Contract
CONTRATO: | 164 de 2020 |
CONTRATANTE: | UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC. |
NIT: | 000000000-1 |
RESPONSABLE: | XXXXX XXXXXX XXXXXXX |
CARGO: | RECTOR |
CONTRATISTA: | XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX |
C.C: | 7.173.824 |
OBJETO: | ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS DEL INCITEMA UPTC SEDE CENTRAL TUNJA |
VALOR: | TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS DOS CENTAVOS M/CTE.($ 358.976.256.02) |
PLAZO DE EJECUCIÓN: CIEN (100) DIAS CALENDARIO, CONTADOS DESDE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACIÓN DE LAS GARANTIAS REQUERIDAS | |
RUBRO: Sección 010101 Unidad Administrativa – Gestión 3.9.8 10 CSF Construcción y Dotación Infraestructura Física de la Uptc |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.214.337 expedida en Duitama, en su calidad de Rector y Representante Legal de la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC, con NIT. 000000000-1; debidamente facultado por la Ley 30 de 1992, el Acuerdo 088 de 2018 y los Acuerdos 066 de 2005, 074 de 2010 modificado por el Acuerdo 064 de 2019, quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, por una parte; y por la otra; el señor XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX identificado con cédula de ciudadanía No. 7.173.824, quien en el texto del presente contrato se llamará EL CONTRATISTA, por otra parte, hemos convenido celebrar el presente contrato de OBRA – CONSTRUCCIÓN consignado, previo el agotamiento del procedimiento del Acuerdo 074 de 2010 modificado por el Acuerdo 064 de 2019, como se evidencia en los soportes que hacen parte integral del contrato, el cual se regirá por las normas que regulan la materia y en especial por las cláusulas siguientes, previo las siguientes consideraciones: 1) Que, mediante solicitud bienes y servicios, representada en Proyecto 000738 de fecha nueve (09) de julio de 2020 radicada en el Departamento de Contratación y avalada por el Director de Planeación XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX solicita: “ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS DEL INCITEMA UPTC SEDE CENTRAL TUNJA”. 2) Que
existe disponibilidad presupuestal para la celebración del contrato según consta en el CDP No. 1736 de 29 de julio de 2020 por el valor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES PESO CON 72/100 MONEDA LEGAL ($358.981.493,72). 3) Que
mediante solicitud de contratación de obra – construcción No 1099 de veintisiete (27) de julio de 2020 , se dio inicio para el proceso de contratación. 4) Que según consta en los documentos previos, existe la justificación de los factores y el procedimiento de selección mediante Invitación privada. 5). Que se surtió el mencionado proceso precontractual mediante invitación privada No. 042 de 2020 y del informe final de Evaluación de las Propuestas se adjudicó el contrato al proponente con mayor puntaje del proceso de invitación privada, por lo que el Rector de la Universidad, ordenó a la Dirección Jurídica la elaboración del contrato en mención. 6). Que el oferente a quien se adjudicó, allegó Registro Unico Tributario RUT.7). Que el presente contrato se desarrolla bajo la plena autonomía y libertad del contratista, con base en el acuerdo 074 de 2010, modificado por el Acuerdo 064 de 2019 y las siguientes
cláusulas: CLAUSULA PRIMERA. - OBJETO: El objeto del presente contrato es “ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS DEL INCITEMA UPTC SEDE CENTRAL TUNJA”. CLAUSULA SEGUNDA. ALCANCE.
En desarrollo del objeto contratado el CONTRATISTA se obliga a adelantar las obras, según las siguientes especificaciones:
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | V.UNIT | V. TOTAL |
1 | Red media tensión | ||||
1,1 | Desmantelamiento de estructura existente, incluye maniobra xx xxxxx en MT, retiro de herrajes, accesorios, transformador y poste de ferroconcreto, transporte y disposición | GL | 1,00 | 493.684,00 | 493.684,00 |
1,2 | Apertura de huecos para postes y retenidas para postes de 12m | UN | 2,00 | 181.336,00 | 362.672,00 |
1,3 | Suministro y transporte de poste de ferroconcreto de 12m 750 kgF, ; incluye cargue y descargue | UN | 1,00 | 1.798.467,00 | 1.798.467,00 |
1,4 | Bajada, subida y tensionada de red de media tensión 13,2 kV en conductor 2F(1x 2 AWG); incluye accesorios o material de aporte | M | 100,00 | 1.448,00 | 144.800,00 |
