PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
EXP - 2018 / 0097
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FISIOTERAPIA PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA S. A. U. ( MEDIO PROPIO)
E.M.T. – VALÈNCIA 30 de julio de 2018
INDICE:
I.- ENTIDAD ADJUDICADORA.
II.- ÁREA QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE.
III.- INSTALACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICADORA. IV.- DESIGNACIÓN DE CORREO ELECTRONICO.
V.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
1) TIPO
2) PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (VALOR ESTIMADO DE CONTRATO)
3) OBJETO
4) PLAZO
5) REQUISITOS TÉCNICOS
6) PRESTACIÓN DEL SERVICIO
7) GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN
VI.- RÉGIMEN JURIDICO. VII.- PRECIO.
VIII.- LICITACIÓN.
1) ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
2) PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
3) TRAMITACIÓN
4) PLAZO PARA PRESENTAR PROPOSICIONES
5) LUGAR DE PRESENTACIÓN
6) FORMA DE PRESENTACIÓN
7) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
8) ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
IX.- CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN. PRIMERA.- CONTINUIDAD DEL EQUIPO DE TRABAJO SEGUNDA.- CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN
X.- CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. PRIMERA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR SEGUNDA.- RIESGO Y XXXXXXX
TERCERA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
CUARTA.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES QUINTA.- CONFIDENCIALIDAD
SEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES SÉPTIMA.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO OCTAVA.- GASTOS
NOVENA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DÉCIMA.- PENALIZACIONES
UNDÉCIMA.- RESOLUCIÓN DUODÉCIMA.- COMUNICACIONES
DECIMOTERCERA.- VIGENCIA E INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO DECIMOCUARTA.- NORMAS JURÍDICAS APLICABLES DECIMOQUINTA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
ANEXO I.- MODELO FIANZA BANCARIA EN GARANTÍA DE LA CORRECTA EJECUCIÓN ANEXO II.- OFERTA ECONÓMICA
ANEXO III.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Pliego de Condiciones EXP – 2018 / 0097
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I.- ENTIDAD ADJUDICADORA.
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA, S.A.U.(MEDIO PROPIO) (en adelante EMT)
Domicilio social: Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxx
Inscripción: Registro Mercantil de València, Tomo 3450, General 1095, Libro 763, Sección 6ª, Folio 203, Hoja V-10607
CIF nº X-00000000
Teléfono: 00 000 00 00
Fax: 00 000 00 00
Correo-e: xxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
Plataforma web: xxx.xxxxxxxxxxx.xx
II.- ÁREA QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE.
ÀREA DE CONTRACTACIÓ
Dirección: Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxx Correo-e: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
III.- INSTALACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICADORA.
OFICINAS CENTRALES:
Dirección: Pl. Correo Viejo, 5 y Xxxxx Xxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxxxx Correo-e: xxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
Teléfono: 00 000 00 00 DEPOSITO SAN XXXXXX:
Dirección: Xxxxx Xxx Xxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxxxx Correo-e: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
Teléfono: 00 000 00 00
DEPOSITO NORTE:
Dirección: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx xx 0 - 00000 XXXXXXXX Correo-e: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
Teléfono: 00 000 00 00
IV.- DESIGNACIÓN DE CORREO ELECTRONICO.
La EMT designa como correo electrónico para todas las notificaciones y comunicaciones que puedan realizar los operadores económicos o licitadores que participen en sus procedimientos de contratación, el siguiente:
V.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
1) TIPO: Contrato privado, de servicios.
2) PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (VALOR ESTIMADO DE CONTRATO): DOSCIENTOS MIL EUROS, IVA NO INCLUIDO.
3) OBJETO: El objeto del presente Pliego de Condiciones es la contratación de los servicios de intervención fisioterapéutica que establezca el Servicio de Prevención Propio de EMT, tanto en los supuestos de accidente de trabajo y enfermedad profesional como en los de contingencias comunes, para todos los empleados de EMT.
Actividades comprendidas en el contrato: el contrato comprenderá al menos las siguientes actividades, cuyo detalle y requisitos técnicos se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas:
1. Los tratamientos y servicios de fisioterapia que establezca el Servicio de Prevención Propio de EMT.
2. La impartición de talleres monográficos relativos a servicios de fisioterapia. 4) PLAZO: DOS AÑOS a partir de la fecha de la firma del Contrato.
El contrato admite prórrogas anuales, hasta un máximo de dos prórrogas.
Las prórrogas serán facultativas para EMT, previo acuerdo por parte del Órgano de Contratación, comunicadas con una antelación mínima de dos meses antes del vencimiento. Las prórrogas serán obligatorias para el adjudicatario.
Se establece un periodo de prueba de 3 meses, durante el cual EMT podrá rescindir unilateralmente el Contrato.
5) REQUISITOS TÉCNICOS: Los requisitos técnicos se detallan en el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
6) PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La prestación del servicio se llevará a cabo con personal y organización propios, dotando al personal con los medios materiales suficientes para el correcto desarrollo del servicio.
Se desarrollará el servicio bajo la vigilancia, control y organización jerárquica del personal propio del Adjudicatario, quedando ésta como patrono del personal a todos los efectos y quedando EMT exonerada de toda responsabilidad derivada de las relaciones entre la empresa adjudicataria y sus trabajadores.
