EJEMPLO CONTRATO DE FRANQUICIA LAVANDERIA ARGENTINA
EJEMPLO CONTRATO DE FRANQUICIA LAVANDERIA ARGENTINA
En la ciudad de Buenos Aires, a los días 11 del mes de Noviembre de 2011..., entre XXXX, con domicilio en XXXXXX, Capital Federal, representada en este acto por el Sr. XXXXX argentino, de estado civil casado, DNI123456, en su carácter de apoderado y en adelante EL FRANQUICIANTE; y por la otra parte XXXXX , representada por el socio gerente el Sr. XXXXXXX, argentino, de estado civil soltero, DNI. 00000000, con domicilio en XXXXXXXXX, en adelante EL FRANQUICIADO se conviene en celebrar el presente contrato de franquicia comercial, conforme a las cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: Objeto. El franquiciante, a través de los años, ha desarrollado la firma XXXXX, la cual consiste en el servicio de lavandería, tintorería y planchado de ropa e indumentaria y demás accesorios, es líder indiscutido en su rubro, fundamentalmente en base a una fuerte presencia en las zonas comerciales de jerarquía de todo el país y pretende ser reconocida por la buena calidad de su mercadería, vidrieras y locales impactantes y excelente calidad de atención y servicio al cliente. Ser miembro de la cadena de locales del franquiciante implica que se concede el uso, la marca, nombre comercial, emblema, modelos, diseños y know how registrados en la División de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, bajo el N° 1321, para ser explotado para XXXXXX dentro de los límites y plazo de este contrato. El punto de venta estará ubicado en Xxxxxxxx xxx Xxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xxxxx.-
SEGUNDA: Derechos de entrada, uso de marca y producto. EL FRANQUICIANTE concede el uso de su marca y producto por la suma de $ 10.000 para la utilización de otras franquicias se firmarán nuevos contratos por los precios que llegaren a ser objeto de negociación.
TERCERA: Del Local El franquiciado se obliga a acondicionar el local con un mínimo de 40 mts disponibles, decorarlo y equiparlo de acuerdo a las pautas que se describen en el Manual de Operación de la Franquicia, pudiendo contratar su propio arquitecto y proveedores de material, así como solicitar al franquiciante que le recomiende los que llevan a cabo la instalación de los demás negocios de la cadena.-
Para iniciar las operaciones, el franquiciado deberá tener concluido el arreglo y la decoración de todo el local de franquicia.-
El franquiciado debe instalar un equipo informático conforme a las instrucciones de
XXXXXXXXX. La instalación del software del sistema es con cargo al franquiciado por el franquiciante.
Es obligatorio que el franquiciado tenga seguros contra incendio, daños y perjuicios, accidentes de trabajo, robo e incluso seguros de vida.-
Los gastos de amoblamientos, decoración, y habilitación municipal, o la que corresponda, serán a exclusivo cargo del franquiciado.-
TERCERA: Regalías Mensuales: 5% más IVA (s/ facturación franquiciado neta de IVA). Canon de Publicidad: Equivalente a 40 fichas.
CUARTA: Obligaciones del FRANQUICIANTE. 1. Incorporar nuevos productos y servicios y mejorar la calidad de los existentes. 2. Permitir el uso por parte del FRANQUICIADO de los derechos de propiedad intelectual e industrial, tales como la marca, el emblema, patente y productos. 3. Colocar a disposición del FRANQUICIADO las mercancías o inventarios que componen su surtido, o, garantizar la puesta a disposición del mismo FRANQUICIADO de las mercancías e insumos cuando no sean fabricadas por EL FRANQUICIADOR. 4. Determinar las políticas y estrategias de mercadeo en cuanto a posicionamiento, variables del producto (marca, empaque, precio), variables de comunicación (publicidad, promociones), investigación de mercados y fondo de promociones y publicidad. 5. Otorgar formación, capacitación y asistencia técnica al FRANQUICIADO en los campos técnicos, comercial, financiero, contable, fiscal y de gestión en la iniciación de la franquicia y durante la explotación de las unidades de venta por los franquiciados.
QUINTA: Obligaciones del FRANQUICIADO. 1. Comercializar los productos con las especificaciones impuestas por EL FRANQUICIANTE. 2. Comercializar los artículos producidos o designados por EL FRANQUICIANTE. 3. No explotar directa o indirectamente la franquicia por medio de establecimientos similares al de la franquicia
por medio de establecimientos similares al de la franquicia. 4. Utilizar durante la vigencia del contrato el Know How y Licencia de Marca concedida por EL FRANQUICIANTE sólo para la explotación de las franquicias. 5. No Revelar el contenido del Know How suministrado por EL FRANQUICIANTE. 6 Contribuir mediante el cumplimiento de las directrices pactadas por EL FRANQUICIANTE, a la buena reputación y éxito de la cadena. 7. Asistir a cursos de preparación o actualización suministrados por EL FRANQUICIANTE. 8. Desplegar las actividades administrativas y operativas necesarias para el desarrollo y la explotación adecuada de cada una de las franquicias. 9 Informar al FRANQUICIANTE, sobre las mejoras en los procedimientos técnicos y comerciales empleados en la explotación de la franquicia. 10. Disponer de un inventario suficiente, en calidad y variedad para satisfacer las necesidades de la clientela. 11. Aplicar los precios de venta definidos por EL FRANQUICIANTE. 12. Utilizar los signos distintivos del FRANQUICIANTE, mantener una política publicitaria, promocionar adecuadamente y de acuerdo con las necesidades de la franquicia. 13. Respetar las normas de explotación y gestión pactadas, llevando adecuadamente la contabilidad y aceptando los controles del FRANQUICIANTE establecidos en el contrato. 14. Registrar cada uno de los establecimientos o puntos de venta en la Cámara de Comercio con la razón social. 15. El uso de la marca correrá por cuenta y riesgo del FRANQUICIADO, quien responderá por las infracciones civiles, policiales y administrativas en general e incluso con las multas derivadas de los mismos durante el término del presente contrato y hasta que cese el uso de la marca. El pago de impuestos, tasas, gravámenes, creados o a punto de crearse, derivados de uso de la marca en el local respectivo correrán a cargo del FRANQUICIADO.
SEXTA: Terminación y prórroga. La duración del presente contrato será de 3 años, contado desde el 15 de Noviembre de 2009. El contrato podrá ser prorrogado previo acuerdo de las partes que se hará constar por escrito. En caso de terminación EL FRANQUICIADO renuncia a cualquier indemnización por clientela en el territorio pactado.
Este contrato termina automáticamente al expirar el plazo previsto.-
Quedará rescindido con la mera notificación por medios fehacientes, y sin necesidad de declaración judicial, en los siguientes casos:
a) si el franquiciado incumpliera cualquiera de las estipulaciones del presente contrato y tal incumplimiento no fuere subsanado dentro del término de 20 días de notificado;
b) si el franquiciado se atrasara en los pagos de las facturas o royalties de publicidad y no se hubiese estipulado un procedimiento alternativo para el pago;
c) si el franquiciado persistiere en violaciones regulares de este convenio;
d) cuando el franquiciado estuviese o se prevea razonablemente que está en estado de cesación de pagos;
e) si se produjese el concurso preventivo, quiebra o designación judicial de administrador del franquiciado, solicitada por éste o terceros;
f) cuando se hubiese ordenado judicialmente la ejecución de los bienes del franquiciado y ésta recaiga sobre los activos del negocio de franquicia;
g) si el franquiciado fuese procesado por algún delito;
h) si el franquiciado, a sabiendas, llevase incorrectamente sus libros contables, o declarase falsedades en ellos, o remitiese información falsa al franquiciante;
i) si el franquiciado declarase información falsa en su aplicación y esta información influyera en la aceptación del franquiciado por parte del franquiciante;
j) si explotase un negocio de características similares o iguales al desarrollado.
