ Coordinador, con una dedicación horario de 15 horas semanales.
‒ Técnico de actividades juveniles y socioculturales, con una dedicación de 37h30' semanales.
‒ Animador sociocultural, con una dedicación de 22h30' semanales.
El adjudicatario garantizará la contratación laboral de estos profesionales técnicos al amparo del I Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural (Resolu- ción de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx; BOE n.º 57, de 8 xx xxxxx de 2011), en las siguientes categoría profesionales:
‒ «Director de programas, proyectos y equipamiento», Grupo II de la clasificación profesional, Personal de gestión, el Coordinador.
‒ «Técnico de gestión sociocultural», Grupo II de la clasificación profesional, Per- sonal de gestión, el Técnico de actividades juveniles y socioculturales.
‒ «Animador sociocultural», Grupo III de la clasificación profesional, Personal de atención educativa y de ocio, el Animador sociocultural.
Todos ellos deberán percibir, como mínimo, las retribuciones y complementos establecidos en el mencionado convenio, pudiendo el Ayuntamiento xx Xxxxxx solicitar, para su compro- bación, copia de los correspondientes contratos y demás documentación acreditativa del abono efectivo de las nóminas. Igualmente, el adjudicatario deberá garantizar los mecanis- mos oportunos de control de calidad para la prestación del servicio y estará en disposición de sustituir a los técnicos, en caso de necesidad, por otras personas que reúnan las condi- ciones facultativas, capacidad profesional y habilidades similares, con el visto bueno del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
b) El adjudicatario garantizará la apertura y correcto funcionamiento del centro en su horario general de funcionamiento, que inicialmente será:
— De lunes a viernes en horario de mañana de 10:00 a 14:00h.
— De lunes a jueves en horario de tarde de 17:00h a 23:00h
— Viernes en horario de tarde de 17:00h.a 24:00h.
— Sábados en horario de mañana de 9:00h a 14:00h y en horario de tarde de 17:00h a 24:00h.
— El centro permanecerá cerrado durante el mes xx xxxxxx.
— Los domingos se podrán realizar aperturas del centro de carácter extraordinario, atendiendo a los requerimientos y necesidades de las asociaciones usuarias del mismo, siempre con la autorización previa del Servicio Municipal de Juventud.
Estos horarios podrán ser readaptados según las necesidades del servicio.
c) La programación del centro se realizará en tres periodos: Navidad – Semana Santa; Semana Santa – Verano; y Verano – Navidad. Para cada periodo el ad- judicatario presentará al Servicio Municipal de Juventud, con al menos un mes de antelación, una propuesta de programación, debidamente presupuestada, para su estudio y aprobación o modificación. Esta programación, una vez apro- bada, será la que se ejecute en el centro durante el periodo de referencia.
La programación de cada periodo, además de explicar los fines pedagógicos de cada activi- dad, sus objetivos específicos y su integración en los objetivos generales del centro, irá pre- supuestada con todo detalle, tanto en gastos como en ingresos, especificándose las partidas que deberán ser asumidas por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, las que se financiarán de los in- gresos derivados de aportaciones de los participantes y aquellas otras que asumirán otras entidades (asociaciones, patrocinadores, etc.), o directamente el adjudicatario. El Ayunta- miento xx Xxxxxx no asumirá responsabilidad económica alguna sobre aquellos gastos que no cuenten con la conformidad del Servicio Municipal de Juventud y la aprobación expresa de los correspondientes órganos municipales.
d) El Ayuntamiento xx Xxxxxx, pondrá a disposición del adjudicatario los recursos y servicios siguientes:
— Recursos y materiales para el correcto funcionamiento y desarrollo de las activi- dades programadas.
— Documentación pertinente sobre el movimiento asociativo de la zona de influen- cia del centro cuyos programas de actividades sean subvencionados por el Ser-
vicio Municipal de Juventud, así como información sobre estos programas de actividades.
— Dos ordenanzas o conserjes que aseguren el mantenimiento del centro, cola- borando en la apertura y cierre del mismo, siguiendo las instrucciones operati- vas que le sean indicadas por el coordinador. Su horario será de un total de 35:00 horas semanales en horarios de mañana, tarde y noche, según las nece- sidades del centro. La concreción de sus horarios se hará de forma trimestral por el Coordinador del centro, con la conformidad del Servicio Municipal de Ju- ventud, garantizando siempre los derechos y obligaciones laborales que les co- rrespondan.
— Limpieza, reparaciones y conservación del local.
— En general, la dirección, asistencia y supervisión en todo momento, con los ins- trumentos oportunos, de la gestión del centro y la planificación y desarrollo de sus actividades.
e) El adjudicatario realizará anualmente una Memoria de Gestión, en la que xxx- luará el funcionamiento del centro y las actividades realizadas durante todo el curso, de septiembre a julio, tanto de forma directa como por las distintas aso- ciaciones y colectivos juveniles, proponiendo los cambios que considere oportu- nos y efectuando cuantas sugerencias estime convenientes, en orden a la me- jora del servicio prestado. Esta memoria contendrá un apartado específico dedi- cado a la descripción de los procesos participativos realizados con grupos de jó- venes, así como a las nuevas tendencias y necesidades que se perciban entre los colectivos juveniles, especialmente entre los más jóvenes y los no organiza- dos en asociaciones.
Plazo
El plazo de duración del contrato se establece en cuatro años, pudiendo prorrogarse de acuerdo a los establecido en la legislación vigente, hasta un máximo de dos años.