1,5 | Suministro e instalación de herrajes, aisladores y accesorios en estructura proyectada en un poste, vestida así : Un nivel de retención secilla tipo tangencial simétrico final o inicio de circuito tipo EBSA R2550 o R2553 o similar | UN | 1,00 | 674.467,00 | 674.467,00 |
2 | Subestación en poste | ||||
2,1 | Suministro e instalación de subestación trifásica en poste, incluye, transformador 3F en aceite 75 kVA, 220/127V; 3 seccionadores portafusible tipo cañuela, 3 DPS tipo línea, herrajes y puesta a tierra | GL | 1,00 | 10.374.358,00 | 10.374.358,00 |
3 | Malla de puesta a tierra | - | |||
3,1 | Excavación manual en material común, incluye retiro | M3 | 120,00 | 57.282,00 | 6.873.840,00 |
3,2 | Suministro e instalación malla del SPT, incluye cable de cobre desnudo 2/0 AWG, soldadura exotérmica, cajas de inspección de electrodo, mejoramiento de terreno y medición de resistencia. No incluye excavación ni refacciones | GL | 1,00 | 11.107.565,00 | 11.107.565,00 |
3,3 | Relleno con material del sitio compactado cilindro | M3 | 120,00 | 16.151,00 | 1.938.120,00 |
4 | Gabinetes, tableros cuarto eléctrico | ||||
4,1 | Suministro e instalación de tablero de fabricación particular según diseño; incluye: Diseño, suministro de componentes, armado, certificación, traslado y conexionado. (Este xxxxxx de cumplir con lo dispuesto en el numeral 20.23.1 del RETIE) | UN | 1,00 | 34.481.440,00 | 34.481.440,00 |
4,2 | Suministro e instalación de tablero de distribución 1F, 127V, 75A, 4 circuitos; barra neutro y barra tierra, tipo xxxxxxx especial con puerta o similar; incluye empotrado, refacción, conexionado y marcación en material resistente a la humedad | UN | 7,00 | 159.769,00 | 1.118.383,00 |
4,3 | Suministro e instalación de tablero de distribución 1F, 127V, 75A, 8 circuitos; barra neutro y barra tierra, tipo xxxxxxx especial con puerta o similar; incluye empotrado, refacción, conexionado y marcación en material resistente a la humedad | UN | 1,00 | 192.032,00 | 192.032,00 |
4,4 | Suministro e instalación de tablero de distribución 1F, 127V, 75A, 12 circuitos; barra neutro y barra tierra, tipo xxxxxxx especial con puerta o similar; incluye empotrado, refacción, conexionado y marcación en material resistente a la humedad | UN | 1,00 | 223.985,00 | 223.985,00 |
4,5 | Suministro e instalación de tablero de distribución 3F,220V, 200A, 12 circuitos; barra neutro y barra tierra, tipo Xxxxxxxxx, xxxxxxx o similar, con puerta y sin espacio para totalizador, incluye empotrado, refacción, conexionado y marcación en material resistente a la humedad | UN | 2,00 | 334.022,00 | 668.044,00 |
4,6 | Suministro e instalación de tablero de distribución 3F,220V, 200A, 18 circuitos; barra neutro y barra tierra, tipo Xxxxxxxxx, xxxxxxx o similar, con puerta y sin espacio para totalizador, incluye empotrado, refacción, conexionado y marcación en material resistente a la humedad | UN | 5,00 | 407.706,00 | 2.038.530,00 |
4,7 | Suministro e instalación de tablero de distribución 3F,220V, 200A, 24 circuitos; barra neutro y barra tierra, tipo Xxxxxxxxx, xxxxxxx o similar, con puerta espacio para totalizador, incluye empotrado, refacción, conexionado y marcación en material resistente a la humedad | UN | 1,00 | 666.438,00 | 666.438,00 |
4,8 | Suministro e instalación de Interruptor termomanético monopolar de 15 Amperios enchufable; 120/240 xxxxxxx00 Ka | UN | 17,00 | 13.981,00 | 237.677,00 |
4,9 | Suministro e instalación de Interruptor termomanético monopolar de 20 Amperios enchufable; 120/240 xxxxxxx00 kA | UN | 51,00 | 13.981,00 | 713.031,00 |
4,10 | Suministro e instalación de Interruptor termomanético bipolar de 20 Amperios enchufable; 120/240 xxxxxxx00 kA | UN | 29,00 | 29.215,00 | 847.235,00 |
4,11 | Suministro e instalación de Interruptor termomanético tripolar de 50 Amperios para riel DIN; 220/440 voltios 20/6 kA; tipo Xxxxxxxxx IC60N o similar | UN | 1,00 | 151.906,00 | 151.906,00 |
4,12 | Suministro e instalación de caja de control para circuitos de iluminación de perimetral con controlador horario.incluye gabinete, armado de tablero, empotrado, conexión, instalación y marquillado | UN | 1,00 | 825.492,00 | 825.492,00 |
4,13 | Traslado e instalación de equipos complementarios para cuarto eléctrico principal (incluye anclajes, refacción, conexionado y prueba); no incluye TG | GL | 1,00 | 948.940,00 | 948.940,00 |
5 | Instalaciones de baja tensión | ||||
5,1 | Camaras y ducterias | ||||
5,1,1 | Contrucción de caja de inspección, paso o halado para baja tensión norma EBSA CD 2007, dimensiones interiores, incluye, excavación, ladrillo, pega, xxxxxx, xxxxx, tapas, desague y remoción de escombros | UN | 4,00 | 829.085,00 | 3.316.340,00 |
