VALOR: MIL CUATROCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS MCTE
CONTRATO: VIGILANCIA CONTRATISTA: SEGURIDAD ATLAS LTDA. NIT: 890312749-6
VALOR: MIL CUATROCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS MCTE
($1.407.995.966,oo) , incluido el IVA.
Entre los suscritos, XXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX , mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía 6.893.441 expedida en Monteria, en su calidad de Rector y Representante legal de la Universidad del Cauca, quien para efectos de este contrato se denominará LA UNIVERSIDAD con Nit No. 891500319-2, de una parte y de la otra, XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX también mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía Nº 16.650.717, quien actúa como gerente general y Representante Legal de la empresa SEGURIDAD ATLAS LTDA, Nit 890312749-6, sociedad constituida por escritura pública No. 3746 de octubre 10 de 1974 de la Notaría primera de Cali, inscrita en la Cámara de Comercio de Cali el 16 de octubre de 1974, bajo el número 10385 del libro IX, bajo el nombre de Vigilancia Atlas Ltda, que por escritura pública Nº 1982 de 1978, inscrita bajo el Nº 27431 del libro IX, cambio su nombre por el seguridad Atlas Limitada, que por escritura Nº 4311 del 30 de noviembre de 1999, inscrita el cámara de comercio bajo el Nº 241 del libro IX, cambio su nombre por el de seguridad Atlas Ltda, con sigla: Atlas Seguridad Ltda., que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, celebramos el presente contrato, de vigilancia, previas las siguientes consideraciones: 1) El Acuerdo 064 de 2008, emanado del Consejo Superior Universitario establece el régimen contractual y los principios que rigen los contratos que celebra la institución. 2) La Universidad ordenó mediante resolución No. 082 del 7 de febrero del año en curso, la apertura de un procedimiento administrativo contractual para recibir propuestas y adjudicar el CONTRATO DE SUMINISTRO DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN, SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA PARA LAS INSTALACIONES, PREDIOS, BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y PERSONAL OCUPANTE, EN LAS SEDES DE POPAYÁN, SANTANDER DE QUILICHAO, TIMBIO Y LA UNIDAD DE SALUD, DE LA UNIVERSIDAD DEL
CAUCA conforme las especificaciones establecidas en los términos de la convocatoria pública No. 004 de 2014. 3) La publicación de los términos definitivos de la convocatoria pública, se realizó el día 07 de febrero de 2014 en la página Web de la Universidad, con fecha límite para recibir observaciones a los términos, hasta el día 11 de febrero de 2014, al correo electrónico xxxxxxxxxxxx0@xxxxxxxx.xxx.xx y por escrito, a la Xxxxx 0 Xx. 0-00 Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx; presentándose observaciones dentro del termino legal, las cuales fueron respondidas y publicadas el día 14 de febrero de 2014. 4) En fecha 14 de febrero de 2014, se publicó la adenda No. 1, en el sentido de aclarar: De la sección V, el numeral 5.1.8.1, sección VI numeral 6.4.6, del anexo N° 2 Detalles del puesto de trabajo- Desglose de valores. - 5) Al proceso de la convocatoria pública solo concurrió y presentó propuesta la firma SEGURIDAD ATLAS LTDA .