EMT suministrará al Adjudicatario toda la información y documentación relevante con la antelación suficiente y en las condiciones precisas para la correcta prestación del servicio contratado, siendo responsabilidad del Adjudicatario el cumplimiento de todo ello por parte de su organización y empleados, sin que se entorpezca en ningún momento el desarrollo de las actividades propias de EMT en sus instalaciones.
El adjudicatario resolverá, en el mismo día, las faltas de disponibilidad de su personal.
El adjudicatario deberá garantizar que el personal cuente con la formación profesional suficiente para la correcta prestación del servicio.
7) GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN: El adjudicatario deberá constituir una garantía financiera ejecutable a mero requerimiento de la EMT, vigente hasta la fecha de conclusión del contrato, por importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, según modelo incluido en este pliego de condiciones como ANEXO I.
La garantía será aplicable parcialmente o en su totalidad, a primer requerimiento y con renuncia expresa e irrevocable a los beneficios de orden, excusión y división, por cualquier incumplimiento del adjudicatario, como pena convencional o para la indemnización de daños y perjuicios.
La garantía no ejecutada se devolverá al adjudicatario en los tres meses siguientes a la finalización del contrato.
VI.- RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato se enmarca dentro de la ACTIVIDAD DE TRANSPORTE.
Atendiendo a los umbrales de contratación, el contrato se califica como NO ARMONIZADO.
La regulación aplicable al contrato se contiene en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con los artículos 316 y concordantes, y en la Directiva Europea
2014/25/UE relativa a la contratación de entidades que operan en los sectores del agua, los transportes y los servicios postales
Los contratos celebrados por la EMT tienen en todo caso consideración de contratos privados.
VII.- PRECIO.
Los operadores económicos que se presenten a esta solicitud de ofertas deberán realizar su oferta económica cumplimentando debidamente el ANEXO II “OFERTA ECONÓMICA” (IVA NO INCLUIDO).
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.
La oferta incluirá todos los gastos necesarios para la prestación de los servicios contratados: gastos de personal, generales y el beneficio empresarial, los importes de los tributos de cualquier índole que graven la prestación objeto del contrato, a excepción del IVA.
Los precios ofertados regirán para todo el plazo del contrato, no aceptándose su revisión periódica y predeterminada en función a los precios, índices de precios o fórmulas que los contengan.
VIII.- LICITACIÓN.
1) ORGANO DE CONTRATACIÓN: Consejo de Administración de EMT.
2) PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO
3) TRAMITACIÓN: Ordinaria.
4) PLAZO PARA PRESENTAR PROPOSICIONES: Hasta el 20 de septiembre de 2018
5) LUGAR DE PRESENTACIÓN:
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA, S.A.U (Medio Propio)
Secretaría-general- Primera Planta Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxx
Horario: 9:00 a 13:00
Toda la documentación en papel debe haberse entregado en la dirección anteriormente señalada durante el plazo indicado en el punto VIII-4, no aceptándose como válido el comprobante del envío de la misma a través de un servicio de mensajería.
6) FORMA DE PRESENTACIÓN:
En papel y en fichero pdf con soporte pendrive para cada uno de los sobres. Se deberá incluir en cada sobre un pendrive que contenga en pdf toda la documentación presentada en formato papel en ese sobre.
No es necesario formular con carácter previo solicitud de participación.
Los documentos pueden estar redactados en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.
Las proposiciones deberán tener un plazo de validez de un mínimo de cuatro meses y se presentarán con una carta firmada acompañada de dos sobres cerrados, sellados y firmados en el cierre de los sobres. Cada uno de ellos incluirá un listado firmado y sellado en el que se relacionarán todos los documentos que contiene.
La propuesta deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
A) Cuentas Anuales del último ejercicio cerrado y balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias correspondientes al último trimestre natural cerrado antes de la convocatoria de la licitación.
B) Certificado de alta de actividad económica emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria con fecha posterior a la convocatoria de la licitación. El licitador deberá llevar ejerciendo su actividad con una antigüedad mínima de un año.
C) Certificado emitido por compañía o correduría de seguros acreditativo de la vigencia de un seguro de Responsabilidad Civil, que incluya la responsabilidad patronal, con un capital mínimo asegurado de trescientos mil euros (300.000,00€).
D) Informe de trabajadores de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social con fecha posterior a la convocatoria de la licitación, de todos los códigos de cuenta de cotización del licitante.
E) Declaración Responsable ajustada al modelo europeo único de contratación, que se cumplimentará según el XXXXX XXX. Además, cada adjudicatario deberá tener en cuenta, según sus circunstancias, las siguientes especialidades:
- Para los supuestos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, estas últimas deberán presentar también las respectivas Declaraciones Responsables.
- Para los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, cada uno de los mismos deberá aportar la correspondiente Declaración Responsable.
EMT puede pedir a los candidatos y licitadores que presenten todos o parte de los documentos justificativos de lo manifestado mediante Declaración Responsable, cuando surjan dudas sobre su vigencia o fiabilidad, salvo si el empresario está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea.
F) Nota simple de toda la información inscrita de la licitante emitida por el Registro Mercantil.
G) Certificado o copia de la Tarjeta del Número de Identificación Fiscal.
H) Fotocopia completa del Documento Nacional de Identidad de la persona física que actúe como, o por cuenta del, licitante.
