SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES “S A T E N A”
SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES “S A T E N A”
NIT 899999143-4
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 470 DE 2011 | ||
CONTRATANTE | SATENA | |
CONTRATISTA | INGENIERÍA EN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO SOCIASEO | |
S.A. | ||
DIRECCIÓN | Xxxxx 000 Xx. 00-00 | |
NIT | 800.064.486-2 | |
TELEFAX CONTRATISTA | 6392000 | |
OBJETO DEL CONTRATO | Prestación del servicio de aseo para las instalaciones de SATENA, localizadas en la ciudad de Bogotá D. C., así como el suministro de bienes y equipos necesarios para la prestación del servicio. | |
VALOR DEL CONTRATO | Hasta la suma de CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TRECE PESOS MCTE ($56.099.813) y/o hasta el agotamiento de los recursos, incluido IVA incluido y demás impuestos a que haya lugar. | |
PLAZO DE EJECUCIÓN | Desde la firma de las partes y una vez se expida el registro presupuestal y hasta el 31 de Diciembre de 2011. |
Entre los suscritos, señores Xxxxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, vecino y residente en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.441.812, en su condición de Vicepresidente Encargado, conforme lo establecido en la Resolución 086 del 1 xx xxxxx de 2011, y actuando en nombre y representación del SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES, SATENA sociedad de economía mixta según la Ley 1427 de 29 de diciembre de 2010, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional creada y reorganizada por la Ley 80 de 1968 y los Decretos Nos. 2344 de 1971 y 2180 de 1984, con estatutos sociales aprobados mediante Acuerdos de su Junta Directiva, Nos. 002 de fecha 22 xx xxxxx de 2001 y 011 del 18 xx xxxxx de 2008 (En adelante SATENA), y el señor XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.743.690 de Medellín, Antioquia, en calidad de Representante Legal de la sociedad denominada INGENIERÍA EN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO SOCIASEO S.A., domiciliada en Bogotá D.C.,
identificada con NIT No. 800.064.486-2, constituida mediante Escritura Pública No. 815 del 21 xx xxxxx de 1989 de la Notaria 24 de la ciudad de Bogotá D.C, aclarada mediante Escritura Pública No. 889 de la misma Notaria del 2 xx xxxx de 1989, inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 00 xx xxxx xx 0000 xxxx xx xxxxxx 264.771 del libro IX con el nombre Distribuciones Xxxxxxxxx Limitada., reformada mediante Escritura Pública No. 1516 del 9 de diciembre de 1991 de la Notaria 28 de Bogotá D.C. , inscrita el 27 de diciembre de 1991 bajo el número 00350650 del Libro IX, en la cual la sociedad cambió su nombre de Distribuciones Xxxxxxxxx Limitada. por el de INGENIERÍA EN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO SOCIASEO S.A. e introdujo otras reformas al estatuto social, entre otras, matrícula mercantil No. 00371697, y con una vigencia hasta el 22 de noviembre de 2020, según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., (en adelante EL CONTRATISTA), hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes
CONSIDERACIONES:
1. Que de acuerdo con los estudios previos elaborados por la Dirección Administrativa de SATENA, se requiere adelantar la presente contratación teniendo en cuenta la siguiente justificación:
“(…) DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD:
Es responsabilidad de la Dirección Administrativa velar por el cuidado y conservación de sus inmuebles, desarrollando buenas prácticas de orden y aseo, brindando un ambiente sano y agradable a los usuarios, visitantes y servidores públicos, trabajadores oficiales y demás empleados que laboran en las instalaciones SATENA, para el cumplimiento de la misión institucional y teniendo en cuenta que SATENA NO tiene personal para la
realización del servicio de aseo, se requiere preservar el funcionamiento operativo y administrativo ordinario atendiendo oportunamente con calidad y eficiencia el servicio de mantenimiento aseo, cafetería y jardinería, de las instalaciones, lo cual solo puede ser posible si existe un servicio integral de aseo que así lo permita. Por lo anterior, se hace evidente la necesidad de contratar los servicios de una empresa especializada en prestación del servicio de aseo que suministre el personal especializado, insumos, equipos y elementos de protección personal para garantizar el aseo, desinfección de las áreas internas y externas y demás dependencias e instalaciones de lunes a sábado.
