Modelos de contratos internacionales
Modelos de contratos internacionales
Exportación de planta llave en mano
Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxxxx – Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xx 0 00000 Xxxxxxx – Departamento Internacional 955 110 922 |
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De una parte la sociedad................................ S.A. (en lo sucesivo denominada contratista), constituida y exis-
tente de acuerdo con las leyes de España y con domicilio en ........................., calle.........................., n.°.........., de ................................................., representada por don ......................................, en su cali-
dad de administrador único y director gerente de la sociedad y de otra parte............................... (en adelante
contratante), representada por don.................................., en su calidad de administrador y director de cons- trucción.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad para formalizar este contrato de suministro en su modalidad de «planta llave en mano» de una planta hidroeléctrica, y a tal efecto acuerdan:
Primero. - Objeto del contrato y documentos que regulan la operación
El objeto del presente contrato será el suministro por parte del contratista de una planta hidroeléctrica «llave en mano» y de todos los materiales y equipos de la línea de transmisión. El contratista se obliga formalmente a lle- var a cabo esta obra incluyendo su diseño, fabricación, transporte, montaje, instalación y puesta en marcha, así como el suministro de los materiales y equipos necesarios.
Forman parte integrante del presente contrato y con igual valor entre ellos, los siguientes documentos:
El contrato.
La oferta o licitación del contratista que se une al presente contrato como anexo n.° 1.
El proyecto de ejecución, compuesto de memoria, planos, pliego de condiciones técnicas y mediciones, que se adjunta al presente contrato como anexo nº 2.
El presupuesto, con su correspondiente desglose de precios que se incorpora al presente contrato como anexo n.° 3.
Segundo. - Precio
El precio de la planta queda establecido en la cantidad fija de................ $ USA, de acuerdo con el presupuesto (desglose de precios) que se incorpora en el presente contrato como anexo n.° 3.
Los abonos parciales de la obra se determinan de acuerdo con la marcha de la obra y el desglose de precios con- tenido en el presupuesto, de cuyas partidas se hace responsable al contratista.
En los precios se encuentran incluidos los gastos de suministro, embalajes, licencias, transportes de materiales, pequeño material de montaje, mano de obra, dietas, seguros y todos los necesarios para la obtención de la licen- cia de apertura y funcionamiento de la instalación.
Tercero. - Forma de pago
El precio ofertado será abonado de la siguiente forma:
Pago en moneda extranjera ($ USA).
El pago se efectuará mediante orden de pago documentaria.
Para fabricación en España y en el extranjero:
anticipado a la entrada en vigor................ 20% CIF.
Contra recibo del contratista y garantía bancaria incondicional e irrevocable por el 20%, que será proporcionalmente liberada tras el recibo de los documentos de embarque.
Por cada embarque.................. 70% CIF.
Contra letra de cambio a la vista extendida bajo la orden de pago por los siguientes documentos de embarque:
B/L limpio a bordo del buque oceánico (o B/L con acuerdo del fletamento de un barco),
factura (anexo n.° 9),
icado de inspección,
icado del fabricante (emitido por el fabricante),
lista de bultos y certificado de pesos,
póliza de seguro (anexo n.° 10),
documentos requeridos por el acuerdo xxx xxxxxxxx.
A la emisión del certificado de recepción provisional (taking over certifícate) .................... 5% del valor CIF.
A la emisión del certificado final................. 5% del valor CIF.
Precio del montaje en sitio y trabajo preparatorio:
anticipado............ 20% del montaje y coste de trabajos preparatorios.
Contra recibo del contratista y una garantía bancaria irrevocable e incondicional por una cantidad equivalente que será proporcionalmente liberada después de la emisión de cada certificado interino y contra las copias de los documentos de embarque del primer embarque.
A la emisión de cada certificado interino mensual............ 70% del montaje y coste de trabajos pre- paratorios.
A la emisión del taking over certifícate............. 5% del montaje y coste de trabajos preparatorios.
A la emisión del certificado final............... 5% del montaje y coste de trabajos preparatorios.
Pago de la parte en moneda local (...).
Precio del transporte por el interior:
Dentro de los 45 días desde la presentación de cada certificado interino mensual por la llegada a sitio de las mercancías............... 90%.
Dentro de los 45 días después de la fecha de emisión del taking over certifícate .................. 10%.
Precio del montaje en sitio:
anticipado....... 20% del precio del montaje de la parte en moneda local.
Contra garantía bancaria incondicional e irrevocable por el 20% acompañado de los documentos del primer embarque; la garantía bancaria será proporcionalmente liberada después de la presentación de cada certificado interino.