k) si el franquiciado fallece, o recae sobre él una inhabilitación de cualquier tipo;
l) si el franquiciado no permite al franquiciante la inspección material del negocio o de sus libros contables;
m) si el franquiciado no consigue local dentro de los 10 días siguientes a la firma del contrato, o no logra poner en marcha su local dentro de los 2 meses siguientes a la firma del contrato;
n) en caso de cesión o transferencia total o parcial del contrato sin autorización del franquiciante;
o) si hiciese uso indebido de la marca o logos de XXXXXXXy, en general, de cualquier derecho de propiedad del franquiciante;
p) por incumplimiento del mantenimiento, limpieza y estándares mínimos de servicios o imagen del negocio;
q) por incumplimiento de cualquier cláusula del presente contrato o de las disposiciones detalladas en los manuales que forman parte de éste;
r) en el caso de que el franquiciado perdiese la posesión del local y no obtenga un nuevo local aprobado por XXXXXXX dentro de los 2 meses;
s) si el franquiciado cerrase deliberadamente el local por más de 15 días hábiles consecutivos, sin autorización expresa de XXXXXXXXX;
t) en caso de que el franquiciado realizase prácticas incorrectas, que dañen la imagen del negocio, y persistiese en ellas luego de notificado;
u) si cambiase de local sin autorización de XXXXXXXXXXXXXX;
v) sin causa, por decisión unilateral del franquiciante, notificada con antelación de 30 días.
El franquiciado no tiene derecho a rescindir el contrato.
Efectos de la terminación del contrato. Al concluir el contrato, o rescindido éste, el franquiciado debe:
a) pagar todas las sumas debidas a terceros y avaladas por XXXXXXXXX si éstas existieran;
b) pagar todas las sumas adeudadas.
c) cesar en el uso de la marca, logos, emblemas, etc.
d) devolver los elementos del FRANQUICIANTE, incluidos los manuales;
e) no instalar directa o indirectamente un negocio similar, en un radio de 100 kilómetro, por 3 años.
Concluido el contrato, el franquiciado no recibirá pago alguno por parte del FRANQUICIANTE por haber usado y expandido la marca con la operación del negocio, ni por sus muebles y equipamiento, ni por la cartera de propiedades remanente.
Ninguna de las partes será responsable por los daños y perjuicios que ocasione su incumplimiento causado por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.-
SEPTIMA: Cesión de derechos. EL FRANQUICIADO no podrá ceder el contrato, sino con autorización escrita del FRANQUICIANTE.
OCTAVA: Causales de terminación anticipada. EL FRANQUICIANTE podrá en cualquier tiempo dar por terminado el contrato de manera unilateral, informando con una antelación igual a la allí pactada, en cualquiera de los siguientes eventos: a) Insolvencia del FRANQUICIADO; b) Ineficiencia en la prestación de servicios de postventa, y c) Violación a cualquiera de las cláusulas del presente contrato.
NOVENA: Cláusula penal. Si cualquiera de las partes incumpliere una cualquiera de las obligaciones a su cargo, deberá pagar a la otra la suma de 50.000 pesos ($ 50.000) a título xx xxxx derivada de dicho incumplimiento.
DECIMA: Cláusula compromisoria. Las partes convienen que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas, por razón o con ocasión del presente contrato, será resuelta por un Tribunal de Arbitramento, cuyo domicilio será en Capital Federal, integrado por los árbitros designados conforme a la ley. Los arbitramentos que ocurrieren se regirán por lo dispuesto en el Decreto 2279 de 1991, en la Ley 23 de 1991 y en las demás normas que modifiquen o adicionen la materia. Las partes contratantes acuerdan someterse a decisión de árbitros o amigables componedores sobre las divergencias que surjan como producto del presente contrato.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-
FIRMAS.-
FRANQUICIANTE……………………… FRANQUICIADO……………………….