OTRAS DISPOSICIONES
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1600
RESOLUCIÓN de 14 xx xxxxx de 2016, del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el año 2016, desti- nadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, mediante Acuerdo adop- tado en su sesión de 14 xx xxxxx de 2016, ha aprobado la convocatoria de ayudas, para el año 2016, destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Pro- grama Lehen Aukera, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 xx xxxx, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– Proceder a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el año 2016, destina- das a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, adoptado en su sesión de 14 xx xxxxx de 2016, recogida como anexo a esta Resolución.
Segundo.– Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Xxxxx.
Tercero.– Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Xxxxx, o bien, directamente recurso contencioso-admi- nistrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 xx xxxxx de 2016.
El Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX.
ANEXO
CONVOCATORIA DE AYUDAS, PARA EL AÑO 2016, DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS EN EMPRESAS VASCAS. PROGRAMA LEHEN AUKERA
El proceso de destrucción de empleo que se inició en 2007, ha incidido de forma especialmente negativa en la tasa de desempleo juvenil. Este colectivo representa un problema estructural, que se ha agravado con la crisis y que afecta a la situación de la población más joven y al crecimiento potencial de la economía en el largo plazo.
El colectivo de personas jóvenes es uno de los grupos de población que más se ha visto afec- tado por la situación de crisis económica. Por tanto, la reducción del desempleo juvenil constituye uno de los retos más importantes de nuestra sociedad y debe afrontarse tanto desde las institu- ciones públicas, como desde el ámbito de la actividad privada. El éxito en la resolución de este problema dependerá, en gran parte, del apoyo y coordinación de todas las organizaciones y sec- tores implicados y de la participación de la iniciativa privada en el diseño, la adopción y puesta en marcha de las medidas oportunas.
En esta línea, se constata la necesidad de adoptar medidas dirigidas al colectivo de personas jóvenes que no se encuentran ocupadas, ni participan en actividades de educación ni formación, con el objeto de alcanzar su inserción y mantenimiento en el mercado labor al con un empleo de calidad. Dada la heterogeneidad existente dentro de este colectivo, con situaciones personales y niveles de formación muy dispares, las medidas deberán abordar tanto la mejora de la educación y la formación, como el fomento de la contratación y el autoempleo.
La Iniciativa de Empleo Juvenil que se destinará a todas las personas jóvenes no ocupadas y que no se hallan realizando ninguna actividad en los sistemas de educación o formación, inde- pendientemente de su nivel formativo, regulada en el Reglamento UE 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, representa una de las iniciativas emblemáti- cas de la Unión Europea para combatir el problema estructural del desempleo en este colectivo, amparando iniciativas y recomendaciones de actuación y constituyéndose en uno de los ins- trumentos financieros destinados al cumplimiento de la Recomendación del Consejo sobre la Garantía Juvenil.
Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, es un organismo comprometido con la Estrategia Europea por el Empleo; así, en el marco del Plan de Empleo 2014-2016 de Gobierno Xxxxx (xxxx://xxx. xxxxxxx.xxx), uno de cuyos objetivos es favorecer el empleo y la inserción laboral de la juventud vasca, y en el marco de su Plan Estratégico 2013-2016, entre cuyos objetivos figura la mejora de las oportunidades de empleo de las personas, estima conveniente promover un programa de ayudas a la contratación de personas jóvenes acorde con los principios enunciados. En este sen- tido, la presente convocatoria, como las convocatorias de los ejercicio 2014 y 2015, ambas bajo la misma denominación de Lehen Aukera, tiene el objetivo de facilitar una primera oportunidad laboral a las personas jóvenes que han finalizado recientemente sus estudios para favorecer el tránsito de la vida educativa a la vida profesional.
En consecuencia, esta convocatoria, se dirige a la contratación de personas jóvenes con titu- lación o cualificación, en situación de desempleo y con escasa experiencia laboral previa o sin experiencia previa en empleos relacionados con su titulación, mediante un contrato indefinido o en prácticas, como medida para potenciar su empleabilidad y consolidar su inserción laboral. El objetivo último del Programa Lehen Aukera es, por tanto, favorecer y mejorar las perspectivas
laborales de una parte de la sociedad vasca castigada fuertemente por la situación económica actual, así como contribuir a mejorar la competitividad de la economía vasca, la calidad del mer- cado de trabajo y combatir la exclusión social. La exclusión social entendida como «la falta de participación de algunos segmentos de la población en la vida social, económica y cultural de sus respectivas sociedades, debido a la carencia de derechos, recursos y capacidades básicas», es un concepto clave en el contexto de la Unión Europea para abordar situaciones de pobreza, vul- nerabilidad y marginación de partes de su población.
La presente convocatoria no puede obviar las diferencias y desigualdades en el mercado labo- ral entre mujeres y hombres. Así, tal y como reflejan los datos del Eustat del segundo trimestre de 2015, si bien la tasa de paro es similar entre mujeres y hombres, es la tasa de actividad del 52,1% de mujeres frente a un 62,7% de hombres, la que pone de manifiesto una brecha que es preciso atajar en el acceso y permanencia en el ámbito laboral.
Por lo tanto la presente convocatoria asume el mandato establecido en el Plan Estratégico Lanbide 2013-2016, xxxx://xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx, destacando del mismo dos líneas de acción que deben integrarse en la presente convocatoria:
Línea de acción E4-1.3: desarrollar programas específicos para avanzar en la igualdad de opor- tunidades entre hombres y mujeres, en el acceso al empleo y la formación y la conciliación de la vida laboral y privada, así como en otras políticas en la gestión de la diversidad de identidad de género.
Línea de acción P1-3.3: incluir la perspectiva de género como proceso transversal en la activi- dad de Lanbide y en el modelo de gobernanza.
Por todo ello, a propuesta del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, el Consejo de Administración de este organismo autónomo, el día 14 xx xxxxx de 2016, aprueba la convocato- ria de ayudas, para el año 2016, destinadas a la contratación de personas jóvenes en empresas vascas, Programa Lehen Aukera en los siguientes términos:
Artículo 1.– Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas, u otras entidades, previstas en el artículo 4, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidar su inserción laboral.
Artículo 2.– Recursos económicos y cofinanciación del Fondo Social Europeo.