I) Escrito firmado y sellado con la designación de cuenta de correo electrónico que se acepta como válida para la realización de todas las notificaciones y comunicaciones a que dé lugar la licitación, con manifestación expresa del compromiso que asume el licitante de acusar recibo de cada notificación.
J) Escrito firmado y sellado con la descripción de código alfanumérico xx xxxx caracteres que posteriormente se vinculará a la publicidad de la oferta económica.
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
Los requisitos mínimos que deben reunir los licitadores, así como la documentación requerida para acreditar los mismos, serán los siguientes:
A. Haber realizado contrataciones del servicio objeto de esta licitación durante los últimos tres años, indicando: empresa contratante, objeto del contrato, duración, volumen de facturación en euros. Deberán estar debidamente acreditados mediante los certificados correspondientes de buena ejecución emitidos por las empresas cliente, con las salvedades previstas legalmente para las empresas de nueva creación.
B. Organigrama y presentación del licitador.
C. En relación al técnico asignado a la ejecución del contrato, acreditación de que cumple con los requisitos expuestos en el apartado 2.1.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas: titulación de Graduado en Fisioterapia (Diplomado en Fisioterapia), experiencia mínima de 8 años en el desempeño de su trabajo como Fisioterapeuta, formación específica en la técnicas terapéuticas a desarrollar, y conocimientos informáticos suficientes para la gestión administrativa de informes y citaciones.
D. Acreditación y/o Declaración Responsable firmada por el licitador poniendo de manifiesto que dispone, en el municipio de Valencia, de centro médico acreditado técnicamente para prestar servicios en materia de fisioterapia.
Para los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, cada uno de los mismos deberá aportar la correspondiente documentación administrativa del sobre 1.
La acreditación de la solvencia económica- financiera y de la solvencia técnica o profesional a través de estos documentos que irán incorporados al sobre 1 de la Documentación
Administrativa, será condición necesaria e imprescindible para la participación en la licitación y para la apertura de los sobres 2 y 3.
SOBRE 2: PROPUESTA TÉCNICA – DOCUMENTOS RELATIVOS A CRITERIOS CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
Los documentos incluidos en este sobre deberán estar firmados y sellados en todas sus hojas.
Incluirá los documentos conteniendo todas las características técnicas de la oferta, y como mínimo contendrá:
Memoria Técnica haciendo constar detalladamente todas las soluciones propuestas en cumplimiento a cada uno de los apartados xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas Particulares, y que estará estructurada de la siguiente forma:
1.- Indice
2.- Descripción de la solución técnica:
2.1 Curriculum Vitae del titulado asignado y alta en Seguridad Social
2.2 Ubicación del centro propio
2.3 Exposición de las terapias que se solicitan en los requisitos específicos con identificación de su equipamiento
2.4 Memoria de talleres monográficos – formación
2.4 Curriculum Viate de otro personal técnico y su alta en Seguridad Social
2.5 Dotación de equipamiento (máquinas terapéuticas) puesto a disposición de EMT en sus instalaciones.
SOBRE 3 - PROPUESTA ECONÓMICA Y TÉCNICA – DOCUMENTOS RELATIVOS A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS
Los documentos incluidos en este sobre deberán estar firmados y sellados en todas sus hojas.
Incluirá los siguientes documentos:
Precio cumplimentando debidamente el ANEXO II “Oferta económica”.
Declaración responsable firmada por el licitador poniendo de manifiesto, en relación a su personal Fisioterapeuta titulado que pone a disposición de EMT, cuantas personas reúnen los siguientes años de experiencia como Fisioterapeuta titulado: más de 8 años, entre 4 y 8 años, menos de 4 años. Se deberá adjuntar el CV de cada una de ellas.
Declaración responsable firmada por el licitador poniendo de manifiesto el número de máquinas terapéuticas para tratamientos que el licitador pone a disposición de su personal técnico en las instalaciones de EMT para la ejecución del contrato.
7) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: El contrato será adjudicado al licitador que presente la oferta con mejor relación calidad-precio. La valoración de las ofertas se realizará de forma simultánea aplicando los siguientes criterios:
7.1) CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS:
7.1.1) OFERTA ECONÓMICA: 0 a 60 puntos
La valoración se realizará asignando 60 puntos a la oferta que ofrezca un menor precio, evaluando las restantes de forma inversamente proporcional a su precio, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntos OA = 60 x (MO) / (OA) De donde:
MO = La oferta de menor precio entre las presentadas. OA = Oferta analizada
Se acreditará mediante la Oferta Económica ANEXO II “OFERTA ECONÓMICA” (Sobre 3)
7.1.2) EXPERIENCIA DEL PERSONAL TÉCNICO: 0 a 21 puntos
La valoración se realizará en función del número de personal técnico Fisioterapeuta titulado con distintos grados de experiencia.
Se acreditará mediante la Declaración Responsable relativa al número de personal del licitador cuenta con experiencia como Fisioterapeuta inferior a 4 años, entre 4 y 8 años, y superior a 8 años. Asimismo se deberá adjunta el CV de cada persona asignada. (Sobre 3)
7.1.2.1) PERSONAL TÉCNICO CON EXPERIENCIA SUPERIOR A 8 AÑOS: 0 a 15 puntos
A cada licitador se le asignarán 5 puntos por cada persona integrante de su personal propio que cuente con la titulación de Fisioterapeuta y tenga una experiencia mínima de 8 años en el desempeño de trabajo como fisioterapeuta titulado, con un máximo de 15 puntos.