Precio
El presupuesto máximo de licitación se establece en la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL EUROS (51.000,00€) anuales, a los que se suman NUEVE MIL CIENTO OCHENTA EUROS (9.180,00€) correspondientes al dieciocho por ciento (18%) en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), lo que hace un total de SESENTA MIL CIENTO OCHENTA EUROS (60.180,00€). El precio total estimado, por tanto, al ser seis el má- ximo de años, es de TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHENTA EUROS (361.080,00€ = 306.000,00€ + 55.080,00€ en concepto de IVA).
A partir del primer año de vigencia del contrato, el precio del mismo se incrementará de acuerdo con la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) de los doce meses anteriores, previa solicitud del contratista y acuerdo expreso del órgano competente.
Tipo de contratación
El contrato a realizar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, es un contrato administrativo de servicios.
Forma de pago
El pago se realizará en plazos mensuales, previa presentación de las correspondientes facturas por parte del contratista.
Solvencia técnica
Atendiendo a la dificultad y especificidad que conlleva la gestión integral de un centro juvenil, por la necesidad de coordinación con el movimiento asociativo y la experiencia en el diseño, ejecución y evaluación de programas culturales, recreativos y deportivos desde la Administración dirigidos a jóvenes, para la licitación se requiere acreditar una experiencia de gestión durante el menos tres años y por un valor mínimo total de SE- SENTA MIL EUROS (60.000,00€) de programas o actuaciones promovidos por admi- nistraciones públicas relacionadas con el ámbito asociativo que versen sobre juventud, ocio y tiempo libre, formación, educación o deportes. Esta experiencia se acreditará mediante la presentación de los correspondientes documentos expedidos por la admi- nistración pública promotora de los programas o actuaciones.
Igualmente, los profesionales propuestos para desempeñar las funciones objeto de este contrato deberán acreditar una experiencia mínima de tres años en la gestión, programación y ejecución de actividades en centros juveniles o socioculturales.
Así, junto a la documentación exigida por la Ley de Contratos del Sector Público, los li- citadores deberán presentar:
a) Proyecto de Organización del centro municipal La Nave, espacio joven, que contemple, al menos, las líneas de actuación propuestas en el objeto del contrato, recursos necesarios y tipología de actividades para el período de un año, así como la organización y la metodología de trabajo para su desarrollo. Este proyecto deberá tener un mínimo de 15 páginas de extensión y un má- ximo de 30, tamaño DIN A-4, tipografía Times New Xxxxx de 12 puntos e interlineado 1,5 permitiéndose, además, la presentación de anexos gráficos, documentales o bibliográficos.
b) Mejoras propuestas para la prestación del servicio, valoradas económicamen- te, y copias compulsadas de los documentos que acrediten de forma feha- ciente la experiencia de la empresa y de la titulación de la persona propuesta como coordinador del centro.
Forma de adjudicación
La adjudicación del contrato se hará a favor de la oferta que se considere más venta- josa, teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas tras examinar la documentación presentada que esté suficientemente acreditada, valorándose en función de los crite- xxxx que a continuación se detallan:
a) Proyecto de organización del centro municipal La Nave, espacio joven, hasta dieciocho
(18) puntos.
b) Precio de la oferta, hasta veinte (20) puntos, según el resultado de aplicar la siguiente
Puntuación Oferta X = Baja Oferta X ∗20
fórmula:
Importe mayor baja
Se considerará baja temeraria cualquier oferta que rebaje en más de un quince por ciento (15%) del precio inicial de licitación.
El Ayuntamiento podrá concertar entrevistas con las empresas o personas designadas por ésta para realizar el servicio, para demandar cuantas aclaraciones de índole técnica consi- dere oportuno, así como clarificar o profundizar el alcance de los datos reflejados en la do- cumentación aportada. Igualmente podrá realizar consultas a profesionales y entidades es- pecializadas para contrastar y valorar los datos aportados.
Plazo de garantía
Finalizada la prestación del servicio, se establece un plazo de garantía de tres meses, por si la empresa hubiera tenido alguna actuación susceptible de responsabilidad civil, de acuerdo al art. 205.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE n.º 261, de 31 de octubre).
Lugar de entrega de los informes
El servicio se prestará en el centro de recursos juveniles La Nave, presentándose los informes y memorias en la sede del Servicio de Juventud.
Comprobaciones
Como medio de comprobación de la calidad de la prestación del servicio, el Ayunta- miento xx Xxxxxx podrá solicitar copia de los contratos del personal contratado, así como establecer los medios para verificar la dedicación efectiva de los mismos.
Sanciones
a) Faltas leves Hasta el 3% del importe del contrato.
– Retraso injustificado en el cumplimiento de los horarios establecidos.
– No informar puntualmente a la dirección técnica de cualquier incidente que se pudiera producir con algún usuario.
– Inasistencia, sin causa justificada, a las reuniones de coordinación.
b) Faltas graves Hasta el 6% del importe del contrato.
– No abrir el local.
– Trato desconsiderado a los usuarios.
– No sustitución de los profesionales en caso de baja por enfermedad u otra causa.
– Retraso inferior a diez quince días en la presentación de la propuesta de programación trimestral.
– Incumplir las instrucciones emanadas de la dirección técnica del Servicio Municipal de Juventud.
c) Faltas muy graves hasta un 10% del importe del contrato o su resolución.
– No presentar la Memoria de Gestión anual.
– Mal uso de las instalaciones municipales puestas a su disposición.
– Retraso superior a quince días en la presentación de la propuesta de programación trimestral.
– Sustitución o modificación del personal afecto al servicio sin comunicación y aproba- ción previa de la dirección técnica municipal.
– Uso indebido de los datos personales que, por necesidades en la gestión, se conozcan de los usuarios.
Murcia, 12 xx xxxxxx de 2011
EL JEFE DE NEGOCIADO DE JUVENTUD
Xxxxx X. Xxxxxx Xxxxxx