ADENDA No. 2
XXXXXX Xx. 0
XX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXX Xx. XX-000 XX 0000
Contrato de asociación para la prestación de servicios de salud cuyo objeto es el siguiente:
CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO ASISTENCIAL EN UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS Y UNIDAD DE CUIDADOS ESPECIALES, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
El Suscrito Gerente de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, con apoyo del comité de compras y contratos de la E.S.E., teniendo en cuenta las observaciones presentadas, y teniendo en cuenta las observación o acogidas total o parcialmente, se hace necesario ajustar los términos de referencias de la CONVOCATORIA PUBLICA CP-002 DE 2022, en los siguientes términos:
ADENDA:
PRIMERO: De acuerdo con las observaciones resueltas, se modifica los términos de referencia de la
CONVOCATORIA PÚBLICA No. CP-002 DE 2022 de la siguiente manera:
TERMINOS DE REFERENCIA.
El objeto de la presente convocatoria es la celebración de un contrato de asociación para la prestación de servicios de salud cuyo objeto es el siguiente:
OBJETO: CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO ASISTENCIAL EN UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS Y UNIDAD DE CUIDADOS ESPECIALES, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
PUBLICACIÓN Y CONSULTA:
Toda la información y demás actuaciones que se produzcan con ocasión de la presente convocatoria, serán publicadas y podrán consultarse en la página WEB de la E.S.E. Universitaria del Atlántico, por lo tanto, se debe entender que dichos actos son oponibles desde el momento en que aparezcan publicados por este medio.
Si se necesita mayor información, aclaración o explicación acerca de uno o más de los puntos establecidos en los términos de referencia, puede acercarse a la dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico ubicado en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, o requerir la misma al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
<.. image(Imagen que contiene Aplicación Descripción generada automáticamente) removed ..>
JUSTIFICACIÓN
La transición del Sistema Nacional de Salud al Sistema General de Seguridad Social En Salud –SGSSS– definida por la ley 100 de 1993, ha traído como consecuencia numerosos cambios en el sector salud, que han repercutido en la estructura, organización, crecimiento y coordinación de los hospitales públicos del Departamento del Atlántico. Estos se deben, fundamentalmente, a las reformas normativas del sector como la Ley 715 de 2001: articulo 43.1. y siguientes, Documentos CONPES 3175 y 3204 de 2002, Ley 1122 de 2007,
Decreto 1011 de 2006, Decreto 4747 de 2007, Sentencia T-760/08, Ley 1438 de 2011 y la Ley 1608 de 2013, entre otras, a la complementariedad que debe existir entre los prestadores de servicios de salud, públicos y privados, como parte de la estrategia para el mejoramiento de las condiciones de calidad y eficiencia de los servicios que se ofrecen a los usuarios de la red hospitalaria del Departamento del Atlántico.
La ley 100 de 1993 establece que el objeto del Sistema de Seguridad Social integral “Es garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten, para lo cual el Estado, la sociedad, las instituciones y los recursos destinados para cumplir el objeto, deben garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios”
El CONPES 3175 de 2011 estableció como objetivo general del programa de modernización de redes de prestación de servicios de salud, el apoyo a la conformación de redes públicas a nivel departamental orientada hacia una operación integrada y coordinada, en condiciones de viabilidad empresarial, técnica y financiera, permitiendo su sostenibilidad dentro del marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
El CONPES 3204 de 2002 dispuso como Política de Prestación de servicios de salud que “La prestación de servicios en el Sistema General de Seguridad Social en Salud se desarrollará en condiciones de ajuste fiscal, modernización de las instituciones públicas y en un entorno de competencia. Para tal fin se hace necesario que el Gobierno Nacional establezca los incentivos necesarios y consistentes para que la operación xxx xxxxxxx garantice a los usuarios el acceso a servicios eficientes, eficaces y de calidad”
La Ley 1122 de 2007 plantea ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud en la dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y en las funciones de inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud para alcanzar el mejoramiento en la prestación de los servicios de salud a los usuarios.
La ley 1438 de 2011, plantea el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud-SGSSS, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud, en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud de manera que la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad promuevan la creación de un ambiente sano y saludable y el mejoramiento de salud, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean las personas residentes en el País.
La Ley 1751 de 2015, Estatutaria en Salud, así como la demás leyes vigentes que regulan el derecho fundamental, estableció la salud como un derecho fundamental por tanto autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo e incluyó el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud, asistiéndole al Estado la responsabilidad de adoptar las políticas para asegurar la igualdad de trato, de oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todos y cada uno de los habitantes del territorio y que la prestación como es un servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización regulación, coordinación y control del Estado.
Esta Ley definió también la Política de Atención Integral en Salud –PAIS-, para la población residente en el territorio colombiano, la cual es de obligatorio cumplimiento para los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS y de las demás entidades que tengan a su cargo acciones en salud, en el marco de sus competencias y funciones.
La Política, adoptada mediante la Resolución No. 429 de 2016, tiene como objetivo la generación de las mejores condiciones de la salud de la población, mediante la regulación de la intervención de los integrantes sectoriales e intersectoriales responsables de garantizar la atención de la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación en condiciones de accesibilidad, aceptabilidad, oportunidad, continuidad, integralidad y capacidad de resolución y se basa en cuatro enfoques fundamentales como son: Atención Primaria en Salud (APS), Salud familiar y Comunitaria, Articulación de las acciones individuales y colectivas y el Enfoque poblacional y diferencial.
La Política establece el Modelo Integral de Atención en Salud -MIAS cuya implementación exige poner a disposición de los integrantes, un conjunto de herramientas (políticas, planes, proyectos, normas, guías, lineamientos, protocolos, instrumentos, metodologías, documentos técnicos) que orientan la respuesta del Sistema y alinean su regulación, centrándose en el individuo, la familia y la comunidad, y desarrolla estrategias de intervención en el aseguramiento y la prestación de servicios de salud, fundamentadas en la gestión integral del riesgo en salud, con los enfoques familiar y comunitario y el principio de diversidad étnica, cultural y territorial con base en la estrategia de Atención Primaria en Salud y que comprende 10 componentes así́: caracterización de la población, regulación de rutas integrales de atención en salud, implementación de la gestión integral del riesgo en salud, delimitación territorial, redes integrales de prestadores de servicios de salud, redefinición del rol del asegurador, redefinición del esquema de incentivos, requerimientos y procesos del sistema de información, fortalecimiento del recurso humano en salud y fortalecimiento de la investigación, innovación y apropiación del conocimiento.
El Modelo Integral de Atención en Salud se opera a través de las Rutas Integrales de Atención en Salud, (RIAS) como herramienta obligatoria, que define a los integrantes del sector salud las condiciones necesarias para asegurar la integralidad en la atención a partir de las acciones de cuidado que se esperan del individuo, las acciones orientadas a promover el bienestar y el desarrollo de los individuos en los entornos en los cuales se desarrolla, así́ como las intervenciones para la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación de la
discapacidad y paliación. Para el efecto, se definen tres tipos de rutas: Ruta de Promoción y Mantenimiento de la Salud; Rutas de Grupo de Riesgo; Rutas de eventos Especificas de Atención.
La Política de Atención Integral en Salud y el Modelo Integral de Atención en Salud se despliegan en las Redes Integrales de prestadores de servicios de salud, entendidas como el conjunto articulado de prestadores de servicios de salud u organizaciones funcionales de servicios de salud, públicos y privados, ubicados en un ámbito territorial, con una organización funcional que comprende un componente primario y un componente complementario, bajo los principios de disponibilidad, aceptabilidad, accesibilidad y calidad, con el fin de garantizar el acceso y la atención oportuna, continua, integral, resolutiva a la población, contando con los recursos humanos, técnicos, financieros y físicos para garantizar la gestión adecuada de la atención, así́ como de los resultados en salud.
Para el cumplimiento de estos objetivos, el sistema de salud deben encaminar sus esfuerzos al mejoramiento del estado de salud de la población y el goce efectivo del derecho a la salud, para lo cual se hace necesario aumentar el acceso y el mejoramiento de la calidad de los servicios, fortalecer la infraestructura hospitalaria, recuperar la confianza pública en el sistema y el aseguramiento de la sostenibilidad financiera del sistema y privilegiar estrategias preventivas y de medicina familiar y comunitaria, con enfoque intercultural, complementadas con el fortalecimiento xxx xxxxxxx humano en salud, así como la incorporación de estrategias de Telesalud para la población con limitaciones de accesibilidad geográfica.
Los desarrollos de la Política, el Modelo y las Redes deben estar incursos en la Planeación Nacional y Territorial, desde el marco estratégico del Plan Decenal de Salud Pública 2012 -2021, el Plan Territorial de Salud y el Plan de Desarrollo.
El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” planteó como línea estratégica la “Salud para todos con calidad y eficiencia, sostenible por todos” en el que se señaló que: “El Pacto por la equidad comienza por entender que la igualdad de oportunidades implica garantizar el bienestar de todos los colombianos. En esa línea, un elemento central del bienestar es una vida saludable. Por eso, el Plan Nacional de Desarrollo propone lograr un consenso sobre una visión de largo plazo del sistema de salud, centrada en la atención de calidad al paciente, con cobertura universal sostenible financieramente y acciones de salud pública consistentes con el cambio social, demográfico y epidemiológico que enfrenta Colombia”
Así mismo se fijaron como objetivos “La búsqueda simultánea de mejorar el estado de salud de la población, garantizando altos estándares de calidad y satisfacción por parte de los usuarios, así como la óptima utilización de los recursos disponibles, son los grandes objetivos del sistema durante el siguiente cuatrienio. Para materializar estas metas es importante desarrollar nuevas estrategias, orientadas a construir una visión colectiva de largo plazo del sistema de salud. La visión de largo plazo implica construir un pacto que permita que todos los agentes del sistema de salud y la sociedad civil, de manera concertada y a través de compromisos claros, se apropien del sistema de salud como uno de los aceleradores para la movilidad social y la equidad. Para ello, se establecen los siguientes objetivos: (1) fortalecer la rectoría y la gobernanza dentro del sistema de salud, tanto a nivel central, como en el territorio; (2) definir prioridades e implementar las intervenciones en
salud pública, para la transformación de la calidad de vida con deberes y derechos; (3) articular a todos los agentes del sector salud en torno a la calidad; (4) lograr más infraestructura y dotación en salud, como soporte al acceso efectivo y la calidad; (5) formular acuerdos para el reconocimiento, formación y empleo de calidad para los trabajadores de la salud; (6) sostenibilidad financiera, una responsabilidad de todos. Alcanzar la eficiencia en el gasto, optimizando los recursos financieros disponibles y generando nuevos con el aporte de todos” (Subraya y Negrilla fuera de Texto).
En este contexto se dispuso la implementación de un plan de acción inmediato para los hospitales públicos, con el fin de identificar las necesidades en infraestructura, dotación, calidad, talento humano y sostenibilidad.
En consonancia con lo anterior, uno de los principales ejes temáticos trazados en el Plan de Gobierno de la Gobernadora Xxxx Xxxxxxx de la Espriella fue la Equidad en el que se indicó en relación con la Infraestructura Hospitalaria “Ampliar la cobertura y mejorar la dotación en los municipios del departamento”
El Sector Salud tiene la misión de dirigir, planificar, coordinar y ejecutar las políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del Departamento del Atlántico, mediante acciones en salud pública, prestación de servicios de salud y dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de la legislación y políticas vigentes tales como: Constitución Política de Colombia de 1991, Ley 9 de 1979, Ley 10 de 1990, Ley 100 de 1993: artículos 154, 159, 174, Ley 715 de 2001: artículos 43.2.3, 43.2.4 y 54, Documentos
CONPES 3175 y 3204 de 2002, Ley 1122 de 2007, Decreto 1011 de 2006, Decreto 4747 de 2007, Sentencia
X-000 xx 0000, Xxxxxxxxx T-760/08, Ley 1438 de 2011, el Decreto 780 de 2016, entre otras.
La prestación de servicios de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y derecho fundamental, implica para la E.S.E. UNA, adelantar acciones tendientes al mejoramiento de la infraestructura física y tecnológica para garantizar los servicios de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación de la salud, los cuales deberá dirigir prioritariamente a la población pobre y vulnerable.
Definiendo la Atención Primaria en Salud como la estrategia de coordinación intersectorial que permite la atención integral e integrada, desde la salud pública, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación del paciente en todos los niveles de complejidad a fin de garantizar un mayor nivel de bienestar en los usuarios, sin perjuicio de las competencias legales de cada uno de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Se espera y cree que, con la puesta en marcha del presente proyecto, se logren mayores coberturas, calidad e impacto en la prestación de servicios de salud como componente de la atención primaria, de la población del Departamento Atlántico, que afronta dificultades en el acceso a los servicios requeridos, al presentar un deterioro en las instalaciones de los Hospitales, centros y puestos de salud.
LA E.S.E. no cuenta dentro de su planta de cargos, con el recurso humano idóneo, los equipos, y la capacidad financiera de inversión inmediata necesaria para la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA OPERACIÓN INTEGRAL DEL PROCESO ASISTENCIAL EN LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS,
INTERMEDIOS Y BASICOS, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL INCLUYENDO EL
SUMINISTRO DEL EQUIPO BIOMEDICO NECESARIO. de sus obligaciones y con el fin de brindar la prestación de servicios de salud, La E.S.E., debe atender oportuna y eficazmente la demanda de los servicios de salud que son objeto de la presente contratación
Los contratos de asociación se pueden definir como cualquier tipo de agrupación entre personas para buscar un beneficio compartido. Por regla general las prestaciones de las partes contenidas en el contrato de asociación se encaminan a la obtención de un fin común, por lo que, en virtud de las normas comerciales esta clase de contratos son de naturaleza plurilateral.
Los servicios objeto del contrato o de la asociación, serán prestados por el asociado con plena autonomía técnica, financiera, científica y administrativa, y asumiendo los riesgos en su realización, bajo los parámetros de eficiencia y calidad correspondientes, así como aquellos que se definan de manera concertada.
El objeto de este convocatoria se enmarca y se desarrollara dentro del concepto de una ASOCIACIÓN CON UN TERCERO PARA LA OFERTA Y PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DE SALUD, EN EL CUAL EL ASOCIADO REALIZARA LA ATENCIÓN DEL PROCESO ASISTENCIAL EN LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS, INTERMEDIOS Y BASICOS, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS
SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, de acuerdo con las obligaciones determinadas en el contrato y asumiendo cada uno de los asociados los riesgos determinados en la matriz de riesgo del contrato.
De acuerdo con lo anterior teniendo como base que el riesgo financiero es asumido de manera independiente y en el riesgo inherente a la prestación del servicio de salud aun cuando la habilitación del servicio corresponde a la ESE, será asumido por el asociado en lo correspondiente a sus obligaciones en la atención de los pacientes en las UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS, INTERMEDIOS Y BASICOS, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
La ESE UNA realiza está asociación o alianza estratégica, para la prestación de servicios, a través del cual, puede ofertar los servicios objeto del presente contrato. Con ello busca prestar los servicios y/o ampliar su portafolio, de la manera más eficiente posible, asegurando la sostenibilidad financiera a partir de los ingresos por venta de servicios, buscando alcanzar mayores niveles de eficiencia, más flexibilidad, menor componente de costos fijos o una combinación de las anteriores.
La ESE UNA como prestador de servicios de salud será quien declare el servicio objeto del contrato y es el responsable del cumplimiento de todos los estándares aplicables al servicio que inscribe.
NECESIDAD DE SERVICIOS EN LA SEDES DE LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
Que La E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO identificada con Nit No. 901.536.799-5, como integrante de la Red Hospitalaria del Departamento presta los servicios de salud dentro del sistema general de seguridad social en salud, en las distintas especialidades médicas y diferentes niveles de complejidad y atención, conforme con las normas legales que rigen la actividad de las instituciones prestadoras de servicios de salud.
Que el artículo 209 de la Constitución Política, prescribe los derroteros de la función administrativa la cual está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que atendiendo lo establecido en la Ley 100 de 1993, el Decreto 780 de 2016, la Ordenanza No. 539 de Octubre 26 de 2021 expedida por la Asamblea del Atlántico, y el Decreto Ordenanzal No. 372 de 2021, la E.S.E. Universitaria del Atlántico es una Empresa Social del Estado, constituida como una categoría especial de entidad pública descentralizada del orden departamental, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, y sometida al régimen jurídico previsto en los artículos 194,195 y 196 de la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, sustituyan, reglamenten o adicionen.
Que de conformidad con el numeral 6° del artículo 195 de la Ley 100 de 1993 en concordancia con el artículo 2.5.3.8.4.3.2. del Decreto 780 de 2016, en materia contractual la Empresa Social del Estado se regirá por normas de derecho privado, pero podrán, discrecionalmente, utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Que mediante el Decreto Ordenanzal No. 372 del 2021 “Por medio del cual se crea la Empresa Social del Estado Universitaria del Atlántico” expedido por la Gobernadora del Departamento del Atlántico, publicado en la Gaceta No. 8644 de 2021, se creó la Empresa Social del Estado Universitaria del Atlántico como una entidad pública descentralizada del orden departamental, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaría Departamental de Salud del Atlántico o quien haga sus veces, integrante del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Que la E.S.E. Universitaria del Atlántico en desarrollo y para el cumplimiento de su objeto social, podrá celebrar toda clase de contratos y realizar actos permitidos por la legislación civil, comercial y en general todos los previstos en el derecho privado y la legislación colombiana, siempre que no sean contrarias a la Constitución Política, las leyes que regulan el sistema de seguridad social integral, el orden público, a los principios y fines de la función administrativa y de la gestión fiscal, y a los demás postulados previstos en la presente disposición.
Que los contratos que celebre la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO estarán encaminados al cumplimiento de los fines estatales a su cargo, es decir, a la continua y eficaz prestación del servicio público de
salud y a su vez, a la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ella en la consecución de los mismos.
Que la E.S.E Universitaria del Atlántico, cuenta con cinco (05) sedes, para la prestación de servicios, así: CACE Pediátrico, CACE Alta Complejidad, CACE Salud Mental, CACR Soledad, CACR Sabanalarga.
La E.S.E Universitaria del Atlántico, tiene como compromiso, el fortalecimiento como Institución hospitalaria de Alta complejidad, con la finalidad de garantizar el apoyo complementario a la Red pública del Departamento del Atlántico, y prestar sus servicios con calidad, constituyéndose líderes en las áreas de especializadas y subespecializadas, tales como consulta externa, internación, servicios quirúrgicos, atención inmediata, apoyo diagnóstico y terapéutico, prestando sus servicios y transmitiendo conocimientos y experiencias en salud a toda la región Caribe y así mismo generando alternativas estratégicas en el campo de la atención propiamente dicha y de la investigación.
En el actual escenario de prestación de los servicios de salud, en el cual los indicadores y resultados económicos y financieros constituyen la clave esencial del progreso y de la gestión institucional, es conveniente defender y hacer énfasis en la responsabilidad de carácter moral y profesional que les compete a las instituciones prestadoras de servicios de salud, con el propósito de mejorar y mantener la continuidad en la prestación de los servicios y el estado de salud de los usuarios, fin último de nuestra misión empresarial.
La responsabilidad social trae consigo la búsqueda de interacciones que favorezcan la adhesión y la complementariedad y articulación de una red de prestadores de servicios de salud. Para dicho propósito, deben hacer parte todo el conjunto de instituciones, que lideren las diversas acciones que propendan por la transformación y el cambio, favoreciendo escenarios de sana convivencia, dialogo participativo y compromiso institucional y de buen gobierno, dirigido al ejercicio sano tanto de las prácticas individuales como las colectivas, que redunden en un armonioso clima organizacional, enfocado hacia la búsqueda de la integridad y transparencia en el ejercicio y operación clínica de la gestión administrativa y financiera .
Este esquema necesita afianzarse mediante la implementación de importantes innovaciones, estrategias e instrumentos de gerencia de infraestructura, gerencia financiera y del servicio, además de novedosos acuerdos comerciales e institucionales. Todo esto, con el fin de reducir las barreras de acceso a la prestación de servicios y las brechas existentes en materia de salud pública, la morbimortalidad materna y perinatal, la nutrición y la incidencia y prevalencia de enfermedades infecciosas y enfermedades crónicas no trasmisibles.
Es de resaltar que, pese a que el departamento dispone del mayor numero per cápita de camas de cuidado neonatal, la mortalidad neonatal en el departamento es un 27% más alta que la del país. De otra parte, el departamento del Atlántico reporta una de las tasas más altas de parto por cesárea del país.
Causas de muerte en Colombia -Neonatal
Causa de muerte | Colombia | Atlántico | Comportamiento | |||||||||||
2006 | 2007 | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2014 | 2015 | 2016 | 2017 | |||
Razón de mortalidad materna | 51,01 | 68,83 | ↗ | ↘ | ↗ | ↗ | ↗ | ↘ | ↘ | ↘ | ↗ | ↗ | ↘ | ↗ |
Tasa de mortalidad neonatal | 6,94 | 8,81 | ↗ | ↘ | ↘ | ↘ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↘ | ↘ | ↘ | ↘ |
Tasa de mortalidad infantil | 9,53 | 10,97 | ↘ | ↘ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↗ | ↘ | ↗ | ↘ |
Tasa de mortalidad en la niñez | 13,02 | 14,50 | ↘ | ↘ | ↘ | ↘ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↘ | ↘ | ↘ | ↘ |
Tasa de mortalidad por IRA en menores de cinco años | 14,17 | 19,98 | ↗ | ↗ | ↘ | ↘ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ |
Tasa de mortalidad por EDA en menores de cinco años | 2,97 | 3,72 | ↘ | ↗ | ↘ | ↘ | ↘ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↘ | ↗ | ↗ |
Tasa de mortalidad por desnutrición en menores de cinco años | 5,84 | 4,65 | ↘ | ↘ | ↗ | ↘ | ↘ | ↘ | ↘ | ↗ | ↘ | ↘ | ↗ | ↗ |
Fuente: ASIS 2019
En cuanto a la mortalidad neonatal se evidencia que la tasa del Departamento es superior (8,81) a la media nacional que es de 6,94, de igual manera los indicadores trazadores como la tasa de mortalidad infantil en nuestro Departamento es de 10,97, cifra superior al promedio en Colombia que es de 9,53, así mismo los demás indicadores relacionados con la mortalidad por ERA y por EDA en menores de 5 años, su comportamiento en el Departamento es superior a la media nacional en Colombia, situación que requiere ser contrarrestada por múltiples frentes, entre los cuales se destaca que se cuente con la adecuada disponibilidad de camas de cuidado crítico e intermedio neonatal y pediátrico para poder cubrir las necesidades en materia de atención y garantizar la seguridad, accesibilidad y pertinencia médica en la prestación de los servicios de salud.
Para el desarrollo de la prestación de servicios de salud con calidad la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO tiene la necesidad de adelantar procesos para la celebración de CONTRATO DE ASOCIACIÓN, CON O SIN RIESGO COMPARTIDO Y/O CONTRATOS DE CONCESIÓN, O FIGURAS ANÁLOGAS DEL SERVICIO DE SALUD, MEDIANTE EL CUAL SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS DE UCI PEDIÁTRICA Y
NEONATAL, comprometiendo vigencias futuras por las siguientes razones:
● La oferta de servicios actuales no satisface completamente la demanda de la población departamental.
● La prestación directa de los servicios que se piensan contratar implicaría la realización de cuantiosas inversiones por parte de la ESE, entidad que actualmente no cuenta con recursos para realizarlas.
● El apalancamiento financiero propio para la sostenibilidad de los servicios no es viable dentro de la capacidad financiera y hospitalaria de la ESE.
● Existe limitaciones en la disponibilidad de trasferencia de recursos por parte del Departamento y de la Nación para realizar inversiones en la ESE.
● Los servicios que se piensan contratar son los necesarios para satisfacer la demanda de la población departamental.