6) El 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xxxxxxx xx xxxxxxxxxx de la convocatoria se efectuó el cierre y la apertura pública de la única propuesta recepcionada. Una vez iniciada la audiencia de apertura de la propuesta se estableció que la oferta presentada por la firma SEGURIDAD ATLAS LTDA, reúne las condiciones jurídicas, financieras y técnicas establecidas en los pliegos y en la adenda Nº 1, con las dos propuestas habilitadas, se evalúa la parte técnica, obteniendo la siguiente calificación:
ENTIDAD | ANTIGUEDA D | EXPERIENCIA | CAPACITACION | SALARIO BASICO | SEDE, SUCURSAL /AGENCIA | CAPACITACION/ SECTOR EDUCATIVO | TOTAL |
SEGURIDAD ATLAS LTDA | 20 Puntos | 20 Puntos | 08 Puntos | 10 Puntos | 25 puntos | 7 punto | 90 PUNTOS |
Lo anterior lleva a que la Junta de Licitaciones y contratos recomiende el señor Rector la adjudicación del contrato a la propuesta presentada por la firma SEGURIDAD ATLAS LTDA, en atención a que cumple con los requisitos de la invitación y por considerarse favorable para la institución. 8) Mediante Resolución de 2014 el Rector adjudicó el contrato de suministro del servicio de protección, seguridad y vigilancia privada para las instalaciones, predios, bienes muebles e inmuebles y personal ocupante, en las sedes de Popayán, Santander de Quilichao, Timbio y la Unidad de Salud, de la universidad del cauca a la empresa SEGURIDAD ATLAS LTDA., por ser una propuesta favorable y cumplir con las especificaciones de la convocatoria pública. En consecuencia se acuerda: CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO: El CONTRATISTA, se obliga para con la UNIVERSIDAD a SUMINISTRAR EL SERVICIO DE PROTECCIÓN, SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA PARA LAS INSTALACIONES, PREDIOS, BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y PERSONAL OCUPANTE, EN LAS SEDES DE POPAYÁN, SANTANDER DE QUILICHAO, TIMBIO Y LA UNIDAD DE SALUD DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA DE LA UNIVERSIDAD
DEL CAUCA, de conformidad con la convocatoria pública No. 004 de 2014, la propuesta presentada en 444 folios de fecha 21 de febrero de 2014, El CONTRATISTA prestará el servicio en los puestos y horarios en las diferentes sedes de la entidad, como a continuación se describe:
EDIFICIO | SEDE | TURNOS/ HORAS |
PANTEON DE LOS PROCERES | Desde las 7 horas a las 19 horas, de lunes a sábado sin festivo | 12 HORAS |
BIOTERIO | De lunes x xxxxxxx | 24 HORAS |
CDU | Tulcan de lunes a sábado de las 07:00 a las 22:00 horas con festivo | 15 HORAS |
Xxxxxxx todo el mes de las 06:00 a las 14:00 horas | 8 HORAS | |
CONSULTORIO JURIDICO Cra. 3 No 1-28 | De lunes x xxxxxxx | 24 HORAS |
DIVISION ADMINISTRATIVA | De lunes x xxxxxxx-Parte Posterior Edificio | 24 HORAS |
Y DE SERVICIOS | De lunes x xxxxxxx-Portería | 24 HORAS |
FACULTAD CIENCIAS AGROPECUARIAS Sector las Guacas | Porteria. De lunes x xxxxxxx con festivos. De 22 a 06 rondar | 24 HORAS |
Garita Occidental, de lunes x xxxxxxx con festivos. De 22 a 06 rondar | 24 HORAS | |
Xxxxxxx toda la Facultad de lunes a sabado de 6 a 18 H sin festivo | 12 HORAS | |
Port. Lab. Planta piloto, de lunes a sabado de 6 a 18 H sin festivo | 12 HORAS | |
FACULTAD DE ARTES | Interior xxx Xxxxxxxx de las 07:00 a las 19:00 horas de lnes a viernes sin festivo | 12 HORAS |
Xxxxxxx todo el mes de las 06:00 a las 14:00 horas | 8 HORAS | |
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS | Edificio nuevo de Contaduría sector Pomona Zona Exterior Caseta Meteorológica, de Lunes x xxxxxxx incluido festivo De las 22 horas a las 6 horas | 8 HORAS |
Facultad Ciencias Contables, Parte Interna del Edificio Bloques A Y B y BLOQUE ADMINISTRATIVO, de Lunes x Xxxxxxx de 06 a 22 H sin festivo | 16 HORAS | |
Edificio Sector Pomona, Parte Interna del Edificio Bloque Administrativo,de lunes a viernes sin festivos de las 07:00 a las 22:00 horas | 15 HORAS | |
FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, EXACTAS Y DE LA EDUCACION | Portería principal vehicular de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS |
Porteria principal peatonal de lunes a sabado de las 07:00 a las 22:00 horas sin festivo | 15 HORAS | |
Xxxxxxx Todo Educacion Servicio de lunes a sabado de las 06:00 a las 22:00 horas sin festivo | 16 HORAS | |
Edificio Laboratorio -Interno. Todo el mes de las 07:00 a las 19:00 horas | 12 HORAS |
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES xxxxx 0 xx 0-00 | Interior xxx xxxxxxxx De las 07:00 a las 22:00 de lunes a sabado sin festivos | 15 HORAS |
Portería. De lunes x xxxxxxx de las 06:00 a las 22:00 horas | 16 HORAS | |
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD | Departamento de Morfología Parqueadero, de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS |
Servicio de lunes a viernes de las 06:00 a las 22:00 sin festivo | 16 HORAS | |
Centro Universitario de Salud - CUS Xxxxxxx Xxxxx, Poteria. de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS | |
FACULTADES DE INGENIERIA | Ingenierias de lunes x xxxxxxx 06:00 a las 22:00 sin festivo | 16 HORAS |
Edificio Porteria Sur, de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS | |
Edificio Porteria Garita Norte, de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS | |
Edificio Ints. De Vías e Ipet, de lunes x xxxxxxx 06:00 a las 22:00 sin festivo | 16 HORAS | |
PARQUES TEMATICOS | Sede Finca La Sultana, de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS |
Sede Finca la Rejoya, de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS | |
CLAUSTRO DE XXXXX XXXXXXX | Interior de lunes a viernes sin festivo de las 06:00 a las 22:00 horas | 16 HORAS |
SEDE NORTE Santander de Quilichao | Interior Casona, de lunes x xxxxxxx | 24 HORAS |
ARCHIVO HISTORICO | De lunes a viernes de 8 a 12 y de 14:00 a 18:00 HORAS | 8 HORAS |
SUBTOTAL UNICAUCA | ||
UNIDAD DE XXXXX Xxxxx 0 # 0 – 00 | De lunes x xxxxxxx | 24 HORAS |
PARAGRAFO PRIMERO: La Universidad podrá según sus necesidades, variar los puntos de vigilancia. CLAUSULA SEGUNDA.- VALOR: Para los efectos legales y fiscales el valor del presente contrato se fija en la suma, MIL CUATROCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS
NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS MCTE
($1.407.995.996,oo) , incluido el IVA. PARAGRAFO: El valor del IVA se establece en la suma de
$22.173.165,oo CLAUSULA TERCERA.- FORMA DE PAGO: El valor del contrato se pagará por conducto de la Tesorería de la Universidad del Cauca en mensualidades vencidas, para lo cual debe presentar la documentación correspondiente, anexando certificado de cumplimiento del suministro del servicio expedido por el supervisor del contrato y la correspondiente factura. CLAUSULA CUARTA.- SOMETIMIENTO A RUBROS Y GIROS PRESUPUESTALES: Los pagos que en virtud
de este contrato obligan a la Universidad, se harán con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal 201400452 del 30 de enero de 2014, expedido por la Doctora Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Funcionaria de la División Financiera, y CDP Nº 201400153 del 30 de enero de 2014 expedido por la Unidad de Salud. XXXXXXXX XXXXXX.- PLAZO: EL CONTRATISTA se obliga a prestar sus servicios para el cumplimiento del objeto del presente contrato desde el 27 de febrero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014. PARAGRAFO PRIMERO: No obstante lo anterior las partes podrán prorrogarlo de común acuerdo en forma sucesiva y con sujeción a las disponibilidades presupuestales previas. CLAUSULA SEXTA.- CESION Y SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar los derechos y obligaciones emanadas del presente contrato en persona natural o jurídica, sin el consentimiento previo y expreso de LA UNIVERSIDAD, pudiendo esta reservarse las razones que tenga para negar la cesión. CLAUSULA SÉPTIMA.- OBLIGACIONES: A) DEL CONTRATISTA.- I: a) Atender las solicitudes que realice la Universidad del Cauca, por intermedio del supervisor del presente contrato b) De conformidad con lo consagrado en artículo 50 de la Ley 789 de 2003, modificada por el artículo 1º de la Ley 828 de 2003 el proponente o persona jurídica debe allegar certificación que expida el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, del cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, ICBF y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA de sus empleados. La certificación debe acreditar el pago de dichos aportes en los seis últimos meses c) Todo el personal que designe la compañía para el suministro del servicio, deberá vincularse a través de contratos de trabajo individual bajo el régimen establecido en el código sustantivo del trabajo, el contratista deberá soportar ante la supervisión las hojas de vida y copia del contrato de trabajo individual de todo el personal asignado para la ejecución del contrato y la afiliación al sistema general de seguridad social. d) Todo el personal que designe la compañía para el suministro del servicio, deberá presentar: 1) Certificado en que conste en que están debidamente entrenados para prestar el servicio lo cual deberá ser expedido por un establecimiento de capacitación debidamente aprobado; ser reservista de primera clase. 2) Carné de nivel uno expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, o en su defecto, la certificación de que se encuentra en trámite. 3) Placa que lo acredite como vigilante de la empresa. 4) Hoja de vida. 5) El CONTRATISTA debe contar con sistema de radio - comunicación para la supervisión de sus operarios en las diferentes sedes donde se prestará el servicio. 6) El personal debe tener condición de permanente en las instalaciones asignadas y esta condición no establece ningún vinculo laboral con La Universidad del Cauca. 7) El CONTRATISTA mantendrá supervisión interna del personal con el que prestará el servicio. 8) Demostrar la Afiliación a un régimen o sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y en una administradora de riesgos laborales (ARL), Todas las demás que surjan de la naturaleza del contrato.
b) OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS: 1) Garantizar la calidad de los bienes y/o servicios objeto del contrato. 2) Suministrar al Supervisor designado por la UNIVERSIDAD DEL CAUCA, la información que le sea solicitada para verificar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contrae. 3) Asumir todos los gastos que se ocasionen en relación con la ejecución
del Contrato. 4) Suministrar en forma mensual al Supervisor, la información que acredite el pago de las obligaciones con el sistema integral de Seguridad Social, ARP, EPS, Pensiones y Parafiscales, I.C.B.F., Cajas de Compensación Familiar y SENA cuando a ello haya lugar, del personal con el cual ejecute el contrato de conformidad con lo preceptuado por el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el articulo 10 de la Ley 828 de 2003, en armonía con el artículo 23 de la Ley 1150 2008, sin este documento la Universidad del Cauca no podrá proceder al pago de facturas. 5) Presentar al Supervisor, a la finalización del contrato, constancia de cumplimiento de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y parafiscales, expedida por el Representante Legal y/o Revisor Fiscal, de conformidad con lo preceptuado por el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el artículo 10 de la Ley 828 de 2003, en armonía con el artículo 27 del Decreto 2170 de 2002. 6) El personal que el CONTRATISTA ocupe en la ejecución del presente Contrato, no tendrá ninguna vinculación laboral, civil ni comercial con La Universidad del Cauca. La responsabilidad derivada de estas vinculaciones correrá a cargo exclusivo del CONTRATISTA. 7) El contratista deberá realizar once(11) capacitaciones a los celadores de la institución, y al personal vinculado por la empresa en los siguientes temas: servicio al cliente, inteligencia emocional en el manejo de conflictos, riesgo xxxxxxxx xxxxxxx “ Utiliza tu inteligencia vial en casa te esperan”, vigilancia y seguridad, programa riesgos prioritarios “Preparándonos para la acción” ( Seguridad en el trabajo), Comunicación efectiva y asertiva (Liderazgo), cine foro, riesgo locativo “ Asegurando tus pasos”, modalidades delictivas casuística y lecciones aprendidas ( seguridad establecimientos educativos oficiales), convivencia y aspectos generales de la Ley 1010, plan caudrantes, PVE OM, “ hagamos una pausa, curso de medios tecnológicos, gestión integral de riesgos, riesgo xxxxxxxx Xxxxxxx “ Utiliza tu inteligencia vial” en casa te esperan, como redactar un informe de seguridad, importancia de las redes de apoyo en el sistema de seguridad por cuadrantes, derechos humanos ( derechos fundamentales relacionados con la vida, la integridad, la libertad, y la seguridad de las personas, programa riesgos prioritarios preparándonos para la acción, curso de supervisión, convivencia y ética en el campo laboral ( trabajo en equipo), riesgo locativo asegurando los pasos, detección de conducta sospechosa y actuación en la escena del incidente, conducta defensiva y normatividad de transito ( manejo defensivo), como la vigilancia comunitaria por cuadrantes optimiza el talento humano y el recurso logítico, SGA Genera usted impactos ambientales?, protocolos de seguridad fin de año, prevención consumo alcohol y drogas. 8) Asignar a la Universidad un canal o grupo exclusivo, con más de un canal, o comunicación de tipo digital para lograr una comunicación precisa con los guardas de seguridad. 8.2- Dos radios base para el centro de control de la División de vigilancia y seguridad. 8.3- Un medio de comunicación con 1000 minutos para la coordinación del Area de Seguridad control y movilidad, 8.4- Asignar a todos los puestos un medio de comunicación (radio o celular). P) Las demás que le sean asignadas por parte de la Universidad C) OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA: Pagar al CONTRATISTA el valor monetario del presente Contrato, de conformidad con lo establecido en la cláusula tercera del mismo. 2) Ejercer la supervisión sobre el adecuado cumplimiento y ejecución de las obligaciones objeto del presente Contrato. 3) Impartir al CONTRATISTA a través del Supervisor designado, las instrucciones necesarias para la ejecución del Contrato. 4) Todas las demás que surjan de la naturaleza del presente Contrato. d) Asignar un (1) Supervisor exclusivo y permanente para las Sedes de la Universidad del Cauca en el Municipio de Popayán. e) Presentar mensualmente y al momento de la liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentran x XXX Y SALVO en el pago de los aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y administradora de riesgos laborales (ARL), documentos indispensable para el trámite de la cuenta mensual. f) Presentar mensualmente al Supervisor del
