ENTE VASCO DE LA ENERGÍA PARA ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EL CONTRATO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS DEL GRUPO EVE Y SUS SOCIEDADES PARTICIPADAS PARA LOS EJERCICIOS 2012 Y 2013
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGEN EL CONCURSO CONVOCADO POR EL
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA PARA ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EL CONTRATO DE MEDIACIÓN DE SEGUROS DEL GRUPO EVE Y SUS SOCIEDADES PARTICIPADAS PARA LOS EJERCICIOS 2012 Y 2013
Nº DE EXPEDIENTE:
ESG/11/001
PROCEDIMIENTO ABIERTO
En Bilbao, a 11 xx xxxxx de 2011.
X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx-Director General del EVE.
CARÁTULA
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Concurso abierto.
Nº DE EXPEDIENTE: ESG/11/001
A. OBJETO DEL CONTRATO
La prestación de los servicios de mediación y asesoramiento, para los ejercicios 2012 y 2013, en la contratación y formalización de pólizas de seguro para el EVE y sus sociedades participadas, así como la posterior asistencia al tomador, asegurado y beneficiario.
B. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
EVE, con domicilio a estos efectos en el Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, X/Xxxxxxx xx Xxxxxxx 36
– 1ª Xxxxxx, 00000, Xxxxxx.
o N.I.F.: Q-5150001E
o Persona responsable a nivel técnico: X. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx
o Teléfono/fax/correo electrónico: 00.000.00.00 / 00.000.00.00 / xxxxxx@xxx.xx
o Perfil del contratante: xxx.xxx.xx
C. CORRETAJES MÁXIMOS/MÍNIMOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
o Corretajes Máximos y Mínimos:
Tipología de aseguramiento | Corretaje mínimo | Corretaje máximo |
Responsabilidad Civil General | 6% | 11% |
Responsabilidad Administradores y Directivos (D&O) | 6% | 11% |
Todo Riesgo Daños Materiales | 6% | 11% |
Vida y Accidentes de empleados del Grupo | 6% | 11% |
Flota de vehículos | 4% | 8% |
o Valor estimado del Contrato: 101.200€ (IVA no incluido).
D. TRAMITACIÓN
Ordinaria.
E. PLAZO DE RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES
Las ofertas se recogerán hasta las doce (12) horas del 28 xx xxxxx de 2011.
F. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las ofertas se dirigirán al Dpto. de Servicios Generales del EVE, cuya dirección es Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx. Xxxxxxx 00, 0x xxxxxx, 00000, Xxxxxx.
X. XXXXXXXX PROVISIONAL
No procede.
H. GARANTÍA DEFINITIVA
No procede.
I. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede.
J. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Plazo: Desde la fecha de firma del contrato hasta el 31/12/2013.
K. PLAZO DE GARANTÍA
No procede.
L. GASTOS DE PUBLICIDAD
No procede.
M. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
No procede.
N. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Se deberá aportar la documentación detallada en la cláusula 8.5 de este Pliego.
O. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios generales que han de servir de base para la adjudicación son:
Criterio | Descripción | Puntuación |
Sobre B. Criterios no cuantificables por fórmula | ||
1 | Diseño del Plan de Seguros | 20 |
2 | Plan de asistencia | 15 |
3 | Otras mejoras | 5 |
Sobre C. Criterios evaluables mediante fórmula matemática | ||
4 | Propuesta económica | 60 |
TOTAL | 100 |
o Propuesta económica (%) – Máximo de 60 puntos sobre 100
Tipología de aseguramiento | Peso ponderado | |
a | Responsabilidad Civil General | 12 puntos |
b | Responsabilidad Administradores y Directivos (D&O) | 2 puntos |
c | Todo Riesgo Daños Materiales | 36 puntos |
d | Vida y Accidentes de empleados del Grupo | 8 puntos |
e | Flota de vehículos | 2 puntos |
TOTAL | 60 puntos |
Cada uno de los bloques de seguros, a, b, c, d y e tiene un porcentual máximo y mínimo de corretaje entre los cuales los licitadores deberán ofertar (APARTADO C). En todo caso, dichos bloque no suponen Lotes por lo que únicamente habrá una empresa adjudicataria.
Se otorgará la máxima puntuación establecida para cada bloque a la oferta más económica de dicho bloque valorándose el resto de ofertas con arreglo a la siguiente fórmula:
PO = (CMn / CO) X MP
PO = Puntos a obtener
CMn = Corretaje mínimo ofrecido entre los ofertantes CO = Corretaje ofrecido por el licitador que se valora MP = Máximos puntos del bloque
P. PENALIZACIONES
Las previstas a lo largo de este pliego.
Q. PRÓRROGAS
Las partes podrán acordar, antes de la finalización del contrato, dar por prorrogado el mismo hasta los límites legalmente establecidos.
R. RECEPCIÓN PARCIAL DE LOS TRABAJOS
No procede.
S. PRECIO Y PAGO DEL PRECIO
El presente contrato no genera gasto inmediato alguno para el EVE, ya que el adjudicatario, actuando como depositario y comitente, y de acuerdo con la normativa vigente, será retribuido a través de las primas satisfechas a las entidades aseguradoras con las que se concierten los contratos de seguros. Por lo tanto, el precio en los periodos siguientes al de la adjudicación resultará a expensas del importe de las primas netas de las pólizas contratadas, con la asistencia del adjudicatario, en cada periodo.
La forma de pago del precio se acordará entre el adjudicatario y la entidad aseguradora.
T. CONDICIONES LINGÜÍSTICAS
Este contrato se haya sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982 de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla. El uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato, sin perjuicio de que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exijan su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas y así esté contemplado en el pliego del contrato.
U. INFORMACIÓN EN MATERIA FISCAL, MEDIO AMBIENTE, IGUALDAD DEL MUJERES Y HOMBRES, PROTECCIÓN DEL EMPLEO, CONDICIONES DE TRABAJO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
La empresas interesadas en este contrato podrán obtener información relativa a la fiscalidad en las Diputaciones Forales.
En la Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Xxxxx, la información relativa a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, aplicables a la ejecución del contrato además de las cláusulas adicionales en su caso previstas en los pliegos del contrato.
En la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Xxxxx, a través de su sociedad pública IHOBE, la información relativa a las disposiciones vigentes en materia de medio ambiente aplicables a la ejecución del contrato además de las cláusulas adicionales en su caso previstas en los pliegos del contrato. Asimismo, podrán obtener en el organismo autónomo EMAKUNDE-Instituto Xxxxx de la Mujer la información relativa a las disposiciones vigentes en materia de igualdad de mujeres y hombres, aplicables a la ejecución del contrato además de las cláusulas adicionales en su caso previstas en los pliegos del contrato.
CONDICIONES BÁSICAS
1. RÉGIMEN JURÍDICO.
1.1. Régimen Jurídico del Contrato:
• Por este Pliego de Condiciones Básicas y las especificaciones de su Carátula, así como por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por las Instrucciones Internas de Contratación (“IIC”) aprobadas por el ENTE VASCO DE LA ENERGÍA (el “EVE”) y publicadas en su Perfil del Contratante (xxx.xxx.xx) y por los pactos y condiciones contenidos en el contrato que se formalice con el contratista.
• Por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (“LCSP”), únicamente en lo relativo a las materias que se expresamente se indican en el clausulado de este Pliego.
• Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, “RGLCAP”), en lo referido a las materias expresadas en el punto anterior.
• Las normas de Derecho Privado serán aplicables para resolver las cuestiones relativas a interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
1.2. Respecto al personal que emplee en la realización de los trabajos, los empresarios contratantes estarán obligados al cumplimiento de la legislación laboral y social vigentes.