1.– Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en la pre- sente convocatoria ascienden a 7.500.000 euros, de los cuales 3.785.400 euros corresponderán al crédito de pago de 2016, y 3.714.600 euros al crédito de 2017 del presupuesto de Lanbide-Ser- vicio Xxxxx xx Xxxxxx.
2.– Los recursos económicos destinados a la financiación de esta convocatoria se distribuirán
de la siguiente forma:
– 7.010.000- euros para la financiación de los contratos indefinidos y contratos en prácticas. De este presupuesto, 3.785.400 euros corresponderán al crédito de pago de 2016 y 3.224.600 euros al crédito de compromiso 2017.
– 490.000 euros para la financiación de la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo por parte de los centros colaboradores establecidos en el artículo 4.3 y 4.4, con cargo al crédito de pago 2017.
3.– A los efectos contemplados en el artículo 5.3 de la Orden de 26 xx xxxxx de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las resoluciones de concesión de subvenciones a los centros colaboradores de Lanbide por la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo, a dictar en el año 2017, quedan supe- ditadas a la previa existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx para el año 2017.
4.– Los contratos de trabajo y las actuaciones de captación, registro y de gestión de oferta subvencionados al amparo de esta convocatoria podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, 2014-2020 o del Pro- grama Operativo FSE-País Xxxxx 2014-2020.
5.– El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada cantidad o la que resulta de su incremento, en el supuesto que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, con anterioridad a la terminación del plazo de presentación de solici- tudes, circunstancia a la que se dará la oportuna publicidad en el Boletín Oficial del País Xxxxx, mediante Resolución del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
Artículo 3.– Actuaciones subvencionables.
1.– Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria los contratos inde- finidos así como los contratos en prácticas de al menos 6 meses de duración, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros laborales radicados en la CAPV, celebrados con personas jóvenes que, a fecha de inicio del contrato cumplan con las condiciones previstas en el artículo 5 y hayan sido seleccionadas según el procedimiento previsto en el artículo 9 de esta convocatoria.
Dichos contratos deberán iniciarse desde la publicación de la presente convocatoria en el BOPV hasta el día, a 30 de noviembre de 2016.
2.– Los contratos subvencionables al amparo de esta convocatoria habrán de ajustarse a las previsiones del Estatuto de los Trabajadores y demás normativa aplicable y deberán reunir en todo caso los siguientes requisitos:
a) La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios o de formación cursados por la persona contratada.
b) Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, fin del contrato y la duración del mismo, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
c) La remuneración bruta anual deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior a las siguientes cuantías en función de la titulación académica:
Titulación Académica | Remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extras) |
Titulación Superior y Grados Universitarios | 18.000,00 € |
Titulación de Grado Medio | 15.200,00 € |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 13.000,00 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI) y Certificados de Profesionalidad | 11.200,00 € |
d) Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70% de la jornada laboral establecida.
3.– Para tener la consideración de subvencionables, las contrataciones indefinidas o en prácti- cas deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se sub- vencionen. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
4.– No serán objeto de subvención las siguientes contrataciones:
a) La contratación del/la cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como la que se produzca con estos últimos.
b) Todos aquellos contratos que pudieran formalizarse vinculados a actividades acogidas a sub- vención en cualesquiera de las convocatorias realizadas por Lanbide- Servicio Xxxxx xx Xxxxxx o subvencionados en el marco de las mismas.
5.– Así mismo, será subvencionable la captación, registro y la gestión de las ofertas de empleo realizado por los centros colaboradores regulados en el artículo 4.3 y 4.4 que finalicen con la for- malización de contratos subvencionados al amparo de la presente convocatoria.
Se entiende por captación de ofertas de empleo el proceso mediante el que se contacta con alguno de los oferentes de empleo, identifica la necesidad de cobertura de uno o varios puestos de trabajo y obtiene de aquél la solicitud de gestión correspondiente, que indique el perfil solicitado.
Se entiende por registro de una oferta de empleo el proceso mediante el cual se codifican los datos obtenidos en el proceso de captación de ofertas y se introducen en el Sistema de informa- ción de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, dando lugar a la creación de una nueva oferta de empleo en el sistema.
Se entiende por gestión de ofertas de empleo la acción mediante la que se realizan todos y cada uno de los siguientes procesos:
a) Revisar y, en su caso, completar una oferta previamente registrada en el Sistema de infor- mación de Lanbide.
b) Identificar las personas adecuadas de entre las inscritas en Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx para cubrir los puestos de trabajo solicitados en cada momento, mediante las diferentes formas de emparejamiento de la oferta.
c) Comprobar la disponibilidad de las personas candidatas identificadas para incorporarse a los
puestos de trabajo ofertados.
d) Obtener el resultado del envío de cada persona candidata a la empresa. Se entiende por obtención del resultado el conocimiento de la valoración de la empresa en cuanto a la adecuación o no al puesto de trabajo a cubrir de cada persona candidata enviada y su causa.
Artículo 4.– Empresas y entidades beneficiarias.
1.– Podrán ser beneficiarias de las subvenciones por la celebración de contratos indefinidos y/ o contratos en prácticas previstas en esta convocatoria las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones, que cumplan las condiciones generales previs- tas en el párrafo 5 de este artículo, además de los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Admi- nistraciones Públicas.
c) No haber destruido empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contrata- ción y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
d) Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar. La empresa deberá declarar expresamente en la solicitud si dispone o no de RLT.
e) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comi- sión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
2.– Xxxxxx excluidas de la condición de entidad beneficiaria, en relación con las subvenciones por la celebración de contratos de trabajo indefinidos o contratos en prácticas, los organismos autónomos y las sociedades públicas, las asociaciones o entidades dependientes de una Adminis- tración Pública y las empresas de trabajo temporal para empleos de puesta a disposición.
3.– Podrán ser beneficiarias para la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo, aquellas entidades que ostenten la condición de colaboradoras de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx para la realización de estas actuaciones.
Para obtener esta condición habrá de seguirse el procedimiento previsto en la Resolución de 23 de enero de 2015 del Director General de Lanbide, por la que se establece el procedimiento para la obtención de la condición de entidad colaboradora de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx en la prestación del servicio de intermediación, exclusivamente en relación con el registro y gestión de ofertas de empleo.
