Contrato de Préstamo No. 2470/BL-HO-2 y Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo 2470/BL-HO)
DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Para
Adquisición de Servicios Privados de Seguridad – Vigilancia Preventiva
Emitidos el 7 de noviembre de 2018.
Proceso No: LPN-BID-2470-02-2018
Identificador SEPA No: PIR2-187-LPN-S-XXXXX
Proyecto:
Programa de Integración Vial Regional
(Contrato xx Xxxxxxxx No. 2470/BL-HO-2 y Contrato Modificatorio del Contrato xx Xxxxxxxx 2470/BL-HO)
Contratante:
Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H)
Índice General
Pág.
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación 1
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 2
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 34
Sección III. Criterios Económicos para la Evaluación Financiera de las Ofertas 39
Sección IV. Formularios de la Oferta 40
Sección V. Países Elegibles (BID) 54
PARTE 2. Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios 56
Sección VI. Programa de Actividades 57
Sección VII. Especificaciones y Requisitos 58
PARTE 3. Contrato 63
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) 64
Sección IX. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) 93
Sección X. Formularios del Contrato 102
1
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
Índice de Cláusulas
Pág.
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) 3
5. Información y Calificaciones sobre el Oferente 13
8. Visita al lugar de los servicios 16
B. Documentos de Licitación 16
9. Contenido de los Documentos de Licitación 16
10. Aclaración de los Documentos de Licitación 17
11. Enmienda a los Documentos de Licitación 18
C. Preparación de las Ofertas 18
13. Documentos que componen la Oferta 19
15. Monedas de la Oferta y Pago 20
16. Período de Validez de la Oferta 21
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta 21
19. Formato y Firma de la Oferta 23
D. Presentación de las Ofertas 24
20. Presentación e Identificación de las Ofertas 24
21. Fecha Límite para Presentación de las Ofertas 25
23. Modificación, Sustitución o Retiro de las Ofertas 25
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 25
24. Apertura de las Ofertas 25
25. Confidencialidad del Proceso 26
26. Aclaración de las Ofertas 27
28. Diferencias, errores y omisiones 28
29. Conversión a una sola moneda 29
30. Evaluación y Comparación de las Ofertas 29
F. Adjudicación del Contrato 30
31. Criterios de Adjudicación 30
33. Notificación de la Adjudicación y Firma del Contrato 31
34. Garantía de Cumplimiento del Contrato 32
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
Instrucciones a los Oferentes | ||||||||
1.1 | El Contratante según se define en los Datos de la Licitación (DDL), llama a licitación para los Servicios, según lo que se describe en la Sección VII (Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños) y complementariamente por la sección VI (Programa de Actividades). El nombre y número de identificación de esta Licitación Pública (LPN) se proporcionan en los DDL. | |||||||
1.2 | Se espera que el Oferente favorecido concluya los Servicios en la Fecha Estimada de Terminación establecida en los DDL. | |||||||
1.3 | Para todos Licitación: | los | efectos | de | estos | Documentos | de | |
(a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo por correo electrónico, facsímile, télex) con prueba de recibido; | ||||||||
(b) si el contexto así lo requiere, “singular” significa “plural” y viceversa; y | ||||||||
(c) “día” significa día calendario. | ||||||||
2.1 El Prestatario nombrado en los DDL ha solicitado o recibido un financiamiento1 del Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado “el Banco”), para sufragar parcial o totalmente el costo del proyecto indicado en los DDL. El Prestatario destinará una parte de los recursos de este financiamiento para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se emite el presente Documento de Licitación. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y con la aprobación del Banco, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Contrato de |
1 Financiamiento: Se refiere a un préstamo, donación, cooperación técnica o cualquier otro instrumento financiero concedido por el Banco.
Préstamo, y dichos pagos estarán sujetos en todo respecto a las condiciones establecidas en dicho Contrato. Solamente el prestatario tendrá derecho al préstamo en virtud del Contrato xxx Xxxxxxxx. | |
a) | |
3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: i. Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o |
2 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
ii. Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
iii. Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
iv. Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
v. Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. Destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. Todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f)
de abajo.
b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
ii. suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
vi. remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
vii. imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1
(b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del
personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el
trabajo contemplado en el respectivo contrato; y
(ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de
consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director,
funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). | |
4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección V de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los servicios. Los Oferentes originarios de un país miembro del Banco, al igual que los servicios suministrados, no serán elegibles si: | |
(a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o | |
(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier |
pago a personas o entidades en ese país. |
4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos: |
(a) están o han estado asociados, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los servicios objeto de estos Documentos de Licitación; o |
(b) presentan más de una Oferta en este proceso licitatorio. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una Oferta; o |
4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3. |
4.4 Las empresas estatales del país del Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no son dependientes del Prestatario |
4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite. |
5.1 Todos los Oferentes proporcionarán el Formulario de la Oferta; y el Formulario de Calificación sobre el Oferente, de acuerdo a la Sección IV, Formularios de la Oferta. | |
5.2 Todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos de la Sección IV, Formularios de la Oferta, a menos que se establezca lo contrario en los DDL: | |
(a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución y domicilio legal del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; | |
(b) monto total facturado por los servicios realizados en los últimos cinco (5) años; | |
(c) experiencia en servicios realizados de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los servicios en ejecución o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; | |
(d) principales equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que el Oferente propone para cumplir con el contrato; | |
(e) calificaciones y experiencia del administrador del contrato propuesto y/o del personal clave propuesto para el Contrato; | |
(f) los informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como estados financieros e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años; | |
(g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato(acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros); | |
(h) autorización para solicitar referencias del Oferente a las instituciones bancarias; |
(i) información relativa a la existencia o no de litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años o en el número de años determinados en los DDL, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y |
(j) en su caso las ofertas para subcontratar componentes de los Servicios contendrán el monto del porcentaje de subcontratistas, si así se permite en los DDL de acuerdo al porcentaje máximo de participación de subcontratistas., |
5.3 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique lo contrario en los DDL: |
(a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Cláusula 5.2 de las IAO; |
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios; |
(c) la oferta debe indicar que todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo de lo contrario será motivo de rechazo; |
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA; |
(e) La ejecución de la totalidad del contrato, incluyendo, los pagos, se harán exclusivamente al socio designado. |
(f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de |
resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. |
5.4 Los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación. |
(a) El número de años y monto total facturado de los servicios realizados, determinados en los DDL. |
(b) experiencia como prestador de servicios principal en al menos dos servicios de la misma naturaleza y dimensiones similares en los últimos cinco (5) años (para cumplir con este requisito los contratos de servicio citados deben haberse completados por lo menos en un 70%, o el porcentaje especificado en los DDL), o por el número de servicios y/o años que se especifiquen en los DDL. |
(c) contar con los equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones necesarias para ejecutar el Contrato de conformidad con los DDL; |
(d) calificaciones y experiencia de un administrador de contrato con cinco (5) años de experiencia en servicios de naturaleza y volumen similar, incluyendo no menos de tres (3) años como gerente o líder de proyecto, o los años de experiencia o calificaciones especificados en los DDL. Las calificaciones y experiencia del personal clave se especificarán en los DDL. |
(e) la información sobre el Estado Financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años o por el número de años que se especifique en los DDL. |
(f) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros). En el caso de Oferentes extranjeros deberán presentar documentación equivalente, expedida en su país de origen. |
(g) Para determinar que el oferente cumple con los criterios de calificación no se tomaran en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, |
salvo que se indique lo contrario en los DDL. | ||
h) Un historial constante de litigios o arbitraje relevantes para el objeto del servicio que hayan sido entablados contra el Oferente, cualquiera de sus socios o APCA podría resultar en la descalificación | ||
5.5 | Las cifras correspondientes para cada una de los integrantes de una APCA se sumaran a fin de determinar el cumplimiento del Oferente con los criterios mínimos estipulados como requisitos de la Cláusula 5.4 (a), (b) y (f); sin embargo, para que pueda adjudicarse el contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinticinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Cláusulas 5.4 (a) (b) y (f); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada. | |
6.1 | Cada Oferente presentará solamente una oferta, en forma individual o como firma asociada. Un Oferente que presenta o participa en más de una oferta (en forma diferente a la de subcontratista) ocasionará que todas sus ofertas en las que el Oferente participe sean descalificadas. | |
7.1 | El Oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y el Contratante no será responsable en ningún caso de dichos costos. | |
8.1 | El Oferente bajo su propia responsabilidad y riesgo, podrá visitar y examinar el lugar de los servicios requeridos y sus alrededores y obtener toda la información que sea necesaria para preparar la oferta y celebrar un contrato para los Servicios. Los costos de la visita al lugar de los Servicios correrán por cuenta del Oferente. | |
Documentos de Licitación | 9.1 | Los Documentos de Licitación comprenden las siguientes secciones y las enmiendas que se realicen conforme a la Cláusula 11 de las IAO: |
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II. Datos de la Licitación (DDL) Sección III. Criterios económicos para la Evaluación Financiera de las ofertas Sección IV. Formularios de la Oferta Sección V. Países Elegibles | |
PARTE 2 –Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios Sección VI. Programa de Actividades Sección VII Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños | |
PARTE 3 –Contrato Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección IX. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección X. Formularios de Contrato | |
9.2 El Oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación. El Oferente que no incluya toda la información solicitada en los Documentos de Licitación o que presente una oferta que no se ajuste sustancialmente a ellos en todos los aspectos, asumirá el riesgo que esto entraña y la consecuencia podrá ser el rechazo de su oferta. Los documentos señalados en las Secciones IV Formulario de la Oferta y VI Programa de Actividades deben estar completos y ser presentados en la oferta con el número de copias especificado de acuerdo con la Cláusula 19.1 de las IAO. | |
Documentos | 10.1 Todo Oferente que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación, podrá solicitarla por escrito al Contratante a la dirección indicada en los |
de Licitación | DDL. El Contratante responderá también por escrito a las solicitudes de aclaración que se reciba por lo menos diez (10) días antes de la fecha límite de presentación de ofertas. El Contratante enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Contratante. Si como resultado de las aclaraciones, el Contratante considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 11 y Subcláusula 21.2, de las IAO. |
10.2 Las modificaciones a los Documentos de Licitación que resulten necesarias en virtud de las solicitudes de aclaración, se notificarán mediante enmienda a los Documentos de Licitación, conforme a la cláusula 11 de las IAO. | |
11.1 El Contratante podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. | |
11.2 Toda adenda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los Documentos de Licitación directamente del Contratante o vía el portal de adquisiciones del país. | |
11.3 El Contratante podrá prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la preparación de sus ofertas de conformidad con la Cláusula 21.2. | |
12.1 La oferta que prepare el Oferente, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Oferente y el Contratante, deberá redactarse en español. Los documentos complementarios y textos impresos que formen parte de la oferta podrán estar escritos en otro idioma, con la condición de que las partes relevantes |
de dicho material vayan acompañadas de una traducción fidedigna al idioma español. Para efectos de la interpretación de la oferta, prevalecerá dicha traducción. | |
13.1 La oferta que presente el Oferente deberá comprender los siguientes documentos: | |
(a) El Formulario de la Oferta (en el formato que se indica en la Sección IV “Formularios de la Oferta”); | |
(b) El Programa de Actividades; | |
(c) Formulario de Calificación Sobre el Oferente (de acuerdo a la Sección IV “Formularios de la Oferta”), incluyendo documentos para acreditar los datos correspondientes; | |
(d) Evidencia documentada, que certifique que los servicios que proporcionen el Oferente son de origen Elegible de conformidad con lo previsto en la Sección V para el caso del BID. | |
(e) Cualquier otro documento relevante para el objeto de servicio que sea requerido a los Oferentes, según lo especificado en los DDL. | |
14.1 El contrato será para los servicios según se describe en las Especificaciones Técnicas de Desempeño y Diseños de la Sección VII, con base en el Programa de Actividades de la Sección VI. | |
14.2 El Oferente deberá cotizar las tarifas, precios y descuentos de todas las actividades que comprenden los Servicios descritos en las Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños de la Sección VII y listados en el Programa de Actividades, Sección VI. Las actividades en las que el Oferente no introduzca tarifas o precios, se asumirá que están incluidas en el precio total de la oferta, sin que proceda pago adicional alguno. | |
14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Oferente conforme al Contrato, o por cualquier otra causa, hasta diez (10) días antes de la fecha del plazo para presentación de ofertas, |
deberán ser incluidos en el precio total de la oferta presentada. | |
14.4 Los precios cotizados por el Oferente serán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. En el caso de que en los DDL se considere ajuste de precios durante la ejecución del Contrato, este se realizará de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato y/o Cláusula 6.6.1 de las Condiciones Especiales del Contrato. | |
14.5 El Oferente presentará con su oferta toda la información requerida conforme a las Condiciones Especiales del Contrato y de las Condiciones Generales del Contrato. | |
14.6 Cuando una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado, en consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL sub-cláusula14.4, los precios cotizados por el Oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del Contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas, y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. | |
14.7 A fin de determinar la remuneración por servicios adicionales, un desglose del precio a suma alzada será proporcionado por el Oferente en la forma de los Apéndices C y D del Contrato. | |
15.1 El Oferente cotizará en la moneda local la porción de la oferta correspondiente a gastos realizados en el país del Contratante, a menos que se indique lo contrario en los DDL. | |
15.2 Los Oferentes podrán expresar el precio de su oferta en cualquier moneda plenamente convertible. Los Oferentes que deseen que se les pague en varias monedas, deberán cotizar su oferta en esas monedas pero no podrán emplear más de tres monedas además de la moneda local. |
Validez de la Oferta | 16.1 Las ofertas serán válidas por el período indicado en los DDL, a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el Contratante. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento. |
16.2 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el periodo de validez de la oferta, el Contratante podrá solicitar el consentimiento de los Oferentes para prorrogar el periodo de validez de sus ofertas. La solicitud y las respuestas de los Oferentes se harán por escrito. Un Oferente puede rechazar esta solicitud sin que se le sean aplicadas las sanciones establecidas en el Formulario de la Oferta. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas, con excepción de lo dispuesto en la Cláusula 16.3 de las IAO. | |
16.3 En el caso de contratos con precio fijo, cuyo periodo de validez de la oferta se hubiera prorrogado y la adjudicación se retrasase por un período mayor a sesenta (60) días a partir del vencimiento del plazo inicial de validez de la oferta, el precio del Contrato será ajustado mediante la aplicación de un factor que será especificado en la solicitud de prórroga. La evaluación de la oferta deberá basarse en el precio cotizado sin tomar en cuenta el ajuste mencionado. | |
Mantenimiento de la Oferta | 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en Lempiras o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio |
seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, deberá tener una sucursal financiera en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía;
(c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la oferta;
(d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO.
