MOTIVOS PARA CONTRATAR ESTE SERVICIO
ACUERDO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DE COBROS EN EL EXTRANJERO DE SANCIONES EN MATERIA DE TRÁFICO A TITULARES Y CONDUCTORES CON DOMICILIO FUERA DE ESPAÑA
MOTIVOS PARA CONTRATAR ESTE SERVICIO
A) ASESORAMIENTO TÉCNICO ESPECIALIZADO
Este servicio tiene por objeto la contratación, de un servicio de asistencia técnica y colaboración para la gestión del cobro de las multas de tráfico impuestas a conductores con domicilio fuera de España dada la especial complejidad para proceder a la localización de estos conductores, practicar una notificación válida de los acuerdos de incoación, e imponer las sanciones articulando los medios de pago que permitan hacer efectivos los ingresos correspondientes.
B) CONTRATACIÓN RÁPIDA Y ÁGIL
La Entidad Local interesada en contratar el servicio puede hacerlo directamente con el adjudicatario a través de la plataforma informática de la Central, a través de la tramitación del denominado “contrato basado”. La Entidad deberá realizar un expediente que, como mínimo, ha de contener la resolución de adjudicación y el contrato formalizado, al margen de la tramitación interna que la Entidad Local considere oportuno incorporar. Recordamos que, las condiciones que regirán su contrato con la adjudicataria correspondiente ya han quedado reguladas en los pliegos de la licitación y en el Acuerdo Xxxxx suscrito por la Central de Contratación de la FEMP vía procedimiento abierto (concurso público)
La Central de Contratación ofrece un servicio de asistencia permanente tanto para el uso del programa de gestión de los expedientes y demás tareas a realizar, como en la resolución de cualquier otra consulta sobre la tramitación y ejecución de los contratos.
C) RETRIBUCIÓN VARIABLE Y SUJETA A ÉXITO
El contrato será retribuido en función del éxito en el cobro de los expedientes sancionadores cuya gestión de cobro le haya sido encomendada por cada Entidad Local adherida.
La retribución del contratista será cantidad equivalente a un porcentaje de las sanciones efectivamente recaudadas cuya gestión de cobro le haya sido encomendada por cada Entidad Local Adherida conforme a la oferta presentada por la adjudicataria.
A efectos del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, reseñamos que, en los puntos siguientes se regula un apartado específico para el cálculo del valor estimado del contrato.
FEMP x/ Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx (X) 913 643 702 (F) 913 655 482 xxx.xxxx.xx xxxx@xxxx.xx
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO EN 3 PASOS (*)
1. ADHESIÓN A LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA FEMP
Mediante acuerdo expreso del órgano competente y utilizando, si se estima oportuno, el documento tipo que facilita la Central de Contratación.
2. DESIGNAR USUARIO PARA LA GESTIÓN DEL CONTRATO DESDE LA PLATAFORMA INFORMÁTICA
Esta Plataforma permitirá, entre otras posibilidades, acceder al expediente de contratación, descargar modelos tipo para las tareas o trámites a desarrollar, y notificar al adjudicatario.
3. FORMALIZAR EL CONTRATO (BASADO)
Habida cuenta que todas las condiciones de prestación del servicio, así como las ofertas económicas realizadas por las adjudicatarias ya están preestablecidas, la Entidad Local podrá contratar con las mismas a través de nuestra Plataforma, incluyendo en ésta toda la información del contrato basado que, como mínimo contendrá, la resolución de adjudicación y el contrato formalizado.
Recordamos, que a través de la plataforma informática podrán acceder al expediente de licitación del Acuerdo Marco, teniendo a su disposición, entre otras cuestiones, los anuncios correspondientes, los pliegos, las resoluciones del órgano de contratación, las ofertas presentadas y la documentación de solvencia requerida a las adjudicatarias.
Todo lo anterior no suple el cumplimiento de los procedimientos previos que conforme a la normativa presupuestaria y de contratación la Entidad Local considere aplicables. Desde la Central de Contratación se aportará todo el soporte necesario para dar forma a este expediente de contratación, facilitando modelos (*) y respuestas para cada una de las consultas que nuestros asociados nos planteen en relación, entre otros, con los siguientes aspectos:
a) Justificación de la necesidad del servicio. Memoria justificativa.
b) Informe de fiscalización o económico. Retención de Crédito.
c) Resolución de adjudicación.
d) Notificación y publicación de la adjudicación en el perfil del contratante de la Entidad Local.
e) Formalización del contrato con la empresa adjudicataria.
f) Cumplimentación o aclaraciones a las ofertas presentadas, si así lo decidera la Entidad Local.
(*) Las plantillas o modelos que facilita la Central de Contratación no son de obligada utilización, pudiendo la Entidad Local optar por sus propios modelos y cumplimentar el procedimiento con aquellos trámites internos que considere necesarios. En caso de que la Entidad Local opte por crear sus propios modelos o modificar los facilitados por la plataforma, le solicitamos informar a la Central de Contratación para poder comprobar que se ajustan a lo establecido en los pliegos reguladores del Acuerdo Marco.
