CONTRATO MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES CELEBRADO ENTRE
CONTRATO MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES CELEBRADO ENTRE
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LA Z_ONA METROPOLITANA DE GUADALAJARA
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR XXXXXXX D_ E LA XXXX XXXXXX (“CLIENTE”)
Y TELEFONIA POR CABLE S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX (“METROCARRIER®”), EN FECHA 18 DE
_DICIEMBRE DE 20 17 .
Los Servicios de Telecomunicaciones que METROCARRIER® prestará al CLIENTE serán los que se señalen a continuación y ambas partes acuerdan que la prestación de dichos servicios se regirá por los términos y condiciones del presente Contrato Marco de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones y por lo establecido en el o los Anexo(s) que corresponda al Servicio o Servicios seleccionados por el CLIENTE:
ANEXO DEL CONTRATO | ||
A) Facturación | x | A |
A bis) Acta de Recepción de Servicios y de Bienes | x | A bis |
ANEXO DEL CONTRATO | ||
B) Línea Privada Ethernet | x | B |
C) Red Privada Virtual | C | |
D) Internet Dedicado | x | D |
E) Línea Privada Digital | E | |
F) Infraestructura | F | |
G) Línea Privada de Video | G | |
H) Troncales | x | H |
J) Otros Servicios | J | |
K) Televisión por Cable | K | |
L) Internet Empresarial | L | |
M) Telefonía Empresarial | M | |
N) Red Interna | N | |
O) Soluciones en Tecnología | O | |
P) Servicios de nube GOOGLE APPS | P |
DECLARACIONES:
I.- Declara METROCARRIER® bajo protesta de decir verdad a través de su apoderado:
a) Que es una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes de la República Mexicana.
b) Que la personalidad y facultades de su apoderado, a la fecha no le han sido modificadas, limitadas ni revocadas en forma alguna.
c) Que su domicilio para todos los efectos legales del presente contrato es el ubicado en: Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 0000 Xxx. xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx. X.X. 00000.
II. Declara el CLIENTE bajo protesta de decir verdad, a través de su apoderado:
a) Que es un organismo público descentralizado constituido conforme a las leyes de la República Mexicana, lo cual demuestra con el documento que se agrega al presente contrato como Anexo “1”.
b) Que la personalidad y facultades de su apoderado, a la fecha no le han sido modificadas, limitadas ni revocadas en forma alguna, lo cual demuestra con el documento que se agrega al presente contrato como Anexo “2”.
c) Que su domicilio para todos los efectos legales del presente contrato es el ubicado en:_ XXXXXXXXXX XXXXX XXXX-XXX XXXXXX XX. 0.0, XXXXX XXXX
XX XXX XXXXXX, X.X. 00000, TLAJOMULCO XX XXXXXX, JALISCO
y su Registro Federal de Contribuyentes es :
UTZ030120HP8
d) Que desea contratar con METROCARRIER® los Servicios que se señalan en los Anexos del presente Contrato, los cuales firmados por los representantes legales de ambas partes formarán parte integrante del mismo.
En base a las declaraciones anteriores, las partes convienen y se obligan de acuerdo a las siguientes:
CLAUSULAS:
1. OBJETO.
1.1 METROCARRIER® prestará al CLIENTE los servicios señalados en los Anexos que se agregan al presente instrumento (los Servicios) conforme a lo establecido a lo largo del mismo Contrato, sus citados Anexos y promociones elegidas por el CLIENTE para el Servicio de que se trate (las Ofertas).
2. CONTRAPRESTACION
2.1 El CLIENTE se obliga a pagar a METROCARRIER® el monto total señalado en la factura correspondiente, de conformidad a los términos y condiciones que se establezcan en el Anexo correspondiente (El Precio).
3. FORMA Y LUGAR DE PAGO
3.1 El CLIENTE deberá pagar a METROCARRIER® las cantidades especificadas en la factura correspondiente a más tardar dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la fecha de emisión de la factura.
3.2 Si el CLIENTE llegare a no recibir la factura correspondiente, debe contactar a METROCARRIER® a más tardar dentro de los 5 (Cinco) días posteriores a la fecha xx xxxxx a fin de que se le envié una copia de la misma en forma individualizada. Una vez que se reciba la solicitud, se enviará a la cuenta de correo electrónico o por el medio que el CLIENTE especifique en la solicitud, el saldo a pagar y las instituciones a las cuales podrá acudir a realizar su pago.