JUSTIFICACION DE LA NECESIDAD
EN CUANTO A LA EFICIENCIA: Teniendo en cuenta que el objeto del contrato es la prestación del servicio de aseo general de áreas internas corno externas, incluyendo mano de obra y suministro de insumos, el contratar la prestación de este servicio impide que los procesos administrativos se incrementen, puesto que solo se tendrá que llevar a cabo la labor de supervisión por parte del Contratante. Se llevará a cabo solo un proceso contractual por prestación de servicios que incluya el suministro de los insumos, requeridos para el servicio y la mano de obra calificada para la prestación del mismo, lo que ahorrará los procesos dispendiosos de Selección de Personal, adquisición de equipos y suministros para el aseo.
ENCUANTO A OPORTUNIDAD: En estos momentos es una alternativa viable puesto que existen en el mercado varias empresas debidamente calificadas para la prestación de este servicio a todo costo y con valores bastantemente atractivos, permitiendo que SATENA se dedique a Core del negocio.
EN CUANTO A LA COBERTURA: Se requiere garantizar e 100% de la cobertura de la prestación del servicio de Lunes a Sábado y en caso de presentarse faltantes por incapacidades, el Contratista garantizará el reemplazo del trabajador. En caso de daño de equipos (brilladores, Aspiradoras. etc) el servicio no se verá afectado toda vez que dicha empresa deberá reemplazar dichos equipos de manera inmediata.
ENCUANTO A LA CALIDAD: Se prestará en las condiciones técnicas y de calidad exigidas para la prestación del servicio de aseo con insumos de calidad, de igual manera garantizará que el personal a cargo este debidamente calificado en el uso de los químicos utilizados en la desinfección y aseo y que elementos de bioseguridad debe portar al momento de llevar a cabo dicha labor. De igual manera y en cumplimiento de las normas de higiene y salud ocupacional, se deben realizar periódicamente brigadas de desinfección de áreas, con el fin de brindar las condiciones de sanidad requeridas al interior de las mismas.
LUGAR: En las instalaciones de SATENA ubicadas en la Avenida el Dorado 103 -08 Entrada 1, Interior 11 en Bogotá. Modulo Aeropuerto. Bodega de Carga. Despacho, local comercial Calle 100, local Centro Comercial Bavaria. De lunes a Sábado en la Jornada laboral. (De acuerdo a xxxxxxxx y cronograma presentado por la Dirección Administrativa). (…)”
2. Que la contratación de SATENA se rige por las disposiciones previstas en su Manual de Contratación adoptado mediante Resolución 150 de 2010 y modificado mediante Resolución 052 de 2011; por las normas privadas previstas en la legislación civil y comercial pertinentes. Lo anterior sin perjuicio de la observancia de los principios de la Función Administrativa y Gestión Fiscal de que tratan los artículos 209 y 276 constitucionales, al igual que el régimen de inhabilidades e incompatibilidades propios de la contratación estatal.
3. Que se adelantó el proceso de Contratación Abierta No. SA-005-2011, con el fin de contratar la prestación de servicios objeto del presente contrato.
4. Que el proceso de contratación adelantado en los términos del Manual de Contratación de SATENA se encuentra precedido de un estudio previo en el que se analizó la conveniencia, oportunidad, necesidad y su adecuación a los planes y presupuesto de la Entidad.
5. Que para tal fin se expidió el Incremento Presupuestal No.94 de fecha 16 xx xxxx de 2011 del Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 9, expedido por el Jefe de Presupuesto de SATENA.
6. Que la apertura del proceso se llevó a cabo el día 13 xx xxxxx de 2011 y en consecuencia se publicó el Pliego de Condiciones en la página Web, fijando como plazo para presentación de propuestas hasta el día 20 xx xxxxx de 2011, a las 10:00 a.m.
7. Que el día 20 xx xxxxx de 2011, a las 10:00 a.m., se cerró el proceso de contratación abierta y se procedió en Acto Público a la apertura de los sobres contentivos de las propuestas presentadas por los proponentes dentro del plazo y hora establecida en el Pliego de Condiciones del proceso, encontrando que se presentaron propuestas por parte de los siguientes oferentes: ASEOS COLOMBIANOS S.A., CASALIMPIA S.A., BIODEXTER LTDA. e INGENIERIA EN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO SOCIASEO S.A.
8. Que una vez finalizada la etapa de verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes y calificables exigidos en el Pliego de Condiciones del proceso y consultado el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad SIRI de la Procuraduría General de la Nación y el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, se encontró que la firma INGENIERIA EN LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO SOCIASEO S.A., cumplió con los aspectos habilitantes y calificables exigidos por SATENA, por lo que resulta ser la mejor oferta y por ende favorable para la Entidad, razón por la cual se publicó el consolidado de evaluación final el día 28 xx xxxxx de 2011.