4.– Asimismo, podrán obtener la condición de centros colaboradores, para la captación y regis- tro de ofertas de empleo específicamente vinculadas a esta convocatoria, las siguientes entidades, que habrán de estar, en todo caso, radicadas en la CAPV.
a) Universidades.
b) Centros de formación profesional públicos y privados concertados.
c) Centros y entidades colaboradores de Lanbide- Servicio Xxxxx xx Xxxxxx beneficiarios de las ayudas de formación para el empleo y de orientación para el empleo correspondientes a las convocatorias del ejercicio 2015.
d) Ayuntamientos, mancomunidades, cuadrillas, agencias de desarrollo local y Behargintzas.
La solicitud para la obtención de la condición de entidad colaboradora en la captación y registro de ofertas vinculadas a este programa «Lehen Aukera» deberá cumplimentarse mediante el for- mulario que se adjunta como Anexo I a la presente convocatoria, que se encontrará disponible en la dirección de internet xxxx://xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Xxxxx.
El número máximo de personas que serán autorizadas en un mismo centro colaborador para la realización de labores de captación y registro de ofertas será de 3.
El requisito para que la obtención de la condición de centro colaborador sea efectiva será la asistencia y aprovechamiento, por parte de todas las personas para las que la entidad solicita autorización, a una acción formativa impartida por personal de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx en las fechas que así se establezcan al efecto. Previamente se publicarán en xxxx://xxx.xxxxxxx. xxxxxxx.xxx los lugares y horarios de las distintas acciones formativas y la relación de entidades participantes en cada una de ellas.
Quedarán exentos de realizar la acción formativa señalada en el apartado anterior, aquellos centros que obtuvieron la condición de colaboradores para la captación y registro de ofertas de empleo en la convocatoria de ayudas para el 2014 -2015 del programa Lehen Aukera, siempre que acrediten el mantenimiento, en la plantilla de la empresa, de la misma o mismas personas que recibieron la formación y fueron por tanto autorizadas para realizar las actividades de captación y registro de ofertas de empleo en la citada convocatoria.
Finalizadas las acciones formativas, el Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, emitirá resolución otorgando la condición de centro colaborador a los efectos previstos en la pre- sente convocatoria, a las entidades que cumplan los requisitos indicados.
5.– Las empresas y entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria
deberán cumplir las siguientes condiciones generales:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, se verificará automáticamente, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Xxxxx, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.
b) Que sus fines u objetivos, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actua- ción, organización o estatutos sean conformes al principio de igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres.
c) No estar sancionada ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación
por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
d) No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
6.– La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones a las empresas y entidades beneficiarias quedarán condicionadas a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma natura- leza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Artículo 5.– Requisitos relativos a las personas jóvenes contratadas al amparo de la presente convocatoria.
1.– Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Residir en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
b) Estar inscrita como demandante de empleo en Lanbide-Servicio de Empleo y desempleada en el momento de la formalización del contrato.
c) Estar en posesión de alguna de las titulaciones incluidas en este punto:
– Licenciatura o Grado Universitario/a, Ingeniería, Arquitectura.
– Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica.
– Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).
– Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
– Certificado de profesionalidad.
2.– En el proceso de selección que lleve a cabo Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, a través de sus oficinas o centros colaboradores, regulado en el artículo 9 de esta convocatoria, se dará prioridad a aquellas personas que estén identificadas en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil y hayan acreditado previamente el cumplimiento de los requisitos de acceso al Sistema Garantía Juvenil regulado por Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgen- tes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en la redacción dada por la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
3.– Las personas que hayan sido contratadas bajo la modalidad de contrato en prácticas de Lehen Aukera en las ediciones 2014 o 2015, podrán participar en este programa únicamente en la modalidad de contratación indefinida.
Artículo 6.– Cuantía de la subvención.
1.– El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la titulación aca- démica del siguiente modo:
Titulación Académica | Subvención contrato en prácticas | Subvención contrato indefinido |
Titulación Superior o Grado Universitario | 4.500,00 € | 7.600,00 € |
Titulación de Grado Medio | 3.800,00 € | 6.700,00 € |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 3.250,00 € | 5.900,00 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI) y Certificados de Profesionalidad | 2.800,00 € | 5.200,00 € |
Estas cuantías se incrementarán en un 10% en el supuesto de contratos en prácticas de, al menos, 12 meses de duración.
2.– Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos se celebren con mujeres en los ámbitos en los que estás se encuentren sub-representadas.
La tabla que contiene dichos ámbitos se publicará en la web de Xxxxxxx, xxxx://xxx.xxxxxxx. xxxxxxx.xxx, el mismo día de la publicación de la presente convocatoria.
3.– Las cuantías de subvención mencionadas se refieren a contratos a jornada completa. En
el supuesto de contratos a tiempo parcial, se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
4.– Así mismo, los centros colaboradores a que se refiere el artículo 4.3 y 4.4, percibirán por cada contrato subvencionado al amparo de la presente convocatoria, que derive de la captación, registro y gestión de la oferta correspondiente:
– 120 euros, el centro colaborador que haya captado y registrado la oferta.
– 80 euros, el centro colaborador que haya gestionado la oferta.
El centro recibirá un 10% adicional por cada veinte ofertas de empleo con resultado favorable, es decir, que hayan finalizado con la formalización de contratos subvencionados al amparo de la presente convocatoria.
Artículo 7.– Presentación de solicitudes, plazos y documentación.
1.– Las solicitudes para la obtención de subvenciones a las que se refiere esta convocato- ria deberán presentarse mediante los modelos oficiales recogidos en los Anexos II y III, que se encontrará disponible en la dirección de internet xxxx://xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx y en las Oficinas de Empleo de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
Asimismo la presentación de la solicitud podrá realizarse conforme a cualquiera de los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
2.– Junto con el impreso de solicitud de subvención por la celebración de contratos de trabajo, deberá presentarse la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI/NIE o autorización para verificar electrónicamente sus datos de identidad y acreditación de la representación legal que ostenta la persona que firma la solicitud en nombre de la persona jurídica solicitante.
b) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
c) Fotocopia de las escrituras actualizadas de constitución de la empresa o, en su caso, otro documento de constitución de la entidad.
