PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA RENOVACIÓN DE LA ILUMINACIÓN DEL EDIFICIO SEDE DEL PARLAMENTO DE NAVARRA
PLIEGO DE CONDICIONES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA RENOVACIÓN DE LA ILUMINACIÓN DEL EDIFICIO SEDE DEL PARLAMENTO XX XXXXXXX
En el presente pliego se regulan los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes en sus aspectos jurídicos, administrativos, económicos y técnicos, de la contratación de la renovación de la iluminación del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituyen el objeto del presente contrato los trabajos de renovación y sustitución de la actual iluminación del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, sito en la xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx 0 xx Xxxxxxxx, por una iluminación de tecnología led.
Dichos trabajos se realizarán conforme a las prescripciones técnicas definidas en el Anexo III Pliego de prescripciones técnicas particulares de la licitación (PPTP), y conforme a lo desarrollado en el Proyecto Técnico aprobado por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de 9 de septiembre de 2019 con sus correspondientes anexos, que formarán parte del contrato que se firme con el adjudicatario.
El Parlamento xx Xxxxxxx considera necesario para dar validez a las propuestas técnicas presentadas al procedimiento, que estas hayan sido elaboradas teniendo en cuenta la realidad de las instalaciones de su sede, por lo que organizará una visita a su sede que será de carácter obligatorio para todos los interesados en participar en la licitación. En consecuencia, no llevarla a cabo supondrá la no aceptación de la propuesta técnica por la Mesa de contratación y la exclusión definitiva del procedimiento.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
El Parlamento xx Xxxxxxx, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1 a) de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (en adelante LFCP), está incluido en el ámbito subjetivo de aplicación de dicha Ley Xxxxx, mientras que la prestación objeto del contrato constituye una obra sujeta al régimen jurídico administrativo (artículos 27 y 28 de la LFCP). De este modo, conforme al artículo 34.1 LFCP, la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato se regirán por la LFCP y sus disposiciones reglamentarias, aplicándose supletoriamente las demás normas de derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado. En su virtud, tanto las personas licitadoras como con posterioridad las partes contratantes, quedan sometidas a lo establecido en este pliego, y a la LFCP.
El desconocimiento de la normativa reguladora de contratos públicos, así como de las cláusulas y anexos del presente pliego, no eximirá a los licitadores y al contratista de la obligación de su cumplimiento.
- Tramitación: ordinaria (art. 138 LFCP).
- Tipo de contrato: obras (art. 28 LFCP).
- Epígrafe CPV (Common Procurement Vocabulary): 31000000-6 Máquinas, aparatos, equipo y productos consumibles eléctricos: iluminación, y 45310000-3 Trabajos de instalación eléctrica.
- Procedimiento: abierto (art. 72 LFCP).
- Criterio de adjudicación: criterios relacionados con la relación coste-eficacia junto con criterios cualitativos, a los que se unen criterios de carácter social (art. 64.3 b y 64.6 de la LFCP).
- Unidad gestora del contrato: Servicios Generales.
- Mesa de contratación: ver cláusula 9 del presente PCR.
- Órgano adjudicador: Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
3.- IMPORTE DEL CONTRATO
El importe máximo del contrato es de 161.800,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “60200 - Edificios” del Presupuesto de gastos de la Cámara para 2019.
La propuesta económica de los licitadores no podrá superar los 161.800,00 euros, IVA excluido, desestimándose las ofertas cuya cuantía económica sea superior a dicha cifra. Dicho precio se considera máximo e incluye todos los gastos para la perfecta ejecución del contrato (costes directos, indirectos, gastos generales, beneficio industrial, etc.)
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 66.3 de la LFCP, se advierte a los licitadores de lo siguiente:
- Que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción socio-laboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
- Que la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación, como mínimo, del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora, más las mejoras precio/hora del convenio más los costes de la Seguridad Social.
4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar, no se hallen en una situación de conflicto de intereses y acrediten una solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para ejecutar la prestación contractual demandada.
Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá contratar con licitadores que participen conjuntamente, de acuerdo con el artículo 13 de la LFCP. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras, y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. En cualquier caso, los contratistas responderán solidariamente de las obligaciones contraídas.
En todo caso, los licitadores han de ser personas naturales o jurídicas, cuya finalidad o actividad profesional tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia económica y financiera suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación detallada en la cláusula 8.1.c) del presente pliego.
6.- SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Para la ejecución de este contrato deberá disponerse de unas condiciones de solvencia técnica y profesional suficientes que deberán acreditarse mediante la presentación de la documentación detallada en la cláusula 8.1.d) del presente pliego.
7.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los documentos que conforman la oferta deberán presentarse exclusivamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA), que estará disponible en el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx), de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes.
Asimismo, todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con los interesados, se efectuará a través de la citada plataforma.
Es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx.
Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1 seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos.
- Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en Madrid).
- Fuentes horarias secundarias:
o xxxxx.xxxxx.xx, INRIA, Paris
o x0x00.x0x.xxx.xx, UPV-EHU
El plazo de presentación de las ofertas se fijará en el anuncio para la licitación, siendo como mínimo de veintiún días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará el resumen criptográfico de su contenido, quedando como constancia de la oferta. En el caso de que quien licite tenga problemas* en la presentación de su oferta en la plataforma, si la huella (resumen criptográfico) es remitida al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, dentro del plazo de presentación de ofertas, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de la plataforma PLENA y para considerar completada la presentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
(*) a estos efectos, se advierte de que cuanto mayor sea el peso (medido en MB) de las ofertas, mayor puede ser el tiempo requerido para completar su presentación. Ello con independencia de la concurrencia de otras circunstancias, como una menor velocidad de subida de datos debida a la calidad de la conexión, u otras.