contrato la relación de pagos por aportes parafiscales, afiliaciones y aportes a la seguridad social regulados por la Ley 100 de 1993, así como la relación del respectivo pago de los salarios del personal contratado para el desarrollo del objeto del presente contrato. g) Atender todas las recomendaciones que se consideren pertinentes para lograr un servicio más eficiente, durante la vigencia del contrato. h) Cuando a juicio de la Universidad del Cauca y por necesidades del servicio se requiera reforzar la vigilancia en cualquiera de las dependencias, el número de vigilantes podrá ser aumentado mediante comunicación dirigida al Gerente de la Entidad por parte de la Universidad del Cauca, previa disponibilidad presupuestal. i) Garantizar el suministro del servicio en algunos puestos de trabajo por personal femenino, en caso de que la Universidad del Cauca considere necesario j) Ejercer controles sobre la calidad del personal técnico, operativo y administrativo, los sistemas de selección, control, capacitación y entrenamiento de dicho personal, es decir, el contratista debe indicar los sistemas de selección y capacitación, de acuerdo con lo establecido en el articulo 64 del Decreto 356 de 1994. k) Responder por los perjuicios que se causen a LA UNIVERSIDAD con ocasión de averías, daño o destrucción de bienes muebles, inmuebles, hurto o cualquier hecho que constituya responsabilidad del CONTRATISTA o sus empleados o dependientes ocurridos en desarrollo del presente contrato, por lo anterior deberá reponer el bien objeto de hurto o daño dentro de los quince días comunes siguientes a la ocurrencia del hecho, o pagar en dinero el valor de estos de acuerdo con el valor ajustado del mismo. l) Atender a todas las recomendaciones que se considere pertinentes para lograr el desarrollo eficiente, durante la vigencia del contrato. ll) Cumplir con todas las obligaciones que la Ley señale en materia laboral. Además de lo anterior, deberá informar sobre las irregularidades que se presenten en el desarrollo del contrato. m) Xxxxxx informe a la Vicerrectoría Administrativa de la Universidad del Cauca, cuando existan situaciones que impidan, el normal desarrollo del contrato. n) Atender puntualmente a las citaciones que la Universidad del Cauca, le haga tanto a los representantes de la empresa, como a sus empleados, en el curso de las investigaciones administrativas internas que la Universidad realice. En caso de que la persona no labore para la fecha de la citación con la empresa contratista, ésta deberá suministrar la dirección y teléfono donde se pueda localizar.. II OBLIGACIONES DE LOS VIGILANTES Y SUPERVISORES ASIGNADOS POR LA EMPRESA a. Vigilar, controlar, y
registrar el acceso y salida del personal de las instalaciones enunciadas en el objeto del contrato, verificando el carné, fecha de vencimiento y elementos que salgan o ingresen. Las personas y los vehículos podrán salir con aquellos elementos que tengan su respectiva orden de salida expedida por jefe de edificio, jefe departamento, o jefe de cualquier dependencias de la Entidad, anotando en el respectivo libro de registro. b. Utilizar personal idóneo, debidamente capacitado y directamente empleado por EL CONTRATISTA. c. Dotar a cada vigilante del equipo mínimo exigido para desempeñar sus labores en la propiedad protegida y los demás ofrecidos en la oferta. d. Suministrar a su personal los uniformes exigidos en el pliego de condiciones, con sus escudos de identificación y licencia reglamentaria. Así mismo, impartir las instrucciones a todo el personal en cuanto a una excelente presentación personal durante los correspondientes turnos. e. Seleccionar, entrenar, capacitar