El actual escenario de prestación de los servicios de salud, en el cual los indicadores y resultados económicos y financieros constituyen la clave esencial del progreso y de la gestión institucional, es conveniente defender y hacer énfasis en la responsabilidad de carácter moral y profesional que les compete a las instituciones prestadoras de servicios de salud, con el propósito de mejorar y mantener la continuidad en la prestación de los servicios y el estado de salud de los usuarios, fin último de nuestra misión empresarial.
La responsabilidad social trae consigo la búsqueda de interacciones que favorezcan la adhesión y la complementariedad y articulación de una red de prestadores de servicios de salud. Para dicho propósito, deben hacer parte todo el conjunto de instituciones, que lideren las diversas acciones que propendan por la transformación y el cambio, favoreciendo escenarios de sana convivencia, dialogo participativo y compromiso institucional y de buen gobierno, dirigido al ejercicio sano tanto de las prácticas individuales como las colectivas, que redunden en un armonioso clima organizacional, enfocado hacia la búsqueda de la integridad y transparencia en el ejercicio y operación clínica e la gestión administrativa y financiera .
Este esquema necesita afianzarse mediante la implementación de importantes innovaciones, estrategias e instrumentos de gerencia de infraestructura, gerencia financiera y del servicio, además de novedosos acuerdos comerciales e institucionales. Todo esto, con el fin de reducir las barreras de acceso a la prestación de servicios y las brechas existentes en materia de salud pública, la morbimortalidad materna y perinatal, la nutrición y la incidencia y prevalencia de enfermedades infecciosas y enfermedades crónicas no trasmisibles.
Así las cosas, dado que la ESE UNA es una Entidad que se encuentra en proceso de transición y ajuste de su portafolio de servicios para acondicionarse a los requerimientos que estipula el actual Programa de Rediseño, reorganización y modernización de la Red pública y al perfil epidemiológico de los habitantes del departamento del Atlántico, es necesario que oferte una serie de servicios especializados y subespecializados tales como Consulta externa, servicios quirúrgicos, internación, atención inmediata, apoyo diagnóstico y terapéutico, por lo cual la ESE UNA ha venido adelantando un plan operativo que contempla la apertura progresiva de la totalidad de sus servicios, específicamente en consideración y dada la alta demanda y necesidad de la población: los cuidados críticos, intermedios y basicos neonatales y pediátricos, que indiscutiblemente son fundamentales para tratamiento y rehabilitación de los pacientes, así como para la misma capacidad resolutiva de la ESE.
Es de señalar que de conformidad con lo señalado en la CIRCULAR EXTERNA 67 DE 27 DE DICIEMBRE DE 2010 de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD (SUPERSALUD), los prestadores de servicios podrán contratar a un tercero o realizar asociaciones o alianzas estratégicas con este, bajo la figura de la tercerización, outsourcing o externalización para la prestación de servicios, a través del cual, en conjunto con dicho operador de servicios, puedan ofertar un compendio integral de servicios a las entidades responsables
del pago de servicios de salud (ERP), las entidades que ofrezcan planes adicionales de salud, los particulares y demás pagadores del sistema
LA E.S.E no cuenta dentro de su planta de cargos, con el recurso humano idóneo, los equipos, y la capacidad financiera de inversión inmediata para la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA OPERACIÓN INTEGRAL DEL PROCESO ASISTENCIAL EN LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS, INTERMEDIOS Y BASICOS, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL, INCLUYENDO EL SUMINISTRO DEL EQUIPO BIOMEDICO NECESARIO EN LAS SEDES DE LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO. de
sus obligaciones y con el fin de brindar la prestación de servicios de salud, La E.S.E., debe atender oportuna y eficazmente la demanda de los servicios de salud que son objeto de la presente contratación.
Tabla de contenido
CAPITULO I – INFORMACIÓN GENERAL 16
1. CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN 16
1.1 OBJETO, PRESUPUESTO OFICIAL, PLAZO Y UBICACIÓN 16
1.3 CONSULTA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 21
1.4 REGLAS DE SUBSANABILIDAD 21
1.5 PARTICIPACION COMUNITARIA Y VEEDURÍAS CIUDADANAS 22
1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA Y RADICACIÓN DE DOCUMENTOS 25
2. CAPITULO II - NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES 35
2.1. ACLARACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 35
2.2. MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 36
2.3. NORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 37
2.4. REQUISITOS HABILITANTES 37
2.7. PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN” 38
3. CAPITULO III ELABORACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA - APERTURA SOBRE NO. 1 39
3.1 ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA 39
3.2 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA 39
3.4 DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN 42
3.5 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 42
3.5.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR 43
3.5.4 AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA 44
3.9 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA 44
3.9. 2 DECLARACIONES. CONOCIMIENTO DE LA ESTRUCTURA CONTRACTUAL 44
3.10 CIERRE DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – APERTURA DEL SOBRE No. 1. 45
3.11 APERTURA DEL SOBRE No. 2 – OFERTA ECONÓMICA 46
4.1 REQUISITOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS 47
4.2 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 48
4.3 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES 48
4.4.1 APODERADO PERSONAS EXTRANJERAS 50
4.5 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL 50
4.5.1 PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL O EXTRANJERA CON SUCURSAL EN COLOMBIA 50
4.5.2 PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA 51
4.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 52
4.6.1 CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS 52
4.7 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES 53
4.8 COMPROMISO DE TRANSPARENCIA 55
4.9 DECLARACIÓN DE NO REPORTAR ANTECEDENTES FISCALES ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA NI SANCIONES QUE IMPLIQUEN INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO 55
4.10 CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE 55
4.11 CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL 55
4.14. REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA 55
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON O SIN DOMICILIO Y CON Y SIN SUCURSAL EN COLOMBIA 56
4.15. INDICADORES ADICIONALES 58
4.16. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL: 59
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA 60
4.17. EXPERIENCIA XXXXXXXXX 00
B. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA 62
4.19. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO 63
5. CAPITULO V CRITERIOS DE COMPARABILIDAD Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.1 CRITERIOS DE COMPARABILIDAD DE LAS PROPUESTAS 67
5.1.1 CERTIFICACIÓN DE MIPYMES 67
5.1.2 ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES (LEY 361 DE 1997) 67
5.2 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE A LAS PROPUESTAS 68
PRECIO DE LA OFERTA (máximo 540 puntos): 69
PUNTAJE POR MAYOR TIEMPO DE CONTRATOS EJECUTADOS CON OBJETO SIMILAR (máximo 250 puntos): 69
A. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA 69
PUNTAJE ADICIONAL POR PERSONAL EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD (Máximo 10 puntos) 71
PUNTAJE COORDINADORES FUNCIONALES UCI MEDICO INTENSIVISTA, PROFESIONAL MÉDICO ESPECIALISTA, CON MAS EXPERIENCIA. (Máximo 100 puntos) 71
La experiencia será acreditada con certificaciones laborales emitidas con posterioridad a la fecha de obtención del título de intensivista, de acuerdo con los documentos exigidos para el personal mínimo requerido. 72
PUNTAJE POR PROMOCIÓN INDUSTRIA NACIONAL (Máximo 100 puntos) 72
6. CAPÍTULO VI - ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACION DEL CONTRATO
6.3 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS 77
6.4 CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA 78
6.5 DECLARATORIA DE DESIERTA 78
6.7 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS 79
6.8 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 79
7 CAPÍTULO VII CONDICIONES DEL CONTRATO
Las condiciones generales previstas en el presente Capítulo hacen parte integrante de la minuta del contrato. 81
7.2 OBLIGACIONES DEL CONTATISTA 81
7.4 CONSIDERACIONES PARA EL ANÁLISIS DEL PERSONAL 95
Para efectos del análisis de la información del personal, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: 95
7.5 RELACIÓN DEL EQUIPO REQUERIDO 96
7.6 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO 96
7.7 REQUISITOS DE LAS GARANTIAS Y SEGURO 100
7.8 ACTA DE INICIO 101
7.9 SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES Y APORTES LEGALES Y SEGURIDAD SOCIAL. 101
7.10 XXXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 000
0.00 XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 102
7. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE 102
7.12 RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS (EN CASO DE SER REQUERIDO) 103
7.13 MULTAS Y CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA 103
7.14 CADUCIDAD 103
7.15 MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES 104
CAPITULO I – INFORMACIÓN GENERAL
1. CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN.
1.1 OBJETO, PRESUPUESTO OFICIAL, PLAZO Y UBICACIÓN:
El objeto de este contrato incluye la dotación de equipos, instalación y puesta en funcionamiento de la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO ASISTENCIAL EN UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS Y UNIDAD DE CUIDADOS ESPECIALES, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, el
CONTRATISTA obtendrá un porcentaje de participación respecto del recaudo efectivo conforme a las condiciones definidas el contrato y los documentos técnicos y financieros del proceso, así como en la Propuesta presentada por el CONTRATISTA, documentos que hacen parte integral del presente proceso . En desarrollo del objeto contractual, EL CONTRATISTA realizará las actividades inherentes a:
1. Dotación e instalación de equipos y dispositivo médicos para la puesta en marcha y operación del servicio y contratación xxx xxxxxxx humano idóneo. Los equipos adquiridos e instalados por el contratista serán de propiedad de LA E.S.E UNA, a la finalización del contrato, incluyendo caducidad, terminación anticipada, y su explotación estará a cargo del CONTRATISTA, durante la vigencia del contrato, al finalizar el contrato por cualquier causa, los mismos serán entregados a la E.S.E UNA, con su renovación tecnológica según lo contemplado el anexo financiero, así como la renovaciones por daño u obsolescencia de estos.
2. Prestación de todos los servicios de la Unidad de Cuidados Intensivos, intermedios y básico (pediátricos y neonatales), conforme la propuesta técnica y la regulación legal, cumpliendo con todos y cada y uno de los requerimientos operativos.
3. Cumplir con el cronograma de inversiones.
4. Ampliación de la capacidad en cuanto al número de camas habilitadas y hasta el máximo de capacidad.
Nota: La dotación, instalación, inversiones, reposiciones y la operación se realizarán tomando como referencia los anexos técnicos y financieros del proceso, cuyos documentos conforman parte integral del mismo, asumiendo los riesgos propios del modelo propuesto, y la Prestación de todos los servicios que la Unidad de Cuidados Intensivos y Unidad de Cuidados Especiales (intermedio y básico) pediátricas y neonatales, deberán cumplir con los estándares y requisitos establecidos en la legislación vigente, para la habilitación, autorización de los servicios por parte de la autoridad competente, los servicios contratados serán para las sedes que a continuación se enlistan, sin perjuicio de la inclusión de nuevas sedes durante el término de ejecución del contrato:
CENTRRO DE ATENCION | DIRECCION |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO ALTA COMPLEJIDAD CACE ACA | Calle 57 No 23-100- C.A.C.E Alta Complejidad. |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SABANALARGA CACR SABANALARGA | Calle 27 No 9-95- CACE Sabanalarga. |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO PEDIATRICO CACE PEDIATRICO | Carrera No 75 No 79b-50 C.A.C.E. Pediátrico. |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SOLEDAD CACR XXXXXXX | Xxxxx 15 No 21-60- CACE Soledad. |
B. PRESUPUESTO OFICIAL:
El valor estimado del contrato es por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NUEVE MILLONES DE PESOS MCTE ($356.609.000.000) correspondiente a la inversión y la operación de la unidad, a realizar| hasta el año 2037 como se proyecta en el cuadro siguiente:
UCI Pediátrica y Neonatal | 2.674 | 14.654 | 18.529 | 19.272 | 20.790 | 21.527 | 22.351 | 23.148 | 23.883 | 24.641 | 25.423 | 26.229 | 27.060 | 27.917 | 28.800 | 29.711 | 356.609 |
Fuente: Modelo Financiero para la planeación y orientación de nuevas unidades de atención hospitalaria de la E.S.E. Universitaria del Atlántico en el marco de la red hospitalaria del Departamento del Atlántico, elaborada por PIVOT SAS (Ingresos operacionales de la vigencia)
El valor de la inversión será por DOCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS MCTE ($00.000.000.000), para dotación de equipos necesarios para el funcionamiento de la unidad, instalación, reposiciones, y puesta en marcha de la Unidad de Cuidados Intensivos y Unidad de Cuidados Especiales (intermedias y básicas) pediátricas y neonatales, conforme se detalla en el presupuesto anexo, el cual constituye parte integral de este contrato.
EI contratista invertirá el anterior valor durante la ejecución contractual, en las cuantías y plazos requeridos el anexo financiero de acuerdo con las actividades planeadas por éste para la puesta en marcha de la Unidad. Para el control de lo anterior, el CONTRATISTA presentará mensualmente a la Interventoría un informe sobre la ejecución de la inversión y las actividades desarrolladas.
<.. image(Gráfico Descripción generada automáticamente) removed ..>
El valor para la vigencia 2022 será por DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE ($2.674.000.000), los flujos de los años posteriores correspondientes a vigencias futuras de los años 2023 a 2037 corresponden a TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES PESOS M/L ($353.935.000.000) se sustentan en ACTA No. 006 REUNIÓN ORDINARIA DE JUNTA
DIRECTIVA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO de fecha: 29 xx xxxxx de 2022 y ratificado en Comité de Hacienda del 01 de julio de 2022.
PARÁGRAFO 1: El valor del contrato incluye todos los costos directos e indirectos, costos fiscales y en general, todos aquellos que se deriven del contrato. El contratista debe presentar y acreditar los respectivos impuestos y demás costos fiscales a lo que haya lugar, para efectuar los descuentos xx xxx.
PARÁGRAFO 2: La E.S.E, no asume responsabilidad alguna por los eventuales errores de cálculo en que incurra el proponente para determinar la suficiencia del presupuesto oficial estimado, para el cumplimiento del contrato.
RUBRO PRESUPUESTAL: Los valores del contrato se imputarán con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal -CDP del año 2022, y con cargo a las vigencias futuras aprobadas por el XXXXXXX Xx. 000 XX XXXXX XXXXXXXXX X.X.X. XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX de fecha 29 xx xxxxx de 2022 y ratificado en Comité de Hacienda del 01 de julio de 2022.
Los valores obedecen a la proyección de los porcentajes de participación sobre facturación que tendrá el contratista atendiendo a lo señalado en el anexo financiero.
C. PLAZO:
El plazo para la ejecución del contrato será por quince (15) años contados a partir del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
Durante la ejecución del contrato, el contratista deberá:
La habilitación del servicio estará a cargo de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, no obstante será obligación del contratista realizar todas las acciones necesarias tendientes a lograr la habilitación del servicio para la operación del mismo, incluye la entrega del área por parte de la E.S.E UNA, la dotación de los equipos, medicamentos, materiales e insumos requeridos para la operación de los equipos biomédicos, así como los de enfermería y de tratamiento médico-quirúrgicos requeridos para la puesta en marcha y operación de las Unidad de Cuidados Intensivos y unidad de cuidados especiales pediátricas y neonatales, además de la contratación xxx xxxxxxx humano idóneo y la preparación de la documentación necesaria para la puesta en funcionamiento, la cual tendrá que realizarse en los términos establecidos en el anexo, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.
Una vez habilitado el servicio cumpliendo con todos los estándares, requerimientos técnicos administrativos, operativos de conformidad con la normatividad vigente, comenzará el inicio de la prestación del servicio por parte del contratista.
Surtidos y aprobados los trámites de habilitación los que se requieran para apertura del servicio, en ella se incluyen, entre otras las reposiciones, concomitantemente con la operación del servicio, mantenimientos (preventivos y correctivos) de los equipos de la E.S.E UNA, bien sean los dotados por el contratista o los propios, y el mantenimiento de la infraestructura a utilizar.
Al terminar el contrato el contratista realizará Entrega de los equipos adquiridos por el contratista durante la ejecución del contrato con la E.S.E UNA, o quien esta disponga, garantizando la transferencia de conocimiento y entendimiento de la operación.
D. LUGAR DE EJECUCIÓN:
La ejecución del Contrato a suscribir se realizará en las instalaciones de la E.S.E Universitaria del Atlántico, los, sin perjuicio de la inclusión de nuevas sedes durante el término de ejecución del contrato:
CENTRRO DE ATENCION | DIRECCION |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO ALTA COMPLEJIDAD CACE ACA | Calle 57 No 23-100- C.A.C.E Alta Complejidad. |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SABANALARGA CACR SABANALARGA | Calle 27 No 9-95- CACE Sabanalarga. |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO PEDIATRICO CACE PEDIATRICO | Carrera No 75 No 79b-50 C.A.C.E. Pediátrico. |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SOLEDAD CACR XXXXXXX | Xxxxx 15 No 21-60- CACE Soledad. |
E. FORMA DE PAGO:
La entidad pagará al contratista de acuerdo con lo establecido en el anexo financiero, el valor se establecerá por porcentajes sobre la facturación de acuerdo a los servicios prestados, según lo descrito en este estudio previo y demás documentos que hacen parte del presente contrato, previa presentación de cuenta de cobro o factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el funcionario encargada de la Supervisión del Contrato y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar.
La entidad pagará al contratista de un porcentaje de recaudo efectivo, dentro de los 30 días siguiente de recibir los pagos por parte de las EAPB, para lo cual el contratista deberá presentar facturación o cuenta de cobro a LA ESE, debiendo acompañar certificación del interventor o supervisor del contrato en donde conste la revisión de los ítems relacionados con la facturación de las UCI, además tendrá que responder por la glosa inicial y se le descontará la glosa definitiva atribuida a la prestación de servicio.
Parágrafo 1: Los porcentajes de participación sobre la facturación, serán pagados al contratista una vez se realice el recaudo efectivo dentro de los 30 días después de recibir los pagos por parte de las EAPB, los cuales podrán variar en el sentido de disminuir el porcentaje, en el evento en que los supuestos financieros que dieron origen al contrato varié en todo caso garantizando la recuperación de la inversión y la utilidad esperada, en ningún caso podrán aumentar.
Parágrafo 2: Las glosas medica relacionada con las actividades del contratista a la facturación, realizada por la LA EPS a la E.S.E. UNA, se descontarán del valor de pago al CONTRATISTA si son imputables a él, de acuerdo con el manual de glosas.
Parágrafo 3: En el evento de declararse la CADUCIDAD del contrato, se suspenderán pagos al CONTRATISTA, mientras se determinan los perjuicios ocasionados a la E.S.E UNA y se Surte el respectivo proceso de liquidación contractual.
Los servicios prestados por parte de CONTRATISTA a la E.S.E UNA corresponderá a la estancia en la Unidad de Cuidado Intensivo, la cual comprenderá además de los servicios básicos, la atención médica de especialista en cuidado intensivo, de personal paramédico, la utilización de los equipos de: Monitoria cardioscópica y de presión, ventilación mecánica, de presión y volumen, desfibrilación, cardioversión, y la práctica de los electrocardiogramas, electroencefalogramas y gasimetrías que se requieran.
Por integralidad de la atención de los servicios, el servicio prestado contemplara el suministro de medicamentos a los pacientes atendido en las unidades de cuidados intensivos, intermedios y básicos, para la atención Pediátrica Y Neonatal.
Se reconocerá por parte de la ESE lo correspondiente a los consumibles de los ventiladores mecánicos de las unidades de cuidado intensivo, consumibles que corresponden al circuito y filtro.
Los precios de estos últimos no deben superar los precios xx xxxxxxx, los cuales monitoreados por la dirección de contratación de la entidad y su precio serán acordado con el interventor.
Los demás factores del servicio serán suministrados por la ESE y no será objeto de participación en modelos económico.
El Contratista asumirá el costo de los servicios de apoyo logístico y de mantenimiento de los espacios que aunque son prestados por la ESE, su beneficiario final son las unidades de cuidados intensivo y especiales objeto del contrato, siendo entre otros: alimentación, vigilancia, aseo, lavandería, manejo de residuos patógenos, y servicios públicos. Así como igualmente deberá asumir el valor concepto de uso del espacio en el área donde se desarrolla el objeto contractual.
1.2 ESTUDIOS PREVIOS:
Forman parte de los presentes términos de referencia, los estudios y documentos previos, así como el análisis del sector adelantados por LA E.S.E., los cuales se publican a través de la página oficial de la E.S.E., con los ajustes que se llegaren a realizar bien sea en forma oficiosa por parte de la Entidad o a solicitud de los interesados.
También, forma parte de los términos de referencia, la matriz de estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles.
1.3 CONSULTA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
La consulta de los términos de referencia de la convocatoria deberá hacerse durante el plazo del presente proceso en: E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, ubicada en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, OFICINA DE DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN, y en la página web de la E.S.E. en el siguiente link: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/
1.4 REGLAS DE SUBSANABILIDAD
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje podrán ser solicitados por la entidad.
El numeral 7 del artículo 30 del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, indica: “(.) Cerrada la convocatoria el Comité de Compras y Contratos realizará la verificación de los requisitos habilitantes y calificación desde el punto de vista técnico, financiero y económico de conformidad con los términos de condiciones”.
Ahora bien, en concordancia con lo anterior de acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en los términos de referencia se señalará el plazo razonable dentro del cual la entidad requerirá a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables, en el término que se establezca en el cronograma del presente proceso.
Los proponentes deberán allegar durante el término de traslado del informe de evaluación, las clarificaciones y/o documentos requeridos.
Xxxxx rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y documentación solicitada por la E.S.E. hasta el plazo preclusivo y perentorio señalado en el cronograma del presente proceso.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
En el evento en que La E.S.E. no advierta la ausencia de un requisito habilitante y no lo haya requerido, lo podrá solicitar al proponente, para que xxxxxxx los documentos en el término que al efecto les fije en el requerimiento.
Todos aquellos requisitos de la propuesta que afecten la asignación de puntaje no podrán ser objeto de subsanabilidad, por lo que los mismos DEBEN ser aportados por los proponentes desde el momento mismo de la presentación de la oferta.
El oferente tiene la carga de presentar su oferta en forma íntegra, esto es, respondiendo todos los puntos de los términos de referencia y adjuntando todos los documentos de soporte o prueba de las condiciones que pretenda hacer valer en el proceso.
NOTA: Los documentos exigidos en los presentes términos de referencia para acreditar los factores de desempate tampoco podrán ser subsanados, por lo que deberán ser presentados desde el momento de la presentación de la oferta.
1.5 PARTICIPACION COMUNITARIA Y VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con el principio de transparencia consagrado en el numeral 7 del artículo 6 del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, participa a todas las veedurías ciudadanas, interesadas en hacer control social al proceso de selección, en cualquiera de sus fases o etapas, cuya información se encuentra publicada en la página web de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/
1.6 CRONOLOGÍA DEL PROCESO
El presente proceso de selección se desarrollará de conformidad con el siguiente cronograma.