(e) ser presentada en original; no se aceptarán copias;
(f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula
16.2 de las IAO;
17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Oferente adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 34.1 de las IAO.
17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si:
(a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) si el Oferente seleccionado: (i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 33 de las IAO; (ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 34 de las IAO; 17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (en lo sucesivo Consorcio) deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la oferta. Si dicho Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en nombre de todos los futuros socios del Consorcio tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el Formulario de Calificación sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. | |
alternativas | 18.1 No se considerarán ofertas alternativas. |
Firma de la Oferta | 19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar las copias simples de los documentos que comprenden la oferta y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”, en el número de copias que se determine en los DDL. |
19.2 El original de la oferta será impreso, mecanografiado o escrito con tinta indeleble y firmada por una persona o personas debidamente autorizadas para firmar en nombre del Oferente, conforme a la Cláusulas 5.2 (a) o 5.3 (b) de las IAO. Todas las páginas de la oferta, que hayan sido modificadas, deberán llevar la firma o rúbrica de la(s) persona(s) |
que firme(n) la oferta. La copia simple de la oferta deberá reproducirse de la original previamente firmada. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de la copia. | |
19.3 Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o la rúbrica de la persona que firma la Oferta. | |
20.1 Los Oferentes podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. | |
20.2 Los Oferentes incluirán el original y copia de la oferta en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y la copia serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las Cláusulas 20.3 y 20.4 de las IAO. | |
20.3 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: | |
(a) llevar el nombre y la dirección del Oferente para permitir que la oferta sea devuelta sin abrir en caso de que sea declarada “tardía” conforme a la Cláusula 22 de las IAO; | |
(b) estar dirigidos al Contratante y llevar la dirección indicada en la cláusula 21.1 de los DDL; | |
(c) llevar el nombre y número de identificación de la LPN indicada en la cláusula 1.1 de los DDL y las Condiciones Especiales del Contrato (CEC); | |
(d) llevar una advertencia de no abrirse antes de la hora y la fecha especificadas para la apertura de la oferta según se define en la cláusula 24.1 de los DDL. | |
20.4 Si los sobres no están cerrados e identificados según lo dispuesto, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe, traspapele o sea abierta prematuramente. |
21.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Contratante en la dirección indicada en el presente documento a más tardar en la hora y la fecha indicadas en los DDL. | |
21.2 El Contratante podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de las ofertas, mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO, en cuyo caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y los Oferentes se sujetarán a la nueva fecha límite prorrogada. | |
22.1 Toda oferta que reciba el Contratante después del plazo fijado por él para la presentación de ofertas de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente sin abrir. | |
23.1 El Oferente podrá modificar, sustituir o retirar su oferta, después de presentada, mediante el envío de una comunicación por escrito debidamente firmada por un representante autorizado antes de la fecha límite establecida en la Cláusula 21 de las IAO. La modificación o sustitución de la Oferta deberá acompañar dicha comunicación por escrito. | |
23.2 El aviso de modificación, sustitución o retiro de una oferta deberá ser preparado, sellado, marcado y entregado de acuerdo con las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, con los sobres interiores y exteriores marcados claramente con “MODIFICACIÓN” “SUSTITUCIÓN” o “RETIRO”, según lo que corresponda. | |
23.3 Ninguna oferta podrá ser modificada, sustituida o retirada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar ofertas y la expiración del período de validez de las ofertas indicado por el Oferente en el Formulario de Oferta, o cualquier extensión si la hubiese. | |
23.4 Las ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la Cláusula 23.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. | |
24.1 El Contratante abrirá las ofertas, incluyendo las modificaciones de ofertas efectuadas conforme a la |
Cláusula 23 de las IAO, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, en la fecha, hora, y lugar especificados en los DDL. | |
24.2 Los sobres marcados con la palabra “RETIRO” se identificarán en primer lugar y el nombre del Oferente se leerá en voz alta. No se abrirán las ofertas respecto de las cuales se haya presentado una notificación de retiro aceptable, conforme a la Cláusula 23. | |
24.3 En la apertura de las ofertas, el Contratante leerá en voz alta los nombres de los Oferentes, los precios de las ofertas, incluidos los descuentos, las modificaciones, sustituciones y retiros de ofertas y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna oferta será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Cláusula 22.1 de las IAO. | |
24.4 El Contratante preparará un acta de la ceremonia de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente y si hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la Oferta, por lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y ofertas alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se requería. Se les solicitará a los representantes de los Oferentes presentes que firmen la hoja de asistencia. Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo. | |
25.1 Cualquier comunicación que el Oferente desee tener con el Contratante deberá realizarse por escrito. La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de ofertas y a las recomendaciones sobre adjudicaciones de un contrato no se dará a conocer a los Oferentes que presentaron las ofertas ni a otras personas que no tengan participación oficial en el proceso hasta que no se haya notificado la adjudicación del contrato al Oferente ganador. | |
25.2 Si, después de la notificación de adjudicación, un Oferente desea conocer las razones por las cuales su |
oferta no fue seleccionada, debe dirigir su solicitud al Contratante, quien emitirá la respuesta por escrito. Cualquier solicitud de explicación de un Oferente debe relacionarse solamente a su propia oferta; no se dará información acerca de la oferta de los competidores. | |
25.3 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en la revisión, evaluación, comparación y calificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. | |
26.1 Para realizar la correcta evaluación de las ofertas, el Contratante podrá, a su discreción, solicitar al Oferente que aclare su oferta. No se considerarán aclaraciones a las ofertas presentadas por los Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud de aclaración y la respuesta se harán por escrito y no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o de los elementos sustanciales de la oferta, excepto según se requiera para confirmar la corrección de errores aritméticos descubiertos por el Contratante en la evaluación de las ofertas en conformidad con la Cláusula 28. | |
27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las ofertas, el Contratante determinará si cada oferta: a) cumple con los criterios de elegibilidad definidos en la Cláusula 4 de las IAO; b) ha sido debidamente firmada; c) Está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y d) Cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. e) | |
27.2. Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante se basará en el contenido de la propia oferta. | |
27.3 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos |
los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: | |
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Servicios solicitados; o | |
(b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos de “el Contratante” o las obligaciones del Oferente, establecidas en el Formulario de Contrato; o | |
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. | |
27.4 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá ajustarla mediante correcciones de las desviaciones, reservas u omisiones significativas. | |
errores y omisiones | 28.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. |
28.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. | |
28.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: | |
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, |
prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que, en opinión del Contratante, haya un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; | |
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; | |
(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. | |
28.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada. | |
29.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá todos los precios de las ofertas expresados en diferentes monedas a Lempiras utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras para transacciones semejantes, vigente 28 días antes de la fecha de apertura de Ofertas. | |
30.1 El Contratante evaluará las ofertas conforme a la Cláusula 27 de las IAO y las comparará. | |
30.2 Al evaluar las ofertas, el Contratante determinará para cada oferta el precio de oferta evaluado considerando lo siguiente: | |
(a) el precio cotizado de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO | |
(b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos conforme a la Cláusula 28 de las IAO; | |
(c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos de conformidad con la Cláusula 14.2 de las IAO; |
(d) excluyendo las sumas relacionadas con actividades de contingencia, si hubiese, en el Programa de Actividades, pero incluyendo la tarifa diaria del servicio, cuando sea solicitada en las Especificaciones Técnicas de Desempeño | |
(e) los ajustes debidos a la aplicación de factores adicionales de evaluación, metodologías y criterios cuantificables y evaluables económicamente, de conformidad con la Sección III, Criterios económicos para la Evaluación Financiera de las ofertas. | |
30.3 Las variaciones, desviaciones y demás factores que exceden los requisitos de los Documentos de Licitación o de otro modo den como resultado beneficios no solicitados por el Contratante no se tomarán en cuenta en la evaluación de las ofertas. | |
30.4 El efecto calculado de cualquier condición de ajuste de precios, conforme a la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato, durante el periodo de implementación del Contrato, no se tomará en cuenta en la evaluación de las ofertas. | |
Adjudicación | 31.1 Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 32 de las IAO, el Contratante adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación y haya sido evaluada como la más baja, siempre y cuando se haya determinado que dicho Oferente es: (a) elegible de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado en conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. |
Contratante de Aceptar Cualquier Oferta, Rechazar Cualquiera o Todas las Ofertas y variar las cantidades en | 32.1 No obstante lo establecido en la Cláusula 31 de las IAO, el Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como el derecho a anular el proceso de licitación y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes afectados por esta decisión. 32.2 Al momento de adjudicar el Contrato, el Contratante se reserva el derecho de aumentar o disminuir la |
el momento de adjudicación. | cantidad de los Servicios especificados originalmente en la Sección VI Programa de Actividades y con base en la Sección VII Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados en los DDL, y no altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la Oferta y de los Documentos de Licitación. |
33.1 Antes de la expiración del período de validez de las ofertas, el Contratante notificará por escrito al Oferente seleccionado que su Oferta ha sido aceptada. | |
33.2 Mientras se prepara un Contrato formal y es perfeccionado, la notificación de la Carta de Aceptación de la Sección X constituirá el Contrato. | |
33.3 El Contratante publicará en el sitio de Internet del UNDB (United Nations Development Business) y en el sitio de Internet del Banco los resultados de la licitación, identificando la oferta y la siguiente información: (i) nombre de todos los Oferentes que presentaron ofertas; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las ofertas; (iii) nombre de los Oferentes cuyas ofertas fueron evaluadas y precios evaluados de cada oferta evaluada; (iv) nombre de los Oferentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. | |
33.4 Inmediatamente después de la notificación de adjudicación, el Contratante enviará al Oferente seleccionado el Formulario de Contrato y las Condiciones Generales y Especiales del Contrato. | |
33.5 El Oferente seleccionado tendrá un plazo de quince (15) días después de la fecha de recibo del Formulario de Contrato para firmarlo, fecharlo y devolverlo al Contratante. En los casos en los que el Oferente seleccionado sea una APCA, el contrato debe ser firmado en los términos establecidos en la Cláusula 5.3 inciso (b) de las IAO y en el Formulario de Contrato, contenido en la Sección X, inciso B. |
Cumplimiento del Contrato | 34.1 Dentro de los diez (10) días a partir de la firma del Contrato, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las DDL, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento, incluido en la Sección X, Formularios del Contrato. |
34.2 Si la Garantía de Cumplimiento es proporcionada por el Oferente favorecido en la forma de una Garantía Bancaria, ésta deberá expedirse por el Oferente, por un banco localizado en el país del Prestatario aceptable para el Contratante. | |
34.3 Si la Garantía de Cumplimiento va a ser proporcionada por el Oferente en la forma de una Fianza, ésta deberá ser expedida por una compañía afianzadora| que el Oferente ha determinado y que sea aceptable al Contratante. | |
34.4 El incumplimiento del Oferente favorecido de los requisitos de la Cláusula 34.1 constituirá base suficiente para la cancelación de la adjudicación. Si el Oferente seleccionado no cumple con la presentación de la Garantía de Cumplimiento mencionada anteriormente o no firma el Contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato; y, consecuentemente, se le aplicará las sanciones por incumplimiento establecidas en el Formulario de la Oferta. En tal caso, el Contratante podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y que el Contratante determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. | |
35.1 El Contratante podrá proporcionar un Anticipo sobre el Precio de Contrato según se estipula en los DDL. El pago del anticipo respectivo se efectuará previa entrega de la garantía correspondiente, utilizando el formulario de Garantía por Pago de Anticipo, incluido en la Sección X, Formularios del Contrato. | |
36.1 Cuando el Contratante determine la pertinencia de contar con un Conciliador, propondrá que se designe como tal a la persona nombrada en los DDL conforme al Contrato, a quien se le pagarán los |
honorarios por hora especificados en los DDL. Se adjuntarán a los DDL un currículo de la persona nombrada y una descripción de los gastos que se considerarían reembolsables Si un Oferente no acepta al Conciliador propuesto por el Contratante, deberá manifestarlo en el Formulario de Oferta y proponer otro Conciliador y los correspondientes honorarios por hora. Si para el día en que se firme el Contrato el Contratante y el Oferente no han logrado ponerse de acuerdo sobre el nombramiento del Conciliador, este último será nombrado, a solicitud de cualquiera de las partes, por la autoridad técnica designada e indicada en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC), de conformidad con la subcláusula 8.2.5 de las CGC.