Dentro de los 45 días desde la presentación de cada certificado interino mensual ..................... 70% del precio acordado.
Dentro de los 45 días de la presentación del taking over certifícate............. 5% del precio acordado.
Dentro de los 45 días desde la fecha de emisión del certificado final........... 5% del precio acordado.
Precio del servicio
Cuando según el contratista tenga que suministrar algún servicio, el contratante pagará al contratista bajo la emisión de cada certificado interino mensual la suma especificada en él.
Si el contratante se retrasa en la realización de los pagos de las certificaciones aprobadas, el contratista, sin necesidad de intimación xx xxxx facturará un 13% de interés anual sobre las cantidades retrasadas como compensación de dicho retraso.
Cuarto. - Plazos de realización de la obra
El plazo de ejecución de la obra será de 12 meses desde la entrada en vigor del contrato. En caso de incumpli- miento se sancionará al contratista con una penalidad del 1% del presupuesto aceptado por cada semana de re- traso.
El contratista se obliga a seguir fielmente el programa de ejercicio de la obra y certificaciones propuesto como planning de los trabajos en su oferta.
A partir del programa previsto, la dirección técnica elaborará los programas de trabajo definitivos, que entregará al contratista que se obliga a cumplirlos y aceptarlos.
Dicho programa será revisado cada 15 días al objeto de comparar el progreso de los trabajos en relación al mis- mo. El contratista proporcionará a la dirección técnica un informe detallado del progreso de los trabajos compara- do con el programa.
El plazo de ejecución de la obra podrá ser prorrogado por alguna de las siguientes razones:
trabajo adicional,
condiciones atmosféricas excepcionales adversas,
imposibilidad del contratante en la obtención de alguna licencia de importación, o incumplimiento de algu- na de las obligaciones del contrato,
uier modificación de los trabajos.
Si la dirección desea por cualquier motivo adelantar o posponer el plazo de finalización de las obras, la realización de una parte de la obra o cualquier otra fecha clave, necesitará la aprobación del contratista.
Quinto. - Entrada en vigor del contrato
Las partes condicionan la entrada en vigor del contrato al cumplimiento de los siguientes requisitos, siempre que este cumplimiento no exceda de 120 días desde la firma del contrato:
Notificación al contratista y al banco financiador por parte del contratante del nombre y la fecha de nom- bramiento de su representante en el lugar de la obra.
Aprobación del contrato por el Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno .............................. (país de destino).
Recepción de la orden de pago documentaría del crédito por el contratista.
inicial del 20% de la obra contratada por.........................
Establecimiento de una garantía de anticipo por el pago anticipado y de una garantía de buena ejecución.
Suscripción de las pólizas de seguro necesarias.
Sexto. - Seguros
El contratista principal asegurará toda la planta por el 110% de su valor suscribiendo una póliza que cubra todo riesgo de pérdida, daño o destrucción por fuego, terremotos, robos y riesgo de mar desde la fecha del embarque hasta que la propiedad haya sido transferida al contratante, es decir, a la recepción provisional de la obra.
El contratista será responsable de cualquier reclamación que, individual o colectivamente y por cualquier razón, pudieran hacerle los trabajadores que tomen parte en las obras. Para cubrir esta responsabilidad laboral contra- tará un seguro de indemnización de los trabajadores y un seguro a todo riesgo que cubra la responsabilidad ge- neral y de vehículos por lesiones corporales y daños materiales en sentido amplio. Este seguro protegerá al con- tratista entre otras de las reclamaciones por daño a miembros del público o a propiedades de terceros derivado del uso de vehículos de motor propios, alquilados o ajenos. Los límites de responsabilidad no serán inferiores a:
nes corporales (salvo vehículos): 500.000 $ USA por accidente.
s materiales (salvo vehículos): 200.000 $ USA por accidente.
nes corporales, vehículos: 500.000 $ USA por persona. 500.000 $ USA por accidente.
s materiales, vehículos: 200.000 $ USA por accidente.
El contratista deberá solicitar de todos y cada uno de los subcontratistas, suministradores y en definitiva de todas aquellas empresas que intervengan en la obra, los seguros pertinentes, asumiendo toda ^responsabilidad que pudiera derivarse de su falta.
Como prueba válida de haber efectuado estos seguros, el contratista presentará al contratante antes de la inicia- ción de la obra, los certificados correspondientes, firmados por la compañía aseguradora y cuando le sea solicita- do, copia de las pólizas y justificantes de pago de las mismas.