3.3 Cualquier diferencia que el CLIENTE detecte sobre los cargos efectuados en la factura, deberá informarla inmediatamente al Centro de Atención y Servicio de METROCARRIER®, y en caso de no ser resuelta a su satisfacción y deseare impugnarla, deberá hacerlo por escrito a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales después de la fecha de emisión de la factura. Se entenderán reconocidos los cargos asentados en la factura, si el CLIENTE no manifiesta su inconformidad por escrito a METROCARRIER® dentro del citado plazo.
3.4 El pago de la factura podrá hacerse por transferencia electrónica a través de la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) o depósito bancario en las cuentas que se indican en la factura correspondiente.
3.5 METROCARRIER® y el CLIENTE están de acuerdo que cualesquiera de las empresas controladoras, subsidiarias o filiales de METROCARRIER® podrán emitir la facturación que sea generada con motivo de los servicios materia del presente contrato lo anterior deberá ser notificado al CLIENTE con 30 días naturales de anticipación, este último deberá otorgar su consentimiento sobre este particular.
4. ADEUDOS
4.1 En caso de que METROCARRIER® omitiere en cualquier factura adeudos a que se refiere la presente cláusula, podrá reflejarlos en cualquier otra factura subsecuente a fin de que el CLIENTE cubra el adeudo pendiente. Dicha omisión no constituirá renuncia expresa o tácita de METROCARRIER® a su acción de cobro, ni se interpretará como un derecho del CLIENTE a no cubrir en su totalidad dichos adeudos.
4.2 En caso de que el CLIENTE incurra en xxxx, METROCARRIER® estará facultada para suspender o cancelar el o los Servicios de forma inmediata. El CLIENTE conviene con METROCARRIER® en que ésta última no será responsable de los daños, perjuicios y/o reclamaciones que resulten derivados de dichas suspensiones o cancelación, obligándose el CLIENTE a sacar en paz y a salvo a METROCARRIER® sus empresas controladoras, filiales y/o subsidiarias de cualquier reclamación, demanda o denuncia fincada en su contra, y a reembolsarle cualquier tipo de gastos que METROCARRIER® se viere obligada a erogar con motivo de lo anterior. En caso de que el Servicio permanezca suspendido por un periodo mayor a un mes, METROCARRIER® estará facultada a exigir el cumplimiento forzoso del presente contrato o la rescisión del mismo, quedando el CLIENTE, en este último caso, obligado al pago de las rentas que correspondan desde la fecha de la terminación anticipada hasta el plazo de duración forzoso para el o los Servicios objeto del presente Contrato. En caso de suspensión parcial o total de la prestación de los Servicios y para efectos de reestablecer los mismos, el CLIENTE deberá cubrir cualquier adeudo pendiente, los intereses moratorios de acuerdo a la cláusula 4.3 y los gastos de reconexión que en su caso apliquen de conformidad con los términos, condiciones, precios y/o tarifas que METROCARRIER® tenga establecidos para el o los servicios contratados; en caso de que la xxxx del CLIENTE sea por causas imputables a un tercero, EL CLIENTE deberá probar dichas causas a METROCARRIER®, y este último resolverá sobre si aplican los intereses moratorios
4.3 Los adeudos generados por El CLIENTE, causarán intereses moratorios a favor de METROCARRIER® a partir del día siguiente de su fecha límite de pago y hasta que se encuentre debidamente liquidado dicho adeudo, a razón del 1.5% (uno punto cinco por ciento) mensual sobre el saldo insoluto. Incluyendo los cargos impugnados por el CLIENTE y no resueltos a su favor.
5. INVESTIGACION DE CREDITO
6.1 Salvo por la vigencia de él o los Anexos y/o de las Ofertas contratadas por el CLIENTE específicamente, el presente Contrato tendrá una duración mínima de 12 (doce) meses a partir de la fecha del Acta de Recepción de Servicios y de Bienes. Una vez concluido el plazo forzoso, y en caso de que el CLIENTE se encuentre al corriente en sus pagos y continúe usando el Servicio, el presente contrato se prorrogará de mes en mes, hasta que cualquiera de las partes manifieste por escrito su voluntad de darlo por terminado. En el caso del CLIENTE, éste deberá dar aviso a más tardar el día 20 del mes que pretenda dar por concluido el contrato, para que la terminación tenga efectos en ese mes, en la inteligencia que de hacerlo posteriormente tendrá efectos la terminación hasta el siguiente mes.
