JUNTA DE ANDALUCIA
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESAS Y TRABAJADORES AUTONOMOS CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE.
Expediente: 11/01/0333/2022 Fecha: 05/01/2023
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: XXXXXX XXXXX XXXXXX Código 11100382012014.
Visto el texto del Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora sobre modificación de convenio colectivo del PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE, suscrito por las partes el día 28-10-2022, aprobado por Acuerdo de la Junta Rectora con fecha 15-11-2022, y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 19-12-2022, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 xx xxxx, sobre registro y depósito de
Grupo A. dividido en dos Subgrupos A1 y A2.
Para el acceso a este grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de grado. Transitoriamente se admitirá estar en posesión de un título de licenciado para acceder al subgrupo A1, y de Diplomado o un antigüedad de ocho años de servicios prestados en el grupo A2 para el acceso al grupo A2
Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2:
Para el acceso al Grupo C1 se exigirá estar en posesión del título xx xxxxxxxxx, técnico o equivalente, o una antigüedad de ocho años por servicios prestados en el grupo C1.
Para el grupo C2 se debe estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
Grupo E: Para el acceso a este grupo no se exigirá titulación alguna. En este grupo se encuadra el personal de oficios”.
Se acuerda modificar el citado articulo en los términos que ha quedado
transcrito.
TERCERO. Dar traslado de los anteriores acuerdo a la autoridad laboral competente.
CUARTO. Publicar los anteriores acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
No habiendo más asuntos que tratar, por orden de la Presidencia, se da por terminada la reunión a las 13:40 horas del día citado al principio.
Y para que quede constancia de lo tratado, yo, el Secretario, redacto la presente Acta; doy fe. 08/11/2022. Firmado: XXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Nº 1.378
convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre
traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en
materia de trabajo; Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia
DIPUTACION PROVINCIAL XX XXXXX
y sobre reestructuración de Xxxxxxxxxxx,
RESUELVE:
Primero: Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de la Comisión Negociadora sobre modificación de convenio colectivo en la empresa PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE, en.el
correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia xx
Xxxxx.
Cádiz, a 4 de enero de 2023. DELEGADO TERRITORIAL DE LA DELEGACION DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO. XXXXXX XXXXXXX XXXXX.
Expediente n.º: 298/2022. Procedimiento: Negociación Colectiva
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE UBRIQUE, CELEBRADA EL 28 DE OCTUBRE DE 2022
En Ubrique, siendo las 13:05 horas del día 28 de octubre de 2022, se reúnen, en la Xxxx xx Xxxxx del Ayuntamiento, las personas que se indican a continuación, para celebrar sesión constitutiva de la Comisión Negociadora del Personal Laboral del Patronato Municipal de Deportes de Ubrique y toma de acuerdos, en virtud de lo dispuesto en los artículos 38.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y 85.3 e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
ASISTENTES
— Presidenta: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx. Alcaldesa-Presidenta
— Vocal: M.ª Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx. Concejala-Delegada de Personal
— Vocal: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Concejala-Delegada de Deportes
— Vocal: Xxxx Xxxxxxx Xxxx. CSIF
— Vocal: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx. UGT
— Vocal: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. UGT
— Secretario: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Letrado Asesor Ayuntamiento ACUERDAN
PRIMERO. Constituir la Comisión Negociadora del Personal Laboral del Patronato Municipal de Deportes de Ubrique, integrada por las partes negociadoras antes relacionadas.
SEGUNDO. Modificar la redacción del artículo 13 del Convenio Colectivo de Patronato Municipal de Deportes de Ubrique.
Conforme a lo prevenido en el articulo 22 y 89 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores y articulo 5 del Convenio Colectivo del Convenio Colectivo se eleva a la Junta Rectora para la aprobación la siguiente modificación puntual del articulo 13. “ARTICULO 13.-GRUPOS DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
(Redacción actual).
La clasificación en grupos profesionales se realiza de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos.
Grupo A. dividido en dos Subgrupos A1 y A2.
Para el acceso a este grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de grado. Transitoriamente se admitirá estar en posesión de un título de licenciado para acceder al subgrupo A1, y de Diplomado para el A2.
Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2:
Para el acceso al Grupo C1 se exigirá estar en posesión del título xx xxxxxxxxx, técnico o equivalente. Para el grupo C2 se debe estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
Grupo E :Para el acceso a este grupo no se exigirá titulación alguna. En este grupo se encuadra el personal de oficios”.
“ARTICULO 13.- GRUPOS DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
(modificación propuesta).
La clasificación en grupos profesionales se realiza de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos.
AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS,
HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA ZONA DE LA SIERRA. OFICINA XX XXXXXX
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO
Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Jefe de la Unidad de Recaudación de la Zona de la Sierra, Oficina xx Xxxxxx, del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial xx Xxxxx.
HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia xx Xxxxx y en el Tablón de anuncios de la Mancomunidad de Municipios de la Xxxxxx xx Xxxxx, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
XXXXXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX, 0x XXXXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX, 0x XXXXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX , 0x XXXXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, 0x XXXXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX, 0x XXXXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX, 0x XXXXXXXXX XX 0000 XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX, 0x XXXXXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXX XX XXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX, 0x BIMESTRE DE 2022
PLAZOS DE INGRESO: del 10 de Enero hasta el 31 de Marzoo de 2.023, ambos inclusive.
MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio:
CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, UNICAJA, CAJAMAR
LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 a 14:00 horas.
• Mediante díptico/carta de pago.
• Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
• A través de Internet, en la Página Web xxx.xxxxxx.xx.
• Mediante Plan de Pago Personalizado.
Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán personarse en la Unidad de Recaudación xx Xxxxxx, oficina de atención al público sita en c / Bellavista, 16, en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Lo que hago público para general conocimiento. En Olvera, a 09 de Enero de 2.023. El Jefe de la Unidad de Recaudación. Firmado: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Nº 1.525
AREA DE SERVICIOS ECONOMICOS, HACIENDA Y RECAUDACION
SERVICIO DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA ZONA DE LA SIERRA. OFICINA XX XXXXXX
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO
Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Jefe de la Unidad de Recaudación de la Zona de la Sierra, Oficina xx Xxxxxx, del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial xx Xxxxx.