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Los datos específicos que se presentan a continuación sobre los servicios que hayan de adquirirse, complementarán, suplementarán o enmendarán las disposiciones en las Instrucciones a los Oferentes (IAO). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán sobre las disposiciones en las IAO.
IAO | Referencia de Cláusula de Instrucciones para Oferentes |
IAO 1.1 | El Contratante es Inversión Estratégica de Honduras (INVEST- H). |
El nombre y número de identificación de la LPN son: Servicios Privados de Seguridad – Vigilancia Preventiva, proceso No. LPN-BID-2470-02-2018. | |
IAO 1.2 | La fecha estimada de Terminación es 12 meses después de la fecha indicada en la orden de inicio. |
IAO 2.1 | El nombre del Prestatario es: República de Honduras. |
El nombre y número xx xxxxxxxx, donación o cooperación técnica es: Préstamo Nº 2470/BL-HO y 2470/BL-HO-2. | |
El nombre del Proyecto es: Programa de Integración Vial Regional | |
IAO 5.2 | La información solicitada a los Oferentes en la Cláusula 5.2 de las IAO se modifica de la siguiente manera: (a) Copia simple del Testimonio de la Escritura de Constitución y reformas y copia del poder otorgado al firmante de la oferta, que lo autorice a comprometer al oferente; ambos debidamente inscritos en el Registro Público de Comercio correspondiente. (b) Monto promedio facturado por los servicios privados de seguridad- vigilancia realizados en los últimos cinco (5) años; (c) 1. Experiencia en servicios realizados o en curso de similar naturaleza, entiéndase como similar naturaleza: los servicios privados de seguridad/vigilancia a empresa privada, organismos internacionales o de gobierno en los últimos diez (10) años, con evidencia de recibo a satisfacción por los clientes, a través de constancias, evidencia de pago, etc. 2. Detalles de todos los servicios en ejecución o bajo compromiso contractual, así como información de contacto de los clientes. (d) No se modifica. (e) No se modifica. (f) Estados financieros auditados del oferente, correspondientes a los |
últimos cinco (5) años; (g) No se modifica. (h) No se modifica. (i) No se modifica. (j) No aplica. | |
IAO 5.2 (i) | La información de litigios deberá presentarse en base a los últimos 10 años, a partir del año de presentación de oferta. |
IAO 5.2 (j) | Los Oferentes no podrán subcontratar ninguna parte de los servicios. |
IAO 5.3 | Información adicional requerida de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) en términos de la cláusula 5.3: Ninguna. |
IAO 5.4 (a) | El monto promedio facturado de los servicios realizados durante los últimos 5 años deberá ser de al menos Un Millón de Lempiras. |
IAO 5.4 (b) | Información que demuestre la experiencia al menos en dos (2) contratos de servicios similares al ofertado en monto y naturaleza (entiéndase como similar: servicios privados de seguridad/vigilancia a empresa privada, organismos internacionales o de gobierno), ejecutados en los últimos diez (10) años, en curso (50% de ejecución de contrato) o finalizados, evidenciando satisfacción de parte de los clientes. |
IAO 5.4 (c) | Los equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que debe proporcionar el Oferente para el contrato serán: Licencias o autorizaciones: Licencia o autorización vigente, emitida por la Secretaría de Seguridad para prestación de servicios privados de seguridad preventiva o constancia de trámite de su renovación. Instalaciones: Oficina de Administración y comunicación permanente del Contratante y de los guardias asignados con el proveedor de servicios, indicando su dirección, teléfonos y direcciones de correo electrónico. |
IAO 5.4 (d) | El administrador/gerente de contrato deberá ser un profesional titulado, con experiencia general de al menos 5 años en servicios de naturaleza similar. |
IAO 5.4 (e) | Los informes que debe presentar el Oferente sobre el Estado Financiero, relativos a la solvencia económica deben corresponder a los últimos 5 años. |
IAO 5.4 (g) | No se tomará en cuenta la experiencia y los recursos de los subcontratistas. |
IAO 10.1 | Para aclaraciones de las Ofertas, solamente, la dirección del Contratante es: Atención: Xxxxx X. Xxxxxx, Director Ejecutivo Invest-H. Dirección: Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx, 0xx Xxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, C. A. Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras. Teléfono: (000) 0000-0000, 3539. |
IAO 13.1 (e) | Los documentos adicionales a ser presentados son los siguientes: (a) Constancia vigente extendida por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de estar inscrito en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado, o constancia de trámite de la misma; (b) Declaración Jurada (original) del Oferente y su Representante Legal en la que se haga constar que el licitante y su representante legal: 1. No tienen cuentas ni juicios pendientes con el Estado de Honduras; 2. No se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado; conforme al formato establecido en la sección IV formularios de la oferta; (c) Declaración Jurada de no encontrarse el oferente en proceso de quiebra, concurso de acreedores o remate; (d) Organigrama del oferente; (e) Breve descripción de los servicios que presta el oferente; (f) Constancias de clientes que reciben o han recibido servicios del oferente a satisfacción durante los últimos 5 años, con su correspondiente información de contacto; (g) Listado de los empleados del oferente en orden alfabético, con su cargo y fecha de inicio en la empresa (h)Planilla de los empleados afiliados al Instituto Hondureño de Seguridad Social. El adjudicatario, previo a la firma del contrato, deberá presentar los documentos indicados en los incisos b) y c) con la respectiva auténtica extendida por Notario. De igual manera en esta etapa deberá presentar originales de las siguientes constancias: x. Xxxxxxxxxx vigente extendida por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de estar |
inscrito en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado; ii. Constancia de no haber sido objeto de resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración (Procuraduría General de la República); iii. Constancia de encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social (Instituto Hondureño de Seguridad Social). | |
IAO 14.4 | El Contrato no está sujeto a ajuste de precios de acuerdo con la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato. |
IAO 15.1 | El Oferente está obligado a cotizar en la moneda del país del Contratante. |
IAO 16.1 | El periodo de validez de las ofertas deberá ser de noventa (90) días. |
IAO 17.1 | La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un banco utilizando el formulario para Garantía de Mantenimiento de la Oferta incluido en la Sección IV “Formularios de la Oferta”. |
IAO 17.2 | El monto de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser de Treinta y Tres Mil Lempiras con 00/100 (L.33,000.00). No se aceptarán fianzas de mantenimiento de oferta. |
IAO 19.1 | Número de copias a ser presentadas y completadas serán Dos (2) impresas y una en digital. |
IAO 21.1 | Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del Contratante es: Atención: Xxxxx X. Xxxxxx, Director Ejecutivo Invest-H / MCA Honduras. Dirección: Edificio Los Castaños, 5to Piso, Boulevard Xxxxxxx Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras. La fecha límite para presentar las ofertas es: Fecha: 7 de diciembre de 2018. Hora: 2:30 p.m. |
IAO 24.1 | La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Dirección: Oficinas INVEST-H, Edificio Los Castaños, 5to Piso, Boulevard Xxxxxxx Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras Fecha: 7 de diciembre de 2018. Hora: 3:00 p.m. |
IAO 32.2 | Las cantidades podrán ser aumentadas o reducidas en un máximo de un 30% del monto a adjudicar. |
IAO 34.1 | La Garantía de Cumplimiento debe ser del 10% del monto del contrato y ésta deberá presentarse en la forma de una Garantía Bancaria. La Garantía de cumplimiento deberá constituirse a favor del Contratante. La Garantía de Cumplimiento, estará denominada en las monedas de pago del Contrato. |
IAO 35.1 | El Contratante no proporcionará un anticipo. |
IAO 36.1 | El Contratante no propone hacer uso del Conciliador. |
Sección III. Criterios Económicos para la Evaluación Financiera de las Ofertas
Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 31.1 de las IAO, el Contratante adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a los documentos de licitación y haya sido evaluada como la más baja, siempre y cuando se haya determinado que dicho Oferente es: (a) elegible de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado en conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
Sección IV. Formularios de la Oferta
El Oferente llenará y presentará los formularios de la oferta. Los detalles adicionales sobre el precio deben insertarse si la Oferta se hace en varias monedas.
A.Formulario de la Oferta
[El Oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. No se permitirán alteraciones a este formulario ni se aceptarán sustituciones.]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta] Nombre de la LPN : [indicar el nombre del proceso licitatorio] Licitación No.: [indicar el Número de la LPN]
A: [nombre completo y dirección del Contratante]
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
(a) Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos de licitación, incluso sus Enmiendas Nos. [indicar el número y la fecha de emisión de cada Enmienda].
(b) Ofrecemos proveer los siguientes Servicios de conformidad con los Documentos de Licitación y de acuerdo al Programa de Actividades y Especificaciones Técnicas de Desempeñó y Diseños: [indicar una descripción breve de los servicios que ofrece el Oferente] y nos comprometemos a que si se trata de un procedimiento financiado con recursos del BID, los Servicios sean originarios de países miembros del Banco.
(c) El precio total de nuestra Oferta, excluyendo cualquier descuento ofrecido en el rubro (d) a continuación es: [indicar el precio total de la oferta en palabras y en cifras, indicando las cifras respectivas en diferentes monedas y el Impuesto Sobre Ventas por separado, cuando corresponda].
DESGLOSE DEL PRECIO OFERTADO EN CIFRAS
Descripción | Cant. | Unidad | Moneda | Precio Unitario | SubTotal (Sin ISV) | ISV | Precio Total |
Servicios Privados de Seguridad – Vigilancia Preventiva | 12 | Mes (incluye 3 guardias) |
PRECIO TOTAL OFERTADO EN PALABRAS
Los servicios contenidos en el Contrato podrán pagarse en las siguientes monedas:
Moneda | Monto pagadero en esa moneda | Tipo de cambio: una extranjera es igual a [inserte la local] | Insumos para los que se requiere la moneda extranjera |
(a) | |||
(b) |
En el caso de cotizaciones en moneda extranjera, procederá su pago, únicamente en aquellos insumos en los que el Oferente justifique el gasto en esa (s) moneda (s).
(d) Los descuentos ofrecidos y la metodología para su aplicación son:
Descuentos. Si nuestra oferta es aceptada, los siguientes descuentos serán aplicables: [detallar cada descuento ofrecido].
Metodología y Aplicación de los Descuentos. Los descuentos se aplicarán de acuerdo a la siguiente metodología: [Detallar la metodología que se aplicará a los descuentos].
(e) Nuestra oferta se mantendrá vigente por el período establecido en la Cláusula 16.1 de las IAO, a partir de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas de conformidad con la Cláusula 21.1 de las IAO. Esta oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de la expiración de dicho período.
(f) Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento del Contrato de conformidad con la Cláusula 34.1 de las IAO y Cláusula 3.9 de las CGC.