9. Que el CONTRATISTA para la elaboración de su oferta consideró, entendió y aceptó el alcance de los requerimientos planteados por SATENA en el Pliego de Condiciones de la Contratación Abierta SA-005-2011.
En consecuencia, este Contrato se regirá por las disposiciones civiles y comerciales aplicables a la materia y demás normas concordantes y por las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO. Prestación del servicio de aseo para las instalaciones de SATENA, localizadas en la ciudad de Bogotá D. C., así como el suministro de bienes y equipos necesarios para la prestación del servicio.
CLÁUSULA SEGUNDA. ALCANCE DEL OBJETO. EL CONTRATISTA se compromete a la
prestación del servicio de aseo para las instalaciones de SATENA, localizadas en la ciudad de Bogotá D. C., así como el suministro de bienes y equipos necesarios para la prestación del servicio, de acuerdo con las especificaciones técnicas:
ÍTEM | DESCRIPCION DEL SERVICIO | ||||||
1 | 4 OPERARIOS FIJOS SATENA HANGAR | ||||||
1 OPERARIO AEROPUERTO. | ROTATIVO | PARA | LOCALES | COMERCIALES | Y | MÓDULO | |
INSUMOS BASICOS DE ASEO | |||||||
Servicio xx xxxxx y recolección xx xxxxx a las áreas verdes mediante el uso de una guadaña (incluye su mantenimiento). | |||||||
2 | SERVICIOS ESPECIALES DE ASEO (limpieza de los Vidrios externos oficina de SATENA Calle 100, limpieza y lavado tapete de la Oficina del Centro Control de Operaciones (CCO), Financiera e Ingeniería de Operaciones de SATENA, lavado y desinfección de Tanques de agua potable, entre otras). |
INSUMOS BÁSICOS DE ASEO:
El CONTRATISTA deberá suministrar de manera mensual como mínimo los siguientes elementos para la prestación del servicio:
No | DESCRIPCION | MEDIDA | CANTIDAD |
01 | TOALLAS DESECHABLES BLANCA MANO | PAQUETE x 100 | 70 |
02 | PAPEL HIGENICO JUMBO 250M | PACA X 6 | 30 |
03 | JABON LIQUIDO MANOS | GALON | 10 |
04 | PAPEL HIGENICO INDIVIDUAL 35M | ROLLO | 60 |
05 | BOLSA BASURA AZUL 80x100 | PAQUETE X 6 | 24 |
06 | BOLSA BASURA ROJA 80x100 | PAQUETE X 6 | 08 |
No | DESCRIPCION | MEDIDA | CANTIDAD |
07 | BOLSA BASURA NEGRA 80x100 | PAQUETE X 6 | 08 |
08 | JABON LIQUIDO INDUSTRIAL | GARRAFA X 5 GALONES | 07 |
09 | GALON MULTIUSOS | GARRAFA 4000 XX. | 00 |
00 | XXXXXXX XXXXXX X XXXXX | UNIDAD | 06 |
11 | GUANTES | UNIDAD | 05 |
12 | BAYETILLAS 50 x 70 CMS FILETIADAS | UNIDAD | 10 |
13 | DESENGRASANTE | GALON | 01 |
14 | AMBIENTADOR PISO | LITRO | 06 |
15 | TRAPEROS MECHA | UNIDAD | 06 |
16 | RECOGEDOR | UNIDAD | 02 |
17 | ESPONJA EN FIBRA TIPO SABRA | UNIDAD | 10 |
CLÁUSULA TERCERA. PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. La vigencia de la
prestación de servicios objeto del presente contrato, estará comprendida desde la firma del contrato y una vez se expida el registro presupuestal y hasta el 31 de diciembre de 2011 y/o agotamiento de los recursos y su vigencia será hasta el 30 xx xxxxx de 2012.