a todo el personal asignado para la vigilancia de las instalaciones de LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, de conformidad con las mejores prácticas y reglamentos que se den en materia de seguridad. f. Registrar toda clase de vehículos, maletines, papeleras, bolsas y en general, todos los bienes que ingresen o salgan de las dependencias vigiladas e impartir las instrucciones del caso en respaldo de estas medidas, a las cuales han de someterse los empleados y dependientes que ellos señalen. g. Verificar periódicamente el estado de dispositivos de seguridad. h. Revisar las áreas objeto de este contrato, verificando el estado normal de las cosas y la presencia de extraños, para que en el caso de una anomalía informe lo más pronto posible a sus superiores y a LA
UNIVERSIDAD DEL CAUCA. i. Controlar las normas, procedimientos, horarios y demás reglamentos que existen para los controles señalados de ingreso de personal, vehículos y visitantes; así mismo informar cualquier variación o duda que se tenga con respecto a los reglamentos y/o procedimientos existentes o nuevos que se impongan y velar porque estos se cumplan. De igual forma dejar sentado en los respectivos libros de control, las novedades presentadas. j. Responder por los perjuicios que se causen a LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA con ocasión de averías, daño o destrucción de bienes muebles, inmuebles, HURTO o cualquier hecho que se constituya responsabilidad del CONTRATISTA o sus empleados o dependientes ocurridos en desarrollo del presente contrato, por lo anterior deberá reponer el bien objeto de hurto o daño dentro de los quince días siguientes a la ocurrencia del hecho, o pagar en dinero el valor de estos de acuerdo con el valor ajustado del mismo. k. Prestar el servicio en eventos especiales que requiera LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA. Cualquier variación al servicio será informada al CONTRATISTA con anterioridad, con el fin que se tomen las medidas del caso y los procedimientos resultantes de este cambio. l. Programar mensualmente los turnos respectivos reservándose LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA el derecho a trasladar, cambiar de sitio o solicitar la rotación de cambio del personal cuando lo crea necesario. ll. Capacitar a todos los funcionarios en materia de relaciones interpersonales, calidad de vida laboral y otros afines en procura de optimizar el suministro del servicio. m. Presentar mensualmente al Supervisor del contrato la relación de pagos por aportes parafiscales, afiliaciones y aportes a la seguridad social regulados por la Ley 100 de 1993, así como la relación del respectivo pago de los salarios del personal contratado para el desarrollo del objeto del presente contrato. n. Cumplir con todas las obligaciones que la ley señale en materia laboral Además de lo anterior, deberán informar sobre las irregularidades que se presenten en las instalaciones al Supervisor del contrato. o. Colaborar en la prevención de accidentes, incendios, y demás siniestros que se puedan presentar en las edificaciones, tomando las medidas pertinentes, y acatando las instrucciones que para tal fin emanen del Area de Salud Ocupacional. p. Rendir informe a la empresa con copia al Area de Edificios, Construcción y Mantenimiento, cuando existan situaciones que comprometan los bienes muebles e inmuebles de la Universidad. q. No permitir el acceso a las edificaciones en los horarios en que estas no están al servicio del público, excepto cuando exista la respectiva autorización del decano, jefe de dependencia o director de programas del edificio correspondiente. r. Registrar en horas prefijadas su paso por determinados lugares en relojes dispuestos para tal fin, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las funciones asignadas, según los criterios de supervisión establecidos por la empresa y los que determine el supervisor de vigilancia adscrito al Area de Edificios, Construcción y Mantenimiento. s. Realizar los cambios de turnos especificando en la minuta de vigilancia quien lo entrega, quien lo recibe, las condiciones en que se entrega el edificio y los bienes muebles allí depositados, así