(g) Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución del contrato), a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del Contratante, según lo dispuesto en la Cláusula 3 de las IAO.
(h) Los suscritos, incluyendo todos los proveedores requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco [indicar la nacionalidad del Oferente, incluso la de todos los miembros que comprende el Oferente, si el Oferente es una APCA, y la nacionalidad de cada subcontratista y proveedor].
(i) No tenemos conflicto de intereses de conformidad con la Cláusula 4.2 de las IAO.
(j) Nuestra empresa, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para ejecutar cualquier parte del contrato, no han sido declarados inelegibles por el Banco, de conformidad con la Cláusula 4.3 de las IAO.
(k) No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI).
(l) Las siguientes comisiones, gratificaciones u honorarios han sido pagados o serán pagados en relación con el proceso de esta licitación o ejecución del Contrato: [indicar el nombre completo de cada receptor, su dirección completa, la razón por la cual se pagó cada comisión o gratificación y la cantidad y moneda de cada comisión o gratificación].
Nombre del Receptor | Dirección | Concepto | Monto y Moneda |
(Si no han sido pagadas o no serán pagadas, indicar “ninguna”.)
(m) Xxxxxxxxxx que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la carta de aceptación, constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta que el Contrato formal haya sido perfeccionado por las partes.
La carta de aceptación podrá ser notificada al domicilio [señalar domicilio por el Oferente] o a través de la dirección electrónica [señalar dirección electrónica del Oferente]
(n) Xxxxxxxxxx que ustedes no están obligados a aceptar la oferta evaluada como la más baja ni ninguna otra oferta que reciban.
(o) Aceptamos la designación de (nombre propuesto en los DDL) como Conciliador; o no aceptamos la designación de ((nombre propuesto en los DDL) como Conciliador, y proponemos a [nombre del conciliador propuesto por el Oferente] para que sea nombrado como Conciliador cuyos honorarios por hora y CV se adjuntan.
(p) Usaremos nuestros mejores esfuerzos para apoyar al Banco en las investigaciones.
Nombre y Firma: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta] En calidad de [indicar la calidad jurídica de la persona que firma el
Formulario de la Oferta]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [indicar el nombre completo del Oferente]
El día del mes del año [indicar la fecha de la firma]
B. Formulario de Calificación sobre el Oferente
[La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar al Oferente, tal y como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones que se indican a continuación. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán sustitutos. En el caso de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), cada miembro del APCA deberá utilizar este formulario. La información del formulario no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPN No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Página de páginas
1. Firmas individuales o cada miembro del APCA. | 1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente [adjunte copia de documento legal que lo acredite o carta de intención para formalizar el convenio de constitución de un APCA] Lugar de constitución o incorporación: [indique] Domicilio legal: [indique] Sede principal de actividades: [indique] Poder del firmante de la Oferta (Representante de la firma) [adjunte] 1.2 El monto total facturado de los servicios realizados es: [indicar montos equivalentes en moneda nacional y año a que corresponden de conformidad con la Cláusula 5.4(a) de los DDL] 1.3 La experiencia en servicios de similar naturaleza y magnitud es en [indique el número de servicios e información que se especifica en la Cláusula 5.4 (b) de las IAO o de los DDL]. [En el cuadro siguiente, los montos deberán expresarse en la misma moneda utilizada para el rubro 1.2 anterior. También detalle los servicios realizados, en ejecución o bajo compromiso contractual, incluyendo las fechas estimadas de terminación ] |
Nombre del Proyecto y País | Nombre del Contratante y Persona a quien contactar | (Servicios Realizados) Tipo de servicios, fecha de terminación | (Servicios en ejecución) Tipo de servicios, fecha estimada de terminación y porcentaje de avance | Valor del Contrato (equivalente en moneda nacional |
(a) (b) |
1.4 Los principales equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que propone el Oferente son: [Proporcione toda la información solicitada a continuación, de acuerdo con la Cláusula 5.4(c) de los DDL.] | |||
Equipo, licencias, autorizaciones y/o Instalaciones | Descripción, marca y antigüedad (años) | Condición, (nuevo, buen estado, mal estado) y cantidad de unidades disponibles | Propio, alquilado mediante arrendamiento financiero (nombre de la arrendadora), o por comprar (nombre del vendedor) |
(a) (b) |
1.5 Las calificaciones y experiencia del administrador del contrato y de otro personal propuesto para el Contrato se adjuntan. [adjunte información biográfica, de acuerdo con la Cláusula 5.4 (d) de las IAO o de los DDL ] Incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente. | |||
Cargo | Nombre | Años de Experiencia | Años de experiencia en el cargo |
(a) (b) | |||
(c) |
(d) |
Secciones del Servicio | Valor del Subcontrato | Subcontratista (nombre, teléfono y dirección) | Experiencia en servicios similares |
(a) (b) |
1.6 Los Subcontratistas propuestos y firmas participantes, de conformidad con la Cláusula 5.2 (j) de los DDL son [indique la información en la tabla siguiente. Véase la Cláusula 3.5 de las CGC
1.7 Los informes sobre el estado financiero del Oferente de los últimos [indique el número de años] años, estados financieros los cuales contengan informes de pérdidas y ganancias, informes de auditoría, etc., que se adjuntan, en conformidad con la Cláusula 5.4 (e) de las IAO o de los DDL son: [lístelos a continuación y adjunte las copias.]
1.8 La evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo de acuerdo con la Cláusula 5.4 (f) de las IAO es: [liste a continuación y adjunte copias de los documentos que corroboren lo anterior.]
1.9 Adjuntar autorización con nombre, dirección, números de teléfono y dirección de correo electrónico para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Cláusula 5.2 (h) de las IAO [Adjunte la autorización correspondiente]
1.10 Proporcionar la información sobre litigios pendientes o habidos en el que el Oferente estuvo o esté involucrado, de conformidad con la Cláusula 5.2 (i) de las IAO. o de los DDL [Incluya la información en la tabla siguiente]
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión | Resolución |
(a) (b) |
2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | 2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.10 anteriores debe ser proporcionada por cada socio de la APCA. 2.2 Deberá entregarse el Poder o documento otorgado al representante nombrado por la APCA para firmar la Oferta en nombre de ésta, en términos de la cláusula 5.3 (d) de las IAO. 2.3 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la APCA (documento que legalmente compromete a todos los integrantes) o la Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, en los que conste que: (a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y (c) los pagos, se harán exclusivamente al socio designado. |
3. Requisitos adicionales | 3.1 Los Oferentes deberán entregar toda información adicional a la requerida en las Cláusulas 5.2 y 5.3 de los DDL. |
C. Garantía de Mantenimiento de Oferta
(Garantía Bancaria)
[indicar el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [indicar el nombre y la dirección del Contratante]
Fecha: [indicar la fecha]
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA No. [indicar el número de Garantía]
Se nos ha informado que [indicar el nombre del Oferente] (en adelante denominado “el Oferente”) les ha presentado su oferta el [indicar la fecha de presentación de la oferta] (en adelante denominada “la oferta”) para la ejecución de [indicar el nombre del Contrato], bajo el Llamado a Licitación No [indicar numero del Llamado a Licitación].
Asimismo, entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá respaldar dicha Oferta.
A solicitud del Oferente, nosotros [indicar el nombre del Banco] por medio de la presente Garantía nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indicar la cifra en números], [indicar la cifra en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito y acompañada de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones de la oferta, porque el Oferente:
(a) ha retirado su oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en el Formulario de Presentación de Oferta; o
(b) habiéndole notificado el Contratante de la aceptación de su Oferta dentro del período de validez de la oferta como se establece en el Formulario de Presentación de Oferta, o dentro del período prorrogado por el Contratante antes de la expiración de este plazo, (i) no firma o rehúsa firmar el Contrato, si corresponde, o
(ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
Esta Garantía expirará (a) en el caso del Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento emitida a ustedes por instrucciones del Oferente, o (b) en el caso de no ser el Oferente seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) haber recibido nosotros una copia de su comunicación al Oferente indicándole que el mismo no fue seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la validez de la Oferta.
Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de la fecha límite aquí estipulada.
Esta Garantía está sujeta las “Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud” (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del ICC No. 458.
[Firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del Banco]
D. Garantía de Mantenimiento de Oferta (Fianza)
(NO APLICA)
[Si ha solicitado, el Fiador/Oferente deberá completar este Formulario de Fianza de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes]
FIANZA NO. [indicar el número de fianza]
POR ESTA FIANZA [indicar el nombre del Oferente, en el caso de una APCA, enumerar los nombres legales completos de los socios] obrando en calidad de Oferente (en adelante “el Oferente”), y [indicar el nombre, denominación legal y dirección de la afianzadora], autorizada para conducir negocios en [indicar el nombre del país del Contratante], y quien obre como Xxxxxxx (en adelante “el Garante”) por este instrumento se obligan y firmemente se comprometen con [indicar el nombre del Contratante] como Demandante (en adelante “el Contratante”) por el monto de [indicar el monto en cifras de la fianza expresada en la moneda del País del Contratante o en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indicar la suma en palabras], a cuyo pago en legal forma, en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el precio de la Garantía, nosotros, el Oferente y el Garante ante mencionados por este instrumento, nos comprometemos y obligamos colectiva y solidariamente a estos términos a nuestros herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios.
CONSIDERANDO que el Oferente ha presentado al Contratante una Oferta escrita con fecha del día de , del 200_, para la provisión de [indicar el nombre del Contrato] (en adelante “la Oferta”).
POR LO TANTO, LA CONDICION DE ESTA OBLIGACION es tal que si el Oferente:
(1) retira su Oferta durante el período de validez de la oferta estipulado por el Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta; o
(2) no acepta la corrección de los errores del Precio de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 28.3 de las IAO; o
(3) si después de haber sido notificado de la aceptación de su Oferta por el Contratante durante el período de validez de la misma,
(a) no firma o rehúsa firmar el Contrato, si así se le requiere; o
(b) no presenta o rehúsa presentar la Garantía de Cumplimento de Contrato de conformidad con lo establecido en las Instrucciones a los Oferentes;
el Garante procederá inmediatamente a pagar al Contratante la máxima suma indicada anteriormente al recibo de la primera
solicitud por escrito del Contratante, sin que el Contratante tenga que sustentar su demanda, siempre y cuando el Contratante establezca en su demanda que ésta es motivada por los acontecimientos de cualquiera de los eventos descritos anteriormente, especificando cuál(es) evento(s) ocurrió / ocurrieron.
EN FE DE LO CUAL, el Garante conviene que su obligación permanecerá vigente y tendrá pleno efecto inclusive hasta la fecha 28 días después de la expiración de la validez de la oferta tal como se establece en las IAO. Cualquier demanda con respecto a esta Fianza deberá ser recibida por el Garante a más tardar dentro del plazo estipulado anteriormente.
EN FE DE LO CUAL, el Oferente y el Garante han dispuesto que se ejecuten estos documentos con sus respectivos nombres este
día de del .
Principal(es): nombre(s) del representante(s) autorizado de la Afianzadora
Garante: Sello Oficial de la Corporación (si corresponde)
(Firma) (Firma)
(Nombre y cargo) (Nombre y cargo)
E. Declaración de Mantenimiento de la Oferta
(NO APLICA)
[Si se solicita, el Oferente completará este Formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes.]
Fecha: [indique la fecha]
Nombre del Contrato.: [indique el nombre]
No. de Identificación del Contrato: [indique el número]
Llamado a Licitación: [Indique el número] A: Nosotros, los suscritos, declaramos que:
1. Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta.
2. Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de contrato con el Contratante por un período de [indique el número de mes o años] contado a partir de [indique la fecha] si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la Oferta sea porque:
(a) retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la Oferta especificado por nosotros en el Formulario de Oferta; o
(b) no aceptamos la corrección de los errores de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (en adelante “las IAO”) en los Documentos de Licitación; o
(c) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el período de validez de la misma, (i) no firmamos o rehusamos firmar el Contrato, si así se nos solicita; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
3. Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará, si no somos el Oferente Seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) hemos recibido una copia de su comunicación informando que no somos el Oferente seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de nuestra Oferta.
4. Entendemos que si somos una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en el nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si la APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en nombre de todos los miembros futuros tal como se enumeran en la Carta de Intención mencionada en la Subcláusula 17.6 de las IAO.