3.– Los centros colaboradores que hayan gestionado las ofertas de trabajo que hayan finali- zado con la formalización de contratos subvencionados al amparo de la presente convocatoria, deberán presentar, junto con la solicitud de subvención, una relación de las ofertas de empleo que han registrado y/o gestionado, con las personas contratadas en cada una de ellas al amparo de la presente convocatoria.
4.– Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos o no fuera acompañada de la documentación preceptiva relacionada en el apartado 1, se requerirá a la entidad interesada para que en un plazo xx xxxx días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida en su solicitud, con los efectos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
5.– El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente:
– Para la subvención por contratación: desde el día siguiente al de la publicación de esta con-
vocatoria en el Boletín Oficial del País Xxxxx y hasta el, a 21 de noviembre de 2016.
– Para la subvención por la captación, registro y/o gestión de las ofertas de trabajo: del 2 al, a 27 de enero de 2017.
Artículo 8.– Órgano competente para dictar la resolución, procedimiento de concesión y resolución.
1.– El órgano competente para la tramitación del procedimiento será la Dirección de Activación Laboral y el órgano competente para resolver el Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
2.– Las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y se concederán las subvencio- nes en el mismo orden a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación. Dejando al margen eventuales ampliaciones crediticias, una vez agotada la dotación presupuestaria se denegarán las subvenciones a las solicitudes pendientes y se procederá a la publicación de esta circunstancia en el BOPV mediante resolución del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
3.– La aprobación y, en su caso, la denegación de las solicitudes se realizará mediante Reso- lución expresa del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
La Resolución de concesión de las subvenciones por la celebración de los contratos incluirá el plan de contrataciones que se concede a cada empresa, así como el importe de la subvención, forma de pago y justificación de la subvención.
4.– El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones es de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, trascurrido el cual se entenderá estimada la solicitud de subvención, si no recayera resolución expresa.
5.– La Resolución del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
6.– A fin de dar cumplimiento al principio de publicidad, y sin perjuicio de la notificación expresa e individualizada de las Resoluciones de concesión, mediante Resolución del Director General de Xxxxxxx se publicará en el Boletín Oficial del País Xxxxx la relación de las empresas que hayan resultado beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria, con expresión de las cuantías percibidas, así como la de aquellas respecto a las que se haya proce- dido a modificar la subvención concedida.
Artículo 9.– Procedimiento de selección de las personas jóvenes participantes en el programa. 1.– El proceso de selección se realizará a través de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
2.– La empresa presentará tras la notificación de la Resolución de Concesión, y en el plazo de un mes, la solicitud de gestión de oferta de empleo en una oficina de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx o en un centro colaborador de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx para la captación y registro de ofertas y/o gestión de ofertas.
A los efectos de la presente convocatoria, se consideran centros colaboradores de Lanbide-Ser- xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx para la captación, registro de ofertas y/o gestión de ofertas los previstos en el artículo 4.3 y 4.4 y cuya relación será publicada en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx
3.– Deberá presentarse una solicitud de gestión de oferta por cada perfil de puesto de trabajo a cubrir. La solicitud se presentará en impreso normalizado, de conformidad con el modelo estable- cido en el Anexo IV. En dicha solicitud deberán indicarse al menos los siguientes datos: nombre y apellidos o razón social de la empresa, CIF /NIF, código de cuenta de cotización del/a empleador/a si existe, municipio del centro de trabajo, nombre del puesto de trabajo, número de puestos de tra- bajo, descripción del puesto de trabajo y firma del/a empresario/a, representante legal o persona autorizada.
4.– Cada solicitud de gestión de oferta realizada al amparo de la presente convocatoria será registrada por la oficina o centro colaborador que la reciba y quedará identificada en el sistema de intermediación de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx. Una vez registrada la oferta, se comunicará a la empresa la referencia de la misma.
5.– Las ofertas serán gestionadas siguiendo los procedimientos establecidos por Lanbide-Ser- vicio Xxxxx xx Xxxxxx, dándose prioridad a aquellas personas que estén identificadas en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil en los términos indicados en el párrafo 2 del artículo 5. Se remitirán a la empresa personas candidatas que cumplan el perfil profesional solicitado y los requisitos para que su posterior contratación pueda ser subvencionada al amparo de la presente convocatoria.
6.– Solo serán subvencionables los contratos realizados a personas que hayan sido remitidas como candidatas tras la gestión de una oferta.
7.– En el proceso de comunicación de cada contrato, la empresa deberá indicar obligatoria- mente, la referencia de la oferta a la que corresponde dicho contrato.
Artículo 10.– Extinción del contrato.
1.– Efectuada la contratación, y en los supuestos de extinción del contrato del trabajo por no superar el periodo de prueba, cese voluntario o por muerte o invalidez de la persona contratada, la empresa deberá comunicar por escrito a Xxxxxxx, en el plazo máximo de siete días desde la extinción del contrato, dicha circunstancia a efectos de ajustar la subvención final a la parte pro- porcional del periodo trabajado por la persona contratada.
2.– Si la extinción de la relación laboral está motivada por causas distintas a las previstas en el párrafo anterior, procederá el reintegro total de la subvención conforme a lo previsto en el artículo 17 de la presente convocatoria.
3.– Si la empresa desea contratar a otra u otras personas, deberá presentar obligatoriamente una nueva solicitud de subvención en los plazos y condiciones previstas en esta convocatoria.
Artículo 11.– Pago de la subvención.
1.– El abono de la subvención a las empresas contratantes se efectuará de la siguiente manera:
a) Un primer pago del 54% de la subvención concedida, tras la formalización de los contratos previstos, previa presentación, en el plazo de 10 días hábiles desde tal formalización, de los siguientes documentos:
– Copia de los contratos celebrados.
– Declaración responsable de no existencia de parentesco en los términos previstos en el artículo 3.4.a) de la presente convocatoria.
– Dos informes denominados «Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta», emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social (obtenidos del sistema RED), correspon- dientes al centro de trabajo de la empresa donde presta servicios la persona contratada: uno de ellos, correspondiente a los seis meses inmediatamente anteriores al día de alta en la empresa de la persona contratada y el otro, correspondiente al día de la contratación.
Previamente a la realización del pago, Lanbide verificará el alta del/la trabajador o trabajadora
en el Régimen General de la Seguridad Social y el incremento de plantilla.
b) Un segundo pago, por el 46% restante o la cantidad que resulte una vez justificadas las
actuaciones objeto de subvención de conformidad con lo establecido en el artículo 12.
