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En Itagüí se vive mejor.
CONVENIO DE ASOCIACiÓN N' SPIS- ,1 1 4 -2015 CELEBRADO ENTRE EL
MUNICIPIO DE ITAGÜi y LA FUNDACION CENTRAL MAYORISTA
Entre los suscritos XXXXX XXxXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadania No. 70.783.967, en calidad de Secretario Juridico del MUNICIPIO DE ITAGUI, entidad territorial, con NIT 890.980.093-8, de conformidad con lo estipulado en el Articulo 4° del Decreto Número 0918 del 29 xx xxxxx de 2012, mediante el cual se delegan unas funciones y competencias xxx XXXXXXX MUNICIPAL en los servidores públicos del nivel Directivo y Asesor, el cuál entró a regir a partir del dia 11 de julio de 2012 y de conformidad con las Leyes 80 de 1993, 136 de 1994, 1150 de 2007, Decreto
1510 de 2013 y los Acuerdos Municipales 003 de 2013 y 016 de 2014, de una parte, quien se denominará el MUNICIPIO y de la otra, la FUNDACION CENTRAL MAYORISTA con NIT. 811.016.502-8; Entidad sin ánimo de iucro, constituida por acta No. 001 del 07 xx Xxxxx de 1991, otorgada por la asamblea de asociados, inscrita en la Cámara de Comercio Aburra Sur el 03 de Noviembre de 1998, bajo el número 0808 del libro I de las personas jurídicas sin ánimo de lucro, con personería jurídica No. 0000000055.000310.12 del 03 de Noviembre de 1998 dada por la misma Cámara de Comercio, la Fundación tiene domicilio en la xxxxx 00 X' 00-00 Xxxxxx 00 Xxxxx 0 xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, teléfono 0000000 y 0000000, correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, representada legalmente por la señora XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXX identificado con cédula de ciudadanía No. 43.419.907 de San Xxxxxxx - Antioquia,y que para efectos del presente convenio se denomina EL ASOCIADO, hemos acordado celebrar el presente Convenio de Asociación, previas las siguientes consideraciones: 3. De conformidad con lo señalado en los numerales 7 y 12 del Articulo 25 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con el Articulo 20 del Decreto 1510 de 2013, las Entidades Estatales están obligadas a llevar a cabo estudios y documentos previos para comprobar la necesidad de contratar el bien o servicio, obra o labor, dejando constancia de su adecuación al Plan de Desarrollo, al Plan de Acción y al Plan Anual de Adquisiciones de la entidad. b. En cumplimiento a lo establecido en la Ley 136 de 1994 es facultad xxx Xxxxxxx asegurar la acción administrativa del Municipio, defender los intereses del mismo, promover su mejoramiento y desarrollo bajo parámetros de una Administración Pública moderna. La Constitución Política de Colombia garantiza los derechos de la población adulta mayor, de tal forma que el articulo 46 de la Carta establece: "El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y
comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el
subsidio alimentario en caso de indigencia". c. Es por eso que la Administración Municipal, en cabeza de la Secretaria de participación e Inclusión Social busca satisfacer las necesidades propias de cada uno de sus habitantes a través de acciones y programas que impacten los diferentes grupos poblacionales que tienen asiento en la municipalidad, como lo es el caso concreto de los Adultos Mayores; a quienes se pretenden garantizar
el cumplimiento de politicas de bienestar social que permitan prevenir, mitigar y superar las situaciones de riesgo social que enfrenta esta población en particular a través del acceso integral a bienes y servicios que mejoren su calidad de vida y potencien su
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Desarrollo humano integral con enfoque de Derechos. d. En atención a lo anterior y conforme a lo establecido en el Articulo 146 del Estatuto Tributario Municipal que versa: "ARTICULO 146. DESTINACION DE RECURSOS. El producido de la Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor se destinara única y exclusivamente a la construcción, instalación, adecuación, dotación, funcionamiento y desarrollo de programas de prevención y promoción de los Centros de Bienestar del Anciano y de los Centros de Vida para la Tercera Edad, en los porcentajes establecidos en el articulo 3 de la Ley 1276 de 2009, esto es, en un setenta por ciento (70%) para la financiación de los Centros de Vida, de acuerdo con las definiciones de la Ley 1276 de 2009; y el treinta por ciento (30%) restante, a la dotación, funcionamiento y demás de los Centros de Bienestar del Anciano,
sin perjuicio de Xxx recursos adicionales que puedan gestionarse a través del sector