CLÁUSULA CUARTA. VALOR. El valor del contrato será hasta por la suma de
CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TRECE
PESOS MCTE ($56.099.813) incluido el IVA y demás impuestos a que haya lugar, conforme a los valores unitarios y especificaciones técnicas del servicio así:
Ítem | DESCRIPCION DEL SERVICIO | CANTIDAD | VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA | VALOR TOTAL MENSUAL INCLUIDO IVA |
1 | OPERARIOS FIJOS en SATENA HANGAR (Avenida el Dorado 103 – 08 Entrada 1, Interior 11). | 4 | $952.343 | $3.809.370.37 |
OPERARIOS ROTATIVOS para el Módulo Aeropuerto, la Bodega de Carga, Despacho, Local comercial Calle 100, Local Centro Comercial Bavaria, de lunes a Sábado en la Jornada Laboral | 1 | $952.343 | $952.343.59 | |
INSUMOS BASICOS DE ASEO | - | $3.104.496.30 | $3.104.496.30 | |
Servicio xx xxxxx y recolección xx xxxxx a las áreas verdes mediante el uso de una guadaña (incluye su mantenimiento). | 1 | $201.821.30 | $201.821.30 | |
2 | SERVICIOS ESPECIALES DE ASEO (limpieza de los Vidrios externos oficina de SATENA Calle 100, limpieza y lavado tapete de la Oficina del Centro Control de Operaciones (CCO), Financiera e Ingeniería de Operaciones de SATENA, lavado y desinfección de Tanques de agua potable, entre otras). | - | $462.962.96 | $462.962.96 |
TOTAL COSTOS FIJOS ANTES DE UTILIDAD. | $8.530.993.52 | |||
UTILIDAD PROYECTADA INCLUYENDO IMPUESTOS (1.6%) | $ 818.975.38 |
CLÁUSULA QUINTA. FORMA DE PAGO. SATENA pagará el valor del presente contrato en mensualidades vencidas dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la presentación de la factura y/o cuenta de cobro, previa comprobación de la prestación del servicio durante el mes y visto bueno por parte del Supervisor del contrato. Los pagos se efectuarán previa disponibilidad de flujo de caja.
Para cada pago, el CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes a sus empleados de las obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante
certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el Representante Legal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. De no cumplir con este requisito al momento de radicar la facturación, no se recibirá ningún documento.
Parágrafo 1º. El Supervisor del Contrato podrá solicitar la cantidad de elementos requeridos de acuerdo con las necesidades que se presenten.
Parágrafo 2º. ABONOS EN CUENTA: Los citados pagos se efectuarán mediante abono automático en la cuenta cuya certificación ha aportado EL CONTRATISTA para efectos del presente contrato.
CLÁUSULA SEXTA. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL Los bienes o servicios que SATENA se compromete a cancelar a EL CONTRATISTA como contraprestación por el cumplimiento del objeto del presente contrato serán con cargo al Incremento Presupuestal No.94 de fecha 16 xx xxxx de 2011 del Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 9, expedido por el Jefe de Presupuesto de SATENA.
CLÁUSULA SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Además del cumplimiento del objeto del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a:
1. Asignar para la prestación del servicio:
Cinco (5) operarias(os) debidamente capacitados en los siguientes horarios:
- Cuatro (4) operarias(os) de 6:00 am a las 03:00pm (lunes a viernes e incluida una hora de almuerzo) y sábados de 6:00 am a 02:00 pm.
- Un (1) operario (a) desde las 8:00 am a las 05:00 pm (lunes a viernes e incluida una hora de almuerzo) y sábados de 6:00 am a las 02:00 pm.
Cada Operario(a) deberá cumplir 48 horas diurnas semanales.
2. Contar con la maquinaria y equipo necesario para prestar el servicio.
3. Dar estricto cumplimiento a los horarios de trabajo requeridos por SATENA.
4. Mantener en perfecto estado de limpieza las instalaciones de la empresa (baños, oficinas, paredes, escaleras, halles, etc., hasta 3 metros de altura).
5. Brillar los pisos y aspirar los tapetes de la Entidad.
6. Realizar la limpieza periódica de los vidrios así como las divisiones y puertas.
7. Realizar la limpieza diaria de polvo, ceniceros, canastas de basura archivadores escritorios, sillas, ventanas xxxxxx xx xxxxxxx.
8. Realizar la limpieza diaria de puertas exteriores.
9. Lavar y limpiar las entradas y aéreas adyacentes
10. Realizar el mantenimiento y limpieza de xxxxxx xx xxxxxxx, divisiones guardaescobas, paredes, enchapados xx xxxxxx y metal, etc.
11. Limpiar periódicamente y con líquidos especiales, escritorios, sillas y archivadores, teléfonos, cuadros, interruptores, etc.
12. Organizar las basuras para su evacuación los días que pase el carro recolector.
13. Limpiar permanente el container de basura.
14. Colaborar con servir bebidas frías y calientes cuando SATENA así lo requiera.
15. Proveer el servicio xx xxxxx y recolección xx xxxxx a las áreas verdes cada veinte
(20) días, mediante el uso de una guadaña.