5,1,2 | Excavación manual en material común, incluye retiro | M3 | 8,00 | 57.282,00 | 458.256,00 |
5,1,3 | Suministro e instalación de banco de ductos tipo EBSA CD 2003, incluye 2 ductos PVC TDP 4", pega y accesorios, Incluye base en xxxxx xx xxxx, relleno con tierra de la excavación recebo de aporte (según condición), banda plástica de seguridad, accesorios y refacción | M | 20,00 | 71.039,00 | 1.420.780,00 |
5,1,4 | Suministro e instalación de tubería electrica y telefonica en PVC tipo EB de 2"; embebida en placa; incluye accesorios | M | 10,00 | 13.775,00 | 137.750,00 |
5,2 | Conduletados | - |
5,2,1 | Regatas sobre muros en concreto, ladrillo y bloque | ML | 360,00 | 1.343,00 | 483.480,00 |
5,2,2 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 1/2" schedule 40 a más de 1,5 m del nivel del piso sobre cielo raso x xxxx. | M | 574,00 | 12.874,00 | 7.389.676,00 |
5,2,3 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 3/4" schedule 40 a más de 1,5 m del nivel del piso sobre cielo raso x xxxx. | M | 113,00 | 17.243,00 | 1.948.459,00 |
5,2,4 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 1" schedule 40 a más de 1,5 m del nivel del piso sobre cielo raso x xxxx. | M | 15,00 | 21.157,00 | 317.355,00 |
5,2,5 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 1 1/2" schedule 40 a más de 1,5 m del nivel del piso sobre cielo raso x xxxx. | M | 15,00 | 28.415,00 | 426.225,00 |
5,2,6 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 2" schedule 40 a más de 1,5 m del nivel del piso sobre cielo raso x xxxx. | M | 8,00 | 38.090,00 | 304.720,00 |
5,2,7 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 3" tipo DB a más de 1,5 m del nivel del piso sobre cielo raso x xxxx. | M | 11,00 | 38.605,00 | 424.655,00 |
5,2,8 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 3/4" TL, embebida en placa x xxxx a nivel del piso, no incluye regata ni refacción. | M | 216,00 | 7.846,00 | 1.694.736,00 |
5,2,9 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 1" TL, embebida en placa x xxxx a nivel del piso, no incluye regata ni refacción. | M | 115,00 | 9.004,00 | 1.035.460,00 |
5,2,1 0 | Suministro e instalacion de tuberia conduit PVC 1 1/2" TL, embebida en placa x xxxx a nivel del piso, no incluye regata ni refacción. | M | 29,00 | 12.731,00 | 369.199,00 |
5,2,1 1 | Suministro e instalacion de tuberia conduit EMT 1/2" con accesorios de conexión (uniones, codos, acoples y conduletas) , a más de 1,5 m del nivel del piso sobre cielo raso x xxxx. Ascenso por medio xx xxxxxxxx de dos extensiones | M | 66,00 | 25.105,00 | 1.656.930,00 |
5,2,1 2 | Suministro e instalación de caja de paso metálica de 50x50x20 cm; con espacio para knockouts de 3"; incluye regata y refacción o elementos de fijación | UN | 2,00 | 216.428,00 | 432.856,00 |
5,2,1 3 | Suministro e instalación de caja de paso metálica de 20x20x10 cm; con espacio para knockouts de 1 1/2"; incluye regata y refacción o elementos de fijación | UN | 14,00 | 70.326,00 | 984.564,00 |
5,2,1 4 | Suministro e instalación de caja de paso metálica de 10x15x7 cm; con espacio para knockouts de 1"; incluye regata y refacción o elementos de fijación | UN | 65,00 | 42.300,00 | 2.749.500,00 |
5,2,1 5 | Suministro e instaalción de conduletado para acometida de servicios en baja tensión, incluye ductos IMC de 3"; capacete metálico, cinta bandit y curva PVC de 3"; incluye demarcación con bandas color naranja de 10 cm min | UN | 1,00 | 653.525,00 | 653.525,00 |
5,3 | Salidas de iluminación | - | |||
5,3,1 | Suministro e instalación (sobre puesta o empotrada) de luminaria panel led 40W; 6000 K; 100-277 V; 3200 Lm; para 35000 hr; tipo silvanya o similar, con certificado de conformidad y curva fotométrica; incluye: accesorios de anclaje; caja plástica 5800, toma doble nema 5- 15R, cordón (1m), clavija 5- 15P y conexionado (Luminaria 1).Instalación a más de 1,5m sobre el piso, acscenso por medio xx xxxxxxxx | UN | 80,00 | 198.435,00 | 15.874.800,00 |
5,3,2 | Suministro e instalación (sobre puesta o empotrada) de luminaria panel led 24W; 4000 K; 100-277 V; 1600 Lm; para 35000 hr; tipo silvanya o similar, con certificado de conformidad y curva fotométrica; incluye: accesorios de anclaje; caja plástica 5800, toma doble nema 5- 15R, cordón (1m), clavija 5- 15P y conexionado (Luminaria 2). Instalación a más de 1,5m sobre el piso, acscenso por medio xx xxxxxxxx | UN | 21,00 | 106.914,00 | 2.245.194,00 |