1.3. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
Será objeto de este contrato, el servicio descrito en el APARTADO “A” de la Carátula de este Pliego.
Todo ello conforme a las especificaciones técnicas, que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que será parte integrante de este Pliego como ANEXO V a los efectos de su exigibilidad. En consecuencia, el citado Xxxxxx quedará incorporado al Contrato y tendrá obligatoriamente carácter contractual.
3. CORRETAJES MÁXIMOS/MÍNIMOS, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO.
a) Los corretajes máximos y mínimos respecto a los cuales deberán presentar los licitadores su propuesta son los indicados en el APARTADO “C” de la Carátula del presente Xxxxxx.
b) El valor estimado del Contrato figura en el APARTADO “C” de la Carátula y se ha calculado con sujeción a las reglas previstas en el art. 76 de la LCSP, excluyendo el I.V.A.
c) El precio del contrato será el que resulte de la aplicación de los corretajes ofertados por el adjudicatario al importe de las primas netas de las pólizas contratadas, con la asistencia del adjudicatario, en cada periodo.
d) Xxxxx por cuenta de la empresa adjudicataria y por tanto no exigibles al EVE, todos los gastos necesarios para la correcta ejecución, acorde a lo detallado en el Pliego de Prescripciones Técnicas del ANEXO V.
4. REVISIÓN DE PRECIOS.
Se estará a lo establecido en el APARTADO “I” de la Carátula.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN.
5.1. El plazo de ejecución de los trabajos, será el indicado en el APARTADO “J” de la Carátula del presente Xxxxxx.
Los plazos parciales necesarios para garantizar el cumplimiento escalonado de los plazos fijados, serán los que se deduzcan de la oferta o se fijen en la aprobación del Programa de Trabajo por el EVE.
5.2. En caso de que explícitamente se posibilite en el Pliego de Prescripciones Técnicas la minoración del plazo total de ejecución de los trabajos o se fijen plazos parciales u ordenación de actividades, serán de obligado cumplimiento si así se ofertan o fijan, respectivamente.
5.3. Si así está previsto en el APARTADO “Q” de la Carátula, a la finalización del contrato, por mutuo acuerdo de las partes, se podrá acordar la prórroga del contrato por un plazo que no podrá ser superior al previsto en el APARTADO “J” de la Carátula.
6. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
6.1 Resultarán de aplicación para la adjudicación del presente contrato las previsiones establecidas en las Instrucciones Internas de Contratación (IIC) del EVE.
El presente contrato se adjudicará por el procedimiento abierto y se articulará en las siguientes fases:
(i) una primera fase (“Presentación de ofertas”), en la que los licitadores presentarán los Sobres A, B y C;
(ii) una segunda fase (“Selección del contratista”), en la que tras la correspondiente evaluación de las ofertas el EVE seleccionará al licitador con el que prevé formalizar el contrato;
(iii) una tercera fase (“Formalización”), en la que se firmará el contrato entre XXX y el licitador seleccionado.
6.2 EVE y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información en los términos establecidos en el apartado 6.(d) de las IIC.
6.3 El órgano de contratación es el indicado en el APARTADO “B”.
6.4 El órgano de contratación podrá estar asistido por una mesa de contratación, u órgano equivalente, que será el competente para calificar las solicitudes de participación y para valorar las ofertas.
7. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
7.1. El plazo de presentación de las proposiciones estará abierto hasta las doce (12) horas del 28 xx xxxxx de 2011.
7.2. Las propuestas se enviarán a la siguiente dirección: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx. Xxxxxxx, 00-0x Xxxxxx 00000 XXXXXX.
7.3. En caso de que el licitador envíe su oferta por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al plazo máximo fijado en esta cláusula, la oferta en cuestión no será admitida.
7.4. Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en su caso, la clasificación como empresa de servicios otorgada por el Gobierno Xxxxx o la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado prevista en el APARTADO “N” de la Carátula.
7.5. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las agrupaciones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 48 de la LCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al EVE y asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (artículo 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
En el supuesto de que para la participación se exija clasificación como empresa de servicios, para que puedan acumularse las clasificaciones (artículo 52 RGLCAP), será requisito imprescindible que todas las empresas que formen parte de la agrupación temporal estén clasificadas como empresas de servicios.
7.6. En el tipo o tipos de licitación señalados en las propuestas que formulen los licitadores, y en cifra o cifras concretas y determinadas por las que se adjudique el contrato, se entenderá siempre incluidos los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA que figurará en todo caso como una partida independiente.
7.7. Las personas interesadas podrán examinar, en su caso, la documentación de interés, en el lugar al respecto señalado en la publicación de esta licitación en el Perfil del Contratante del EVE.
7.8. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, pero ésta podrá comprender cuantas soluciones variantes se considere oportuno, conforme a los requisitos y condiciones que se hayan previsto en el APARTADO “M” de la Carátula de este Pliego.
No se podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras si lo ha hecho individualmente (salvo que en el supuesto de existir lotes, se trate de lotes diferentes). La contravención de este principio dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él presentadas, siendo de aplicación lo previsto en el art.129.3 de LCSP.
No obstante lo señalado, y si en el presente contrato existieran diversos lotes, cada licitador podrá ofertar sobre la totalidad del objeto, desglosándose las ofertas por cada lote, o bien sobre determinados lotes (uno o varios).
7.9. La documentación deberá presentarse redactada en euskara x xxxxxxxxxx. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial a uno de esos idiomas.
7.10. La presentación de una oferta presume la aceptación incondicional por el empresario de las Cláusulas contenidas en el presente pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el EVE.
7.11. Carácter confidencial: En el caso de estimarlo preciso, la empresa licitadora podrá indicar, conforme al modelo incluido en el ANEXO VII, las informaciones y aspectos de la oferta incluidos en los sobres que considera de carácter confidencial por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, exponiendo las razones que justifican dicha vinculación. En ningún caso tendrá tal carácter la oferta económica realizada.
7.12. Se excluirá del concurso cualquier propuesta que incurra en alguna de las siguientes circunstancias, lo que deberá ser apreciado razonadamente por el EVE:
(a) Presentación de la documentación fuera de plazo.
(b) Falta de acreditación de la habilitación empresarial/profesional exigida.
(c) Falta de acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional exigida en este pliego.
(d) Presentación de varias proposiciones económicas, individualmente o en unión temporal con otras empresas licitadoras.
(e) El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego o el pliego de prescripciones técnicas.
(f) Cualquier otra establecida en la LCSP.
8. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
8.1. Los licitadores presentarán tres sobres indicando en el texto de cada uno de ellos el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y en el asunto el número de referencia del expediente y el objeto del contrato indicado en el APARTADO “A” de la Carátula del presente Xxxxxx.
8.2. Los tres sobres se enviarán a la siguiente dirección: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx. Xxxxxxx, 00-0x Xxxxxx 00000 XXXXXX, dentro del plazo indicado en el APARTADO “E” de la Carátula del presente Pliego, y/o en su caso, en el anuncio de licitación.
En la descripción del “Asunto” del sobre se indicará, en cada uno de ellos, lo siguiente:
o Sobre (A): “Nº expediente licitación: Documentación Administrativa”.
o Sobre (B): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante un juicio de valor”.
o Sobre (C): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante fórmula matemática”.
8.3. El Sobre (A) contendrá los documentos que se detallan en el apartado 8.5, el Sobre (B) la documentación indicada en el apartado 8.6 y el Sobre (C) la documentación enumerada en el apartado 8.7 del presente Xxxxxx.
8.4. La entrega de las proposiciones impone a los concursantes la obligación de aceptar la licitación si se les adjudica. Una vez presentada una proposición, no podrá ser retirada, salvo por razones justificadas, así apreciadas por el EVE.