HAGO SABER
En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia xx Xxxxx y en el Tablón de anuncios de la Mancomunidad de Municipios de la Xxxxxx xx Xxxxx, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
TASA DE RECOGIDA DE BASURA DEL MUNICIPIO DE UBRIQUE, 4º TRIMESTRE DE 2.022.
TASA DE RECOGIDA DE BASURA DEL MUNICIPIO DE GRAZALEMA, 4º TRIMESTRE DE 2.022.
PLAZOS DE INGRESO: del 16 de Enero hasta el 31 xx Xxxxx de 2.023, ambos inclusive.
MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio: CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, UNICAJA y CAJAMAR
LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 a 14:00 horas.
• Mediante díptico/carta de pago.
• Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
• A través de Internet, en la Página Web xxx.xxxxxx.xx.
• Mediante Plan de Pago Personalizado.
Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán personarse en la Unidad de Recaudación xx Xxxxxx, oficina de atención al público sita en c / Bellavista, 16, en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
EMPLEOS | ||
CAPÍTULO | DENOMINACIÓN | IMPORTE |
IX | PASIVOS FINANCIEROS | 15.527,38 |
RECURSOS | ||
CAPÍTULO | DENOMINACIÓN | IMPORTE |
II | GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS | 15.527,38 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Arcos de la Frontera a 02/01/23. El Alcalde. Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx
Nº 1.456
AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 28 de noviembre de 2022, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/SUP/04/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de créditos financiado con remanente de tesorería para gastos generales, liquidación 2021, que se hace público como sigue a continuación y resumido por capítulos:
EMPLEOS: | ||
CAPÍTULO | DENOMINACIÓN | IMPORTE |
Capítulo I | GASTOS DE PERSONAL | 187.262,21 |
Capítulo III | GASTOS FINANCIEROS | 760,00 |
RECURSOS: | ||
Remanente de Tesorería para Gastos Generales, liquidación 2021. |
ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Lo que hago público para general conocimiento.
En Olvera, a 9 de Enero de 2.023. El Jefe de la Unidad de Recaudación. Firmado: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Nº 1.803
ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXXXXX
ANUNCIO
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 29 de diciembre de 2022 aprobó inicialmente el expediente de modificación de crédito número 3.2023.001 sobre los Presupuestos prorrogados del ejercicio 2023.
Dicho expediente se someterá a información pública durante el plazo de 15 días hábiles contados desde el día posterior a la publicación de este anuncio, conforme a los artículos 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 0 xx xxxxx, x 00 xxx Xxxx Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx. Durante este plazo los interesados que reúnan las condiciones establecidas por el artículo 170 del referido Real Decreto Legislativo podrán presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el propio Ayuntamiento Pleno, siempre que se ajusten a los supuestos previstos en el citado artículo.
El expediente estará a disposición de los interesados en la Intervención General, sita en la planta primera del Xxxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx xxx Xxx, XX 00000; la dirección electrónica establecida a estos efectos será registro@ xxxxxxxxxxx.xx.
En el caso de no interponerse reclamaciones el acuerdo provisional será elevado a definitivo, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
En San Xxxxxxxx, 05/01/2023. LAALCALDESA. Firmado: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. 04/01/2023. El Interventor General. Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
Nº 1.447
AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elAcuerdo plenario de fecha 28 de noviembre de 2022, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 3/CEX/08/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, que se hace público como sigue a continuación y resumido por capítulos:
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Arcos de la Frontera a 02/01/23. El Alcalde. Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx.
Nº 1.490
AYUNTAMIENTO DE BARBATE
ANUNCIO
Por Acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 14 de diciembre de 2022, se acordó, en relación con el “PUNTO 9.- SERVICIO MUNICIPAL DE URBANISMO: CORRECCIÓN ERROR ACUERDO DE PLENO 7 SEPTIEMBRE DE APROBACIÓN INICIAL CAMBIO DE SISTEMA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-B17 “EL XXXXXXX” DEL PGOU DE BARBATE, SOLICITADO POR D. XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LAAGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA (AVRA):
“PRIMERO: Corregir el error detectado en el acuerdo de Pleno de 7 de septiembre de 2022, en su parte resolutiva, Punto Primero, y donde dice: “Aprobar inicialmente el Cambio de Sistema de la Unidad de Ejecución B17 “El Xxxxxxx” de Compensación a Cooperación, toda vez que si bien es cierto que en su día pudiese haber estado justificado el cambio de sistema realizado por incumplimiento de los plazos de ejecución por el propietario, también hay que reconocer que desde el año 2005 por esta administración no se ha procedido al desarrollo de la unidad, siendo la Junta de Andalucía, como propietaria única del sector, a través de su Agencia AVRA, desde donde se está llevando a cabo el actual impulso de la unidad, con la presentación del Estudio de Detalle, y el Proyecto de Reparcelación”, debe decir:
PRIMERO: Aprobar inicialmente el Cambio de Sistema de la Unidad de Ejecución B17 “El Xxxxxxx” de COOPERACIÓN A COMPENSACIÓN, toda vez que si bien es cierto que en su día pudiese haber estado justificado el cambio de sistema realizado por incumplimiento de los plazos de ejecución por el propietario, también hay que reconocer que desde el año 2005 por esta administración no se ha procedido al desarrollo de la unidad, siendo la Junta de Andalucía, como propietaria única del sector, a través de su Agencia AVRA, desde donde se está llevando a cabo el actual impulso de la unidad, con la presentación de Estudio de Detalle, y el Proyecto de Reparcelación.
SEGUNDO.- Someter el presente acuerdo a información pública y audiencia a las personas propietarias afectadas por plazo de VEINTE DÍAS, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y dar cumplimiento a las exigencias de publicidad activa en virtud de lo dispuesto en el art. 21.4 de la Ley de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la normativa vigente en materia de transparencia,
esto es inserción de Anuncio en el Tablón de Anuncios y en su sede electrónica y portal de transparencia.”.
29/12/2022. EL ALCALDE. Fdo: Xxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxxx.
Nº 1.569
AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria celebrada el día doce de diciembre de dos mil veintidós, ha adoptado acuerdo de APROBACIÓN DEFINITIVA el MODIFICADO DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN NÚMERO 1 DEL SUELO URBANIZABLE ORDENADO SUO-1
“XXXXXXXXXX 0”, xxxxx documentación técnica aportada por los Administradores Mancomunados de la entidad promotora, la Junta de Compensación de dicha Unidad de Ejecución nº 1.
Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otro que los interesados estimen oportuno ejercitar:
- REPOSICIÓN, de acuerdo con el art. 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes. Contra la resolución del recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.
- CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: de acuerdo con los art. 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación o notificación del acto, o, en su caso, desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que dicho recurso deba entenderse presuntamente desestimado.
Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Lo que se hace público para general conocimiento. Lo que se hace público para general conocimiento. En Vejer de la Frontera,
30/12/2022. EL CONCEJAL DELEGADO. Fdo. Xxxx Xxxxx Xxxxxx.
Nº 1.636
AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria celebrada el día veintiocho de octubre de dos mil veintidós, ha adoptado acuerdo de RATIFICACIÓN del Proyecto de Reparcelación promovido por la Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxx Xxxxxxx xxx XXX-0 “MALCUCAÑA” del Plan General de Ordenación Urbana de Vejer de la Frontera (CÁDIZ), que incluye operaciones jurídicas complementarias, y adendas de coordenadas georreferenciadas de los vértices de las parcelas resultantes, Ficha de la P1. M-1, y Planos A01 parcelas resultantes/Afecciones Resultantes de la delimitación técnica DPH y A02 de Ordenanzas/Afecciones Resultantes de la delimitación técnica DPH.
Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos, sin perjuicio de cualquier otro que los interesados estimen oportuno ejercitar:
- REPOSICIÓN, de acuerdo con el art. 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes. Contra la resolución del recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.
- CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: de acuerdo con los art. 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación o notificación del acto, o, en su caso, desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que dicho recurso deba entenderse presuntamente desestimado.
Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Lo que se hace público para general conocimiento. Lo que se hace público para general conocimiento. En Vejer de la Frontera,
30/12/2022. EL CONCEJAL DELEGADO. Fdo. Xxxx Xxxxx Xxxxxx.
Nº 1.639
AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA
ANUNCIO
ElAyuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 31 de octubre de 2022, acordó aprobar inicialmente la modificación parcial de las siguientes ordenanzas fiscales, publicado en el BOP xx Xxxxx nº. 224 de 23 de noviembre de 2022):
- Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial del dominio público a favor de empresas o entidades que utilizan el dominio público para prestar servicios de suministro de interés general.
- Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa sobre el cementerio municipal.
- Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la tramitación de licencias de apertura de establecimientos.
Habiendo transcurrido el plazo de exposición pública y no habiéndose presentado alegaciones al citado expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, se eleva a definitiva dicha aprobación, cuyo contenido íntegro se inserta a continuación:
PRIMERO.- Modificar parcialmente la Ordenanza Fiscal nº. 4 reguladora del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica en los siguientes términos:
- Se modifica el artículo 7º de la citada ordenanza fiscal, quedando redactada de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 7º.- GESTIÓN DEL IMPUESTO
- La gestión, liquidación, inspección y la revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria corresponde al Ayuntamiento del domicilio que conste en el Permiso de circulación del vehículo.
- En el caso de primera adquisiciones de vehículos o reforma del vehículo, los sujetos pasivos ingresarán el importe de la cuota del Impuesto resultante en régimen de autoliquidación en el plazo de treinta días que se contarán desde la fecha de la adquisición, con carácter previo a la matriculación del vehículo. La Administración comprobará que la misma se ha efectuado mediante la correcta aplicación de las normas reguladoras del Impuesto. Con posterioridad, una vez comprobada la documentación remitida por la Jefatura Provincial de Tráfico se emitirá, si procede, liquidación definitiva.
- En los supuestos de baja, transferencia y cambio de domicilio que conste en el permiso de circulación del vehículo, los sujetos pasivos deberán acreditar el pago del último recibo presentado al cobro.
- En el caso de vehículos ya matriculados, o declarados aptos para la circulación, el pago de las cuotas anuales del Impuesto se realizará mediante recibo de cuota anual en el plazo voluntario que el Ayuntamiento establezca al efecto.
- ElAyuntamiento, anualmente formará el padrón del Impuesto, en el que figurarán todos los vehículos sujetos a tributación que se hallen inscritos en el correspondiente Registro Público a nombre de personas o entidades domiciliadas en este término municipal.
- Las modificaciones xxx xxxxxx se fundamentarán en los datos del Registro Público de Tráfico y en las Comunicaciones de la Jefatura de Tráfico relativas a altas, bajas, transferencias y cambios de domicilio.
- El citado xxxxxx se expondrá al público por un plazo de quince días para que los interesados legítimos puedan examinarlo, y en su caso, formular las reclamaciones oportunas. La exposición al público xxx xxxxxx se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia y producirá los efectos de notificación de la liquidación a cada uno de los sujetos pasivos.
- Contra los recibos que forman el padrón anual del impuesto, los interesados pueden interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública xxx xxxxxx.”
SEGUNDO.- Modificar parcialmente la Ordenanza Fiscal nº. 32 reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial del dominio publico a favor de empresas o entidades que utilizan el dominio publico para prestar servicios de suministro de interés general en los siguientes términos:
- Se modifica el artículo 8º de la citada ordenanza fiscal, quedando redactada de la siguiente forma:
“ARTICULO 8. RÉGIMEN DE DECLARACIÓN Y DE INGRESO.
1. Se establece el régimen de autoliquidación que tendrá periodicidad trimestral y comprenderá la totalidad de los ingresos brutos facturados en el trimestre natural al que se refiera. El plazo para presentar e ingresar la autoliquidación sera del 1 al 20 del mes siguiente al período de liquidación (xxxxx, xxxxx, octubre) y la autoliquidación correspondiente al cuarto trimestre se presentará del 1 al 30 de enero.
2. El cese en la prestación de cualquier suministro o servicio de interés general, comporta la obligación de hacer constar esta circunstancia en la autoliquidación del trimestre correspondiente así como la fecha de finalización.
3. Los sujetos pasivos de las tasa deberán presentar al Ayuntamiento antes del 30 xx xxxxx de cada año la declaración final correspondiente al importe de los ingresos brutos facturados el ejercicio inmediatamente anterior.
4. Las empresas que utilicen redes ajenas deberán acreditar la cantidad satisfecha al propietario de las redes en orden a justificar la minoración de ingresos a que se refiere el artículo 5.2 de la presente Ordenanza.
5. ElAyuntamiento comprobará el contenido de la autoliquidación y practicará liquidación definitiva, que se notificará a los interesados a los efectos pertinentes.”
TERCERO.- Modificar parcialmente la Ordenanza Fiscal nº. 10 reguladora de la Tasa por licencias de apertura de establecimientos en los siguientes términos:
- Se modifican los apartados 2º y 3º del artículo 9º de la citada ordenanza fiscal, quedando redactada de la siguiente forma:
“2. La Tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, que se aportará junto a la solicitud de licencia de apertura, o junto a la declaración responsable o comunicación previa que se realicen. La Administración Municipal podrá comprobar la base imponible declarada y, a la vista de tal comprobación, practicará la liquidación definitiva que proceda, con deducción, en su caso, de lo ingresado previamente.
3. La liquidación o autoliquidación provisional no creará derecho alguno para el solicitante ni le facultará para realizar la apertura del establecimiento, que sólo podrá llevarse a cabo cuando se obtenga la licencia municipal, o en su caso, cunado se presente declaración responsable o comunicación previa”
CUARTO.- Modificar parcialmente la Ordenanza Fiscal nº. 11 reguladora de la Tasa sobre el cementerio municipal en los siguientes términos:
- Se modifica el artículo 9º de la citada ordenanza fiscal, quedando redactada de la siguiente forma:
“ARTICULO 9. RÉGIMEN DE DECLARACIÓN Y DE INGRESOS
- Las cuotas exigibles por los servicios regulados en esta Ordenanza se exigirán en régimen de autoliquidación, la cual se presentará por los interesados junto con la solicitud de servicios, actividades administrativas o utilización de los bienes e instalaciones del cementerio. LaAdministración Municipal podrá comprobar la base imponible declarada
y, a la vista de tal comprobación, practicará la liquidación definitiva que proceda, con deducción, en su caso, de lo ingresado previamente.
- No obstante, el Ayuntamiento podrá, podrá practicar liquidación, especialmente en los supuestos en los que por la fecha de prestación del servicio o por el tiempo transcurrido entre la solicitud del mismo y su prestación por parte del Servicio de Cementerio Municipal, no fuera viable el régimen de autoliquidación.”
Contra el mencionado acuerdo definitivo de modificación de ordenanzas fiscales, los interesados podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo con sede en Jerez de la Frontera, en la forma que se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Lo que se comunica para su general conocimiento y efectos oportunos. En Arcos de la Frontera, a 09 de enero de 2023. EL ALCALDE. Fdo.:
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx. Nº 1.749
AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS
EDICTO
A tenor de lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento 3/1995, de 7 xx xxxxx, de los jueces xx Xxx, y resultando que se ha producido la vacante del Xxxx xx Xxx Titular de este municipio, y que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a las referidas personas que deben ocupar tales puestos, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 xx xxxxx, de los jueces xx Xxx.
Que habiéndose comunicado a este Ayuntamiento por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla la vacante del cargo de Xxxx xx Xxx Titular en el Juzgado xx Xxx de Los Barrios.
A tal efecto se abre un período de QUINCE DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, para que todas aquellas personas interesadas en ocupar el citado cargo y que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 1.2 del citado reglamento (ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) y que no estén igualmente incursos en las causas de incompatibilidad y prohibiciones reguladas en los artículos 389 a 397 de la citada ley, puedan presentar sus solicitudes en el Registro General de este Ayuntamiento, en horario de oficina, o mediante el procedimiento establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de una declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial para ocupar el cargo de Xxxx xx Xxx Titular.
Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.
La elección se efectuará por el Ayuntamiento entre las personas que reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiera solicitantes, el Pleno elegirá libremente.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos. En Los Barrios a 05/01/2023. EL ALCALDE. Fdo: Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Nº 1.788
AYUNTAMIENTO XX XXXXX
ANUNCIO
Por el Concejal Delegado de Coordinación y Personal del Ayuntamiento xx Xxxxx, se ha dictado el siguiente DECRETO número 2022/6662 en fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000
XXXXXX: APROBACIÓN DE BASES Y CONVOCATORIA PUBLICA PROCESO SELECTIVO PARA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE AYUDANTE DE ESPECTACULO.
EXPEDIENTE: SEL/BOLSA AY.ESPECTÁCULO ANTECEDENTES:
Se propone la aprobación de las Bases Reguladoras y convocatoria pública de un proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de Empleo con la categoría de AYUDANTE DE ESPECTACULO, para nombramientos temporales conforme al art. 10 del EBEP.
Dichas bases han sido objeto de negociación en Mesa de Negociación de Funcionarios de fecha 10 de noviembre de 2022
BASES REGULADORAS SELECCIÓN PARA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL PARA LA OCUPACIÓN DE PUESTO CONFORME AL ART.10 DEL TREBEP
Las presentes normas tienen por objeto la regulación del proceso de selección para la constitución de Bolsa de Empleo Temporal para ocupación de PUESTO DE AYUDANTE DE ESPECTÁCULOS DE CARNAVAL, como funcionario/as interino/ as del Ayuntamiento xx Xxxxx, de forma temporal de conformidad con el artículo10 del TREBEP. Dicha selección se regulará por el Decreto 2022/1770 de 29 xx xxxxx del 2022 (BOP número 71 de fecha 18 xx xxxxx del 2022) y demás normativa de aplicación. 1- RÉGIMEN JURÍDICO: FUNCIONARIO/AINTERINO/ATEMPORAL
2- SISTEMA DE SELECCIÓN: OPOSICIÓN.
3- CARACTERÍSTICA/S DEL PUESTO:
• DENOMINACIÓN: AYUDANTE DE ESPECTACULO DE CARNAVAL
• CLASIFICACIÓN DEL PUESTO OFERTADO: Escala: Administración Especial, Subescala, Servicios Especiales, Clase: Personal de Oficios
• GRUPO/SUBGRUPO DE TITULACIÓN: (Grupo C / Subgrupo C2) 4- REQUISITOS:
1- Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2- Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3- Estar en posesión de Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Grado Básico, o equivalente según la normativa de regulación, a la fecha fin de presentación de solicitudes o en condiciones de poder estarlo.
4- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
5- No estar incurso/a en causa vigente de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función Pública.
6- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto convocado y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desempeñar
5- SOLICITUDES:
PLAZO: Diez días hábiles a partir del día siguiente al de la exposición del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
LUGAR: Las solicitudes y documentación se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx, sito en Xxxxx Xxx Xxxx xx Xxxx x/x, Xxxxx, o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y se acompañaran de los documentos señalados en los apartados siguientes. En caso de presentarse la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia que se remita sea fechada y sellada por la Oficina de Correos antes de ser certificada, tal y como señala el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De no ser así no podrá estimarse como presentada en fecha.
DOCUMENTACIÓN: Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial y normalizado que figura como Anexo 2 de las presentes bases y que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Atención al Ciudadano así como en el Área de Personal del Ayuntamiento xx Xxxxx, sitos en planta baja y en segunda planta de la Casa Consistorial, ubicada en Xxxxx Xxx Xxxx xx Xxxx x/x, Xxxxx (Xxxxx, 11005).
El modelo también se encuentra disponible en la página web corporativa, xxx.xxxxx.xx entrando sucesivamente en los siguientes enlaces: Ayuntamiento xx Xxxxx/Personal/Oferta de empleo público.
A la solicitud habrá de adjuntarse:
• Fotocopia del DNI o, en su caso, del documento oficial de renovación del mismo, o pasaporte, cuando no tenga la nacionalidad española.
• Fotocopia del Titulo académico exigido en los requisitos o documento oficial de la solicitud del mismo.
6- LISTA DE ADMITIDO/AS, FECHA Y LUGAR DE LA PRUEBA, COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL
6.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/ as. Dicha resolución, se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación o en la página web corporativa, xxx.xxxxx.xx.
Se concederá a los/as aspirantes un plazo de subsanación de defectos de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
En el plazo se subsanación no se pueden alegar méritos no alegados en el impreso de auto baremación inicial.
6.2 La fecha, lugar y composición del tribunal se publicará junto a la lista provisional. Una vez publicado el Tribunal, podrá cualquier interesado/a promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo, conforme al artículo 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.
6.3 Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados por el la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Corporación o en la página web corporativa, xxx.xxxxx.xx, la lista definitiva.
Finalizado el plazo, no habiéndose presentado subsanación alguna por parte de los aspirantes, la lista provisional se eleva a definitiva.
7- RÉGIMEN DE SELECCIÓN:
Constará de dos pruebas que se realizarán en un solo acto: PRUEBA 1:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas sobre las materias incluidas en el Temario. Las preguntas podrán incluir tanto aspectos teóricos como prácticos.
Tiempo de realización: 50 minutos.
Se entenderá que pasa a la siguiente fase solo los candidatos que hayan superado la prueba con al menos un cinco en la calificación.
PRUEBA 2:
Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal y relacionados con el Temario.
Para la superación de está prueba tendrá que obtener una calificación de al menos un cinco. La calificación final será la suma aritmética de ambas pruebas.
8- CRITERIOS DE CORRECCIÓN:
PRUEBA TEST
- Las preguntas correctamente contestadas se valorarán con 1 punto (+1).
- Las preguntas incorrectamente contestadas se valorarán con menos 0,25 puntos (-0,25).
- Las preguntas no contestadas o en blanco se valorarán con menos 0,1 puntos (-0,1).
- Se realizará de forma anónima
PRUEBA PRÁCTICA
La prueba práctica que deberá estar íntimamente relacionada con las funciones a desarrollar se valorara las actitudes y conocimientos prácticos necesarios para la ejecución del puesto conforme a los parámetros que deberán ser previamente definidos por el Tribunal antes de la realización del ejercicio.
9- CONFORMACIÓN DE BOLSA
Por orden de prelación de la puntuación obtenida. 10- BASE FINAL
En lo no dispuesto en las presentes bases se aplicarán las bases comunes para el acceso a funcionario xx xxxxxxx del Ayuntamiento xx Xxxxx publicadas en BOP Cádiz: 29/04/2019-16/12/2019-19/05/2020- 25/03/2022, en cuanto sean aplicables en atención a la urgencia y necesidad del proceso selectivo de funcionario interino/a, interpretándose en ese sentido.
ANEXO I:
TEMARIO AYUDANTE DE ESPECTACULO TEMAS COMUNES:
1. La Constitución Española de 1978: Principios generales. Características y Estructura.
2. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Especial consideración del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración.
3. El acto administrativo: concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local. Sus fases. El silencio administrativo.
4. Régimen local español: Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización y competencias municipales/provinciales.
5. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Clasificación del personal . Acceso a la función pública. Situaciones administrativas.
TEMAS ESPECIFICOS:
1. El GranTeatro Falla: Historia.Aforo y distribución del público. Control de acceso alTeatro.
2. Organización y disposición de los servicios necesarios antes del inicio de una función. La Seguridad del público durante una función Teatral.
3. Desarrollo de espectáculo: Planificación del servicio de porteros y acomodadores. Vocabulario escénico.
4. El Concurso deAgrupaciones del Carnaval xx Xxxxx : Modalidades, Categorías, Fases.
5. Actividades con las Agrupaciones del COAC en el Carnaval xx Xxxxx: Batalla de Coplas, Carruseles de Coros y Circuito de Agrupaciones. Programa Gala del Carnaval y Noche Carnavalesca.
ANEXO II
SOLICITUD DEADMISIÓNAPRUEBAS SELECTIVAS PARALACONSTITUCIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PARA OCUPACIÓN DE PUESTOS/S DE FUNCIONARIO/AS INTERINO/S DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX, DE CONFORMIDAD CON ELART.10 DEL TREBEP NOMBRAMIENTO TEMPORAL DATOS DE LA CONVOCATORIA Y DEL/A ASPIRANTE
Puesto al que aspira: | Fecha convocatoria: | |
N.I.F. | 1º Apellido: | |
2º Apellido: | Nombre: | |
Domicilio (Calle, plaza…): | Nº: | Piso: |
C.P: | Provincia: | Localidad: |
Teléfonos: | Email: |
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ADJUNTARSE A LA INSTANCIA:
1.-Fotocopia del DNI o documento de renovación.
2.-Fotocopia del título exigido en las bases reguladoras o del resguardo de solicitud.
El abajo firmante solicita ser admitido en las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente cuantos datos se especifican en ellas.
………………, a ……… de… de 20 ……
FIRMA Fdo:.......................................................................................
En cumplimiento de lo dispuesto en el Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Excmo.Ayuntamiento xx Xxxxx le informa que sus datos personales, obtenidos mediante la cumplimentación de este documento van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado de gestión de personal, que tratará a todos los participantes, en la presente convocatoria conforme al procedimiento establecido en la misma, siendo el domicilio indicado en el mismo a efectos de notificaciones.
De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos dirigiendo un escrito al Servicio de Personal de este Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, sito en Xx. Xxx Xxxx xx Xxxx x/x 00000 Xxxxx ILMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX
DISPONGO:
En virtud de Decreto de Delegación de la Alcaldía-Presidencia de fecha veinticuatro xx xxxxx de dos mil diecinueve, publicado en el BOP xx Xxxxx de 5 xx xxxxxx de 2019:
1º/ La aprobación de las Bases Reguladoras y la convocatoria pública de un proceso selectivo para la constitución de una bolsa deAYUDANTE DE ESPECTACULO, para nombramientos temporales conforme al art. 10 del EBEP
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la exposición del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
Lo que se publica, para su conocimiento y efectos, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en la plazo de un mes, ante al Alcalde o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo xx Xxxxx, en el plazo de dos meses, a contar el día siguiente a la recepción de esta notificación.
Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
03/01/23. EL DIRECTOR DEL AREA DE PERSONAL. POR DELEGACIÓN DEL SECRETARIO GENERAL. Firmado. Nº 1.800
AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE LA FRONTERA
ANUNCIO
Mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Conil de la Frontera, número 5158 de fecha 31 de diciembre de 2022, se acordó lo siguiente: “Visto el Decreto nº 4570, de fecha 11 de noviembre de 2022, por el que se aprueban las Bases que han de regir la convocatoria del proceso selectivo de Estabilización
de Empleo temporal de las plazas que se rigen por artículo 2 de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, por concurso-oposición, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx nº 229, de fecha 30 de noviembre de 2022.
Visto el Decreto nº 5068, de 24 de diciembre de 2022 por el que se rectifica la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de Estabilización de este Ayuntamiento, adaptándola a las modificaciones de la Plantilla de Personal, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 22 de diciembre de 2022, en relación a las plazas cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición
Resultando necesaria la modificación de las Bases que han de regir la convocatoria del proceso selectivo de Estabilización de Empleo temporal de las plazas que se rigen por artículo 2 de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, por concurso-oposición, para ajustarla a la rectificación de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de Estabilización de este Ayuntamiento aprobada el Decreto nº 5068, de 24 de diciembre de 2022; esta Alcaldía, en virtud del artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local RESUELVE:
PRIMERO.- Modificar el Decreto nº 4570, de fecha 11 de noviembre de 2022, por el que se aprueban las Bases que han de regir la convocatoria del proceso selectivo de Estabilización de Empleo temporal de las plazas que se rigen por artículo 2 de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, por concurso-oposición, en el siguiente sentido:
Donde dice:
<< BASES POR LAS QUE SE REGIRÁN LOS PROCESOS SELECTIVOS CONVOCADOS POR EL AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE LA FRONTERA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LAS PLAZAS A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO.
… PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMAS GENERALES
1.2.- Las plazas objeto de esta convocatoria son las siguientes, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público Excepcional de Estabilización aprobada mediante el
Decreto de Alcaldía nº 1506 de fecha 10 xx xxxx de 2022, rectificado el Decreto nº 4213, de fecha 20 de octubre de 2022, que se especifican a continuación:
VÍNCULO | DENOMINACIÓN PLAZAS | Nº | TURNO | GR/SUBG | ESCALA | SUBESCALA | CATEGORÍA |
FUNCIONARIO | ARQUITECTO TÉCNICO | 2 | LIBRE | A2 | ADM. ESPECIAL | TÉCNICA | TÉC. MEDIO |
LABORAL FIJO | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1 | LIBRE | C2 | |||
LABORAL FIJO | LIMPIADOR DE EDIFICIOS PÚBLICOS | 1 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | MENSAJERO | 1 | LIBRE | C2 | |||
LABORAL FIJO | PEÓN DE LIMPIEZA VIARIA | 1 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | PEÓN DE RECOGIDA DE R.S.U. | 2 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | PORTERO MANTENEDOR | 1 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | TÉCNICO AUXILIAR DE INFORMATICA | 1 | LIBRE | C1 | |||
FIJO DISCONTINUO | PEÓN DE FONTANERIA | 2 | LIBRE | AP | |||
FIJO DISCONTINUO | PEÓN DE VIAS Y OBRAS | 2 | LIBRE | AP | |||
TOTAL | 14 |
…
A) PLAZAS DE FUNCIONARIOS XX XXXXXXX
ANEXO I– PLAZAS CONVOCADAS
Denominación: Arquitecto Técnico Código (F/CO/1/G)
…
B) PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO
B.1) Denominación: Auxiliar Administrativo Código (L/CO/1/G)
…>>
Debe decir:
<< BASES POR LAS QUE SE REGIRÁN LOS PROCESOS SELECTIVOS CONVOCADOS POR EL AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LAS PLAZAS A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMAS GENERALES
…
1.2.- Las plazas objeto de esta convocatoria son las siguientes, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público Excepcional de Estabilización aprobada mediante el Decreto de
Alcaldía nº 1506 de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxxxxx xxx xxx Xxxxxxxx nº 4213, de fecha 20 de octubre de 2022 y nº 5068 de 24 de diciembre de 2022, que se especifican a continuación:
VÍNCULO | DENOMINACIÓN PLAZAS | Nº | TURNO | GR/SUBG | ESCALA | SUBESCALA | CATEGORÍA |
FUNCIONARIO | ARQUITECTO TÉCNICO | 2 | LIBRE | A2 | ADM. ESPECIAL | TÉCNICA | TÉC. MEDIO |
FUNCIONARIO | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1 | LIBRE | C2 | ADM. GRAL | AUXILIAR | AUXILIAR |
LABORAL FIJO | LIMPIADOR DE EDIFICIOS PÚBLICOS | 1 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | MENSAJERO | 1 | LIBRE | C2 | |||
LABORAL FIJO | PEÓN DE LIMPIEZA VIARIA | 1 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | PEÓN DE RECOGIDA DE R.S.U. | 2 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | PORTERO MANTENEDOR | 1 | LIBRE | AP | |||
LABORAL FIJO | TÉCNICO AUXILIAR DE INFORMATICA | 1 | LIBRE | C1 | |||
FIJO DISCONTINUO | PEÓN DE FONTANERIA | 2 | LIBRE | AP | |||
FIJO DISCONTINUO | PEÓN DE VIAS Y OBRAS | 2 | LIBRE | AP | |||
TOTAL | 14 |
(1) TURNO (2) GR/SUBG (3) SUBESCALA (4) CATEGORÍA
….
ANEXO I– PLAZAS CONVOCADAS
A) PLAZAS DE FUNCIONARIOS XX XXXXXXX A.1)Denominación: Arquitecto Técnico
Código (F/CO/1/G)
…
A.2) Denominación: Auxiliar Administrativo Código (F/CO/2/G)
Clasificación: Grupo C (Subgrupo C2). Número plaza: una
Turno: General
Titulación exigida: Graduado en Educación Secundaria obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente Categoría de tribunal: Tercera Categoría de tribunal: Tercera
Temario de Auxiliar Administrativo:
Tema 1. El acto administrativo: concepto, eficacia, validez y revisión. Tema 2. Fases del procedimiento administrativo.
Tema 3. Jerarquía normativa de la legislación urbanística en la Administración local de Andalucía.
Tema 4. Competencias municipales desarrolladas en ordenanzas del Ayuntamiento xx Xxxxx. Tema 5. Funcionamiento de la administración electrónica municipal en la presentación de documentos, cómputo de plazos, comunicaciones y notificaciones Tema 6 Publicidad activa y principios de la protección de datos.
Tema 7. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 8. Clasificación de los recursos públicos en la Ley de Haciendas Locales. Tema 9. Principios en la atención a la ciudadanía, derechos de los ciudadanos.
Tema 10. Prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes de los trabajadores en materia preventiva de trabajos con pantallas.
B) PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO SE ELIMINA:
“ B.1) Denominación: Auxiliar Administrativo Código (L/CO/1/G)
Clasificación: Grupo C (Subgrupo C2). Número plaza: una
Turno: General
Titulación exigida: Graduado en Educación Secundaria obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente
Categoría de tribunal: Tercera Temario de Auxiliar Administrativo:
Tema 1. El acto administrativo: concepto, eficacia, validez y revisión. Tema 2. Fases del procedimiento administrativo.
Tema 3. Jerarquía normativa de la legislación urbanística en la Administración local de Andalucía.
Tema 4. Competencias municipales desarrolladas en ordenanzas del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Tema 5. Funcionamiento de la administración electrónica municipal en la presentación de documentos, cómputo de plazos, comunicaciones y notificaciones
Tema 6 Publicidad activa y principios de la protección de datos. Tema 7. Derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 8. Clasificación de los recursos públicos en la Ley de Haciendas Locales. Tema 9. Principios en la atención a la ciudadanía, derechos de los ciudadanos.
Tema 10. Prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes de los trabajadores en materia preventiva de trabajos con pantallas.”>>
SEGUNDO.- Remítase anuncio del presente Decreto al Boletín Oficial xx Xxxxx y expóngase en el Tablón de Anuncios, para general conocimiento”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Conil de la frontera a 9/01/23. EL ALCALDE. Fdo: Xxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxx. Nº 2.252
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL CAMPO DE GIBRALTAR
EDICTO
SE HACE SABER: Que han sido confeccionado por los Servicios Económicos de ARCGISA, sociedad instrumental de esta Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, los padrones y listas cobratorias correspondientes al 4º trimestre de 2022 de las PRESTACIONESPATRIMONIALESDE CARÁCTERPÚBLICO NOTRIBUTARIO DE LOS SERVICIOS MANCOMUNADOS “ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA EN BAJA”, “SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES”, “RECOGIDA DE RESIDUOS MUNICIPALES” y de “DEPÓSITO, TRATAMIENTO, ELIMINACIÓN Y/O APROVECHAMIENTO DE RESIDUOS MUNICIPALES”, todos
ellos en el municipio de LOS BARRIOS, los cuales estarán expuestos al público en la Oficina del Servicio mancomunadoAbastecimiento, Saneamiento y Residuos de la Sociedad ARCGISA sita en Autovía A7 Salida 113, 11379 Guadacorte - Los Barrios (junto al Parque de Bomberos) en horario de atención. al público de 08:30 a 14:00 horas y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar situada en el Parque de lasAcacias s/n de Algeciras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, así como en el Tablón de Anuncios de la Sedeelectrónica de Mancomunidad (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. xxxxxxxxxxxxxx.xx), durante el plazo de quince días contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Plazo durante el cual los interesados podrán examinar los referidos documentos, y presentar las alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes.
En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine el plazo de exposición al público de los padrones a los que se refiere el presente Anuncio.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c) del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones mencionados podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Presidente de la Mancomunidad de Municipios, en el plazo de un mes que empezará a computarse a partir del día siguiente al citado de finalización de la exposición pública xxx xxxxxx al que se refiere el presente
Anuncio, y una vez sean resueltas las alegaciones que pudiesen haber sido presentadas.
Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos del mencionado concepto, correspondiente al periodo anteriormente indicado, será desde el día 23/01/2023 al 05/04/2023, o en todo caso el de dos meses establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, computado desde el día en el que finalice el de exposición al público xxx xxxxxx, si éste fuese mayor. Los interesados podrán realizar el pago en las oficinas del Servicio Provincial de Recaudación, sita en X/. Xxxxxx xxx Xxx, 0 00000 - Xxx Xxxxxxx y entidades financieras colaboradoras.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:
1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5 del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.
3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores. El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.
Lo que se hace público para general conocimiento de todos los posibles interesados.
Segundo.- Objeto. El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.
Tercero.- Convocatoria. El texto completo de la convocatoria está a disposición de las empresas en la sede electrónica de la Xxxxxx xx Xxxxx.- Además puede consultarse a través de la web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx
Cuarto.- Xxxxxxx.Xx cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria, a las empresas participantes en la actuación Visita a la Feria ITB 2023 (Berlín) es de 4.800,00 euros en concepto de subvención. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje del 80% con cargo a los fondos FEDER, a través del programa operativo «Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO» y el resto se financiará con cargo a las empresas participantes.
El presupuesto máximo de ejecución de la actuación Visita a la Feria ITB 2023 (Berlín) en el marco de esta convocatoria para el periodo 2023 es de 9.237,82 euros, dentro del programa operativo «Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO»., que incluye los recursos estimados para los servicios de apoyo prestados por la Cámara de Comercio xx Xxxxx , será 4.437,82 euros , y serán aportados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y por la Cámara de Comercio xx Xxxxx.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de solicitudes se abre, a las 09:00h del día hábil siguiente al de la publicación de este anuncio y finalizará a las 14:00h del día 3 de febrero de 2023. El Modelo de Solicitud de Participación podrá descargarse en la web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx
Jerez de la Frontera, 04 de enero de 2023. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx - Secretario General. Nº 963
En Algeciras, a 9/1/23. EL PRESIDENTE, Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
Xxxxxxxxx. Nº 2.442
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 JEREZ DE LA FRONTERA EDICTO
Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1099/2022 a instancia de D/Xx. XXXX XXXXXXXX XXXXXXX contra CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC). se
han dictado DECRETO de fecha _20 de DICIEMBBRRE 2022, que admite la demanda y señala el próximo 6-MARZO-2023; a las 12:00 horas para la celebración del acto de conciliación a celebrar (en la OFICINA JUDICIAL) ante EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA de este Juzgado y a las 12:15 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado.
Contra dicha resolución cabe recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de las mismas.
Y para que sirva de NOTIFICACION Y CITACION al demandado CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR S.A. (COTRONIC)
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jerez de la Frontera, a 20/12/2022. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado. Nº 193
VARIOS
CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE JEREZ DE LA FRONTERA
CONVOCATORIA PROGRAMA PIP "VISITA X XXXXX ITB 2023"
BDNS(Identif.):669037
B.O.P.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/XX/xx/xxxxxxxxxxxx/000000)
La Cámara de Comercio xx Xxxxx, xxxxxxx la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea que se llevará a cabo en la ciudad de Berlín (Alemania) del 7 al 9 xx xxxxx , por lo que los desplazamientos a la actuación se podrán realizar entre los día 5 al 11 xx xxxxx de 2023; ambos inclusive.
Primero.- Beneficiarios. Pymes, micropymes y autónomos de la Provincia xx Xxxxx o de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio xx Xxxxx que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.El número máximo de empresas beneficiarias será de 6
CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACION DEL CAMPO DE GIBRALTAR
CONVOCATORIA PROGRAMA AYUDAS INNOCÁMARAS 2023
BDNS (Identif.): 669246.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/XX/xx/xxxxxxxxxxxx/000000) La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación del Campo de
Gibraltar informa de la Convocatoria Pública de ayudas para el desarrollo de Planes de implantación de soluciones innovadoras en el marco del Programa InnoCámaras, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER de la Unión Europea.
Primero Beneficiarios
Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio del Campo de Gibraltar, que comprende los municipios de Algeciras, Los Barrios, la Línea de la Concepción, San Xxxxx y Tarifa, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.
Segundo Objeto
Concesión de ayudas para desarrollar Planes de implantación de soluciones innovadoras en el marco del Programa InnoCámaras, subvencionados en un 80% por FEDER.
Tercero Convocatoria
El texto completo de esta convocatoria está a disposición de las empresas en la sede electrónica de la Cámara de Comercio del Campo de Gibraltar. Además, puede consultarse a través de la web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
En dicha dirección podrá descargarse, junto con la convocatoria, la documentación necesaria para realizar la solicitud.
Cuarto Cuantía La cuantía de las ayudas económicas a otorgar con cargo a esta convocatoria
es de 105.000€, siendo el presupuesto máximo elegible por empresa de 7.000 €, que será prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 80%, por lo que la cuantía máxima de ayuda por empresa será de 5.600€. Estas ayudas forman parte de Programa InnoCámaras, cuyo presupuesto máximo de ejecución es de 133.980€, en el marco del "Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 y que incluye los servicios gratuitos de diagnóstico y seguimiento.
Quinto Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes en la referida Sede se iniciará a las 09:00h del día siguiente hábil al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, y tendrá una vigencia de 5 días hábiles desde su apertura, finalizando a las 14:00h del día de su caducidad.
Algeciras, 9 de enero de 2023. Xxxxxx Xxxxxx. Secretario General. Nº 2.204
Asociación de la Prensa xx Xxxxx Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia
Administración: Xxxxx Xxxxx, xx 0. 00000 XXXXX Teléfono: 000 000 000 (4 líneas). Fax: 000 000 000 Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx xxx.xxxxxxxx.xx
INSERCIONES: (Previo pago)
Carácter tarifa normal: 0,107 euros (IVA no incluido). Carácter tarifa urgente: 0,212 euros (IVA no incluido). PUBLICACION: de lunes a viernes (hábiles).
Depósito Legal: CAI - 1959