16. Proveer mediante uno de los cuatro (4) operarios el servicio de separación y reciclaje de los residuos sólidos generados de la operación de SATENA.
17. Cumplir con el pago oportuno xxx xxxxxxx de los empleados que tenga a su cargo. Así como cumplir con el pago a parafiscales, seguridad social y pensión de sus empleados.
18. Desarrollar las demás labores que se desprendan del objeto del contrato.
19. Mantener los precios ofertados durante la ejecución del contrato.
20. Acreditar para cada pago de facturas, el pago de los aportes a sus empleados de las obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el Representante Legal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. De no cumplir con este requisito al momento de radicar la facturación, no se recibirá ningún documento.
21. Prestar el servicio de aseo en los sitios indicados por SATENA.
22. Aceptar los requerimientos del SATENA, quedando facultado el supervisor del contrato por parte del SATENA, para aumentar, disminuir y/o variar el número de operarias (os), el número de dependencias y el número de horas, de acuerdo con las necesidades del servicio.
23. Realizar limpieza técnica de computadores y otros equipos que se encuentren en las instalaciones empleando los insumos apropiados para este efecto. Entiéndase limpieza técnica de computadores y otros equipos de cómputo nos referimos a fax, teléfonos, protectores de cheque, sumadoras, scanner que se encuentren en las instalaciones del SATENA.
24. Prestar el servicio de aseo por fuera de los turnos y horarios establecidos, cuando se presente un riesgo inminente en el que se pueden ver involucrados los activos y/o personas que se encuentran dentro de las instalaciones de SATENA, por ejemplo: inundación, incendio, entre otros.
25. Emplear personal saludable, entrenado, idóneo debidamente seleccionado y capacitado que reúna las condiciones humanas y técnicas aceptadas en cuanto a responsabilidad, seriedad, criterio, capacidad, honorabilidad, entrenamiento y presentación personal que garantice una óptima prestación del servicio y que velen por el cuidado de los elementos de SATENA.
26. Designar un supervisor idóneo y ampliamente capacitado, encargado de velar por el cumplimiento por parte del personal del Contratista, de la prestación del servicio y de atender los requerimientos de SATENA, para lo cual deberá mantener contacto permanente con el Supervisor del contrato designado por SATENA, con permanencia mínima de una hora semanal en las instalaciones ubicadas en la Avenida el Dorado 103 – 08 Entrada 1, Interior 11 y realizar mínimo una visita trimestral a cada una de las instalaciones de SATENA donde se presta el servicio, entregando los informes de visita pertinentes.
27. El personal destinado al cumplimiento de las labores debe estar correctamente uniformado e identificado con su respectivo carné, para lo cual el Contratista, suministrará las dotaciones que por Ley correspondan sin importar el horario de trabajo. El personal del CONTRATISTA deberá obrar de acuerdo con los reglamentos de la Entidad, debiendo prestar el servicio en los horarios establecidos. Las operarias deberán permanecer con el cabello recogido durante la permanencia en las instalaciones de SATENA.
El CONTRATISTA deberá proveer a las personas que prestarán el servicio de aseo, botas de caucho para atender brigadas de aseo y lavado general en áreas internas y externas, en el evento que se requieran.
28. Aceptar y cumplir las instrucciones y consignas tanto verbales como escritas que le sean impartidas por SATENA, a través del supervisor del Contrato. El CONTRATISTA deberá reportar inmediatamente al supervisor del contrato en
forma verbal y ratificar por escrito y sin que transcurra un lapso mayor a (24) horas, cualquier novedad presentada en los sitios o instalaciones de SATENA donde se esté prestando el servicio de aseo, garantizando la prestación del mismo.
En caso de presentarse alguna ausencia por parte de las operarias (os) ya sea por fuerza mayor o por asunto médico, EL CONTRATISTA enviará un reemplazo sin que transcurra un lapso mayor a doce (12) horas.
29. Presentar por cada operaria y por intermedio del supervisor del contrato de
SATENA, antes de iniciar labores, los siguientes documentos:
- Fotocopia de la hoja de vida con fotografía.
- Fotocopia Contrato de Trabajo debidamente firmado.
- Fotocopia y acta de entrega del Carné de la empresa.
- Certificado Judicial vigente.
- Fotocopia de la novedad de ingreso a los Sistemas de Seguridad Social.