2.– Los centros colaboradores percibirán la subvención en un único pago, tras la Resolución de concesión de la ayuda del Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
Artículo 12.– Justificación de la subvención por la celebración de los contratos y plazo.
Para la justificación de los contratos la empresa beneficiaria deberá presentar una Memoria Final
que contendrá una relación de las personas jóvenes contratadas y la duración de los contratos.
El plazo para presentar la citada Memoria será el siguiente:
a) En el supuesto de contratos en prácticas, 1 mes posterior a la finalización de los mismos.
b) En el supuesto de contratos indefinidos, una vez trascurrido un año desde su inicio.
En cualquiera de los casos, la Memoria se deberá presentar con anterioridad al, a 20 de diciem- bre de 2017.
Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx comprobará de oficio la duración efectiva de los contratos
subvencionados.
Artículo 13.– Obligaciones de las empresas beneficiarias.
1.– Son obligaciones de las entidades beneficiarias las que, con carácter general, se esta- blecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 50.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Xxxxx, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y en particular las siguientes:
a) Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención.
b) Justificar a Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx el cumplimiento de los requisitos y condicio- nes, que determinen la concesión o disfrute de la ayuda.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas, el Tribunal Xxxxx xx Xxxxxxx Públicas y las instancias de control de los fondos europeos.
Con objeto de que los gastos subvencionables cumplan con los requisitos de elegibilidad para el Fondo Social Europeo, en la entidad beneficiaria debe existir registro contable del gasto, con una identificación contable diferenciada o con un código contable adecuado.
d) Comunicar a Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones públicas o entes, tanto públicos como privados.
e) Comunicar a Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx la modificación de cualquier circunstancia que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención, así como cualquier even- tualidad que afecte sustancialmente al objeto o naturaleza de las actividades subvencionadas.
f) Colaborar con Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx en los procedimientos de comprobación, seguimiento y control de dichas actividades.
g) Comunicar a Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx los procedimientos de reintegro o sancio- nadores que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Orga- nismos autónomos, Entes públicos de derecho privado y Sociedades públicas, se hallen aún en tramitación.
h) Hacer constar expresamente la cofinanciación de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx y del Fondo Social Europeo, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 o Pro- grama Operativo FSE-País Xxxxx 2014-2020, en todos los materiales y acciones de comunicación, difusión o publicación de las actuaciones subvencionadas al amparo de la presente convocatoria.
La relación de empresas beneficiarias será incluida en la lista pública que se recoge en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de, a 17 de diciembre de 2013.
i) Guardar y custodiar toda la documentación relativa a la/s contrataciones subvencionadas, para la eventual comprobación del cumplimiento de todos los compromisos y obligaciones a los que queda sujeta en virtud de esta convocatoria, al menos, hasta el año 2023.
j) Obligaciones en materia de igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres:
– Garantizar la aplicación del principio de igualdad trato y oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres en la realización de pruebas o entrevistas y selección de los puestos de trabajo.
– Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales deberán emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabili- dad, y pluralidad de roles e identidades de género.
k) Obtener de las personas contratadas el consentimiento para que sus datos sean puestos a disposición de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx a los únicos efectos de gestionar la subvención solicitada e informarles del contenido de lo dispuesto en el art. 18 de la presente convocatoria.
2.– Asimismo, como obligación específica a la finalización de un contrato en prácticas, la empresa beneficiaria de la subvención deberá expedir al trabajador o trabajadora un certificado que contenga como mínimo:
– La duración del contrato.
– El/los puesto/s de trabajo ocupados y las principales tareas desempeñadas en cada uno de ellos.
Artículo 14.– Seguimiento y control.
Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx podrá realizar las acciones de inspección y control necesa-
rias para garantizar el cumplimiento de las finalidades perseguidas por esta convocatoria.
Artículo 15.– Modificación de la Subvención.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la subvención concedida, salvaguardando los requisitos mínimos establecidos en esta convocatoria para ser beneficiario de las subvenciones. En el supuesto de que de la alteración de las condiciones pudiera derivarse la devolución de la totalidad o parte de la subvención concedida, se iniciará el correspondiente procedimiento de reintegro.
Artículo 16.– Concurrencia con otras ayudas o subvenciones.
Las ayudas previstas en esta convocatoria son incompatibles con la obtención de cualquier otro tipo de subvención, ayuda o ingreso que, por el mismo concepto y finalidad, le sean otorga- das por otras Administraciones o entidades públicas o privadas, excepto con las bonificaciones o reducciones de cuotas en las cotizaciones a la Seguridad Social legalmente establecidas para los contratos indefinidos o en prácticas.
Artículo 17.– Incumplimiento y reintegro de subvenciones concedidas.
1.– En el supuesto de que las entidades beneficiarias de las ayudas previstas en esta convoca- toria incumplan las obligaciones previstas con carácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el 50.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Xxxxx, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, o incurran en alguno de los supuestos de reintegro de la subvención establecidas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 53.1 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Xxxxx, vendrán obligadas a reintegrar las cantidades concedidas más los inte-
reses legales que resultaren de aplicación desde el momento del pago de las ayudas, siguiendo para ello el procedimiento establecido al efecto en la citada disposición y en el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las sub- venciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx y se establecen los requisitos y obligaciones de las entidades colaboradoras que participan en su gestión. Las citadas cantidades tendrán la consideración de ingresos públicos a todos los efectos legales.
2.– El procedimiento de reintegro se iniciará por el Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, y será comunicado a la entidad beneficiaria de la ayuda, poniéndole de manifiesto el hecho o hechos constitutivos de incumplimiento y requiriéndole para que, en el plazo de quince días, formule las alegaciones o presente los documentos justificativos que considere pertinentes. La iniciación del procedimiento suspenderá, en su caso, los pagos que aún quedaran pendientes.
3.– Transcurrido el plazo de alegaciones sin que éstas se hubieren producido o desestima- das éstas, el Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx dictará resolución. El plazo máximo para resolver el procedimiento de reintegro será de 12 meses.
4.– Si la Resolución estimase la existencia de incumplimiento y declarase la pérdida del derecho a la percepción de la subvención, en todo o en parte, el interesado deberá reintegrar a Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx las cantidades que procedan en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la Resolución. Este plazo se considerará como plazo de período voluntario.
