Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE JARDINERÍA FORMALIZADO DE CONFORMIDAD CON EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA MEDIANTE COTIZACIÓN POR ESCRITO DE CUANDO MENOS TRES PROVEEDORES, MISMO QUE SERÁ EJECUTADO CON RECURSOS PROVENIENTES DEL GASTO CORRIENTE Y QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA CADEREYTA REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU REPRESENTANTE LEGAL, PROF. Y C.P. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CLIENTE”, Y POR OTRA PARTE “URBI SERVICIOS, S.A. DE C.V.” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU REPRESENTANTE LEGAL, LIC. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA COMPAÑÍA”. AMBAS PARTES, EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, CON CAPACIDAD LEGAL PARA CONTRATAR Y QUIENES SE OBLIGAN AL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. “LA COMPAÑÍA”declara:
a. Que acredita la existencia de la Sociedad con Escritura Pública No. (4529) de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xxxxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público No. 82, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, con ejercicio en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, en el Estado de Nuevo León.
b. El C. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, acredita su personalidad como Representante Legal de “LA COMPAÑÍA”, con el testimonio notarial No. (4529) de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xxxxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público No. 82, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, con ejercicio en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, en el Estado de Nuevo León y señala como domicilio para los fines del presente contrato el ubicado en Xxx. Xxxxxxx X. Xxxxx Xx. 000, X 00, Xxx. Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, X.X.
c. Que se encuentra registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado de Nuevo León, bajo el número 0003543 y que dicho registró está vigente.
d. Que la compañía se dedica a prestar los servicios integrales de mantenimiento, limpieza y administración de inmuebles, y que conoce las técnicas para poder proporcionar los servicios de limpieza correspondientes a su especialidad y que son requeridos por “EL CLIENTE”.
e. Que su representada tiene la experiencia y habilidad y está dispuesta a suministrar los servicios que ofrece.
II. “EL CLIENTE” declara:
a. Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, como lo establece la Ley que Crea la Universidad Tecnológica Cadereyta, promulgada mediante Decreto NÚM. 64, de fecha 02 xx xxxxx del 2010.
b. Que el Prof. y C.P. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Encargado del Despacho de la Rectoría de la Universidad Tecnológica Cadereyta cuenta con nombramiento oficial como tal, expedido mediante oficio No. SE-094/2015-2016 y que cuenta con las atribuciones y facultades para celebrar este Convenio de acuerdo con lo estipulado con el artículo 18 fracción II de la Ley que Crea la Universidad Tecnológica Cadereyta.
c. Con domicilio en Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxx Xx. 0.0, Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx, X.X. 00000, e inscrita en el Registro Federal de Causantes bajo la clave: UTC-100602-MI5.
d. Que requiere de los servicios que ofrece “LA COMPAÑÍA”.
III. Declaran “LAS PARTES”:
a. Expresamente se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con que se ostentan cada una de ellas, para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, y precisamente en los términos del presente contrato.
b. Celebran el presente contrato de manera voluntaria, libre y responsable, sin que al efecto exista, dolo, lesión, error y/o algún vicio de la voluntad que lo invalide, y que por lo tanto desde este momento renuncian expresamente a cualquier acción, medio o recurso legal que en lo posterior busque la nulidad del presente contrato por las causas indicadas.
c. Las declaraciones hechas al amparo del presente contrato son ciertas verdaderas y válidas.Las declaraciones y cláusulas contenidas en el presente contrato, constituyen el motivo determinante de la voluntad de cada una de ellas para la celebración del mismo.
d. Hechas las declaraciones que anteceden y a efecto de perfeccionar el presente contrato, se someten de manera recíproca a las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- XXXXXX XXX XXXXXXXX. “LA COMPAÑÍA” conviene a prestar los servicios de Jardinería a “EL CLIENTE” en su domicilio ubicado en Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxx Xx. 0.0, Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx ya que cuenta con el personal calificado para desarrollar el mencionado servicio, quienes deberán portarán uniformes y gafetes de identificación a la vista
SEGUNDA.- CONTRAPRESTACIÓN. “EL CLIENTE” se obliga a pagar a “LA COMPAÑÍA” la cantidad de
$14,170.00 (Catorce Mil Ciento Setenta Pesos 00/100 Moneda Nacional) mensuales más el Impuesto del Valor Agregado correspondiente, siendo el precio unitario y fijo por cada auxiliar de jardinería de
$7,085.00 (Siete Mil Ochenta y Cinco Pesos 00/100 M.N.) mensuales más I.V.A. por concepto de los servicios a que se refiere este contrato, cabe señalar que en dicho importe no se incluye ningún artículo y/o consumible para jardinería como abonos, plaguicidas, vitaminas, forraje, etc. Y ningún servicio adicional. El importe señalado es mensual y ha sido calculado tomando en consideración la situación económica y legislación sobre los salarios vigentes a la fecha de su firma. Dichos pagos podrán efectuarse de manera quincenal a su vencimiento.
TERCERA.- VIGENCIA Y GARANTÍAS .La vigencia del presente contrato será de nueve meses a partir del 01 xx xxxxx del 2018 y hasta el 31 de diciembre del 2018, pudiéndose prorrogar por tiempo indefinido siempre y cuando estén de acuerdo ambas partes. En caso de cancelación de contrato por causa justificada o porque así lo convenga cualquiera de “LAS PARTES”, se dará aviso por escrito con anticipación de 15 días naturales antes de proceder en forma definitiva.