- Constancia de entrega dotación(es)
- Constancia de haber recibido la debida capacitación en aseo y atención al cliente interno o público en general.
30. Las operarias(os) al servicio del CONTRATISTA deben recibir capacitación por parte de la A.R.P del empleador, de acuerdo a los riesgos identificados en la labor a realizar, deben conocer el procedimiento para el reporte del accidente de trabajo, uso y mantenimiento de los elementos de protección personal, manejo seguro de los productos de aseo y conocer las hojas de seguridad de los mismos, con el fin de prevenir los accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
31. Responder por la pérdida o extravió de cualquier elemento que se encuentre en los inmuebles donde se preste el servicio, así como todo daño ocasionado a los mismos cuya causa fuere atribuida a negligencia, mala fe o simple culpabilidad de la operaria, previa comprobación mediante investigación correspondiente, en la que participará el supervisor del contratista.
32. Garantizar la calidad del servicio y responder por ello. El servicio incluirá la prestación de servicios especiales de aseo, como trabajos de limpieza de altura o brigadas especiales de aseo. El CONTRATISTA se compromete a prestar cualquier otro servicio de aseo adicional y fumigación de las instalaciones de SATENA, que se requiera en ejecución del contrato, previa solicitud del supervisor.
33. Tener en consideración y es de su absoluta responsabilidad el cumplimiento de las normas legales vigentes relacionadas con los temas laborales de sus empleados, es decir, dar cabal cumplimiento a las disposiciones laborales vigentes.
34. Garantizar la totalidad de los pagos al personal que emplea al servicio del Banco, en lo relacionado a salarios, vacaciones, cesantías y prima de servicio, estos pagos se deben realizar oportunamente en las fechas establecidas, sin estar sujetos a los pagos mensuales de las facturas por parte de SATENA.
35. En lo concerniente a los servicios que prestan las Cajas de Compensación Familiar, El CONTRATISTA deberá garantizar que todo el personal vinculado, sin importar el horario de trabajo y sin excepción alguna, sea usuario y beneficiario de la totalidad de los servicios, inclusive el reconocimiento al subsidio familiar y al subsidio de vivienda.
36. Realizar los servicios adicionales de aseo que requiera SATENA tales como: limpieza de los vidrios externos oficina de SATENA Calle 100, limpieza y lavado tapete de la Oficina del Centro Control de Operaciones (CCO), Financiera e Ingeniería de Operaciones de SATENA, lavado y desinfección de Tanques de agua potable, entre otras.
37. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato.
38. Cumplir y hacer cumplir las demás obligaciones y/o disposiciones legales aplicables a la naturaleza del presente contrato.
39. Cumplir con los ofrecimientos hechos en su propuesta de fecha 20 xx xxxxx de 2011 y con lo dispuesto en el pliego de condiciones de la selección abierta No. SA- 005-2011, sus adendas y anexos.
PARAGRAFO. DECLARACIONES DEL CONTRATISTA:
1) Este contrato no es ni se puede asimilar a un contrato de trabajo, por lo tanto EL CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a ningún tipo de subordinación con SATENA. Queda claramente entendido que no existirá relación laboral alguna entre SATENA y EL CONTRATISTA, ó el personal que éste destine en la ejecución del objeto del presente contrato.
2) Corresponde a EL CONTRATISTA medir, analizar y asumir los riesgos de su negocio en desarrollo del presente contrato y por lo tanto, libera de todo tipo de responsabilidad a SATENA por cualquier pérdida, lucro cesante o dineros que deje de percibir en la ejecución del mismo, siendo el único responsable de los resultados de su negocio o actividad.
3) Que para la fecha de suscripción del presente contrato, se encuentra al día en el pago al sistema general de salud y seguridad social y parafiscales de sus empleados.
4) En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA puede emplear cualquier medio que elija para la realización de las prestaciones y asume en forma exclusiva la plena y entera responsabilidad de su administración, de la explotación de su negocio y de sus resultados.
Por consiguiente, EL CONTRATISTA actuará con la máxima diligencia y cuidado en la ejecución del contrato, por lo que, se obliga a indemnizar todos los perjuicios que ocasione a SATENA resultantes de no actuar con tal diligencia y cuidado.