8.5. Sobre (A): Documentación Administrativa.
- Esta documentación se presentará en el Registro de Entrada del EVE en sobre cerrado indicando el nº de expediente y la descripción del objeto indicado en el APARTADO “A” de la Carátula de este Pliego, con la indicación “Documentación Administrativa”.
- En lo referente a la Documentación Administrativa, aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas del Gobierno Xxxxx o el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado deberán presentar únicamente copia del certificado acreditativo correspondiente, que deberá ir acompañado de una declaración responsable, en la que se asegure la validez y vigencia de los datos aportados al Registro y el ANEXO VI debidamente cumplimentado.
- Aquellos otros que no figuren inscritos en los Registros referidos, deberán acompañar en el Sobre (A), mediante su presentación en el Registro de Entrada, los siguientes documentos:
a. D.N.I., o documento fehaciente que haga sus veces, de quien presente la proposición, y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante a tal efecto.
b. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
c. Poder con facultades suficientes para contratar, de conformidad con lo estipulado en el apartado anterior, en cuanto a la forma de acreditación de la capacidad de obrar.
d. Declaración responsable, suscrita por persona con facultades, de no estar incurso el empresario en causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad de las previstas en el artículo 49.1 de la LCSP. A tal fin, se aportará debidamente cumplimentado y firmado el XXXXX XX de este Xxxxxx. En dicha declaración se hará constar expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la formalización del contrato con el empresario que haya sido seleccionado.
e. El ANEXO VI debidamente cumplimentado.
- Si así se hubiera establecido en el APARTADO “G” de la Carátula, deberá aportarse aval constituido en concepto de garantía provisional y por el importe indicado en ese apartado. La garantía provisional se cancelará y devolverá a los licitadores no seleccionados una vez que el empresario seleccionado formalice el contrato.
- Por lo que se refiere a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, se deberá aportar la siguiente documentación:
o Solvencia económica y financiera.
1. Informe de las Instituciones Financieras, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
2. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
3. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a la última anualidad disponible.
o Solvencia técnica o profesional.
1. Relación de los principales servicios de mediación prestados a empresas del sector energético con especial incidencia en Energías Renovables y empresas del sector público, en los últimos tres (3) años, que incluya tipos de aseguramiento, referencias de sectores/empresas aseguradas y volúmenes xx xxxxxx gestionadas en dichos sectores.
2. Una descripción del equipo de trabajo que presenta para la elaboración del presente proyecto, demostrando su capacitación y experiencia en este campo.
Si por razones justificadas no se pudiera facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por el EVE.
- Integración de la solvencia con medios externos
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el contratista podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispondrá efectivamente de esos medios.
A fin de demostrar que efectivamente el contratista dispondrá de esos medios durante la ejecución del contrato y que las partes que deban ser ejecutadas por los subcontratistas no exceden en cómputo total del 50 por ciento del precio del contrato, deberá aportarse un compromiso de subcontratación que deberá ajustarse a las siguientes condiciones:
a) Podrá presentarse inicialmente en documento privado. No obstante, si la empresa resultara adjudicataria provisional deberá documentarse en escritura pública.
b) Deberá indicarse la parte del contrato que tenga previsto subcontratar y el porcentaje que supone respecto del precio del contrato.
c) Deberá expresar que, para el caso de que la empresa resultara adjudicataria del contrato, se ponen a disposición de la subcontratista todos los medios necesarios para ejecutar la parte del contrato correspondiente.
d) La futura subcontratista deberá quedar identificada por el nombre o, al menos, a través de su perfil empresarial. Si la adjudicataria pretendiera después subcontratar con otras empresas distintas a las así identificadas, se aplicará lo establecido en el artículo 210.2, letras a) y c) de la LCSP.
- Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea y las demás empresas extranjeras, acreditarán la capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del siguiente modo:
1. Capacidad:
▪ Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, mediante inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP.
▪ Las demás empresas extranjeras,
- Informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Además deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente en España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
- Acreditación de que la empresa tenga abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
2. Solvencia económica y financiera, técnica o profesional:
Conforme a lo establecido en los apartados precedentes de esta cláusula. En todo caso, las empresas extranjeras no comunitarias, si es exigible para las empresas españolas, deberán acreditar estar clasificadas según se dispone en el APARTADO “N” de la Carátula de este Pliego.
- Cuando varias empresas acudan a una licitación constituyendo una agrupación temporal, cada uno de los empresarios que la compongan, deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia conforme a los apartados anteriores, siéndoles de aplicación a efectos de clasificación de contratistas -en su caso- lo previsto en el artículo 56.5 de la LCSP.
Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación de empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma en escritura pública ante el órgano de contratación, debiendo nombrar representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
- En el caso de tener un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 del total de la plantilla, y con el fin de acogerse a lo dispuesto en la Disposición Adicional sexta de la LCSP y Orden de 17 de diciembre de 2001 del Ministerio de Sanidad y Consumo, se deberá acreditar dicha existencia mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente.
8.6. Sobre (B): Documentación relativa a criterios no cuantificables por formula.
- El licitador acompañará la siguiente documentación:
a) Diseño de un Plan de Seguros, pormenorizando el análisis y evaluación de cada uno de los bloques de riesgos, sistemas y técnicas aseguradoras de cobertura y condicionados, franquicias, criterios de selección de compañías que soporten el riesgo, asesoramiento en preparación de pliegos de condiciones técnicas, valoración de pólizas y compañías y adjudicación de contratos de seguro etc.
b) Plan de Asistencia con detalle de su alcance e indicación de medios técnicos y humanos que se ponen al servicio del Tomador, Asegurados y Beneficiarios.
c) Otras mejoras de prestación del servicio que no hallándose incluidas en el Pliego de Condiciones, se encuentren relacionados con el objeto del contrato y lo mejoren sustancialmente.
- En cualquier caso, deberá presentarse toda aquella documentación mencionada en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que sea necesaria para la ponderación de los criterios de adjudicación recogidos en el APARTADO “O” de la Carátula de este Pliego.
- En el Sobre (B) no deberá constar mención alguna respecto a las condiciones económicas ofertadas por el licitador. El incumplimiento de esta premisa conllevará automáticamente la eliminación de la oferta.
- La omisión de cualquiera de los documentos citados o la no observancia estricta del cumplimiento de lo previsto en los apartados anteriores, podría ser motivo para la no admisión de la oferta.
8.7. Sobre (C): Criterios evaluables mediante fórmula matemática.
Según modelo de proposición del ANEXO I de este Pliego (en todo caso, este precio no podrá superar la cantidad del presupuesto máximo autorizado) y con arreglo a lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. La cantidad correspondiente al IVA figurará en todo caso como una partida independiente.
La proposición económica se presentará escrita de forma mecanizada y firmada, no aceptándose aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con claridad el contenido de la oferta. En caso de existir una discrepancia entre la cuantía señalada en número y en letra, prevalecerá esta última.
De acuerdo con los artículos 129 y 131 de la LCSP, cada licitador no podrá presentar más de una proposición, pero ésta podrá contener cuantas soluciones variantes se considere oportuno, siempre que así se haya previsto en el APARTADO “M” de la Carátula de este Pliego, conllevando la necesaria presentación por el licitador de las ofertas económicas relativas a las variantes que proponga.
9. APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
9.1. Concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá a la calificación de la documentación presentada por los licitadores.
9.2. No será de aplicación lo establecido en el artículo 144.1 de la LCSP sobre la apertura de las proposiciones para los contratos de carácter armonizado.
9.3. La omisión de la documentación administrativa exigida, así como su presentación defectuosa, determinará la inadmisión del licitador. Si se trata de un error material, conforme a lo dispuesto en el artículo 81 del RGLCAP, se otorgará un plazo de tres
(3) días hábiles para su subsanación. La comunicación para este trámite se realizará por fax al número que haya sido facilitado por el licitador en su oferta.