7.1.2.2) PERSONAL TÉCNICO CON EXPERIENCIA ENTRE 4 Y 8 AÑOS: 0 a 6 puntos
A cada licitador se le asignarán 2 puntos por cada persona integrante de su personal propio que cuente con la titulación de Fisioterapeuta y tenga una experiencia menor a 8 años y mayor a 4 años, en el desempeño de trabajo como fisioterapeuta titulado, con un máximo de 6 puntos.
7.1.3) MÁQUINAS TERAPÉUTICAS: 0 a 8 puntos
La valoración se realizará en función del número de máquinas terapéuticas que el licitador ponga a disposición de la prestación del servicio en las instalaciones de EMT.
A cada licitador se le asignarán 4 puntos por cada máquina terapéutica, con un máximo de 8 puntos.
Se acreditará mediante la Declaración Responsable relativa al número de máquinas terapéuticas para tratamientos que el licitador pone a disposición de su personal técnico en las instalaciones de EMT para la ejecución del contrato. (Sobre 3)
7.2) CRITERIO EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR – 0 a 11 puntos
La valoración se realizará asignando al siguiente criterio las puntuaciones que se indican:
7.2.1) ADAPTACIÓN DE LOS TALLERES A LOS PUESTOS: 0 a 6 puntos
Se valorará de forma subjetiva, asignando hasta 6 puntos en función de que los talleres ofertados estén orientados de forma más especializada a los diferentes puestos de trabajo mayoritarios (conductores y mecánicos), de que fomenten en mayor medida el ejercicio físico y su correcta ejecución y de que su contenido sea más práctico.
Se acreditará mediante la Memoria de Talleres Monográficas integrada en la Memoria Técnica. (Sobre 2)
7.2.2) APLICACIÓN DE TRATAMIENTOS Y TERAPIAS INNOVADORAS: 0 a 5 puntos
Se valorará de forma subjetiva, asignando hasta 5 puntos en función de la oferta de tratamientos, terapias y/o servicios innovadores, debidamente reconocidos y/o validados por las instituciones facultativas pertinentes.
Se acreditará mediante la exposición de terapias y la dotación de equipamientos integrados en la Memoria Técnica. (Sobre 2)
La puntuación de todos los apartados de las ofertas se redondearán al segundo decimal.
Se considerarán desproporcionadas o temerarias las ofertas cuyo valor sea inferior en 25 puntos porcentuales a la media aritmética de todas las ofertas presentadas.
Si se produce un empate entre dos o más ofertas, se considerará más ventajosa aquella proposición que acredite la mayor cantidad de entre las siguientes circunstancias:
1.-Disponer de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. 2.- Disponer de mayor cantidad de mujeres trabajadoras fijas hasta alcanzar la paridad.
8) ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El órgano de contratación resolverá sobre la adjudicación en el plazo de los 60 días naturales siguientes a la apertura de sobres, que tendrá lugar el día 24 DE SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS 9,00 HORAS EN LA SALA DEL CONSEJO DE LA EMT, Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 – 00000 Xxxxxxxx.
En el acto de apertura de sobres se harán públicos los precios ofertados, vinculándolos a los códigos alfanuméricos designados en el Sobre 1.
La resolución de adjudicación será notificada mediante correo electrónico a todos los licitadores.
En los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar en la EMT los siguientes documentos:
1. Dos ejemplares firmados y sellados en todas sus hojas del presente Pliego de Condiciones Administrativas.
2. Los correspondientes certificados de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma Valenciana y el Ayuntamiento de València con fecha posterior a la resolución de adjudicación.
3. Un certificado de encontrarse al corriente en el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social.
4. Un ejemplar del Documento de Seguridad exigido por la normativa de Protección de Datos Personales.
5. Un ejemplar del Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales o de una declaración jurada en la que se expresara la inaplicación al adjudicatario de la legislación vigente sobre blanqueo de capitales.
6. El original de la garantía bancaria de la correcta ejecución del contrato.
7. Documentación debidamente cumplimentada y sellada sobre Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente, que será facilitada por EMT en la comunicación de resolución de adjudicación, si procede.
8. Documentación relativa al Plan de Igualdad, si procede.
El contrato se otorgará, en documento privado en las oficinas centrales de la EMT y el día en que el adjudicatario sea convocado a tal efecto.
IX.- CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN:
PRIMERA - CONTINUIDAD DEL EQUIPO DE TRABAJO
El servicio contratado deberá estar cubierto de manera continua por el equipo ofertado, que debe cumplir con los requisitos de solvencia y experiencia establecidos en los requisitos generales.
Salvo que EMT indique lo contrario o se produzca la extinción del contrato del fisioterapeuta con el adjudicatario, éste no podrá cambiar de fisioterapeuta a lo largo de la ejecución del contrato. En caso de que deba producirse un cambio de fisioterapeuta por periodo vacacional, baja médica o extinción del contrato entre éste y la empresa adjudicataria del contrato, será sustituido por otro de similar currículum y experiencia.
EMT podrá solicitar a la Empresa Adjudicataria el cambio de fisioterapeuta en el caso de estimar no satisfactoria su actuación profesional.
SEGUNDA.- CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN
En aplicación del artículo 202 de la Ley 9/2017, se establece la siguiente Condición Especial de Ejecución: el adjudicatario deberá garantizar el cumplimiento del correspondiente convenio colectivo aplicable. EMT podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento de la vigencia del contrato, la acreditación documental del efectivo cumplimiento de la Condición Especial de Ejecución.