Firmada: [firma del representante autorizado]. En capacidad de [indique el cargo]
Nombre: [indique el nombre en letra de molde o mecanografiado]
Debidamente autorizado para firmar la Oferta por y en nombre de: [indique el nombre la entidad que autoriza]
Fechada el [indique el día] día de [indique el mes] de [indique el año]
F. Declaración Jurada sobre Prohibiciones o
Inhabilidades
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad , con domicilio en
y con Tarjeta de
Identidad/pasaporte No. actuando en mi condición de
representante legal de (Indicar el Nombre de la Empresa Oferente / En caso de
Consorcio indicar al Consorcio y a las empresas que lo integran)
, por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que tanto mi persona como mi representada:
1. No tenemos cuentas ni juicios pendientes con el Estado de Honduras;
2. No nos encontramos comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos
(2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del
cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de
, Departamento de , a los
días de mes de de . Firma:
Sección V. Países Elegibles (BID)
Elegibilidad para el suministro de bienes, la contratación de obras y prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
i) es ciudadano de un país miembro; o
ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
i) está legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
PARTE 2. Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios
Sección VI. Programa de Actividades
(a) OBJETIVO:
El objetivo es contratar una Empresa de Seguridad Privada (en adelante “el Proveedor de Servicios” que prestará servicios privados de vigilancia preventiva (en adelante “los servicios”) para las instalaciones de INVEST-H (en adelante “el Contratante”.
(b) LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Los servicios deberán prestarse en la dirección física de las instalaciones de INVEST-H al momento de iniciar la prestación de los servicios, actualmente ubicadas en el Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx, 0xx Xxxx (sub-niveles 1 y 2), Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
(c) DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Los servicios se prestarán por un periodo de 12 meses a partir de la fecha de inicio que se pacte en el contrato o que ordene el Contratante por escrito; o durante cualquier otro período en que las Partes pudieran convenir posteriormente por escrito.
(d) PERSONAL REQUERIDO
Por cada día de prestación de los servicios se requieren 3 guardias o agentes de Seguridad – uno (1) para cada turno de 8 horas; que en total deberán cubrir las 24 horas del día y los 365 días del año, de forma ininterrumpida. Los turnos son: Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx y Nocturno.
Sección VII. Especificaciones y Requisitos
I. ACTIVIDADES MÍNIMAS SOLICITADAS
El Proveedor de Servicios deberá cumplir con las siguientes actividades:
1. Prestar servicios de vigilancia preventiva las 24 horas del día ininterrumpidamente durante todo el año.
2. Controlar el ingreso y salida del personal y público de las instalaciones.
3. Llevar un registro de labor rutinaria diaria del servicio, y de las entradas y salidas del personal del Contratante y de sus visitantes de cualquier naturaleza, debiendo reportar toda novedad por escrito al Contratante.
4. Controlar el ingreso y salida de bienes y materiales patrimoniales, previa orden de salida firmada por los funcionarios responsables.
5. Controlar los bultos, paquetes, maletines, y otros objetos que ingresen o salgan del local.
6. Controlar el ingreso y salida del personal, así como
7. Llevar control permanente para impedir que se produzcan daños personales, robos, actos que alteren el normal al funcionamiento en las instalaciones del Contratante.
8. Evitar la presencia de personas extrañas en el perímetro del local, excepto aquellas relacionadas con el desempeño de las funciones del Contratante.
9. Advertir cualquier situación que pudiera implicar un riesgo para las personas o bienes, o alterar el normal desenvolvimiento de las actividades del contratante, y tomar medidas correctivas cuando sea posible.
10. Poner en práctica planes de emergencia en caso de asaltos, siniestros, disturbios civiles, huelgas, paros y cualquier otra situación anormal que pueda afectar el normal funcionamiento de las instalaciones del Contratante.
11. Informar, preparar y presentar informes y reportes de las ocurrencias que se manifiesten durante la prestación de los servicios.
12. Capturar a personas sospechosas que se encuentren atentando contra el patrimonio institucional, para ser entregadas a la autoridad policial, cuando las circunstancias así lo exijan.
13. Efectuar rondas internas diarias.
14. Intervenir y neutralizar la acción de personas que se encuentren atentando contra el personal, visitantes y patrimonio institucional del Contratante.
15. Formular apreciaciones y presentar recomendaciones, cuando la situación lo requiera.
16. Asegurar que personas ajenas al Contratante y que no cuenten con autorización al efecto, no permanezcan en las instalaciones.
17. Impedir el comercio ambulatorio dentro del local y lugares de acceso y otras áreas internas de las instalaciones del Contratatnte.
18. Protección al Patrimonio del Contratante contra daños materiales y robo de
accesorios, etc.
19. Otras actividades o acciones vinculadas a la seguridad y/o protección de las personas y patrimonio del Contratante, sin menoscabo de las aquí solicitadas ni de las establecidas en la legislación regulatoria vigente para empresas de seguridad privada.
II. PERFIL DEL PERSONAL SOLICITADO/ REQUISITOS:
Las calificaciones y experiencia del personal que prestará los servicios de vigilancia preventiva en las instalaciones del Contratante deberá ser:
a. Ser hondureño de nacimiento.
b. Haber completado al menos Plan Básico General.
c. Experiencia mínima de cinco (5) años en labores de vigilante o agente de seguridad.
d. No tener antecedentes penales o judiciales ni policiales, ni haber sido separado de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional por medida disciplinaria.
e. Acreditar capacidad física y psicológica, según se requiera en la legislación regulatoria de las empresas de servicios privados de seguridad.
f. Contar con el Certificado de Capacitación, expedido conforme a lo normado en la Ley de Servicios de Seguridad Privada.
El Proveedor de Servicios deberá cumplir con los demás requisitos establecidos en la legislación nacional para las empresas de servicios de seguridad privada.
III. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS
a) Xxxxxxx los servicios privados de vigilancia preventiva sujetándose a la descripción de los servicios soicitados.
b) Cumplir con las regulaciones vigentes en el país para empresas que presten servicios privados de seguridad. El Contratante se reserva el derecho de solicitar evidencia al efecto, so pena de posible rescisión de contrato en caso de que el Proveedor de Servicios no cumpla con la presentación de la misma en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la fecha de envío de la solicitud.
c) Prestar el servicio a través del personal asignado al efecto.
d) Xxxxxxxxse de que los guardias asignados porten su uniforme distintivo completo y la siguiente indumentaria de trabajo:
Arma reglamentaria que cuente con su carnet vigente
Municiones
Correaje para arma
Equipo de comunicación
Tolete
Detector de metales
Linterna
Silbato
Libreta
e) Pagar puntualmente los salarios y demás beneficios de los trabajadores asignados por El Proveedor de Servicios, incluyendo a los guardias de seguridad “relevos” y “reemplazos por vacaciones”, en las fechas establecidas en los contratos de trabajo.
En razón de lo anterior, el Proveedor de Servicios deberá Remitir mensualmente al Contratante la evidencia de pago a los guardias asignados, así como de los pagos por bonificaciones y otros que por Ley percibe un trabajador.
Los costos directos e indirectos (sueldos, gratificaciones, vacaciones, beneficios sociales, seguros, impuestos xx xxxxx, venta y cualquier otra obligación laboral, tributaria, impuesto o beneficio creado de acuerdo x xxx) en que se incurre para la prestación de los servicios son de exclusiva responsabilidad de El Proveedor de Servicios.
El Proveedor de Servicios deberá cumplir con el pago oportuno al personal de El Proveedor de Servicios que labore bajo el Régimen Laboral, aún en caso de huelgas, paros, conmoción civil, etc.
El Contratante se reserva el derecho de solicitar evidencia de cumplimiento con lo arriba indicado, la presentación no presentación de la misma en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la fecha de envío de la solicitud habilitará al Contratante para rescindir el Contrato.
f) El Proveedor de Servicios será responsable ante el Contratante por los daños y perjuicios a causa de robos, pérdidas, roturas y cualquier otro hecho o circunstancia que pudieran ocasionarse en los bienes patrimoniales del Contratante, derivados del mal ejercicio de sus funciones o del incumplimiento de sus prestaciones según la Descripción de los Servicios. Asimismo, los costos de pérdidas y daños serán contabilizados o determinados por el Contratante, luego de las investigaciones respectivas que por su naturaleza pueden derivar en la intervención de la Policía Nacional; y el Contratante requerirá del Proveedor de Servicios la reposición correspondiente. Si luego de requerida la reposición, ésta no se hiciere en el término xx xxxx (10) días calendario a partir de la fecha de notificación, el Contratante efectuará el descuento correspondiente de una o más facturas pendientes de pago, de acuerdo con los precios vigentes en el mercado.
g) Presentar evidencia de que instruye a su personal en materia relacionada con la protección de instalaciones, control y tránsito de activos, primeros auxilios, lucha contra incendios, emergencias, incidentes naturales, y otros cursos estipulados por la Policía Nacional, por lo menos 4 (cuatro) veces al año.
h) En caso de rescisión del contrato, el Proveedor de Servicios se obliga, si El Proveedor de Servicios el Contratante así lo requiere, a mantener el servicio de seguridad durante los 30 (treinta) días calendarios siguientes a la recepción de la
notificación respectiva.
i) El Proveedor de Servicios es responsable de todas las obligaciones que contraiga con su personal, sean éstas laborales, personales o de cualquier otra índole; por ende exime al Contratante de cualquier responsabilidad en caso de accidentes, daños, mutilaciones o muerte de alguno de los trabajadores del Proveedor de Servicios o de terceras personas, que pudieran ocurrir durante la prestación de los servicios, así como de la responsabilidad penal que pueda derivarse de ellas. Estos riesgos deberán ser cubiertos íntegramente por las pólizas de seguro que el Proveedor de Servicios está obligado a adquirir, mismas que tendrán vigencia durante el plazo del Contrato, o en su defecto los seguros y pólizas normativos a servicios de seguridad.
j) Controlar que el desarrollo de las actividades del personal puesto a disposición del Contratante se ajuste a las leyes de la República y Leyes de Seguridad Privada observando las normas de moral y buenas costumbres dada la función que realizan.
k) Supervisar y controlar a su personal a través de actividades de control complementadas con medidas de control telefónico fuera de las horas de oficina u otras que crea conveniente, para garantizar la eficiencia continua, ininterrumpida y permanente de los servicios prestados.
l) Cubrir los puestos de servicio en los lugares que el Contratante designe, con el personal idóneo calificado para implementar procedimientos de vigilancia y control, y para manejar equipos de comunicación, equipos de emergencia, y otros inherentes a la función desempeñada. Deberá proporcionar al Contratante un número telefónico de atención de emergencia disponible las 24 horas de lunes x xxxxxxx, y en horas y días inhábiles.
m) Coordinar con los funcionarios autorizados por el Contratante el desarrollo de los servicios, evaluando en forma conjunta el cumplimiento de los objetivos y metas trazados, investigando los problemas, deficiencias, irregularidades o dificultades que se puedan presentar; con el objeto de adoptar medidas correctivas que el caso amerite.
n) De mediar una circunstancia excepcional no atribuible al Proveedor de Servicios, tal como un caso de fuerza mayor o caso fortuito, en atención a la cual los guardias requieran ser cambiados, el Proveedor de Servicios solicitará del Contratante la aprobación del cambio sugerido a fin que el Contratante evalúe y apruebe la viabilidad del cambio propuesto; para lo cual el Proveedor de Servicios deberá presentar las hojas de vida de los guardias propuestos quienes deberán cumplir con los requisitos de perfil solicitado a los originalmente asignados, y acreditar su incorporación a los seguros pactados en el Contrato según corresponda.
o) Contar con un seguro de vida y/o invalidez especial para el personal que por la naturaleza de los servicios que presta, exponga su vida, salud e integridad física.
p) Remitir al Contratante una estadística mensual de los hechos relevantes acaecidos durante la prestación de los servicios.
IV. CAUSALES DE RESCISIÓN
Entre otras, las faltas que se detallan a continuación habilitarán rescisión del contrato por el Contratante:
No. | Descripción - Incumplimiento |
1. | Cuando el personal de agentes de vigilancia realice 02 turnos continuos sin aprobación del Contratante. |
2. | Cuando el puesto de agente de vigilancia se cubra después de 01 hora de tolerancia; en un periodo de una semana. |
3. | Cuando el Proveedor de Servicios permita que los guardias del Contratante porten uniformes deteriorados por más de 5 días hábiles; velar por su integridad continua será responsabilidad del Proveedor de Servicios. |
4. | Por puesto de agente de vigilancia no cubierto |
5. | Por abandono de servicio del agente de vigilancia; |
6. | Cuando los guardias no porten el material logístico obligatorio, o éste no se encuentre en condiciones óptimas de funcionamiento. |
7. | Cuando el Proveedor de Servicios cambie el agente de vigilancia para un turno sin la autorización previa del Contratante. |
8. | Cuando el Proveedor de Servicios incumpla una sola remuneración mensual de uno, varios o todos los guardias asignados, o no se le/s reconozca su derecho a vacaciones y otros derechos de conformidad con la legislación nacional. |
El Proveedor de Servicios será notificado por el Contratante, con carta comunicando la rescisión.