INFORMACIÓN PREVIA PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONTRATO BASADO
A) DESGLOSE DE LAS OFERTAS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS PRESENTADAS POR LA ADJUDICATARIA (OFERTA ECONÓMICA)
LOTE | ADJUDICATARIA | PORCENTAJE DE RETRIBUCION SOBRE LOS EXPEDIENTES SANCIONADORES EFECTIVAMENTE RECAUDADOS (IVA NO INCLUIDO) | |
0 | (Xxxxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx) | XXXX CREDIT SRL | 40% |
2 | (Galicia, Asturias, Cantabria, País Xxxxx, La Rioja, Navarra, Aragón) | ||
3 | (Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura, Castilla y León) | ||
4 | (Cataluña, Valencia, Xxxxxx, Xxxxx Baleares) |
Mejoras ofertadas por la adjudicataria en sus respectivos lotes:
LOTE | ADJUDICATARIA | MEJORAS OFERTADAS | ||
0 | (Xxxxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx) | Idiomas adicionales ofertados sobre los exigidos en el PPT: | Rumano, griego, holandés, ruso y eslovaco. | |
2 | (Galicia, Asturias, Cantabria, País Xxxxx, La Rioja, Navarra, Aragón) | NIVI CREDIT SRL | Mejora sobre los cursos de formación a impartir sobre el manejo de la aplicación y sus posibles actualizaciones de funcionalidades. | 2 cursos anuales si la Entidad Local así lo requiere |
3 | (Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura, Castilla y León) | |||
Mejora sobre el número de trabajadores en el centro de atención a los infractores | 10 trabajadores más a lo solicitado en el Pliego | |||
4 | (Cataluña, Valencia, Xxxxxx, Xxxxx Baleares) |
B) CÁLCULO DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO BASADO
La resolución de inicio y adjudicación del expediente de contratación, además de en la solicitud de aclaración de oferta si existiese, deberá contener el valor estimado del contrato que se podrá calcular sobre la base del porcentaje ofertado por la adjudicataria del Acuerdo marco, multiplicado por el volumen de expedientes estimados a gestionar anualmente y por el número de años de duración del contrato incluidas sus prórrogas, o de cualquier otra forma análoga a criterio de la Entidad Local. En cuanto al cálculo del volumen de expedientes que serán trasladados a la adjudicataria para su tramitación, la Entidad Local deberá prever una reducción, teniendo en cuenta, al menos, el número de expedientes que pueden no llegar a ser notificados (caducados, falta de datos suficientes, etc.) así como las reducciones aplicables por pronto pago, que suelen aplicarse en la mayoría de los expedientes que son notificados correctamente.
C) PLAZO DE DURACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS
Los Contratos basados podrán adjudicarse durante la vigencia del presente Acuerdo marco, incluidas sus prórrogas. La duración de los Contratos basados será de al menos veinticuatro (24) meses desde la firma del contrato, pudiendo fijar la entidad local un plazo mayor dentro de los límites previstos por el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (“TRLCSP”). El Contrato basado podrá ser objeto de una o más prórroga de conformidad con lo previsto en el TRLCSP.
Los Contratos basados no podrán incluir revisión de precios.
Sólo podrán adjudicarse Contratos basados en un Acuerdo marco durante la vigencia del Acuerdo marco. La fecha relevante para entender que se ha cumplido este requisito será la de adjudicación del Contrato basado.
En el supuesto de que la Entidad Local requiera al adjudicatario para que complete su oferta en los términos previstos en el artículo 198.3 del TRLCSP, la fecha relevante será la del envío de dicho requerimiento. En este supuesto, el adjudicatario estará obligado a mantener su oferta durante un plazo máximo de 3 meses.
Una vez que finalice la vigencia ordinaria de los Contratos basados, los contratistas no podrán iniciar nuevos expedientes de recaudación. Sin embargo, todos aquellos expedientes iniciados con anterioridad al vencimiento del término del Contrato basado y cuya ejecución deba continuarse con posterioridad a esa fecha por no haberse tramitado íntegramente, deberán ser ejecutados en su integridad incluyendo todas las prestaciones contempladas en el PPT hasta un plazo de doce (12) meses desde la finalización del Contrato basado y sus prórrogas, recibiéndose por la adjudicataria la remuneración que corresponda por los mismos.
D) GARANTÍA DE LOS CONTRATOS BASADOS
La Entidad Local podrá exigir la prestación de una garantía, que se hará efectiva en cualquiera de las formas previstas en el TRLCSP. Esta garantía será adicional a la garantía definitiva otorgada ante la Central de Contratación de la FEMP de acuerdo con el presente Acuerdo marco. La no acreditación en plazo de la constitución de la garantía implicará la renuncia del adjudicatario al Contrato basado y la posibilidad de la Central de Contratación de la FEMP de aplicar las penalizaciones previstas en la cláusula 17 xxx Xxxxxx. La garantía responderá de los siguientes conceptos:
De las penalidades impuestas al adjudicatario por razón de la ejecución del Contrato basado.
De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del Contrato basado, sin perjuicio de la acción a seguir por la Entidad Local o, en su caso, por la Central de Contratación para el resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario le ocasionara con motivo de la ejecución del Contrato, y de los gastos por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
De la existencia de vicios o defectos en los Servicios contratados durante el plazo de garantía.
Si el montante de la garantía merma de forma total o parcial, el adjudicatario vendrá obligado a reponerlo en la cuantía que sea necesario para que el importe de la garantía no se altere. La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar cumplido el Contrato basado por el contratista de forma satisfactoria,
una vez aprobada la recepción y liquidación del mismo, y una vez transcurrido el periodo de garantía contractual. También tendrá lugar la cancelación y devolución cuando se haya resuelto el Contrato basado sin culpa del contratista.
E) OTRAS CUESTIONES
En lo referente a la facturación de los servicios por la adjudicataria, ejecución de garantías, penalizaciones, resolución del contrato, protección de datos etc., se atenderá a lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas, Acuerdos Marco y TRLCSP.