En el supuesto de incumplimiento de la citada condición especial de ejecución, EMT podrá aplicar la penalización recogida en la Cláusula Décima del Apartado X-Condiciones Generales de Contratación.
X.- CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN:
Las Condiciones Generales de Contratación que se aplicarán al contrato adjudicado serán las siguientes:
PRIMERA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán contratar con la EMT las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que acrediten tener plena capacidad de obrar, no estar incursos en las prohibiciones de contratar especificadas en la legislación vigente, y ostentar la suficiente solvencia económica, financiera, técnica o profesional, debiendo contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
SEGUNDA.- RIESGO Y XXXXXXX.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. El adjudicatario manifiesta que ha compuesto su oferta con la información a la que ha tenido acceso, que ha considerado suficiente y completa para realizar una previsión satisfactoria de su análisis de coste- beneficio.
En ningún caso el precio podrá ser objeto de revisión periódica y predeterminada en función de precios, índices de precios o fórmulas que los contenga.
El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones de servicios que realice, así como de las consecuencias que se deduzcan para la EMT o para terceros, por omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
TERCERA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
El adjudicatario no podrá subcontratar ni ceder, parcial o totalmente, las prestaciones convenidas en el presente contrato, sin previa autorización expresa y por escrito de la EMT.
CUARTA.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES.
Las partes en este contrato constituyen empresas separadas e independientes, sin que entre ellas se dé otra relación que la del propio objeto pactado, siendo cada una de estas empresas responsable exclusivo de la relación laboral y de las obligaciones económicas y formales que se establezcan con su personal y con la Seguridad Social.
El adjudicatario se compromete a respetar íntegramente las condiciones de trabajo marcada en el Estatuto de los Trabajadores y resto de legalidad vigente y en el Convenio Colectivo aplicable en cada momento, en especial en lo referente a la jornada de trabajo y volumen máximo de horas extras.
El adjudicatario se compromete expresamente a cumplir todas las obligaciones existentes en relación con la Prevención de Riesgos Laborales, y en especial las relativas a la coordinación de actividades empresariales en distintos centros de trabajo.
EMT facilitará con anterioridad a la prestación del Servicio la información e instrucciones precisas respecto a los riesgos existentes en el centro de trabajo donde dichos servicios se presten, y tendrá a disposición del adjudicatario la documentación relativa a la evaluación de los riesgos, planificación de la acción preventiva y medidas de protección y prevención a adoptar para las actividades contratadas.
Antes de su intervención en cualquiera de los centros de trabajo de la EMT, el adjudicatario deberá entregar a la EMT los datos de alta en la Seguridad Social de sus dependientes, así como los datos de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y del Servicio de Prevención en su caso.
El personal del adjudicatario que desarrolle cualquier clase de función o trabajo en cualquiera de los centros de trabajo de la EMT está obligado a cumplir las normas sobre seguridad y salud y prevención de riesgos laborales establecidas para cada uno de ellos.
Si por cualquier circunstancia la EMT tuviere que hacer frente a responsabilidades laborales propias del adjudicatario, incluso aquellas sanciones que le fueren impuestas a su propio nombre por causa de responsabilidad recogida en el Estatuto de los Trabajadores, o por causa de accidentes laborales y sus indemnizaciones, podrá repetir dichas cantidades al adjudicatario, dado que específicamente asume la obligación de resarcir a la EMT por los mencionados perjuicios. La EMT está facultada para deducir los importes mencionados de cualquier pago que deba realizar al adjudicatario o mediante la ejecución de la garantía de correcta ejecución.
QUINTA.- CONFIDENCIALIDAD.
A salvo las obligaciones legales de información y publicidad que competen a la EMT por su condición de entidad integrante del Sector Público, las partes acuerdan proteger la confidencialidad de la presente relación contractual, incluyendo los datos de carácter personal, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos.
Cualquier información, fuese cual fuere su naturaleza, en cualquier forma o soporte, que fuese facilitada por una parte a la otra, será considerada como “información confidencial”.
A estos efectos, la expresión emisor significa la parte que facilita información confidencial y receptor significa la parte a quien se facilita o quien recibe la información confidencial.
El receptor se compromete a aceptar la información confidencial en un marco de confianza y a no facilitarla a ningún tercero ni utilizarla para su propio beneficio sin obtener el previo consentimiento escrito del emisor.
La presente obligación de confidencialidad se sujetará a las siguientes condiciones:
1. La información se manejará de una forma confidencial por todo el personal de las compañías y entidades, sus consejeros, ejecutivos, empleados, agentes, representantes, asesores y cualquier otra persona o entidad que tenga acceso a la misma.
2. La información se utilizará únicamente para la consecución del objeto de este contrato.
3. Cualquier persona o entidad a la que se deba facilitar o dar acceso a la información será claramente advertida de su carácter confidencial y del contenido de este acuerdo de confidencialidad.
4. El receptor no realizará copia de la información sin previo consentimiento escrito del emisor, excepto aquellas copias que sean necesarias para su estudio interno.
5. Cada parte asume la total responsabilidad por cualquier filtración o ruptura de la confidencialidad por cualquiera de sus consejeros, ejecutivos, empleados, agentes, representantes y asesores y de cualquier otra persona o entidad a la que haya facilitado la información, total o parcialmente.