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR DE CONSULTA |
PUBLICACIÓN DEL AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA | 15 de Julio de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
PUBLICACIÓN DE ESTUDIOS, DOCUMENTOS PREVIOS Y PROYECTO DE DOCUMENTO DE TERMINO DE CONDICIONES | 15 de Julio de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
PLAZO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL PROYECTO DEL DOCUMENTO DE TERMINOS DE CONDICIONES | Desde: el 15 de Julio de 2022 Hasta: 1 xx Xxxxxx de 2022 | TODAS LAS OBSERVACIONES DEBERÁN SER PRESENTADAS POR MEDIO ELECTRÓNICO, DIRIGIDAS A LA OFICINA DE CONTRATACIÓN AL SIGUIENTE CORREO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx CON LA REFERENCIA CORRESPONDIENTE AL NUMERO DEL PROCESO DE LA CONVOCATORIA PÙBLICA |
RESPUESTA A OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS AL PROYECTO DEL DOCUMENTO DE TERMINOS DE CONDICIONES | El 19 de septiembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA Y TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS | El 19 de septiembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
VISITA A LAS INSTALACIONES DE LA ESE | 23 de septiembre de 2022 HORA: 10:00 AM | Los proponentes podrán visitar las instalaciones de la ESE Universitaria del atlántico, a fin de conocer los espacios donde se realizaría la atención de las unidades de UCI. Ruta del paciente y espacio. La visita no es de carácter obligatorio. |
OBSERVACIONES A LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS | HASTA EL 23 de Septiembre de 2022 (23:59 p.m) | TODAS LAS OBSERVACIONES DEBERÁN SER PRESENTADAS POR MEDIO ELECTRÓNICO, DIRIGIDAS A LA OFICINA DE CONTRATACIÓN AL SIGUIENTE CORREO: |
CON LA REFERENCIA CORRESPONDIENTE AL NUMERO DEL PROCESO DE LA CONVOCATORIA PÙBLICA | ||
RESPUESTA OBSERVACIONES PRESENTADAS A LOS TERMINOS DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA | 29 de Septiembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
EXPEDICIÓN DE ADENDAS | 30 de Septiembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
CIERRE DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA | 6 de Octubre de 2022 HORA: 11:00 AM | EL RECIBO DE LAS PROPUESTAS SE REALIZARÁ EN LAS INSTALACIONES DE LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO-SEDE ALTA COMPLEJIDAD UBICADA EN LA CALLE 57 # 23-100, BARRANQUILLA, ATLÁNTICO- OFICINA DE DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. PARA LA APERTURA DE SOBRES SE REALIZARÁ UNA AUDIENCIA VIRTUAL A TRAVES DE LA HERRAMIENTA TEAMS, SE PERMITIRÁ UN ASISTENTE POR PROPONENTE. EL LINK DE LA AUDIENCIA SE PUBLICARÁ A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E: |
PUBLICACIÓN DEL INFORME EVALUACIÓN PRELIMINAR | 11 de octubre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO PUBLICARÁ A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/ |
TRASLADO AL INFORME DE EVALUACIÓN Y OBSERVACIONES PRESENTADAS AL MISMO | TRES (03) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN INFORME EVALUACIÓN DESDE EL 11 de octubre de 2022 HASTA EL 13 de | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/ TODAS LAS OBSERVACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR DEBERÁN SER PRESENTADAS POR MEDIO ELECTRÓNICO, DIRIGIDAS A LA DIRECCIÓN |
octubre de 2022 (23:59 p.m) | DE CONTRATACION, AL SIGUIENTE CORREO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx CON LA REFERENCIA CORRESPONDIENTE AL NUMERO DEL PROCESO DE LA CONVOCATORIA PÙBLICA | |
RESPUESTA OBSERVACIONES, PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN | 19 de octubre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO | 19 de octubre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: |
AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN, PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN O DE DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA CONVOCATORIA | 21 de octubre de 2022 HORA: 10: 00 A.M | LA AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE PROCESO, SE REALIZARÁ DE FORMA VIRTUAL MEDIANTE LA HERRAMIENTA TEAMS. LA AUDIENCIA SE REALIZARÁ EN LAS INSTALACIONES DE LA X.XX. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO. PARA LA ASISTENCIA VIRTUAL A LA AUDIENCIA SE INFORMARÁ A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E MEDIANTE AVISO. |
FIRMA DEL CONTRATO | 00 xx xxxxxxx 0000 | E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO |
ENTREGA DE GARANTIAS Y EXPEDICIÓN DE REGISTRO PRESUPUESTAL | Dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato | E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO |
1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA Y RADICACIÓN DE DOCUMENTOS
LA E.S.E. ha previsto que la atención administrativa para el presente proceso de selección que se efectuará a través de la OFICINA DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN de La E.S.E. UNIVERSITARIA DEL
ATLÁNTICO - CACE ALTA COMPLEJIDAD ubicada en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, o a través de la página web de la E.S.E, Link: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/, en el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Todos los documentos para radicar deberán estar debidamente foliados, citar proceso de selección al que se dirige, identificando el asunto o referencia de manera clara y precisa.
1.8 RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLO Y LA ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES.
Para efectos de aclaración e información del presente proceso de selección, Xxxxxx es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un contrato. LA E.S.E. evaluó los eventos que se pueden presentar durante la ejecución del contrato y que puedan afectar el cumplimiento de sus metas y objetivos. El resultado de este ejercicio es la matriz de riesgos que se publicara de manera simultánea con los presentes términos de referencia y hace parte integral de este. Ver anexo.
1.9 GLOSARIO
Para los fines de estos términos de referencia, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos en mayúscula inicial que aquí se usan tendrán el significado asignado a dichos términos en este numeral o en la Sección correspondiente de la minuta del Contrato. Los títulos de los numerales y Capítulos se incluyen con fines de referencia y de conveniencia pero de ninguna manera limitan, definen o describen el alcance y la intención de los términos de referencia.
Las palabras técnicas que no se encuentren definidas expresamente en los términos de referencia tendrán los significados que les correspondan según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas. Para efectos de los términos de referencia, se establecen las siguientes definiciones, las cuales podrán ser usadas tanto en singular como en plural: a continuación de manera enunciativa, se relacionan algunas definiciones útiles para el proceso de selección:
GLOSARIO GENERAL Y ESPECIFICO:
• Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.
• Acta de Inicio: Documento en el que las partes, de común acuerdo, dejan constancia del inicio de ejecución del plazo contractual.
• Acta de Terminación: Documento en el que las partes, de común acuerdo, dejan constancia de la terminación del plazo contractual.
• Activo Corriente: Es el activo corriente susceptible de convertirse en dinero en efectivo en un periodo inferior a un año.
• Activo Total: Son los activos, bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de sucesos pasados de los que se espera obtener beneficios o rendimientos económicos en el futuro.
• Xxxxxx(s): Documento válido para Modificar el aviso de convocatoria o los términos de referencia, el cual explica, aclara, agrega o modifica los términos de referencia, sus Anexos o Apéndices con posterioridad a la apertura del presente proceso, las adendas una vez publicadas hacen parte de los términos de referencia
• Adjudicación: Es la decisión emanada de la E.S.E. por medio de un Acto Administrativo que determina el Adjudicatario del proceso de selección y a quien en consecuencia corresponderá el derecho y la obligación de suscribir el contrato que constituye el objeto del proceso de selección.
• Adjudicatario(a): Es el proponente que por haber presentado una propuesta que cumple con lo requerido por los términos de referencia para ocupar el primer lugar de elegibilidad, es declarado como Adjudicatario del proceso mediante acto administrativo correspondiente.
• Acuerdos Comerciales: son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado colombiano, que contienen derechos y obligaciones en materia de compras públicas, en los cuales existe como mínimo el compromiso de trato nacional para: (i) los bienes y servicios de origen colombiano y (ii) los proveedores colombianos.
• Análisis del Sector: Es el estudio xx xxxxxxx que realiza la Entidad relativo al objeto del Proceso de Contratación, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de Riesgo.
• Anexo: Es el documento o conjunto de documentos que la Entidad adjunta a los términos de referencia y que hacen parte integral del mismo.
• Anticipo: Es un adelanto o avance del precio del contrato destinado a apalancar el cumplimiento de su objeto, de modo que los recursos girados por dicho concepto sólo se integran al patrimonio del contratista en la medida que se cause su amortización mediante la ejecución de actividades programadas del contrato.
• Apostilla: Es el documento que certifica la autenticidad de la firma, la calidad de la persona que firma el documento y, cuando proceda, la identidad del sello o timbre que porta el documento. Las Entidades
Estatales solamente pueden exigir la legalización de acuerdo con la Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1961, aprobada por la Ley 455 de 1998.
• Aportes Parafiscales: Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella.
• Capacidad Financiera: Son las condiciones mínimas que reflejan la salud financiera de los Proponentes a través de su liquidez y endeudamiento.
• Capacidad Organizacional: Es la capacidad organizacional es la aptitud de un Proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna.
• Certificado de Disponibilidad presupuestal: Es el documento mediante el cual se afecta de manera preliminar un rubro presupuestal y que garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible, libre de afectación y suficiente para respaldar el compromiso que se pretende adquirir con la contratación.
• Conflicto de Interés: Son las circunstancias que el interesado o Proponente dará a conocer a la Entidad Estatal y que considera puede tener incidencia en la imparcialidad con la que se debe adoptar las decisiones en el curso del proceso.
• Contratista: Es la persona natural, jurídica o el grupo de personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí que suscriben un contrato con el fin de ejecutar el objeto bajo las condiciones de modo, tiempo y lugar que en él se establecen.
• Confidencialidad: Propiedad de la informaciónón que hace que no esté disponible o que sea revelada a indivíduos no autorizados, entidades o procesos.
• Consorcio: Modalidad de asociación que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma Propuesta en el presente proceso de selección para la adjudicación, celebraciónón y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato, En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman independientemente de la distribución en la ejecución de las actividades descritas en el documento consorcial para el cumplimiento de este proceso.
• Contrato: Negocio jurídico que se suscribirá la Entidad y el Adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones recíprocas y se le conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente proceso.
• Debido Proceso: Sometimiento de las actuaciones de las autoridades judiciales y administrativas, a las formalidades preestablecidas por las normas jurídicas, que en materia contractual se rige por las estipulaciones pactadas en el contrato. Tiene como finalidad la protección de las garantías consignadas en la normatividad.
• Diagnóstico: Concepto técnico que definirá los parámetros de intervención.
• Días Calendario: Los del calendario común que incluyen los días festivos y no laborables Todos los plazos de días, meses o años de que se haga mención legal, se entenderá que terminan a la media noche del último día del plazo. Por año y por mes se entienden los del calendario común, por día espacio de veinticuatro horas.
• Días Hábiles: Entiéndase por días hábiles y horarios laborales únicamente los días de lunes a viernes no feriados de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. Días NO hábiles: Aquellos para los cuales la ley ha previsto el derecho a descanso remunerado.
• Dólares de los Estados Unidos de América, o Dólares, o US$: Es la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella, según la tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen.
• Enfermedad laboral: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.
• Estados Financieros: Un juego completo de estados financieros comprende: (a) un estado de situación financiera al final del periodo; (b) un estado del resultado integral del periodo; (c) un estado de cambios en el patrimonio del periodo; (d) un estado de flujos de efectivo del periodo; (e) notas, que incluyan un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa; y (f) un estado de situación financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente o realice una reexpresión retroactiva de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros.
• Estudios Previos: Es la justificación jurídica, técnica, económica y financiera del proyecto que realiza la Entidad de acuerdo con Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
• Especificaciones: Procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el Contratista durante la ejecución del contrato, para obtener los resultados objeto del contrato.
• Estimación del riesgo: Es la valoración del riesgo en términos monetarios o porcentuales requerimientos y exigencias, varían de una capa a otra, la función de estas diferentes capas es ir disipando y redistribuyendo las cargas que le infringe el tráfico y proveer una superficie de rodadura cómoda y segura bajo diferentes condiciones ambientales.
• E.S.P.: Empresa de Servicio Público.
• E.S.E.: Empresa social del Estado.
• Experiencia: Es la experiencia del proponente que se relaciona directamente con el objeto contractual en un proceso de selección determinado, la cual será verificada documentalmente por las Cámaras de Comercio, con base en la información aportada por el proponente en el momento de la inscripción, actualización o renovación.
• Firma Digital: Es el valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transformación. Cuando una firma digital haya sido fijada en un mensaje de datos se presume que el suscriptor de aquella tenía la intención de acreditar ese mensaje de datos y de ser vinculado con el contenido del mismo. El uso de una firma digital tendrá la misma fuerza y efectos que el uso de una firma manuscrita, si aquélla incorpora los siguientes atributos:
Es única a la persona que la usa. Es susceptible de ser verificada.
Está bajo el control exclusivo de la persona que la usa.
Está ligada a la información o mensaje, de tal manera que, si éstos son cambiados, la firma digital es invalidada. Está conforme a las reglamentaciones adoptadas por el Gobierno Nacional.
• Firma Electrónica: Son los métodos tales como, códigos, contraseñas, datos biométricos o claves criptográficas privadas, que permiten identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos, siempre y cuando el mismo sea confiable y apropiado respecto de los fines para los que se utiliza la firma, atendidas todas las circunstancias del caso, así como cualquier acuerdo pertinente.
• Firma Manuscrita: Es la Firma que una persona escribe de su puño y letra en un documento, para darle autenticidad o para expresar que aprueba su contenido.
• Formato: Son los documentos que aporta el Proponente y que hacen parte integral de su oferta.
• Formulario: Es el documento por medio del cual la Entidad solicita información específica y que debe
ser completada por el Proponente.
• Garantías: Mecanismo de cobertura del riesgo el instrumento otorgado por los oferentes o por el contratista de una entidad pública contratante, en favor de esta o en favor de terceros, con el objeto de garantizar, entre otros: (i) la seriedad de su ofrecimiento; (ii) el cumplimiento de las obligaciones que para aquel surjan del contrato y de su liquidación; (iii) la responsabilidad extracontractual que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas; y (iv) los demás riesgos a que se encuentre expuesta la administración según el contrato.
• Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual: Es la garantía que cubre los perjuicios que puede sufrir la Entidad Estatal derivados de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista o de los subcontratistas. Este Riesgo sólo puede cubrirse mediante pólizas de seguro.
• Fases: Son fechas que dentro de la programación en las cuales se da por cumplida una meta.
• Información Pública Reservada: Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por daño a intereses públicos.
• Informe de Evaluación: es uno de los Documentos del Proceso en virtud del cual la Entidad Estatal comunica el resultado de la evaluación de las Ofertas y su justificación.
• Infraestructura de Servicios Públicos: Conjunto de elementos físicos tales como ducteria, redes, cámaras, postes y equipos especializados, necesarios para el funcionamiento de los servicios públicos de agua, energía, gas y telecomunicaciones.
• Interesado(s): Personas naturales o jurídicas nacionales o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de Consorcio, Unión Temporal o cualquier otro tipo de asociación que actuaran en el proceso previamente a la presentación de ofertas.
• Interventoría: Servicio de consultoría, para que en nombre y representación del contratista, ejerza funciones de control y vigilancia, sobre los actos necesarios para la ejecución de la misma, tendientes a garantizar que ésta se ejecute de acuerdo con los planos, documentos, especificaciones.
• Legalización: Es el reconocimiento de la firma del funcionario público en ejercicio de sus funciones, previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, o quien haga sus veces, para que el documento sea válido en otro país cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961.
• Mantenimiento: Conjunto de acciones y actividades que deben realizarse inmuebles y en sus instalaciones con el propósito de garantizar o extender la vida útil de los bienes públicos con que cuenta la
E.S.E. Las acciones de mantenimiento son necesarias para mejorar aspectos importantes como: funcionalidad, seguridad, productividad, confort, imagen institucional, salubridad e higiene. Un mantenimiento adecuado retrasa la inversión en mantenimiento correctivo; por lo tanto, éste debe ser realizado de manera permanente. El mantenimiento inicia desde el uso adecuado de equipamiento e instalaciones y se complementa con una buena limpieza periódica mediante el uso de utensilios adecuados hasta la reparación y/o reposición de elementos que lo requieran.
El tipo de mantenimiento se puede identificar de acuerdo a la necesidad que presente el inmueble, estos son: Mantenimiento periódico o recurrente, mantenimiento preventivo, mantenimiento predictivo y mantenimiento correctivo.
• Mantenimiento preventivo: Es el conjunto de acciones continuas para prever y garantizar correcto
funcionamiento normal, la eficiencia y buena presentación de los bienes, Es el que se orienta a prevenir el
deterioro acelerado de las edificaciones, de sus áreas verdes y del mobiliario, reducir posibles daños, para lograr detectar fallas en su estado inicial y corregirlas en el tiempo oportuno, minimizando actividades de carácter correctivo. Debe responder a una programación periódica y sistemática para la revisión y verificación de las condiciones de la infraestructura y como mínimo deberá incluir frecuencia de inspección por área y responsables, se debe consolidar un registro de las actividades de inspección y mantenimiento. El mantenimiento preventivo incluye reparaciones menores como pintura interior y exterior, cableado e instalaciones eléctricas generales, instalaciones hidro-sanitarias, limpieza y mantenimiento de cubiertas, impermeabilizaciones, filtraciones, canales y bajantes, enchapes o recubrimientos, vidrios, reemplazo de elementos fungibles (lámparas y focos), ajustes mecánicos (engrase de cerraduras, bisagras, revisión de equipos de ventilación, etc), áreas verdes (poda de plantas), canchas, áreas exteriores. Debe realizarse en forma periódica para evitar daños, desperfectos y descomposturas.
• Mantenimiento Predictivo: Se enfoca en adelantarse a la falla antes que la edificación deje de funcionar en condiciones óptimas, para lo cual se requiere conocer y dominar los datos técnicos para garantizar un trabajo riguroso y objetivo con miras a realizar actividades de reparaciones de poco gasto. Estos mantenimientos no requieren conocimientos especializados y pueden ser ejecutadas por cualquier personal que posea información, habilidades y herramientas para el efecto.
• Mantenimiento Correctivo: Son las intervenciones requeridas que permiten la corrección de daños en cada uno de los inmuebles o muebles, logrando el mejoramiento del funcionamiento. Se dirigen a prevenir interrupción de la prestación del servicio. Este mantenimiento se realiza una vez ocurre el daño o falla, debido a que por su naturaleza no es posible identificarse con anterioridad y no es posible planificar en el tiempo.
• Mantenimiento Rutinario: Se refiere a la conservación continua (a intervalos menores de un año) con el fin de mantener las condiciones óptimas para el tránsito y uso adecuado de la infraestructura de transporte. (Ley de Infraestructura).
• Mantenimiento de emergencia: Se refiere a las intervenciones en la infraestructura derivada de eventos que tengan como origen emergencias climáticas, telúricas, terrorismo, entre otros, que a la luz de la legislación vigente puedan considerarse eventos de fuerza mayor o caso fortuito.
• Matriz: Es el documento que incorpora condiciones técnicas, de riesgos o económicas que debe tener en cuenta el Proponente al momento de estructurar su oferta y ejecutar el Contrato.
• Medio Magnético: Es el dispositivo que utiliza materiales magnéticos para archivar información digital, tales como las USB, discos duros o los CD que almacenan grandes volúmenes de datos en un espacio físico pequeño.
• Mipyme: (micro, incluidas las famiempresas, pequeña y mediana empresa), toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, que responda conjuntamente a los criterios establecidos en la Ley.
• Pesos Colombianos, Pesos o $: Es la moneda de curso legal en la República de Colombia.
• Xxxxxx(s) de Condiciones: Se entiende por pliego de condiciones, el conjunto de normas, que rigen el proceso y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selecciónón del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso.
• Primer orden de elegibilidad: Es la posición que ocupa el proponente que habiendo obtenido calificación definitiva de HABIL” en todos los criterios obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la calificación de los criterios de ponderación y desempate, previstos en los términos de referencia.
• Presupuesto Oficial Estimado: Es el valor total que la Entidad determina como necesario para ejecutar el objeto del contrato con base en el estudio previo y el análisis del sector.
• Proponente Plural: Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en los términos de referencia (Promesa de sociedad futura, Consorcio o Unión Temporal).
• Proponente: Es toda persona natural o jurídica que aspire a celebrar contratos con las entidades estatales.
• Propuesta Hábil: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que además de cumplir con los requisitos legales, técnicos y financieros señalados en estos términos de referencia, cumple con los criterios de evaluación señalados en los mismos.
• Propuesta rechazada: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en los términos de referencia o en la normatividad vigente.
• Propuesta: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.
• Requisitos Habilitantes: Son la Capacidad Jurídica, las condiciones de Experiencia, la capacidad financiera y la Capacidad de Organización Técnica de los proponentes, en los términos del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, que son los requisitos que deben cumplir los proponentes, en los términos de la “Ley Aplicable” y del presente Documento.
• Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra un suceso o exposición peligrosa y la severidad del daño o deterioro de la salud que puede causar el suceso o exposición.
• Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
• Seguridad y Salud en el Trabajo: Definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud
de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
• Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
• SG-SSI: Sistema General de Seguridad Social Integral: Es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos laborales, subsidio familiar y los servicios sociales complementarios que se definen en la ley. Este es un sistema que cubre eventualidades como la de alteración a la salud, incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte, para cuya protección se establecieron los sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y de Subsidio Familiar.
• Selección Objetiva: Es el principio que busca que la selección de los colaboradores de la administración responda a criterios objetivos, en concordancia con los principios que rigen la función administrativa.
• Subcontratista: Es la persona natural o jurídica que contrata el contratista principal para ejecutar una actividad previamente contratada por una entidad estatal u otra persona natural o jurídica.
• SMMLV: Se entenderá como salarios mínimos mensuales legales vigentes.
• Sucursal: Son los establecimientos de comercio abiertos por una sociedad, dentro o fuera de su domicilio, para el desarrollo de los negocios sociales o de parte de ellos, administrados por mandatarios con facultades para representar a la sociedad.
• Trato Nacional: Es el principio según el cual un Estado concede a los nacionales de otro Estado el mismo trato que otorga a sus nacionales.
• Términos de referencia: Se entiende por términos de referencias, el conjunto de normas, que rigen el proceso y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selecciónón del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso.
•
• TRM: Tasa de cambio Representativa xxx Xxxxxxx, publicada en el sitio web del Banco de la República de Colombia, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxx_xx_xxx.xxx#xxxx
• Unión Temporal: Modalidad de asociación, que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma Propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato, pero no por las
sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, por las cuales responde cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de acuerdo con la distribución de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución de las actividades descritas en el documento de acuerdo de la unión temporal para el cumplimiento de este proceso.
• Utilidad Operacional: Son los ingresos, costos y gastos operacionales relacionados directamente con el objeto social de la empresa, con su actividad principal, dejando de lado los gastos e ingresos no operacionales, es decir, aquellos ingresos diferentes a los obtenidos en el desarrollo de la actividad principal de la empresa, ingresos que por lo general son ocasionales o que son accesorios a la actividad principal.
• Vigencia Fiscal: Es el periodo de tiempo que comprende desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre de cada año.
2. CAPITULO II - NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES
Para el presente proceso de selección se tendrán en cuenta las normas y demás disposiciones vigentes que se relacionan en los términos de referencia.
La Convocatoria Pública de la referencia, estará integrada por todos los Documentos del Proceso, y el contrato a suscribir estará sometido a la legislación y jurisdicción Colombiana y se regirá para todos sus efectos por lo dispuesto en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021 y por las normas civiles y comerciales que regulen el objeto del Contrato.
La E.S.E. , publicará en la página de la E.S.E., los Documentos del Proceso, en las condiciones dispuestas en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021
La E.S.E. mantendrá copia física de todos los documentos de la Convocatoria Pública, en la Oficina de dirección de contratación.
En la solicitud de expedición de copia impresa de los términos de referencia, deberá informarse lo siguiente:
a) Nombre y número de cédula de ciudadanía del solicitante (persona jurídica o natural interesada en participar en la Convocatoria Pública).
b) Dirección y teléfono de notificación, y
c) Dirección de correo electrónico (si la tuviere).
LA E.S.E., no asume responsabilidad alguna por la forma o medio que el interesado en participar en la Convocatoria Pública, decida utilizar para tener acceso o consultar los términos de referencia.
2.1. ACLARACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA:
Si los interesados encontraran discrepancias u omisiones en los documentos del presente proceso de selección o tuvieren dudas acerca de su significado o interpretación, deberán darlos a conocer a LA E.S.E.a través de los siguientes medios:
Ser enviada por medio electrónico al correo: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Ser radicada en la .E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO - CACE ALTA COMPLEJIDAD, ubicada en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN.
Dicha solicitud deberá:
a) Dirigirse a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN.
b) Enviarse con una antelación no inferior a tres (3) días hábiles a la fecha de cierre del plazo del presente proceso Indicar el correo electrónico, la dirección y número telefónico del interesado.
Copia del escrito de aclaraciones se publicará a la página WEB de la E.S.E., para consulta de los interesados.
Las solicitudes que no cumplan los requisitos antes enunciados, no generarán para LA E.S.E. la obligación de contestarlas antes de la fecha del cierre del plazo del presente proceso.