PARTE 3. Contrato
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
Índice de Cláusulas
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) 66
1.2 Prácticas Prohibidas 68
1.7 Lugar donde se Prestarán los Servicios 77
1.8 Representantes Autorizados 77
1.9 Inspección y Auditoria por Parte del Banco 77
1.11 Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) 78
2. Inicio, Cumplimiento, Modificación y Terminación del Contrato 78
2.1 Entrada en Vigor del Contrato 78
2.2 Comienzo de la Prestación de los Servicios 78
2.3 Terminación del Contrato 79
2.5.2 Incumplimiento del Contrato 79
2.6.2 Por el Proveedor de Servicios 81
2.6.3 Suspensión de Financiamiento 81
2.6.4 Pago a la terminación del Contrato 82
3. Obligaciones del Proveedor de Servicios 82
3.2.1 Prohibición al Proveedor de Servicios de Aceptar Comisiones,
Descuentos, etc 82
3.2.2 Prohibición al Proveedor de Servicios y a sus Socios de Participar en Ciertas Actividades 83
3.2.3 Prohibición de Desarrollar Actividades Incompatibles 83
3.4 Seguros que Deberá Contratar el Proveedor de Servicios 84
3.5 Acciones del Proveedor de Servicios que Requieren la Aprobación Previa del Contratante 84
3.6 Obligación de Presentar Informes 84
3.7 Propiedad de los Documentos Preparados por el Proveedor de Servicios 84
3.8.1 Liquidación de Daños y Perjuicios 84
3.8.2 Corrección por Exceso de Pago 85
3.8.3 Sanción por falta de cumplimiento 85
3.9 Garantía de Cumplimiento del Contrato 85
4. Personal del Proveedor de Servicios 86
4.1 Descripción del Personal 86
4.2 Remoción y/o Sustitución del Personal 86
5. Obligaciones del Contratante 86
5.1 Asistencia y Exenciones 86
5.2 Modificación de la Ley Aplicable 87
5.3 Servicios y Facilidades 87
6. Pagos al Proveedor de Servicios 87
6.1 Remuneración a Suma Alzada 87
6.3 Pago de Servicios Adicionales, Compensaciones e Incentivos 87
6.4 Anticipo, Términos y Condiciones de Pago 88
6.4.2 Términos y Condiciones de Pago 88
6.5 Intereses sobre Pagos Atrasados 88
7.1 Identificación de Defectos 90
7.2 Corrección de Defectos y Sanción por Falta de Cumplimiento 90
8.2 Solución de controversias 90
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
A menos que el contexto lo requiera de otra manera, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación: | |
(a) “Conciliador” es la persona nombrada conjuntamente con el Contratante y el Proveedor de Servicios indicada en las CEC, para solucionar las controversias en la primera instancia, según lo estipulado en las Cláusula 8.2 de las CGC y conforme al presente; | |
(b) “Programa de Actividades” es la lista de las actividades con sus precios de las cantidades de los Servicios que van a ejecutarse por el Proveedor de Servicios que forma parte de su Oferta; | |
(c) “Banco” significa el Banco Interamericano de Desarrollo o cualquier fondo administrado por el BID; | |
(d) “Fecha de Terminación” significa la fecha de terminación de los servicios por parte del Proveedor de Servicios según lo certifique el Contratante; | |
(e) “Contrato” es el documento contenido en el Formulario de Contrato firmado por las Partes, al cual se adjuntan estas Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con todos los documentos señalados en la lista de la Cláusula 2 del Contrato firmado, cuyo nombre y número se indicará en las CEC; | |
(f) “Precio de Contrato” significa el precio que va a ser pagado por la ejecución de los Servicios, en conformidad con la Cláusula 6 de estas CGC; | |
(g) “Tarifas Diarias” significa el costo del trabajo diario realizado por el proveedor sujeto a pago periódico, el cual incluye el pago para los empleados y equipo del Proveedor de Servicios, además de los pagos de materiales y administración; | |
(h) El “Contratante” indicado en los CEC, significa la |
parte que contrata al Proveedor de Servicios; |
(i) “Moneda extranjera” significa cualquier moneda diferente a la moneda local; |
(j) “CGC” significa Condiciones Generales del Contrato; |
(k) “País Prestatario” significa Honduras; |
(l) “Moneda local” significa el Lempira; |
(m) “Miembro” en caso de que el Proveedor de Servicios sea una asociación de más de una entidad (APCA), significa cualquiera de las firmas; “Miembros” significa todas las firmas, y “Miembro Responsable” indicado en las CEC, significa la firma especificada en el Contrato para actuar en nombre de la APCA para ejercitar todos los derechos y obligaciones del Proveedor de Servicios para con el Contratante bajo este Contrato; |
(n) “Parte” significa el Contratante o el Proveedor de Servicios, según sea el caso, y “Partes” significa el Contratante y el Proveedor de los Servicios; |
(ñ) “Personal” significa los empleados contratados por el Proveedor de Servicios o por cualquier Subcontratista como empleados y asignado a la ejecución de los Servicios o cualquier parte de los mismos; |
(o) “Proveedor de Servicios” indicado en las CEC, es una persona u organización corporativa cuya Oferta para proporcionar los servicios ha sido aceptada por el Contratante; |
(p) “Oferta del Proveedor de Servicios” significa el documento de licitación presentado por el Proveedor de Servicios al Contratante; |
(q) “CEC” significará Condiciones Especiales del Contrato por las cuales se pueden modificar o complementar las CGC; |
(r) “Especificaciones” significa las especificaciones del servicio incluidas en los documentos de licitación presentado por el Proveedor de Servicios en los términos solicitados por el Contratante; |
(s) “Servicios” significa el trabajo que va a ejecutar el Proveedor de Servicios conforme a este Contrato, según se describe en el Programa de Actividades con |
base en las especificaciones técnicas incluido en la Oferta del Proveedor de Servicios; | |
(t) “Subcontratista” significa cualquier entidad con la que el Proveedor de Servicios subcontrata cualquier parte de los Servicios en conformidad con las disposiciones de las Cláusulas 3.5 y 4 de las CGC. | |
1.2 Prácticas Prohibidas | 1.2.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco3 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, |
3 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir
materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 1.2.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye,
entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que
(i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y
(ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo
1.2.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de
carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que
solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y
(ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en la Cláusula 1.2 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes,
contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
1.2.3 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco
haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 1.2.1 (b). | |
1.3.1 El Proveedor de servicios y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Proveedor de servicios o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: i. es ciudadano de un país miembro; o ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. |
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: i. esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. |
1.3.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos |
1.3.3 En caso que el contrato de prestación de servicios incluya el suministro de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el BID deben tener su origen en cualquier país miembro del BID. Los bienes se originan en un país miembro del BID si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del BID. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el proveedor, el contratante o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el BID considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El |
origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos.
El Contrato se regirá por la Ley Hondureña. | |
El idioma del Contrato será el español. | |
Cualquier notificación, solicitud o aprobación que deba o pueda cursarse o darse en virtud de este Contrato se hará por escrito. Se considerará que se ha cursado o dado tal modificación, solicitud o aprobación cuando se haya entregado en mano a un representante autorizado de la Parte a la que está dirigida la comunicación, o cuando se haya enviado por correo certificado, telegrama fax a dicha Parte a la dirección especificada en las CEC. | |
Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en la Sección VI Programa de Actividades, en concordancia con la Sección VII Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños y, cuando en él no se especifique dónde haya de cumplirse una tarea en particular, se cumplirá en los lugares que el Contratante apruebe, ya sea en el país del Prestatario o en otro lugar. | |
Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Proveedor de Servicios deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier documento que conforme a este Contrato deba o pueda firmarse. | |
El Proveedor de Servicios permitirá y deberá realizar las gestiones necesarias para que el y sus Subcontratistas permitan, que el Banco y/o las personas designadas por el Banco inspeccionen sus cuentas y registros relacionados con la ejecución de los Servicios, y que los audite a través de auditores nombrados por el Banco, si así lo requiere el Banco. | |
El Proveedor de Servicios, el Subcontratista y su Personal pagarán los impuestos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la Ley Aplicable, cuyo monto se considera fue incluido en el Precio del Contrato. |
1.11 Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | Si el Proveedor es una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente al Contratante por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato. Para tal efecto cada uno de los miembros de la APCA podrán: a) firmar de manera individual el Formulario de contrato; o b) designar a un representante común, si así se estipula en las CEC, mediante instrumento público con autoridad para comprometer a la APCA. La composición o constitución de la APCA no podrá ser alterada sin el previo consentimiento del Contratante. |
Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada al Contratante por el Proveedor de Servicios, seguirán siendo de propiedad del Proveedor de Servicios. Si esta información fue suministrada al Contratante directamente o a través del Proveedor de Servicios por terceros, incluyendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dichos material seguirá siendo de propiedad de dichos terceros . | |
Ni el Contratante ni el Proveedor de Servicios podrán ceder total o parcialmente los derechos y las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, excepto por los derechos de cobro4, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito del Contratante. | |
2. Inicio, Cumplimiento, Modificación y Terminación del Contrato | |
Vigor del Contrato | Este Contrato entrará en vigor en la fecha en que sea firmado por ambas partes u otra fecha posterior establecida en las CEC. |
Antes del comienzo de los servicios, el Proveedor de Servicios presentará al Contratante para su aprobación un Programa de Trabajo que muestre las metodologías con base en el Programa de Actividades. Los servicios deberán realizarse de acuerdo con el Programa aprobado y sus actualizaciones. |