6. En caso de resolución las partes quedan obligadas a devolver a la contraparte inmediatamente todos los documentos originales que se le hayan facilitado, a destruir todas las copias de los documentos, notas, resúmenes y archivos de cualquier clase que se haya generado y a no usar la información, o parte de ella, para su propio beneficio o el de un tercero.
Cualquier publicidad o información a los medios de comunicación referida a la simple existencia del presente contrato o a su contenido, deberá ser previamente aprobada por escrito suscrito por ambas partes.
La obligación de confidencialidad continuará aun después de extinguido el contrato.
Cada una de las partes responderá frente a la otra de cualquier daño directo derivado del incumplimiento de cualesquiera obligaciones dimanantes de la presente cláusula. Las partes responderán de los incumplimientos de todos sus dependientes, de sus colaboradores y de los terceros que conozcan la información confidencial con la autorización establecida en esta cláusula.
SEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
El adjudicatario quedará obligado durante todo el periodo de vigencia del contrato, y con posterioridad a su finalización, al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento en materia de protección de datos de carácter personal, la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de
Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma, y el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea- Reglamento UE 2016/679 de 27 xx xxxxx de 2016:
Para la realización de los servicios objeto de la contratación es imprescindible que el adjudicatario acceda a información contenida en los ficheros cuya titularidad es de EMT y que contienen datos de carácter personal.
El acceso a la información no se considerará comunicación o cesión de datos por cuanto dicho acceso resulta necesario para la prestación de los servicios.
La finalidad del tratamiento indicado es la de llevar acabo la prestación de servicios objeto de la contratación.
El adjudicatario tratará los datos de conformidad con las instrucciones de EMT y sólo con las finalidades y los usos exclusivamente necesarios para el desarrollo de su actividad y para el que fueron requeridos sus servicios, no pudiendo usar los mismos para un fin distinto.
El adjudicatario será considerado responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en las que pudiera incurrir en el caso de que los datos los destine para otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato.
Los datos personales a los que tenga acceso el adjudicatario no serán comunicados a terceros, ni siquiera para su conservación, excepto cesiones obligadas para la prestación de servicios, asistencia y representación de juicios, presentación de recursos, demandas, etc.
El Adjudicatario devolverá a la finalización de la prestación de servicios, cuantos soportes contengan datos de carácter personal derivados de dicha prestación, procediendo al borrado de aquellos que se encuentren en su poder por cualquier medio, ya sea manual o automatizado, de forma que se garantice plenamente la devolución de los datos a EMT.
El adjudicatario conservará, debidamente bloqueados, los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con EMT.
El adjudicatario se compromete a adoptar las medidas de índole técnico y organizativo necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado. A este efecto se compromete a cumplir las medidas de seguridad de nivel alto, conforme establece el R.D. 1720/2007.
En éste caso, EMT podrá solicitar que se acredite o verifique mediante la realización de una auditoria en los locales del adjudicatario, que se cumplen todas las medidas de seguridad que se indican en éste apartado, siempre y cuando ello no dificulte las tareas del adjudicatario.
El adjudicatario se obliga al secreto profesional respecto a los datos de carácter personal objeto del tratamiento, debiendo guardar secreto durante el tratamiento y con posterioridad a la finalización del mismo.
El adjudicatario se compromete a comunicar y hacer cumplir a sus empleados, incluidos trabajadores de trabajo temporal o en prácticas, las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y en concreto las relativas al deber xx xxxxxxx y medidas de seguridad.
El adjudicatario responderá directamente ante la Agencia de Protección de Datos, u otros organismos competentes, y frente a terceros de los incumplimientos que se pudieran derivar de las condiciones anteriores. Asimismo, y sin perjuicio de sus responsabilidades legales, responderá ante EMT de cualquier daño o perjuicio que pudiera ocasionarle como consecuencia de estos incumplimientos.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 y la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la información, los datos personales o correos electrónicos que el adjudicatario y EMT se faciliten durante la ejecución del contrato podrán ser tratados por ambas partes de forma automatizada o en soporte papel con la única finalidad de poder llevar a cabo la prestación de los servicios contratados, y para la propia gestión interna o agenda de contactos. En cualquier momento podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición relativos a estos datos ante el Adjudicatario o EMT acompañando fotocopia del DNI.
El adjudicatario hará extensibles estas obligaciones a todas las personas y empresas involucradas en la contratación (proveedores de software, de hardware, de servicios, desarrolladores, etc.).
SÉPTIMA.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
Con carácter mensual, una vez realizada la prestación contratada, el adjudicatario emitirá una factura, con fecha 25 del mes corriente y la remitirá al Departament de Finances de la EMT.
Cuando la factura haya sido conformada por el responsable del contrato, el pago se realizará a los 30 días de la fecha de factura mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la factura.
OCTAVA.- GASTOS.
Son de cuenta del adjudicatario todos los costes y gastos que se produzcan al realizar la prestación objeto del contrato, aunque no hayan sido mencionados expresamente en los pliegos.
El adjudicatario deberá abonar a EMT el coste de los anuncios y publicaciones obligatorias realizadas en el procedimiento de contratación.