2.2. MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA:
De manera oficiosa, como resultado de las observaciones presentadas por los interesados en el desarrollo del proceso, LA E.S.E. expedirá las modificaciones pertinentes a los términos de referencia.
LA E.S.E. hará las modificaciones que considere necesarias desde la fecha de apertura y hasta en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección, a fin de que se realicen los ajustes a que haya lugar por parte de los interesados. Cualquier aclaración o modificación se hará mediante adendas numeradas consecutivamente; estos documentos formarán parte integral de los presentes términos de referencia; las adendas serán suscritas por el Gerente de la E.S.E.
Los documentos antes mencionados serán publicados en la pagina WEB de la E.S.E. para consulta de los interesados; por tanto, la entidad en virtud del principio de economía da por entendido que los interesados en participar en la presente Convocatoria tienen conocimiento de ellos.
Las adendas posteriores modifican a las anteriores, en cuanto se refieran a un mismo asunto.
Se entiende, que los términos de referencia y las adendas se complementan entre sí, cualquier mención, especificación o detalle que aparezca en uno de ellos y no esté contemplado en el otro, se tendrá como valedero para los términos de referencia del proceso.
Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido de los términos de referencia y su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de propuestas y en consecuencia, los términos de referencia y las adendas respectivas, habrán de tomarse como se expidieron originalmente.
2.3. NORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Estos términos de referencia deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se entienden integrados a éste los Estudios Previos, Anexos, Apéndices que lo acompañan y las Adendas que posteriormente se expidan.
Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento de los términos de referencia:
• El orden de los numerales y capítulos cláusulas de estos términos de referencia no debe ser interpretado como un grado de prelación entre las mismas.
• Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en estos términos de referencia sirven sólo como referencia y no afectarán la interpretación de su texto.
• Las palabras en singular, se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
• Los plazos en días establecidos en estos términos de referencia, se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa LA E.S.E. indique que se trata de días calendario o meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil para LA E.S.E. o no laboral, el vencimiento del plazo se traslada al día hábil siguiente.
• Las palabras expresamente definidas en estos términos de referencia, deben ser entendidas únicamente en el sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
2.4. REQUISITOS HABILITANTES
Serán HÁBILES las Ofertas que cumplan con la totalidad de los requisitos descritos en los términos de referencia y sus anexos.
LA E.S.E. durante el término de evaluación verificará los requisitos habilitantes que sean presentados por los Proponentes dentro del plazo señalado en el Cronograma, término dentro del cual el Comité Evaluador, podrá solicitar las aclaraciones, precisiones o los documentos que se requieran, sin que por ello pueda el Proponente adicionar o modificar su propuesta.
2.5. INFORMACIÓN INEXACTA
LA E.S.E. se reserva el derecho de verificar integralmente la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas. Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada por el Proponente y la efectivamente obtenida o suministrada a la entidad por la fuente de donde proviene la información que se pretende acreditar en la Convocatoria, el documento que la contenga se entenderá como no presentado.
2.6. INFORMACIÒN NO VERAZ
En caso que el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado, su propuesta será RECHAZADA, sin perjuicio de hacer conocer el hecho a las autoridades competentes.
2.7. PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico: (0) 000 00 00; la línea transparente del programa,
a los números telefónicos: 01 8000 913 040 o (0) 000 00 00; en el correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx 0–00, Xxxxxx, X.X. También puede reportar el hecho a LA E.S.E.
3. CAPITULO III ELABORACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA - APERTURA SOBRE NO. 1
3.1 ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA
La propuesta se conformará de la siguiente manera:
3.1.1 SOBRE No. 1
En este sobre el proponente deberá presentar los documentos relacionados con el cumplimiento de aspectos técnicos, financieros, jurídicos (requisitos habilitantes) y de ponderación (con excepción de la Oferta Económica), teniendo en cuenta que la omisión de aquellos necesarios para la comparación de las propuestas, impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación, de acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
El proponente deberá diligenciar y adjuntar en medio físico y en medio magnético Disco Compacto (CD), trascritos en Microsoft Excel, mínimo office 2003, bajo plataforma Windows, la información contenida en los Formularios y Experiencia, la cual debe ser idéntica a la aportada en el medio físico.
Cuando en la propuesta no repose los formularios y/o el Formulario de Experiencia en medio físico, se entenderá por NO APORTADO, independientemente que el mismo se haya aportado en medio magnético. Sin embargo los proponentes deberán allegar dicho documento dentro del término que al efecto les fije LA E.S.E., so pena del RECHAZO de la propuesta.
3.1.2 SOBRE No. 2
En este sobre el proponente deberá incluir:
Oferta Económica: Deberá incluir su propuesta económica debidamente diligenciada para el proceso, en el
Anexo denominado “Propuesta Económica”.
El proponente deberá diligenciar y adjuntar en medio físico y en medio magnético Disco Compacto (CD), trascritos en Microsoft Excel, mínimo office 2007, bajo plataforma Windows, la información contenida en el Anexo denominado “Propuesta Económica, la cual debe ser idéntica a la aportada en el medio físico.
En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en el Anexo denominado “Propuesta Económica”, presentado en medio físico en la propuesta y el Anexo denominado “Propuesta Económica, contenido en el CD, prevalecerá la información consignada en el Anexo físico.
Cuando en la propuesta (Sobre No. 2) no repose el Anexo denominado “Propuesta Económica, en medio físico; será RECHAZADA, independientemente que el mismo se haya aportado en medio magnético.
3.2 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA
El proponente deberá presentar los sobres debidamente cerrados, separados e identificados, correspondientes a un (1) original del Sobre No. 1 en el cual deberá anexarse el medio magnético contentivo de los contratos
relacionados en el Formulario de experiencia, y dos (2) copias del mismo indicando en cada sobre si es original o copia. Y un Sobre No. 2. Original.
Los documentos que conforman el original de los Sobres Nos. 1 y 2 y las dos (2) copias del Sobre No. 1, se presentarán legajados, foliados, escritos en idioma castellano y en medio mecánico. Se deben numerar todas las hojas que contiene la oferta y cada una de ellas conformará un folio.
Solo se recibirá una propuesta (sobres 1 y 2 con sus respectivas copias) por proceso de selección, en caso de presentarse para varios, al momento del cierre se deberá dejar constancia para que proceso presenta su ofrecimiento.
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana, acerca de los temas objeto del presente proceso y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en los presentes términos de referencia.
Toda tachadura y/o enmendadura que presente algún documento de la oferta debe estar salvado con la firma de quien suscribe el correspondiente documento al pie de la misma y nota al margen del documento donde manifieste xxxxx y expresamente la corrección realizada, para ser tenido en cuenta el documento por LA E.S.E
, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 252 C.G.P:
“Documentos rotos o alterados: Los documentos rotos, raspados o parcialmente destruidos, se apreciarán de acuerdo con las reglas de la sana crítica; las partes enmendadas o interlineadas se desecharán, a menos que las hubiere salvado bajo su firma quien suscribió o autorizó el documento.”
Si el proponente presenta con su propuesta documentos que han perdido legibilidad o claridad, LA E.S.E. podrá solicitar las aclaraciones o explicaciones sobre dichos documentos, los cuales deberán ser allegados por los proponentes dentro del término de traslado del informe de evaluación, so pena del rechazo de la propuesta.
La propuesta debe contener un índice, en el que se identifique en forma clara la documentación de la oferta y el folio o folios a que corresponda. Las copias deben corresponder exactamente al original; si se presentare alguna diferencia entre el original y las copias, prevalecerá siempre el original.
Estarán a cargo del proponente todos los costos asociados a la elaboración y presentación de su propuesta, y LA E.S.E., en ningún caso, será responsable de los mismos.
La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregada dentro del plazo del presente proceso, en la fecha y hora señalada en la cronología del presente proceso de selección, LA AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE PROCESO, SE REALIZARÁ DE FORMA VIRTUAL MEDIANTE LA HERRAMIENTA TEAMS LA AUDIENCIA SE REALIZARÁ EN LAS INSTALACIONES DE LA X.XX. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, correo electrónico ni radicadas en las ventanillas de correspondencia de la Entidad.
Se entenderán recibidas por LA E.S.E. las ofertas que a la fecha y hora indicada en la cronología, se encuentren en el lugar destinado para la recepción de las mismas, en la E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO-SEDE ALTA COMPLEJIDAD UBICADA EN LA XXXXX 00 # 00-000, XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX, en
consecuencia se darán por no presentadas todas las propuestas que no hayan sido entregadas en el plazo y
lugar previstos para ello en los términos de referencia, ni las propuestas que hayan sido radicadas o entregadas en otras dependencias de LA E.S.E.
En el momento en que exista una incongruencia en la propuesta, es decir, que una parte de la misma establezca algo que se contradiga en otra parte, LA E.S.E. podrá solicitar las aclaraciones pertinentes.
Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original, así como sus copias, por lo tanto, LA E.S.E. no asume responsabilidad alguna cuando las propuestas estén identificadas incorrectamente.
NOTA: LA E.S.E. para la presentación y entrega de las propuestas, tendrá en cuenta lo estipulado en el ARTÍCULO 9 y 10 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, el cual consagra:
(…) Articulo 9. No podrán ofrecer directamente ni participar en los procesos de contratación, en cualquiera de sus modalidades, ni celebrar contratos con la E.S.E., por si o por interpuesta persona, las personas incursas en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución Política y la Ley, en especial las previstas para la contratación estatal.
Artículo 10. Inhabilidades e incompatibilidades sobrevinientes. Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, éste cederá el contrato previa autorización escrita de la E.S.E. o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente dentro del proceso de contratación, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo. Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, éste cederá su participación a un tercero, previa autorización escrita de la E.S.E. En ningún caso podrá hacer cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
Para el caso de cesión, será la entidad contratante la encargada de autorizar al cesionario del contrato.(…)
En cada sobre se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial, y se diligenciará en la siguiente forma:
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO - CACE ALTA COMPLEJIDAD
Dirección: Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx
Convocatoria Pública No. . Objeto: .
Sobre No. .
Nombre del Proponente Identificación del Proponente Nombre del Representante Legal
Indicar si es original o copia
3.3 IDIOMA
De conformidad con el artículo 10º de la Constitución Política de Colombia, el idioma oficial de nuestro país es el castellano; de tal manera que todos los documentos relacionados con el presente proceso de Convocatoria se elaboran en dicho idioma, en consecuencia, la propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito.
Si se presentan en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano.
De resultar adjudicatario un proponente de origen extranjero, este deberá presentar (en el término que se encuentra después de la adjudicación del proceso y antes de la suscripción del contrato, de conformidad con el cronograma del proceso y los términos establecidos para ello) legalizados aquellos documentos privados emitidos en el exterior que hayan sido aportados en copia simple en su oferta inicial, así como aquellas traducciones que hayan sido aportadas en traducción simple a traducción oficial. Lo anterior como requisito indispensable para la suscripción del contrato que se derive del presente proceso de selección.
3.4 DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN
De conformidad con lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 1755 de 2015 “toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma”.
Teniendo en cuenta que todos los documentos que se originen al interior del proceso de selección tienen el carácter de públicos, cualquier persona puede realizar petición de copias, previa consignación de la erogación correspondiente, de conformidad con lo establecido en los presentes en los términos de referencia.
No obstante, se aclara que en etapa de evaluación (siempre y cuando no supere los términos de la Ley), hasta no se realice la publicación del informe de evaluación, no se realizará entrega de las copias requeridas.
3.5 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Para efectos de legalización de documentos otorgados en el exterior se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución No. 3269 del 14 xx Xxxxx de 2016 “Por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos” expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica de Colombia.
3.5.1 CONSULARIZACIÓN.
De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior, se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de
sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código General del Proceso, los documentos públicos, provenientes de un país que no sea parte de un tratado internacional ratificado por Colombia, los mencionados documentos deberán presentarse debidamente autenticados por el cónsul o agente diplomático de la Republica de Colombia en dicho país y en su defecto por el de una nación amiga. La firma del cónsul o agente diplomático se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, y si se trata de agentes consulares de un país amigos se autenticarán previamente por el funcionario competente del mismo y los de este por el cónsul colombiano.
Los documentos privados se evaluarán de conformidad con los lineamientos establecidos por Colombia Compra Eficiente, sobre el particular.
3.5.2 APOSTILLE
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en el sub numeral 3.5.1 de los presentestérminos de referencia, siempre que provenga de uno de los países signatarios de La Haya del 5 de Octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite mediante el cual la autoridad competente del Estado de donde emana el documento, certifica la autenticidad de la firma, a qué título ha actuado la persona que firma el documento y, cuando proceda, la indicación del sello o estampilla que llevare.
Si la Apostilla está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción a dicho idioma.
Respecto al tratamiento en caso de apostille presentado con la intervención de autoridades intermedias, la Entidad dará aplicación a lo establecido por la Cancillería (Ministerio de Relaciones Exteriores).
3.5.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en el término señalado en los términos de referencia, la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
El Ministerio de Educación Nacional homologa los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado.
Los títulos académicos otorgados en el exterior que se aporten debidamente convalidados y/o homologados por el Ministerio de Educación Nacional no deben allegarse apostillados y/o consularizados.
3.5.4 AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA
En el evento que el adjudicatario del presente proceso de selección hubiere ofrecido personal titulado y domiciliado en el exterior en los términos señalados en los presentes términos de referencia, deberá presentar la autorización que se requiera por el órgano competente para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia.
3.6 INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro del Sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, LA X.X.X.xx reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, LA E.S.E. , sus empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, LA
E.S.E. no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma.
3.7 POTESTAD VERIFICATORIA
LA E.S.E. se reserva el derecho de verificar integralmente la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, entidades estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación.
3.8 PROPUESTAS PARCIALES
No se admitirá la presentación de propuestas parciales, esto es, las presentadas por una parte del objeto o del alcance del Contrato.
3.9 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA
El valor de la propuesta deberá incluir todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución del objeto de la presente Convocatoria pública. Por ser relevantes, a continuación se relacionan algunos de los aspectos que el proponente debe tener en cuenta para determinar el precio de la oferta:
3.9.1. INFORMACIÓN PREVIA
El proponente deberá tener en cuenta la información y documentos previos relacionados con los presentes términos de condiciones a efectos de familiarizarse con las especificaciones necesarias para ejecutar el proyecto, así como la normatividad vigente de acuerdo con los requerimientos establecidos para cada proyecto, el cual regirá el futuro contrato que sea celebrado en desarrollo del presente proceso.
3.9. 2 DECLARACIONES. CONOCIMIENTO DE LA ESTRUCTURA CONTRACTUAL
El proponente, con la presentación de su oferta, declara, acepta y garantiza que conoce y ha revisado cuidadosamente todos los asuntos e informaciones relacionados con la celebración y ejecución del Contrato, la naturaleza financiera del mismo, la posibilidad real de ejecutar todas las prestaciones del Contrato con cargo
a los recursos disponibles, así como el lugar donde se ejecutará el Contrato, incluyendo sus condiciones de seguridad, transporte a los sitios de trabajo, obtención, manejo y almacenamiento de materiales, transporte, manejo y disposición de desechos, disponibilidad de materiales, mano de obra, agua, electricidad, comunicaciones, vías de acceso, características de los equipos requeridos para su ejecución, el régimen tributario al que estará sometido el CONTRATISTA, la normatividad jurídica aplicable y, en general, todos los demás aspectos que puedan afectar el cumplimiento del Contrato, los cuales acepta y cuyos riesgos asume de manera exclusiva
3.9. 3 ASPECTOS TÉCNICOS
Los trabajos objeto del presente proceso deberán ejecutarse de conformidad con las Especificaciones Técnicas incluidas en los presentes términos de condiciones.
En caso de discrepancias entre las especificaciones, el contratista informará sobre ello al Interventor o supervisor, quien decidirá conjuntamente con LA E.S.E., sobre la prelación entre los respectivos documentos.
3.9. 4 EQUIPO
El proponente favorecido deberá dotar, instalar y mantener los equipos necesarios para la prestación del servicio de salud, en la operación necesaria y suficiente, en condiciones técnico-mecánicas características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales; por lo tanto, los costos inherentes a la puesta en operación del equipo están incluidos en la remuneración pactada.
GARANTÍAS Y SEGUROS
El proponente favorecido con la adjudicación tendrá a su cargo los costos de las garantías y seguros que se mencionan en la minuta del contrato.
3.10 CIERRE DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – APERTURA DEL SOBRE No. 1.
Los Sobres No. 1 de las propuestas recibidas hasta la fecha y hora del cierre del plazo del presente proceso, establecida en la cronología de los presentes términos de condiciones, serán abiertos en la dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico- CACE ALTA COMPLEJIDAD.
La apertura de los Sobres No. 1 se efectuará en acto público, por parte del personal de la Dirección de contratación adscrita a la Subgerencia corporativa. De lo anterior se levantará un acta suscrita por quienes intervinieron en la audiencia, en la cual se relacionará el nombre de los proponentes, si la carta de presentación fue incluida y está firmada, y el número de la garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña (la cual si no es entregada junto con la propuesta será CAUSAL DE RECHAZO), el número de folios y las observaciones correspondientes, así como los demás aspectos relevantes que considere la Entidad.
En la audiencia de apertura de los Sobres No. 1 y 2, a los requisitos contenidos en dichos Sobre No. 1 que sean objeto de puntuación no se les dará ningún tipo de verificación ni lectura.
El personal de la dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico- CACE ALTA COMPLEJIDAD, verificarán que cada Sobre (No. 1 y 2) esté debidamente sellado.
A partir de la fecha y hora de cierre del plazo del presente proceso los proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas.
3.11 APERTURA DEL SOBRE No. 2 – OFERTA ECONÓMICA –
En este sobre el proponente deberá incluir: la propuesta económica debidamente diligenciada y suscrita para
el proceso) en el Anexo denominado “Propuesta Económica.
LA E.S.E. verificará en la apertura en la Audiencia de cierre, donde se dará lectura de los porcentajes de participación sobre la facturación ofrecida.
• Que la oferta económica se presente suscrita por el representante legal o apoderado del proponente.
• Que la propuesta económica no presente tachadura o enmendadura. Toda tachadura y/o enmendadura en la oferta debe estar convalidada con la firma del oferente al pie de la misma y nota al margen del documento donde manifieste clara y expresamente la corrección realizada, para ser tenido en cuenta el documento por LA E.S.E. , de acuerdo con lo establecido en el Articulo 252 C.G.C.
La inobservancia de cualquiera de los requisitos anteriores será causal de RECHAZO.
Cuando en el Sobre No. 2 no repose la Oferta Económica -Anexo denominado “Propuesta Económica” -, en medio físico; será RECHAZADA, independientemente que los mismos se hayan aportado en medio magnético.
4 CAPITULO IV - REQUISITOS HABILITANTES Y SU VERIFICACIÓN
Para efectos de verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes, que hayan sido objeto de verificación por parte de las Cámaras de Comercio y se requieran para el presente proceso de selección, LA E.S.E. tomará la información correspondiente del Certificado en el que conste la inscripción en el Registro Único de Proponentes, el cual deberá estar vigente y en firme.
Si la información no hubiere sido verificada por la Cámara de Comercio correspondiente o si LA E.S.E. requiere documentación o información adicional a la presentada por los interesados ante las Cámaras de Comercio para inscribirse en el Registro Único de Proponentes, esta deberá ser aportada por los proponentes o requerida por LA E.S.E. con el fin de efectuar la verificación necesaria para la evaluación.
4.1 REQUISITOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
4.1.1 PARTICIPANTES
Podrán participar como proponentes, bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando cumplan las condiciones exigidas en los términos de referencia y no se encuentren inhabilitados para contratar con el estado colombiano.
Individualmente, como: (a) personas naturales nacionales o extranjeras, (b) personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de cierre del proceso;
Conjuntamente, en cualquiera de las formas de asociación previstas en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
Todos los Proponentes deben:
i. Tener capacidad jurídica para la presentación de la Propuesta
ii. Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato.
iii. Cumplir con la vigencia de la sociedad al momento de la presentación de la oferta, la cual deberá ser por lo menos igual al plazo estimado del contrato y dos (2) años más.
iv. No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en la Ley 1474 de 2011 y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades e incompatibilidades para contratar.
v. No estar en un proceso de liquidación obligatoria o cualquier otro proceso de concurso de acreedores según la ley aplicable; dicha afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la Carta de presentación de la propuesta.
vi. No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000
vii. No presentar sanciones que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
Una persona no podrá presentar más de un ofrecimiento para el mismo proceso, en forma individual o como integrante de un consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa. En caso que se incurra en esta
prohibición, por sí o por interpuesta persona, LA E.S.E. no tendrá en cuenta ninguno de los ofrecimientos y las propuestas que incurran en esta situación serán RECHAZADAS.
4.2 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
La carta de presentación de la oferta se debe diligenciar conforme al modelo suministrado en los presentes términos de referencia, suscrita por el proponente o representante legal o apoderado debidamente facultado.
Debe ser firmada por el proponente cuando es persona natural o, si es persona jurídica o si la oferta se presenta bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, por el representante legal indicando su nombre y documento de identidad.
En el formato de carta de presentación de la propuesta es indispensable incluir, el número telefónico, correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que la Entidad surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga.
Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato.
4.3 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
Se diligenciará de acuerdo con el modelo suministrado en los presentes términos de referencia, teniendo en cuenta lo siguiente:
• Acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, mediante el documento en el que conste que los integrantes expresan claramente su intención de conformar el Consorcio o la Unión Temporal. En el caso en que no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de un Consorcio.
• Si el proponente es un Consorcio, sus integrantes presentan en forma conjunta la oferta para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los mismos; por consiguiente, afectarán por igual a todos y cada uno de sus integrantes las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del Contrato, por expresa disposición del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo de E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
• Si el proponente es una Unión Temporal, se indicará el porcentaje de participación y los términos y la extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del Contrato de cada uno de sus integrantes, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la oferta y del Contrato se impondrán de acuerdo con la participación de cada uno de los integrantes en la unión temporal. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO. La extensión de la participación se indicará en función de las actividades a ejecutar en el proyecto.
• Acreditar el nombramiento de un representante único de todas las personas naturales y/o jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones
de todos y cada uno de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la Propuesta, y para la suscripción y ejecución del Contrato.
• Acreditar la existencia de las personas naturales y la existencia y representación legal de cada una de las personas jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal; así como la capacidad jurídica de sus representantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, así como para la celebración y ejecución del Contrato a través de la forma de asociación escogida, mediante la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere los presentes términos de referencia.
• Acreditar que la vigencia del Consorcio y/o Unión Temporal es igual o superior al plazo estimado del contrato y dos (2) años más. El plazo de ejecución del contrato será el indicado en los presentes términos de referencia.
• La sumatoria del porcentaje de participación de Consorcios o Uniones Temporales no podrá ser diferente al 100%.
Será causal de RECHAZO, modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.
NOTA: EL PARTICULAR QUE PRESENTE PROPUESTA BAJO LA MODALIDAD DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL CON UN ENTE PUBLICO, DEBE HABERSE SOMETIDO PREVIAMENTE A LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES QUE REGULAN LA MATERIA.
4.4 APODERADOS
Los Proponentes podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato.
El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes de la Estructura plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) formular Oferta para el proceso de selección que trata estos términos de referencia; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite LA E.S.E. en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; (iv) Suscribir en nombre y representación del Adjudicatario el Contrato.
En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en los presentes términos de referencia o que éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA.
Los poderes otorgados deberán cumplir con los requisitos exigidos en el código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y 82), así como con los aspectos referidos a la autenticación, Consularización o apostille y traducción, establecidos por la legislación colombiana.
4.4.1 APODERADO PERSONAS EXTRANJERAS
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y los presentes términos de referencia., así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, Consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en los presentes términos de referencia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
4.5 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
4.5.1 PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL O EXTRANJERA CON SUCURSAL EN COLOMBIA
Si el proponente es una persona natural nacional deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía válida y si es persona natural extranjera residenciado en Colombia, mediante la copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.
Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio en el cual se verificará:
• Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo del presente proceso.
• Que el objeto de la sociedad incluya las actividades principales objeto del presente proceso.
• La duración de la sociedad deberá ser por lo menos igual al plazo estimado del contrato y dos (2) años más.
• Para efectos de los términos de referencia, el plazo de ejecución del contrato será el indicado en el CAPITULO I, Cuadro No 1 INFORMACION GENERAL.
• Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad.
• La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento una vez solicitado por la entidad, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta, y por tanto su RECHAZO.
• El nombramiento del revisor fiscal en caso que exista.
• Que las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República de Colombia (Contratos de obra o servicios) deberán estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio.
Si la Oferta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario, mediante la presentación del Certificado del Registro Único de Proponentes y Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición máximo de 30 días antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio. Cuando el representante legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad.
La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento una vez solicitado por la entidad, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta, y por tanto su rechazo.
En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta última.
Así mismo, se deberá aportar fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante de la estructura plural.
4.5.2 PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
La persona natural extranjera sin domicilio en Colombia acreditará su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte.
Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los mismos requisitos de objeto y duración establecidos en los presentes términos de referencia para las personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional, para lo cual deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera, legalizados a más tardar dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, en los que conste la siguiente información:
• Nombre o razón social completa.
• Nombre del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica
• Facultades del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica, en la que se señale expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente.
• La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, una vez solicitado por la entidad, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta, y por tanto su rechazo.
• Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación
• Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica
• Duración de la persona jurídica
Cuando en los documentos aportados que acreditan la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad de juramento.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia.
Tratándose de documentos públicos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización, Consularización o apostille y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior y que puedan obrar como prueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 251 del Código General del Proceso, de la República de Colombia y lo previsto en los presentes términos de referencia.
En el evento de la legalización de documentos emanados de autoridades de países integrantes del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1998.
4.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El Proponente debe presentar con la propuesta una Garantía de Seriedad de la Oferta que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este numeral.
Cualquier error o imprecisión en el texto de la garantía, será susceptible de aclaración por el proponente o de conformidad con lo solicitado por LA E.S.E.
La Oferta deberá incluir la Garantía de Seriedad de la misma, que deberá amparar los perjuicios que se deriven del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos descritos en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
Para efectos de la presentación de la oferta, la no entrega de la garantía de seriedad, junto con la propuesta no será subsanable y será causal de RECHAZO de la oferta”.
4.6.1 CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS
El proponente deberá constituir a favor de LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799- 5), una garantía de seriedad bajo cualquiera de las clases permitidas por el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, a saber:
a) Póliza de seguros
b) Fiducia mercantil en garantía
e) Garantía bancaria a primer requerimiento
Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los requerimientos previstos en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO y lo dispuesto en los términos de referencia y deben indicar:
a) Asegurado/ Beneficiario: La garantía de seriedad de la Propuesta deberá ser otorgada a favor de LA
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799-5).
b) Fecha de Expedición: La fecha de expedición de la póliza o garantía será igual o anterior a la fecha de presentación de ofertas del proceso.
c) Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
d) Valor Asegurado y Vigencia
De acuerdo con el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO el valor asegurado de la garantía de seriedad será el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor de las inversiones iniciales, inversión inicial de la vigencia 2022, la cual que corresponde a la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES M/L (4.241.000.000)
e) La Vigencia de la Garantía será de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas, pero en todo caso deberá prorrogarse su vigencia cuando LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799-5), resuelvan ampliar los plazos previstos para la presentación de Propuestas y/o para la evaluación y Adjudicación del Contrato y/o para la suscripción del Contrato. La prórroga deberá ser por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por de LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799-5), siempre que la prórroga no exceda de tres (3) meses. En todo caso, la misma se extenderá desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.
TOMADOR / AFIANZADO
Si el proponente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera.
Cuando el ofrecimiento sea presentado por consorcio o unión temporal, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes de la estructura plural, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
4.7 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES.
a. El proponente persona jurídica, deberá presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el Representante Legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, en la que conste el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento deberá certificar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de
los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.
Esta misma previsión aplica para las personas jurídicas extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia las cuales deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.
b. El proponente persona natural con personal a cargo deberá presentar una declaración, bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la presentación de la misma, en la que conste el pago de sus aportes y el de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento deberá expresar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.
c. El proponente persona natural, deberá acreditar que se encuentran al día en el pago de sus aportes al sistema de seguridad social, de los últimos seis (6) meses contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre. Esta misma previsión aplica para las personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia las cuales, deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, deberá aportar por separado la certificación aquí exigida.
Adicionalmente el proponente adjudicatario, deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato ante la dependencia respectiva, la declaración donde se acredite el pago correspondiente a Seguridad Social y Aportes Legales.
En caso que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga o haya tenido dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de cierre personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes Legales y seguridad social debe, bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.
NOTA: LA E.S.E. dará prevalencia al principio de Buena Fe contenido en el artículo 83 de la Constitución Política Nacional.
En consecuencia, quienes presenten observaciones respecto del incumplimiento por parte de otros proponentes en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social y Aportes Legales, deberán aportar los documentos que demuestren dicha circunstancia respecto del proponente observado. En caso de no allegar con la observación dichos soportes no se dará trámite a la misma. En el evento en que la observación esté debidamente sustentada y soportada, la Entidad podrá hacer uso de la potestad verificadora.”
4.8 COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
Se utilizará el formulario previsto en el correspondiente Anexo, debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, su representante legal o apoderado, en el cual se expresa, entre otros compromisos, el de abstenerse de efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en lapresente Convocatoria Pública, o que pretendan la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el que es objeto de la presente Convocatoria Pública o la fijación de los términos de la Propuesta; conductos prohibidas por la legislación Colombiana.
4.9 DECLARACIÓN DE NO REPORTAR ANTECEDENTES FISCALES ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA NI SANCIONES QUE IMPLIQUEN INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 Ley 610 de 2000, en el parágrafo primero del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, y la Ley 1238 de 2008, ningún proponente, ni los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales, nacionales o extranjeros, con domicilio en Colombia, podrán estar registrados en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ni presentar sanciones, que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
Con la presentación de la propuesta técnica se entenderá que ni el proponente ni los integrantes de la estructura plural están incursos en las situaciones antes señaladas, sin perjuicio de que la entidad efectúe la respectiva verificación tanto en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República como en la página web de la Procuraduría General de la Nación.
Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia, deberán declarar que no son responsables fiscales por actividades ejercidas en Colombia en el pasado, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la ley 610 de 2000 y que no tienen sanciones vigentes en Colombia que implique inhabilidad para contratar con el Estado.
4.10 CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE
El proponente individual persona natural, el representante legal del proponente individual persona jurídica, el representante legal de la estructura plural y las personas naturales integrantes de la estructura plural deberán aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, o pasaporte.
4.11 CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL
Certificación del Revisor Fiscal en caso de ser sociedad anónima colombiana, en la que conste si es abierta o cerrada.
4.14. REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de capital de trabajo demandado, índice de liquidez, nivel de endeudamiento, razón de cobertura de intereses y patrimonio.
Para verificar la información financiera, la E.S.E. tendrá en cuenta los indicadores con base en la información consignada en el Registro Único de Proponentes – RUP vigente y en firme a la fecha de presentación de la oferta. El estudio financiero de las propuestas no tiene puntuación alguna se efectúa con el fin de garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente e indica si la propuesta es hábil o no para continuar en el presente proceso, HABILITA O INHABILITA la propuesta.
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON O SIN DOMICILIO Y CON Y SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de capacidad financiera:
a) Índice de Liquidez: Se evaluará de la siguiente manera: Cálculo del Indicador: L = Activo Corriente / Pasivo Corriente
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Liquidez | ≥ 1,00 | Activo Corriente/Pasivo Corriente | L = (∑ (ACn x %n) ÷∑ (PCn x %n)) |
Para el caso de consorcios o uniones temporales se calculará el índice de liquidez con base en el promedio ponderado del activo corriente y del pasivo corriente, de los integrantes, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno dentro del consorcio o de la unión temporal, , aplicando la siguiente fórmula:
b) Nivel de Endeudamiento: Se evaluará así: Cálculo del Indicador: E = Pasivo Total / Activo Total.
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Endeudamiento | ≤ 0,80 | (Pasivo Total/ Activo Total) | E = (∑ PTn x %n) ÷∑( ATn x %n)) |
Para el caso de consorcios o uniones temporales, se calculará el índice de endeudamiento con base en el promedio ponderado del pasivo total y del activo total de los miembros del consorcio o de la unión temporal, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno dentro del consorcio o dentro de la unión temporal, aplicando la siguiente fórmula:
c) Razón de Cobertura de Intereses: Se evaluará de la siguiente manera: Utilidad Operacional / Gastos de Intereses.
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Razón Cobertura de Intereses | ≥ 2,00 | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | CI = (∑ (UOn x %n) ÷∑ (GI n x %n) |
Para el caso de los consorcios y las uniones temporales este índice se obtendrá, por el método de sumatoria ponderada de los componentes o partidas del indicador, aplicando la siguiente fórmula:
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Razón Cobertura de Intereses | ≥ 2,00 | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | CI = (∑ (UOn x %n) ÷∑ (GI n x %n) |
Nota 1. Para el caso de consorcios o uniones temporales, se tomará el valor ponderado de cada uno de los integrantes, de acuerdo con su porcentaje de participación, así como lo señala la fórmula para oferente plural en la tabla anterior.
Nota 2. Para calcular el indicador de cobertura de intereses, para el proponente individual, o, si la totalidad de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal presenta como gastos de intereses un valor igual a cero (0.00), no se podrá calcular dicho indicador, en este caso el oferente CUMPLE.B) Capacidad Organizacional
Los proponentes extranjeros con sucursal en Colombia, acreditarán su capacidad financiera con los estados financieros en las revelaciones auditadas suscritas por el representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de Diciembre 31 de 2021, independientemente que la misma corresponda a la casa matriz o sucursal, ya que esta última no constituye persona jurídica distinta de la primera.
Cn = Activo Corriente de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal. PCn = Pasivo Corriente de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal. PTn = Pasivo Total de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal.
ATn = Activo Total de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal.
UOn = Utilidad Operacional de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal. GI n = Gastos de intereses de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal.
%n = Porcentaje de Participación de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal
4.15.INDICADORES ADICIONALES:
Teniendo en cuenta la magnitud de las labores a desarrollar por el futuro contratista, la forma de pago prevista y el presupuesto de esta contratación, la E.S.E. considera ajustado a derecho, proporcional y razonable, exigir al futuro proponente el cumplimiento de los indicadores financieros adicionales, pero que igualmente son verificables.
a) Capital de Trabajo: Se evaluará de la siguiente manera: CT = Activo Corriente – Pasivo Corriente.
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Capital de Trabajo | ≥ 50% del capital de trabajo estipulado en el anexo financiero | Activo corriente - pasivo corriente | CT= (∑ (ACn ) -∑ (PCnx)) |
NOTA 1: Para el caso de los consorcios y las uniones temporales este índice se obtendrá de la suma simple del capital de trabajo de cada miembro.
4.16. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL:
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de Capacidad Organizacional rentabilidad del patrimonio y rentabilidad del activo.
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON O SIN DOMICILIO Y CON O SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores de capacidad organizacional, con base en los estados financieros contenida en las revelaciones auditadas suscritos por el representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de Diciembre 31 de 2021:
Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio.
INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL | |||
Indicador | índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
ROE - Rentabilidad del Patrimonio | ≥ 0,10 | (Utilidad Operacional/Patrimonio) | RP = (∑ (UOn x %n) ÷ ∑ (Pn x %n)) |
Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo.
INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Indicador | índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
XXX - Rentabilidad del Activo | ≥ 0,05 | (Utilidad Operacional/ Activo Total) | RA = (∑ (UOn x %n) ÷ ∑ (ATn x %n)) |
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Para verificar la información financiera, la E.S.E tendrá en cuenta los Estados Financieros con revelaciones auditadas suscritas por el representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de Diciembre 31 de 2021, la E.S.E. tendrá en cuenta lo dispuesto en el Decreto 579 de 2021. El estudio financiero de las propuestas no tiene puntuación alguna se efectúa con el fin de garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente e indica si la propuesta es hábil o no para continuar en el presente proceso, HABILITA O INHABILITA la propuesta.
Para Sociedades constituidas en el año 2021, la evaluación financiera de las propuestas, se efectuará con los Estados Financieros con revelaciones auditadas suscritas por el representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de Diciembre 31 de 2021. Tratándose de estructuras plurales los indicadores se calcularán con base en la sumatoria de los componentes de la partida financiera de cada uno de los integrantes de manera proporcional a su porcentaje de participación, salvo para el capital de trabajo y patrimonio, donde el cálculo se hará de acuerdo con la sumatoria de los indicadores correspondientes, sin afectarse por su porcentaje de participación.
Para el caso de las estructuras plurales todos los integrantes que la conforman deben aportar el Registro Único de Proponente cumpliendo con la totalidad de requisitos previsto para tal fin en los presentes términos de referencia.
En caso de que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores financieros requeridos, la propuesta será NO HABIL, para el proceso.
REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Para el caso de proponentes extranjeros, deberán presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, y conforme a los lineamientos de Colombia Compra Eficiente, con los valores convertidos a la moneda legal colombiana a la tasa de cambio de la fecha xx xxxxx de los mismos, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normatividad vigente del país de origen:
• El balance general y estado de resultados, acompañados de la traducción simple al idioma castellano, presentados de acuerdo con el catálogo de cuentas (PUC). Decreto 2650 de 1993, expresados en pesos colombianos, a la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) de la fecha xx xxxxx de los mismos, indicando la tasa de conversión, firmados por el Contador Público Colombiano que los hubiere convertido.
• Copia de la tarjeta profesional del contador público o revisor fiscal y certificado de antecedente disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores.
• Formulario Financiero anexo, el cual deberá contener la siguiente información: Activo Corriente, Activo Total, Pasivo Corriente, Pasivo Total y Patrimonio, utilidad operacional, y gastos de intereses capital de trabajo y patrimonio en correspondencia a la codificación del PUC. En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en el Formulario Financiero, y el Balance General y Estado de Resultados Convertido, prevalecerá la información consignada en los Estados Financieros Convertidos aportado en la propuesta.
Los Estados Financieros deberán venir de conformidad con lo establecido en los lineamientos Colombia Compra Eficiente y la fecha xx xxxxx será a 31 de diciembre de 2020, salvo que se acredite en debida forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha xx xxxxx diferente a la prevista en los presentes términos de referencia.
Las disposiciones de los presentes términos de referencia en cuanto a proponentes extranjeros se regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales. A las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas.
Si algunos de estos requerimientos no aplican en el país del domicilio del proponente extranjero, el representante legal o el apoderado en Colombia deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento. Así mismo se podrá acreditar este requisito por la firma auditora externa.
CARTA DE CUPO CREDITO
El contratista deberá allegar certificación bancaria del nivel de riesgo aprobado vigente, en firme con destinación específica firmado por el Representante legal y/o quien haga sus veces de la entidad financiera que emite la certificación especificando valor que debe ser igual o mayor al 100% del valor total de las inversiones iniciales a realizar de conformidad con lo dispuesto en el anexo financiero, por entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Ver formato No. 12.
Si es una estructura plural, podrá ser acreditado por uno o varios de los integrantes, siempre y cuando sea el valor del 100% del valor total de las inversiones iniciales a realizar de conformidad con lo dispuesto en el anexo financiero.
De igual forma se podrá cumplir con este requisito con certificación de empresas debidamente constituida cuya actividad social corresponda a la venta de equipo biomédico y otros insumos para la operación de la Unidad de cuidados intensivos, donde conste que el proponente cuenta con los avales y saldos. dicha certificación debe encontrarse firmado por el Representante legal o quien haga sus veces, especificando el valor aprobado de CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES MCTE ($4.241.000.000). En caso de entregarse
varias certificaciones deben sumar el valor de las inversiones iniciales de la vigencia 2022 que es de CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES MCTE ($4.241.000.000).
4.17.EXPERIENCIA REQUERIDA
El proponente deberá acreditar la experiencia con máximo (04) contratos terminados o en ejecución, cuyo objeto, obligaciones, alcance o condiciones sean iguales o similares al objeto de la presente contratación o correspondan o comprendan dentro de sus actividades, las que forman parte del contrato a celebrar.
La experiencia que pretendan hacer valer en el presente proceso, debe corresponder a la de cuatro (04) contratos que se podrá acreditar con contratos terminados o en ejecución.
La experiencia con relación a los contratos terminados, debe acreditarse con contratos finalizados antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección.
A. CONDICIONES ESPECÍFICAS:
Los contratos aportados como experiencia deben cumplir los siguientes requisitos:
MÁXIMO cuatro (04) contratos cuyo objeto, alcance o actividades sea, igual o similar, a: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO ASISTENCIAL EN UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS Y UNIDAD DE CUIDADO ESPECIALES, PARA LA ATENCIÓN PEDIATRICA Y
NEONATAL terminados antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección en el caso de contratos terminados, o en ejecución con certificación de que no cuenta con incumplimientos contractuales decretados; o de ejecución parcial a satisfacción. Debiendo acreditar un tiempo de ejecución mínimo xx xxxx (10) años con los contratos aportados.
B. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA:
Para efectos de la valoración de la experiencia, el proponente deberá acreditar los siguientes datos de esta, los cuales se acreditarán, por regla general, mediante certificación expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, así:
• Entidad Contratante
• Objeto del contrato
• Principales actividades ejecutadas y/o Alcance del contrato
• El valor del contrato.
• El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en cualquier forma asociativa.
• La fecha de iniciación de la ejecución del contrato. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de iniciación el primer día del mes.
• La fecha de terminación de la ejecución del contrato o la fecha de entrega y recibo definitivo. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de terminación el último día del mes. En el caso que se acredite la fecha de terminación y adicionalmente la fecha de entrega y recibo definitivo, para el cálculo del plazo del contrato tendrá prioridad la fecha que haya ocurrido primero.
• Tiempo total de suspensión (EN CASO DE QUE APLIQUE).
1. En caso de que los datos de las suspensiones se acrediten en días, meses y años de inicio y terminación; y adicionalmente en meses y/o en días, tendrán prioridad las fechas de iniciación y terminación de las mismas, para el cálculo de las suspensiones.
2. Cuando no se indique la fecha de terminación de la suspensión, pero se indique la fecha de reanudación, ó de reiniciación, o de levantamiento de la misma, se tomará como fecha de terminación de la suspensión, el día anterior a la reanudación o de reiniciación, o de levantamiento y se aplicará la fórmula descrita para tal fin en los presentes términos de referencia, para el cálculo correspondiente.
3. Para efectos de la acreditación de la experiencia a que se refiere el presente proceso, el proponente deberá allegar copia del contrato y certificado de ejecución o acta de cumplimiento a satisfacción expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final.
4. Para el presente proceso, NO SE ACEPTARÁN SUBCONTRATOS
5. Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
6. El Proponente deberá acreditar que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos. Para el efecto, se deberá certificar dentro de los documentos estipulados para la acreditación que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del Contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos.
Si los contratos incumplen con cualquiera de los requisitos anteriores NO SERA tenido en cuenta para la evaluación.
4.19. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO
Será HÁBIL el proponente que acredite la disponibilidad del Equipo de Trabajo que se detalla en este literal.
El proponente deberá contar como mínimo con el siguiente personal requerido para la ejecución del objeto contractual, en la cantidad y cumpliendo con la dedicación exigida, para efectos de la acreditación de los requisitos de los profesionales que se presenten, estos deberán cumplir con los requisitos, que se indican en el anexo técnico.
REQUERIMIENTO OPERACIONALES (Planta Asistencial)
PROYECCION RECURSO HUMANO | |||
SERVICIO | TOTAL DE CAMAS | CARGO | TOTAL |
UCI PEDIATRICA CAMAS CACE PEDIATRICO | 14 CAMAS | AUXILIAR DE ENFERMERIA | 24 |
JEFE DE ENFERMERIA | 8 | ||
FISIOTERAPEUTA | 4 | ||
MEDICO GENERAL | 4 | ||
MEDICO ESPECIALISTA | 4 | ||
MEDICO INTENSIVISTA | 4 | ||
UCI INTERMEDIO PEDIATRICO CACE PEDIATRICO | 10 CAMAS | AUXILIAR DE ENFERMERIA | 24 |
JEFE DE ENFERMERIA | 8 | ||
FISIOTERAPEUTA | 4 | ||
MEDICO GENERAL | 4 | ||
MEDICO ESPECIALISTA | 4 | ||
MEDICO INTENSIVISTA | 4 | ||
UCI INTENSIVO NEONATAL CACE ALTA COMPLEJIDAD | 30 CAMAS | AUXILIAR DE ENFERMERIA | 24 |
JEFE DE ENFERMERIA | 16 | ||
FISIOTERAPEUTA | 4 | ||
MEDICO GENERAL | 4 | ||
MEDICO ESPECIALISTA | 4 | ||
MEDICO INTENSIVISTA | 4 | ||
UCI INTERMEDIO NEONATAL CACR SOLEDAD | 5 CAMAS | AUXILIAR DE ENFERMERIA | 8 |
JEFE DE ENFERMERIA | 4 | ||
FISIOTERAPEUTA | 4 | ||
MEDICO GENERAL | 4 |
MEDICO ESPECIALISTA | 4 | ||
MEDICO INTENSIVISTA | 4 | ||
UCI INTERMEDIO PEDIATRICO CACR SOLEDAD | 10 CAMAS | AUXILIAR DE ENFERMERIA | 8 |
JEFE DE ENFERMERIA | 4 | ||
FISIOTERAPEUTA | 4 | ||
MEDICO GENERAL | 4 | ||
MEDICO ESPECIALISTA | 4 | ||
MEDICO INTENSIVISTA | 4 |
Teniendo en cuenta que el alcance que tiene la estancia en unidad de cuidades intensivos neonatales y pediátricas comprende en entre otros el manejo de por terapia respiratoria y nutrición, el Asociado debe tener en cuenta para el desarrollo del objeto contractual todos aquellos soportes de profesionales de la salud necesarios.
FORMACIÓN ACADÉMICA
Para efectos de valorar la formación académica y experiencia general de los profesionales señalados en el presente numeral, los profesionales propuestos deberán adjuntar carta de compromiso en la que conste que en el evento de resultar adjudicatario el proponente, éste prestará sus servicios durante el término de ejecución del contrato y en la dedicación requerida (ver anexo CARTA DE COMPROMISO PROFESIONALES). Dicha carta debe venir acompañada de los siguientes documentos:
a) Copia del documento de identidad (Cédula de Ciudadanía, cédula de Extranjería, pasaporte).
b) Copia de la matrícula profesional y/o documento equivalente del país de origen del título.
c) Certificado de vigencia de la matricula profesional y/o documento equivalente del país de origen del título.
d) Copia del acta de grado y/o diploma.
e) Copia de los títulos de postgrado (doctorado y/o maestría y/o especialización), acreditados mediante copia de los diplomas y/o actas de grado; de lo contrario no se tendrán en cuenta.
f) Carta de compromiso del profesional firmado.
g) Carta de represéntate legal del proponente donde ofrezca al profesional
NOTA 1: En el caso que el proponente acredite tiempo de experiencia de los profesionales por fuera del periodo de ejecución certificada de los proyectos, dicho tiempo no será tomado para el cálculo de la experiencia específica de los mismos.
NOTA 2: En el evento de que el título académico haya sido obtenido en el extranjero el proponente deberá acreditar la convalidación de dicho título ante el Ministerio de Educación Nacional, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 21707 del 22 de diciembre de 2014 o norma que la modifique o complemente.