5,3,3 | Suministro e instalación (sobre puesta o empotrada) de luminaria panel led 18W; 6500 K; 85-265V; 1080 Lm; para 30000 hr; tipo silvanya o similar, con certificado de conformidad y curva fotométrica; incluye: accesorios de anclaje; caja plástica 5800, toma doble nema 5- 15R, cordón (1m), clavija 5-15P y conexionado (Luminaria 3). Instalación a más de 1,5m sobre el piso, acscenso por medio xx xxxxxxxx | UN | 10,00 | 72.177,00 | 721.770,00 |
5,3,4 | Suministro e instalación sobrepuesta de luminaria reflector led 70W; 6500 K; 85-265V; 5250 Lm; para 50000 hr; tipo silvanya o similar, con certificado de conformidad y curva fotométrica; incluye: accesorios de anclaje; caja metálica 5800 tipo rawelt, prensasestopas y accesorios que aseguren cierre hermético, cordón (1m) y conexionado (Luminaria 4). Instalación a más de 1,5m sobre el piso, acscenso por medio xx xxxxxxxx | UN | 9,00 | 266.471,00 | 2.398.239,00 |
5,3,5 | Suministro e instalación de interruptor de alumbrado sencillo empotrado, en interior y a nivel de piso; 15A; 120V; línea residencial; tipo leviton, xxxxxxxxx x xxxxxxx. incluye regata, instalación, conexión, refacción y marcación. | UN | 16,00 | 39.051,00 | 624.816,00 |
5,3,6 | Suministro e instalación de interruptor de alumbrado doble empotrado, en interior y a nivel de piso; 15A; 120V; línea residencial; tipo leviton, xxxxxxxxx x xxxxxxx. incluye regata, instalación, conexión, refacción y marcación. | UN | 9,00 | 45.317,00 | 407.853,00 |
5,3,7 | Suministro e instalación de interruptor de alumbrado triple empotrado, en interior y a nivel de piso; 15A; 120V; línea residencial; tipo leviton, xxxxxxxxx x xxxxxxx. incluye regata, instalación, conexión, refacción y marcación. | UN | 3,00 | 54.232,00 | 162.696,00 |
5,3,8 | Suministro e instalación de sensor infrarrojo autónomo de ocupación, montaje en pared 90 a 180° sin unidad de potencia auxiliar , incluye instalación de caja plástica redonda u octogonal de ser necesaria . incluye conexión, calibración y pruebas | UN | 2,00 | 88.215,00 | 176.430,00 |
5,4 | Salidas de fuerza | ||||
5,4,1 | Suministro e instalación de salida tomacorriente normal doble configuración NEMA 5-20R F+N+T; 15A; 120V; blanca; calidad leviton, xxxxxxxxx x xxxxxxx. Incluye caja plástica 5800, tapa para intemperie, instalación, conexionado y marcación de toma. Incluye regata para caja | UN | 96,00 | 67.011,00 | 6.433.056,00 |
5,4,2 | Suministro e instalación de salida tomacorriente doble para red regulada, configuración NEMA 5-15R F+N+T; 15A; 120V; naranja; calidad leviton, xxxxxxxxx x xxxxxxx. Incluye caja plástica 5800, tapa para intemperie, instalación, conexionado y marcación de toma. Incluye regata para caja | UN | 87,00 | 53.933,00 | 4.692.171,00 |
5,4,3 | Suministro e instalación de salida tomacorriente doble, configuración NEMA 6- 20R F+F+T; 15A; 120V; blanca; calidad leviton, xxxxxxxxx x xxxxxxx. Incluye caja plástica 5800, tapa para intemperie, instalación, conexionado y marcación de toma. Incluye regata para caja | UN | 53,00 | 53.933,00 | 2.858.449,00 |
5,5 | Cableado | ||||
5,5,1 | Suministro e instalación de conductor en cable de cobre aislado THHN-THWN-2 calibre N° 12 AWG, un conductor F o N o T (cable de color amarillo, xxxx x xxxx para la fase, blanco para el neutro o verde para la tierra) a más de 1,5 m, con elementos de trabajo en altura. incluye derivación en cajas de paso si es necesario con conector certificado o regleta certificada; marquillado en salida, llegada y cajas intermedias. no incluye conduletado) | M | 3.311,00 | 2.824,00 | 9.350.264,00 |
5,5,2 | Suministro e instalación de conductor en cable de cobre aislado THHN-THWN-2 calibre N° 10 AWG, un conductor F o N o T (cable de color amarillo, xxxx x xxxx para la fase, blanco para el neutro o verde para la tierra) a más de 1,5 m, con elementos de trabajo en altura. incluye derivación en cajas de paso si es necesario con conector certificado o regleta certificada; marquillado en salida, llegada y cajas intermedias. no incluye conduletado) | M | 2.370,00 | 3.416,00 | 8.095.920,00 |
5,5,3 | Suministro e instalación de conductor en cable de cobre aislado THHN-THWN-2 calibre N° 8 AWG, un conductor F o N o T (cable de color amarillo, xxxx x xxxx para la fase, blanco para el neutro o verde para la tierra) a más de 1,5 m, con elementos de trabajo en altura. incluye derivación en cajas de paso si es necesario con conector certificado o regleta certificada; marquillado en salida, llegada y cajas intermedias. no incluye conduletado) | M | 447,00 | 5.027,00 | 2.247.069,00 |