NOVENA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato podrá modificarse conforme a lo establecido en la normativa de Contratos del Sector Público, en virtud de acuerdo expreso y por escrito de las partes, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.
b) Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas.
c) Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
d) Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
e) Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
Las modificaciones no previstas en este apartado, o que estando previstas no se ajusten a lo establecido, se regirán por lo dispuesto en el artículo 205 de la ley de Contratos del Sector Público.
DÉCIMA.- PENALIZACIONES.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de su obligación principal, que es la prestación del servicio objeto del concurso según las especificaciones contratadas, dará lugar a la aplicación de las siguientes penalizaciones:
10.1 - Demora en la prestación del servicio
En cada ocasión en que se produzca un retraso en la prestación del servicio, EMT podrá aplicar una penalización del 10% del importe del servicio.
Se entenderá que existe demora cuando se produzca ausencia injustificada del personal asignado al servicio y no se proporcione cobertura con otro personal Técnico.
10.2 - Incumplimiento de los parámetros de calidad
En cada ocasión en que el servicio se preste de forma defectuosa, EMT podrá aplicar una penalización del 10% del importe del servicio.
Se entenderá que existe prestación defectuosa cuando así lo determine el Servicio de Prevención Propio de EMT mediante informe escrito.
10.3 – Reiteración de incumplimientos
La reiteración de incumplimientos de cualquier clase en más de tres ocasiones dará lugar a que EMT pueda aplicar una penalización de 500 euros, quedando además EMT facultada para resolver el contrato.
10.4.- Acumulación de penalizaciones por un total que alcance el 50% del precio del contrato
De conformidad con lo establecido en el artículo 192.1, las cuantías de las penalidades no podrán superar, en su total, el 50% del precio del contrato, IVA excluido.
Para el supuesto de que las penalizaciones aplicadas alcancen ese máximo, EMT quedará facultada para resolver el contrato.
10.5.- Incumplimiento de la condición especial de ejecución
En caso de incumplimiento de la cláusula social establecida como Condición Especial de Ejecución, EMT podrá aplicar una penalización de 5.000.- euros.
10.6.- Pago de las penalizaciones
La penalización será exigible a partir del momento que la EMT comunique por escrito al adjudicatario la comisión de la infracción y la cuantía de la pena impuesta.
El importe de las penalizaciones deberá ser abonado por el adjudicatario. Podrá ser deducido de cualquier pago que deba realizarse al adjudicatario, o en su caso, mediante realización de la garantía de correcta ejecución.
10.7.- Resarcimiento de daños y perjuicios
La pena no será sustitutiva de la obligación de cumplimiento ni de la indemnización por daños y perjuicios que pueda corresponder a la EMT.
UNDÉCIMA.- RESOLUCIÓN.
Son causas de resolución del contrato:
1. El incumplimiento esencial de las obligaciones asumidas por las partes.
2. La reiteración de acumulación de penalizaciones en la forma expuesta en la Cláusula Décima, apartado 10.4.
3. El mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que en el mismo se establezcan.
4. Incurrir el adjudicatario en incompatibilidad legal para contratar con el Ayuntamiento de València.
La resolución por causa imputable al adjudicatario tendrá efectos desde la comunicación de EMT.
DUODÉCIMA.- COMUNICACIONES.
Para todos los efectos de notificaciones, comunicaciones y requerimientos entre las partes, a que pueda dar lugar el presente pacto, ambas partes designan respectivamente como propio domicilio, el consignado en la comparecencia del contrato.
Las comunicaciones deberán realizarse por escrito, por cualquier medio que permita tener constancia del contenido de la comunicación, de su recepción o del intento de notificación y de su fecha.
Será válida la comunicación realizada mediante correo electrónico cuando se realice a las direcciones indicadas en el contrato.
Para su eficacia, cualquier modificación de la dirección postal, domicilio o dirección de correo electrónico indicada en el contrato deberá ser previamente notificada a la otra parte.
DECIMOTERCERA.- VIGENCIA E INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
Las disposiciones del contrato entrarán en vigor a partir del día de su otorgamiento.
En caso de que alguna cláusula del contrato sea declarada ilegible, inaplicable o inválida, bien en parte o bien en su totalidad, esto no afectará a la validez y aplicabilidad de los demás acuerdos del contrato.
La declaración de nulidad de una cláusula no tendrá como consecuencia la nulidad de todo el contrato más que en el supuesto de que la cláusula invalidada tenga un contenido esencial para el cumplimiento de lo pactado. En lugar de la cláusula nula y para completar la omisión se considerará acordada la cláusula legal que más se asemeje por su contenido económico a la voluntad de las partes o al sentido y finalidad perseguida por ellas.
DECIMOCUARTA- NORMAS JURÍDICAS APLICABLES.
La relación establecida al amparo del contrato es de carácter privado y, en cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por sus propias cláusulas y por lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley 9/2017.
En materia de modificación del contrato se aplicará lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y en la Directiva Europea 2014/25/UE relativa a la contratación de entidades que operan en los sectores del agua, los transportes y los servicios postales.
DECIMOQUINTA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Siempre que se produzca una situación de conflicto las partes intercambiaran comunicaciones escritas en las que definirán la situación, expondrán los argumentos en que fundamentan su posición y realizarán una propuesta para resolver la controversia. Tras el intercambio de comunicaciones, si no se alcanza una resolución por escrito en el plazo máximo de un mes a contar desde el día en que se produjo la primera comunicación, cualquiera de las partes podrá instar el procedimiento judicial.
