ADMINISTRACIÓN LOCAL
ADMINISTRACIÓN XXXXX
Xxxxxx 0000/00
XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXX XXXXX
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CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y POR CONCURSO LA ORGANIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS PARA EL AÑO 2019.
Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 3 xx xxxxx de 2019 el Pliego de condiciones económico-administrativas que ha de regir la contratación por procedimiento abierto de la organización y celebración de los espectáculos taurinos para 2019 se expone al público durante el plazo de ocho días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan presentarse reclamaciones; simultáneamente se anuncia concurso, si bien la licitación se aplazará cuando resulte necesario en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra los pliegos de condiciones.
1) OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO DEL CONTRATO.
1.1. Constituye el objeto del contrato la organización y celebración de los siguientes espectáculos taurinos:
a) Dos corridas de novillos sin picadores. Una el día 8 de julio, consistente en dos novillos sin picadores y para dos novilleros, y la otra, el día 9 del mismo mes, de idénticas características que la anterior. Se especificará cual sería el precio xxx xxxxxxx en el caso de que se necesitara.
b) Encierros tradicionales los días 8 y 9 de julio, con las reses bravas que posteriormente se lidiarán en las novilladas. Suelta de vaquillas.
c) Suelta de vaquillas, dos el día 8 y una vaquilla y una mamona el día 9, después de terminar las novilladas, para fomento y recreo de la afición.
1.2. No está comprendido en el contrato el montaje de la plaza de toros ni el aislamiento o cerramiento del recorrido que seguirán las reses que se suelten para los encierros tradicionales.
1.3. También se excluye del contrato el aforo de la plaza de toros.
1.4. Los novillos serán elegidos por el Ayuntamiento.
1.5. El contrato tiene la clasificación de contrato administrativo de servicios tal y como establece el artículo 25 1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (CPV 79952100-3)
2) GASTOS.
2.1. El adjudicatario del contrato se constituye en empresario y organizador directo de los espectáculos taurinos, siendo plenamente responsable de su celebración, y como tal queda obligado al pago de todos los gastos inherentes a su cometido, enumerándose a título de ejemplo los siguientes: gastos de adquisición y transporte de novillos, contratación de novilleros, derechos de reconocimiento de reses en vivo y muerto, seguros de accidentes y de responsabilidad civil, permisos gubernativos, seguros sociales, licencia fiscal e IVA y cualesquiera otros tributos que fueren exigibles, anuncios y propaganda de los espectáculos taurinos, contratación del equipo médico-quirúrgico, etc.
2.2. Serán por cuenta del Ayuntamiento los siguientes gastos: certificado de técnico que acredite la seguridad de la plaza; certificado veterinario sobre condiciones de sanidad de los chiqueros, arrastre de los toros y música para amenizar los espectáculos.
3) TIPO DE LICITACIÓN.
3.1. El valor estimado del contrato asciende a VEINTITRES MIL EUROS (23.000 €), IVA incluido.
El importe se abonará con cargo a la partida 338.226.09 del vigente presupuesto municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acredita la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.
Todo ello teniendo en cuenta:
PRIMERO: Son por cuenta del Ayuntamiento los siguientes gastos:
a) Montaje de la plaza de toros y certificado del arquitecto sobre seguridad y del veterinario sobre condiciones sanitarias de los chiqueros.
b) Arrastre de los toros.
c) Música para amenizar los espectáculos.
SEGUNDO: No se comprende en el contrato el aforo de la plaza de toros.
4) PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
4.1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
4.2. Lugar y plazo de presentación de ofertas.
Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a que la utilización de estos medios requiere equipos informáticos de los que no dispone el órgano de contratación
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento con domicilio en la Plaza de España, 1, en horario de oficina, dentro del plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante.
Las proposiciones podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
10.3. Contenido de las proposiciones.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda “Proposición para licitar a la contratación del servicio de organización y celebración de los festejos taurinos para el año 2019.” La denominación de los sobres es la siguiente:
– Sobre “A”: Documentación Administrativa.
– Sobre “B”: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
– Sobre “C”: Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de Valor.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos:
SOBRE “A” DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
La declaración responsable se presentará conforme al modelo incluido en el Anexo del presente pliego.
SOBRE “B”
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
“ , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º , con NIF n.º
, en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del
servicio de por procedimiento abierto anunciado en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 . Firma del candidato,
Fdo.: .”.
SOBRE “C”
DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor.
5) APERTURA DE PROPOSICIONES.
5.1. Tendrá lugar en el Salón de Actos del Ayuntamiento a las trece horas y treinta minutos del sexto día siguiente al que termine el plazo señalado para presentar proposiciones. Si no se hubiesen presentado proposiciones por correo, tendrá lugar el primer día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones. En ambos casos, si coincidiera con sábado o festivo se prorrogará la apertura al siguiente día hábil.
5.2. Cuando las licitaciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha y hora en que efectuó el envío y comunicarlo al órgano de contratación mediante fax o telegrama dentro de la fecha y hora establecidas como plazo de presentación. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad al plazo señalado en este anuncio.
No obstante, transcurridos cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
6) CRITERIO QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio.
A. Criterios cuantificables automáticamente, La cuantía se valorará con 100 puntos máximo.
B. Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
– Mejor ganadería ofertada a juicio de los miembros de la mesa de contratación: 40 puntos.
– Aportar el licitador relación de espectáculos taurinos celebrados en San Xxxxxxx xxx Xxxxx o en otros municipios acreditado mediante certificación expedida por el Ayuntamiento en cuestión: 30.
– Propuesta de espectáculo complementario de contenido y características apropiadas para su inclusión en el programa de Fiestas Patronales: 30 puntos.
Los criterios que, conforme a lo dispuesto en el art. 135 de la Ley de Contratos del Sector Público han de servir de base para la adjudicación del contrato, son los siguientes, relacionados por orden decreciente a la importancia que se les atribuye:
a) Mejor oferta económica.
b) Memoria de los espectáculos ofrecidos.
c) Solvencia económica, financiera y técnica.
7) GARANTÍA DEFINITIVA.
El licitador que hubiera presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5 % del importe de la adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
8) PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO.
8.1. El empresario tendrá derecho al abono del precio del contrato dentro de los tres meses siguientes a la celebración del espectáculo taurino.
9) RIESGO Y XXXXXXX.
9.1. La organización y celebración de los espectáculos taurinos serán a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, que se obliga a cumplir todas las condiciones de este pliego, y no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios de cualquier clase.
9.2. El adjudicatario del contrato, organizador del espectáculo taurino, asume todas las responsabilidades civiles o penales que pudieran derivarse de lesiones, accidentes, etc. a particulares, colaboradores, voluntarios y demás intervinientes, así como los daños a los espectadores, terceras personas y a los bienes, para lo cual deberá suscribir un contrato de seguro colectivo de accidentes y de responsabilidad civil con el capital mínimo asegurado exigido en el art. 27 del Decreto 14/1999, de 8 de febrero, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se aprueba el Reglamento de Espectáculo Taurinos Populares de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
10) CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES.
10.1. El contratista tendrá la obligación de cumplir las normas vigentes en materia laboral, seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
11) RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
11.1. Las causas de resolución del contrato serán las previstas en la Ley de Contratos del Sector Público.
12) MESA DE CONTRATACIÓN.
12.1. Estará integrada del siguiente modo:
PRESIDENTE: La Sra. Alcaldesa o miembro de la Corporación en quien delegue.
TRES VOCALES: Designados por la Alcaldía.
SECRETARIO: El de la Corporación o persona en quien delegue.
13) RÉGIMEN JURÍDICO.
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
San Xxxxxxx xxx Xxxxx, 4 xx xxxxx de 2019. La Alcaldesa, Ilegible.