Si al proceder a la apertura de los sobres, se detecta una presentación fuera de plazo sobre la cual se ha recibido una huella, ésta se validará, si la huella coincide, y la fecha de recepción está dentro de las 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y se abrirá.
Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su contenido.
En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa o entidad licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la plataforma, la oferta presentada será admitida. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a la plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevarán la exclusión.
8.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación se puede acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en el repositorio seguro.
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. La plataforma no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
Las propuestas se presentarán de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrá 3 sobres, identificados como:
- Sobre A: Documentación general.
- Sobre B- Propuesta técnica y medidas de carácter social.
- Sobre C- Proposición económica.
En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la Mesa de contratación.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de esta cláusula dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas que hubiera suscrito.
La presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas supondrá, igualmente, la inadmisión de dichas ofertas.
8.1) Sobre A: Documentación general.
Este sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Denominación de la empresa o proponente, NIF, nombre y apellidos de la persona que firme la proposición y el carácter con que lo hace y dirección, teléfono, persona de contacto y correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
b) Declaración responsable firmada por el licitador, conforme al modelo del Anexo I que se adjunta al presente pliego, indicando que reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación; que dispone de la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional para llevar a cabo el contrato; que no está incurso en causa de prohibición de contratar y se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes; que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como el convenio laboral del sector; que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como los establecidos en el pliego de contratación; que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras; que cuenta con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
c) Acreditación de la solvencia económica y financiera:
c.1) Declaración formalizada por una entidad financiera en la que se haga constar que el licitador dispone de la capacidad económica o financiera necesaria para hacer frente al presente contrato en concreto, circunstancia que se indicará expresamente en la declaración.
c.2) En el caso de profesionales autónomos, se exigirá además un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
c.3) Declaración responsable de tener contratada una póliza de responsabilidad civil por daños señalando su importe, que deberá ser superior a 100.000,00 euros.
d) Acreditación de la solvencia técnica y profesional:
Declaración responsable del licitador de las obras de instalación eléctricas llevadas a cabo en los últimos cinco años (señalando importe, fecha y lugar de ejecución), en la que al menos conste una cuyo presupuesto sea superior a 75.000,00 euros, IVA excluido, junto con certificación emitida por el cliente de su ejecución satisfactoria en el que se señale importe y fecha de realización.
e) Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado.
En el caso de existir licitadores que participen conjuntamente, la documentación que se exige en los apartados a), b), c), y d) deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores que participen.
8.2) Sobre B: Propuesta técnica y criterios sociales
En el interior de este sobre se incluirá tanto la propuesta técnica como, en su caso, los criterios sociales que presenta la empresa en relación con el objeto del contrato.
8.2.a) Propuesta técnica:
La presentación de la propuesta técnica en cada uno de los siguientes apartados a.1), a.2)
a.3) y a.4) es obligatoria para todos los licitadores. La Mesa de contratación debe garantizar la conformidad de las propuestas con las condiciones técnicas requeridas en los pliegos y el proyecto de la presente licitación para ser admitidas a la misma.
A este fin, los licitadores deberán presentar en sus propuestas técnicas la siguiente documentación:
a.1) Memoria explicativa del planteamiento de la obra y su desarrollo, maquinaria, herramientas y medios auxiliares. Problemática de ejecución que pueda suscitar la obra. Análisis del proyecto y detección de aspectos problemáticos a tener en cuenta. Tratamiento de afecciones tanto al público como a los trabajadores del Parlamento xx Xxxxxxx, infraestructuras e instalaciones. Implantación de la obra y su justificación.
a.2) Planning de obras, con indicación del camino crítico, en el que quede justificado el plazo que se oferte en cada caso, así como los medios humanos (número de personas y cualificación personal) que el licitador va a dedicar para garantizar el cumplimiento del plan establecido. Una vez adjudicada la obra y previamente al inicio de la misma, el contratista deberá ajustar el cronograma a las fechas concretas en que se desarrollarán las obras, el cual deberá aprobarse por la Dirección Facultativa y le servirá de base para el seguimiento y control de plazos de la obra.
a.3) Relación de cada uno de los modelos, marcas y características de los distintos elementos y materiales que formando parte del presente contrato y recogiéndose en el proyecto técnico, se compromete el licitador a instalar para que la Mesa de contratación pueda verificar la conformidad de las propuestas técnicas con las prescripciones técnicas requeridas en la presente contratación.
En particular, se deberá presentar toda la documentación técnica requerida en los apartados 7 y 8 del Anexo III. PPTP para aquellos elementos, materiales, etc. que no se correspondan con los propuestos en el proyecto y a los que se añade a la descripción los términos “o equivalente” o “similar”.
Aquellas propuestas que no cumplan con todos los requisitos técnicos mínimos establecidos para la presente licitación quedarán excluidas de la misma.
a.4) Certificado de asistencia a la visita organizada por el Parlamento xx Xxxxxxx a sus instalaciones.
a.5) En el caso de que los licitadores deseen que se valore y puntúe la mejora de la eficiencia de las luminarias a suministrar, deberán aportar obligatoriamente una Memoria Técnica con los siguientes datos, parámetros y características de las luminarias LED:
- Marca y modelo.