pn"vado y la cooperación internacional." e. En consecuencia y ante la situación de vulnerabilidad que presentan algunas personas de la población Adulto Mayor del Municipio de Itagüí, la Administración Municipal desea suscribir convenio de asociación con la FUNDACIÓN CENTRAL MAYORISTA que cuenta con el personal idóneo, competente, la experiencia y de igual forma cuenta con los espacios físicos para la ejecución del servicio y de las actividades con el fin de proporcionar un complemento nutricional a través de la entrega de paquetes alimentarios que contienen los productos de la canasta familiar y que permitirá su auto conservación en condiciones dignas y humanitarias. f. La FUNDACiÓN CENTRAL MAYORISTA es una entidad privada, sin ánimo de lucro, y dentro de sus objetivos se busca promover el desarrollo integral de las personas más vulnerables, a fin de que se mantenga un constante espíritu de superación humana, familiar y social, después de impactar positivamente por más xx xxxx años realizando convenios y contratos con el mismo objeto. g. Lo anterior en marcado en el Plan De Desarrollo Unidos Hacemos El Cambio en la: LINEA ESTRATÉGICA N2: ITAGUI, UNA AGENDA SOCIAL PARA LA VIDA. AREA DE DESARROLLO:INCLUSION SOCIAL. PROGRAMA: ITAGUI INCLUYENTE. PROYECTO: CIUDADANAS Y CIUDADANOS DE LA EDAD XXXXXX XXXXXXxXX ADULTA MAYOR. h. La necesidad
de contratación acá descrita se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones del Municipio de Itagüi. k. Que el Secretario Juridico del Municipio de Itagüi expidió la Resolución W 38927 del 10 xx Xxxxx o de 2015, por medio de la cual se reconoce idoneidad a la FUNDACIÓN CENTRAL MAYORISTA, toda vez que se comparten propósitos comunes que motivan su asociación para el desarrollo del objeto del convenio.
n razón a las anteriores consideraciones, las partes acuerdan celebrar el presente convenio de asociación, regido por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO:
'Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para fortalecer el proyecto
~ "ciudadanas y ciudadanos de la edad dorada población adulta mayor", que hace parte del programa "ltagüi incluyente", contemplado en el plan de desarrollo de este municipio, mediante el mejoramiento nutricional de esa población.". SEGUNDA. ACTIVIDADES DEL ASOCIADO QUE PERMITEN DESARROLLAR EL ALCANCE DEL OBJETO: 1-
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Entregar Trescientos Diecisiete (317) paquetes alimentarios mensuales, que contiene los productos de la canasta familiar descritos en los estudios previos y en la propuesta (y que se relaciona a continuación), los cuales beneficiaran a Trescientos Diecisiete (317)
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Centro Administrativo Municipal de ltagül (CAMI) • Te!':373 76 76 Cra. 51 No. 51 - 55 • Itagür - Colombia. xxx.xxxxxx.xxx.xx
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reinta y Seis (2.536) adultos. |
Adultos Mayores por mes; los beneficiarios de estos paquetes serán de acuerdo con Jo establecido por el Comité Municipal Gerontológico Interinstitucional para la Tercera Edad del Municipio de Itagüi (En todo caso, el lugar de entrega de los paquetes alimentarios se realizara de acuerdo a las instrucciones del Supervisor del convenio). El total de Adultos Mayores a beneficiar durante la ejecución del convenio será de Dos Mil Quinientos T
AlIMENTACION |
(CONTENIDO PAQUETE) | UNO DE MEDIDA | UNO |
Panela redonda | Par | 2 |
Fríjol Lima | Kg | 1 |
Arroz | Lb | 3 |
Aceite 1000 ce | Frasco | 1 |
Azúcar refinada | Kilo | 1 |
Sardina | Tarro | 1 |
Cocoa Bolsa x 230 grs | Unidad | 1 |
Pastas (Fideos x 200 9r5) | Unidad | 1 |
Espaguetis (200 9rs) | Unidad | 1 |
Jabón de Bai'lo | Unidad | 1 |
Jabón de Ropa | Unidad | 1 |
Crema Dental x 63 mi | Tubo | 1 |
Papel Higiénico (4 rollos) | Unidad | 1 |
Sal Refinada | Lb | 1 |
Lenteja (paquete por 460 9rs) Unidad 1
TERCERA. RESULTADOS: 1- Como resultado de la ejecución del convenio, el asociado deberá presentar mensualmente al supervisor del convenio, un informe que contenga la relación de los paquetes alimentarios entregados con sus respectivas evidencias. 2N De igual forma deberán entregar un informe final en medio magnético, que compile la entrega total de Xxx paquetes alimentarios; para ello deben anexar evidencias fotográficas,
listados de entrega y los que se consideren pertinentes. CUARTA. OBLIGACIONES:
Además de las obligaciones descritas en los estudios previos y en la propuesta, el ASOCIADO se compromete a: 1) El ASOCIADO deberá disponer de la logistica y personal necesario para el empaque y la entrega de los paquetes alimentarios. 2) El
ASOCIADO deberá contar con la estructura física para el almacenamiento y empaque de
íos paquetes alimentarios. 3) El ASOCIADO a través del personal encargado para empacar los paquetes alimentarios, tiene la obligación de verificar que las fechas de los
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productos que hacen parte del mismo, no se haya cumplido la fecha de su vencimiento.
4) Entregar, con la mayor diligencia y cuidado, los servicios establecidos a entera satisfacción y en las condiciones de calidad exigidas por EL MUNICIPIO. 5) Presentar ias facturas una vez se entreguen los bienes o servicios y con la fecha de radicación de las mismas, cumpliendo con los requisitos que exige el artículo 615 del Estatuto Tributario, en original y tres fotocopias. 6) Garantizar la calidad del servicio. 7) Entregar los servicios
en el lugar relacionado en el documento.8) Cumplir con el objeto convenio dentro del plazo y en las condiciones acordadas. 9) Proveer a su costo, todos los bienes o servicios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funcionalidades requeridas en el presente CONVENIO. 10) No ofrecer pagos o prebendas a los funcionarios del municipio de Itagüí. 11) Cumplir con las exigencias del supervisor de acuerdo con las funciones que
le corresponden. 12) Responder en los plazos que el municipio de Itagül establezca en cada caso, los requerimientos de aclaración o de información que le formule. 13) El ASOCIADO atenderá en forma inmediata cualquier cambio que se presente en el suministro del bien, por lo cual realizará las gestiones necesarias para efectuar dichos cambios los cuales son específicamente de fecha de entrega, lugar de entrega, dentro de los plazos requeridos por el municipio de Itagüi, sin ningún tipo de penalidad económica que afecte el presupuesto del CONVENIO. 14) El ASOCIADO una vez iniciada la ejecución del CONVENIO, en caso de incumplimiento, deberá obtener la ampliación, renovación o restablecer el valor de la garantía u otorgar una nueva garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones que surjan por razón de la celebración, ejecución y liquidación del CONVENIO. El municipio de Itagüi podrá declarar la caducidad del mismo, de no obtener esta actuación por parte del ASOCIADO.15) Prestar la máxima colaboración en todo momento para facilitar la debida supervisión del CONVENIO.16) Suscribir el Acta de Liquidación del CONVENIO en caso que se termine con anterioridad unilateral o bilateralmente el CONVENIO. 17) Guardar la debida y completa reserva sobre
la información y los documentos que tenga conocimiento o a los que tenga acceso en
virtud de la ejecución del presente CONVENIO y no utiiizarla sino exclusivamente en relación con los fines del mismo. 18) Obrar con lealtad y buena fe en la ejecución del CONVENIO, evitando dilaciones injustificadas. 19) Cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad Social integral so pena de incurrir en las sanciones establecidas en el articulo l' de la ley 828 de 2003, o en las disposiciones que la modifiquen, deroguen
adicionen. 20) Las demás que se estimen convenientes para la ejecución del presente CONVENIO. DEL MUNICIPIO: 1) Suministrar y disponer los mecanismos e información
~ equerida para el logro de los objetivos encomendados en el convenio. 2) Cumplir con el desembolso estipulado en el presente convenio, para la debida ejecución y desarrollo del objeto. 3) Hacer seguimiento a la calidad y oportunidad de la prestación del servicio definido en el convenio. 4) Las demás obligaciones inherentes al objeto del convenio, que tengan por finalidad ejecutarlo y cumplirlo a cabalidad. QUINTA. PLAZO DE EJECUCiÓN: La vigencia del presente convenio será de OCHO (08) meses, contados a partir de la firma del acto de inicio del convenio y en todo caso sin sobrepasar el dia 28 de diciembre de 2015. SEXTA. VALOR DE LOS APORTES: EL valor total del convenio es por la suma de CIENTO DIECINUEVE MiLLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y
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TRES MIL QUINIENTOS TREINTA PESOS MIL ($119.493.530) discriminados asi: Valor antes de IVA es de CIENTO NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE
MIL NOVECIENTOS PESOS MIL ($109.647.900) y un IVA variable que se discrimina en cuadro siguiente por valor total de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS MIL ($9.845.630).