6.2 METROCARRIER® efectuará una visita al sitio o sitios del CLIENTE a más tardar una semana después de la fecha de firma del Acta Entrega-Recepción del Contrato Marco de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones y Anexos, para indicarle al CLIENTE la infraestructura necesaria para la instalación del servicio en caso de requerirlo. En caso de que el CLIENTE no entregue el(los) sitio(s) a más tardar 3 semanas después de la fecha de firma del Acta Entrega-Recepción del Contrato Marco de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones y Anexos, METROCARRIER® no estará en posibilidad de cumplir con el tiempo total de entrega establecido en el Anexo “Bis” del servicio contratado, adicionalmente en caso de que METROCARRIER® notifique al cliente que este se encuentre listo para comenzar con la instalación del servicio, y el CLIENTE continúe sin entregar el(los) sitio(s), METROCARRIER® podrá a partir de ese momento, facturar al CLIENTE el 100%(cien por ciento) mensual del servicio contratado.
7. TERMINACION Y RESCISION
7.1 El CLIENTE acuerda que METROCARRIER® podrá dar por terminado el presente instrumento contractual, sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna para ambas partes, en caso de que llegare a existir alguna prohibición o limitación en las legislaciones aplicables a la materia, o bien derivada de algún acuerdo y/o resolución dictada en dicho sentido por el Instituto Federal de Telecomunicaciones(IFT), otra autoridad competente o el organismo que la sustituya, con posterioridad a la fecha de firma de este Contrato, que como consecuencia impidan la prestación de los Servicios.
7.2 Cualquiera de las partes estará facultada para dar por terminado el presente contrato en caso de que la otra parte sea declarada en quiebra, suspensión de pagos o insolvencia. Lo anterior, no excluye la responsabilidad de ambas partes de cumplir con las obligaciones derivadas del presente Contrato.
7.3 Bajo lo establecido en la presente cláusula, todas las obligaciones a cargo de las partes generadas hasta el momento de la fecha efectiva de terminación, vencerán y serán exigibles de inmediato. Para tal efecto, METROCARRIER® notificará al CLIENTE la cantidad que éste deba pagar como contraprestación por Servicios que pudieran haberse prestado hasta la fecha de terminación o rescisión, incluyendo el plazo en que dicha cantidad deba ser cubierta. Aquellas cantidades que se hubieren generado por la prestación del servicio que no fueran pagadas por el CLIENTE en la fecha de vencimiento, causarán los intereses moratorios a que se hace mención en la cláusula 4.3 anterior. METROCARRIER® tiene el derecho de retirar el equipo de su propiedad o del tercero con el que tenga celebrado convenio y que se hubiere instalado en las localidades del CLIENTE, obligándose éste último
8. INTERRUPCION DE LOS SERVICIOS
8.1 METROCARRIER® no será responsable por la suspensión o interrupción de los Servicios o detrimento en el Servicio por aquellas causas de fuerza mayor, caso fortuito o por causas que no le sean imputables ni previsibles, incluyendo fallas de transmisión, así como la suspensión o interrupción de comunicaciones por otras redes a través de las cuales puedan cursarse las señales o tráfico del CLIENTE. METROCARRIER® hará su mejor esfuerzo para reestablecer el servicio a la brevedad bajo las condiciones de calidad, funcionalidad y aspectos técnicos que tenga establecidos para tal fin.
8.2 METROCARRIER®, previa notificación con 07 días naturales de anticipación y previa negociación con el CLIENTE tendrá el derecho de interrumpir, por el tiempo estrictamente necesario, la prestación de los Servicios objeto del presente Contrato cuando sea necesaria la inspección o el mantenimiento a sus facilidades y/o equipo utilizado para interconectarse a la red de telecomunicaciones de METROCARRIER®. Cuando el equipo sea proporcionado por un tercero con el que METROCARRIER® tenga celebrado Convenio, dicho mantenimiento podrá en su caso, ser realizado por personal autorizado xxx xxxxxxx. En caso de ser necesario, el CLIENTE conviene en facilitar a METROCARRIER® el acceso a sus instalaciones bajo su supervisión. METROCARRIER® procurará programar dichas actividades, en horas que no resulten inconvenientes para el CLIENTE.