NOTA 3: En caso de que el proponente anexe más de una hoja de vida para el (los) profesional (es) requerido(s) en los presentes términos de referencia, únicamente se tendrá en cuenta la primera hoja de vida foliada en la propuesta.
NOTA 4: No se aceptarán auto certificaciones para acreditar la experiencia específica de los profesionales.
NOTA 5: Las Certificaciones de experiencia específica del equipo de trabajo deberán ser expedidas por la entidad contratante o por el representante legal del contratante.
La propuesta será declarada NO HABILITADA cuando alguno de los profesionales propuestos no cumpla con las condiciones mínimas exigidas en este numeral. Para tales efectos el proponente deberá allegar, diligenciado con su propuesta el formato de propuesta del Personal habilitante del Equipo de Trabajo, en el que se especifique la formación y experiencia requeridas como requisito habilitante.
Igualmente se requiere que el oferente adjunte junto con su propuesta el documento de Compromiso de los Profesionales del personal habilitante del equipo de trabajo, formato que deberá ser aportado por cada uno de los profesionales propuestos.
Con la presentación de la oferta el proponente acepta los presentes términos de referencia, en especial, se entenderá su compromiso de presentar en el plazo establecido en los términos de referencia y mantener durante la ejecución del contrato, en las condiciones exigidas en el mismo, el personal relacionado en el Anexo Técnico Separable donde se relaciona el equipo de trabajo requerido personal habilitante y complementario, los requisitos y la dedicación de los profesionales requeridos.
Los criterios de evaluación para la experiencia serán los siguientes:
NO. | CRITERIO | CALIFICACION | |
1 | ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA | NO CUMPLE | CUMPLE |
2 | ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO MINIMO | NO CUMPLE | CUMPLE |
TOTAL | NO HÁBIL | HÁBIL |
5. CAPITULO V CRITERIOS DE COMPARABILIDAD Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.1 CRITERIOS DE COMPARABILIDAD DE LAS PROPUESTAS
LA OMISIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ESTE NUMERAL, NO SERÁ SUBSANABLE POR SER CRITERIO DE DESEMPATE; EN TODO CASO, LA NO PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA NO RESTRINGE LA PARTICIPACIÓN DEL PROPONENTE, NI ES CAUSAL DE RECHAZO DE PROPUESTA TÉCNICA.
5.1.1 CERTIFICACIÓN DE MIPYMES
El revisor fiscal o contador, según corresponda, de Micro-pequeñas y Medianas Empresas deberá aportar certificación bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la presentación del documento, en la que acredite, que la empresa cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2º de la Ley 905 del 2 xx xxxxxx de 2004 y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha manifestación deberá hacerse por el Revisor Fiscal o Contador Público, según el caso, de cada uno de los integrantes.
En caso de sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, podrán acreditar la calidad de Mipymes, siempre y cuando hayan acreditado RECIPROCIDAD, de conformidad con el numeral 5.1.3. en los presentes términos de referencia. En el evento de no acreditar RECIPROCIDAD no se tendrá en cuenta la certificación que acredite la calidad Mipyme.
En caso de sociedades extranjeras con sucursal en Colombia quien deberá acreditar la calidad de Mipymes será la sociedad matriz, a través del revisor fiscal o contador o quien haga sus veces en el país de origen. Esta certificación deberá incluir la información relativa a la sociedad matriz y la de su sucursal, a efectos de acreditar los requisitos de que trata la Ley 905 de 2004.
NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral, no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de propuesta.
5.1.2 ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES (LEY 361 DE 1997)
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la ley 361 de 1997 los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación, serán preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de selección, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la ley, dicho personal deberá haber sido contratado por lo menos con anterioridad a un año al cierre del presente proceso de selección.
Para lo cual deberán acreditar esta situación presentando los siguientes documentos:
• Certificación vigente expedida por la Oficina de Trabajo de la respectiva zona.
• Formato No. 7 suministrado por LA E.S.E., el cual debe estar suscrito por el Representante Legal y el revisor fiscal o contador público o quien haga sus veces en la respectiva jurisdicción, según sea el caso, en el
cual además de la información allí contenida, se manifestará el compromiso de mantener vinculado a dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
5.1.3 TRATO NACIONAL
La RECIPROCIDAD aplica para aquellos proponentes e integrantes de consorcios o uniones temporales extranjeros sin domicilio en Colombia, las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia y/o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que deseen el tratamiento de proponente nacional para el presente proceso.
Las personas jurídicas extranjeras recibirán trato nacional cuando se cumpla alguna de las siguientes tres condiciones, para lo cual se verificará por la Entidad en el orden que se relaciona y de manera excluyente.
Se dará trato nacional a:
▪ Los bienes y servicios de otros Estados con los cuales exista un Acuerdo Comercial aplicable al Proceso de Contratación;
▪ A los servicios de la Comunidad Andina de Naciones –CAN–.
El origen de la Persona Jurídica Extranjera se verificará del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la autoridad competente o de los documentos que hagan sus veces.
Para el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, se otorgarán los cien (100) puntos cuando todos los miembros hayan acreditado el origen nacional de la oferta en las condiciones señaladas.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales conformados por integrantes nacionales y extranjeros sin derecho a trato nacional, el puntaje se asignará en proporción al porcentaje de participación del integrante nacional.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo, convenio, tratado o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
5.2 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE A LAS PROPUESTAS
Las propuestas que hayan cumplido con los requisitos de HABILITANTES y cuya oferta económica no se encuentren incursa en causal de rechazo, se calificarán con el siguiente puntaje:
Los criterios de selección son aquellos que permiten la escogencia de la oferta más favorable para LA E.S.E.
LA E.S.E. calificara las propuestas presentadas asignándoles puntaje teniendo en cuenta los siguientes factores de evaluación, sobre una asignación máxima total de MIL (1000) puntos así:
Donde, PT = Puntaje TOTAL obtenido por el proponente (Máximo 1000 puntos)
PPO = Puntaje obtenido por el mejor porcentaje de participación respecto al valor facturado por estancia Intensiva, intermedia y básica (Máximo 540 puntos)
PMVCE= Puntaje por mayor tiempo en contratos ejecutados con objeto similar (máximo 250 Puntos)
PCU: Puntaje Especialista intensivista uci, profesional médico especialista, con más experiencia (máximo 100 Puntos)
PPD= Puntaje adicional por personal en situación de discapacidad (Máximo 10 puntos)
PPI = Puntaje por promoción industria nacional (Máximo 100 puntos)
PRECIO DE LA OFERTA (máximo 540 puntos):
Se otorgarán máximo Quinientos cuarenta (540) puntos al factor valor de la propuesta habilitada, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
% PARTICIPACIÓN DEL OPERADOR | |||
AÑO 1 HASTA AÑO 5 | AÑO 6 EN ADELANTE | PUNTAJE | |
Menor o Igual | 80% | 75% | 540 |
Menor o Igual | 85% | 82% | 480 |
Menor o Igual | 88% | 85% | 400 |
PUNTAJE POR MAYOR TIEMPO DE CONTRATOS EJECUTADOS CON OBJETO SIMILAR (máximo 250
puntos):
Se otorgarán DOSCIENTOS CINCUENTA (250) puntos al factor por mayor tiempo de experiencia en contratos ejecutados con objeto similar, que se encuentren terminados o en ejecución. Se sumará los años de la experiencia de cada una de las certificaciones y la sumatoria total se le asignará la siguiente puntuación:
EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN AÑOS | PUNTOS |
Mayor a 15 años | 250 puntos |
Mayor a 12 años y hasta 15 años | 200 puntos |
Mayor a 10 años y hasta 12 años | 100 puntos |
Para acreditar la experiencia deberá cumplir con las siguientes:
A. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA:
Para efectos de la valoración de la experiencia, el proponente deberá acreditar los siguientes datos de esta, los cuales se acreditarán, por regla general, mediante certificación expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, así:
• Entidad Contratante
• Objeto del contrato
• Principales actividades ejecutadas y/o Alcance del contrato
• El valor del contrato.
• El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en cualquier forma asociativa.
• La fecha de iniciación de la ejecución del contrato. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de iniciación el primer día del mes.
• La fecha de terminación de la ejecución del contrato o la fecha de entrega y recibo definitivo. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de terminación el último día del mes. En el caso que se acredite la fecha de terminación y adicionalmente la fecha de entrega y recibo definitivo, para el cálculo del plazo del contrato tendrá prioridad la fecha que haya ocurrido primero.
• Tiempo total de suspensión (EN CASO DE QUE APLIQUE).
1. En caso de que los datos de las suspensiones se acrediten en días, meses y años de inicio y terminación; y adicionalmente en meses y/o en días, tendrán prioridad las fechas de iniciación y terminación de las mismas, para el cálculo de las suspensiones.
2. Cuando no se indique la fecha de terminación de la suspensión, pero se indique la fecha de reanudación, ó de reiniciación, o de levantamiento de la misma, se tomará como fecha de terminación de la suspensión, el día anterior a la reanudación o de reiniciación, o de levantamiento y se aplicará la fórmula descrita para tal fin en los presentes términos de referencia, para el cálculo correspondiente.
3. Para efectos de la acreditación de la experiencia a que se refiere el presente proceso, el proponente deberá allegar copia del contrato y certificado de ejecución o acta de cumplimiento a satisfacción expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final.
4. Para el presente proceso, NO SE ACEPTARÁN SUBCONTRATOS
5. Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
6. El Proponente deberá acreditar que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos. Para el efecto, se deberá certificar dentro de los documentos estipulados para la acreditación que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del Contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos.
Si los contratos incumplen con cualquiera de los requisitos anteriores NO SERA tenido en cuenta para la evaluación..
PUNTAJE ADICIONAL POR PERSONAL EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD (Máximo 10 puntos)
Dando cumplimiento de la Ley 1618 de 2012, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 392 de febrero 26 de 2018, se asignarán diez (10) puntos al proponente que acredite la vinculación de trabajadores en situación de discapacidad en su planta de personal.
Para acreditar el cumplimiento de este requisito el proponente aportará una certificación expedida por su revisor fiscal o por su representante legal (en el evento en que no tengan obligación legal de tener revisor fiscal), en la que conste el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección; y una certificación vigente a la fecha de cierre del proceso, expedida por el Ministerio del Trabajo, en la cual se indique el número mínimo de personas en situación de discapacidad de la planta de personal del proponente, así:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores en situación de discapacidad exigido |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Sí la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.
De no acreditar lo anteriormente señalado se calificará con cero (0) puntos.
PUNTAJE COORDINADORES FUNCIONALES UCI MEDICO INTENSIVISTA, PROFESIONAL MÉDICO ESPECIALISTA, CON MAS EXPERIENCIA. (Máximo 100 puntos)
Se otorgarán un máximo de cien (100) puntos al proponente que acredite el número de COORDINADORES Funcionales UCI MEDICO INTENSIVISTA con mayor tiempo de experiencia, teniendo en cuenta que es el personal más importante para desarrollar el objeto del contrato; dichos puntos se distribuirán de la siguiente manera:
CANT | CARGO | % DE DISPONIBILIDAD | EXPERIENCIA PUNTUABLE MEDICO INTENSIVISTA | PUNTUACIÓN |
1 | COORDINADOR FUNCIONAL UCI-CACE PEDIATRICO | 100% | ||
DE 1 A 5 AÑOS | 10 | |||
MAYOR A 5 AÑOS A 10 AÑOS | 20 | |||
MÁS DE 10 AÑOS | 30 | |||
1 | COORDINADOR FUNCIONAL UCI-CACE ALTA COMPLEJIDAD | 100% | DE 1 A 5 AÑOS | 10 |
MAYOR A 5 AÑOS A 10 AÑOS | 20 | |||
MÁS DE 10 AÑOS | 40 | |||
1 | COORDINADOR FUNCIONAL UCI-CACRS SOLEDAD | 100% | DE 1 A 5 AÑOS | 10 |
MAYOR A 5 AÑOS A 10 AÑOS | 20 | |||
MÁS DE 10 AÑOS | 30 |
PUNTAJE POR PROMOCIÓN INDUSTRIA NACIONAL (Máximo 100 puntos)
Con el fin de establecer el apoyo que los proponentes NACIONALES y EXTRANJEROS otorguen a los BIENES Y SERVICIOS NACIONALES, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003 se otorgaran los siguientes puntajes:
CONCEPTO | PUNTAJE | PUNTAJE MAXIMO |
1. PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO INCLUYE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES | 100 | 100 |
CONCEPTO | PUNTAJE | PUNTAJE MAXIMO |
SI SOLO OFRECE BIENES NACIONALES | 50 | |
SI SOLO OFRECE SERVICIOS NACIONALES | 50 | |
2. PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO SOLO INCLUYE BIENES NACIONALES | 100 | 100 |
3. PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO SOLO INCLUYE SERVICIOS NACIONALES | 100 | 100 |
4. PROMOCION DE LA INCORPORACION DE COMPONENTE NACIONAL EN BIENES Y SERVICIOS EXTRANJEROS | 50 | 50 |
Nota 1: Para el presente proceso de conformidad con el Documento de Estudios Previos y Análisis del Sector, no se identificaron bienes nacionales, por lo cual no se otorgará puntaje por el presente ítem.
Los puntos a otorgar corresponden a PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO SOLO INCLUYE SERVICIOS NACIONALES:
SON SERVICIOS NACIONALES aquellos prestados por:
− Personas naturales colombianas o residentes en Colombia.
− Personas Jurídicas constituidas en el país.
De conformidad con el Documento de Estudios Previos y Análisis del Sector, la ejecución del contrato se entiende como un servicio, por lo cual, se acreditará el origen nacional de la oferta de la siguiente manera:
− Persona Natural Colombiana, con la presentación de la cédula de ciudadanía del proponente en copia simple, la cual deberá ser aportada con su oferta.
− Persona Natural Extranjera Residente en Colombia, con la presentación de la visa correspondiente (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx_xxxxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx) que le permita la ejecución ejecutar el objeto contractual de conformidad con la ley. La cual deberá ser aportada con la oferta en copia simple.
− Persona Jurídica constituida en el país, se verificará con el Certificado xx Xxxxxx y Comercio que el domicilio de la persona jurídica este dentro del territorio nacional.
− Persona Jurídica Extranjera: Las personas jurídicas extranjeras recibirán trato nacional cuando se cumpla alguna de las siguientes tres condiciones, para lo cual se verificará por la Entidad en el orden que se relaciona y de manera excluyente:
− Se dará trato nacional a:
• Los bienes y servicios de otros Estados con los cuales exista un Acuerdo Comercial aplicable al Proceso de Contratación;
• A los bienes y servicios respecto de los cuales exista trato nacional por reciprocidad (situación que se verificará de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.1.2.4.1.3. del Decreto 1082 de 2015) y,
• A los servicios de la Comunidad Andina de Naciones –CAN–.
Proponente Plural, en caso de que todos los integrantes del proponente plural cumplan con las anteriores condiciones se asignara el puntaje de 100 puntos; en caso de que los integrantes del proponente plural sean nacionales y extranjeros sin derecho a trato nacional, el puntaje se asignara en proporción al porcentaje de participación del integrante nacional.
6. CAPÍTULO VI - ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACION DEL CONTRATO
6.1 ORDEN DE ELEGIBILIDAD.
Es una actuación administrativa tendiente a establecer el orden de elegibilidad y la Adjudicación
En la AUDIENCIA PUBLICA prevista en la “Cronología del Proceso”, LA E.S.E., además de asignar el puntaje
a las propuestas habilitadas para el proceso, según el caso, establecerá el orden de elegibilidad, así:
LA E.S.E., para las propuestas que resultaron HÁBILES y cuya oferta económica no se encuentre incursa en causal de rechazo, efectuará el siguiente procedimiento:
▪ Si es un sólo proponente, mediante Resolución Motivada, proferida por el Ordenador del Gasto, le adjudicará el contrato correspondiente.
▪ Si son varios proponentes, asignará el puntaje de conformidad con los términos de referencia,
▪ En el evento que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, el orden se definirá con base en los siguientes criterios:
▪ Se preferirá al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el primer factor de escogencia y calificación establecido en los presentes términos de referencia (Valor de la propuesta).
▪ Si persiste el empate, se preferirá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo factor de escogencia y calificación establecido en los presentes términos de referencia (Promoción a la Industria Nacional).
▪ Si persiste el empate, se preferirá al oferente que tenga el mayor puntaje en el tercer factor de escogencia y calificación establecido en los presentes términos de referencia (Factor de Calidad).
▪ Si persiste el empate, LA E.S.E. aplicará las siguientes reglas en su orden, de manera exclusiva y excluyente:
A. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
B. Preferir la oferta presentada por una Mipyme; o, consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura constituida por exclusivamente por Xxxxxx.
C. En caso que dentro del Proceso de Contratación no existan ofertas presentadas por Xxxxxx o proponentes plurales constituidos exclusivamente por Xxxxxx, preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento; (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento de la experiencia acreditada en la oferta; y, (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
X. Xxxxxxxx la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco
por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
X. Xx subsiste aún el empate, se procederá a elegir el ganador mediante el sorteo por balotas (cuyo procedimiento será establecido en la respectiva audiencia de adjudicación).
NOTA 1: Para efectos del presente numeral, la acreditación de la condición de vinculación laboral de personal con limitaciones ó para la acreditación de condición de Xxxxxx, se deberá acreditar al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate. En todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.
NOTA 2: En caso de propuestas presentadas en Unión Temporal o Consorcio, en los que existe participación de extranjeros, se preferirá aquella propuesta con mayor participación nacional.
NOTA 3: Cuando se presenten proponentes extranjeros individual o integrantes del proponente plural, cobijados por un Acuerdo Comercial, en la evaluación de las ofertas no serán aplicables los factores de desempate previstos en los literales B y C.
6.2 ADJUDICACIÓN
Establecido el orden de elegibilidad, la entidad a través del Ordenador del Gasto, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará en audiencia pública el proceso, al proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en los presentes términos de referencia.
Esta decisión será notificada al proponente favorecido en la audiencia pública y comunicada a los demás proponentes.
La decisión de adjudicación es irrevocable, salvo cuando se presente el supuesto establecido en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
LA E.S.E., realizará la audiencia de adjudicación de manera virtual en la fecha y hora establecida en el Cronograma del Proceso, la cual se realizará de acuerdo con el siguiente protocolo:
1. Se explicará por parte del comité evaluador la mecánica de la audiencia.
2. Se concederá el uso de la palabra a los proponentes o sus apoderados (quienes deberán allegar poder otorgado en debida forma) en debida forma) en el orden de presentación de las ofertas por 10 minutos prorrogables por 5 minutos más, para pronunciarse respecto de la calificación definitiva, así como a los veedores registrados por un tiempo de 10 minutos; posteriormente de ser necesario, se concederá el derecho a réplica y se otorgará nuevamente el uso de la palabra.
3. El pronunciamiento por parte de los oferentes no implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta.
4. Surtidas las etapas se hará un receso para analizar, de ser necesario, las observaciones presentadas en desarrollo de la audiencia y posteriormente se leerá el informe definitivo de calificación de las ofertas, para continuar con los puntos siguientes del orden del día y se dará el uso de la palabra por 5 minutos para referirse a la oferta económica, para continuar así, con la adjudicación.
5. Los asistentes a la audiencia deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y los demás presentes so pena de tomar las medidas necesarias para ser expulsados de la audiencia
6. La entidad estatal puede prescindir de la lectura del borrador del acto administrativo de adjudicación siempre que lo haya publicado a la página WEB de la E.S.E. con antelación.
7. Terminadas las intervenciones de los asistentes a la audiencia, se procederá a adoptar la decisión que corresponda, esto es: (i) adjudicar el Proceso de Selección o (ii) Declarar desierto el Proceso.
8. De las circunstancias ocurridas en desarrollo de la audiencia pública, se dejará constancia en acta.
En el evento que el jefe de la Entidad o su Delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto.
6.3 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Son causales de rechazo las siguientes:
1) Cuando al proponente se le haya requerido con el propósito de subsanar o aclarar un documento de la propuesta y no lo efectúe dentro del plazo indicado o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que la subsanabilidad requerida sea necesaria para cumplir un requisito habilitante.
2) Cuando el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado.
3) Si se establece que la persona natural, o jurídica, o miembro de proponente plural presentaron más de una propuesta, cuando se presente esta situación todas las ofertas que incurran en esta situación serán rechazadas.
4) Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.
5) Tener el representante legal de la persona jurídica limitaciones para comprometer a la sociedad y no contar con la autorización suficiente del órgano social.
6) No corresponder el objeto social de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso.
7) No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida en los presentes términos de referencia
8) Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente de la estructura plural en causal de disolución o liquidación
9) Estar incurso el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar.
10) Estar reportado el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en el Boletín de responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la República.
11) Presentar el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural, antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
12) Exceder el porcentaje máximo de participación en la facturación, es decir más del 88% dentro de los primeros 6años de operación y más del 85 % del año 7 en adelante.
13) No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por el representante legal del proponente.
14) Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras.
15) No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selección.
16) La inobservancia de los requisitos establecidos en la apertura del sobre No. 2.
17) Las demás previstas en estos términos de condiciones y las que se encuentren establecidas en la normatividad vigente.
18) cuando se presente propuesta alternativa condicionada para la adjudicación del contrato.
19) La no entrega de la garantía de seriedad y el recibo de pago junto con la propuesta.
6.4 CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA
1) Cuando no se presenten propuestas.
2) Cuando ninguna de las ofertas resulte hábil en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en los términos de referencia.
3) Cuando existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del oferente.
4) En el evento que el Representante Legal de la Entidad o su delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión.
5) Las demás contempladas en la Ley.
6.5 DECLARATORIA DE DESIERTA
Durante el término del presente proceso o del término previsto para la adjudicación del contrato, LA E.S.E. podrá declarar desierto el presente proceso de conformidad con lo dispuesto en los presentes términos de referencia.
6.6 RETIRO DE LA PROPUESTA
Los Proponentes que opten por entregar su oferta antes de la fecha de cierre del proceso y apertura de las Ofertas, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada mediante escrito, sea recibida por LA E.S.E. antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso.
Cuando se trate de retiro definitivo, la Oferta le será devuelta al Proponente sin abrir, previa expedición de un recibo firmado por el solicitante.
6.7 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez finalizado el proceso de selección los proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y la copia del Sobre No. 1, en la Dirección de contratación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acta de adjudicación, prevista en la cronología del proceso; de lo contrario, LA E.S.E. procederá al archivo de las propuestas.
6.8 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, a partir de la notificación de la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato, el proponente favorecido o su representante legal o apoderado, con el fin de la elaboración, revisión y registro presupuestal del contrato deberán presentar, la siguiente documentación:
REQUISITOS PARA ELABORAR LOS CONTRATOS
CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES O PERSONAS JURIDICAS O NATURALES
1. Rut del Consorcio o Unión Temporal.
2. Rut de las firmas y del representante legal de las mismas. Para personas jurídicas o natural igual lo deben aportar (copias legibles).
3. Fotocopia legible Certificado de Existencia y Representación expedido por la Cámara de Comercio con vigencia no mayor a 30 días.
4. Certificación del revisor fiscal, en caso de ser sociedad anónima, en la que conste si es abierta o cerrada.
5. Certificación de encontrarse x xxx y salvo en el pago de las obligaciones de Seguridad Social y Parafiscales en los últimos seis (6) meses, expedida por el Revisor Fiscal inscrito en el Cámara de Comercio. Si la sociedad no está obligada a tener Revisor Fiscal la certificación debe ser suscrita por el Representante Legal de la Sociedad.
Si dentro del plazo aquí estipulado, el adjudicatario no allega la documentación señalada, podrá la entidad hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta
En el caso de presentar poder para la firma, éste deberá enviarse dentro del plazo antes establecido y deberá cumplir con las exigencias xx xxx, es decir ser especial, amplio, suficiente y expedido por el competente, con presentación personal.”
El contrato se perfecciona con la suscripción por las partes y para su ejecución se requiere de la aprobación, por parte de LA E.S.E., de la garantía única de cumplimiento y del seguro de responsabilidad civil extracontractual constituidos por el contratista, la existencia de las disponibilidades presupuestales, así como la aprobación de los documentos que la entidad considere como esenciales para el control de las obras, de acuerdo con lo planteado en los presentes términos de referencia. La constitución de la garantía y del seguro, deberá efectuarla el contratista dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato, so pena de incurrir en causal de incumplimiento del contrato sancionable con multa, o de que la E.S.E. pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término citado, la E.S.E. podrá declarar el siniestro y hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al
reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía, dicho plazo podrá ser ampliado a criterio de la E.S.E. de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente y en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
Si el Proponente favorecido no firmare el Contrato dentro del término establecido, LA E.S.E., mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos exigidos en los presentes términos de referencia y su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.
7 CAPÍTULO VII CONDICIONES DEL CONTRATO
7.1 OBJETO DEL CONTRATO
CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO ASISTENCIAL EN UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS Y UNIDAD DE CUIDADOS ESPECIALES, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
El objeto de este contrato se enmarca y se desarrollara dentro del concepto de una ASOCIACIÓN CON UN TERCERO PARA LA OFERTA Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD, EN EL CUAL EL Asociado REALIZARA LA ATENCIÓN DEL PROCESO ASISTENCIAL EN LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS, INTERMEDIOS Y BASICOS, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS SEDES DE LA UNA
– E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, de acuerdo con las obligaciones determinadas en el contrato y asumiendo cada uno de los Asociado los riesgos determinados en la matriz de riesgo, tiendo como base que el riesgo financiero es asumido de manera independiente y en el riesgo inherente a la prestación del servicio de salud aun cuando al habilitación del servicio corresponde a la ESE, será asumido por Asociado en lo correspondiente a sus obligaciones en la atención de los pacientes en las UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS, INTERMEDIOS Y BASICOS, PARA LA ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y NEONATAL DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
7.2 OBLIGACIONES DEL CONTATISTA
Además de las obligaciones de la esencia y naturaleza del contrato, EL CONTRATISTA se comprometerá a:
Además de las obligaciones generales reguladas por el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021
(Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO) el Contratista cumplirá con las siguientes obligaciones:
Además de las obligaciones legales, las contenidas dentro del clausulado del Contrato, los estudios previos, y aquellas otras inherentes a la prestación oportuna, eficiente y eficaz del servicio de salud:
3. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE:
1. Obrar de buena fe en el desarrollo del contrato.
2. Pagar al contratista sobre los porcentajes de recaudo de acuerdo con lo señalado por el contratista en su oferta económica, de conformidad con lo establecido en los anexos financieros, ateniendo a los tiempos de inversión, reposición, recuperación de la inversión.
3. Suministrar oportunamente la información que requiere el contratista para el cumplimento de sus obligaciones contractuales.
4. Realizar la supervisión del contrato.
5. Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado.
6. Gestionar la facturación de los servicios ante las EPS de manera eficiente y eficaz
7. Realizar actividades de mercadeo de servicios y contratación con las diferentes Empresas para la venta de servicios;
8. Gestionar la inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), antes de iniciar la prestación del servicio
9. Gestionar la habilitación de los servicios de salud que son objeto del contrato
10. Poner a disposición del CONTRATISA el área para la ejecución del Contrato en los términos y condiciones previstos en los anexos técnicos, sin perjuicio de que el tenedor ejerza las acciones tendientes a conservar la tenencia pacífica e ininterrumpida del inmueble cedido y permitir el uso y goce del mismo, en cumplimiento del objeto del presente contrato.
11. Procurar que los pacientes de la Unidad de Cuidado Intensivo (pediátricas y neonatales) que requieran interconsulta sean oportunamente atendidos por el equipo de especialistas de planta o de prestación de servicios contratados por LA ESE UNA.
12. Permitir la participación del Asociado deberá participar en el proceso de negociación que realice la
E.S.E UNA con las diversas EPS o entidades responsable de pago
4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Además de las obligaciones legales, las contenidas dentro del clausulado del Contrato, los estudios previos, y aquellas otras inherentes a la prestación oportuna, eficiente y eficaz del servicio de salud:
A) OBLIGACIONES GENERALES: 1. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato y las condiciones pactadas, desarrollando todas las actividades que hacen parte de este. 2.Prestar los servicios de salud objeto del presente Contrato, de conformidad con la normatividad legal vigente y con la propuesta, previa habilitación del servicio. 3. Asumir los gastos y riesgos que implica el desarrollo del contrato bajo su propia responsabilidad.
4. Responder en todos los casos por los servicios prestados al paciente, ante las aseguradoras, así como, ante las autoridades y, en consecuencia, pagar las condenas e indemnizaciones que le sean impuestas, siempre que se demuestre culpa o dolo imputable al CONTRATISTA. 5. Desarrollar el contrato en los términos y condiciones establecidas. 6. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y obstáculos. 7. Prestar el servicio contratado con parámetros de calidad y de acuerdo con las normas establecidas. 8. Guardar estricta confidencialidad con la información a la que tenga acceso en virtud del contrato. 9. Presentar informes requerido por el interventor. 10. Asumir los gastos que ocasione la legalización del contrato, como son la cancelación de las estampillas departamentales, constitución de pólizas, si hubiere lugar a ello. 11. Dar estricto cumplimiento a los lineamientos legales y disposiciones, directivas y circulares emitidas por la Presidencia de las República, las autoridades de salud y del trabajo del orden nacional, departamental y distrital; y a las directrices gerenciales que se dicten con ocasión al coronavirus COVID-19 o cualquier otro que se llegare a presentar. 12. Constituir las pólizas pactadas en el contrato, si hubiere lugar a ello. 13. Encontrarse al día en el pago de los aportes a seguridad social y parafiscal (si es del caso) durante la ejecución del contrato. 14. Obrar con diligencia y el cuidado necesario en los asuntos que le asigne la Interventoría del contrato. 15. Desarrollar las actividades señaladas por el Interventor del contrato y las contenidas en el presente documento. 16. El contratista deberá cumplir con lo establecido en los estudios previos, la propuesta y demás documentos previos y técnicos que hacen parte integral del proceso y se entienden incorporados al texto del contrato. 17. El contratista conoce y ha revisado cuidadosamente todos los asuntos e informaciones relacionados con la celebración y ejecución del Contrato, la naturaleza financiera del mismo, la posibilidad real de ejecutar todas las prestaciones del Contrato con cargo a los recursos disponibles, así como el lugar donde se ejecutará el Contrato, incluyendo sus condiciones de seguridad, transporte a los
sitios de trabajo, obtención, manejo y almacenamiento de materiales, transporte, manejo y disposición de desechos, disponibilidad de materiales, mano de obra, agua, electricidad, comunicaciones, vías de acceso, características de los equipos requeridos para su ejecución, el régimen tributario al que estará sometido el CONTRATISTA, la normatividad jurídica aplicable y, en general, todos los demás aspectos que puedan afectar el cumplimiento del Contrato, los cuales acepta y cuyos riesgos asume. 18. Proveer los equipos y personal necesario para la ejecución de este contrato, en las condiciones previstas en el mismo y en los demás documentos que forman parte del Contrato. 19. Instalar los equipos necesarios para la ejecución de este contrato, en las condiciones previstas en el mismo y en los demás documentos que forman parte del Contrato, de manera que queden en condiciones funcionales óptimas para la prestación del servicio. 20.Todas las demás que por la naturaleza del servicio y por las disposiciones legales en Colombia regulen la materia
B) OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:
TÉCNICA:
1. Garantizar de manera satisfactoria y total la atención de los procesos contratados, cumpliendo con los estándares de calidad y normatividad vigente en materia de salud y garantizando igualmente la atención integral y permanente del servicio que presta el CONTRATANTE a todos los usuarios.
2. Garantizar la prestación de los servicios de salud a que se refiere el presente Contrato de manera continua e ininterrumpida durante todo el tiempo de ejecución del Contrato, salvo eventos de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan prestar dichos servicios
3. El CONTRATISTA se compromete a permitir el ingreso de los estudiantes universitarios a los procedimientos que se realicen en desarrollo del presente contrato, con el fin de dar cumplimiento a las horas docencia que se requieren en virtud de los convenios docente asistenciales; podrá ingresar un número máximo de dos (2) estudiantes
4. Participar en juntas médicas y expedir conceptos médicos necesarios que se deriven de la atención prestada a los pacientes remitidos a la E.S.E. Universitaria del Atlántico.
5. Atender los procesos de acuerdo a los parámetros de calidad, precisión técnica racional, oportunidad, accesibilidad, continuidad, suficiencia, Integralidad e integridad, seguridad, racionalidad lógico- científica, calidez, información, transparencia, consentimiento y grado de satisfacción de los usuarios, dentro de un marco de mejoramiento continuo.
6. Velar por la correcta utilización de los insumos y equipos que el CONTRATANTE, ponga a disposición del Contratista.
7. Participar en jornadas científicas y académicas que convoque el SUBGERENTE TÉCNICO CIENTÍFICO en desarrollo de los convenios docentes asistenciales suscritos o que se suscriban con la E.S.E. Universitaria del Atlántico.
8. El Contratista deberá participar, colaborar y mantener las condiciones de habilitación y que la ESE tenga evaluaciones satisfactoria en las visitas al Sistema de Evaluación periódica de acuerdo con lo establecido en el Resolución 3100 de 2019 del Sistema Obligatorio de Garantías de Calidad y demás normas legales complementarias.
9. El contratista velará porque su personal llene la historia clínica de cada paciente cumpliendo con los parámetros establecidos en la Resolución No. 1995 de julio 8 de 1999 y demás normas legales que la complementen, sustituyan o derogue, en caso de que aplique, la cual debe reposar en la base de datos de la ESE.
10. Utilizar la infraestructura del área que tiene adecuada la E.S.E UNA, para el funcionamiento de las UCI y UCIN, neonatal y pediátrica, objeto del contrato; previas las adecuaciones físicas necesarias para el mantenimiento del área donde se prestan los servicios, aporte de tecnología faltante, dotación y demás requerimientos, acorde a la normatividad vigente para habilitación de servicios emanada por el Ministerio de Salud y para su correcto funcionamiento.
11. El Contratista deberá entregar vencido el plazo de ejecución del contrato a la E.S.E UNA, sin contraprestación alguna, las obras físicas para el mantenimiento del área donde se prestan los servicios, y garantizar el mantenimiento y estado diciso de las unidades de UCI y UCE, así como los equipos que adquiera y los equipos entregados por la E.S.E UNA., para el desarrollo del presente objeto contractual.
12. Mantener en buen estado la infraestructura del espacio físico entregado por la E.S.E UNA para efectos de la prestación de los servicios y garantizar su estabilidad durante todo el plazo de ejecución del contrato
13. El personal que utilice el CONTRATISTA en la ejecución del presente contrato pertenecerá a la nómina de esta y estará a su cargo de manera exclusiva todas las obligaciones que resulten de la relación laboral, EL CONTRATANTE en ningún caso resultara responsable por obligación de ningún tipo adquirida por el CONTRATISTA, frente a sus Contratista y/o Proveedores.
14. Los procesos contratados comprenderán los medicamentos, materiales e insumos requeridos para la operación de los equipos biomédicos, así como los de enfermería y de tratamiento médico-quirúrgicos requeridos para la puesta en marcha y operación de las Unidad de Cuidados Intensivos y unidad de cuidados especiales pediátricas y neonatales
15. Para la operatividad en el servicio contratado el contratista deberá cumplir con las especificaciones y recomendaciones técnicas establecidas por el CONTRATANTE.
16. El Contratista se compromete a hacer cumplir al personal que presta el apoyo a la parte asistencial los certificados que fueren exigido por ley para desarrollar su profesión o tareas asistenciales.
17. Acatar las indicaciones o requerimientos escritos que haga el INTERVENTOR o el SUPERVISOR en el término establecido.
18. Vacunación contra riesgos biológicos
19. Protección requerida de acuerdo con los FACTORES de RIESGO descritos por el MINISTERIO de SALUD y de la PROTECCION SOCIAL Y EL MINISTERIO del TRABAJO RELACIONADAS CON LAS PATOLOGIAS ASOCIADAS A la PANDEMIA, originada por el COVID-19.
20. Cumplir lo establecido en la propuesta, estudios previos y demás documentos que hacen parte integral del presente contrato para todos los efectos a que haya lugar.
21. Exigir el cumplimiento de las normas relativas a prestación de servicios de salud a los usuarios y al personal a su cargo, conforme los lineamientos y políticas de LA E.S.E UNA.
22. Cumplir el reglamento técnico y operativo para el servicio público de salud, de igual manera conservar las condiciones técnicas, administrativas, financieras con que es HABILITADA la ESE UNA para la prestación del servicio, en lo que sea de su competencia.
23. Dar cumplimiento a las condiciones de su competencia en el marco del contrato para que LA E.S.E UNA cumpla en el Manual de Inscripción de Prestadores y habilitación de servicios contenido en la Resolución 3100 de 2019, o la norma que haga sus veces, para la Habilitación de Servicios de Salud.
24. Garantizar el uso de la infraestructura exclusivamente para el desarrollo del objeto contractual.
25. Entrega de los equipos adquiridos por el contratista durante la ejecución del contrato a la E.S.E UNA, en condiciones adecuadas para que esta continúe operando el servicio en términos de calidad, en una lista de inventarios y reposiciones realizadas.
26. Realizar el empalme con la E.S.E UNA, o quien esta disponga, garantizando la transferencia de conocimiento, entendimiento de la operación y poniendo a disposición los equipos adquiridos y suministrados durante la ejecución del contrato. Cumplir con los acuerdos de niveles de servicios establecidos en conjunto con el interventor o el supervisor del contrato.
27. Garantizar la disponibilidad del personal técnico y profesional necesarios para garantizar la prestación del servicio y para atender las 24 horas del día los siete (7) días de la semana.
28. Suministrar todos los equipos que sean necesarios acorde a los requerimientos de la normatividad vigente para tales efectos, para la puesta en marcha y funcionamiento de las UCI y UCE neonatal y pediátrica.
29. Renovar los equipos y/o mejorar la tecnología cuando las exigencias de las UCI y UCIN, neonatal, pediátrica, así lo amerite teniendo en cuenta la vida útil de las mismas y la normatividad al respecto.
30. El contratista deberá cumplir con los con los estándares de la norma ISO 9001 siempre que sean requerido por LA ESE cuando este último se encuentre dentro de un programa de certificación institucional o en proceso de certificación de servicio en concreto.
31. El contratista debe suministrar el inventario actualizado de los equipos adquiridos para la operación de la Unidades de UCI, cuando el supervisor del contrato así lo requiera.
32. Garantizar la aplicación de las medidas de bioseguridad por parte del recurso humano vinculado a través xxx xxxxxxx, la afiliación a una ARL, el adecuado desecho de residuos hospitalarios y la protección del medio ambiente.
33. Realizar la consecución xxx xxxxxxx humano, especialista y subespecialista, médicos generales, operativo y administrativo con la capacitación y experiencia requerida para el funcionamiento de las UCI y UCE neonatal, pediátrica, objeto del contrato. La remuneración, honorarios o contraprestación del personal que vincule o colabore en la ejecución del contrato, será bajo cuenta y riesgo del contratista y en ningún caso entre el personal a su cargo y la entidad contratante existirá relación laboral. El contratista asume el compromiso de pagar en el término convenido con dicho personal las obligaciones a su cargo, de manera que por este aspecto el Servicio se desarrolle en condiciones de oportunidad, seguridad, eficiencia y calidad.
34. Garantizar la prestación del servicio las 24 horas del día los siete (7) días de la semana.
35. Apoyar las actividades del Supervisor o interventor designado por la E.S.E UNA, tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el desarrollo de las actividades programadas dentro del contrato, la resolución de las inquietudes y quejas presentadas por los usuarios de las Unidades de UCI contratada y la producción del servicio mensual para efectos del pago del porcentaje de participación sobre la venta de servicios de salud facturados, entre otras.
36. Prevenir la ocurrencia de hechos que perturben la tranquilidad, reposo y buen funcionamiento de la
E.S.E UNA, así como los hechos que afecten negativamente su buen nombre o atenten contra las buenas costumbres.
37. Antes del inicio del contrato, todas las obligaciones establecidas serán objeto de revisión y aval por parte del supervisor o interventor del contrato.
38. Adelantar oportunamente las labores que resulten necesarias para el mantenimiento (preventivo y correctivo) de los bienes y equipos asociados a la prestación de los servicios de salud objeto del Contrato durante la ejecución del contrato, para cuyos fines deberá aportar los respectivos planes e informes. El mantenimiento, será sobre los bienes entregados por el Hospital, como de los aportados, garantizando el correcto funcionamiento de éstos, con un tiempo de reacción inmediata, que no influya con la prestación del servicio, y contar con un inventario general, un plan de mantenimiento y un cronograma de calibración de los equipos biomédicos.
39. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes inmuebles que sea entregado por LA
E.S.E UNA para la ejecución del Contrato, las cuales son necesarias para el mantenimiento del área donde se prestan los servicios, lo cual no constituye la entrega del mismo a título traslaticio del dominio sino a título de mera tenencia.
ADMINISTRATIVA:
1. Atender todas las directrices y recomendaciones que le hiciere el CONTRATANTE por conducto del INTERVENTOR y/o supervisor del contrato.
2. Prestar su concurso para el levantamiento de las glosas que tengan relación con los procesos realizados por el Contratista
3. Proporcionar al interventor del contrato o al supervisor del contrato la información relacionada con las actividades y procedimientos realizados en virtud del presente contrato
4. El contratista en desarrollo de los procesos contratados, deberán cumplir con el Manual de Procesos y Procedimientos de la E.S.E. Universitaria del Atlántico.
5. El Contratista mantendrá contacto permanente con la Gerencia de la E.S.E. Universitaria del Atlántico y/o su delegado para evaluar la calidad del servicio y le presentará mensualmente informe detallado sobre el desarrollo del mismo.
6. Asumir por su cuenta el costo de los servicios de apoyo logístico y de mantenimiento de las Unidades de UCI, objeto del contrato
7. Recibir, operar, asegurar y mantener los equipos biomédicos especializados en UCI de propiedad de la E.S.E UNA, que se pongan a su disposición para el servicio de las unidades de UCI y los que llegare a adquirir la entidad durante la ejecución del contrato.
8. Asegurar y responder por la integridad de los equipos biomédicos, así como, informar a la supervisión y al área xx xxxxxxx institucional sobre cualquier eventualidad con los equipos biomédicos entregados, en caso de daños o incidentes con los equipos, el contratista deberá reponer el equipo con uno de similares o mejores especificaciones al entregado.
9. Xxxxxxx inducción al recurso humano en el manejo de los equipos biomédicos entregados.
10. Garantizar el desarrollo de programas de docencia, servicio e investigación, en asocio con las universidades, comité docencia servicio institucional u otros organismos que auspicien estas actividades en las áreas específicas.
11. Las personas que utiliza el Contratista para cumplir con el objeto contratado deben estar afiliado al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con las disposiciones legales y reglamentaria vigentes, así como las contribuciones especiales a que hubiere lugar por disposición legal y/o reglamentaria, anexando las correspondientes certificaciones actualizadas al respecto.
12. Todo el personal proporcionado por EL Contratista debe estar debidamente vinculado a su Entidad y haber cumplido para su vinculación, con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
13. Pagar todos los impuestos que se requieran y cumplir con todos los requisitos para su legalización
14. Otorgar las garantías que le solicite el CONTRATANTE
15. El CONTRATISTA entregará las hojas de vida de los equipos destinados para el cumplimiento del objeto del servicio contratado.
16. El contratista debe presentar los procesos y procedimientos de los servicios contratados y los manuales de calidad.
17. El contratista presentará la logística para garantizar los servicios contratados.
18. El CONTRATISTA se obliga a implementar los controles de calidad internos y externos de los equipos.
19. Atender de manera oportuna y eficiente las quejas que sobre su personal se presenten en las sedes de LA E.S.E UNA., al igual que las solicitudes de modificación o ajustes del horario de prestación del servicio, solicitudes que deberán ser resueltas en un plazo máximo de dos (2) días calendario.
20. El contratista se compromete a atender a la mayor brevedad posible cualquier requerimiento realizado por LA E.S.E UNA, cuando una conducta cometida por alguno de sus trabajadores perturbe el correcto funcionamiento del servicio.
21. Demostrar que el personal que utilice para la ejecución del contrato, cumple con las vacunas que para el desarrollo del objeto a contratar se requieran, cuando estas sean necesarias y entregar en la oficina xx Xxxxxxx Humano y/o al supervisor, con el respectivo cuadro de vacunas.
22. Tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal que utilice para la ejecución del contrato, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en el país.
23. Comunicar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía durante la ejecución del contrato, al supervisor del contrato y/o al SUBGERENTE TÉCNICO CIENTÍFICO, que perturbe la correcta ejecución del mismo. Salvaguardar la información confidencial que obtenga en desarrollo de sus actividades, salvo requerimiento valido de autoridad competente.
24. Cumplir con todos los requisitos para la legalización del contrato
25. Diseñar un sistema de control de calidad, acorde con los lineamientos de la ESE relacionados con la acreditación institucional, que permita supervisar de forma periódica los diferentes procesos para la prestación de los servicios de salud;
26. Ajustarse a las actualizaciones y normas relacionadas con la prestación de los servicios de salud que emita el Ministerio de Salud y Protección Social, dentro de los plazos establecidos para tal fin;
27. Acatar las recomendaciones de la supervisión e interventoría de acuerdo con los informes que elaborará la persona designado para ello;
28. Diseñar un sistema y plan de emergencias y desastres en coordinación con LA E.S.E UNA.
29. Participar y contribuir en las actualizaciones a las guías de manejo clínico en las especialidades quirúrgicas y clínicas, que contemplen de acuerdo a la evidencia científica, articulación o interdependencia con el servicio objeto del contrato, si a ello hubiere lugar.
30. Presentar los informes que le sean requeridos por parte de LA E.S.E UNA para el control y seguimiento del Contrato.
31. Suministrar la información que sea requerida sobre el desarrollo del Contrato, así como presentar oportunamente los planes y demás documentos exigidos por LA E.S.E UNA
32. Aplicar el Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios de LA E.S.E UNA
33. Mantener actualizadas las hojas de vida del personal asistencial, conforme a la normatividad vigente.
34. Contribuir con la E.S.E UNA a Realizar la planeación, ejecución, evaluación, seguimiento y mejora continua en lo relacionado con las acciones de vigilancia epidemiológica.
35. Implementar el análisis colectivo de mortalidad mayor de 48 horas de estancia hospitalaria, que facilite identificar oportunidades de mejora y medir la gestión en la prestación de los servicios, así como documentar este procedimiento y los registros correspondientes. 7
36. Contar con el programa de IAAS, con su respectiva planeación, implementación, evaluación, seguimiento y mejora continua (ciclo PHVA).
37. Realizar análisis de los indicadores relacionados con Infecciones Asociadas a la Atención en Salud, que evidencien la tendencia o comportamiento de los mismos y permita plantear acciones de mejora.
38. Elaborar las fichas técnicas de los indicadores relacionados con la prevención de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud.
39. Implementar y documentar el proceso de auditoría de Historia Clínica de acuerdo con la normatividad vigente.
40. Documentar, Implementar, socializar y medir adherencia al personal asistencial, administrativo y de apoyo (según corresponda), las guías de práctica clínica, procedimientos, manuales, protocolos, guías de atención y demás documentación para la operatividad. Las guías de práctica clínica y protocolos a adoptar serán en primera medida los que disponga el Ministerio de Salud y Protección Social. En caso de no estar disponibles, o si existe nueva evidencia científica que actualice alguna o algunas de las recomendaciones de las guías de práctica clínica o requerimientos de los protocolos, el prestador de servicios de salud adopta, adapta o desarrolla las entregadas por la ESE UNA.