CLÁUSULA OCTAVA. OBLIGACIONES DE SATENA: SATENA se obliga a:
1. Pagar al CONTRATISTA el valor monetario del presente contrato.
2. Xxxxxxx oportunamente la información necesaria a EL CONTRATISTA para la correcta ejecución del objeto del contrato.
3. Ejercer la supervisión y control en la ejecución del presente contrato, a través de la Dirección Administrativa, quien velará por que se cumplan las prestaciones contractuales y procederá a su liquidación dentro del término establecido. De igual manera el supervisor deberá dar cumplimiento a las obligaciones descritas en la cláusula séptima del presente contrato.
CLÁUSULA NOVENA. CONFIDENCIALIDAD. EL CONTRATISTA se compromete a
llevar a cabo el objeto contractual con los más altos estándares de confidencialidad y competencia ética e integridad profesional. EL CONTRATISTA se compromete también a no revelar directa o indirectamente a ninguna persona ni durante la vigencia del Contrato ni después de su terminación ninguna información que hubiere obtenido durante la ejecución del mismo y que no sea de dominio público, excepto por el permiso expreso y escrito de SATENA
CLÁUSULA DÉCIMA. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. El plazo y las obligaciones mencionadas en este contrato se suspenderán si ocurrieren hechos imprevisibles, irresistibles y extraños a las partes que tengan origen en un caso fortuito o fuerza mayor siempre y cuando se encuentren debidamente comprobados.
Si esto ocurre, las partes de común acuerdo señalarán nuevos plazos y condiciones con el fin de reanudar la ejecución del contrato previa comunicación de lo sucedido a la otra parte dentro de los tres (3) días siguientes al acontecimiento. En el caso que fuere imposible continuar con la ejecución de las obligaciones, las partes podrán terminar el contrato de manera anticipada y de común acuerdo, caso en el cual se reconocerán las prestaciones ejecutadas las partes y se suscribirá un acta de terminación.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. BUENA FE.-Las partes manifiestan de común acuerdo que actuarán de buena fe durante las etapas contractual y postcontractual. Se entiende por buena fe, no solamente la observancia en la ejecución de las prestaciones expresamente acordadas en el contrato, sino todas aquellas que emanen de la naturaleza de la obligación o las que por ley le pertenezca.
En virtud de este postulado se obligan a cumplir con los siguientes deberes a lo largo de todas las etapas: (i) Suministrar toda la información relevante de manera, previa, clara, suficiente (ii), Actuar con lealtad durante todas las etapas del contrato, (ii) No defraudar la confianza legítima generada en virtud del comportamiento desplegado para con la otra parte y las demás que se enmarcan dentro de este postulado.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. GARANTÍAS. EL CONTRATISTA deberá constituir
una Garantía expedida a favor de SATENA por compañía de seguros autorizada para funcionar en Colombia, para amparar los riesgos que a continuación se enuncian:
Garantía Única que ampare los siguientes riesgos:
•Cumplimiento: Por un valor equivalente al 20% del valor del contrato, por el término de duración del mismo y cuatro (4) meses más.
•Calidad del Servicio: Por valor equivalente al 20% del valor total del contrato, por el término de duración del mismo y cuatro (4) meses más.
•Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Por valor equivalente al 20% valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del mismo y tres (3) años más.
Responsabilidad civil extracontractual, por el 10% del valor del contrato para amparos de responsabilidad civil extracontractual, con una vigencia igual a la duración del contrato y seis (6) meses más.
Parágrafo 1º La Garantía deberá ser aprobada por SATENA.
Parágrafo 2º Si EL CONTRATISTA se negare a constituir la Garantía Única y las demás aquí previstas en los términos, cuantía y duración establecidos en esta cláusula, SATENA podrá declarar el incumplimiento del presente contrato.
Parágrafo 3ª En el clausulado de la póliza aquí prevista la compañía aseguradora debe incluir la siguiente estipulación: “No obstante ser SATENA de naturaleza jurídica Entidad Estatal, la presente póliza se emite con el clausulado de garantía de cumplimiento en favor de particulares, por regirse su contratación a las disposiciones del derecho privado conforme lo dispuesto por el Artículo 16 de la Ley 1150 del 16 de julio de 2007”.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA declara bajo juramento, que se entenderá prestado con la firma del presente contrato, que ni la Sociedad ni sus socios, se hallan incursos en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades señaladas por la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones concordantes.
