Entre firma TT S.A., CUIT……………con domicilio en calle …………. representada en este acto por el Sr. ……………… DNI en adelante EL TRANSPORTISTA Y el
159. CONTRATO DE TRANSPORTE DE PERSONAS1.
Entre firma TT S.A., CUIT……………con domicilio en calle …………. representada en este acto por el Sr. ……………… DNI en adelante EL TRANSPORTISTA Y el
Sr. CC, DNI………………………… con domicilio en…………………………….., en adelante EL CONTRATANTE, acuerdan celebrar el presente contrato, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL TRANSPORTISTA se obliga a transportar a la cantidad de ……. pasajeros, desde el domicilio sito en……………………….hasta , saliendo el
día ………………………a las ……………hs. y llegando el día ………………..a las
…………hs.2 3
SEGUNDA: La cantidad de pasajeros señalada en la cláusula PRIMERA se compone de………. personas menores de 12 años, …………… personas mayores de 12 años y menores de 18 años y personas mayores de edad.
TERCERA: El transporte se llevará a cabo en ………… (ómnibus, combi, etc.) de propiedad de EL TRANSPORTISTA, el cual se encuentra en perfectas condiciones en cuanto al uso y mantenimiento, habilitado por la CNRT (Comisión Nacional de Regulación de Transporte). Se deja constancia que EL TRANSPORTISTA tiene contratada la Póliza Nro. ………………… que cubre los siguientes siniestros (responsabilidad
civil, seguro de vida, etc………..) contratada con la Compañía de Seguros ,
cuya copia se adjunta en el Anexo I y forma parte del presente contrato. Luce en Anexo 2 constancia de pago al día de Tasa Nacional de Transporte, Verificación Técnica Vehicular vigente, cédula verde del transporte, carnet de conducción de los choferes (etc.).
CUARTA: El precio del transporte se fija en la suma única y total de Pesos
…………………. , que se abonará de la siguiente forma Dicho monto no
estará sujeto a modificación alguna al momento de ejecutarse el transporte.
QUINTA: Son obligaciones de EL TRANSPORTISTA4: a) cumplir con la ejecución del viaje en el transporte pactado, b) que el traslado se realice exclusivamente al lugar convenido, c) garantizar a los pasajeros la seguridad durante el traslado y d) trasladar el equipaje de la totalidad de los pasajeros. Asimismo, EL TRANSPORTISTA será
1 ARTICULO 1280.- Definición. Hay contrato de transporte cuando una parte llamada transportista o porteador se obliga a trasladar personas o cosas de un lugar a otro, y la otra, llamada pasajero o cargador, se obliga a pagar un precio o flete.
2 ARTICULO 1288.- Comienzo y fin del transporte. El transporte de personas comprende, además del traslado, las operaciones de embarco y desembarco.
3 ARTICULO 1284: Plazo. El transportista debe realizar el traslado convenido en el plazo pactado en el contrato o en los horarios establecidos y, en defecto de ambos, de acuerdo a los usos del lugar en que debe iniciarse el transporte.
4 ARTICULO 1289: Obligaciones del transportista. Son obligaciones del transportista respecto del pasajero: a) proveerle el lugar para viajar que se ha convenido o el disponible reglamentariamente habilitado; b) trasladarlo al lugar convenido; c) garantizar su seguridad; d) llevar su equipaje.
ARTICULO 1294.- Cosas de valor. El transportista no responde por pérdida o daños sufridos por objetos de valor extraordinario que el pasajero lleve consigo y no haya declarado antes del viaje o al comienzo de éste. Tampoco es responsable por la pérdida del equipaje de mano y de los demás efectos que hayan quedado bajo la custodia del pasajero, a menos que éste pruebe la culpa del transportista.
responsable civil y penalmente ante cualquier incumplimiento en la prestación de su servicio5.
SEXTA: El CONTRATANTE6 se obliga a: a) Abonar el precio pactado, en la forma convenida, b) comprometerse a que los pasajeros se presenten en el lugar fijado para la partida, en el horario estipulado, c) hacer cumplir a los pasajeros con el reglamento e indicaciones que se realicen durante el viaje y d) que cada pasajero acondicione su equipaje de modo tal que a cada pasajero le corresponda un bulto no mayor a las siguientes medidas y pesos……..
SEPTIMA: Las partes manifiestan expresamente que entre ambas no existe ningún tipo de relación laboral ni societaria y que no resultan solidariamente responsables por obligaciones contraídas ante terceros.
OCTAVA: El CONTRATANTE podrá cancelar el viaje con una anticipación de……….
debiendo en tal caso abonar la suma de $ en concepto de indemnización en favor
de EL TRANSPORTISTA. Luego de ese plazo, deberá abonar el total del precio convenido en este contrato. A efectos de computar los días de anticipación se considera la fecha de salida del traslado respectivo.
NOVENA: La lista de pasajeros debe entregarse 5 días antes del traslado a realizar. Esta debe contener los datos identificatorios de los pasajeros a trasladar, bajo pena de que podrán ser trasladados aquellos no declarados 7.
NOVENA: Las partes establecen como domicilios especiales a los efectos del presente contrato los indicados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y declaran que, en caso de controversia, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los …… días del mes de…………………. de 20..
5 ARTICULO 1291.- Extensión de la responsabilidad. Además de su responsabilidad por incumplimiento del contrato o retraso en su ejecución, el transportista responde por los siniestros que afecten a la persona del pasajero y por la avería o pérdida de sus cosas.
6 ARTICULO 1290.- Obligaciones del pasajero. El pasajero está obligado a: a) pagar el precio pactado; b) presentarse en el lugar y momentos convenidos para iniciar el viaje; c) cumplir las disposiciones administrativas, observar los reglamentos establecidos por el transportista para el mejor orden durante el viaje y obedecer las órdenes del porteador o de sus representantes impartidas con la misma finalidad; d) acondicionar su equipaje, el que debe ajustarse a las medidas y peso reglamentarios.
7 En caso de que sea un traslado fuera del país deben estar en buen estado los documento, pasaporte o visa de los pasajeros a trasladar. En su caso los permisos de menores de edad en regla.