9.4. Quedarán excluidos los licitadores que no hayan acreditado su capacidad y/o su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en los términos fijados en este Pliego o, en su caso, la correspondiente clasificación como empresas de servicios.
10. CRITERIOS BÁSICOS PARA LA SELECCIÓN DE LA OFERTA.
10.1. El EVE podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la adjudicación del contrato por razones debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
En caso de que el EVE renuncie o desista a la celebración del contrato, se compensará a los licitadores mediante el abono de 150 Euros a cada uno.
10.2. El EVE, de no declarar desierto el Concurso, tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición económicamente más ventajosa sin atender necesariamente al valor económico de la misma.
10.3. Los criterios básicos de valoración de las ofertas serán los recogidos en el
APARTADO “O” de la Carátula.
10.4. Como criterios adicionales a tener en cuenta para realizar la adjudicación, siempre que así se hubiese establecido y en el contexto de las correspondientes proposiciones económicas, se estimarán de forma positiva las garantías que, en conjunto, tiendan a avalar la correcta ejecución de los trabajos en las condiciones y plazos establecidos.
10.5. Dentro de este contexto la proposición económica no es por sí misma determinante, pero tenderán a seleccionarse aquellas ofertas más razonablemente ajustadas al valor que, del propio Concurso, quepa deducir para los trabajos.
10.6. En cuanto a bajas temerarias se estará a lo dispuesto en los artículos 136 y 174.1.a) de la LCSP y 85 del RGLCAP.
10.7. En el caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la misma.
11. SELECCIÓN DEL EMPRESARIO CONTRATISTA.
11.1. El plazo máximo para la valoración y selección del empresario cuya oferta haya resultado ser la oferta económicamente más ventajosa será de un mes, a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Transcurrido ese plazo sin que se haya notificado dicho acuerdo, si así lo estiman oportuno, los licitadores podrán manifestar su intención de retirar su proposición.
11.2. Seleccionado el empresario que haya formulado la oferta económicamente más ventajosa para el EVE, y con carácter previo a la formalización del contrato, momento en el que se entenderá éste perfeccionado, dicho licitador deberá aportar ante el EVE, en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, los siguientes documentos:
a) Obligaciones tributarias:
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- Certificación positiva, expedida por las Haciendas Forales, justificativa de la inexistencia con la Administración de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
b) Obligaciones con la Seguridad Social: Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas: Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable (ANEXO IV) de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto se presentará declaración justificativa al respecto.
d) Acreditación, mediante la oportuna certificación de la Aseguradora, de la plena vigencia, alcance de coberturas y adecuación de los seguros correspondientes a las condiciones recogidas en la cláusula 20ª de este Pliego.
e) Justificante de haber constituido la garantía definitiva, en el caso de que así se haya previsto en el APARTADO “H” de la Carátula. Los medios de constitución de la garantía serán los previstos en el artículo 84 de la LCSP.
f) Otra documentación. Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
La presentación de estos documentos deberá hacerse en el Registro de Entrada del EVE. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
11.3. El EVE adjudicará el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Dicha adjudicación será motivada y se comunicará a todos los licitadores mediante el envío de notificación (fax/correo/correo electrónico) y su publicación en el Perfil del Contratante.
12. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
12.1. El EVE se reserva la facultad de verificar el contenido de la oferta, incluida la documentación administrativa previamente a la formalización del contrato.
12.2. La formalización del contrato se realizará en un plazo máximo de quince (15) días naturales desde el siguiente a la notificación al empresario y al resto de licitadores de que su oferta ha resultado ser la seleccionada.
12.3. Mediante la formalización del contrato, el EVE manifiesta su consentimiento contractual, entendiéndose con ello perfeccionado el contrato.
12.4. El contrato deberá incluir necesariamente las menciones contenidas en las Instrucciones Internas de Contratación del EVE.
12.5. La formalización del contrato no podrá realizarse si el empresario seleccionado no ha aportado la totalidad de los documentos exigidos en el presente Xxxxxx. Si por causas imputables al empresario no llegara a formalizarse el contrato, el EVE tendrá derecho a incautar la garantía provisional que, en su caso, haya sido constituida o, en su defecto, a ser indemnizado por el empresario hasta un máximo de un 3 por 100 del presupuesto del contrato.
12.6. El contrato se formalizará en documento privado y serán de cuenta del empresario seleccionado todos los gastos e impuestos derivados de la formalización.
12.7. En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato y el NIF asignado a la Agrupación.
12.8. El contratista deberá guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
13. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
a) El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación, o quien en éste delegue, o el Responsable del Contrato.
b) La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
c) El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para XXX o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
d) El contratista se compromete a facilitar la información complementaria y asistencia técnica necesaria para la perfecta utilización del resultado del contrato (documentos y todo tipo de información).
e) Será responsabilidad del contratista la correcta aplicación del contrato y los riesgos de siniestro, tanto del material como de personal y de terceros, durante la realización de los trabajos.
f) El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación.
g) La realización por el contratista de cualquier trabajo que no esté definido en el contrato o que no haya sido autorizado previamente por el órgano de contratación o el Responsable del Contrato no será remunerado por XXX.
14. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
a) El EVE podrá modificar el contrato de servicios para atender a causas imprevistas, siempre que la modificación no supere el 20 por 100 del precio del contrato primitivo. Estas modificaciones serán obligatorias para el contratista.
En el caso de que las modificaciones, aislada o conjuntamente, superen ese porcentaje el contratista tendrá derecho a instar la resolución del contrato. El precio de las modificaciones contractuales se fijarán de forma contradictoria entre ambas partes.
b) El contratista no podrá introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato sin la debida aprobación previa y, en su caso, del presupuesto correspondiente por el órgano de contratación.
Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por XXX originarán responsabilidad en el contratista, el cual estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquéllas sin abono alguno.
15. PRÓRROGA DEL CONTRATO.
El contrato será prorrogable en los términos previstos en la carátula de este Pliego.
Si se produjeran las prórrogas previstas, el precio del contrato será el previsto inicialmente, si bien será objeto de revisión en cada una de las anualidades de prórroga mediante la aplicación del 85% IPC fijado por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente al año natural inmediatamente anterior (art. 78.3 LCSP).
16. ABONO DEL PRECIO.
En la Carátula de este Pliego se determina la modalidad de pago del precio.
En ningún caso podrá efectuarse pago alguno hasta que no se haya formalizado el correspondiente contrato.
No tendrá derecho el contratista al abono de las mejoras realizadas sin autorización expresa del Responsable del Contrato.
XXX se reserva el derecho de detraer del precio las penalidades impuestas por XXX al contratista de conformidad con el presente Xxxxxx.
17. PLAZOS Y PENALIDADES POR DEMORA.
a) El contratista queda obligado al cumplimiento del contrato dentro de los plazos fijados para su realización en la Carátula, así como del Plan de Trabajo presentado con su proposición técnica.
b) La constitución en xxxx en cualesquiera plazos por el contratista no precisará intimación previa por parte de XXX. La imposición de penalidades consecuentes con dichos retrasos se aplicará automáticamente por XXX.
c) Si llegado al término del plazo final o al vencimiento de alguno de los plazos parciales establecidos, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, XXX podrá imponer al contratista una penalización del 20% del precio finalmente acordado.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho EVE por los daños y perjuicios originados por la demora del contratista, ni el derecho de EVE de instar la resolución del contrato.
d) Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista, oído el Responsable del Contrato.
18. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL POR EL CONTRATISTA.