Los seguros deben contratarse con una compañía registrada en.............................. (país de destino) con licen- cia de negocios del Gobierno de dicho país.
Séptimo. - Modificaciones
El contratista no deberá modificar ni alterar el proyecto de las obras contratadas, ni ninguno de los trabajos sin autorización de la dirección técnica.
La dirección técnica podrá solicitar por escrito trabajos adicionales o la modificación de la obra o parte de ella al contratista y a este fin, este último deberá preparar y someter una oferta a la aprobación del contratante.
Si debido a esta modificación, se produce un aumento, reducción o supresión de las cantidades de la obra, las partes acordarán un reajuste del precio pactado y una prórroga del plazo.
Si el total de las modificaciones excede del 15% del precio pactado, éste deberá ser corregido por mutuo acuerdo de las partes y por forma contradictoria.
Octavo. - Recepción de la obra
Terminación de las obras y recepción provisional. La recepción provisional de la obra se efectuará dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor del contrato.
Cuando el contratista juzgue que todas las obras objeto del contrato se encuentren finalizadas, comunicará por escrito y de forma fehaciente a la dirección técnica tal extremo así como su intención de efectuar los tests de ter- minación de la obra para obtener la recepción provisional.
La dirección técnica establecerá la fecha de realización de estas pruebas a las que acudirá junto con el contratis- ta. En caso contrario, el contratista podrá fijar unilateralmente la fecha de las pruebas dando conocimiento a la dirección técnica. Los resultados de las pruebas así celebradas deberán ser aceptados por todas las partes.
En el supuesto que una parte de la obra no aprobara los tests, éstos podrán ser repetidos, siempre a instancia de una de las partes.
Tan pronto como los trabajos hayan sido finalizados y una vez cumplimentadas las pruebas satisfactoriamente, la dirección expedirá el certificado (o acta) de recepción provisional (taking over certifícate) para acreditar que el contratista ha cumplido con su parte del contrato y dejar constancia de la fecha de finalización de la obra.
En el supuesto de que la realización de la obra haya sido dividida en varias partes, el contratista podrá solicitar a la dirección técnica este certificado por cada parte de obra acabada.
En caso de duda o controversia entre la partes sobre la aprobación de las obras realizadas y la consiguiente ob- tención del certificado de recepción provisional, éstas se someterán al arbitrio técnico de..........................
Plazo de garantía. Formalizada la recepción provisional de la obra, se iniciará el plazo de garantía de un año, durante el cual el contratista responderá del buen funcionamiento de la obra, así como de la posible existencia de defectos en el diseño, trabajos realizados o materiales.
Si durante este período la obra no se ajusta a las condiciones del contrato debido a la existencia de vicios o de- fectos, el contratista procederá a subsanarlos de inmediato mediante reparación o sustitución de las partes o ma- teriales afectados, prorrogándose el período de garantía por igual tiempo a aquel en que las obras estuviesen paradas. Si la correcta reparación del defecto es imposible de inmediato, el contratista realizará una mejora pro- visional siempre con el visto bueno de la dirección técnica, procediendo a una mejora definitiva tan pronto como las condiciones se lo permitan.
El contratista solicitará mensualmente a la dirección técnica los certificados interinos que darán fe del valor total del trabajo ejecutado y de la planta entregada hasta el momento.
Recepción definitiva. Una vez completado satisfactoriamente el plazo de garantía, se procederá a la recepción definitiva de las obras con la concurrencia del contratista, el contratante y la dirección técnica.
El contratista solicitará a la dirección técnica el certificado final de ejecución de obra y si a su juicio las obras se encuentran en condiciones de ser recibidas se redactará la correspondiente acta de recepción definitiva. A partir de este momento, el contratista queda relevado de toda responsabilidad con respecto a la obra.
En caso de no encontrarse la obra en condiciones de ser recibida, el contratante cursará las oportunas instruccio- nes al contratista para efectuar las reparaciones necesarias y señalarán un nuevo plazo para el cumplimiento de sus obligaciones.
Realizada la recepción definitiva, se hará valoración de los posibles trabajos ejecutados durante el plazo de ga- rantía, si no son consecuencia de imperfecciones imputables al contratista, practicándose la liquidación total de estos trabajos para el correspondiente abono al contratista.
Noveno. - Responsabilidad por daños y perjuicios
El contratista será responsable de:
Los daños a la obra causados por riesgos inesperados, estando obligado a repararlos a petición del contra- tante que soportará el coste de los mismos.
Los daños a personas o propiedades no pertenecientes a la obra, producidos antes de su finalización y de cualquier reclamación, costos y acciones en relación con estos daños, siempre que se hayan ocasionado por negligencia del contratista o subcontratista o por un diseño defectuoso de los materiales o equipos.
Los daños a personas o propiedades no pertenecientes a la obra y ocasionados mientras el contratista per- manece en ella con el propósito de corregir algún defecto de alguna parte de la obra o de realizar pruebas tras posibles reparaciones en el período de garantía.
Los daños a personas y propiedades no pertenecientes a la obra, ocasionados durante el período xx xxxxx- tía, pero que tienen su origen en una causa anterior a éste.
Todas las reclamaciones por daños a personas o a la propiedad realizadas por el contratante y que no res- pondan a los motivos expuestos anteriormente. El contratista estará obligado, tras notificación del contra- tante, al pago de todos los gastos ocasionados por las negociaciones y litigios en torno a este asunto.
Los accidentes y daños causados a los trabajadores. El contratista indemnizará al contratante por todas las demandas relacionadas con la muerte o daños sufridos por personas empleadas por el mismo o un subcon- tratista. Se excluyen los casos en que la responsabilidad sea del contratante.
El contratista no será responsable frente al contratante de:
érdidas de beneficios o contratos sufridos por el contratante.
emandas efectuadas contra el contratante salvo las establecidas anteriormente.
años causados por actos u omisiones del contratante, y/o personal y/o empresas dependientes.
Las pérdidas o daños en circunstancias sobre las que el contratista no tiene control, salvo si éstas debieran estar cubiertas por un seguro.
Décimo. - Subcontratos
El contratista no podrá, en ningún caso, subcontratar la totalidad o parte del trabajo, ni se asociará con terceros para la ejecución del mismo, sin la aprobación previa por escrito del contratante.
El contratista presentará una lista con un mínimo de cuatro subcontratistas al contratante (previamente a la con- tratación de los mismos), subcontratando a uno de los propuestos y no vetados por el contratante.
La subcontratación del contratista con terceros de cualquier unidad de obra no supondrá relación jurídica o de cualquier otra clase entre los mismos y el contratante.
El contratista será plenamente responsable de cualquier fallo o negligencia por parte de sus subcontratistas, así como del cumplimiento del plazo previsto para la ejecución.
El contratista se obliga a no realizar subcontratación alguna con pacto de reserva de dominio o de cualquier otro por el que pueda privarse al contratante de los elementos o instalaciones de que se trate.
El contratista estará autorizado a subcontratar la ejecución de aquellos trabajos, que por su especialidad deben realizarse por el sistema de subcontratación.
El contratista subcontratará la ingeniería del proyecto y la realización de la obra civil a la empresa españo- la ............................., y la empresa ............................., (país de destino), respectivamente.
Undécimo. - Garantías
El contratista establecerá una garantía bancaria incondicional e irrevocable por el 20%, para cubrir el pago antici- pado efectuado por el contratante.
Como garantía de buena ejecución el contratista entregará un aval bancario a favor del contratante por importe del 15% de la obra contratada. Esta garantía responderá del exacto cumplimiento de las obligaciones contractua- les asumidas por el contratista y en especial de las penalidades impuestas al mismo por razón de la ejecución de la obra, de los gastos derivados de la mala ejecución y de la corrección de defectos durante el período xx xxxxx- tía.
Duodécimo. - Resolución
Cada parte podrá poner fin a este contrato inmediatamente enviando una notificación escrita a la otra parte en los siguientes supuestos:
Si la otra parte incumple cualquiera de las obligaciones que en el contrato se establecen y en caso de que el incumplimiento sea susceptible de subsanación, si no queda subsanado dentro del plazo de 30 días, a contar desde la recepción de la notificación escrita en la que se comuniquen detalles de incumplimiento y el requerimiento para que sea remediado.
Si la otra parte incurre en situación de insolvencia o incoa un procedimiento de suspensión de pagos, quie- bra, disolución o procedimiento similar sin perjuicio de los derechos y acciones que a cada uno puedan co- rresponder.
En caso de suspensión definitiva de las obras por el contratista, o la temporal injustificada por un plazo superior a 30 días hábiles, así como la ejecución fraudulenta de la obra en contra de las estipulaciones de la dirección técnica.
Si el contratante opta por la resolución contractual por incumplimiento del contratista (según lo mencionado an- teriormente), éste perderá el aval constituido a la formalización del contrato, que hará suyo el contratante en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
Al recibo de la notificación por parte del contratante de la rescisión del contrato, el contratista suspenderá inme- diatamente los trabajos y devolverá al contratante todos los planos y diseños de la obra, pudiendo éste tomar posesión de todos los materiales, herramientas y equipos y pudiendo terminar la obra por sí mismo.