AlIMENTACION | UNIDAD DE MEDIDA:(RaCiOne~;Metros,KiIOS, Ca"as,Resmas, etc. | CANTIDAD | % IVA | IVA | VALOR TOTAL | ||||||
COSTO POR UNIDAD CON NA | IVA {IVAx317 paquete:\x meses | 8 | |||||||||
Panela | redonda | p" | 2 | S | - | 1 | 2489 | ||||
Frí;ol Lima | K- | 1 | $ - | 1 | 3.750 | ||||||
Arroz | Lb | 3 | $ - | $ 1.650 | |||||||
Aceite | 1000 ce | Frn"", | 1 | 16% | $ 568 | 1 | 3.550 | S 1.440.448 | |||
Azúcar | refinada | kilo | 1 | 5% | $ 120 | 1 | 2.400 | 1 | 304,320 | ||
Sardina | 1 | ||||||||||
Tarro | 1 | S | 416 | 2.600 | $1.054.976 | ||||||
Cocoa | Bolsa x 230 nrs | Unidad | 1 | 16% | S | S76 | 3.600 | $ 1.460.736 |
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'S | Unidad | 1 | S% | 1 | 10S | 1 | 2.100 | 1 | 266.280 |
Esna"uetis 1200 "rsl | Unidad | 1 | 5% | S | 70 | $ 1.400 | $ 177.520 | ||
Jabón de Baño | Unidad | 1 | 16% | S | 256 | 1 | 1.600 | S | 649.216 |
~:~tas (Fideosx200
Xxxxx | xx Xxxx | Unidad | 1 | 16% | 1 | 208 | 1 | 1.300 | $ 527.488 |
Crema Dental x 63 mi | Tubo | 1 , | 16% | S | 272 | $ 1.700 | $ 689.792 | ||
pap,~~ Higiénico (4 | |||||||||
rollos | Unidad | 16% | S | 560 | S | 3500 | $ 1.420.160 |
Sal Refinada Le~t~j.:\ (paquete por | Lb | 1 | $ - | $ 1.100 | ||
460 rs | Unidad | 1 | S . | $ 2.500 |
Valor Unitario TotallVA en las 8 | ||||||
ent;~~~s d~' ~~oducto $ 3.151 | $ 7.990.936 | |||||
% | VALOR DEL | VALOR SIN | ||||
Servicio de Transporte | IVA | IVA | IVA | VALOR TOTA'=._ | ||
de la Fundación Empaque de la | 8 entr""'as | O | O | $ | $ 2.000.000 | |
Fundación | 8 entre~as | 16% | S 138.831 | 1 866.829 | $ 1,005.522 |
Logistica y almacenamiento | de | la | |||||||
Fundación Personal ejecución | de apoyo convenio, | de | 8 entrenas | 16% | $ 606.897 | 1 | 3.793.103 | $ 4.400.000 | |
8 entrenas | |||||||||
la Fundación | 16% | $ 1.108.966 | 1 | 6.931.034 | $ 8.040.000 | ||||
TotallVA servicios | de los por 8 |
ent~~'-as d;-"'roducto | 1 | 1.854,694 | $ 11.591.828 | $15.446.522 |
APORTES DE | MUNICIPIO DE ITAGUI: Corresponden | a CIEN | MILLONES | CIENTO |
OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS MIL ($ 100.108.320) Y APORTES ASOCIADO: El ASOCIADO aportará DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS MIL ($ 19.385.210)
representados en especie (alimentos por valor de $ 3.938.688 Y servicios por
$15.446.522). PARÁGRAFO PRIMERO: EL ASOCIADO deberá asumir todos los impuestos y gastos que se causen durante la ejecución del presente convenio. SEPTIMA. FORMA DE DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS. EL MUNICIPIO DE
ITAGÜI desembolsara al ASOCIADO el valor del aporte en Cuatro (4) desembolsos. de
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la siguiente manera: Un Veinticinco por ciento (25%) en el mes xx xxxxx, otro Veinticinco por ciento (25%) en el mes de Julio, un Veinticinco por ciento (25%) en el mes de Septiembre y el ultimo Veinticinco por ciento (25%) al finalizar la ejecución total del convenio.; previa presentación de la factura, cuenta de cobro o documento equivalente, acompañado del recibo a satisfacción de (los) supervisor (es) del convenio, y acreditando la certificación de afiliación y pago de la Seguridad Social y Parafiscales (pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social IntegraL PARÁGRAFO: ADMINISTRACiÓN DE LOS APORTES: Los aportes en dinero que se desembolsen en virtud del presente convenio, serán administrados por el ASOCIADO, para lo cual se obliga: 1- No ceder ni contratar dicha administración, sin previa autorización de EL MUNICIPIO. 2- Abrir una cuenta bancaria de ahorros o corriente a su nombre; en la cual le serán consignados o transferidos electrónicamente los desembolsos que por cualquier concepto le efectúe EL MUNICIPIO. Si al finalizar el convenio hubiese aportes sin ejecutar para el cumplimiento del objeto, estos deberán reintegrarse al momento de la liquidación del mismo a la entidad que los aportó. OCTAVA. SUPERVISION y LUGAR DE EJECUCiÓN: El MUNICIPIO