EVE determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción en el correspondiente plazo, que no podrá exceder de quince (15) días.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios, deficiencias o defectos imputables al contratista, XXX podrá rechazar dichos trabajos, quedando exento de la obligación de pago, y optar por la resolución del contrato, con abono por el contratista de una penalización del 20% del precio finalmente acordado.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho EVE por los daños y perjuicios originados por el incumplimiento del contratista.
19. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
19.1 Prevención de riesgos laborales
El contratista cumplirá y hará cumplir con todo rigor a su personal y a sus subcontratistas las obligaciones impuestas por la Legislación Laboral, incluido el Convenio Colectivo de aplicación y especialmente toda obligación dexxxxxx xx xx Xxx 00/0000 xx 0 xx xxxxxxxxx xobre Prevención de Riesgos Laborales, así como su normativa de desarrollo.
19.2 Obligaciones laborales y sociales.
a) El contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligado al exacto cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales y, con respecto a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por parte de la empresa subcontratista – en su caso –se cumpla la legislación vigente en materia laboral respecto a sus trabajadores/as.
b) El contratista estará obligado a que el trabajo, tanto en su empresa como con las empresas que subcontrate, en su caso, se desempeñe en condiciones dignas, siéndoles de aplicación a los trabajadores/as el convenio del sector que forman parte, especialmente en cuanto a subrogación del personal se refiere.
c) El contratista reconocerá expresamente tener el conocimiento, la capacidad, los recursos y medios necesarios para cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones y normas que resulten de aplicación para la ejecución del Contrato en materia de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, manteniendo indemne al EVE frente a cualquier reclamación derivada de incidentes acaecidos en relación con tales materias con ocasión de la ejecución del Contrato.
d) El contratista deberá proveer a todo su personal con los equipos de protección personal homologados que sean de aplicación según el plan de prevención de riesgos laborales derivado del análisis de riesgos realizado para los trabajos objeto del Contrato, asegurándose de que tal personal ha recibido la formación necesaria en el uso de tales equipos.
e) El contratista deberá, a requerimiento de EVE, presentar toda la documentación que acredite el cumplimiento de aquellas obligaciones que deban o puedan estar documentadas.
f) La falta de presentación o demora injustificada constituirá un incumplimiento de las obligaciones contractuales y por lo tanto XXX podrá resolver el Contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula 25.
g) El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
h) El EVE no adquiere en virtud de la formalización del contrato ninguna de las obligaciones laborales y sociales que legal o reglamentariamente le corresponden al contratista respecto de su personal. El contratista, en todo caso, se compromete a dejar indemne al EVE respecto de cualquier reclamación dirigida por su personal o por terceros en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
i) En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra EVE ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran serle impuestas. En cualquier caso, el contratista, indemnizará a EVE de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones establecidas en este Pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
j) A la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de XXX.
k) Corresponderán al contratista, y serán de su cargo, todos los costes en que incurra para la ejecución del contrato.
19.3 Obligaciones en materia de medio ambiente.
El contratista evitará que sus operaciones o las de sus Subcontratistas tengan un impacto negativo sobre el medio natural o sobre la vida animal y vegetal, y tomará las medidas necesarias para anular o reducir al mínimo cualquier incidencia que pudiera surgir durante tales operaciones.
El contratista realizará el trabajo cumpliendo con todas las leyes, reglamentaciones y recomendaciones dictadas por las autoridades competentes en materia medioambiental y observará estrictamente todas las normas adicionales que XXX pueda establecer, siendo el único responsable de la no observancia de las mismas.
19.4 Permisos de Terceros.
Con independencia de los contratos y gestiones que el EVE estime oportuno asumir por sí misma, el contratista se responsabilizará de obtener cuantos permisos y licencias sean precisos ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución del trabajo. El coste que, en su caso, pudiera suponer la obtención de estos permisos será de cuenta exclusiva del contratista.
20. SEGUROS.
El contratista suscribirá y mantendrá los seguros que a continuación se indican:
a) Seguro de Responsabilidad Civil Profesional: Que cubra los errores y omisiones en las que los profesionales que presten sus servicios para el EVE, puedan incurrir en el desarrollo de su trabajo o en el ejercicio de sus funciones. Dicho seguro deberá ser suscrito con una Compañía Aseguradora de reconocido prestigio, e incluir un límite de indemnización de no menos de 600.000 Euros.
1.- Antes de iniciar la ejecución del Contrato, el contratista enviará acreditación (mediante la oportuna certificación de la Aseguradora ) de la plena vigencia, alcance de coberturas y adecuación de los seguros correspondientes a las condiciones aquí recogidas, comprometiéndose a ampliar el alcance de los mismos si, en opinión del EVE, se hiciera preciso.
2.- Si el contratista no obtiene y/o no mantiene los seguros previstos en el Contrato, o no proporciona los correspondientes certificados de vigencia de los seguros, con constancia de su pago, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la entrada en vigor del Contrato o de la fecha en que dicho seguro fuese requerido por la Contratante, ésta tendrá derecho a procurar una cobertura de seguros similar, cuyos costes serán cargados a la contratista y oportunamente descontados de cualquier suma que la Contratante adeudase a la contratista.
3.- Las exigencias que en materia de Xxxxxxx se establecen para el contratista, deberán ser trasladadas por éste de manera adecuada y proporcional a su riesgo a todos los subcontratistas que contrate para la ejecución del Contrato, respondiendo ante el EVE o quien corresponda de cualquier falta que a este respecto pudiera producirse.
4.- El contratista deberá comunicar a EVE toda modificación, renovación o cancelación de las pólizas indicadas en los apartados anteriores. Asimismo, cuando sea requerido para ello, también entregará copia de los contratos de seguro y el recibo justificante del pago de la prima. El no envío de la acreditación correspondiente o documentación complementaria requerida se considerará como incumplimiento contractual.
5.- Los riesgos, obligaciones y responsabilidades previstas a cargo del contratista no quedan limitadas por la contratación de los seguros a que se refiere esta cláusula, y, en consecuencia, el importe de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la xxxxxxxx de tales riesgos no podrá reducirse en la medida de los mencionados seguros o por falta de contratación o cobertura suficiente de ellos en perjuicio de EVE o de terceros.
6.- El coste de todos los seguros especificados en este apartado, serán a cargo de la contratista.
21. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS. TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. CONFIDENCIALIDAD.
21.1 Propiedad de los trabajos realizados.
Quedarán en propiedad de XXX tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad intelectual, industrial y comercial, reservándose EVE su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por XXX, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos.
Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a EVE.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a XXX, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
Es causa de resolución del contrato la información comprobada de que el contratista ha hecho entrega sin consentimiento de EVE, de todo o parte del trabajo a terceros, en materia objeto del contrato. Esta causa de resolución se considerará a todos los efectos como incumplimiento del contrato por culpa del contratista.
21.2 Tratamiento de los datos de carácter personal.
Por tratamiento de datos de carácter personal se entenderán las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
En el caso de que el contrato conlleve tratamiento de datos de carácter personal o el acceso de la empresa contratista o subcontratista a datos de este carácter, se estará a lo siguiente:
1. La contratista únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento.
2. Los datos personales objeto del tratamiento serán utilizados, única y exclusivamente, para la realización del objeto del contrato, no pudiendo ser destinados a finalidad diferente a la señalada.
3. Ninguno de los datos personales tratados como consecuencia de este contrato será facilitado a terceros. A tal efecto, la contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con los mismos,
ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero.
4. La contratista y todo el personal que intervengan en la prestación objeto del contrato quedan obligados por el deber xx xxxxxxx a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter Personal. Este deber perdurará aún después de que el contrato se haya extinguido bien por su cumplimiento bien por su resolución.