- Memoria descriptiva del elemento, detalles constructivos, materiales empleados, forma de instalación, conservación, posibilidad de reposición de los distintos componentes y demás especificaciones.
- Planos a escala conveniente de planta, alzado y perspectiva del elemento.
- Fotografías del exterior de la luminaria, de vista superior e inferior.
- Ficha técnica del producto donde se describan sus características, dimensiones, prestaciones y parámetros técnicos de funcionamiento, donde se debe contemplar:
- Potencia nominal asignada y consumo total del sistema.
- Factor de potencia de la luminaria.
- Numero de LEDs, marca y modelo de LED y su sistema de alimentación (intensidad, voltaje).
- Temperatura máxima asignada (tc) de los componentes.
- Distribución fotométrica, flujo luminoso total emitido por luminaria y flujo luminoso emitido al hemisferio superior en posición de trabajo.
- Rendimiento de la luminaria.
- Vida útil estimada para la luminaria en horas de funcionamiento.
- Grafico sobre el mantenimiento lumínico a lo largo de la vida de la luminaria.
- Rango de temperaturas ambiente de funcionamiento sin alteración de sus parámetros fundamentales, en función de la temperatura ambiente exterior.
- Características de emisión luminosa de la luminaria en función de la temperatura ambiente exterior.
- Grado de hermeticidad de la luminaria, detallando el del grupo óptico y el del compartimiento de los accesorios eléctricos, en el caso de que sean diferentes.
- Grafica de la distribución espectral de la luminaria.
- Temperatura de color.
En todo caso, se deberán mantener los niveles de luz de los proyectos y se adjuntarán los cálculos lumínicos que justifiquen la mejora de la eficiencia ofertada en archivos editables de software abierto (Dialux o similar).
8.2.b) Criterios sociales:
Este apartado no es obligatorio para los licitadores, y únicamente se presentará en el caso de que el licitador desee que se valore la adopción de medidas sociales en su propuesta, en cuyo caso deberá detallar expresa y nítidamente los elementos aducidos para cada uno de los apartados siguientes, presentando la correspondiente documentación acreditativa:
b.1) Inserción de personas con discapacidad en los trabajos concretos objeto de la presente licitación, acreditando la existencia de una relación laboral entre las mismas y el licitante. A este efecto se presentará la relación del personal de la empresa que estará vinculado a la realización de los trabajos objeto del presente contrato.
b.2) Mejoras en las condiciones laborales y salariales y en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal y de igualdad, que lleva a cabo la empresa licitante en la actualidad con carácter general para todos sus trabajadores y que se encuentren por encima de lo establecido en el convenio colectivo del sector.
A estos efectos, la información se presentará en un cuadro comparativo que recoja explícitamente las medidas contempladas en el convenio colectivo del sector (indicando además de qué convenio se trata) y aquellas establecidas por el licitador cuyo alcance esté por encima del mismo. La no presentación de dicho cuadro comparativo conllevará la no valoración de este apartado.
b.3) Participación de profesionales jóvenes, menores de 30 años, en los trabajos concretos objeto de la presente licitación, acreditando la existencia de una relación laboral entre los mismos y el licitante. A este efecto se presentará la relación del personal de la empresa que estará vinculado a la realización de los trabajos objeto del presente contrato.
b.4) Medidas de formación de los trabajadores de la empresa licitadora implicados en los trabajos objeto del presente contrato, en los dos años previos a la fecha de publicación de la presente licitación en materia de riesgos laborales y/o de igualdad de género. Se detallará el programa del curso con su contenido, el personal que lo recibió, su duración en
número de horas, la fecha de ejecución, modalidad (presencial, on-line, etc.) y la persona o entidad encargada de impartirla. A este efecto se presentará la relación del personal de la empresa que estará vinculado a la realización de los trabajos objeto del presente contrato.
En el caso de que se presente una proposición por licitadores que participen conjuntamente, aquélla deberá estar firmada por la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Parlamento xx Xxxxxxx.
Cualquier referencia en la documentación de este sobre a precios o a la oferta económica, determinará la exclusión de la licitación.
8.3) Sobre C: Proposición económica.
Este sobre contendrá la oferta económica total según el modelo del Anexo II del presente pliego.
Asimismo, los licitadores incluirán en este sobre la valoración económica detallada de todos los elementos de su propuesta, para lo que se presentará un documento siguiendo el modelo del presupuesto del Proyecto Técnico, en el que se incluirán nuevas partidas en caso de considerarlo necesario. El importe de cada partida debe incluir todos los accesorios necesarios para la instalación del componente, así como la mano de obra necesaria para su instalación y puesta en marcha. El sumatorio de todas las partidas deberá coincidir con el importe total de la oferta económica del Anexo II, e incluirá todos los gastos necesarios para la perfecta ejecución del contrato (costes directos, indirectos, gastos generales, beneficio industrial, etc.)
La propuesta económica de los licitadores no podrá superar los 161.800,00 euros, IVA excluido, desestimándose las ofertas cuya cuantía exceda dicha cifra.
En el caso de que se presente una proposición económica por licitadores que participen conjuntamente, aquélla deberá estar firmada por la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Parlamento xx Xxxxxxx.
9. – MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará compuesta por las siguientes personas: Presidente: D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Secretario 2º del Parlamento xx Xxxxxxx
Suplente: D.ª Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Vicepresidenta 1ª del Parlamento xx Xxxxxxx.
Vocal: D.ª Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Jefa de los Servicios Generales.
Suplente: D.ª Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Técnica de Grado Medio en Gestión Admva.
Vocal: D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Interventor.
Suplente: D.ª Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Técnica de Grado Medio en Gestión Administrativa.
Vocal: D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Técnico de Grado Medio en Gestión Admva. Suplente: X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Oficial Técnico de Mantenimiento.
Secretario: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Letrado del Parlamento xx Xxxxxxx. Suplente: D.ª Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Letrada del Parlamento xx Xxxxxxx.
10.- CALIFICACIÓN PREVIA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS
Concluido el plazo de presentación de las ofertas, se procederá en acto interno a la apertura del sobre A. La Mesa de Contratación examinará el contenido de dicho sobre (Documentación general) y calificará los documentos presentados por los licitadores en tiempo y forma, acordándose la admisión o rechazo de los licitadores.
Si la Mesa de Contratación observara omisiones o defectos materiales en la documentación presentada, siempre y cuando tengan la consideración legal de deficiencias subsanables, requerirá al licitador que complete o subsane la documentación en el plazo mínimo de cinco días naturales contados desde la notificación del requerimiento.
Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión del procedimiento, dejando constancia documental de ello.
11.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS
Una vez acordada la admisión o rechazo de los licitadores, la Mesa de contratación, procederá, en acto interno, a la apertura de las propuestas técnicas y criterios sociales (sobre B) con el fin de comprobar que su contenido se ajusta a la documentación requerida en la cláusula 8.2 del presente pliego y que las propuestas técnicas ofertadas cumplen las prescripciones técnicas mínimas exigidas y proceder a su valoración, así como en su caso, la valoración de las medidas sociales. La Mesa de contratación contará para la valoración técnica con el apoyo de una empresa de ingeniería adjudicataria del contrato de asesoramiento para la presente licitación, y podrá también solicitar cuantos informes técnicos considere oportunos.
A la vista de las propuestas presentadas, la Mesa de Contratación podrá requerir de los licitadores aclaraciones complementarias a sus propuestas mediante la oportuna notificación, si considera que adolecen de oscuridad o inconcreción, otorgando un plazo de contestación de cinco días naturales, sin que dicha aclaración pueda suponer en ningún caso modificación de la oferta presentada.
12.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS
Efectuada la valoración de las propuestas técnicas y de las medidas de carácter social, se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx con al menos tres días de antelación, el lugar, fecha y hora de la apertura de las proposiciones económicas, que permanecerán secretas hasta dicho momento.
Una vez realizada la apertura de dichas proposiciones, se hará pública la puntuación obtenida por cada persona licitadora en la valoración de las propuestas técnicas y las medidas de carácter social, así como la oferta presentada en la proposición económica.
La Mesa de contratación, tras la apertura de las ofertas económicas, elevará a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx dichas proposiciones, las actas, la propuesta de adjudicación y las observaciones que estime pertinentes. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos en orden a la adjudicación.
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El criterio de adjudicación es el de la oferta con mejor relación coste-eficacia junto con criterios cualitativos que permitan identificar la oferta que presenta la mejor relación calidad- precio. Asimismo, se incluyen también criterios de adjudicación de carácter social.
La distribución de la puntuación total es la siguiente:
- La propuesta técnica tendrá una puntuación máxima de 30 puntos.
- Los criterios de carácter social tendrán una puntuación máxima de 10 puntos.
- La propuesta económica tendrá una puntuación máxima de 60 puntos.
a) Puntuación de la propuesta técnica (máximo 30 puntos).
La calidad técnica de la propuesta, que se valorará en 30 puntos, se calificará de acuerdo con los siguientes apartados:
a.1) Memoria explicativa del planteamiento de la obra y su desarrollo, maquinaria, herramientas y medios auxiliares. Problemática de ejecución que pueda suscitar la obra. Análisis del proyecto y detección de aspectos problemáticos a tener en cuenta. Tratamiento de afecciones tanto al público como a los trabajadores del Parlamento xx Xxxxxxx, infraestructuras e instalaciones. Implantación de la obra y su justificación (puntuación máxima 10 puntos).
Se valorará la correcta definición del proceso constructivo a realizar, la coherencia de la organización de los trabajos y asignación de recursos. La coordinación de las actividades y gremios intervinientes en las obras. Los medios técnicos destinados a la obra. La detección de aspectos problemáticos no contemplados en el proyecto. Las afecciones al espacio público y los trabajadores.
a.2) Planning de obras, con indicación del camino crítico, en el que quede justificado el plazo que se oferte en cada caso, así como los medios humanos (número de personas y cualificación personal) que el licitador va a dedicar para garantizar el cumplimiento del plan establecido (puntuación máxima 10 puntos).
Se valorará la correcta planificación, el racional reparto de los tiempos y medios dedicados a cada parte de la obra y tipo de trabajo, así como su grado de concreción y su correspondencia cronológica con la realización de planning de actividades, realización de caminos críticos viables y realistas encajando el plazo de ejecución y el importe de licitación.
Cada uno de los apartados anteriores (a.1 y a.2) se puntuará en relación con su puntuación máxima según la siguiente escala y porcentaje: No valorable (0%), Aceptable (25%), Buena (50%), Muy Buena (75%), y Excelente (100 %).