PARÁGRAFO. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES SOBREVINIENTES: Si
llegare a sobrevenir inhabilidad e incompatibilidad en EL CONTRATISTA, ésta cederá el contrato previa autorización escrita de SATENA o, si ello no fuere posible, renunciará a su
ejecución.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. SANCIONES: a) Multas: Si durante la ejecución del contrato EL CONTRATISTA incumpliere cualquiera de las obligaciones exigidas en el contrato, SATENA podrá imponer una multa diaria de un (1) salario mínimo legal diario vigente, en cumplimiento de lo señalado en el contrato y en la normatividad vigente. Estas multas se causarán hasta cuando EL CONTRATISTA demuestre que ha tomado las medidas necesarias y suficientes para corregir el incumplimiento respectivo a satisfacción del supervisor asignado. Si pasaren más de treinta (30) días calendario sin que se hayan tomado las medidas a que se refiere este numeral, o si hubiere transcurrido el plazo fijado por el supervisor a EL CONTRATISTA sin que se hayan obtenido los resultados exigidos, podrá declarar la caducidad del Contrato. b) Penal Pecuniaria: En caso de declaratoria de incumplimiento total de las obligaciones derivadas del presente contrato, EL CONTRATISTA pagará a SATENA, a título xx xxxx pecuniaria, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del mismo. La imposición de esta pena pecuniaria se considerará como pago parcial y definitivo de los perjuicios que cause a SATENA. No obstante, SATENA se reserva el derecho de cobrar perjuicios adicionales por encima del monto de lo aquí pactado, siempre que los mismos se acrediten. Tanto el valor de las multas, como el de la cláusula penal pecuniaria serán descontados de los pagos que se efectúen al CONTRATISTA en desarrollo del objeto del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. PROHIBICIÓN DE CEDER: EL CONTRATISTA no podrá
ceder parcial o totalmente los derechos y obligaciones emanados del presente contrato a ninguna persona, natural o jurídica, sin la previa autorización de SATENA. La contravención a esta prohibición por parte de EL CONTRATISTA dará derecho a SATENA de inmediato y sin requerimiento judicial alguno, a dar por terminado el contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. LEY APLICABLE: Además de sus estipulaciones, el presente contrato se rige por el Manual de Contratación de la entidad, los principios previstos en las normas del derecho civil y comercial y demás que correspondan a su esencia y naturaleza.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN. EL
CONTRATISTA asume los siguientes compromisos: (i) No ofrecerá ni dará sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del presente contrato, como resultado de su propuesta; (ii) No permitirá que nadie lo haga en su nombre; (iii) Impartirá instrucciones a todos sus empleados, y asesores y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el proceso y la relación contractual derivada del mismo y les impondrá las obligaciones de: (a) No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios de SATENA, ni a cualquier otro servidor público o privado para influir en la aceptación de este contrato; (b) No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de SATENA durante el desarrollo del presente contrato; (iv) Se comprometerá formalmente a no efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. TERMINACIÓN: El presente Contrato terminará en los siguientes eventos: (i) Vencimiento del plazo. (ii) Mutuo acuerdo de las partes. (iii) Incumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO. EL CONTRATISTA manifiesta expresamente que acepta la terminación del presente contrato en cualquier momento por parte de SATENA sin que medie el pago de multas, indemnizaciones o cargo alguno por dicha terminación; sólo bastará la manifestación de dicha entidad en tal sentido.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a mantener
a SATENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para efectos del presente contrato, el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. LUGAR DE EJECUCIÓN: El servicio de aseo que incluye el suministro de los insumos requeridos y la mano de obra calificada para la prestación del mismo, se ejecutará en las instalaciones de SATENA ubicadas en la ciudad de Bogotá D.C., en la Avenida el Dorado 103 – 08 Entrada 1, Interior 11, Módulo Aeropuerto, Bodega de Carga, Despacho, Local comercial Calle 100, Local Centro Comercial Bavaria, de lunes a Sábado en la Jornada Laboral.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte
del presente contrato: (i) Los estudios previos suscritos por el Director Administrativo (ii) El Pliego de condiciones del proceso SA-005-2011 que dio origen al contrato. (iii) La Oferta presentada por EL CONTRATISTA. (iv) El Incremento Presupuestal mencionado. (v) Los demás documentos que se relacionen con este contrato y los que se produzcan durante su ejecución.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN. El
presente Contrato se perfecciona con la firma de la partes y su registro presupuestal. Conforme lo establece el Manual de Contratación de SATENA, el presente contrato requiere de publicación en el Diario Único de Contratación y de la aprobación de las pólizas por parte de SATENA.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C., 30 xx xxxxx de 2011.
SATENA
Original Firmado Por
T.C. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX Vicepresidente (E)
El CONTRATISTA
Original Firmado Por