4 Se refiere a la posibilidad de ceder a un tercero el cobro y recibir el pago.
El Proveedor de Servicios empezará a proveer los Servicios diez (10) días después de la fecha en que el Contrato entra en vigor, o en aquella otra fecha que se especifique en las CEC. | |
A menos que se dé por terminado con anterioridad conforme a lo dispuesto en la Cláusula 2.6 de estas CGC, el Proveedor de Servicios concluirá las actividades en la Fecha Estimada de Terminación conforme lo establecido en las CEC. Si el Proveedor de Servicios no concluye las actividades en la Fecha Estimada de Terminación, estará obligado a pagar daños conforme a la Cláusula 3.8. En este caso, la Fecha de Terminación será la fecha de conclusión de todas las actividades. | |
Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios y el precio del contrato, mediante acuerdo por escrito entre las Partes, y dicha modificación no entrará en vigor hasta que las partes hayan expresado su conformidad. | |
Para los efectos de este Contrato, “Fuerza Mayor”, significa un acontecimiento que escapa al control razonable de una de las partes, que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia de alguna de las partes que hace imposible o poco viable el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. |
Incumplimie nto del Contrato | La falta de cumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerará como incumplimiento del mismo ni como negligencia, siempre que dicha falta de cumplimiento se deba a un evento de Fuerza Mayor y que la Parte afectada por tal evento (a) haya adoptado todas las precauciones razonables, puesto debido cuidado y tomado medidas alternativas razonables a fin de cumplir con los términos y condiciones de este Contrato, y (b) haya informado a la otra Parte tan pronto como fue posible acerca de la ocurrencia de dicho evento. |
Todo plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato podrá extenderse por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un |
evento de fuerza mayor. | |
Cuando la prestación del servicio se vea interrumpida por un evento de fuerza mayor reconocido por el Contratante, el Contratante podrá suspender el pago por el periodo de fuerza mayor. En tal situación el Contratante o el Proveedor de Servicio tienen derecho de terminar de forma unilateral el contrato por razones de fuerza mayor. | |
Contratante | El Contratante podrá, dar por terminado el Contrato dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de una notificación por escrito al Proveedor de Servicios, después de la ocurrencia de cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (f) de esta Cláusula. |
a) si el Proveedor de Servicios no subsana el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de dicha notificación, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; | |
b) si el Proveedor de Servicios estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; | |
c) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo de no menos de treinta (30) días; o | |
d) si, a juicio del Contratante, el Proveedor de Servicios ha participado en prácticas prohibidas al competir por obtener el Contrato o durante su ejecución. En los términos previstos en la cláusula 1.2 de las CGC. | |
e) si el Proveedor de Servicios no mantiene una Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la Cláusula 3.9; | |
f) si el Proveedor de Servicios ha demorado la conclusión de los Servicios por el número de días por el cual la cantidad máxima de daños pueden ser pagados de acuerdo con la Cláusula 3.8.1 de las CGC y las CEC. | |
Terminación por Conveniencia: el Contratante, mediante comunicación enviada al Proveedor de Servicios, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier |
momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Contratante, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación. | |
Proveedor de Servicios | El Proveedor de Servicios, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos de veinte (20) días de anticipación, podrá terminar este contrato cuando se produzca y acredite ante el Contratante cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) y (b) de esta Cláusula 2.6.2; |
a) si el Contratante no pagara una suma adeudada al Proveedor de Servicios en virtud de este Contrato, y siempre que dicha suma no fuera objeto de controversia conforme a la Cláusula 8, dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del Proveedor de Servicios respecto de la xxxx en el pago; o | |
b) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo mayor de treinta (30) días. | |
En el caso de que el Banco suspenda el préstamo o desembolso del crédito otorgado al Contratante, parte del cual se destinaba a pagar al Proveedor de Servicio: | |
a) El Contratante está obligado a notificar al Proveedor de Servicio de esta suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco. | |
b) Si el Proveedor del Servicio no ha recibido algunas sumas que se le adeuden dentro del periodo establecido en las Condiciones Especiales del Contrato y de conformidad con la cláusula 6.5, el Proveedor de Servicio podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 15 días. |
terminación del Contrato | Al terminarse este Contrato conforme a lo estipulado en las Cláusulas 2.6.1 o 2.6.2, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Proveedor de Servicios: |
a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 6 de estas CGC, por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación; | |
b) Salvo en el caso de terminación conforme a los párrafos (a), (b), (d), (e), (f) de la Cláusula 2.6.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación expedita y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso del Personal. | |
El Proveedor de Servicios prestará los Servicios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos seguros. En toda cuestión relacionada con este Contrato o con los Servicios, el Proveedor de Servicios actuará siempre como asesor xxxx del Contratante y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante en los acuerdos a que llegue con uno o más Subcontratistas o con terceras partes | |
Intereses | El Proveedor de Servicios debe otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su firma. |
3.2.1Prohibición al Proveedor de Servicios de Aceptar Comisiones, Descuentos, etc. | La remuneración del Proveedor de Servicios en relación con este Contrato o con los Servicios será únicamente la estipulada en la Cláusula 6 de estas CGC y el Proveedor de Servicios no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades contempladas en este Contrato, en los Servicios, o en el cumplimiento de sus obligaciones; además, el Proveedor de Servicios hará todo lo posible por asegurar que |
ningún Subcontratista, ni el Personal, como tampoco los agentes del Proveedor de Servicios o del Subcontratista, reciban ninguna de tales remuneraciones. | |
3.2.2Prohibición al Proveedor de Servicios y a sus Socios de Participar en Ciertas Actividades | El Proveedor de Servicios acuerda que durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Proveedor de Servicios así como sus socios ni tampoco ningún Subcontratista y ninguna de sus filiales podrán suministrar los productos, trabajos o servicios materia del presente contrato (diferentes de los Servicios y cualquier continuación de los mismos) para cualquier proyecto que se derive de los Servicios o que esté estrechamente relacionado con ellos, en caso contrario serán descalificados para suministrar bienes, construir obras o prestar servicios como resultado de o directamente relacionado con los servicios prestados por el Proveedor de Servicios para la preparación o ejecución del proyecto. |
Ni el Proveedor de Servicios o su Personal, ni ningún Subcontratista o su Personal podrán desarrollar, en forma directa o indirecta, ninguna de las siguientes actividades: | |
(a) durante la vigencia de este Contrato, ninguna actividad comercial o profesional en el país del Prestatario que sea incompatible con las asignadas a ellos en virtud de este Contrato; | |
(b) durante la vigencia de este Contrato, ni el Proveedor de Servicios ni sus Subcontratistas contratarán empleados públicos en servicio activo o que se encuentren en cualquier tipo de licencia, para llevar a cabo cualquier actividad bajo este Contrato; | |
(c) una vez terminado este Contrato, ninguna otra actividad especificada en las CEC. | |
Ni el Proveedor de Servicios ni ningún Subcontratista, ni tampoco el Personal de ninguno de ellos, podrán revelar, durante la vigencia de este Contrato y dentro de los dos (2) años siguientes a su expiración, salvo que se especifique algún plazo mayor en las CEC, ninguna información confidencial o de propiedad del Contratante relacionada con el Proyecto, este Contrato o las actividades u operaciones del |
Contratante sin el previo consentimiento por escrito de este último. | |
El Proveedor de Servicios (a) contratará, mantendrá y hará que todo Subcontratista contrate y mantenga, a su propio costo (o al del Subcontratista, según el caso) y en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, seguros contra los riesgos, y por las coberturas que se indican en las CEC; y (b) a petición del Contratante, presentará pruebas de la contratación y el mantenimiento de esos seguros y del pago de las respectivas primas en vigencia. | |
3.5 Acciones del Proveedor de Servicios que Requieren la Aprobación Previa del Contratante | El Proveedor de Servicios deberá obtener la aprobación previa por escrito del Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones: a) celebrar un subcontrato para la ejecución de cualquier parte de los Servicios; b) designar aquellos miembros del Personal no señalados por nombre en la lista del Apéndice B ("Personal Clave y Subcontratistas"); c) cambiar el Programa de Actividades; y d) cualquier otra acción que pueda estar especificada en las CEC. |
El Proveedor de Servicios presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apéndice A en la forma, la cantidad y el plazo que se establezcan en dicho Apéndice. | |
3.7 Propiedad de los Documentos Preparados por el Proveedor de Servicios | Todos los planos, diseños, especificaciones, estudios técnicos, informes y demás documentos y programas de computación preparados por el Proveedor de Servicios para el Contratante en virtud de la Cláusula 3.6 pasarán a ser propiedad del Contratante, a quien el Proveedor de Servicios los entregará a más tardar al término del Contrato, junto con un inventario pormenorizado de todos ellos. El Proveedor de Servicios podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación. En las CEC se indicará cualquier restricción acerca del uso de dichos documentos, programas de computación y/o licencias en el futuro. |
El Proveedor de Servicios pagará al Contratante la liquidación |
Daños y Perjuicios | de daños y perjuicios de acuerdo a la tarifa diaria establecida en las CEC por cada día de atraso en la prestación del servicio dentro de los plazos establecidos en el Contrato. El monto total a pagar por la liquidación de los daños y perjuicios no excederá el monto definido en las CEC. El Contratante puede deducir la liquidación de los daños y perjuicios de los pagos que se adeudan al Proveedor de Servicios. El pago de la liquidación de daños y perjuicios no afectará las responsabilidades del Proveedor de Servicios. |
Si la Fecha Estimada de Terminación se amplía después de que los daños y perjuicios fueron liquidados, el Contratante deberá corregir cualquier exceso de pago de los daños y perjuicios por el Proveedor de Servicios ajustando el siguiente pago. El Proveedor de Servicios deberá recibir pago de intereses sobre el excedente, calculado a partir de la fecha de pago a la fecha de devolución, en las tasas especificadas en la Cláusula 6.5 de las CGC. | |
Si el Proveedor de Servicios no ha corregido un defecto dentro del tiempo especificado en el aviso del Contratante, pagará una sanción por falta de cumplimiento. El monto a pagar se calculará de conformidad con lo establecido en la cláusula 7.2 de las CGC. | |
Cumplimiento del Contrato | El Proveedor de Servicios proporcionará una Garantía de Cumplimiento del Contrato al Contratante a más tardar 10 (diez) días posteriores a la firma del contrato. La Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá expedirse en un monto y forma que se establece en las CEC y por un banco o fiador aceptable para el Contratante y deberá ser determinada en los tipos y proporciones de monedas en que el Precio de Contrato será pagadero. La Garantía de Cumplimiento del Contrato tendrá validez hasta una fecha de veintiocho (28) días siguientes, contados a partir de la emisión del certificado de terminación de los servicios en caso de una Garantía Bancaria, y hasta un año de la Fecha de Terminación del Contrato en caso de una Fianza de Cumplimiento. |
Los recursos de la Garantía de Cumplimiento serán pagaderos al Contratante como indemnización por cualquier pérdida que le pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato. |
La Garantía de Cumplimiento, deberá estar denominada en la(s) misma(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Contratante, y presentada en una de los formatos estipuladas por el Contratante en las CEC, u en otro formato aceptable al Contratante. | |
del Personal | En el Apéndice B se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones mínimas individuales de todo el Personal clave del Proveedor de Servicios, así como el tiempo estimado durante el que prestarán los Servicios. El Contratante aprueba por este medio el personal clave y los Subcontratistas enumerados por cargo y nombre en el Apéndice B. |
a) Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuarán cambios en la composición del Personal Clave. Si fuere necesario sustituir a algún integrante del Personal Clave, por cualquier motivo que escape al razonable control del Proveedor de Servicios éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada, previa aprobación por parte del Contratante. | |
b) Si el Contratante (i) tiene conocimiento de que un integrante del Personal se ha comportado de manera inaceptable o ha sido acusado de cometer un delito, o (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier integrante del Personal, el Proveedor de Servicios, a petición por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, lo reemplazará por otra persona cuyas calificaciones y experiencias sean aceptables al Contratante. | |
c) El Proveedor de Servicios no demandará costos adicionales que surjan de la remoción y/o sustitución de Personal. | |
El Contratante hará todo lo posible a fin de lograr que el País |
Exenciones | Prestatario otorgue al Proveedor de Servicios aquella asistencia y exenciones según lo especificado en las CEC. |
Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la Ley Aplicable en relación con los impuestos y los derechos que resultara en el aumento o la disminución de los gastos reembolsables pagaderos al Proveedor de Servicios en virtud de este Contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos estipulados en las Cláusulas 6.2 (a) o (b), según sea el caso. | |
Facilidades | El Contratante facilitará al Proveedor de Servicios y al Personal, para los fines de los Servicios, los servicios y facilidades señalados bajo el Apéndice E. |
La remuneración del Proveedor de Servicios no deberá exceder el Precio de Contrato y deberá ser una suma alzada fija, a menos que se indique lo contrario en las CEC, incluyendo los costos de todos los Subcontratistas y todos los demás costos incurridos por los Proveedores de Servicios al ejecutar los Servicios descritos en la Sección VI, Programa de Actividades y Sección VII, Especificaciones Técnicas de Desempeño y Diseños. Excepto lo estipulado en la Cláusula 5.2, el Precio de Contrato solamente puede aumentarse sobre los montos establecidos en la Cláusula 6.2 si las Partes acordaron pagos adicionales de acuerdo con las Cláusulas 2.4 y 6.3. | |