El contratista tendrá derecho a rescindir el contrato en el caso de que el contratante dejase de efectuar los pagos previstos por un plazo superior a 30 días desde la entrega de las certificaciones de obra mensuales, teniendo de- recho el contratista al abono de la obra realizada y de los acopios efectuados.
Decimotercero. - Disposiciones varias
Cesión. El contratista no podrá traspasar o ceder el contrato sin el previo consentimiento del contratante. Aun en el caso que se haya dado dicho consentimiento, ello no exonera al contratista de ninguna de sus responsabili- dades.
Fuerza mayor. El contratista y el contratante no serán responsables por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato si son consecuencia de fuerza mayor según lo recogido en el artículo................ que esta- blece la no responsabilidad en caso de sucesos que no hubieran podido preverse o que de haberse previsto fue- ran inevitables.
El contratista no será responsable por incumplimiento en caso xx xxxxxx, hostilidades, invasión, revolución, usur- pación de poder, ionización, radiaciones, contaminación por radiactividad, huelga, motines, conflictos laborales, retrasos en el transporte, así como de cualquier otra causa fuera de control razonable.
Si sucediese alguna causa considerada de fuerza mayor, la parte afectada dispondrá de 15 días para comunicár- selo por escrito a la otra parte adjuntándole la documentación oficial que acredite dicha causa como de fuerza mayor.
Si se produce un retraso por esta causa se prorrogarán los plazos afectados como máximo en la medida del re- traso sufrido.
Publicidad. Cualquier publicidad que se realice sobre la obra habrá de ser previamente aprobada por el contra- tante, quien podrá, en cualquier caso, denegar, sin más, la autorización.
Permisos, licencias e impuestos. El contratista estará obligado a la gestión, obtención y pago de todos los per- misos, licencias e impuestos. De los que radican en................., le corresponde la gestión, obtención y pago del número de identificación fiscal y la carta de autorización oficial, así como de todas las tasas y permisos relaciona- dos con los trabajos, incluido el coste de segundad de los materiales, y el pago del 10% del valor del contrato en concepto de IVA.
El contratista estará exento del pago de los derechos de importación. Todo elemento importado estará sujeto al 2,25% del precio CIF.
Todos los equipos y herramientas reexportados a la finalización del contrato estarán exentos del pago de los de- rechos de aduana.
La emisión de la licencia de importación necesaria para que el equipo y materiales importados pueden entrar en...................................... será por cuenta del contratante.
El contratante suministrará toda la ayuda e información necesarias al contratista para la obtención de permisos para la reexportación.
Arbitraje. Ambas partes se comprometen a cumplir el contrato de buena fe, resolviendo por medio de negocia- ciones y acuerdos mutuos cualquier diferencia que pudiera surgir entre ellas respecto a la aplicación, desarrollo, cumplimiento y ejecución del mismo.
En caso de controversia en la interpretación o ejecución de este contrato y sus anexos, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someterán a arbitraje de conformidad con lo dis- puesto en el Reglamento de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio Internacional, que se ejecutará por arbitro seleccionado por el contratista, otro por el contratante y un compromisario nombrado por ambos jue- ces.
El arbitraje tendrá lugar en........................................ y en el idioma .........................
Ley aplicable. El presente contrato se regirá e interpretará de acuerdo con la Ley de ................................
Disposiciones contrarias a la Ley. Cualquier disposición de este contrato contraria a la Ley se considerará por separado y su nulidad no afectará a la validez del resto del contrato que permanecerá en vigor entre las partes.
«Integration clause». Este documento con sus anexos constituye el acuerdo total entre las partes y no existen derechos ni obligaciones que no estén expuestas en el mismo. Cualquier modificación a este contrato deberá rea- lizarse por escrito y ser firmada por ambas partes.
Notificaciones. Todos los certificados, notificaciones u órdenes por escrito efectuadas por cualquiera de las par- tes a la otra parte, se harán por correo certificado o telefax y se dirigirán a la dirección que a continuación se in- dica:
Domicilios para notificaciones:
- El contratista: ..............................................................
- El contratante: .............................................................
En testimonio de lo cual, las partes, a través de sus apoderados debidamente autorizados firman el presente con- trato en el lugar y fechas anteriormente reseñados.
El contratista principal El contratante
Firmado:............................ Firmado:..........................................