5.– La falta de reintegro en el período voluntario determinará el inicio de los trámites correspon- dientes para su recuperación por vía de apremio.
Artículo 18.– Tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx incorporará los datos persona- les obtenidos mediante la cumplimentación de las solicitudes de ayuda reguladas en la presente convocatoria, a un fichero de su titularidad denominado «Subvenciones empleo y formación», regulado en la Orden de 10 de octubre de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Socia- les, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del organismo autónomo Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx.
Así mismo los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos por la ley, enviando un escrito en este sentido a Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, X/ Xxxx Xxxxxxxx, 0, 00000, xx Xxxxxxx-Xxxxxxx.
Artículo 19.– Normativa europea sobre la competencia.
1.– Las ayudas contempladas en la presente convocatoria por la contratación de personas jóve- nes quedarán sujetas a la regla de «minimis» establecida en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013) relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «minimis». A consecuencia de esta calificación, el importe total de las ayudas de «mini- mis» concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Para la aplicación de este límite habrá de estarse a la definición de «única empresa» prevista
en el artículo 2.2 del citado reglamento.
2.– El solicitante de la ayuda deberá declarar sobre estas ayudas de minimis recibidas en el ejer- cicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, con objeto de probar que la nueva ayuda de minimis no supera el límite máximo establecido en el citado Reglamento.
ANEXO I
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE CENTRO COLABORADOR PARA CAPTAR Y REGISTRAR OFERTAS DE EMPLEO
(PROGRAMA LEHEN AUKERA)
1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL (persona física, entidad o empresa) | NIF/CIF |
2. UBICACIÓN
CÓDIGO ENTIDAD Y UBICACIÓN(*) | DIRECCIÓN | TELÉFONO | ||
LOCALIDAD | TERRITORIO HISTÓRICO | CÓDIGO POSTAL | CORREO ELECTRÓNICO | |
(*) A rellenar por Servicios Centrales
3. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE Y APELLIDOS | DNI/NIE |
4. DATOS DE LAS PERSONAS PARA LAS QUE SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA LA CAPTACIÓN Y REGISTRO DE OFERTAS
DNI/NIE | NOMBRE / APELLIDOS | FIRMA |
En nombre y representación de la empresa cuyos datos figuran recogidos en el presente formulario, solicito a Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, el reconocimiento de la condición de Centro Colaborador para la captación y registro de ofertas de empleo para que se gestionen por el servicio de intermediación de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx a través de su red de oficinas, utilizando los sistemas, protocolos e instrucciones que le facilite Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx. Esta solicitud se enmarca en lo previsto en la convocatoria del ejercicio 2016, de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa LEHEN AUKERA
En , a de de 2016
SELLO DE ENTRADA EN LANBIDE
Firma representante legal o persona autorizada y sello de la entidad :
DIRIGIDO A: Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx. Servicios Centrales - Área de Inserción Laboral
ANEXO II
SOLICITUD DE AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS EN EMPRESAS VASCAS. PROGRAMA LEHEN AUKERA
2016
AÑO:
ENTIDAD SOLICITANTE:
REGISTRO ENTRADA
TERRITORIO HISTÓRICO | ||
XXXXX | 01 | |
XXXXXXXX | 00 | |
XXXXXXX | 48 |
A RELLENAR POR LANBIDE | ||||||||||||
2 | 0 | 1 | 6 | L | A | K | ||||||
AÑO N.º DE EXPEDIENTE |
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Xxxxx y finalizará el 21 de noviembre de 2016.
INSTRUCCIONES
Las solicitudes deberán presentarse en los Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx (Xxxx Xxxxxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx) o en las Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Asimismo podrán realizarse conforme a cualquiera de los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Se rellenará en formato digital colocando un número o letra en cada casilla.
ACEPTACIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD EN MATERIA DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán registrados en el fichero del organismo autónomo Lanbide- Servicio xxxxx xx Xxxxxx denominado «SUBVENCIONES EMPLEO Y FORMACIÓN», cuya finalidad es la siguiente: la gestión y control de subvenciones relacionadas con las diferentes políticas activas de empleo y formación que son competencia de Lanbide, la colaboración y coordinación con otras administraciones competentes al objeto de lograr la inclusión social y laboral de las personas demandantes de los servicios de Lanbide y la persecución del fraude y fines estadísticos, que figura debidamente inscrito en el Registro de la AVPD y que cuenta con las debidas medidas de seguridad de los datos.
La Administración Pública podrá cotejar los datos aportados y realizar las comprobaciones oportunas para la correcta adjudicación de las ayudas.
Asimismo se le informa que sus datos únicamente podrán ser comunicados en los supuestos habilitados legalmente, y, en concreto, para este fichero, al SPEE, a las Diputaciones Forales y a la TGSS.
La entidad solicitante mediante la firma de este documento garantiza que los titulares de datos de carácter personal contenidos en el mismo, relativos a datos incluidos en ficheros de su titularidad, han sido previamente informados del contenido de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y que cuenta con el consentimiento expreso de todos ellos para el presente tratamiento.
De acuerdo con la normativa existente sobre protección de datos de carácter personal, los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición que expresamente reconoce la LOPD poniéndose en contacto con el organismo autónomo Lanbide- Servicio Xxxxx xx Xxxxxx (Servicios Centrales), X/ Xxxx Xxxxxxxx, 0, CP: 01009 - Vitoria-Gasteiz.
1. DENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA O ENTIDAD SOLICITANTE
Nombre o razón social de la empresa: | |||||
NIF/CIF: | CNAE: | ||||
Actividad principal: | Sector | ||||
Página web: | |||||
Dirección: | |||||
CP: | Localidad: | ||||
Dispone de representación legal de los trabajadores (RLT) (*) | SI | NO |
(*) Señálese lo que proceda
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA | ||||
Nombre: | Apellidos: | |||
DNI/NIE: | Cargo: | |||
Teléfono(s): | ||||
E-mail : |
PERSONA DE CONTACTO DE LA EMPRESA | ||||
Nombre: | Apellidos: | |||
Cargo: | ||||
Teléfono(s): | ||||
E-mail: |
CENTRO COLABORADOR DE APOYO A LA GESTIÓN (*) | |||
Nombre del Centro Colaborador: | |||
Actividad principal: | |||
NIF/CIF: | |||
Dirección: | |||
CP: | Localidad: | ||
Persona de contacto: | |||
Teléfono | E-mail: |
(*) A rellenar en el caso de que la empresa contratante delegue el proceso de gestión en un Centro Colaborador autorizado por Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx
RESUMEN DE LA SOLICITUD | |
Número de contrataciones para las que se solicita ayuda: | |
Total subvención solicitada: |
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS XXXXX
lunes 18 xx xxxxx de 2016
N.º 72
2016/1600 (21/29)
2. PLAN DE CONTRATACIÓN: Detalle de los puestos de trabajo que requiere contratar
PUESTO 1 | PUESTO 2 | PUESTO 3 | |||||||
Sexo (1) | Sexo (1) | Sexo (1) | |||||||
M | H | M | H | M | H | ||||
Nombre del puesto: | |||||||||
Departamento: | |||||||||
Titulación requerida: | |||||||||
Modalidad de contrato: | |||||||||
Jornada laboral: | |||||||||
Centro de trabajo de destino: | |||||||||
Datos de la cuenta de cotización (CCC): | |||||||||
Fecha prevista inicio contrato: | |||||||||
Fecha fin prevista contrato: | |||||||||
Grupo de Cotización a la S.S. (2) | |||||||||
Convenio colectivo del Sector (Detallar fecha y boletín de publicación) | |||||||||
COSTE CONTRATO | PUESTO 1 | PUESTO 2 | PUESTO 3 | ||||||
Salario bruto anual del contrato (pagas incluidas), excluidos los costes de Seguridad Social | |||||||||
SUBVENCION SOLICITADA | PUESTO 1 | PUESTO 2 | PUESTO 3 | ||||||
Importe solicitado por puesto: | |||||||||
(1) Marque el cuadro que proceda. Mujer / Hombrer (2) El grupo de cotización a Seguridad Social deberá ser acorde con el nivel de titulación requerido de la persona a contratar | TOTAL SUBVENCIÓN SOLICITADA | ||||||||
N.º DE PUESTOS |
3. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL/LA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
D./Dña.: ................................................................., en nombre y representación de la empresa o entidad , SOLICITA la ayuda arriba mencionada, aceptando expresamente las
condiciones que regulan la percepción de dicha subvención, conforme a la convocatoria de ayudas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas - Lehen Aukera, y a tal efecto,
DECLARA:
Primero:
Que la empresa solicitante tiene domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
Que la empresa solicitante no se halla participada directa o indirectamente en más de un 50%, por una o varias Administraciones Públicas.
Segundo:
a. Que la empresa solicitante no se halla incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgada por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus organismos autónomos.
b. Que la empresa solicitante no está sancionada administrativa, ni penalmente, con la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, incluidas las relativas a discriminación de sexo según lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Tercero:
Que en la empresa solicitante no se ha producido destrucción de empleo en el/los puestos/s para el/los que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención, durante un período de un año anterior a la/s nueva/s contratación/es y asume el compromiso de que no se va a producir durante el período que dure/n la/s contratación/es subvencionada/s.
Que las contrataciones realizadas por la empresa solicitante suponen la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.
Cuarto:
a. Que la empresa solicitante no está percibiendo ninguna ayuda con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración Pública.
b. Que a la empresa solicitante le ha sido concedida una ayuda de ........................................
euros, por (*).
c. Que, habiendo solicitado una ayuda a ...........................................(*), está pendiente de resolución.
(*) Indicar el nombre de la Entidad / Empresa.
Quinto:
Que autoriza a Lanbide- Servicio Xxxxx xx Xxxxxx para verificar electrónicamente sus datos de identidad como representante legal de la empresa.
SÍ NO
(En caso de no prestar consentimiento deberá aportarse copia de DNI/NIE del representante legal).
Sexto:
Que los fines y objetivos de la empresa u entidad solicitante, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos son conformes al principio de igualdad de trato y oportunidades de hombres y mujeres.
Séptimo:
Que a los efectos de comprobación del cumplimiento de la normativa de «minimis”, y específicamente teniendo en cuenta la definición de «única empresa» prevista en el artículo 2.2 del citado reglamento:
a. No ha recibido ningún tipo de ayuda sujeta a régimen de «minimis» en los últimos tres años.
b. Ha solicitado y/o recibido (durante el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores), las siguientes subvenciones sujetas al régimen de «minimis», según el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de «minimis».
Estado de la ayuda (*) | Organismo concedente | Descripción objeto de la ayuda | Importe (euros) | Fecha (solicitud o concesión) |
Número de subvenciones que se han solicitado:
(*) S= Ayuda solicitada C=Ayuda Concedida Octavo:
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Noveno:
Que la empresa solicitante no se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Decimo:
Que los datos consignados en la presente solicitud son veraces.
La presente solicitud deberá ser cumplimentada en todos sus términos y presentada con la documentación relacionada en los anexos, advirtiéndose que si en el plazo de 10 días, previo requerimiento al efecto, el solicitante no adjuntase la misma se le tendrá por desistido de la solicitud, previa resolución al efecto.
En .............................., a ...... de de 2016
Firma original del representante legal y sello de la empresa.
Fdo.:
(Cumplimente el nombre de la persona firmante)
DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD
La solicitud de subvención deberá ser adecuadamente cumplimentada en todos sus apartados y se acompañará la siguiente documentación:
– En caso de no prestar el consentimiento para la verificación electrónica de sus datos de identidad, fotocopia del DNI/NIE de la persona representante legal.
– Fotocopia de los poderes notariales que acrediten su representación.
– Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
– Copia de las escrituras actualizadas de constitución de la empresa o, en su caso, cualquier otro documento que justifique la constitución de la entidad solicitante.
– Si la empresa o entidad contratante dispone de Representación Legal de los Trabajadores (RPT): copia de la comunicación efectuada a la misma de su intención de contratar.
– Documento de Alta de Terceros Interesado (modelo disponible en xxx.xxxxxxx.xxx).