como también las novedades que hayan podido presentarse. t. El servicio de vigilancia de veinticuatro (24) horas se hará con un relevo máximo de doce (12) horas, para el cual se debe contar con el visto bueno de la oficina de trabajo. u. Las demás que le sean asignadas por parte de la Universidad del Cauca. B) DE LA UNIVERSIDAD: a) Cancelar al CONTRATISTA, el valor del contrato por mensualidades vencidas, previa certificación del recibo a satisfacción del servicio por parte del Supervisor. b) Responsabilizar a los servidores universitarios por la guarda y custodia de los elementos a su cargo mediante A-22 o los que utilice en ejercicio de sus funciones. CLAUSULA OCTAVA.- SUPERVISION: LA UNIVERSIDAD realizará la supervisión del contrato la realizará el Coordinador del Area de Seguridad Control y Movilidad de la Universidad PARÁGRAFO: Funciones del supervisor de la Universidad del Cauca: Se encuentran establecidas en el Acuerdo 064 de 2008, Capitulo II, Artículos del 12 al 19, las cuales entre otras son: 1) Elaborar el acta de inicio, la cual debe estar suscrita por el contratista y el
Supervisor. 2) Colaborar con el CONTRATISTA para la correcta ejecución del contrato. 3) Informar oportunamente a las instancias competentes las irregularidades o incumplimientos por parte del contratista. 4) Impartir recomendaciones e indicaciones por escrito al CONTRATISTA. 5) Remitir a la Oficina Jurídica los documentos que acrediten el cumplimiento del objeto contractual. 6) Ejercer los seguimientos, controles y evaluaciones de la ejecución contractual. 7) Elaborar el Acta de liquidación del contrato, la cual debe ser firmada por el Supervisor, el CONTRATISTA y el Representante Legal de la Universidad. 8) Las demás que se deriven de sus funciones 9) En general deberá dar cumplimiento integro al Acuerdo 064 de 2008, contentivo del Estatuto de Contratación de la Universidad del Cauca. CLAUSULA NOVENA.- GARANTIAS: EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA y ante una Compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Bancaria, que tenga sucursal o representante en la ciudad de Popayán, una garantía única que incluya: a) CUMPLIMIENTO: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual a la del contrato y dos meses más. b) CALIDAD DEL SERVICIO: Por valor equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total del contrato, por el término de duración del mismo y un (1) año más. c) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: Por valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del mismo y tres (3) años más. d) RESPONSABILILDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Frente a terceros, derivada de la ejecución del contrato a través de un amparo autónomo contenida en una póliza anexa equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual a la del contrato y un año más. PARAGRAFO. Las fianzas anteriores deberá renovarlas EL CONTRATISTA oportunamente cuando sea necesario hacerlo. Sí el CONTRATISTA no renovare en oportunidad las garantías estipuladas por razón de este contrato, de sus prórrogas, adiciones, modificaciones, etc., la UNIVERSIDAD directamente solicitará a la Compañía de Seguros dicha renovación e Imputará el valor de las primas respectivas a los saldos pendientes a favor del CONTRATISTA. CLAUSULA DECIMA.- PRECIOS PARA ADICIONES Y CAMBIOS: Las adiciones o cambios que surjan en el desarrollo del objeto contractual, serán convenidos entre el supervisor y EL CONTRATISTA. Para su realización, deberán ser aprobados previamente por la Vicerrectoría Administrativa. CLAUSULA DECIMAPRIMERA.- CADUCIDAD DEL CONTRATO: LA UNIVERSIDAD declarará el incumplimiento y caducidad administrativa de este contrato, mediante Resolución motivada que se notificará de acuerdo a la ley, sin que EL CONTRATISTA tenga derecho a la Indemnización de perjuicios en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales. CLAUSULA DECIMASEGUNDA.-INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: Son aplicables a este contrato las disposiciones que se encuentran establecidas en los artículos 75 del Acuerdo 064 xx xxxx de 2008. CLAUSULA DECIMATERCERA.- APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: EL