La obtención de 0 puntos en cualquiera de los apartados anteriores supondrá que dicha propuesta técnica no cumple con los requisitos mínimos exigidos y significará su exclusión de la licitación.
a.5) Mejora de la eficiencia energética (puntuación máxima 10 puntos).
Se valorará la mejora de la eficiencia de las luminarias suministradas, en función de la reducción de la potencia total instalada respecto de la fijada en el correspondiente proyecto, con arreglo a la siguiente escala:
% reducción sobre proyecto | Puntos |
0 % | 0 |
5 % | 3 |
7 % | 5 |
10 % | 7 |
Mayor o igual a 15 % | 10 |
En todo caso se deberán mantener los niveles de luz que figuran en el proyecto y se adjuntarán los cálculos de luz que justifiquen la mejora de la eficiencia ofertada.
b) Puntuación de los criterios sociales (máximo 10 puntos).
Criterios sociales en cuestiones relacionadas con el objeto del contrato, hasta 10 puntos como máximo, que cada licitante obtendrá de la suma de los siguientes criterios, valorados cada uno con un máximo de 2,5 puntos:
b.1) Inserción de personas con discapacidad en los trabajos concretos objeto de la presente licitación, acreditando la existencia de una relación laboral entre las mismas y el licitante. A este efecto se presentará la relación del personal de la empresa que estará vinculado a la realización de los trabajos objeto del presente contrato (puntuación máxima 2,5 puntos).
b.2) Mejoras en las condiciones laborales y salariales y en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal y de igualdad, que lleva a cabo la empresa licitante en la actualidad con carácter general para todos sus trabajadores y que se encuentren por encima de lo establecido en el convenio colectivo del sector (puntuación máxima 2,5 puntos).
A estos efectos, la información se presentará en un cuadro comparativo que recoja explícitamente las medidas contempladas en el convenio colectivo del sector (indicando además de qué convenio se trata) y aquellas establecidas por el licitador cuyo alcance esté por encima del mismo. La no presentación de dicho cuadro comparativo conllevará la no valoración de este apartado.
b.3) Participación de profesionales jóvenes, menores de 30 años, en los trabajos concretos objeto de la presente licitación, acreditando la existencia de una relación laboral entre las mismas y el licitante. A este efecto se presentará la relación del personal de la empresa que estará vinculada a la realización de los trabajos objeto del presente contrato (puntuación máxima 2,5 puntos).
b.4) Medidas de formación de los trabajadores de la empresa licitadora implicados en los trabajos objeto del presente contrato, en los dos años previos a la fecha de publicación de la presente licitación en materia de riesgos laborales y/o de igualdad de género. Se detallará el programa del curso con su contenido, el personal que lo recibió, su duración en número de horas, la fecha de ejecución, modalidad (presencial, on-line, etc.) y la persona o entidad encargada de impartirla. A este efecto se presentará la relación del personal de la empresa que estará vinculado a la realización de los trabajos objeto del presente contrato (puntuación máxima 2,5 puntos).
Los licitantes tendrán que detallar expresa y nítidamente los elementos aducidos en cada uno de los criterios expuestos y presentar la documentación acreditativa correspondiente. Cada uno de los apartados anteriores (b.1, b.2, b.3 y b.4) se puntuará en relación con su puntuación máxima según la siguiente escala y porcentaje: No valorable (0%), Aceptable (25%), Buena (50%), Muy Buena (75%), y Excelente (100 %).
A los licitadores que no presenten documentación referida a los criterios sociales en alguno o varios de sus apartados se les asignarán 0 puntos en dicho/s apartado/s, sin que esto signifique en ningún caso la exclusión de la licitación.
c) Puntuación de la propuesta económica (máximo 60 puntos)
Se otorgará la mayor puntuación (60 puntos) a la oferta con un menor importe final, y al resto de manera proporcional según la siguiente fórmula:
• Puntuación propuesta actual = 60 x (Oferta de menor importe / Oferta actual) El resultado de la fórmula se expresará con dos decimales
La PUNTUACIÓN TOTAL será la resultante de la suma de las puntuaciones de la propuesta técnica, criterios sociales, y económica, siendo el máximo 100 puntos.
En caso de empate entre dos o más licitadores, se dirimirá, sucesivamente, a favor de la empresa que presente acreditación de:
• El mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad igual o superior al 33%, siempre que la empresa o profesional tenga en plantilla un porcentaje superior al 2% de trabajadores con discapacidad en el momento de la acreditación de su solvencia.
• El menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10%.
• La acreditación de la realización de buenas prácticas en materia de igualdad de género.
Todos ellos de acuerdo a lo fijado en el artículo 99 de la LFCP, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
A tal efecto, se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco días para su aportación.
En el caso de que en la aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
14.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Tendrán esta consideración aquellas ofertas que supongan una baja respecto al importe máximo del contrato superior o igual a 25 puntos porcentuales.
En el caso de que sea presentada una oferta anormalmente baja, se aplicará lo dispuesto en el artículo 98 de la LFCP.
15.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACIÓN
En el plazo máximo de siete días naturales desde que la Mesa de contratación comunique al licitador a cuyo favor vaya a recaer la propuesta de adjudicación dicha circunstancia, este deberá acreditar la posesión y validez de los documentos siguientes:
15.1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación:
a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
La acreditación se podrá realizar igualmente mediante el certificado de inscripción en el registro oficial de licitadores y empresas clasificadas del sector público (ROLECE), junto con una declaración responsable del representante de empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en el Registro a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1) Si los licitadores son personas jurídicas, copia autenticada notarial o administrativamente de la escritura de constitución o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial.
Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia autenticada notarial o administrativamente del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia autenticada notarial o administrativamente de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
Las empresas no españolas acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 14.3, 14.4 y 15 de la LFCP.
15.2. En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una unión de empresas, deberán estas acreditar la constitución de la misma en escritura pública dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato, y el nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, así como el CIF asignado a dicha unión.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión y por el apoderado.
La responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
15.3. Certificados positivos, vigentes en la fecha de finalización de presentación de proposiciones, expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
15.4. Certificado de la póliza de responsabilidad civil por daños señalando su importe, que deberá ser superior a 100.000,00 euros.
La falta de aportación de esta documentación supondrá, previa audiencia del adjudicatario, que la adjudicación quede sin efecto, con abono por parte de éste, de una penalización equivalente al cinco por ciento del importe del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda de dicho porcentaje.
16.- ADJUDICACIÓN
La Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, como órgano de contratación, adjudicará el contrato en el plazo máximo de un mes desde el acto de apertura pública de la oferta económica. De no dictarse en plazo el acto de adjudicación, las empresas admitidas a licitación tendrán derecho a retirar su proposición sin penalidad alguna.
La adjudicación por parte del órgano de contratación se acomodará a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, salvo en los casos en que se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico en los que, previo informe vinculante de la Junta de Contratación Pública xx Xxxxxxx a este respecto, la licitación quedará sin efecto salvo en los casos en que la infracción afecte exclusivamente a la persona a cuyo favor se hace la propuesta, en los que la adjudicación se hará a favor de la siguiente persona en el orden de valoración de las ofertas que no se encuentre afectado por la infracción.
La adjudicación deberá ser motivada y contendrá al menos las razones por las que se ha rechazado una candidatura u oferta, las características y ventajas de la oferta seleccionada, señalando el plazo de suspensión de la eficacia de la adjudicación y los medios de impugnación que procedan y se comunicará a todos los interesados en la licitación.
La adjudicación se anunciará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx en el plazo de 30 días desde que tuviera lugar.
17.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de siete días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación, la constitución de una garantía por importe equivalente al 3% del importe de adjudicación, IVA excluido. Dicha garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de la finalización del plazo de garantía, y en particular, al pago de las penalidades por demora así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
La garantía será objeto de incautación en los casos de resolución por incumplimiento por culpa del contratista.
La garantía podrá constituirse de cualquiera de las siguientes formas:
a) en metálico.
b) mediante aval a primer requerimiento prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizado para operar en España.
c) por contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.
El depósito de la fianza en metálico se realizará a través de cualquier entidad financiera, banco o caja de ahorros con oficina abierta en Pamplona, mediante su ingreso en metálico a nombre del Parlamento xx Xxxxxxx en la c/c nº XX00 0000 0000 000000000000 (Caja Rural xx Xxxxxxx).
En caso de que la fianza se constituya mediante aval, el mismo será formulado de acuerdo con lo establecido en el Decreto Xxxxx 205/1988, de 21 de julio y depositado en el Servicio de Intervención del Parlamento xx Xxxxxxx.
La fianza prestada por personas o entidades distintas del adjudicatario queda sujeta a las mismas responsabilidades que si fuera constituía por éste. En ese supuesto, incluso cuando la fianza se presente mediante aval, no se podrá utilizar el beneficio de excusión a que se refiere la Ley 525 de la Compilación de Derecho Civil Xxxxx xx Xxxxxxx.
El órgano adjudicador declarará resuelto el contrato cuando no se constituya la garantía por causas imputables al contratista.
18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo en el plazo de quince días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación De acuerdo con el artículo 101 LFCP, en los contratos de obras de valor estimado inferior al umbral europeo, la eficacia de la adjudicación queda suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación.
Al contrato se unirá como anexo un ejemplar del presente pliego junto con sus correspondientes anexos, que serán firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario.
19.- COMIENZO, EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor en la fecha de su firma y el plazo máximo para la ejecución del mismo es de sesenta días naturales desde la firma del acta de replanteo.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego y sus anexos que sirven de base al contrato, así como al Proyecto Técnico aprobado por Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 9 de septiembre de 2019, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente.
En caso de discrepancia entre lo dispuesto en el Proyecto Técnico y lo dispuesto en las cláusulas administrativas del presente pliego y sus anexos, prevalecerán estas últimas.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución.
20.- ABONO DEL PRECIO
El contratista tendrá derecho al abono con arreglo al precio convenido, con sujeción al contrato suscrito y a las órdenes dadas por el órgano de contratación.
El abono del contrato se realizará mediante transferencia bancaria, una vez finalizados los trabajos objeto de contratación, se haya certificado el correcto funcionamiento de la nueva instalación por parte de la Dirección Facultativa, y se haya firmado la correspondiente acta formal de recepción de la obra, previa presentación de la factura correspondiente, que contará con la conformidad de los Servicios Generales.
21.- PENALIDADES
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que asume en el presente contrato conllevará la imposición de penalidades, que serán acordadas por el órgano de contratación, a propuesta del servicio gestor del contrato y previa audiencia del contratista.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago total deban abonarse al contratista, o en su caso, mediante la interposición de la correspondiente reclamación judicial.