ANEXO III
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN POR CAPTAR Y REGISTRAR O GESTIONAR OFERTAS DE EMPLEO (LEHEN AUKERA)
1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL (persona física, entidad o empresa) | NIF/CIF | |||
CÓDIGO ENTIDAD Y UBICACIÓN(*) | DIRECCIÓN | TELÉFONO | ||
LOCALIDAD | TERRITORIO HISTÓRICO | CÓDIGO POSTAL | CORREO ELECTRÓNICO | |
(*) A rellenar por Servicios Centrales
2. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE Y APELLIDOS | DNI/NIE |
3. IMPORTE SOLICITADO SEGÚN RELACIÓN ADJUNTA
OFERTA DE EMPLEO | N.º DE OFERTAS | N.º CONTRATOS SUBVENCIONADOS | SUBVENCIÓN POR CONTRATO SUBVENCIONADO | INCREMENTO 10% POR CADA 20 OFERTAS CON FIN DE CONTRATO SUBVENCIONADO | TOTAL EUROS |
OFERTAS CAPTADAS Y REGISTRADAS | 120,00 € | ||||
OFERTAS GESTIONADAS | 80,00 € | ||||
TOTAL SUBVENCIÓN |
4. DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD
– Relación de ofertas de empleo registradas y/o gestionadas, así como de las personas contratadas en cada una de ellas.
En nombre y representación de la empresa cuyos datos figuran recogidos en el presente formulario, solicito a Lanbide- Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, la concesión y pago de la subvención correspondiente a la captación, registro y/o gestión de ofertas de empleo vinculadas a la convocatoria del ejercicio 2016, de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas Vascas. Programa LEHEN AUKERA.
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dña.: ................................................................., en nombre y representación del Centro Colaborador
……………………………………………………………………………………………..…….,
DECLARA:
Primero:
Que la entidad solicitante no está sancionada administrativa, ni penalmente, con la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, incluidas las relativas a discriminación de sexo según lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Segundo:
Que la entidad solicitante no se halla incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgada por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus organismos autónomos.
Tercero:
Que los fines y objetivos de la entidad solicitante, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos son conformes al principio de igualdad de trato y oportunidades de hombres y mujeres.
Cuarto:
Que la entidad solicitante no está percibiendo ninguna ayuda con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración Pública.
Que a la entidad solicitante le ha sido concedida una ayuda de ........................................ euros, por
.............................................................. (*).
Que, habiendo solicitado una ayuda a (*), está pendiente de resolución.
(*) Indicar el nombre de la Entidad / Empresa.
Quinto:
Que la entidad solicitante no se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Sexto:
Que los datos consignados en la presente solicitud son veraces.
En _, a de de 2016
SELLO DE ENTRADA EN LANBIDE
Firma representante legal o persona autorizada y sello de la entidad :
DIRIGIDO A: Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx. Servicios Centrales
X/ Xxxx Xxxxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
ANEXO IV
MODELO IMPRESO NORMALIZADO PARA SOLICITUD DE GESTIÓN DE OFERTA.«LEHEN AUKERA»
N.º OFERTA: N.º EXPTE.: R/16 LAK
DATOS DE LA OFICINA / ENTIDAD: | |
Nombre: | |
Dirección: | |
Teléfono: | Fax: |
Correo electrónico: | |
Persona de contacto: |
La presente solicitud únicamente tiene la finalidad de formalizar su petición, para lo cual le pedimos que verifique y, en su caso, complete este formulario y que tras firmarla, la entregue en la oficina Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx o entidad arriba indicada. La solicitud deberá ir firmada. Los datos detallados del perfil profesional solicitado, dada su amplitud, serán recogidos por el personal técnico del Centro e introducidos en el sistema para su tratamiento informático.
DATOS DE LA EMPRESA (1) : | ||
CIF / NIF: | Código de Cuenta de Cotización: | |
Nombre o razón social: | ||
Dirección: | CP: | |
Municipio: | Provincia: | |
Teléfono: | Fax: | |
Correo electrónico: | ||
Persona contacto: | N.º trabajadores/as: |
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO: | |||
Municipio del puesto de trabajo (1) : | |||
Nombre del puesto (1): | |||
Descripción del puesto (1): | |||
Requisitos imprescindibles: | |||
Requisitos a valorar: | |||
Tipo de contrato: | |||
Duración del contrato: | |||
Tipo de jornada y horario: | |||
Salario mensual bruto en euros: | |||
Fecha prevista de incorporación: | |||
Número de puestos de trabajo ofertados (1) : | |||
Número de currículums vitae que desea recibir(1) : | |||
¿ Cómo desea recibir los curriculum vitae de las personas candidatas? | |||
Correo electrónico | Fax | ||
Firma Representante legal o Persona autorizada : |
(1) A rellenar obligatoriamente
MEDIO DE CONTACTO PARA LA OFERTA: (si es diferente al medio de contacto de la empresa) | ||||
Teléfono: | ||||
Correo electrónico: | Fax: | |||
Nombre y apellidos de la persona de contacto: | ||||
Horario de contacto telefónico: | ||||
Desde: horas | Hasta: horas | |||
¿ En qué idioma desea recibir los curriculum vitae de las personas candidatas?: | ||||
Xxxxxxxxxx | Xxxxxxx |
Los datos personales que usted nos proporciona pasarán a formar parte de un fichero automatizado denominado OFERENTES DE EMPLEO, titularidad de Lanbide - Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, cuya finalidad es la de proporcionar personas candidatas que permitan cubrir las necesidades de puestos vacantes a las empresas oferentes, previamente notificado a la Agencia Vasca de Protección de Datos y que cuenta con las medidas de seguridad necesarias para garantizar la total seguridad de los datos. Por parte de la empresa, me comprometo a informar del resultado del proceso de selección mediante el documento que haga llegar el centro/oficina gestor/a de la oferta a tal efecto.
En cumplimiento con la normativa existente sobre protección de datos de carácter personal, usted podrá ejercer los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición que expresamente reconoce la LOPD poniéndose en contacto con: Lanbide - Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, X/Xxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxxx-Xxxxxxx
D. / Dña.: con DNI _ en nombre y representación de la empresa cuyos datos figuran recogidos en el presente formulario, solicito a Lanbide – Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, la presentación de curriculums de personas que se ajusten al perfil solicitado en el epígrafe «Descripción del puesto de trabajo». Por parte de la empresa, me comprometo a informar del resultado del proceso de selección mediante el documento que haga llegar el centro/oficina gestor/a de la oferta a tal efecto.
Lugar y fecha: _
Firma Representante legal o Persona autorizada: