CLÁUSULAS:
PLIEGO
DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE REGIRAN LA
ADJUDICACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE LA OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN
CONSUMO-OMIC DEL MUNICIPIO DE ARRIGORRIAGA (BIZKAIA).
CLÁUSULAS:
1. Objeto.
El objeto del presente contrato es “el servicio de gestión de la oficina municipal de información al consumo-OMIC de Arrigorriaga”. Por ello el presente contrato, en cuanto al servicio que se pretende prestar, tiene un marcado carácter social.
Los trabajos a realizar deberán sujetarse a lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas particulares y a cuantas instrucciones en aplicación del presente pliego dicte la Administración contratante.
2. Normas reguladoras.
La naturaleza del presente contrato es la de un contrato administrativo típico según dispone el artículo 19.1 a) del RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
El presente contrato como contrato administrativo típico, se regirá en cuanto su preparación, adjudicación, efectos y extinción según dispone el artículo 21.1 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por:
-Las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
-Por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
-Por el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
-Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
-Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulan la contratación y que resulten de aplicación y en su defecto por las de Derecho Privado.
3. Tipo del contrato.
El límite presupuestario para la ejecución de este contrato por los DOS años de duración asciende a la cantidad de 24.219,83 euros (IVA excluido), siendo 29.306,00 euros (IVA incluido).
El valor estimado del contrato según el artículo 88 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre, viene determinado por el importe total de duración del contrato sin inclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido más las DOS eventuales prorrogas, de un año de duración cada una (2+1+1), asciende a la cantidad total de 48.439,66 euros.
Las ofertas de las empresas licitadoras se realizarán en todo caso mejorando el tipo de licitación a la baja, consignando una cantidad concreta y determinada, según el modelo de proposición recogido en el Anexo I, entendiendo siempre incluidos en la misma a todos los efectos, no sólo los precios de la contrata, sino también las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven los diversos conceptos y en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido, conforme al artículo 25 del Reglamento del mismo, aprobado por el RD. 1624/92, de 29 de diciembre.
4. Constancia expresa de la existencia de crédito.
Existe crédito con cargo a la partida siguiente con cargo al presupuesto del ejercicio 2016.
Orgánica | Funcional | Económica |
04 | 4931 | 22707 |
Denominada: “contrato OMIC”.
El Ayuntamiento de Arrigorriaga se compromete a reservar créditos por el importe necesario en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
5. Procedimiento y forma de adjudicación.
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto a tenor de lo establecido en el artículo 157, donde todo empresario interesado en el contrato podrá presentar una proposición.
La forma de adjudicación establecida será a favor de la oferta más ventajosa, atendiendo a los criterios establecidos en el pliego, según lo estipulado en los artículos 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos del Sector Publico, sin perjuicio del derecho de la administración a declararlo desierto.
En el presente pliego de cláusulas administrativas se establecen los criterios que han de servir de base para la adjudicación del presente procedimiento. Los mismos se indicarán por orden decreciente en función de la importancia y el grado de ponderación otorgada en el pliego.
La tramitación del expediente de contratación será ORDINARIA.
Los plazos se computan por días naturales, salvo que se indique expresamente que deban computarse por días hábiles.
6. Plazo de ejecución.
La duración del contrato será de DOS AÑOS, contados a partir de la fecha de formalización del contrato en documento administrativo, plazo durante el cual deberá ser prestado el servicio por el adjudicatario según el pliego de cláusulas administrativas y técnicas elaborado por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Arrigorriaga y con sujeción a las instrucciones emanadas por la Administración.
El plazo de ejecución del contrato, será susceptible de dos prórrogas de un año de duración cada una de ellas por el mutuo acuerdo de las partes (2+1+1).
En ningún caso se admitirán las prórrogas tácitas.
Al respecto el adjudicatario deberá solicitar cada una de las prórrogas mediante solicitud presentada en el registro del Ayuntamiento con una anterioridad mínima de 3 meses a la fecha de finalización del contrato o de su primera prorroga.
En el presente contrato NO procederá la revisión de precios, estipulada en los artículos 89 y 90 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de Contratos del Sector Público.
7. Penalidades por demora.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de esta Administración.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, este Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
8. Plazo de garantía.
Dada la naturaleza del servicio que se pretende adjudicar NO se establece plazo de garantía en la presente contratación.
9. Presentación de ofertas.
Los licitadores habrán de presentar su oferta en las dependencias del Servicio de Atención Ciudadana SAC del Ayuntamiento de Arrigorriaga, sito en la planta baja de la Casa Consistorial (Paseo xx Xxxxxxx 57 48480 Arrigorriaga), o en el punto de dicho servicio en el centro sociocultural del Barrio de la Peña-Abusu (Olatxu 4), o en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Las mismas se presentarán en horario de 08:00 a 13:30 horas, en el plazo de QUINCE (15) días naturales a contar desde el día siguiente en aparezca en el Boletín Oficial de Bizkaia el anuncio de la convocatoria respectiva.
Si el último día del plazo fijado para presentar proposición fuera inhábil o sábado el plazo finalizará automáticamente el primer día hábil siguiente.
Todo ello teniendo en cuenta el artículo 143 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre que manifiesta que los órganos de contratación fijarán los plazos de las ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario para preparar aquéllas, atendida la complejidad del contrato.
La oferta constará de los siguientes elementos:
Los licitadores habrán de presentar TRES SOBRES CERRADOS:
En el exterior de ellos figurará el título "Oferta para tomar parte en el procedimiento abierto para la contratación del servicio de gestión de la oficina municipal de información al consumo-OMIC de Arrigorriaga”, el nombre y el número de D.N.I. o C.I.F. del licitador, el tipo de sobre en cuestión (A, B o C) y en el interior irán necesariamente los siguientes documentos:
SOBRE A: DECLARACIÓN RESPONSABLE. La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de esta declaración responsable, indicando que el licitador
cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en concreto con las detalladas en este pliego y de que dispone de toda la documentación que así lo acredita, comprometiéndose a aportarla en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter previo a la adjudicación.
Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Esta declaración responsable incluirá:
Declaración del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar.
Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia habrá de ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y de fax.
Compromiso en su caso, de constitución de Unión Temporal de Empresarios. Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, deberán indicar en documento privado, los nombres y circunstancias de los que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada uno de los empresarios componentes de la unión, y deberá formalizarse en escritura pública en el supuesto de que resulten adjudicatarios
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (a presentar en caso de requerimiento previsto en la cláusula 10 y en caso de ser licitador propuesto como adjudicatario).
1. Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de
la fotocopia legitimada del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
2. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, y fotocopia legitimada de su Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, excepto si se trata de un poder para acto concreto.
3. Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad. A efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la unión.
4.- Solvencia económica y técnica del contratista:
Los medios de acreditación de la solvencia serán los señalados en los artículos 75 y 78 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre y el Real Decreto 773/2015 de 28 xx xxxxxx que modifica determinados preceptos del Reglamento General de la ley de contratos aprobado por Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre; en concreto por los medios siguientes:
Con respecto a la solvencia económica:
-El volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, el cual deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato al tener el mismo una duración superior a un año. En este contrato el contratista deberá acreditar una solvencia económica por valor de 18.164,87 euros.
El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Con respecto a la solvencia técnica o profesional:
Se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
-La experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución y siendo el requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. En este caso el contratista deberá acreditar una solvencia técnica por valor de 8.476,94 euros.
A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
Las personas jurídicas deberán tener comprendida esta prestación dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Ello se acreditará mediante escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, según disponen los artículos 57 y 72 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
5.- Una declaración responsable de no estar incursa la empresa en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Esta declaración incluirá además la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación
acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
6.- Especialidades en la documentación que han de presentar en su caso los empresarios extranjeros. Las empresas extranjeras deberán acompañar la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Cuando se trate de empresarios de Estados miembros de la Comunidad Europea deberán acreditar su inscripción en un registro profesional cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo; en caso contrario será suficiente que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
Caso de que los licitadores presenten certificación expedida por el Registro de contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o de la Diputación Xxxxx de Bizkaia del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el artículo 84 de la RDL 3/2011 de 14 de noviembre no habrán de presentar ningún otro documento excepto los referentes, en su caso, al apartado 5 y 6.
En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
ESTOS DOCUMENTOS PODRÁN PRESENTARSE MEDIANTE FOTOCOPIAS, SALVO LAS DECLARACIONES RESPONSABLES QUE DEBERÁN SER ORIGINALES.
EN ESE CASO, EL LICITADOR SE COMPROMETE A APORTAR LOS ORIGINALES O COPIAS COMPULSADAS EN EL CASO DE SER PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO, CUANDO SEA REQUERIDO AL RESPECTO POR LA ADMINISTRACIÓN.
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULA.
Se deberá aportar toda la documentación susceptible de valoración no incluida en la propuesta sobre datos objetivos.
En general todos aquellos documentos susceptibles de valoración (Memoria), según la cláusula doce de los presentes Pliegos así como aquellos documentos que el contratista considere oportunos para dar a conocer su prestación o sean requeridos por la Administración y/o por los Pliegos de Prescripciones Técnicas y la que en general se considere necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Al respecto el Ayuntamiento de Arrigorriaga podrá solicitar a las empresas participantes en la licitación la defensa u aclaración de las propuestas presentadas.
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA.
Propuesta: según el modelo de proposición que figura en el Anexo I.
El licitador deberá indicar en documento redactado al efecto firmado por él, según modelo que figura en el Anexo I, que se compromete a realizar el objeto del contrato por la cantidad señalada respetando en todo caso el tipo de licitación. Debiendo indicar así mismo los datos relativos al resto de datos de valoración subjetiva.
10. Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, se podrá recabar a los licitadores para que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para ser adjudicatario del contrato.
En este caso, los licitadores requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que subsane el error.
Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento.
11. Apertura de plicas.
La Mesa de Contratación, legalmente constituida al efecto, el día y hora que se señale en el PERFIL DE CONTRATANTE de la Web municipal, previa calificación de los documentos presentados en tiempo y forma, procederá en acto público, a la apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores y en su momento las elevará junto con el acta y la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre A, la Mesa de contratación lo comunicará a los interesados mediante fax o correo electrónico, concediéndole un plazo no superior a 3 días hábiles contados desde la fecha de la comunicación, para la subsanación de las deficiencias detectadas.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
Concluidos estos trabajos, la Mesa de contratación realizará un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
En el primer acto de carácter público sólo se abrirá el sobre correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente o subjetivos (SOBRE B) entregándose al órgano encargado de la valoración la documentación contenida en el mismo, dejándose constancia documental de lo actuado en el expediente.
Posteriormente se fijara fecha en el PERFIL DEL CONTRATANTE, para la celebración del acto de apertura del resto de la proposición (SOBRE C).
La valoración asignada a los elementos de la oferta que deban ponderarse en función de criterios no cuantificables automáticamente o subjetivos (SOBRE B) se dará a conocer al inicio del segundo acto público de apertura (apertura relativa a los criterios objetivos SOBRE C), abriéndose posteriormente dicho SOBRE C y dando a conocer en lectura pública el contenido de los mismos.
A la vista de todas las actuaciones, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de adjudicar el contrato.
12. Criterios de adjudicación:
La adjudicación del presente contrato se realizará atendiendo a la oferta económica más ventajosa, lo que comporta que la referida adjudicación deberá recaer en el licitador que presente la mejor oferta, según los siguientes criterios de adjudicación: Puntuación total máxima obtenible de 100 puntos:
A) CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS (hasta 39 puntos).
1. Memoria descriptiva del servicio a prestar, hasta 29 PUNTOS, en donde consten los siguientes puntos:
Metodología y contenido de la gestión que desarrollará la entidad licitadora, propuesta concreta de trabajo, según el punto 7.1 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
En este apartado deberán especificar, en concreto, las labores que realizarán los mandos y cuadros de la entidad adjudicataria a disposición del servicio, con especificación de la profesionalización, titulación superior o similar y experiencia del citado personal vinculado al objeto del contrato, así como los procedimientos a utilizar en la prestación del servicio.
Se valorará entre otros aspectos del currículo de la persona/as trabajadoras los siguientes:
Asesoría en temas de consumo.
En cada uno de los apartados se otorgará el máximo de puntos a la oferta que resulte de mayor calidad en su conjunto. El resto se valorará a la baja, en comparación con el producto ofertado por la de mayor calidad.
2. El uso del euskera en el ámbito del trabajo hasta 5 PUNTOS.
Se valora la calidad, la implantación y el desarrollo de las medidas de promoción del euskera dentro de la entidad adjudicataria, tales como formación al personal, planes de normalización, gestión diaria, comunicación, imagen,….. etc.
3. Establecimiento de medidas para la igualdad hasta 5 PUNTOS.
Se valorará la integración de la perspectiva de género en la gestión del servicio que presenta la entidad adjudicataria y la trayectoria de la misma en el desarrollo de políticas o actuaciones dirigidas a la igualdad de mujeres y hombre, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 201- de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
B) CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS (hasta 61 puntos)
1. Oferta económica hasta 51 PUNTOS.
Cada 1% de disminución de la oferta sobre el tipo de licitación dará lugar al otorgamiento de 2 puntos.
Las bajas situadas entre los intervalos señalados se puntuarán proporcionalmente.
2. Mejoras adicionales que versen sobre la mejora del servicio hasta 10 PUNTOS.
Se valorarán las mejoras adicionales a los mínimos exigidos en los Pliegos de Condiciones.
Solamente se valorarán como mejoras aquellas que, no suponiendo sobrecosto económico, se considere y acepte que redundan en una mejor ejecución del contrato.
-Por la impartición u organización sin coste para el Ayuntamiento de charlas, conferencias, seminarios, coloquios, etc. dirigidos a la ciudadanía de Arrigorriaga de al menos una hora de duración, realizados durante el transcurso de los dos años de duración del contrato sobre materias relacionadas con el consumidor (en especial relativas a entidades bancarias, seguros, telefonía, viajes combinados, etc.)… 1,5
puntos por cada uno… hasta un máximo 6 puntos.
-Por el incremento de horas de presencia efectiva en la oficina del consumidor sin coste adicional para el Ayuntamiento: por cada hora adicional en el transcurso de los dos años de duración del contrato……….0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
13. Garantía definitiva y documentación a presentar por el adjudicatario.
En el plazo xx xxxx (10) días hábiles contados a partir desde el siguiente al de la notificación del requerimiento efectuado por la Administración, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá:
1. Presentar la documentación administrativa justificativa de los requisitos exigidos legalmente y en el presente pliego para contratar. (Documentación administrativa recogida en la cláusula 9-Sobre A).
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
2. Constituir la garantía definitiva por importe del 5% del importe de la adjudicación excluido IVA, en cualquiera de las formas que el artículo 96 xxx XXX 0/0000 xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx xstablece, para responder de los conceptos que se describen en el artículo 100 del mismo.
En el supuesto de que sea constituida mediante aval bancario el mismo se redactará de conformidad con el modelo del Anexo II.
En su caso una vez aprobada la liquidación del contrato, se dictará acuerdo de devolución de aquella o cancelación de aval.
3. Justificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Aportar el anexo III de este pliego “REGISTRO DE TERCEROS DESIGNACIÓN DE CUENTA BANACARIA” debidamente cumplimentado.
14. Adjudicación del contrato.
El contrato será adjudicado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el punto precedente, según dispone el artículo 151.3 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
La adjudicación será motivada y se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante, conteniendo la información del artículo 151.4 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre, realizándose por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario.
15. Formalización del contrato.
En el plazo máximo de quince (15) días hábiles desde la notificación de la adjudicación a los licitadores, el adjudicatario deberá comparecer en el Ayuntamiento de Arrigorriaga para la formalización del correspondiente contrato en documento administrativo según el artículo 156.3 (en su último párrafo) del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
A tenor del artículo 27.1 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre el contrato se perfeccionara con su formalización.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización a tenor del artículo 27.1 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
16. Reajustes en la garantía definitiva.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato el valor del mismo experimente variación, en el plazo de 10 días contados desde la fecha en que se modifique el mismo, se reajustara la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre dicha garantía y el presupuesto del servicio vigente en cada momento.
17. Forma de pago.
Se efectuará mediante la presentación de las correspondientes facturas mensuales por el adjudicatario con fecha de día ultimo de cada mes a través del Registro General de Entradas de este Ayuntamiento, facturas correspondientes a los servicios ya realizados, las cuales serán abonadas en el plazo de 30 días, según el artículo 216.4 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
Dichas facturas reunirán los requisitos exigidos en el R.D. 1496/2003, de 28 de Noviembre y Decreto Xxxxx 57/2004, de 6 xx xxxxx, e inexcusablemente el número de factura, nombre y apellidos o razón social, C.I.F, domicilio, tipo tributario de aplicación
y cuota del I.V.A., así como el número de cuenta bancaria a la que efectuar la transferencia para el oportuno pago cuando éste se apruebe.
A los efectos de esta cláusula, el adjudicatario deberá presentar, junto la documentación exigida en la cláusula 12, el anexo III de este Pliego “REGISTRO DE TERCEROS DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA”, debidamente
cumplimentado.
18. Modificación del contrato.
Modificaciones no previstas: cuando concurra alguna de las circunstancias y con los límites previstos en el artículo 107 del RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Procedimiento a seguir: las modificaciones serán acordadas por el órgano de contratación previa tramitación del procedimiento previsto en los art. 211 TRLCSP y 102 RGLCAP..
19. Medios Humanos.
La entidad adjudicataria dispondrá de los medios humanos necesarios para una correcta prestación del servicio, asumiendo todos los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal que, en ningún caso tendrá la vinculación de naturaleza administrativa, o laboral con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, quedando este último exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de las relaciones entre la empresa y el referido personal.
El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo en la Seguridad Social, así como cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral y de seguridad e higiene en el trabajo.
El número de trabajadores necesario para realizar el servicio recogido deberá mantenerse en todo momento, siendo sustituido el mismo en caso de jubilación, vacaciones, permisos, incapacidad temporal etc.
20. Prerrogativas y jurisdicción.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
Los licitadores se someten para todas las cuestiones derivadas de la interpretación de estas condiciones o en su caso del contrato administrativo subsiguiente, a la jurisdicción contencioso-administrativa del domicilio de la Corporación, con expresa renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, todo ello sobre la base de lo establecido en el artículo 21 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
21. Expurgo de documentación.
El Ayuntamiento de Arrigorriaga procederá al expurgo de la documentación presentada por los licitadores salvo la del adjudicatario una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos de interposición de recursos sin haberse interpuesto los mismos. Los licitadores podrán previamente retirar dicha documentación en el Ayuntamiento de Arrigorriaga transcurridos los plazos señalados con anterioridad.
No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la firmeza de la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la
documentación aportada por quienes hubieran licitado cuando éstos no hayan procedido a su retirada.
22. Confidencialidad de los datos.
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del RDL 3/2011, en relación con la Ley Orgánica 15/1999 de
13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre de desarrollo de la misma.
En Arrigorriaga, a 22 xx Xxxxxx de 2016.
ELSECRETARIO.
ANEXO I
Modelo de proposición.
D/Xx ............................................................................., con D.N.I. número
......................., y con domicilio a efectos de notificaciones en
..............................................., calle ........................................., teléfono
............................, y fax , en nombre propio (o en representación de
.................................; con C.I.F número ), manifiesta lo siguiente:
1.- Que está enterado de la apertura por parte del Ayuntamiento de Arrigorriaga del procedimiento abierto para la adjudicación de “del servicio de gestión de la oficina municipal de información al consumo-OMIC de Arrigorriaga”.
2.- Que ha examinado y conoce los Pliegos de condiciones y demás documentos que constan en el expediente, así como los textos legales de aplicación.
3.- Que declara bajo su responsabilidad que tiene capacidad jurídica y medios suficientes para realizar el contenido del contrato, y reúne los requisitos específicos exigidos para el mismo, y caso de resultar adjudicatario, llevará a cabo la prestación citada con sujeción, en todo caso, a los requisitos y condiciones de los Pliegos aprobados.
4.- Que se compromete conforme a todo lo dicho a realizar el contrato referido por los dos años de duración del mismo en la cantidad de euros,
más…………..euros en concepto de……..% de IVA, lo que hace un total de euros (poner en letra y número).
5.- Que se compromete a la impartición u organización sin coste para el Ayuntamiento de un número de charlas, conferencias, seminarios, coloquios, etc. dirigidos a la ciudadanía de Arrigorriaga de al menos una hora de duración, durante el transcurso de los dos años de duración del contrato sobre materias relacionadas con el consumidor (en especial relativas a entidades bancarias, seguros, telefonía, viajes combinados, etc.) de…….………...
6.- Que se compromete a un incremento de horas de presencia efectiva en la oficina del consumidor sin coste adicional para el Ayuntamiento en el transcurso de los dos años de duración del contrato de………………….
NOTAS:
1. En caso de discrepancia entre la cantidad reflejada de forma numérica y la reflejada con letras se dará prioridad a las letras.
Lugar, fecha y firma. EL LICITADOR.
ANEXO II
Modelo de aval para constitución de la garantía definitiva
............. (1), con domicilio en ........... calle ............ y NIF ..........., y en su nombre y representación ............ (2) con poderes suficientes para obligarles en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
a ................ (3), con NIF................ , ante el Ayuntamiento de Arrigorriaga por un importe de (4) euros para garantizar las responsabilidades derivadas de la
ejecución del servicio de gestión de la oficina municipal de información al consumo- OMIC de Arrigorriaga.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ayuntamiento de Arrigorriaga, con sujeción a los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El plazo de garantía subsistirá hasta el día en que la Administración autorice su cancelación.
.................................................. (lugar y
fecha)
............................... (razón social de la
entidad)
................................. (firma de los
Apoderados)
(1) razón social completa del avalista.
(2) nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) nombre y apellidos o razón social del avalado.
(4) en número y letras.
ANEXO III
HIRUGARRENEN edo ERAKUNDEEEN ERREGISTROA BANKU-KONTUAREN IZENDAPENA
REGISTRO DE TERCERAS PERSONAS O ENTIDADES DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA
KONTUAREN TITULARRA / TITULAR DE LA CUENTA
Izen- abizenak edo sozietate-izena / Nombre y apellidos o razón social | IFZ / NIF | ||
Kalea / Calle | Zk. / Nº | Solairua / Piso | Aldea / Mano |
Udalerria / Municipio | Lurraldea / Provincia | Posta-kodea / Código postal Faxa | |
Telefono zk. / Nº teléfono | Sakelakoaren zk. / Nº móvil | Helbide elektronikoa / Correo electrónico |
IFZ / NIF: P4801400E
BANKUAREN DATUAK: IBAN KODEA / DATOS BANCARIOS: CÓDIGO IBAN
Herria País | KZ DC | EK CE | Sukurtsalaren kodea Código de la sucursal | KZ DC | Kontu zenbakia Número de cuenta | |||||||||||||||||
ES |
BANKUAREN EDO KUTXAREN SINADURA ETA ZIGILUA kontua badela egiaztatzeko FIRMA Y SELLO DEL BANCO O CAJA certificando la existencia de la cuenta | TITULARRAREN SINADURA FIRMA TITULAR Data / Fecha |
Arrigorriagako Udalarekin lehenengo aldiz harremanetan jartzen diren pertsona edo entitateen aldeko ordainketak agintzeko, nahitaez bete beharreko eskakizuna da aitorpen hau aurkeztea, bai eta dauden datuak aldatzeko ere, beste erakunde baten bidez kobratu nahi izanez gero.
La presentación de esta declaración es requisito imprescindible para ordenar pagos a favor de las personas o entidades que se relacionan por primera vez con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, y también si desean modificar los datos existentes para cobrar a través de otra entidad.
DATUEN BABESA PROTECCIÓN DE DATOS
Datu Pertsonalak Babesteko abenduaren 13ko 15/99 Legearekin bat etorriz, jakinarazten zaizu zure datu guztiak isilpekotasunez tratatuko direla eta xede horretarako sortutako fitxategi batean sartuko direla. Datuak eskuratu, zuzendu, baliogabetu eta aurka egiteko eskubideak erabili ahal izango dituzu; horretarako, Arrigorriagako Udaleko Idazkaritza Nagusira jo beharko duzu.
De conformidad con la Ley 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal se le informa de que todos sus datos serán tratados de forma confidencial y serán incluidos en un fichero creado al efecto. Usted podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la Secretaría General del Ayuntamiento de Arrigorriaga.