Los incumplimientos del adjudicatario del contrato tendrán la consideración de leves y graves, en atención al tipo de incumplimiento, grado de negligencia del contratista, relevancia económica de los perjuicios derivados del incumplimiento, o reincidencia.
En particular, se considerará incumplimiento leve:
• El retraso inferior a una semana en el inicio de la ejecución del contrato sin causa debidamente justificada y constatada por el Parlamento xx Xxxxxxx.
Asimismo, se considerará incumplimiento grave:
• El incumplimiento del plan de actuación presentado por la adjudicataria en su propuesta técnica.
• El incumplimiento del compromiso de dedicar a la ejecución del contrato los medios humanos incluidos en la oferta.
• El incumplimiento de las órdenes recibidas por parte de la Dirección Facultativa en las cuestiones relativas a su ejecución.
Las penalidades por incumplimiento leve serán sancionadas con una pena pecuniaria de hasta el 1% del importe de adjudicación, y los graves desde el 1% al 5% del importe de adjudicación.
El límite máximo de la cuantía total de las penalidades que pueden imponerse a un contratista no podrá exceder del 20% del importe de adjudicación. Cuando las penalidades por incumplimiento excedan del 10% del importe de adjudicación procederá iniciar el procedimiento para declarar la prohibición de contratar.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización al Parlamento xx Xxxxxxx como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de los incumplimientos culpables del contratista, así como la obligación del adjudicatario de subsanar la deficiencia en la prestación del servicio.
Conforme al artículo 160 LFCP, el contrato se resolverá en los siguientes casos:
a) Cuando las penalidades aislada o conjuntamente alcancen el 20% del importe de adjudicación del contrato.
b) Cuando se incumplan las condiciones especiales de ejecución del contrato, reguladas en el artículo 66 LFCP.
c) Cuando durante la ejecución del contrato, el contratista incumpliese con su deber de abonar el salario a los trabajadores adscritos al presente servicio o efectuara incumplimientos graves de las condiciones establecidas en los convenios colectivos en vigor.
d) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
e) El mantenimiento prolongado de conflictos laborales o el ejercicio mantenido del derecho de huelga por los trabajadores o trabajadoras que prestan el contrato, y que impidiese la correcta ejecución contractual.
22.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL, MEDIO AMBIENTE E IGUALDAD.
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá supervisar y requerir al adjudicatario en cualquier momento durante la vigencia del contrato, cuanta información tenga por oportuno, a fin de velar por el cumplimiento de la normativa específica en materia de fiscalidad, Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar
23.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 160, 224 y 232 de la LFCP, y las señaladas en este pliego, las derivadas del incumplimiento de las obligaciones adquiridas mediante la aceptación del presente pliego
Si el contrato se resuelve por causas imputables al adjudicatario, éste deberá indemnizar al Parlamento xx Xxxxxxx por los daños y perjuicios ocasionados.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá acordar la suspensión del contrato por motivos de interés público, mediante el resarcimiento de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el contratista, en la forma y con los requisitos establecidos en la legislación de Contratos Públicos.
24.- INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN
La Mesa del Parlamento tiene la facultad de interpretar el contrato administrativo a que se refiere el presente Xxxxxx y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por causa de interés público y acordar su resolución dentro de los límites, con sujeción a los requisitos y con los efectos establecidos en la LFCP citada y normativa complementaria.
Los acuerdos que dicte la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el ejercicio de sus competencias de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
25.- RECLAMACIONES, JURISDICCIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el mismo y, en lo no previsto, por la LFCP y demás normativa que resulte de aplicación.
Todas las incidencias que se deriven de su ejecución, así como la interpretación de las cláusulas del presente pliego serán resueltas en primer término por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, contra cuyos Acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxx en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o mediante recurso potestativo de reposición ante la propia Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el plazo de un mes a partir de su notificación.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la LFCP, la reclamación especial en materia de contratación pública se podrá interponer ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público, así como las organizaciones sindicales.
Son susceptibles de impugnación el pliego de contratación, los actos de trámite o definitivos que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas, los actos de adjudicación dictados por una entidad sometida a la LFCP en un procedimiento de adjudicación, los acuerdos de rescate de concesiones y, en tanto que puedan ser actos de adjudicación ilegales, un encargo a un ente instrumental o la modificación de un contrato.
Asimismo la reclamación especial podrá ser interpuesta por cualquier persona que acredite un interés directo o legítimo. También podrá ser interpuesta por las asociaciones representativas de intereses relacionados con el objeto del contrato que se impugna siempre que sea para la defensa de los intereses colectivos de sus asociados.
Estarán también legitimadas para interponer este recurso las organizaciones sindicales cuando de las actuaciones o decisiones recurribles pudiera deducirse fundadamente que éstas implican que en el proceso de ejecución del contrato se incumplan por el empresario las obligaciones sociales o laborales respecto de los trabajadores que participen en la realización de la prestación.
En el caso de que varias empresas concurran a una licitación en participación conjunta o bajo el compromiso de constituir unión temporal de empresas, cualquiera de ellas podrá interponer la reclamación, siempre que sus derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de la misma.
Si alguna de las empresas firmantes del compromiso no deseara interponer la reclamación podrá ponerlo de manifiesto al Tribunal en cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución. En tal caso no se le tendrá por comparecida en el mismo y en el supuesto de que el Tribunal acuerde la imposición de multa por temeridad o mala fe, la misma solo será exigible a la entidad o entidades reclamantes.