41. Capacitar a sus trabajadores con seminarios, talleres para sensibilizarlos hacia una atención más humanizada
42. Participar en actividades enfocadas a mejorar la atención hacia los usuarios y familia.
43. Contribuir a mejorar las relaciones interpersonales entre sus trabadores, resaltando los valores éticos y xxxxxxx.
44. Incentivar, reconocer y valorar el trabajo individual y en equipo de la familia hospitalaria.
45. Promover los deberes y derechos de los usuarios.
46. Conformar grupos de humanización donde se realice el control de actividades relativas a la humanización y se promuevan acciones en este sentido.
47. Conocer el programa de Humanización de la ESE Universitaria del Atlántico y hacer parte del programa.
48. Implementar, documentar y evaluar adherencia la estrategia multimodal para la higiene de manos según lo sugerido por la Organización Mundial de la Salud y reglamentado por el Ministerio de Salud.
49. Participar en los comités de la ESE, cuando alguno de los profesionales que prestan servicios baja la tutela de Asociado, sea convocado o llamado a asistir en calidad de invitados.
50. El contratista si les aplica deberá cumplir con la implementación, continuidad y normatividad vigente en lo relativo a IAMI, AIEPI neonatal y pediátrico y madre canguro intrahospitalario de manera articulada con los requerimientos institucionales, políticas nacionales y departamentales al respecto, así como certificarse en estrategia IAMI.
51. Garantizar los medicamentos, dispositivos médicos e insumos médico-quirúrgicos y administrativos necesarios para la adecuada prestación del servicio objeto de este contrato, y demás requeridos para la prestación de servicios seguros, oportunos y con calidad acorde a la Resolución 3100 de 2019 o las que la modifiquen, adicionen o complementen, incluyendo oxígeno, gases arteriales y electrolitos en condiciones de calidad.
52. Dar cumplimiento a la normatividad vigente relacionada con la gestión de medicamentos, dispositivos médicos e insumos para la prestación de servicios, así como realizar lo correspondiente a los programas de fármaco y tecnovigilancia.
53. El contratista cumplirá el sistema de referencia y contrareferencia que establezca la norma y en articulación con la E.S.E UNA.
54. Contar con una política de Seguridad del paciente con operatividad de la misma, que disminuya la ocurrencia de eventos e incidentes adversos, promueva la cultura de seguridad, que involucre al paciente y a su familia en el autocuidado de su seguridad, reduzcas los riesgos que se generen durante la atención en salud, teniendo como base el mejoramiento continuo en todos los procesos, que incentive el reporte y gestión de eventos adversos, fomentando la capacitación y el entrenamiento xxx xxxxxxx humano, teniendo en cuenta los principios orientadores de la Política Nacional de Seguridad del Paciente, dando así cumplimiento a lo normado por el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud.
55. Participar en las diferentes actividades de capacitación, entrenamiento, inducción, reinducción, actualizaciones y similares, que programe la E.S.E UNA, en cumplimiento de las metas institucionales propuestas en este sentido.
56. Cumplir con los estándares mínimos en Seguridad Salud en el Trabajo, Bajo Resolución 0312 de 2021, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo Nro. 1072 de 2015, para los procesos desarrollados para la E.S.E UNA.
57. Cumplir con los estándares de Gestión Ambiental para los procesos desarrollados dentro de las instalaciones de la E.S.E UNA, de acuerdo a la ley 9 de 1979, Resolución 1164 de 2002, Decreto 780 DE 2016, Resolución 2184 de 2019, Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS y demás normas sobre la materia. 102) Llevar y organizar los archivos, incluyendo las historias clínicas, de acuerdo con lo normado por el Archivo General de la Nación (Ley 594 del 2000 o las que la modifiquen, adicionen o complementen).
58. El Asociado deberá participar en el proceso de negociación que realice la E.S.E UNA con las diversas EPS o entidades responsable de pago.
FINANCIERA:
1. El Contratista se obliga a participar del porcentaje de la facturación acorde al recaudo realizado por la ESE UNA en los porcentajes señalados en su oferta económica.
2. La atención se prestará con autonomía técnica por parte del CONTRATISTA, pero será requisito indispensable para cada procedimiento, que el mismo esté acorde con la necesidad del paciente, respondiendo por las glosas que se hagan a la facturación por los servicios prestados.
3. Asumir por su cuenta el costo de todos los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato, entre otros, los servicios públicos domiciliarios en la proporción que le corresponda, determinada con base en el área cedida por LA E.S.E UNA exclusivamente, PARÁGRAFO Los servicios públicos de gas, agua y luz deben cancelarse conforme al consumo, para cuyos fines el CONTRATISTA procurará
instalar contadores independientes o establecerá una metodología de cálculo para determinar el consumo por capacidad instalada, carga instalada o potencia instantánea, previo aforo individual.
4. Presentar la factura original acompañada del certificado a satisfacción de servicios expedido por el supervisor o interventor del contrato o por quien haga sus veces, pagos al Sistema de Seguridad Social, pagos de impuestos y demás documentos exigidos por el área financiera, dentro de los diez
(10) días siguientes al vencimiento del periodo de recaudo certificado por el interventor en la oficina de Contabilidad LA E.S.E UNA, para que se inicie el trámite correspondiente de pago. Parágrafo: La cuantía, periodicidad, y procedimiento será definido con el interventor previo al inicio del contrato, atendiendo al manual de pagos de la entidad y la normatividad vigente que regula la facturación.
5. Realizar las actividades que correspondan para tener la información necesaria para la facturación de los servicios prestados que realizará LA E.S.E UNA a la EPS para el recaudo de los ingresos que se generen como consecuencia, el contratista deberá utilizar el sistema tecnológico, plataforma tecnológica o sistema de información de facturación con que cuente LA E.S.E UNA.
6. Las glosas a la facturación realizada por las EPS a la E.S.E. UNA se descontarán del valor de pago al CONTRATISTA si son imputables a él, de acuerdo con el manual de glosas.
7. Ejecutar y cumplir el Plan de Inversiones y reposiciones con el que funcionará, de conformidad con los anexos técnicos y financieros del contrato.
8. Asumir todos los costos, tasas, cobros, gastos e inversiones que demande el cumplimiento del objeto contractual
9. El contratista asumirá los costos por concepto de, aseo hospitalario y recolección de material biológico, para lo cual se establecerá una metodología de cálculo para determinar el costos de los mismos.
10. Asumir por su cuenta el costo de los servicios de apoyo logístico y de mantenimiento de los espacios de uso de las Ucis, objeto del contrato, siendo entre otros: alimentación, vigilancia, aseo, lavandería y manejo de residuos patógenos.
ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES
El CONTRATISTA asume de forma obligatoria, los riesgos previsibles identificados y plasmados en los términos de referencia, y aceptados en su propuesta, Los riesgos que se pueden presentar durante la ejecución del contrato se encuentra en la matriz de riesgos anexa al presente proceso, y se mencionan otros, antes del inicio de la ejecución contractual se definirá junto con el supervisor o el interventor, los mismos para completarlos modificarlos o adicionarlos.
El riesgo en la prestación del servicio: es la probabilidad de que aparezcan resultados adversos, como consecuencia de la situación creada por la misma. Por lo tanto, riesgo es la expresión global del riesgo que corre el paciente que recibe la prestación de los servicios.
Estos incidentes, se pueden mitigar, minimizar o evitar mediante barreras de seguridad durante la prestación de los servicios tales como:
La adherencia a la política institucional y programa de seguridad del paciente de la ESE UNA y sus sedes
La Implementación xx xxxxxxxx de seguridad que minimizar las ocurrencias de eventos adversos y accidentes laborales ; identificación correcta de los pacientes ( verbal y escrita), uso de medidas de bioseguridad para la prevención de infecciones asociadas al proceso de atención ( lavado de manos, uso de EPP, prescripción de antibióticos racional, aplicación de medidas de bioseguridad en la ejecución de los procedimientos, uso técnicas asépticas en los procedimientos requeridos , reporte de sospecha de las infecciones asociadas al proceso de atención al programa de seguridad del paciente ,asociadas a tecnovigilancia - farmacovigilancia
– reactivo vigilancia o-hemo vigilancia , entre otros ) prevenir las caídas durante la atención, seguridad en la administración de medicamentos , identificación segura del paciente en ayudas diagnosticas en la etapa pre- trans y post de la atención.
Aplicación de las guías de atención requeridas e implementadas en la ESE Universitaria del Atlántico
Dar cumplimiento a los procedimientos administrativos de la ESE para garantizar la calidad de la prestación de servicios y velar por las condiciones de habilitación de los servicios prestados a la ESE Universitaria ante el SOGC
Cumplir y velar porque su personal a cargo se adhiera a la política de seguridad del paciente y las estrategias para minimizar los incidentes y/o eventos adversos a la calidad de la atención durante la ejecución de los procedimientos a cada paciente y cuidador.
Huelga o alteraciones del orden público.
Impedimentos para que el contratista pueda entrar a las instalaciones de la Unidad de Cuidados intensivos y/o prestar sus servicios. Caso en el cual corresponderá al contratista denunciar ante las autoridades competentes la obstaculización del servicio.
Riesgo de cambios de reglamentación durante la ejecución del proyecto.
Realizar una investigación detallada de todos los factores inherentes a la concepción del proyecto. Contratar asesor Jurídico externo para asesorar el marco regulatorio del proyecto.
Deterioro o daño a la Destrucción o robo de los bienes, infraestructura acondicionada equipos e insumos de la Unidad. para el desarrollo del contrato.
Contar con procedimientos estándar de seguridad. Contratación de empresa de seguridad en caso de requerirse.
Tener un buen control y custodia de los equipos, materiales e insumos de la Unidad.
Riesgo de incumplimiento.
Pólizas de seguros que ampare la situación.
Tasa de cambio monetario Riesgo de limitaciones Análisis de la situación.
Alza xxx XXXXX/ Peso, que afecte presupuestalmente la inversión, o cambio del presupuesto del proyecto al momento de comprar equipos, dentro de un escenario de normalidad xxx xxxxxxx, será asumido por el contratista. En el evento que sean anormales, solicitud de modificación a la entidad, y se debe manejar el sistema de seguro de riesgos para cubrir contingencias derivadas de fluctuaciones macroeconómicas.
RIESGOS NATURALES Interrupción o contención de las actividades del contrato
Solicitud de modificación a la entidad, con fundamento en la cláusula de fuerza mayor o caso fortuito Cambios en la planificación del proyecto, demoras en cronogramas y posibles costos mayores.
RIESGOS AMBIENTALES -SALUD LABORAL Contaminación por el material Interrupción o contención de las Implementación de un sistema propongan acciones de corrección.
Los efectos favorables o desfavorables derivados de las variaciones en los precios xx xxxxxxx de los insumos necesarios (incluyendo mano de obra y servicios) para ejecutar el contrato, así como, para la prestación de los servicios en la Etapa de Operación, sin que existan cubrimientos o compensaciones de parte la ESE UNA.
Los efectos favorables o desfavorables de la alteración de las condiciones de financiación y/o costos de la liquidez que resulten de la variación en las condiciones xxx xxxxxxx, toda vez que es una obligación contractual del CONTRATISTA obtener la completa financiación para la ejecución del Proyecto, para lo cual el contratista tiene plena libertad en la consecución de los recursos necesarios para el desarrollo del Proyecto y no existirán cubrimientos o compensaciones de parte de la ESE UNA, como consecuencia de la variación entre cualquier estimación inicial de las condiciones de financiación. En cuyo caso el contratista garantiza el origen lícito de los recursos, respondiendo en forma directa y exclusiva por los mismos.
Los efectos desfavorables derivados de todos y cualesquiera daños, perjuicios o pérdidas de los bienes de su propiedad causados por terceros, sin perjuicio de su facultad de exigir a terceros diferentes del la E.S.E UNA la reparación o indemnización de los daños y perjuicios directos ylo subsecuentes cuando a ello haya lugar
Los efectos favorables o desfavorables derivados de las variaciones en la rentabilidad del negocio y obtención de utilidades o sufrimiento de pérdidas, toda vez que la retribución del CONTRATISTA compensa todas las obligaciones y riesgos asumidos por éste, incluyendo el riesgo de habilitación
En general, los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes económicos, técnicos y legales requeridos para cumplir con las obligaciones del CONTRATISTA necesarias para la cabal ejecución de este Contrato.
Los efectos derivados de la destrucción total o parcial o hurto de los bienes, materiales y equipos
Los efectos desfavorables de la variación de la demanda del servicio.
a. SUCURSAL EN COLOMBIA
2. En los términos de los artículos 471 y 474 del Código de Comercio, las sociedades extranjeras que hagan parte del contratista, que no tenga(n) domicilio en Colombia, deberán constituir dentro de los treinta (30) días siguientes a la suscripción del Contrato, una sucursal en Colombia, cuyo objeto social contemple la suscripción y ejecución del Contrato adjudicado, y que se mantenga vigente por el plazo de ejecución del mismo y un (1) año más. La sucursal se deberá establecer de acuerdo con los parámetros establecidos en la ley comercial. El incumplimiento de estos compromisos será considerado como incumplimiento contractual y dará lugar a la imposición de multas en los términos del Contrato.
7.3 PERSONAL PROFESIONAL
LA INFORMACION SOBRE EL PERSONAL PROFESIONAL PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO CONSTA EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y/O EN EL ANEXO TECNICO DEL PROCESO.
7.4 CONSIDERACIONES PARA EL ANÁLISIS DEL PERSONAL
Para efectos del análisis de la información del personal, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
• Los plazos serán aproximados por exceso o por defecto al número entero siguiente, así: cuando la décima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente y cuando la décima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de mes.
• Como Experiencia Aceptable de los profesionales se entiende el tiempo transcurrido desde el momento en que la norma que reglamente la respectiva profesión, establezca el ejercicio legal de la misma, o a partir de la fecha de grado para aquellas que no estén reglamentadas o que hayan sido reglamentadas con posterioridad a ésta fecha, hasta la fecha de cierre del plazo de la Convocatoria. En el caso de profesionales que hayan ejercido la profesión en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en el país, esa experiencia se tomara a partir de la fecha de la matrícula o su equivalente en el país de origen o donde hubiere trabajado.
• La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
• Si durante un mismo período el profesional participó en más de un proyecto, no se tendrá en cuenta el tiempo que se superponga.
• El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en el término señalado, la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
• Los títulos de postgrado deberán acreditarse mediante copia de los diplomas; de lo contrario, no se tendrán en cuenta.
• En la determinación de la experiencia de los profesionales se aplicará la equivalencia, así:
POSTGRADO CON TÍTULO | EXPERIENCIA GENERAL |
ESPECIALIZACIÓN | VEINTICUATRO (24) MESES |
POSTGRADO CON TÍTULO | EXPERIENCIA GENERAL |
MAESTRÍA | TREINTA Y SEIS (36) MESES |
DOCTORADO | XXXXXXXX X XXXX (48) MESES |
NOTA: Esta equivalencia sólo es válida en el sentido de estudios a experiencia y de experiencia a títulos.
La incorporación de personal profesional, técnico y asistencial a la Obra deberá efectuarse en forma gradual dependiendo de la iniciación del contrato.
7.5 RELACIÓN DEL EQUIPO REQUERIDO
El proponente deberá aportar dentro del término fijado la relación del equipo mínimo obligatorio y todo el que en su concepto se requiere para ejecutar el contrato de conformidad con el anexo técnico, los cuales deben cumplir con las especificaciones técnicas y deberá tenerlo disponible de manera inmediata. El Equipo suministrado deberá tener la capacidad y rendimiento de operación que requiera la ejecución del proyecto.
El Contratista deberá suministrar y mantener el equipo necesario y suficiente, adecuado en capacidad y rendimiento de operación que requiera la ejecución del proyecto, características, tecnología y estado de operación, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas; por lo tanto, los costos inherentes al equipo serán considerados en el análisis de los precios unitarios de la propuesta.
La Interventoría durante el desarrollo de proyecto verificará que el equipo ofrecido en su propuesta se encuentra completo y en perfecto estado de funcionamiento.
7.6 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
EL CONTRATISTA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, deberá constituir a su xxxxx, a favor del CONTRATANTE y por intermedio de una compañía de seguros legalmente facultada para hacerlo, una póliza única para garantizar:
Cumplimiento de las obligaciones del contrato, incluyendo el pago de multas y cláusula penal pecuniaria. | 20% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y seis (6) meses más |
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. | 10% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y tres (3) años más. |
Calidad del servicio | 30% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y 5 años más |
Calidad y correcto funcionamiento de los bienes | 10% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y 5 años más |
Responsabilidad civil Extracontractual | 5% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Cada anualidad |
Responsabilidad Medica por cada profesional Creo que toca diferencias si es auxiliar, médico general y medico intensivista, a quien se la va pedir. | 500 SMLMV | Anual |
NOTA: A partir del tercer año de ejecución del contrato el porcentaje de cobertura de las garantías se calculará en base a los ingresos generados por estancia en la operación del servicio del año anterior para cada vigencia.
El contratista deberá actualizar las vigencias de las garantías de conformidad con la fecha de iniciación del contrato de prestación de servicios.
El hecho de la constitución de esta garantía no exonera al contratista de sus responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
La GARANTÍA tendrá una vigencia anual. El CONTRATISTA se compromete a mantener las garantías vigentes durante todo el plazo del contrato, y de igual manera por el termino de liquidación del contrato y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado.
Antes del vencimiento de cada anualidad el contratista está obligado a obtener una nueva garantía que ampare el cumplimiento de sus obligaciones para la Etapa del Contrato o Periodo Contractual subsiguiente, si no lo hiciere se aplicarán las reglas previstas para el restablecimiento de la garantía.
Si el garante de un periodo anual decide no continuar garantizando la anualidad subsiguiente, debe informar su decisión por escrito a la Entidad Estatal garantizada seis (6) meses antes del vencimiento del plazo de la garantía. Este aviso no afecta la garantía en ejecución. Si el garante no da el aviso con la anticipación mencionada y el contratista no obtiene una nueva garantía, queda obligado a garantizar el periodo Contractual subsiguiente.
Los valores estimados deben actualizarse anualmente con el IPC, durante la vigencia del contrato. Las garantías deben ajustarse o ampliarse por el CONTRATISTA en los eventos de suspensión o adición en tiempo o valor del contrato, según corresponda.
EI contratista debe asegurar las mejoras realizadas en el área cedida, así como los equipos, muebles, enseres, maquinaria, redes y demás bienes contenidos en la infraestructura en que funcionará la Unidad de Cuidados Intensivos ( pediátricas y neonatales).
El Contratista deberá mantener las garantías o mecanismos de cobertura en plena vigencia y validez por los términos y en las condiciones expresadas en el Contrato y deberá pagar los valores o las primas y demás gastos necesarios para constituirlas, mantenerlas, prorrogarlas o adicionarlas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la imposición de las Multas correspondientes y eventualmente a la declaratoria de caducidad del Contrato si la Garantía Única de Cumplimiento no está vigente.
La Garantía Única de Cumplimiento no expirará por falta de pago de la prima o cualquier otro costo que sea necesario pagar para su expedición (o renovación, modificación, prórroga o adición, cuando se trate de garantías diferentes a pólizas de seguro) ni por revocatoria unilateral.
El Contratista deberá acreditar el pago de la prima y demás costos de las garantías o mecanismos de cobertura diferentes a la Garantía Única de Cumplimiento. Si no cumpliere con esta obligación se entenderá que ha incumplido con la obligación de constituir la póliza o mecanismo de cobertura y por lo tanto el LA E.S.E UNA podrá imponer las Multas correspondientes.
En cualquier caso, de modificación del Contrato, el Contratista se obliga a obtener una certificación de la compañía aseguradora o de la entidad emisora de la garantía, en la que conste que dicha compañía conoce y acepta la modificación de este Contrato y la variación del estado del riesgo que la misma suponga, si ese es el caso. Si la modificación del Contrato implica la modificación de las garantías, el Contratista deberá enviar al Departamento el original de la modificación de la póliza o garantía otorgada dentro del plazo que para ello señale el Departamento mediante Notificación.
Por tratarse de un contrato estatal, las obligaciones adquiridas por el Contratista mediante el Contrato deben permanecer garantizadas, sin que sea admisible ningún tipo de revocatoria por parte de la entidad emisora de la garantía y/o el Contratista, hasta la liquidación del Contrato y la prolongación de sus efectos. Por lo tanto, en el evento en que se venza el plazo de la garantía sin que sea posible la renovación por su emisor y siempre que se haya dado el aviso de no renovación, el Contratista deberá obtener del emisor la certificación respectiva de su declinación a la renovación de la garantía y deberá sustituir a su costo la garantía, por alguna otra de las clases permitidas, con el alcance, valor garantizado y vigencia correspondientes.
Las pólizas de seguros deberán haber sido emitidas por una compañía de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia vigilada por la Superintendencia Financiera, que cuente con un patrimonio técnico superavitario, habiendo considerado en el patrimonio el valor del riesgo que la compañía retendrá correspondiente a las garantías que se expidan en virtud de este Contrato, de forma que resulte suficiente para expedir la o las garantías requeridas, y mantener la compañía de seguros una cifra superavitaria en su patrimonio técnico. Los anteriores valores deben estar certificados por contador y revisor fiscal, según el formato implementado por la Superintendencia Financiera.
En el caso de incorporarse reaseguros, los reaseguradores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Reaseguradores y Corredores de Reaseguros del Exterior (REACOEX) que administra la Superintendencia Financiera de Colombia y cumplir con las características que a continuación se expresan.
Si se trata de reaseguros automáticos, el reasegurador deberá contar con una calificación de riesgo en la escala de largo plazo admisible en el REACOEX.
En el caso de reaseguros facultativos, el reasegurador deberá contar con al menos una de las siguientes calificaciones de riesgo mínima en la escala de largo plazo aplicable en el REACOEX:
• Standard &Poor's: A
• M. Best: a
• Xxxxx Ratings: A
• Moody's: Aa3
De conformidad con lo señalado en el artículo 1095 del Código de Comercio, resulta admisible el coaseguro de los riesgos.
Si se trata de garantía bancaria a primer requerimiento:
La garantía bancaria deberá ser incondicional.
El garante debe dejar expresa constancia que renuncia al beneficio de excusión.
Deberá ser expedida por un banco autorizado por la Superintendencia Financiera. Si la garantía es otorgada por un banco sin domicilio en Colombia deberá expedirse bajo las reglas de la Cámara de Comercio Internacional, XXXX 000 en vigor a partir del 1 de julio de 2010 y debidamente confirmadas por banco corresponsal en Colombia y pagadero en Colombia.
La calificación de riesgo del banco garante con domicilio en el extranjero, de su deuda de largo plazo, debe corresponder a “grado de inversión” en la escala internacional, sin que se acepten escalas locales aplicables en el país del domicilio del banco emisor de la garantía.
La calificación mínima para bancos con domicilio en Colombia debe ser, según escala local de las calificadoras aprobadas por la Superintendencia Financiera: AA según BRC Investor Services, Xxxxx Ratings Colombia S.A., Value and Risk Rating S.A., o su equivalente si se trata de otra firma calificadora.
Con el fin de evitar la inoperancia del contrato de seguros derivada de la xxxx en el pago de la prima consagrada en el artículo 1068 del Código del Comercio, el Contratista deberá presentar a la E. S. E. el recibo de pago de la totalidad de las primas de todos los seguros expedidos en el marco de este Contrato.
El Contratista no podrá, mediante condición particular, reducir o modificar el alcance y las condiciones de los amparos, cláusulas y coberturas de cualquiera de los seguros y garantías expedidos conforme a lo previsto en este Contrato. Por lo tanto, si la reducción o modificación la solicitare el Contratista sin consentimiento escrito por parte de la E.S.E UNA, la aseguradora no modificará la póliza y, si lo hiciere, la reducción o modificación se tendrá por no escrita. Esta condición deberá constar en las condiciones particulares de cada uno de los seguros para que el Departamento pueda impartir la aprobación respectiva.