Contrato | (a) El precio a pagar en moneda local se estipula en las CEC. (b) El precio a pagar en moneda extranjera se estipula en CEC |
Servicios Adicionales, Compensacion es e Incentivos | 6.3.1 Con el fin de determinar la remuneración adeudada por los servicios adicionales según se acuerde en la Cláusula 2.4, se proporciona un desglose del precio a suma alzada en los Apéndices C y D. |
6.3.2 El Proveedor de Servicios recibirá el pago de Compensaciones e Incentivos, si así se estipula en las |
CEC y según el apéndice de Compensaciones e Incentivos | |
Términos y Condiciones de Pago | |
Si así se establece en las CEC el Contratante otorgara al Proveedor de Servicio un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Proveedor de Servicios de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía será por el valor total del anticipo y deberá permanecer vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Proveedor de Servicios. El anticipo no devengará intereses. El anticipo será reembolsado en los términos previstos en las CEC. | |
Condiciones de Pago | Los pagos se harán al Proveedor de Servicios y de acuerdo con la relación de pagos establecida en las CEC. Los pagos deberán hacerse después de que se cumplió con las condiciones señaladas en las CEC para dicho pago y de que el Proveedor de Servicios presentó una factura al Contratante especificando el monto adeudado. |
sobre Pagos Atrasados | Si el Contratante se demora en los pagos más de quince (15) días después de la fecha de pago establecida en las CEC, deberá pagar intereses al Proveedor de Servicios por cada día de retraso a la tasa fijada en las CEC. |
Precios | 6.6.1 Los precios se ajustarán debido a fluctuaciones en el costo de los insumos solamente si las CEC lo estipulan. Si se estipula de ese modo, los montos certificados de cada pago, después de deducir el Anticipo, deberán ajustarse aplicando el factor de ajuste de precios respectivo para los montos de pago adeudados en cada moneda. Una fórmula separada del tipo indicado a continuación aplica para cada moneda del Contrato: |
Pc = Ac + Bc Lmc/Loc + Cc Imc/Ioc | |
Donde: | |
Pc es el factor de ajuste para la porción del Precio de Contrato a pagar en la moneda específica "c". | |
Ac, Bc y Cc son los coeficientes especificados en las CEC, que representan: Ac la porción no ajustable; Bc la porción ajustable en relación con los costos de mano de obra y Cc la porción ajustable para los insumos, del Precio de Contrato a pagar en esa moneda específica "c"; y | |
Lmc es el índice prevaleciente al primer día del mes de la fecha de factura correspondiente y Loc es el índice prevaleciente veintiocho (28) días antes de la apertura de Ofertas para mano de obra; ambos en la moneda específica "c". | |
Imc es el índice prevaleciente al primer día del mes de la fecha de factura correspondiente y Ioc es el índice prevaleciente veintiocho (28) días antes de la apertura de Ofertas para otros insumos a pagar; ambos en la moneda específica "c". | |
6.6.2 Si el valor del índice es cambiado después que se ha usado en un cálculo, se corregirá el cálculo y se hará un ajuste en el siguiente pago. Se considerará que el valor del índice toma en consideración todos los cambios en los costos. | |
6.7.1 Las tarifas diarias se usarán para pequeños trabajos adicionales solamente cuando el Contratante ha dado instrucciones escritas por anticipado para que el trabajo adicional se pague de esta forma. | |
6.7.2 Todo trabajo que debe ser pagado como tarifas diarias deberá ser registrado por el Proveedor de Servicios en los formatos aprobados por el Contratante. Cada formato lleno deberá ser verificado y firmado por el representante del Contratante según se indica en la Cláusula 1.8 dentro de dos días del trabajo que se está haciendo. | |
6.7.3 El Proveedor de Servicios deberá ser remunerado por los trabajos diarios con sujeción a la obtención de los |
formatos firmados para tarifas diarias según se indica en la Cláusula 6.7.2. | |
El Contratante deberá inspeccionar el cumplimiento de los servicios tal como se indica en las CEC, y notificar al Proveedor de Servicios acerca de cualquier defecto que se detecte. Dicha inspección no deberá afectar las responsabilidades del Proveedor de Servicios. El Contratante puede dar instrucciones al Proveedor de Servicios para que identifique un defecto y revele y pruebe cualquier servicio que el Contratante considera que tiene un defecto. El periodo para identificación de defectos será el indicado en las CEC. | |
7.2 Corrección de Defectos y Sanción por Falta de Cumplimiento | (a) El Contratante dará aviso al Proveedor de Servicios de cualquier defecto antes de que termine el Contrato. El periodo de responsabilidad por defectos deberá ampliarse todo el tiempo que se necesite para que se corrijan los defectos. |
(b) Cada vez que se dé aviso de un defecto, el Proveedor de Servicios corregirá el defecto notificado dentro del lapso de tiempo especificado en la comunicación escrita por parte del Contratante. | |
(c) Si el Proveedor de Servicios no ha corregido un defecto dentro del tiempo especificado en el aviso del Contratante, éste evaluará el costo de tener que corregir el defecto, el Proveedor de Servicios pagará esta cantidad y una sanción por falta de cumplimiento misma que se calculará según lo que se describe en la Cláusula 3.8. | |
8. Solución de Controversias | |
Amigable | 8.1.1 El Contratante y el Proveedor de Servicios harán todo lo posible para resolver amigablemente mediante negociaciones directas informales, cualquier desacuerdo o controversia que se haya suscitado entre ellos en virtud o en referencia al Contrato. |
8.2.1 Cualquier desacuerdo entre el Contratante y el |
controversias | Proveedor de Servicios en relación al Contrato o a la prestación del Servicio, durante la ejecución del Servicio o después de la terminación de la vigencia del Contrato hasta la cancelación de la Garantía de Cumplimiento, la disputa deberá ser enviada o remitida al Conciliador establecido en las CEC, párrafo 1.1. a), dentro de los catorce (14) días siguientes de la notificación del desacuerdo de una parte con relación a la otra. |
8.2.2 El Conciliador debe presentar su decisión dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la presentación de la controversia. | |
8.2.3 Los honorarios del Conciliador deben ser por hora según lo previsto en las CEC, junto con los gastos reembolsables de los tipos especificados en la CEC. El costo se dividirá en partes iguales entre el Contratante y el proveedor de los servicios, cualquiera sea la decisión del Conciliador. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a un árbitro dentro de los veintiocho (28) días de la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes refiere la controversia a arbitraje dentro de los siguientes veintiocho (28) días, la decisión del Conciliador será definitiva y vinculante. | |
8.2.4 El arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento de arbitraje estipulado en las CEC. | |
8.2.5 Si el Conciliador renuncia o muere, o si el Contratante y el Proveedor de Servicios están de acuerdo en que el Conciliador no está actuando de conformidad con las disposiciones del Contrato, un nuevo Conciliador será nombrado conjuntamente por el Contratante y Proveedor de Servicios. En caso de desacuerdo entre el Contratante y Proveedor de Servicios, en el transcurso de veintiocho (28) días, el árbitro será designado por la Autoridad técnica designada señalada en las CEC, a petición de cualquiera de las partes, en un plazo de catorce (14) días a partir de la solicitud. | |
9. Cesión | |
9.1 Ni el Contratante ni el Prestador de Servicios podrán ceder total o parcialmente los derechos y las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del |
Contrato, excepto por los derechos de cobro5, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito del Contratante.
5 Se refiere a la posibilidad de ceder a un tercero el cobro y recibir el pago.
Sección IX. Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementarán y/o enmendarán las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC. [El único texto que puede ser modificado, es el texto marcado entre corchetes y/o letras cursivas].
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y Complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
1.1(a) | El Conciliador será quien indique la autoridad técnica indicada en el párrafo 8.2.4 de las CEC. |
1.1(e) | El nombre del Contrato es Adquisición de Servicios Privados de Seguridad – Vigilancia Preventiva y el número de Contrato es: S- BID-2470- -2018. |
1.1.(h) | El Contratante es Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H). |
1.1(m) | El Miembro responsable es [nombre del representante común, quién tiene las facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA] |
1.1(o) | El Proveedor de Servicios es [inserte el nombre] |
1.6 | Las Direcciones son: Contratante: Atención: Xxxxx X. Xxxxxx, Director Ejecutivo Invest-H / MCA Honduras. Dirección: Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx, 0xx Xxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, C. A. Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras. Dirección de correo electrónico: xxxxxxxx_xx@xxxxxxxxxxx.xx Proveedor de Servicios Atención: Télex: Fax: |
Correo Electrónico: | |
1.8 | Los Representantes autorizados son: Del Contratante: Xxxxx X. Xxxxxx, Director Ejecutivo Invest-H Del Proveedor de Servicios: |
1.11 | El Representante común es [insertar nombre del Representante] [Nota: Si el Consultor es una sola firma, se escribir “No Aplica” en esta subcláusula 1.11 de las CEC]. |
2.1 | El Contrato entrará en vigor en la fecha en que se perfecciones la voluntad de las partes. El presente contrato permanecerá vigente y válido hasta la aprobación final por parte del Contratante de los servicios, el cumplimiento de las obligaciones emergentes y/o la liquidación total del mismo. |
2.2.2 | La fecha de inicio de los Servicios será comunicada por el Contratante al Proveedor de Servicios a través de una Orden de Inicio o según se indique en el Contrato. |
2.3. | La fecha estimada de terminación es 12 meses a partir de la fecha de inicio. |
3.2.3(c) | Las actividades prohibidas después de terminado el contrato son: Exteriorizar de cualquier manera información sobre los movimientos, propiedades, información de contacto o identificación, o descripción particular del personal del Contratante. |
3.3 | El plazo será de cinco (5) años siguientes a la expiración del contrato. |
3.4 | El Proveedor de Servicios deberá mantener vigentes durante el plazo de contratación del servicio, pólizas de seguros de compañías de Seguro registradas en la Superintendencia de Bancos y Seguros, por los siguientes riesgos: Póliza de Seguro de Vida y de Accidentes personales Deberá cubrir los gastos de curación, invalidez permanente o muerte que pudiesen sufrir los guardias o agentes de vigilancia con ocasión del desempeño de sus labores. Póliza de Responsabilidad Civil Cubre daños materiales y/o personales incluyendo muerte, en los siguientes casos: |
a) Responsabilidad Civil de operadores, incluyendo la responsabilidad civil derivada de incendio y explosivo. b) Responsabilidad Civil patronal, cubriendo a todos los guardias empleados por el Contratante. El Proveedor de Servicios podrá utilizar sus propias pólizas que garanticen los rubros exigidos, para lo cual deberán tener en cuenta que las pólizas se encuentren vigentes y pagadas durante la vigencia del contrato, así como incluir al personal asignado al servicio de seguridad y vigilancia en las instalaciones del Contratante. Igualmente se compromete a otorgar a su personal de vigilancia los beneficios de seguridad social vigentes del país. | |
3.5(d) | Las otras acciones son: Sustituir por cualquier causa, temporal o permanentemente, a cualquiera de los guardias asignados para prestar los servicios privados de vigilancia en las instalaciones del Contratante. |
3.7 | Salvo cuando por causas de acciones o procesos judiciales corresponda, el Proveedor de Servicios no podrá utilizar estos documentos ni programas de computación (software) para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Contratante. |
3.8.1 | No aplica. |
3.9 | La Garantía de Cumplimiento deberá presentarse en la forma de Garantía Bancaria, deberá constituirse a favor del Contratante y estará denominada en la/s moneda/s de pago del Contrato, de acuerdo con las proporciones del Precio del Contrato. La liberación de la Garantía de Cumplimiento tendrá lugar según indicado en la Cláusula 3.9 de las CGC. |
5.1 | No aplica. |
6.1 | El contrato es por suma alzada fija. |
6.2(a) | El monto en moneda nacional es [inserte monto]. |
6.2(b) | No aplica. |
6.3.2 | No aplica. |
6.4.1 | El contratante no otorgará un anticipo. |
6.4.2 | Los pagos deben hacerse de acuerdo con lo siguiente: El contrato es por Xxxx Xxxxxx y será pagadero de acuerdo al Apéndice A, Calendario de Pagos y Requisitos para la Presentación de Informes. |
6.5 | El pago debe hacerse dentro de cuarenta y cinco (45) días después de recibidos y aceptados la factura y los documentos pertinentes especificados en la Cláusula 6.4, incluyendo el pago final. La tasa de interés es: Tasa Promedio mensual ponderada en la fecha de pago, conforme la Tasa de Interés Comercial Activa (Moneda Nacional o Extranjera) Sobre Operaciones Nuevas del Sistema Bancario, emitidas por el Banco Central de Honduras (BCH). |
6.6.1 | El ajuste de precio no debe aplicarse de acuerdo con la Cláusula 6.6. |
7.1 | Los mecanismos y modalidades de inspección de los servicios por el Contratante serán determinados por el Contratante. El periodo de identificación de defectos será el mismo de la duración del Contrato. El Proveedor de Servicios tendrá un plazo máximo de tres (5) días hábiles para realizar la corrección que corresponda. |
8.2.3 | El Conciliador deberá recibir el pago según la tarifa que se establezca en los reglamentos de la autoridad técnica designada en la cláusula 8.2.4 de las CEC. |
8.2.4 | Los procedimientos de arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa serán utilizados. |
8.2.5 | La Autoridad técnica para designar un nuevo Conciliador es la indicada en la cláusula 8.2.4 de las CEC. |
Apéndices
Apéndice A-Calendario de Pagos y Requisitos para la Presentación de Informes
El Contratante efectuará los pagos mensualmente, en moneda nacional, de ser necesario conforme al tipo de cambio oficial del día en que se emita el comprobante de pago por el Contratante; mediante depósito directo en cuenta bancaria del Proveedor de Servicios a través del sistema SIAFI.
El Proveedor de Servicios deberá entregar los siguientes documentos mencionados, previo a autorizar el/los pago/s por cualquier concepto:
1) Recibo a nombre de la Tesorería General de la República de Honduras.
2) Factura a nombre del Contratante, con descripción de los Servicios, precio unitario del periodo de servicios prestados que corresponda, impuestos y precio total.
3) Copia de las boletas de pago del mes de cada uno de los guardias asignados a las instalaciones del Contratante.
4) Constancia de solvencia tributaria.
5) Registro SIAFI (primer pago y cuando haya cambios en el mismo).
Salvo que en alguna ocasión particular el Contratante solicite algún informe del Proveedor de Servicios, los pagos a realizarse en el marco del presente Contrato no requieren informes previos.