26.- DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
Los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico en la que se realizarán todas las comunicaciones del Parlamento xx Xxxxxxx con el adjudicatario y el resto de licitadores, incluida la notificación del Acuerdo de adjudicación aprobado por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
27.- CONFIDENCIALIDAD DE LAS PROPUESTAS DE LOS LICITADORES Y DE LA INFORMACIÓN FACILITADA POR EL PARLAMENTO XX XXXXXXX
Los licitadores al presente concurso aceptan, expresa y voluntariamente, que se dé transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización con los límites establecidos en el artículo 54 LFCP.
De acuerdo con dicho artículo, el Parlamento xx Xxxxxxx no divulgará dato alguno de la información técnica o mercantil que haya facilitado quien licita, que forme parte de su estrategia empresarial y que éstos designen expresamente como confidencial y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas.
Al mismo tiempo, se informa a los licitadores que la declaración de confidencialidad no debe perjudicar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, publicidad e información que debe darse a cada participante.
Quien licite no podrá extender la declaración de confidencialidad a toda su propuesta. En caso de que lo haga, corresponderá al órgano de contratación determinar motivadamente aquella documentación que no afecta a secretos técnicos o comerciales. En todo caso, velará por guardar el adecuado equilibrio entre los derechos de los licitadores a mantener la confidencialidad de sus propuestas y la transparencia en el procedimiento y acceso a la información, entendiéndose incluido en este último el derecho a obtener copia de la documentación.
28.- CLÁUSULA DE INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO
De conformidad con el Reglamento Europeo 2016/679 de Protección de Datos de Carácter Personal (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos de lo siguiente:
Responsable y Finalidad: Los datos de carácter personal serán tratados por el Parlamento xx Xxxxxxx e incorporados al sistema de tratamiento “Contabilidad y Gestión Económico- Financiera”, con la única finalidad de la gestión administrativa de los expedientes de contratación.
Legitimación: Finalidad basada en el cumplimiento de una obligación legal y en el ejercicio de potestades públicas del Parlamento xx Xxxxxxx con la siguiente base jurídica:
• Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (BON N.º 73 de 17 xx xxxxx de 2018)
• Plan General contable del Parlamento xx Xxxxxxx de 2012 adaptado a la Orden EHA/1037/2010, de 13 xx xxxxx, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública (BOE Nº102, de 28 xx xxxxx de 2010).
• Reglamento económico financiero del Parlamento xx Xxxxxxx, de fecha 22 xx xxxx de 2000. (BOPN 55, 27-06-2000)
Derechos: Al mismo tiempo le informamos de su derecho a solicitar al Parlamento xx Xxxxxxx el acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, cuando proceda, ante el Parlamento xx Xxxxxxx, X/Xxxxx xx Xxxxxx, 0, 00000- Xxxxxxxx o en la dirección de correo electrónico xxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
Conservación: Los datos se conservarán según disponen las Normas de organización y funcionamiento del Archivo del Parlamento xx Xxxxxxx aprobadas por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx el 15 xx xxxx de 2000 y publicadas en el Boletín Oficial del Parlamento xx Xxxxxxx Núm. 48 de 8 xx xxxxx de 2000.
Encargado del tratamiento: Como efecto de la adjudicación de los servicios contratados, la empresa seleccionada quedará obligada al cumplimento de lo establecido en el RGPD y en la LOPD o normativa que la sustituya, por lo que como consecuencia de la celebración del mismo, la empresa seleccionada adquiere la condición de “Encargado del Tratamiento” y queda obligada a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación del servicio.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA CONTRATAR
(a incluir en el sobre A de documentación general)
Quien suscribe D/D.ª , con D.N.I. nº actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en , calle
,
informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto, de la renovación de iluminación del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, xxx xxxxxx de condiciones reguladoras que rige la licitación y del Proyecto Técnico, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA
Que la empresa reúne los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
Que dispone de la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional para llevar a cabo el contrato.
Que no está incursa en causa de prohibición de contratar, y que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que cumple las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, así como con el convenio laboral del sector.
Que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en el pliego de contratación.
Que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras.
Que cuenta con el compromiso escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de recursos, en su caso.
En , a de de 2019
Firma y sello del licitador
ANEXO II
MODELO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
(a incluir en el sobre C de propuesta económica)
Quien suscribe D/D.ª , con D.N.I. nº actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en , calle
,
Informado/a del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto, de la renovación de la iluminación del edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, xxx xxxxxx de condiciones reguladoras que rige la licitación y del Proyecto Técnico, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA que cumple las condiciones exigidas para la contratación de dichos trabajos, y presenta la siguiente oferta:
- IMPORTE TOTAL euros, IVA excluido.
- Se adjunta la siguiente documentación:
Valoración económica detallada de todos los elementos de su propuesta siguiendo el modelo del presupuesto del Proyecto Técnico, en el que se incluirán nuevas partidas en caso de considerarlo necesario. El importe de cada partida debe incluir todos los accesorios necesarios para la instalación del componente, así como la mano de obra necesaria para su instalación y puesta en marcha. El sumatorio de todas las partidas deberá coincidir con el importe total de la oferta económica, e incluirá todos los gastos necesarios para la perfecta ejecución del contrato (costes directos, indirectos, gastos generales, beneficio industrial, etc.)
En , a de de 2019
Firma y sello del licitador