ejercerá la vigilancia del presente convenio a través de la Secretaria de Participación e Inclusión Social, y será delegada en la Subsecretaria de Atención Social, quienes además cumplirán con todas las funciones inherentes a la vigilancia del mismo conforme a lo establecido en el manual de interventorla y la Ley 1474 de 2011, con la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo el desarrollo del CONVENIO, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad del servicio, e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto. El supervisor ejercerá funciones de vigilancia técnica, administrativa y financiera del CONVENIO. Parágrafo: El convenio se ejecutará en el Municipio de Itagüí. NOVENA. IMPUTACION DE GASTOS: El pago de los gastos que demande la legalización del presente convenio correrán a cargo del ASOCIADO y los que impliquen para EL MUNICIPIO el cumplimiento del mismo, durante la presente vigencia fiscal, se hacen con cargo al rubro presupuesta W 08040209140201-45, según certificado de Disponibilidad W 849 y Registro Presupuestal N° 2117 del día 08 xx Xxxxx de 2015, ambos documentos expedidos por la Secretaría de Hacienda Municipal. DECIMA. APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y
PARAFISCALES: Será obligación del supervisor de este convenio, verificar, previo a la realización de los desembolsos estipulados, que EL ASOCIADO al momento de la suscripción del presente convenio se encuentre al día con sus obligaciones frente al istema de seguridad social integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar,
SENA e ICBF) y deberá continuar x xxx y salvo con los mismos, en los términos
~ tablecidos en el Articulo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás normas concordantes. El incumplimiento de esta obligación por parte del servidor público será causal de mala conducta, que será sancionada con arreglo al régimen disciplinario. DECIMA PRIMERA. CADUCIDAD: El MUNICIPIO podrá decretar la caducidad del convenio, de conformidad con el Articulo 01 del Decreto 777 de 1992, es decir cuando se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL ASOCIADO que afecte de manera grave y directa la ejecución del convenio y evidencie que puede producir su paralización. Decretada la caducidad del convenio se sustentará en resolución motivada,
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la que prestará mérito ejecutivo contra EL ASOCIADO Y la compañia que haya constituido la garantía y se cobrará por mérito de jurisdicción coactiva. DECIMA SEGUNDA. MULTAS. Ante incumplimiento de las obligaciones de EL ASOCIADO, tanto en ejecución como en legalización de recursos, el MUNICIPIO podrá imponer multas correspondientes al (uno) 1% del monto del convenio. DÉCIMA TERCERA. CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento de las obligaciones por parte DEL ASOCIADO, EL MUNICIPIO impondrá y hará efectiva una pena pecuniaria equivalente en dinero al diez por ciento (10%) del valor total del convenio, que se imputará al valor de los perjuicios causados. Suma que se tomará directamente de los saldos a favor del ASOCIADO o de la garantía única. DÉCIMA CUARTA. DE LA APLICACiÓN DE LA MULTA: EL MUNICIPIO impondrá al ASOCIADO en caso xx xxxx o incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio, sin perjuicio de la declaratoria de la caducidad, multas las cuales deberán ser directamente proporcionales al valor del convenio y al incumplimiento que sufra EL MUNICIPIO sin exceder del uno por ciento (1%) del valor del convenio, cada vez que se impongan. PÁRAGRAFO UNICO: En ningún caso la aplicación de la multa será entendida por EL ASOCIADO como liberatorio o atenuante de cualquiera de las obligaciones adquiridas en virtud del convenio, so pena de que se le inicie un nuevo procedimiento sancionatorio ante nuevos incumplimientos. Los perjuicios que se le causen a EL MUNICIPIO podrán hacerse efectivos en forma separada. DÉCIMA QUINTA. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICiÓN DE MULTAS, DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO Y CADUCIDAD:
Para la imposición de las multas, declaratoria de incumplimiento o de caducidad, se dará
aplicación al procedimiento establecido en el articulo 86 de la Ley 1474 de 2011 yen lo no previsto se dará aplicación al Estatuto Interno de Contratación de EL MUNICIPiO. PARÁGRAFO: EL ASOCIADO autoriza al MUNICIPIO con la suscripción del convenio para descontar y tomar el valor de las multas y la cláusula penal de que tratan las cláusulas anteriores, de cualquier suma que se le adeude a título de compensación, x xxx xxxxxx de cumplimiento, si fuere necesario; sin perjuicio de hacerlas efectivas de conformidad con la Ley. DÉCIMA SEXTA. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: El presente convenio se regirá por las cláusulas excepcionales de caducidad, interpretación,
modificación y terminación unilateral, conforme lo consagran las normas sobre la materia.
DÉCIMA SEPTIMA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El ASOCIADO para
todos los efectos de este convenio, declara bajo la gravedad del juramento expresamente que no está incurso dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Ley. DÉCIMA OCTAVA. PROHIBICiÓN DE CEDER EL CONVENIO: El presente
convenio se celebra teniendo en cuenta la reconocida idoneidad de EL ASOCIADO por lo tanto, el presente convenio no se podrá ceder total o parcialmente a otra persona o entidad alguna, sin previa autorización del MUNICIPIO. DECIMA NOVENA. INDEMNIDAD: El ASOCIADO se compromete a la ejecución del objeto del convenio, bajo su única responsabilidad y riesgo. EL MUNICIPIO, en ningún caso responderá por el pago de seguros, salarios y prestaciones sociales de su personal técnico y de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que puedan derivarse de la ejecución del convenio o a propósilo del mismo. El ASOCIADO mantendrá indemne al MUNICIPIO contra todo
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reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, durante la ejecución del objeto del convenio, y terminados estos, hasta la liquidación definitiva del convenio. Se consideran como hechos imputables al asociado, todas las acciones u omisiones y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones estipuladas en el convenio. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra EL MUNICIPIO, por asuntos que según el convenio sean de responsabilidad del ASOCIADO, éste será notificado lo más pronto posible de ellos, para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a la Entidad, VIGESIMA, SUSPENSiÓN: Por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito debidamente comprobadas o de mutuo acuerdo, se podrá entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del presente convenio mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para efectos del plazo extintivo se compute dicho ténnino, VIGESIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD. EL ASOCIADO se compromete a guardar absoluta confidencialidad y reserva sobre toda la información y los documentos de propiedad de EL MUNICIPIO que tenga o maneje en el desarrollo del presente convenio. En consecuencia, se obliga a no divulgar por ningún medio dicha información o documentos a ningún tercero sin la previa autorización escrita, VIGESIMA SEGUNDA. RELACiÓN LABORAL: EL ASOCIADO se considera para efectos del presente convenio como independiente, en consecuencia el presente convenio no genera relación laboral con EL ASOCIADO Ytampoco el pago de prestaciones sociaies y de ningún tipo de emolumentos distintos al valor acordado en la cláusula séptima del mismo, VIGESIMA TERCERA GARANTíAS, EL ASOCIADO de conformidad al articulo 5 del Decreto 777 de 1992, constituirá a favor del MUNICIPIO, garantía que avalará el cumplimiento de las