5. La contratista se compromete a adoptar las medidas técnicas, administrativas y organizativas exigidas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal tratados para la realización de los trabajos objeto de este contrato:
a) A este respecto, la empresa deberá entregar al órgano de contratación antes del inicio de los trabajos una relación con el nombre, apellidos, funciones y lugar donde van a desarrollar el trabajo de todo el personal que tenga acceso a los datos de carácter personal. Si durante el curso de la ejecución del contrato fuera necesario incorporar o dar de baja a personal, la empresa adjudicataria entregará una nueva relación en un plazo máximo de una semana desde que sucediera este hecho. Tanto la empresa adjudicataria como todo el personal que figure en estas relaciones deberán comprometerse formalmente por escrito a mantener el secreto profesional con respecto a los datos tratados.
b) La adjudicataria se obliga a implementar las medidas de seguridad con respecto a los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas que, en su caso, se especifican en la Carátula de este pliego.
c) Una vez finalizada la prestación objeto del contrato deberán devolverse todos los soportes o destruir o borrar todos los ficheros que contengan datos de carácter personal por parte del contratista. La destrucción se realizará de tal manera que sea imposible aplicar cualquier proceso de recuperación. La certificación de la devolución o destrucción de los ficheros se realizará mediante un acta suscrita por el representante de la adjudicataria y por el director de los trabajos en la que consten tales circunstancias.
6. El EVE se reserva el derecho a realizar controles durante el período de vigencia del contrato para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y poder adoptar las medidas correctoras oportunas, en su caso.
21.3 Confidencialidad
Se entiende por información confidencial toda aquella información personal, contractual, bancaria, técnica y/o comercial a la que tenga acceso o de la que pueda tener conocimiento el contratista con objeto de la prestación del servicio contratado.
El contratista se compromete a tratar toda y cada una de la información confidencial como tal y utilizarla exclusivamente con los fines descritos en el presente pliego, sin divulgarla a terceros y sin ponerla a disposición del público, ni hacerla pública o accesible de cualquier forma.
El contratista se compromete a mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha información confidencial, advirtiendo de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su relación con el contratista deba tener acceso a dicha información para el correcto cumplimiento de las obligaciones contratadas para con XXX.
El contratista o las personas mencionadas en el párrafo anterior no podrán reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información confidencial suministrada por el EVE con objeto de la prestación del servicio contratado.
El contratista no copiará ni reproducirá, sin consentimiento previo de EVE, ningún elemento o documento que le haya sido entregado (que consista o contenga, en parte o en su totalidad, información confidencial), salvo en aquellos casos en los que la propia prestación del servicio así lo requiera.
En atención a las características del servicio contratado, el contratista devolverá, en su caso, dichos documentos o elementos, así como las copias de los mismos, si las hubiera, a petición de la parte que los entregó y a más tardar a la finalización de la prestación contratada.
22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
El presente contrato no será susceptible ni de cesión ni de subcontratación.
23. CONDICIONES LINGÜÍSTICAS EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS.
Los estudios, informes, proyectos u otros trabajos que constituyan el objeto del contrato se realizarán en ambas lenguas oficiales, incluidos los interfaces textuales y sonoros de los diferentes software.
En aquellos contratos que incluyan la prestación de servicios o relaciones con terceros o ciudadanos en general, la lengua utilizada en la comunicación, tanto oral como escrita, entre la empresa encargada de la ejecución y los usuarios o personas con las que haya de relacionarse en ejecución del contrato será aquella que elija el usuario o tercero en cada caso.
Cuando no conste expresamente opción alguna, las notificaciones y comunicaciones de todo tipo que la empresa encargada de la adjudicación dirija a personas físicas y jurídicas se realizarán en las dos lenguas oficiales, incluyendo las facturas y otros documentos de tráfico, sin perjuicio de que en cualquier momento el ciudadano pueda ejercer su derecho a la opción de lengua y pueda demandar el uso de una sola de las lenguas oficiales.
En las relaciones con la Administración contratante derivadas del contrato se empleará normalmente el euskera. A efectos de la ejecución del contrato, se entiende por emplear “normalmente el euskera” lo siguiente: a) en las comunicaciones verbales , el personal con conocimiento de euskera que en funciones de ejecución del contrato se dirija a la Administración contratante se expresará inicialmente en esta lengua. Si la Administración contratante se dirige en euskera a personal adscrito a la ejecución del contrato que no tenga conocimientos suficientes de esta lengua, la empresa encargada de la ejecución habrá de facilitar inmediatamente los medios o personal con capacitación lingüística en euskera necesarios para que la relación con la Administración derivada de la ejecución del contrato pueda desarrollarse en euskera; y b) las comunicaciones escritas se redactarán en euskera y castellano salvo que emisor y receptor opten por el euskera”.
24. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
En la toma de decisiones de índole técnica, XXX podrá nombrar un Responsable de Contrato con funciones de supervisión y asesoramiento sobre las actuaciones emprendidas por el contratista, siendo competencia del órgano de contratación o de las personas en quien éste delegue, la adopción de decisiones que se deriven del seguimiento del desarrollo del contrato por el Responsable del Contrato.
Asimismo asumirá las funciones que se le encomiendan en este Pliego. El órgano de contratación podrá delegar en el Responsable del Contrato todos o algunos de sus derechos y facultades en relación con la ejecución del contrato.
25. EXTINCIÓN/RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento o por su resolución.
Además de las mencionadas en el presente Xxxxxx, en el Código Civil y en el artículo 206 de la LCSP, serán causas de resolución del Contrato:
(i) En el caso de que durante la ejecución del contrato, y como consecuencia de actuaciones de terceros, la ejecución del contrato deviniera técnica o económicamente inviable, procederá, a juicio razonado de XXX, la resolución del contrato, abonándose al contratista exclusivamente por los trabajos encargados por XXX y efectivamente ejecutados por el contratista hasta el momento en que XXX acuerde la resolución, sin que por tal motivo proceda indemnización o reclamación de cualquier índole por parte del contratista a EVE.
(ii) La demora por el contratista en el cumplimiento del plazo de ejecución de los trabajos objeto del contrato.
(iii) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará a EVE para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan a su favor conforme a este Pliego y a la normativa aplicable, pudiendo, además, optar por la ejecución subsidiaria, realizando las obligaciones incumplidas o continuando la ejecución de los trabajos por sí o a través de las personas o empresas que determine, x xxxxx del contratista.
26. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Para resolver las cuestiones que se planteen con relación a la preparación, adjudicación, interpretación, ejecución y extinción del presente contrato, serán competentes los Tribunales de la Jurisdicción Civil (artículo 21.2 de la LCSP), sometiéndose ambas partes voluntariamente al fuero de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx, con renuncia expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don / Doña: ..................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : .........................................................................................................
En representación de la empresa: ..............................................................................
Con el N.I.F.: .................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ..........................................................................................
.........................................................................................................................................
Lo que acredito en la forma prevista en las Condiciones Básicas de Contratación, manifiesta lo siguiente:
1. Que está enterado del anuncio publicado en el Perfil del Contratante del EVE por el que se convoca CONCURSO para la adjudicación del contrato de prestación de los servicios de mediación y asesoramiento, para los ejercicios 2012 y 2013, en la contratación y formalización de pólizas de seguro para el EVE y sus sociedades participadas, así como la posterior asistencia al tomador, asegurado y beneficiario.
2. Que ha examinado y conoce los Pliegos de Condiciones Básicas y el de Prescripciones Técnicas y demás documentación.
3. Que, igualmente, conoce los textos legales y reglamentarios a que se refiere la Cláusula Primera xxx Xxxxxx de Condiciones Básicas de Contratación.
4. Que encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente y sin variación, todos los documentos y textos legales y reglamentarios a los que se refieren los apartados 2 y 3 anteriores.