De conformidad en el Art. 48, fracción I, inciso d) de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, en el presente instrumento no se establecerán garantías de cumplimiento para “LA COMPAÑÍA”.
CUARTA.- VARIACIÓN EN EL PRECIO. En caso de postergar la vigencia del presente contrato, el precio del servicio se revisará en los meses de enero de cada año con respecto al Índice Nacional de Precios al Consumidor que haya decretado el Banco de México, a fin de que se vuelvan a establecer de forma fija después de la negociación correspondiente.
QUINTA.- FORMA DE PAGO. El pago de los servicios a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento se hará de forma quincenal dentro de los (05) cinco días hábiles siguientes, después de cada (15) quince días de servicio y una vez que sea entregada la factura a “EL CLIENTE”, ajustándose al viernes inmediato, realizándose dicho pago en el domicilio de “EL CLIENTE”.
SEXTA.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. El servicio se hará en las instalaciones descritas en la Cláusula Primera del presente documento, con un total de (2) auxiliares de jardinería en turno completo en las áreas verdes y xx xxxxxxxx de la Universidad Tecnológica Cadereyta con turno de Lunes a Viernes de 12:00 A.M. a 9:00 PM, con una hora de comida.
Se cobrará por separado el personal adicional que “EL CLIENTE” solicite a “LA COMPAÑIA”. El servicio Se dará con excepción de los días señalados para conmemorar los eventos correspondientes al 1º de Enero, 5 de Febrero, 21 xx Xxxxx, 1º xx Xxxx, 16 de Septiembre, 20 de Noviembre, 25 de Diciembre y los días de cambio de poder presidencial, sin que esto implique descuento alguno a favor de “EL CLIENTE”.
Así mismo “LA COMPAÑIA” deberá cubrir las ausencias del personal al “EL CLIENTE” antes de las 10:00 AM, en caso de que “LA COMPAÑIA” no realice la sustitución, no se cubrirá la falta del trabajador y por lo tanto se hará el descuento sobre la factura del servicio. “EL CLIENTE” y “LA COMPAÑIA” revisarán de manera permanente el control de asistencia del personal, para realizar oportunamente los ajustes administrativos correspondientes.
SEPTIMA.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE. “EL CLIENTE” no podrá por ningún motivo utilizar los servicios del personal de “LA COMPAÑÍA” para labores ajenas a las contratadas y especificadas en el anexo correspondiente, con excepción de aquellas que sean inherentes y necesarias al servicio.
OCTAVA.- RESPONSABILIDAD LABORAL. “LA COMPAÑÍA” se compromete a contratar por su cuenta a todos los trabajadores que sean necesarios para brindar el servicio a que se refiera la Cláusula Primera, reservándose el derecho de cambiar el personal de acuerdo con las necesidades del servicios y será la única responsable para con su personal en lo que se refiere a su relación obrero patronal y prestaciones xx Xxx, con las cuales deberá cumplir.
“LA COMPAÑÍA”, contará con una fianza de fidelidad y una póliza de seguro por daños y perjuicios causados por sus trabajadores en el desempeño de las actividades contratadas, siempre y cuando sean debidamente comprobadas por “EL CLIENTE”.
NOVENA.- INDEMNIZACIÓN. “EL CLIENTE” se compromete a indemnizar con la cantidad de (02) dos meses de servicio por absorber o contratar al personal de “LA COMPAÑIA”, para su propio beneficio sin antes haberlo consultado con “LA COMPAÑIA”.
DÉCIMA.- MODIFICACIONES. “LAS PARTES” podrán modificar el contenido del presente Contrato según lo estimen necesario, debiendo constar dichas modificaciones en documento por escrito, debidamente firmado por “LAS PARTES” que suscriben el presente Contrato.
DÉCIMA PRIMERA.- NOTIFICACIONES. Todas las comunicaciones que deban realizarse entre “LAS PARTES” y que deriven del presente Contrato deberán realizarse por escrito al domicilio establecido por cada una de ellas en el capítulo de Declaraciones, incluyendo en su caso, aquellas relativas a cualquier cambio de domicilio de “LAS PARTES”.
Cualquier Parte podrá cambiar el domicilio en el que recibirá las notificaciones dando aviso por escrito de dicha situación a la otra Parte. Cualquier notificación de naturaleza legal deberá ser entregada personalmente, y cualquier aviso con respecto al objeto del presente Contrato que sea de dicha forma se considerará entregado en la fecha en que efectivamente se entregue, y en caso de que sea enviado por correo registrado o certificado o por facsímil, se considerará como entregado en la fecha en que se reciba.
DÉCIMA SEGUNDA.- DEFINITIVIDAD. El presente Contrato constituye el acuerdo total entre las Partes en relación al objeto del mismo, por lo que éstas expresamente manifiestan que cualquier otro acuerdo, previo a la firma del presente instrumento, sea oral o escrito, tácito o expreso que directa o indirectamente se relacione con el objeto del presente contrato queda desde ahora terminado, siendo el presente instrumento el único documento legal que rige las obligaciones existentes entre “LAS PARTES”.
DÉCIMA TERCERA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO.- Las partes convienen en que el contrato podrá ser rescindido, cuando se presente alguna de las siguientes causas:
a) “LA COMPAÑÍA” no efectúe el servicio objeto del presente contrato, conforme a las especificaciones establecidas
b) Cuando “LA COMPAÑÍA” incumpla con cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato correspondiente.