8.3 METROCARRIER®, se reserva el derecho de iniciar y/o de objetar el inicio de labores de reparación o mantenimiento de cualquier equipo que haya sido colocado y adaptado en las instalaciones del CLIENTE por METROCARRIER®, si el personal de METROCARRIER® o del tercero con el que ésta tenga celebrado convenio, determina que existe riesgo que pueda dañar su integridad física debido a la inseguridad de acceso al equipo instalado en las ubicaciones del CLIENTE. METROCARRIER® no se hace responsable de los daños y perjuicios y/o reclamaciones que resulten derivados de lo anterior, obligándose el CLIENTE a sacar en paz y a salvo a METROCARRIER® sus empresas controladoras, filiales y/o subsidiarias de cualquier reclamación, demanda o denuncia fincada en su contra por dicho concepto y reembolsarle los gastos en que haya incurrido por tal efecto.
9. RESPONSABILIDAD LABORAL
9.1 Las Partes manifiestan que cada una de ellas cuenta con sus propios empleados y trabajadores, y que la celebración del presente Contrato no genera vínculo laboral alguno entre cualquiera de las Partes y los empleados o trabajadores de la otra, por lo que en caso de que una de las Partes recibiera una reclamación o demanda laboral o de previsión social presentada por uno o varios empleados o trabajadores de la otra Parte, ésta última liberará y sacará en paz y a salvo a la Parte afectada de cualquier responsabilidad respecto de tal reclamación o demanda. Asimismo, las Partes manifiestan que serán responsables de pagar los impuestos que se generen por los Servicios contratados, por lo que cada Parte se compromete a sacar en paz y a salvo a la otra, en caso de generarse algún incumplimiento en el pago de los impuestos correspondientes.
10. LIMITE DE RESPONSABILIDADES
10.1 METROCARRIER® no tendrá responsabilidad alguna por el mal uso, negligencia, uso fraudulento, uso contrario a especificaciones y/o uso desautorizado que el CLIENTE haga de sus facilidades, línea(s) y/o equipo de telecomunicaciones, ya sea a través de sus funcionarios o empleados o por cualquier tercero, que pudieran tener acceso directo o indirecto a las mismas; asimismo, no existirá responsabilidad alguna a cargo de METROCARRIER® por envío o recepción de información o señales no reconocidas por el CLIENTE derivadas de dichas circunstancias. El CLIENTE deberá adoptar las medidas necesarias para prevenir dichos actos haciéndose responsable desde ahora de sacar en paz y a salvo a METROCARRIER®, sus empresas controladoras, filiales y/o subsidiarias de cualquier reclamación que pudiera fincarse en su contra al efecto.
10.2 El CLIENTE conviene en no conectar ningún equipo, aparato, accesorio y/o dispositivo, relacionado con la prestación de los Servicios objeto de este contrato, sin el previo consentimiento por escrito de METROCARRIER®, estando obligado a homologar previamente ante la Secretaria o ante la dependencia que para ello se designe todo equipo, aparato, accesorio y/o dispositivo a instalar, mismo que
11.2 El CLIENTE autoriza expresamente para que tanto la IFT o METROCARRIER®, en cualquier tiempo durante la vigencia de este Contrato, supervisen el uso y/o destino que el CLIENTE dé a los Servicios prestados por METROCARRIER® conforme a este contrato y, por tanto, en caso de detectarse alguna irregularidad que contravenga la legislación en materia de telecomunicaciones, METROCARRIER® podrá rescindir automáticamente el presente contrato sin necesidad de resolución judicial previa y sin responsabilidad alguna para METROCARRIER®.
11.3 En el supuesto que inmediatamente antecede, el CLIENTE se obliga a reintegrar a METROCARRIER® cualquier cantidad que ésta haya erogado específicamente para la prestación al CLIENTE de el o los Servicios materia del presente Contrato como pudieran ser infraestructura, mano de obra, compra de equipo o cualquier otra directa o indirectamente relacionado, para lo cual a juicio de METROCARRIER®, el CLIENTE deberá otorgarle garantía suficiente a su satisfacción.
12. NOTIFICACIONES
12.1 Las partes convienen en que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que deban darse por virtud del presente Contrato, deberán ser dirigidas a los domicilios que para tal efecto se mencionan en las declaraciones del presente Contrato, mismas que deberán ser realizadas, para surtir efectos, por escrito, mediante correo certificado o mensajería privada con acuse de recibo, facsímile o bajo cualquier otro signo inequívoco cuya recepción conste o sea confirmada por escrito por el destinatario. En caso de cambio de domicilio y/o modificación a la denominación social de las partes, éstas se obligan a dar el aviso correspondiente por escrito a la otra parte con 15 (Quince) días de anticipación a que dicho cambio o modificación ocurra, sin perjuicio de su responsabilidad de recobrar la documentación que les ha sido enviada con anterioridad a la fecha en que la notificación haya sido recibida.