5. Que se compromete a llevar a cabo el contrato citado con arreglo a los siguientes corretajes:
Tipología de aseguramiento | Corretaje |
Responsabilidad Civil General | |
Responsabilidad Administradores y Directivos (D&O) | |
Todo Riesgo Daños Materiales | |
Vida y Accidentes de empleados del Grupo | |
Flota de vehículos |
* No se valorarán ofertas por debajo de los corretajes mínimos establecidos.
En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR DE NO HALLARSE INCURSO EN PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Don / Doña: ..................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : .........................................................................................................
En representación de la empresa: ..............................................................................
Con el N.I.F.: .................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ..........................................................................................
.......................................................................................................................................
DECLARA: Que [no me encuentro/mi representada no está incursa] en prohibición de contratar, conforme a los artículos 49 y 50 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, comprendiendo expresamente esta declaración las circunstancias de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos antes de la formalización del contrato, en el caso de que xxxx a resultar adjudicatario del mismo.
En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
MODELO DE AVAL BANCARIO (GARANTÍA DEFINITIVA)
El Banco [...], (en lo sucesivo, el “Banco”) y en su nombre y representación [...], con poderes suficientes para obligarse en este acto, otorgados a su favor con fecha [...] de [...] de [...] ante el Notario de [...] D. [...] bajo el número [...] de su protocolo y que asegura que no han sido revocados ni modificados.
AVALA a primer requerimiento y solidariamente a la sociedad [...] (en adelante, la “Sociedad”) con C.I.F. [...] y domicilio en [...] calle [...] frente al [Ente Xxxxx de la Energía]” (en adelante, el “Beneficiario”) con C.I.F. [...] y domicilio en [...], calle [...] hasta la cuantía máxima de [...] ([...]) Euros (en adelante, el “Importe Garantizado”) en el cumplimiento de cualesquiera obligaciones de pago derivadas de la correcta prestación y ejecución del contrato que tiene por objeto [indicar nombre del contrato], a suscribir entre la Sociedad y el Beneficiario, que el Banco declara conocer.
Son condiciones de este aval las siguientes:
(i) El Banco renuncia expresamente a los beneficios de orden, excusión y división, así como al planteamiento de cualquier tipo de defensa.
(ii) El presente aval es de naturaleza abstracta, por lo que no será necesario que el Beneficiario indique o justifique las razones por las que ejecuta la garantía, y el Banco no podrá plantear objeciones a ningún requerimiento de pago a cuenta de la garantía, aun a pesar de cualesquiera objeciones que pudieran ser planteadas por la Sociedad.
(iii) El Banco deberá abonar las cantidades que le solicite el Beneficiario en el plazo máximo de cinco (5) días naturales a contar desde el requerimiento que al efecto le formule por escrito y en cualquier forma a la siguiente dirección [...].
(iv) El Banco realizará los pagos requeridos por el Beneficiario, en una o más veces, según le indique éste, siempre que en su conjunto no excedan del Importe Garantizado.
(v) Los pagos se efectuarán en la cuenta bancaria indicada en la notificación del Beneficiario, libres de, y sin, deducciones por, o a cuenta de, cualesquiera impuestos, derechos, cargos, compensaciones, contra-reclamaciones, deducciones o retenciones, presentes o futuros, de la naturaleza que xxxx.
(vi) El presente aval tendrá una duración indefinida hasta que el Beneficiario autorice mediante manifestación escrita su cancelación.
(vii) Esta Garantía se rige por el Derecho español. Las disputas que surjan en virtud de esta garantía se someterán, de manera exclusiva, a los Tribunales xx Xxxxxx, a cuya jurisdicción se someten las partes, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Esta Garantía ha sido inscrita en el Registro Especial de Garantías, bajo el número [...], el [...]; 20[..].
(Lugar y fecha)
(Razón social de la entidad) (Firma del/ los apoderados)
MODELO DE DECLARACIÓN IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Don / Doña: .......................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : ..............................................................................................................
En representación de la empresa: ...................................................................................
Con el N.I.F.: ......................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ...............................................................................................
............................................................................................................................................
Declara, bajo su responsabilidad:
Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligado a presentar declaración de alta en la matrícula de este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
........................................ ........................................ ...............................
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En [...], a [...] de 20[..]
[Nombre de la empresa/licitador]. P.p.
D. [...]
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Aquellos licitadores que estén interesados en conocer el resumen de las pólizas contratadas actualmente por el Grupo EVE y sus Sociedades Participadas y sobre las que la empresa adjudicataria deberá prestar sus servicios de mediación, por favor, envíen un correo electrónico a la siguiente dirección xxxxxx@xxx.xx
Sin perjuicio de la obligación, por el adjudicatario, de desarrollar TODAS las funciones y atribuciones que la ley 26/2006, de 17 de julio, reguladora de la actividad de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados establece para el ejercicio de la función de correduría de seguros, son prestaciones esenciales de este contrato las siguientes:
A) DISEÑO DE UN PLAN DE SEGUROS.
1. Elaboración y presentación, en un plazo máximo de un (1) mes desde la firma del contrato, de un “INFORME-DIAGNÓSTICO RELATIVO A LOS SEGUROS DEL GRUPO EVE Y SUS SOCIEDADES PARTICIPADAS”, en el que se aborden para su planteamiento, como mínimo, los siguientes aspectos:
- Diagnóstico y valoración de las coberturas que actualmente tiene concertadas el Grupo EVE y sus Sociedades Participadas y sus condiciones, asesorando sobre las condiciones del contrato o contratos de seguros que, a su juicio, convendría modificar o en su caso, suscribir..
- Evaluación de las necesidades de seguros del Grupo EVE y sus Sociedades Participadas, posibles y nuevos riesgos no cubiertos, modificaciones y mejoras a introducir en los seguros contratados analizando y estudiando aspectos tales como:
- Condicionado de los contratos (proponiendo modificaciones, mejoras para futuros contratos etc.)
- Mejoras susceptibles de ser introducidas en lo relativo a garantía, prima y extensiones de cobertura.
- Xxxxxxxxxxx que se proponen.
- Otros aspectos que según la situación xxx xxxxxxx entienda el mediador que pueden resultar necesarios para un adecuado diseño de cobertura de riesgos del Grupo EVE y sus Sociedades Participadas.
2. Ofrecer información veraz y suficiente en la promoción, oferta y suscripción de las pólizas de seguro que contrate el Grupo EVE y sus Sociedades Participadas, debiendo informar sobre las condiciones del contrato que a su juicio conviene suscribir y ofrecer asesoramiento sobre las coberturas que de acuerdo a su criterio profesional, mejor se adapten a las necesidades de cada momento, velando por la concurrencia de los requisitos que hayan de reunir las pólizas para su eficacia y plenitud de efectos.
3. Investigación y análisis permanente de las diferentes alternativas xxx xxxxxxx asegurador, manteniendo informado de las mismas al Grupo EVE y sus Sociedades Participadas y utilizando para ello tablas, cuadros, gráficos o cualquier otra documentación que permita conocer de manera sencilla y rápida dichas alternativas así como una comparativa de las coberturas, cuantías, franquicias, precios xx
xxxxxx... etc que las distintas aseguradoras ofrecerían respecto a los tipos de pólizas que deba contratar el Grupo EVE y sus Sociedades Participadas.
4. Prestar asesoramiento continuado por técnicos especializados en el seguimiento y análisis de riesgos al objeto de conseguir mejoras en las condiciones técnicas y económicas contratadas.
5. Proponer la contratación de nuevos seguros cuando sea necesario en función de las necesidades y riesgos del Grupo EVE y sus Sociedades Participadas.