obligaciones surgidas del convenio por el valor asegurado y vigencias, que a continuación
se indican: a- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del convenio y sus adiciones, y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más, b- PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES. Por una cuantla
equivalente al cinco (5%) por ciento del valor total del convenio y sus adiciones, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. c. CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES: Para avalar la calidad de los bienes, el monto xx xxxxxx será equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del convenio y sus adiciones, con una vigencia igual al plazo del mismo y doce (12) meses más, contados a partir de la fecha de expedición xx.xx póliza, en concordancia con los articulo 116 y 125 del Decreto 1510 de 2013. PARAGRAFO PRIMERO.- El ténnino de estas garantías
~ correrá a partir de la iniciación de la vigencia de los amparos y estarán sujetas a la
aprobación del MUNICIPIO y no expirará por falta de pago de la prima o revocatoria unilateral. PARAGRAFO SEGUNDO, En caso de no darse la liquidación dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del convenio, es obligación del ASOCIADO ampliar las vigencias de las garantías por un ténnino de veinte (20) meses más, PARAGRAFO TERCERO, Si la compañia de Xxxxxxx establece en las pólizas algún porcentaje como deducible y lo hace efectivo en caso de siniestro, el mismo será asumido
NIT. 89D,9SD,091. 8
CentroAdministrativo Municipal de Itagüf (CAMI) • Tel.:000 00 00 (ra. 51 No. 51- 55 • Itagüf -Colombia. xxx.xxxxxx.xxx.xx
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por EL ASOCIADO, PARAGRAFO CUARTO,- La entidad aseguradora o garante responderá al MUNICIPIO por el pago de todas las sumas que sean exigibles al ASOCIADO por razón de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del convenio, incluso por el pago de la cláusula penal. PARAGRAFO QUINTO. El MUNICIPIO sólo aprobará las garantias que sean expedidas por compañias de seguros legalmente constituidas en Colombia, cuyos márgenes de solvencia y patrimonio técnico estén autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia al cierre del año inmediatamente anterior, o a la firma del presente convenio, PARAGRAFO XXXXX.- Reposición de las Garantias: EL ASOCIADO, repondrá el monto de las garantias cada vez que en razón de sanciones impuestas o por otro hecho se disminuyere o agotare, es decir, cuando por razón de siniestros se afecte su valor. PARAGRAFO SÉPTIMO.- Incumplimiento de la obligación del ASOCIADO de mantener la suficiencia de la garantia: Una vez iniciada la ejecución del convenio, en caso de incumplimiento del ASOCIADO de la obligación de obtener la ampliación de la garantia o de la obligación de obtener su renovación o de la obligación de restablecer su valor o de aquella de otorgar una nueva que ampare el incumplimiento de las obligaciones que surjan por razón de la celebración, ejecución y liquidación del convenio, el Municipio de Itagüi podrá declarar la caducidad del mismo. VIGESIMA CUARTA. LIQUIDACiÓN DEL CONVENIO. La liquidación del convenio, será de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del convenio; En todo caso de no darse la liquidación dentro de este término, se dará aplicación a lo preceptuado en el articulo 11 de la Ley 1150 de 2007. Dentro del plazo el Asociado y el Municipio acordarán los ajustes y revisiones a que haya lugar. En
el acta de liquidación constarán los acuerdos y transacciones a que se llegaren para
poner fin a divergencias presentadas. Si el Asociado no se presentare a la liquidación o no se llegare a un acuerdo sobre la misma, se practicará por el Municipio unilateralmente mediante resolución motivada. VIGÉSIMA QUINTA, PAZ Y SALVOS: EL ASOCIADO declara bajo la gravedad del juramento que se encuentra x xxx y salvo con EL MUNICIPIO Y autoriza para que en el evento de adeudar alguna suma de dinero por cualquier concepto, le sean compensados el valor de las sumas adeudadas con el valor a desembolsar en el desarrollo del presente convenio. VIGÉSIMA SEXTA. PUBLICACiÓN. El presente convenio deberá ser publicado en el SECOP dentro de los tres (3) dias hábiles siguientes a la fecha de su expedición por parte de la oficina de adquisiciones del Municipio de Itagüí, entendida esta como la suscripción del convenio por ambas partes (Perfección del convenio), de conformidad con el articulo 19 del Decreto 1510 de 2013, Asi mismo en razón a la cuantia, deberá realizar la publicación del convenio en la Gaceta Municipal, de conformidad con el inciso 10. del articulo 1 del Decreto 1403 de 1992, VIGESIMA SEPTIMA. ESTAMPILLAS. EL ASOCIADO deberá
pagar los impuestos municipales a que hubiere lugar, asi como la "ESTAMPILLA
PROBIENESTAR DEL ANCIANO Y CENTROS DE ATENCION PARA LA TERCERA
EDAD" (Arts. 142 y siguientes del Estatuto Tributario según Acuerdo Municipal No. 030 del 27 de diciembre de 2012 y Sentencia No. 31 del 22 xx xxxx de 2013 proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia) en una tarifa del2% del valor total del convenio, sus prorroas o adiciones, y las demás que se establezcan; Este convenio NO PAGA la
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En Itagüí se vive mejor.
Estampilla Procultura "ITAGUI CIUDAD CULTURAL DE COLOMBIA" en virtud de lo establecido en el inciso 2°, Numeral 3° del artículo 138 del Estatuto Tributario Municipal ya citado. Parágrafo. El valor de la "ESTAMPILLA PROBIENESTAR DEL ANCIANO Y CENTROS DE ATENCION PARA LA TERCERA EDAD" será retenido del valor de cada cuenta de cobro o factura a cancelar al ASOCIADO, conforme lo estipuló el Acuerdo Municipal No. 019 del 30 de Diciembre de 2014, articulas 11 y 13. VIGESIMA OCTAVA. DOCUMENTOS DEL CONVENIO: Para los efectos legales de este convenio se entienden incorporados al mismo los siguientes documentos: 1- Propuesta presentada por EL ASOCIADO. 2- Certificado de disponibilidad y registro presupuestal. 3. Acto administrativo de justificación. 4. Copia de la cédula de ciudadanía del representante iegal del asociado. 5- Certificado del Revisor Fiscal o del representante legal según el caso, del cumplimiento por parte de las obligaciones con el sistema de seguridad social Integral (pensiones, salud y riesgos laborales), aportes a las cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA de conformidad con el articulo
50 de la Ley 789 de 2002. 6- copia del certificado del RIT. 7- Consulta boietin de responsables fiscales de EL ASOCIADO Y representante legal. 8- Certificado de antecedentes disciplinarios del representante legal y EL ASOCIADO. 9. Formato único de hoja de vida de la función pública del Asociado. 10- RUT. VIGESIMA NOVENA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCiÓN DEL CONVENIO. El presente convenio se entenderá perfeccionado con la firma de las partes, para la ejecución y legalización del mismo se requerirá por parte del Municipio: 1-. El Registro Presupuestal; Por parte del ASOCIADO: 2-. Presentación de la garantia de Cumplimiento y su aprobación. PARÁGRAFO. Los documentos necesarios para la legalización del presente convenio deberán ser entregados por EL ASOCIADO dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del presente documento. De no cumplirse con dicho término se entenderá
que EL ASOCIADO desiste de la celebración del presente convenio. TRIGESIMA. DOMICILIO: Para todos los efectos, las partes fijan como domicilio el Municipio de Itagüi.
Para constancia se firma en el Municipio de Itagüi a los 1 4 IB_~_{O_.1_5_' _
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Reviso y Aprobó:
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NlI. S90.980.091 . S
(entro Adminlstratlvo Municipal de ttagül ((AMI) • Tel.:000 00 00
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