13. CESION Y MODIFICACION
13.1 El CLIENTE no podrá ceder los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, salvo con el acuerdo expreso de METROCARRIER®.
14. CONFIDENCIALIDAD
14.1 Las partes tienen y asumen la obligación de guardar el secreto y la confidencialidad de toda la información propia de la contraparte sobre la que se tenga acceso durante la vigencia del presente contrato. Así mismo, se comprometen a no publicar o divulgar ningún dato salvo que se cuente con el permiso por escrito de la contraparte.
14.2 Esta obligación subsistirá aun después de finalizado el presente contrato. EL CLIENTE o METROCARRIER® será responsable de todos los daños y perjuicios que para la contraparte se deriven como consecuencia del incumplimiento doloso o culposo de dicha obligación.
15. AVISO DE PRIVACIDAD
El CLIENTE acepta el tratamiento de sus datos personales por parte de METROCARRIER®, en los términos expresados en el AVISO DE PRIVACIDAD que le es dado a conocer a la firma del presente contrato, y que se encuentra publicado en la página web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cualquier modificación al Aviso de Privacidad será dada a conocer a EL CLIENTE a través de la página web anteriormente mencionada, en los Centros Integrales de Servicio y a través de los medios de publicidad de que dispone METROCARRIER®.
16. JURISDICCIÓN
16.1 Para todo lo relativo a este contrato incluyendo su interpretación, cumplimiento y ejecución, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Competentes de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, y por lo tanto renuncian expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
17. ACUERDO UNICO
17.1 Las partes convienen en que el presente contrato constituye el acuerdo único y convienen en dejar sin efecto cualquier acuerdo, comunicación o propuesta previa relacionada con el objeto del presente Contrato.
En testimonio de lo anterior, las partes celebran el presente Contrato y lo firman por duplicado en la ciudad de GUADALAJARA, J_ALISCO el día 18 de D_ICIEMBRE de 20_ 17 .
POR EL CLIENTE
deberá ser susceptible de ser interconectado a una red pública de
telecomunicaciones sin causar daño alguno a dicha red, cumpliendo con la señalización autorizada. En caso de contravenir lo anterior, el CLIENTE deberá pagar a METROCARRIER®, sus empresas controladoras, filiales y/o subsidiarias los daños y perjuicios que le ocasione, además de ser causa de rescisión automática del presente contrato, sin responsabilidad alguna para METROCARRIER® y sin necesidad de declaración judicial previa.
10.3 METROCARRIER® no será responsable por el contenido de la información que el CLIENTE transmita o curse a través de la red de telecomunicaciones de METROCARRIER®, sus empresas controladoras, filiales y/o subsidiarias.
Por:
Cargo: Representante Legal
POR METROCARRIER®
XXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX
10.4 METROCARRIER® será responsable únicamente, por los Servicios que preste a
través de los enlaces, equipos y red de su propiedad para lo cual se establece el limite de responsabilidades de METROCARRIER®, hasta el “Punto de Demarcación”, dentro del apartado de “Equipo Terminal” señalado en el Acta de Recepción de Servicios y de Bienes que una vez firmada por las partes, se adjunta al presente contrato. El CLIENTE toma en custodia y acepta la responsabilidad del buen uso y conservación de las facilidades y equipo que se instalen y se le otorguen para la debida prestación de los Servicios ya sean propiedad de METROCARRIER® o de un tercero con el que METROCARRIER® tenga celebrado convenio. En caso de que por negligencia o mal uso fueran dañados los equipos, instalaciones y/o dispositivos, el CLIENTE se obliga a pagar a METROCARRIER® los daños y perjuicios que se le ocasionen en virtud de lo anterior.
11. GARANTIAS Y SUPERVISION DEL SERVICIO PRESTADO POR METROCARRIER®
11.1 En caso de que los servicios proporcionados en los términos de este contrato y sus Anexos sean interrumpidos por un periodo consecutivo superior a 4 (cuatro) horas contadas a partir de que el CLIENTE haya reportado la falla al CAS de METROCARRIER®, esta última se obliga a bonificar a el CLIENTE la parte xx Xxxxx Mensual que corresponda a los Servicios de Telecomunicaciones afectados, por el tiempo que dure la afectación.
Por: XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX
Cargo: Representante Legal