6. Asesoramiento en la preparación de los Pliegos de Condiciones Técnicas que sirvan de base, en su caso, para la contratación de pólizas de seguros y participación en los procedimientos de selección de las empresas adjudicatarias de los contratos de seguros a través de la elaboración de informes técnicos, respecto a las ofertas presentadas en relación a los criterios de adjudicación que se establezcan.
7. Para todas aquellas pólizas que el corredor proponga contratar o modificar, éste deberá presentar un mínimo de tres ofertas diferentes, entre las que el Grupo EVE y sus Sociedades Participadas podrán elegir aquella que más se adecue a sus intereses.
B) PLAN DE ASISTENCIA.
1. Facilitar al tomador, al asegurado y al beneficiario, durante la vigencia de los contratos de seguro, la información que se reclame sobre cualesquiera de las cláusulas de las pólizas. En caso de siniestro estará asimismo obligado a prestar su asistencia, asesoramiento y seguimiento hasta la total resolución del mismo. La información o aclaración solicitada deberá proporcionarse por escrito, si así se indicase, y en un plazo de tiempo no superior a quince (15) días naturales, salvo que la complejidad de la consulta u otras circunstancias excepcionales exijan un plazo superior.
2. Poner a disposición del Grupo EVE y sus Sociedades Participadas, una persona que canalice toda la información que suponga la gestión de los seguros y un equipo de trabajo especializado acorde a las necesidades del Grupo EVE y sus Sociedades Participadas.
3. Presentar, tres (3) meses antes de la finalización de la vigencia de cada póliza, un informe técnico anual que contenga una evaluación y valoración motivadas de los riesgos a asegurar para la anualidad siguiente y, en su caso, la propuesta de actualización económica de las primas debidamente justificada.
4. Seguimiento informatizado de la siniestralidad de las diferentes pólizas de seguro contratadas y presentación de informe semestral que contengan relación detallada, estadística y valoración motivada de la evolución de la siniestralidad en cada una de las pólizas.
5. Realización periódica de una serie de informes y documentos (como tablas y gráficos) en los que se expresen los resultados de todo el plan de seguros y su situación al día de manera que permitan conocer en cada momento y respecto de cada una de las pólizas, los siniestros que están tramitando, su situación a fecha de consulta y las actuaciones que se están realizando respecto a los mismos así como cualquier otro detalle de interés.
6. Asesoramiento, tratamiento y liquidación de los siniestros, disponiendo de los medios informáticos adecuados que permitan su seguimiento y que generen estadísticas periódicas.
7. Adecuación de los contratos de seguros a la normativa aplicable en cada momento.
8. Proponer la actualización de los capitales y bienes asegurados cuando se produzcan modificaciones.
9. Facilitar cuantos servicios profesionales de su ramo se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo explicativas, suministro de información sobre el ramo de seguros, sesiones formativas, etc.
10. Emitir y entregar informe, cuando le sea solicitado, sobre cualquier materia de seguros, en el plazo máximo de quince (15) días naturales. En caso de urgencia este plazo se reducirá a diez (10) días naturales.
11. Prestar al tomador del seguro, al asegurado y al beneficiario del seguro la asistencia posterior a la formalización del contrato de seguro, mediando en las relaciones con la entidad aseguradora y realizando las gestiones y trámites que correspondan como consecuencia de los siniestros y demás incidencias que se produzcan hasta su total resolución. A este respecto y a título meramente enunciativo el adjudicatario deberá:
o Recibir, informar y trasladar para su pago los recibos de los seguros.
o Recibir los comunicados de siniestros que se efectúen desde el Grupo EVE y sus Sociedades Participadas y comunicarlos inmediatamente a la entidad aseguradora.
o Encargarse de obtener la información que sea necesaria, tanto por parte de los siniestrados como por parte de la entidad aseguradora, informando de las gestiones que realice al Grupo EVE y sus Sociedades Participadas.
o Control del expediente del siniestro y gestión del cobro de la indemnización.
o Introducir y mantener actualizada la siguiente información: número de referencia del siniestro abierto por la entidad aseguradora, persona encargada de la tramitación de los siniestros, estado de la tramitación y gestiones realizadas, indicación de elaboración o no de informe pericial y perito/s encargado/s de su realización. Para todos los siniestros dispondrá de un programa informático adecuado que permita su seguimiento y obtener estadísticas periódicas.
o Agilizar las devoluciones correspondientes a las bajas de vehículos (estornos).
o Facilitar debidamente revisadas las pólizas definitivas de los seguros de automóviles, dentro de los veinte (20) días siguientes a la notificación de nuevas altas.
o Facilitar debidamente revisadas las pólizas de seguros en el plazo de treinta
(30) días siguientes a la fecha de efecto.
o Procurar de las compañías aseguradoras el detalle de los conceptos y cuantías que ingresan a cuenta del Grupo EVE y sus Sociedades Participadas, relativas a la indemnización de siniestros cubiertos por las pólizas.
o Confeccionar informes periódicos (semestralmente) que reflejen en número, cuantía y causa de los siniestros no cubiertos por los contratos de seguro suscritos.
12. Excepcionalmente, cuando así sea requerido, el mediador adjudicatario deberá efectuar la evaluación y peritaje de aquellos siniestros que se encuentren bajo la franquicia contratada en cada momento y facilitar al Grupo EVE y sus Sociedades Participadas el informe o conclusiones alcanzadas en un plazo no superior a veinte
(20) días naturales salvo que la dificultad del siniestro u otras circunstancias excepcionales aconsejen un plazo superior.
13. En el caso de que las compañías aseguradoras soliciten la actualización del importe de las primas que se les abonan, la correduría de seguros deberá presentar informe en el que quede debidamente justificada la necesidad de esa actualización así como el incremento del importe de la prima. Para ello deberán facilitar datos reales de la situación xxx xxxxxxx asegurador así como documentación (tablas, cuadros, gráficos) donde se refleje la evolución del comportamiento de la póliza durante la anualidad, comparativas con otras anualidades y detalle del número de siniestros ocurridos, importes de indemnizaciones satisfechas etc. así como el coste que supondría el aseguramiento de esos riesgos en otras compañías. En definitiva, deberán facilitar toda la información y documentación que acredite o justifique la procedencia (o, en su caso, no procedencia) de la actualización o subida propuesta por la/s compañías aseguradoras.
C) MEJORAS
Los licitadores deberán ofertar otras mejoras de prestación del servicio que no hallándose incluidas en el Pliego de Condiciones, se encuentren relacionados con el objeto del contrato y lo mejoren sustancialmente.
DATOS BÁSICOS DE LA EMPRESA LICITADORA
Nombre empresa licitadora | |
CIF / NIF | |
Actividad principal | |
Domicilio Social | Central: |
Delegaciones en la CAPV: | |
Contacto | Persona de contacto: Dirección: Telf.: Fax: e-mail: |
Nº trabajadores | Total: |
En la CAPV: | |
Volumen de negocio | Total: |
En la CAPV: | |
Accionistas o Grupo empresarial al que pertenece | |
Certificación en sistemas de gestión (ISO, UNE o equivalentes) |
MODELO DE DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES FACILITADAS POR LA EMPRESA
(presentación opcional)
Don / Doña: ..................................................................................................................
Con Nº de D.N.I. : .........................................................................................................
En representación de la empresa: ..............................................................................
Con el N.I.F.: .................................................................................................................
Con oficinas en (dirección): ..........................................................................................
.......................................................................................................................................
DECLARO
Que en relación con la documentación aportada en el/los sobre/s ........ (indicar el sobre al que se refiere) del expediente de contratación número (*) se
consideran confidenciales las siguientes informaciones y aspectos de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales:
[...]
Que dicho carácter confidencial se justifica en las siguientes razones: [ ]
[Lugar, fecha y firma]
(*) Indicar el número de expediente que figura la Carátula xxx xxxxxx.