5,5,4 | Suministro e instalación de conductor en cable de cobre aislado THHN-THWN-2 calibre N° 6 AWG, un conductor F o N o T (cable de color amarillo, xxxx x xxxx para la fase, blanco para el neutro o verde para la tierra) a más de 1,5 m, con elementos de trabajo en altura. incluye derivación en cajas de paso si es necesario con conector certificado o regleta certificada; marquillado en salida, llegada y cajas intermedias. no incluye conduletado) | M | 452,00 | 7.354,00 | 3.324.008,00 |
5,5,5 | Suministro e instalación de conductor en cable de cobre aislado THHN-THWN-2 calibre N° 1/0 AWG, F o N O T (cable de color negro), incluye terminales certificados, marca de color por cable según RETIE, marquillado en salida, llegada y cajas intermedias. no incluye conduletado | M | 200,00 | 23.063,00 | 4.612.600,00 |
6 | Sistema de protección contra descargas atmosféricas | ||||
6,1 | Suministro e instalación de sistema de protección contra descargas atmosféricas, incluye puntas capatadoras, alambrón de aluminio, sportes aislantes, dos bajantes, electrodos, cajas de inspección y conexión equipotencia | GL | 1,00 | 4.982.962,00 | 4.982.962,00 |
7 | Grupo electrógeno | ||||
7,1 | Suministro e instalación grupo electrógeno con las siguientes características: 75 kVA STAND BY; 60 kVA PRIME; 1800 RPM; 60 Hz; 3F; 220V; motor Cummins; generador Stamfor; cabinada cerrada; con controlador. El servicio incluye transporte, instalación, conexionado, marcación, adecuación de salida para gases y retiro de la planta anterior y disposición donde lo disponga el contratante | GL | 1,00 | 89.838.438,00 | 89.838.438,00 |
8 | Certificación RETIE RETILAP | ||||
8,1 | Actividades necesarias encaminadas a la expedición de la certificación RETIE RETILAP | GL | 1,00 | 12.000.000,00 | 12.000.000,00 |
COSTO DIRECTO OBRA CIVIL | 274.132.307,00 | ||||
ADMINISTRACION | 22% | 60.309.107,54 | |||
IMPREVISTOS | 3% | 8.223.969,21 | |||
UTILIDAD | 5% | 13.706.615,35 | |||
VALOR ANTES DEL IVA | 356.371.999,10 |
IVA SOBRE UTILIDAD | 19% | 2.604.256,92 | |||
VALOR TOTAL OBRA CIVIL | 358.976.256,02 |
CLÁUSULA TERCERA. VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: EL total del Contrato es TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS
DOS CENTAVOS M/CTE.($ 358.976.256.02).El valor total del presente contrato es la suma de discriminados por descripción, cantidades y precios; que la universidad cancelara al contratista mediante actas parciales de la siguiente manera: a). Un 80% del valor total del contrato mediante máximo dos (2) actas parciales, según el avance, debidamente certificadas por el interventor y/o supervisor del contrato y dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la factura o documento equivalente con los requisitos legales. b). Y el saldo final del 20% del valor total del contrato, a la suscripción del acta de liquidación final y del recibo a satisfacción por parte de la entidad contratante y dentro de los treinta
(30) días siguientes a la presentación de la factura o documento equivalente con los requisitos legales. PARÁGRAFO 1.El Contratista deberá entregar las facturas de acuerdo con las estipulaciones legales vigentes, para el pago, al momento de realizarse la orden de pago de la respectiva cuenta de cobro, se le deducirá el valor de la estampilla autorizada mediante ordenanza 030 de 2005 y que corresponde al 1% del valor neto del contrato. PARÁGRAFO 2. EL contratista AUTORIZA le sea consignado los pagos en el número de cuenta Bancaria que designe en formato separado. CLÁUSULA CUARTA. VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato será de CIEN (100) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACION DE LAS GARANTIAS REQUERIDAS POR LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA CUARTA. - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: Sección 010101 Unidad Administrativa – Gestión 3.9.8 10 CSF Construcción y Dotación Infraestructura Física de la Uptc Certificado de disponibilidad presupuestal No 1736 de 29 de julio de 2020 CLÁUSULA QUINTA INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. El CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento no estar incurso en causal de inhabilidad e incompatibilidad consagrada en la Constitución y en las demás normas legales vigentes, ni encontrase sancionado por juicios fiscales, que le impida celebrar este contrato, el cual se entiende prestado con la firma del presente contrato. CLÁUSULA SEXTA.
- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA. A) Atender las
solicitudes y recomendaciones que realice la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), por intermedio del funcionario encargado de ejercer la interventoría. B) Realizar el objeto del contrato señalado dentro del plazo establecido con anterioridad y según los parámetros establecidos como requisitos técnicos mínimos. C) La Universidad a través del Departamento de Supervisión y Control, verificará el cumplimiento de la normatividad vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo y hará exigible en su momento el acatamiento de la misma. D) El proponente debe estar registrado en la base de datos de proveedores de la UPTC; a través del aplicativo xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx y además de ello cumplir con la documentación solicitada. E) El sitio de obra se debe entregar en perfecto estado de orden y limpieza, los escombros producto de este, deben ser dispuestos por el contratista en un lugar destinado para esta labor, debidamente autorizado por la alcaldía municipal, se exigirá la certificación correspondiente por el Departamento de Supervisión y Control. F) El contratista implementara lo establecido en la Ley 1562 de 2012, el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019, en lo que tiene que ver con Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. G) El contratista contara con el COPASST Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigía de la salud según corresponda. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1443 de 2014. H) Con el fin de mejorar las condiciones medio ambientales el Contratista aplicara lo contenido en la ISO 14001. En lo que tiene que ver con demostrar un sólido desempeño ambiental mediante el control de los impactos ambientales de sus actividades. I). A partir de la fecha de suscripción del Contrato y en todas las etapas del mismo (Iniciación, Construcción) el
Contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este Contrato, al igual que respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario. En este sentido, el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se listan más adelante de manera general, además de aquellos que se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones de este Contrato, sus anexos y sus DOCUMENOS PRECONTRACTUALES EN LA INVITACIÓN
o que se deriven de la naturaleza de este Contrato. Por lo tanto, no procederán reclamaciones del Contratista basadas en el suceso de alguno de los riesgos asumidos por el Contratista y – consecuentemente- la UNIVERSIDAD no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el presente Contrato. J) En el evento que en el desarrollo del contrato se presenten obras
o bienes cuya descripción no esté contemplada en el cuadro de cantidades de obra señalado en el presente estudio y en la oferta seleccionada, o cambio de especificaciones de las mismas, estrictamente tendientes a cumplir con la finalidad perseguida por LA UNIVERSIDAD con la celebración de este contrato, EL CONTRATISTA presentará la correspondiente cotización, la cual será analizada por LA UNIVERSIDAD a través del interventor o el supervisor DEL CONTRATO y en caso de ser aprobada por el Ordenador del Gasto, se suscribirá el contrato adicional previa expedición de la disponibilidad presupuestal. K) EL CONTRATISTA, como experto de negocio y como especialista, sumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles. L) Presentar al momento de la liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentra x XXX Y SALVO en el pago de los aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y los Aportes Parafiscales (SENA, CAJA DE COMPENSACIÒN FAMILIAR E ICBF).M) Prestar las garantías requeridas en cada una de sus condiciones específicas y por cada uno de los riesgos determinados en la presente invitación. N) El contratista está en la obligación de cumplir con los criterios ambientales y de seguridad y salud en el trabajo establecidos por la Universidad al ejecutar sus actividades o servicios sin crear riesgos para la salud, la seguridad o el ambiente. Así mismo, tomar todas las medidas conducentes a evitar la contaminación ambiental, la prevención de riesgos durante la ejecución de sus actividades y cumplirá con todas las leyes ambientales, de seguridad y salud en el trabajo aplicables. El contratista no dejará sustancias o materiales nocivos para la flora, fauna o salud humana, ni contaminará la atmosfera, el suelo o los cuerpos de agua. El incumplimiento de dicha normatividad acarreara a más de las multas establecidas en la Resolución 3641 de 2014, las acciones legales a que hubiese lugar. O) El CONTRATISTA debe allegar antes de la firma del acta de inicio las licencias ambientales de los diferentes proveedores de insumos necesarios para la ejecución de las actividades (cantera, ladrillera, escombrera, etc.), que necesiten de estas para su funcionamiento. P) La Universidad verificará el cumplimiento de la normatividad vigente en Seguridad y Salud en el trabajo y hará exigible en su momento el acatamiento de la misma. En caso de ocurrencia de siniestro por falta de cumplimiento de la norma, será responsabilidad del contratista los gastos que este genere. Q) El proponente favorecido debe hacer entrega de los planos record de las obras ejecutadas, la no entrega de los mismos generara retrocesos en el momento de la liquidación del contrato. R) Una vez se adjudique el presente proceso, se debe realizar comité Pre-construcción; este estará integrado por el Contratista, el Departamento de Supervisión y Control y el Profesional de la Oficina de Planeación responsable del proyecto. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA: A) El contratista deberá contar con todo el personal técnico solicitado, con la dedicación estipulada. B) Garantizar condiciones seguras para sus trabajadores y subcontratistas, si se tienen. C) Garantizar que todo el Personal esté afiliado al Sistema de