La solución de cualquier controversia, desavenencia, divergencia o cuestión litigiosa que pudiere surgir en cuanto a la ejecución, interpretación, aplicación, nulidad, anulabilidad, eficacia, ineficacia, cumplimiento o incumplimiento del contrato, se someterá a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de València.
A N E X O Nº I
MODELO FIANZA BANCARIA EN GARANTIA DE LA CORRECTA EJECUCIÓN
El BANCO * S.A. (en adelante el BANCO), y en su nombre y representación D. * apoderado con facultades suficientes para obligar en este acto a la entidad que representa, en virtud de poder otorgado ante el Notario D. * el día * de * de *
A F I A N Z A
con carácter solidario e indistintamente, de forma irrevocable, incondicional y con carácter a primera demanda a *, con domicilio en *, calle *, con C.I.F. nº * (en adelante el ORDENANTE), ante la EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE VALÈNCIA, S.A.U (Medio Propio), con
domicilio en Pl. Xxxxxx Xxxxx, 0 - 00000 Xxxxxxxx y C.I.F. nº A-46318416 (en adelante el BENEFICIARIO), con relación a las obligaciones asumidas por el ordenante en el contrato de *, adjudicado por resolución del órgano de contratación de fecha *, expediente nº *.
PRIMERO.- El BANCO se obliga a pagar al BENEFICIARIO la cantidad que sea requerida HASTA UN MÁXIMO DE * EUROS (*€) para todo el plazo de vigencia de la fianza.
SEGUNDO.- El requerimiento de pago se formalizará por escrito, por cualquier medio que permita tener constancia del contenido de la comunicación, de su recepción o del intento de notificación y de su fecha, dirigido a la Oficina del BANCO situada en la xxxxx *, xx * de * C.P. * o al correo-e *.
TERCERO.- La cantidad requerida se hará efectiva en los cinco días siguientes al de la notificación, mediante ingreso en la cuenta bancaria que a estos efectos se indique en el propio requerimiento de pago.
CUARTO.- El BANCO renuncia expresa e irrevocablemente a los beneficios de orden, excusión y división.
QUINTO.- La presente fianza tendrá validez hasta el día * (SERA TRES MESES DESPUES DE LA FECHA PREVISTA DE FINALIZACION, INCLUIDAS LAS PRORROGAS). Pasada la fecha sin
haberse exigido el pago, la fianza quedará automáticamente sin efecto. Este aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el núm: En * a * de * de *.
A N E X O Nº III
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
DECLARACIÓN RESPONSABLE
AJUSTADA AL FORMULARIO DE DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
D. ……………...…, mayor de edad, provisto de DNI ….., actuando en nombre y representación de la empresa ……………..……, con CIF ….. y domicilio social en ………., y en su condición de
……… en relación al procedimiento de contratación Expediente n.º ……. “…………………..…………………..”, convocado mediante anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la página web de la EMT VALÈNCIA xxx.xxxxxxxxxxx.xx en su Perfil del Contratante, con fecha …………………, PONE DE MANIFIESTO:
1º) Que la sociedad está válidamente constituida.
2º) Que el firmante de esta declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de la declaración.
3º) Que conoce el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y todos los Anexos y Documentos que forman parte de la documentación publicada por EMT en relación con el citado Expediente de Contratación.
4º) Que conforme al objeto social de la sociedad puede presentarse a la licitación.
5º) Que la sociedad cumple con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos en las condiciones que establecen los Pliegos.
6º) Que ni el firmante, ni la sociedad a la que representa, ni sus administradores, ni las personas integrantes de su órgano de administración, dirección o supervisión, o que tenga poderes de representación, decisión o control en el mismo están incursos en prohibición de contratar, ni afectados de ninguna incompatibilidad legal para contratar con el Sector Público.
7º) Que ni el firmante, ni la sociedad a la que representa, ni sus administradores, ni las personas integrantes de su órgano de administración, dirección o supervisión, o que tenga poderes de representación, decisión o control en el mismo han sido condenados en los últimos cinco años,
mediante sentencia firme, por delitos de participación en una organización delictiva, corrupción, fraude, delitos de terrorismo o ligados a las actividades terroristas, blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos.
8º) Que la sociedad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma Valenciana y del Ayuntamiento de Valencia.
9º) Que la sociedad se encuentra al corriente en el ingreso de cotizaciones a la Seguridad Social.
10º) Que la sociedad cumple con las medidas técnicas y organizativas de seguridad establecidas en la normativa vigente de Protección de Datos de Carácter Personal.
11º) Que el firmante, los administradores, los representantes y los empleados de la sociedad, en caso de resultar ésta adjudicataria, mantendrán la confidencialidad a todos los efectos establecidos en los Pliegos y en el contrato sobre las obligaciones de protección de datos de carácter personal a los que puedan tener acceso, así como de los datos de EMT de los que tenga conocimiento como consecuencia o con motivo del contrato.,
Que la sociedad cumple con las medidas técnicas y organizativas de seguridad establecidas en la normativa vigente sobre Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo.
12ª) Que se designa la siguiente dirección de correo electrónico a los efectos de notificaciones, tal y como se prevé en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares.
13ª) Que la sociedad se obliga a acreditar documentalmente ante EMT, a requerimiento de esta última, la veracidad de lo declarado responsablemente en este escrito.
FECHA:
EL REPRESENTANTE DE:
SELLO Y FIRMA:
REPRESENTANTE LEGAL: