Contract
CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE UNA RELACIÓN DE ASPIRANTES A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE SOCORRISTAS ACUÁTICOS, DESTINADOS A LAS PISCINAS MUNICIPALES DE LAS LOCALIDADES INTEGRADAS EN LA MANCOMUNIDAD DEPORTIVA NAVARRA SUR, EN ORDEN A LAS NECESIDADES QUE SE PRODUZCAN DURANTE LA TEMPORADA ESTIVAL 2020.
Base 1ª. Normas generales.
1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la constitución, mediante concurso, de una relación de aspirantes a la contratación temporal en régimen laboral de socorristas acuáticos desempleados o en mejora de empleo, uno de ellos como coordinador (desempleado), con destino a las piscinas municipales de la Mancomunidad Deportiva Xxxxxxx Sur durante la temporada estival 2020.
1.2. Se estima que los puestos de trabajo de socorristas acuáticos a proveer en cada localidad serán los que se relacionan a continuación; que podrán variar en función de la evolución de la crisis sanitaria actual, causada por el COVID-19.
- Ablitas: 3.
- Buñuel: 3.
- Cabanillas: 3.
- Fitero: 3.
- Fustiñana: 3.
- Murchante: 3.
- Ribaforada: 5.
Y un coordinador del servicio.
1.3. Los contratos de trabajo de los socorristas tendrán una duración de dos meses desde la apertura de las distintas piscinas municipales y el contrato del coordinador del servicio una vigencia desde el día 15 xx xxxxx hasta el día 15 de septiembre de 2019.
1.4. Los socorristas trabajarán a tiempo parcial y su coordinador a tiempo completo; y en ambos casos el órgano competente de Mancomunidad podrá modificar su jornada de trabajo por necesidades del servicio.
1.5. Será aplicable a la relación laboral el vigente Convenio colectivo de empresas gestoras de servicios y equipamientos deportivos.
1.6. Con los aspirantes seleccionados se confeccionarán dos listas, una de socorristas y otra de coordinadores, en primer lugar, para proveer por orden de puntuación los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria, y, en segundo lugar, para cubrir los vacantes que se produzcan durante la temporada.
1.7. Funciones de los socorristas:
- Velar por la seguridad de los usuarios de las instalaciones.
- Prevenir accidentes y situaciones de emergencia en las mismas.
- Rescatar y asistir a los usuarios como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.
- Informar al coordinador de las incidencias, que se produzcan durante la prestación del servicio.
- Y cualquier otra que se le encomiende, relacionada con el puesto de trabajo.
1.8. Funciones del coordinador:
- Elaborar los calendarios de trabajo de los socorristas y fijar sus horarios.
- Realizar los ajustes de horarios y cambios de turno de éstos, necesarios para el buen funcionamiento del servicio en las instalaciones.
- Informar periódicamente al órgano competente de la Mancomunidad sobre la prestación del servicio por cada uno de los socorristas.
- Supervisar periódicamente el estado de las instalaciones.
- Sustituir puntualmente a los socorristas.
- Y cualquier otra que se le encomiende, relacionada con el puesto de trabajo.
Base 2ª. Procedimiento.
La selección de los aspirantes se llevará cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Ingreso de las Administraciones Públicas xx Xxxxxxx, que establece los procedimientos de selección del personal temporal.
Y, por tratarse de una contratación temporal para un periodo concreto, con unas condiciones y plazos muy precisos, será solicitada al Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx una relación de desempleados y en mejora de empleo, que reúnan los requisitos señalados en la siguiente de las presentes bases.
Base 3ª. Requisitos de los aspirantes.
A) Socorristas:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Comunidad Europea, o de los Estados, que proceda en virtud de tratados internacionales, según determina el artículo 7 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas xx Xxxxxxx.
c) Estar en posesión del título de socorrista acuático, según requisitos publicados en el DF 86- 2018 de 24 de octubre y encontrarse acreditado para utilizar el desfibrilador externo semiautomático (DESA) en Navarra.
d) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
f) Estar inscrito en la Oficina de Xxxxxx xx Xxxxxx, en situación de demandante o mejora de empleo.
B) Coordinador:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Comunidad Europea, o de los Estados, que proceda en virtud de tratados internacionales, según determina el artículo 7 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas xx Xxxxxxx.
c) Estar en posesión del título de socorrista acuático, según requisitos publicados en el DF 86- 2018 de 24 de octubre o equivalente y encontrarse acreditado para utilizar el desfibrilador externo semiautomático (DESA) en Navarra.
d) Estar en posesión del título de diplomado o licenciado universitario.
e) Haber prestado sus servicios de socorrismo acuático al servicio de un Administración Pública o del sector privado durante al menos tres temporadas xx xxxxxx, debidamente acreditado.
f) Disponer de permiso de conducir, clase B, con vehículo disponible.
g) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las correspondientes funciones.
g) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
h) Estar inscrito en la Oficina de Xxxxxx xx Xxxxxx en situación de demanda o mejora de empleo.
Base 4ª. Tribunal calificador.
4.1. El Tribunal estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: X. Xxxxx Xxxx Xxxx, Presidente de la Mancomunidad, o vocal de la Junta Directiva en quien delegue.
Vocales:
1º. X. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Vocal de la Junta General de la Mancomunidad. 2º.D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Vocal de la Junta General de la Mancomunidad. 3º.X. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Vocal de la Junta General de la Mancomunidad
4º. Dña. Xxx Xxxxx Zardoya Xxxxx- Coordinadora de Deportes del Ayuntamiento de Ribaforada.
5º. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx- Técnico Deportivo de la Mancomunidad.
6º. D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.- Secretario de la Mancomunidad.
4.2. El Tribunal deberá constituirse antes de la prueba selectiva, siendo necesaria para su válida constitución la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
4.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones, que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria y en caso de empate el Presidente podrá hacer uso de su voto de calidad.
4.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a éstas.
Base 5ª. Desarrollo de la selección.
El procedimiento de selección será único para todos los relacionados en ambas ofertas y constará de una fase de concurso, teniendo en cuenta la actual crisis sanitaria, causada por el COVID-19, que impide la celebración de pruebas presenciales,
Los aspirantes deberán presentar sus méritos en la sede de la Mancomunidad, en Ablitas, durante el plazo que se establezca a tal efecto, que el Tribunal calificador valorará según los baremos, que figuran en el Anexo II y Anexo III de las presentes bases.
El Tribunal en ningún momento podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito, que no hubiera sido alegado o no se hubiese acreditado documentalmente.
Los empates en el resultado final del proceso de selección se dirimirán en favor del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de días trabajados para la administración.
Base 6ª. Relación de puntuaciones y presentación de documentos.
6.1. Concluido el proceso de selección el Tribunal hará pública la relación de aspirantes seleccionados por orden de puntuación en los tablones de anuncios de la Mancomunidad en Ablitas y municipios mancomunados y elevará propuesta de contratación al Presidente de la Mancomunidad para su aprobación por éste.
6.2. Los aspirantes seleccionados habrán de presentar en la oficina de la Mancomunidad en el municipio de Ablitas o enviar de manera telemática a xxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx los siguientes documentos para ser contratados:
a) Fotocopia Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo equivalente.
b) Fotocopia de los títulos exigidos.
c) Nº de afiliación a la Seguridad Social.
d) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, conforme dispone el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Base 7ª. Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa xx Xxxxxxx, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación o notificación del acto o acuerdo recurrido o, previamente y con carácter potestativo, alguno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
b) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo xx Xxxxxxx, en el plazo de un mes, que se computará a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Mancomunidad dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
Anexo I.
Baremo de méritos de socorristas.
A) Experiencia laboral.
A.1) Experiencia como socorrista acuático al servicio de cualquier Administración Pública, con la debida relación contractual, por cada año 10 puntos y un máximo de 15 puntos.
A.2) Experiencia como socorrista acuático en el sector privado, con la debida relación contractual, por cada año 5 puntos y un máximo de 10 puntos.
Puntuación máxima total de los servicios prestados: 25 puntos.
Los servicios prestados en régimen laboral, eventual o fijo se acreditarán mediante certificados de la Administración Pública o la vida laboral del interesado.
Si coincide en el tiempo la prestación de los servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese período de coincidencia únicamente los prestados en el que tiene asignada una mayor puntuación.
Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades o mensualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad.
B) Cursos de formación.
Cursos de perfeccionamiento en materias relativas al puesto de trabajo de socorrista acuático, debidamente acreditados mediante título original o fotocopia compulsada, cuya puntuación se efectuará de la siguiente forma:
-Por cada curso de 20 horas o menos de 20: 0,50 puntos.
-Por cada curso de más de 20 y menos de 50 horas: 0,75 puntos.
-Por cada curso de 50 horas y menos de 100 horas: 1,5 puntos.
-Por cada curso de 100 o más horas: 2 puntos.
La suma total de todos los cursos de perfeccionamiento no podrá superar los 5 puntos.
La máxima puntuación total del concurso (servicios prestados y formación complementaria): 30 puntos.
Anexo III.
Baremo de méritos del coordinador.
A) Experiencia laboral.
A.1) Experiencia como coordinador/gestión de actividades deportivas y experiencia como socorrista acuático al servicio de cualquier Administración Pública, con la debida relación contractual, por cada año 10 puntos y un máximo de 15 puntos.
A.2) Experiencia como coordinador/gestión de actividades deportivas y experiencia como socorrista acuático en el sector privado, con la debida relación contractual, por cada año 5 puntos y un máximo de 10 puntos.
Los servicios prestados en régimen laboral, eventual o fijo se acreditarán mediante certificados de la Administración Pública o la vida laboral del interesado.
Si coincide en el tiempo la prestación de los servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese período de coincidencia únicamente los prestados en el que tiene asignada una mayor puntuación.
Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad.
Puntuación máxima total: 25 puntos.
B) Cursos de formación.
Cursos de perfeccionamiento en materias relativas coordinador/gestión de actividades deportivas o socorrismo, en cuyo caso debidamente acreditados mediante título original o fotocopia compulsada, y cuya puntuación se efectuará de la siguiente forma:
-Por cada curso de 20 horas o menos de 20: 0,50 puntos.
-Por cada curso de más de 20 y menos de 50 horas: 0,75 puntos.
-Por cada curso de 50 horas y menos de 100 horas: 1,5 puntos.
-Por cada curso de 100 o más horas: 2 puntos.
La suma total de todos los cursos no podrá superar los 5 puntos.
C) Entrevista personal.
El Tribunal Calificador mantendrá una entrevista personal con los cinco aspirantes, que hayan obtenido la máxima puntuación total en las fases anteriores.
Puntuación máxima: 10 puntos.
La máxima puntuación total del concurso (servicios prestados y formación) y entrevista: 40 puntos.
DILIGENCIA: Para hacer constar que las bases anteriores, que constan de seis páginas, han sido aprobadas en sesión extraordinaria de 3 xx xxxxx de 2020 de la Junta General de la Mancomunidad Deportiva Xxxxxxx Sur.
EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO,
Firmado digitalmente por 78756325R XXXXX XXXX (R: G31433733) Fecha: 2020.06.08
11:57:06 +02'00'
XXXX XXXXXXX - 07837511P
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX - 07837511P Fecha: 2020.06.08 12:25:57
XXXXX XXXXXXXXX
+01'00'
Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.