salud en el trabajo, cuidado del medio ambiente y demás que se lleguen a exigir por parte de la Universidad. E) Tener presente las sugerencias y/o modificaciones que se puedan dar en materia de Salud, Seguridad en el Trabajo y Gestión ambiental, que sean informadas por la Supervisión, a las tareas o procedimientos que adelante, cuando existan condiciones inseguras para el contratista, subcontratista, sus trabajadores y la comunidad universitaria en general. F) Cuando quiera que el contratista en el desarrollo de su labor, genere daño ambiental, este será responsable por las actividades de recuperación, por los daños y perjuicios generados a la Universidad tanto en el ámbito operativo como legal. G) En caso de que Supervisión notifique situaciones anormales relacionadas con afectaciones a la Salud, Seguridad en el Trabajo y medio ambiente, el Contratista deberá solucionar dichas situaciones en el tiempo estipulado por la Universidad. H) Cumplir con la normatividad interna, sobre el ingreso, permanencia y salida a los espacios universitarios. I) Tomar las medidas necesarias para que no se produzcan consumos innecesarios de energía, agua y cualquier otra relacionada. J) Consultar cualquier duda en materia ambiental, con el profesional de Sistema Integrado de Gestión de la Universidad. k) El contratista deberá entregar previo al inicio de cualquier actividad de trabajo el cronograma, ATS y Gestión de Xxxxxx. L) Garantizar la calidad de los trabajos a realizar durante la ejecución del contrato. M) Reemplazar a sus expensas las intervenciones (trabajos y/o repuestos que resulten de mala calidad o con defectos de fabricación) que no sean recibidas entera satisfacción por parte del supervisor de manera inmediata. N) Todas las demás actividades que se generen producto del objeto del contrato. OBLIGACIONES PRELIMINARES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá contar con todo el personal técnico mencionado, con la dedicación estipulada y estudiar y analizar el paquete técnico (planos generales, a su vez las especificaciones técnicas, cantidades de obra, presupuesto, análisis de precios unitarios, programación, flujograma, plan de calidad, y la documentación exigida en los pliegos de condiciones del contrato de obra, requisitos en seguridad y salud en el trabajo y gestión ambiental) de la totalidad de la obra, verificando el alcance del mismo para la elaboración de un informe preliminar en donde se reporte todas las observaciones encontradas. Adicionalmente, el Contratista se obliga a contar con los frentes de trabajo suficientes para atender de manera simultánea los lugares objeto de ejecución. Este informe, será entregado en el Comité Pre-construcción desarrollado en la Dirección de Planeación de la UPTC, conformado por el Departamento de Supervisión y Control, el Contratista y la Dirección de Planeación, siendo la base para definir la fecha de inicio de obra. ALCANCE Y PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES: A) El contratista deberá garantizar disponibilidad de respuesta oportuna una vez se soliciten los trabajos, tiempo que no deberá superar los 3 días calendario dentro de los cuales deberá presentar los siguientes documentos: cronograma de actividades, Análisis de Trabajo Seguro ATS, Gestión de Cambio, socialización de actividades con los involucrados y permiso de trabajo en alturas cuando aplique. B) Cualquier error u omisión en la que incurra el Contratista en la elaboración de los A.P.U deberá ser asumido por este. C) El contratista deberá garantizar un canal de comunicación directo (vía celular) con el Departamento de Supervisión y Control de la UPTC, con el fin de garantizar la atención oportuna. D) La Universidad no se hace responsable por pérdida de algún material o de herramientas. El contratista es responsable de la seguridad de los mismos.
E) Todo el personal deberá tener y portar su equipo de seguridad industrial, dotación, carnet y uniforme distintivo que los identifique. La Universidad no provee espacios especiales para que el personal esté durante la ejecución del contrato. F) La facturación se hará mediante actas parciales según avance recibido a satisfacción por la Supervisión. G) Es responsabilidad de la Universidad entregarle al Contratista los protocolos del Sistema Integrado de Gestión de la Institución CLÁUSULA SEPTIMA- OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD A)Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual. B) Realizar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y de las garantías que hubiere lugar. C) Realizar el análisis y adelantar los trámites necesarios cuando se produzcan fenómenos que alteren en su contra el equilibrio económico o financiero del contrato. D) Realizar la vigilancia y seguimiento pertinente de las obras ejecutadas, servicios permanentes, o bienes suministrado, con el fin de verificar que cumplan con las condiciones de calidad
cuando dichas condiciones no se cumplan. E) Exigir al contratista el cumplimiento de las normas en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como la implementación de programas y sistemas de gestión de calidad, cuando por la naturaleza y objeto del contrato lo amerite. F) Exigir la calidad de los bienes y servicios, sin perjuicio de la facultad de exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas colombianas o, en su defecto, con las normas técnicas internacionales. G) Adelantar las acciones conducentes para obtener la indemnización de los daños que sufra la Universidad en desarrollo o con ocasión del contrato celebrado. H) Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones, técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la oferta.H) Es obligación de la Universidad efectuar los registros y operaciones presupuestales y contables necesarias para cumplir a cabalidad con el pago del contrato. I) Suministrar al contratista la información necesaria para la ejecución del contrato. J) Propender por la solución directa y amigable de las controversias que xxxxxx. k) Efectuar el correspondiente pago, una vez realizada la entrega y el recibo a satisfacción por el funcionario encargado de ejercer la supervisión, y conforme a las políticas de pago prestablecidas por la Universidad. CLAUSULA OCTAVA.- SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará como supervisor a la Ingeniera XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX Jefe del Departamento de Supervisión y Control de la UPTC o quien haga sus veces, quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del contrato y no podrá delegar ésta función; el SUPERVISOR, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. De igual manera el SUPERVISOR ejercerá las funciones aquí señaladas respecto de los subcontratistas que previamente autorizados por escrito por LA UNIVERSIDAD empleare EL CONTRATISTA en desarrollo de este contrato. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las acciones xx Xxx. CLÁUSULA NOVENA. CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, conforme a lo estipulado en el Acuerdo 074 de 2010 y demás normas legales vigentes. En caso de que LA UNIVERSIDAD decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante tome posesión de la obra o continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a la indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA DECIMA.- CLÁUSULA PENAL: Si el contratista llegare a incumplir total o parcialmente con sus obligaciones, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) sobre el valor total del contrato, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo además y de conformidad a los dispuesto en el Artículo 1594 del Código Civil, el contratista se obliga para con la Universidad a dar cumplimiento a la obligación principal, puesto que para efectos de este contrato el pago de la cláusula penal no extingue la obligación principal por lo cual no lo exonera de la exigencia del cumplimiento de la misma. PARÁGRAFO. La anterior suma se pagará sin perjuicio de la sanción moratoria por incumplimiento de que trata el presente contrato. CLÁUSULA
llegar el plazo previsto en el presente contrato, b) Por ceder el CONTRATISTA el presente contrato sin autorización de la UNIVERSIDAD, c) Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, d) Por mutuo acuerdo entre las partes, d) En forma unilateral por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, por parte del CONTRATISTA, e) Por la evasión por parte del CONTRATISTA, durante la ejecución del contrato, del pago total o parcial de los aportes de Salud y Pensiones o de los aportes Parafiscales, f) Por muerte o incapacidad absoluta del contratista que imposibilite su ejecución,
g) En los casos previstos en la Ley. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA: El CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con la UNIVERSIDAD y sus derechos se limitarán, de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones de la UNIVERSIDAD y al pago de los valores estipulados en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: Queda claramente entendido que no existirá relación laboral alguna entre la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - CESIÓN: Queda prohibido al CONTRATISTA ceder parcial o totalmente la ejecución del presente contrato a cualquier título, salvo previa autorización escrita de la UNIVERSIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Tunja. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. - MULTAS: En caso xx xxxx o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a LA UNIVERSIDAD, para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, según el procedimiento establecido en la Resolución 3641 del 11 de Julio de 2014 por el cual se establece las causales y cuantías para hacer efectiva la cláusula de multas en los contratos celebrados por la Universidad. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Los siguientes documentos hacen parte integral del presente contrato: 1. Certificado de disponibilidad presupuestal No.1736 de 29 de julio de 2020 2. Solicitud de contratación No de 1099 de 27 de julio de 2020. 3. Documentos jurídicos, técnicos y financieros del contratista. 4. Propuesta técnica 5. Documentos previos de la invitación privada No. 042 de 2020, y los generados con ocasión a la misma. 6. Los demás documentos que constituyen requisitos previos, y los que se produzcan en desarrollo del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - GARANTÍAS. Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al recibo del presente documento El CONTRATISTA deberá constituir a favor de la UNIVERSIDAD una póliza única otorgada a través de una Compañía de Seguros o Entidad Bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare: 1. Cumplimiento. Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del mismo y seis (6) meses más. 2. Estabilidad y Calidad de la Obra. Equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, por un término de cinco (5) años contados a partir de la suscripción del acta de entrega de la obra 3. Salarios y Prestaciones Sociales. Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato por el término de ejecución y tres (3) añosmás. 4. De Responsabilidad Civil Extracontractual, por daños a terceros, La cuantía mínima equivalente a Cien (100) S.M.L.M.V., para los contratos cuyo valor sea inferior o igual a ochocientos (800) S.M.L.M.V. por el término de ejecución del contrato. Las cuáles serán aprobadas por la Universidad, para su legalización, y deberá suscribirse dentro de los diez (10) siguientes al recibo del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en el Acuerdo 074 de 2010 y demás normas vigentes y concordantes. CLÁUSULA VIGESIMA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo, transacción y conciliación. CLÁUSULA VIGESIMAPRIMERA. - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA se obliga a mantener a la UNIVERSIDAD libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. - Perfeccionamiento, Legalización y Ejecución. El presente contrato se entenderá perfeccionado con la firma de las partes, previo acuerdo sobre el objeto y la contraprestación, la
ley 179 de 1994 y el decreto 111 de 1996 (Consejo de Estado - Sección tercera, expediente No. 14935 del
27 de enero de 2000) y además el cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte del CONTRATISTA. PARAGRAFO1. Para su Legalización. 1. Presentar a LA UNIVERSIDAD las garantías y seguros de que trata este contrato. 2. Efectuar la publicación en la página web de la Universidad y en el SECOP.
3. Cumplir con los requisitos del Sistema integrado de Gestión. PARAGRAFO 2. Para su ejecución. 1. Aprobación de las garantías exigidas. Para constancia se firma en Tunja a los diez (10) días del mes de septiembre de 2020.
LA UNIVERSIDAD,
XXXXX XXXXXX XXXXXXX
Rector – Ordenador del Gasto
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA-UPTC
XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX
Identificado con C.C. 7.173.824
EL CONTRATISTA,
Revisó: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx / Director Jurídico UPTC Revisó: Xxxxxx Xxxxxxx/ Asesor Direcciín Juridica
Elaboró: Xxxxxx Xxxxxxx /Dirección Jurídica