CONTRATO 0110 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, MANTENIMIENTO, SEGUIMIENTO, ASESORÍA, CAMBIOS Y CONSULTAS AL SISTEMA DE CONTROL ESCOLAR, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, “SPECIAL COMPU S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. A.S. RIGOBERTO BELTRÁN...
CONTRATO 0110 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, MANTENIMIENTO, SEGUIMIENTO, ASESORÍA, CAMBIOS Y CONSULTAS AL SISTEMA DE CONTROL ESCOLAR, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, “SPECIAL COMPU S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. A.S. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “SPECIAL COMPU” Y POR LA OTRA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO JURÍDICO POR EL C. LIC. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE VERACRUZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL COLEGIO “, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DE “SPECIAL COMPU”:
Ser una Sociedad Mercantil constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la escritura pública No. 1,167 de fecha 20 de Octubre del 2003, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx entonces Notario Xxxxxxx Xx. 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxx., e inscrita en el registro público de comercio de la ciudad xx Xxxxxxxxxx, Son. bajo el No. 33033-7.
I.1.- Que tiene su domicilio fiscal en Xxxx. Xxxxxxxxxxx # 000, xxxxx 0, esquina con Xxxxxx xx Xxxxxxxx, xxx. Xxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora.
I.2.- Que su Registro Federal de Contribuyentes es SCO 031022 JT9.
1.3.- Que su representante legal el C. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente contrato en nombre de “SPECIAL COMPU”, en términos del acta Constitutiva No. 1,167 de fecha 20 de Octubre del 2003.
1.4.- Que dentro de sus giros comerciales se encuentra la venta, instalación, servicio y reparación de computadoras y sus periféricos; así como también todo lo derivado en comunicaciones de enlaces punto a punto, red inalámbrica y por satélite así como la fabricación y comercialización de sistemas.
1.5.- Que tiene capacidad para proporcionar el siguiente servicio que se menciona a continuación:
1.2.- Instalación e implementación del sistema de control escolar ESCUELA WEB versión E- KAMPUS, Que permite el control de alumnos, maestros, calificaciones, evaluaciones, impresiones de las formas 911 automáticas, consultas, etc.
1.3.- El sistema consiste en esquemas de licenciamiento por los derechos del uso del sistema de control escolar ESCUELA WEB versión E-Kampus, en la que SPECIAL COMPU es el único autorizado en todo el país para la distribución y comercialización de este software.
1.4.- Capacitación, se capacitará al personal dependiente de cada plantel y al de la dirección general, para el uso del sistema de control escolar, y se darán las licencias y claves de usuario a cada plantel y dirección general.
1.5.- Seguimiento, asesoría, modificaciones del sistema de control escolar que fue instalado en los Planteles y Dirección General. El cual permite el control de alumnos, maestros, calificaciones, evaluaciones, impresiones de las formas 911 automáticas, consultas, etc. El sistema consiste en esquemas de licenciamiento por los derechos de uso del Sistema de control escolar, en la que “SPECIAL COMPU” es el único autorizado en todo el país para la distribución y comercialización de este software.
1.6.- Servidor Hosting, se contrató un servidor hosting de alta capacidad que funcione para respaldo de datos y que ofrece el 100 % de seguridad teniendo acceso rápido a la información.
1.7.- Servidor espejo, se contrata un servidor hosting adicional para que respalde la información en otro dispositivo de almacenamiento.
1.8- Capacitación. Se seguirá dando asesoría al personal dependiente de cada plantel y de la Dirección General, para el uso del sistema de control escolar y se dará la licencia y clave de usuario para el nuevo plantel.
1.9.- Modificación. Se seguirá atendiendo las mejoras al sistema y actualizando las áreas involucradas y cada módulo que se modifique se dará la asesoría mediante un CD. Que en el mismo incluye la capacitación del módulo modificado en audio y visual.
II. “ DE EL COLEGIO”
II.1.- Es un organismo público descentralizado, que tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, creado de acuerdo al decreto publicado bajo el No. 142 en la Gaceta oficial del gobierno del Estado de Veracruz, de fecha 26 de Noviembre de 1994.
II.2.- Que el LIC. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, en su carácter de Director General de “EL COLEGIO”, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado a su favor por el Xx. Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave de fecha 6 de diciembre del año 2010, que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le ha sido revocado ni limitado, por lo que cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato.
II.3.- Su R.F.C. es el siguiente: CEC 941104 AN5.
II.4.- Señala como domicilio fiscal el inmueble ubicado en la xxxxx Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxx 00, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de Xalapa. Ver.
II.5.- Tiene necesidad de contratar a “SPECIAL COMPU S.A. DE C.V.” para el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato y
II.6.- Que conoce los servicios que proporciona Special Compu y desea contratar la prestación del servicio que se menciona en la cláusula primera.
III. AMBAS PARTES DECLARAN:
III. 1. Que reconocen y están de acuerdo en someterse a la vigilancia, supervisión, y coordinación que determine realizar la Dirección de Auditoria Gubernamental de la
Contraloría General del Gobierno del Estado de Veracruz, sobre los trabajos aquí contratados, ya que ésta unidad administrativa es la competente para efectuar dichas acciones en la administración pública estatal.
III. 2. Que se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que se ostentan, manifestando así mismo su voluntad de celebrar el presente contrato, estando de acuerdo en someterse y obligarse al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX. XXXXXX: La prestación de servicios de mantenimiento, seguimiento, asesoría, cambios y consultas al sistema de Control Escolar, que “SPECIAL COMPU” proporcionará a la Dirección General y a los Planteles dependientes de “EL COLEGIO”, que consiste en:
a) Mantenimiento, seguimiento, asesoría, cambios y consultas al sistema de control escolar a “EL COLEGIO” y a los planteles educativos dependientes de éste, que a continuación se enlistan:
Dirección General Calle Xxxxxx X. Xxxxxxxxx No. 12 Col. del Maestro, Jalapa, Veracruz | |||
No. | PLANTEL | DIRECCION | TELEFONO |
1 | Tres Xxxxxx | Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx X/X, Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, xxx., X.X. 00000 | 01 288 885 07 48 |
2 | Papantla | Xxxxxxxxxxxx Xxxxx. Xxxxxx X/X, Xxx. Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxx., 00000 | 01 784 84 2 29 96 |
3 | Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxx - Xxxxxxxxxxx xx 00, Xxxxxx Xxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 746 100 20 13 |
4 | Naolinco de Victoria | Xxxxxx xxxxxxx xx Xxxxxxx X/X, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 279 821 57 95 |
5 | Xxxx xx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx xx Xxxx X/X, Xxx. xxx Xxxxx, Xxxx xx Xxxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 235 327 00 54 |
6 | Huitzila - Soledad Atzompa | Xxxxxxxxx Xxxxxxxx - Xxxxxxxxx xx 0, Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 278 596 30 19 |
7 | Coxquihui | Aviación s/n, Col. Centro, Coxquihui, Ver., C.P. 93060 | 01 784 843 70 58 |
8 | La laguna Uxpanapa | Xx. 0 xx xxxx X/X (xxxxxxx 0), xx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 924 21 9 06 05 |
9 | Huayacocotla | Xxxxxxx xx Xxxxxx, Xxx. xx xx Xxxx Xxxxxxx X/X, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 774 758 00 57 |
10 | Agua Dulce | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx X/X, Xxxx Xxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 923 233 22 37 |
11 | Pajapan | Xxxxxxxxx Xxxxxxx - Xxxxxxx xx 0.0, Xxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 924 264 91 44 |
12 | Xxxxxxxx Xxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxx - Xxxxxxxx Xxxx X/X, Xxx. xx xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 784 887 10 10 |
No. | PLANTEL | DIRECCION | TELEFONO |
13 | Xxxxxx Xxxxxxx | Entronque Xxxxxx Xxxxxxx km 1, Xxxxxx Xxxxxxx, Ver., C.P. 92132 | 01 789 895 03 97 |
14 | Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx, Xxx. Xxxxxxx, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 226 316 20 90 |
15 | Xxx Xxxxxx | Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx X/X (Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx), Xxx. Xxxxxxxx, ej. Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx xx xx Xxxxx, Xxx., X.X. | 00 232 324 68 21 |
16 | Tenejapan xx Xxxx, Mpio. Omealca | Domicilio conocido (Escuela Xxxxxxx X. Xxxxxxxx) Xxxxxxxxx xx Xxxx, Xxxxxxx, Xxx., X.X. 00000 | 01 278 745 80 87 |
17 | Huatusco | Xx. 0, Xx. 000, entre calle 5 y 3, Col. Centro, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Ver., C.P. 94100 | 01 273 734 57 31 |
18 | La Xxxxxxx | 20 de Noviembre No. 1, entre carretera Alamo el Limo Km 10 y carretera vieja Xxxxxxx – Pueblo Nuevo | 01 765 844 12 42 |
19 | Col. Ciudad Olmeca, Coatzacoalcos | Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx - Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, X.X. 00000. (Escuela Telesecundaria Técnica Industrial 143) | 01 921 2482835 |
20 | Ejido Las Xxxxx, Coatepec | Domicilio conocido Ejido Las Xxxxx, Mpio. de Coatepec. (Escuela Primaria Xxxxxx X. Xxxxxxx) | X/X |
00 | Xxxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxx. X.X. 00000 | 01 846 265 01 38 |
22 | Fraccionamiento Puente Xxxxxx, Medellín | Esc. Secundaria “Xxxxx Xxxxxx”, Xx. Xxx Xxxx x/x, xxx. Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Medellín, Ver | 01 229 202 21 00 |
A continuación se enuncian los servicios que “SPECIAL COMPU” está obligado a prestar a “El COLEGIO”
1. Mantenimiento, Seguimiento y Asesoría al Sistema Integral de Control Escolar para cada Plantel y Dirección General.
2. Cambios al Sistema de Control Escolar.
3. Capacitación constante vía WEB y en línea sobre cualquier modificación que se añade al Sistema de control escolar.
SEGUNDA. MONTO DE LOS SERVICIOS. De acuerdo a las necesidades específicas y a las características particulares de los Planteles dependientes de “EL COLEGIO”, los costos serán los siguientes:
A. El monto de la renta de hosting, servicio y seguimiento para cada Plantel y Dirección General es mensual.
• Monto Total Mensual por los 21 Planteles y la Dirección General es de $23,968.44 (Veintitrés mil novecientos sesenta y ocho pesos 44/100 M.N.) más IVA, para los meses de febrero x xxxxxx de 2014 y a partir del mes de septiembre que termina el servicio gratis de las licencia adquirida para el Plantel ubicado en el Fraccionamiento Puente Xxxxxx, Medellín, Ver., el costo mensual para 22 Planteles y Dirección General es de $25,057.92 (Veinticinco mil cincuenta y siete pesos 92/100 M.N.) más IVA.
• Renta de uso de hosting, por un monto total mensual de $107.90 (Ciento siete pesos 90/100 M.N.) más IVA, por plantel (nodo) y Dirección General.
B. En caso de que durante la vigencia de este contrato se adquirieran nuevas licencias, esta(s) tendrán un costo unitario de $ 45,000.00 pesos más IVA (cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) más IVA.
C. Todos los pagos descritos se harán a favor de SPECIAL COMPU S.A. de C.V. en el banco Xxxxxxxxx Xxxxxx en la cuenta no. 65-501175686-4, sucursal 4533 con clave 014760655017568643 quien a su vez expedirá a “EL COLEGIO” la factura fiscal respectiva a cada uno de los pagos que se enuncian en esta cláusula.
TERCERA. SANCIONES.
A. DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS A EQUIPOS, INFORMACIÓN E INSTALACIONES. “SPECIAL COMPU” no será responsable de los daños y perjuicios ocasionados por negligencia o intencionalmente que “EL COLEGIO” o su personal puedan ocasionar en el lugar que se presta el servicio.
B. INCUMPLIMIENTO EN LA OBLIGACIÓN DE PAGO. La falta de pago de dos cuotas, sean o no consecutivas, otorgará el derecho a “SPECIAL COMPU” a dar por terminado el presente contrato y, en consecuencia, suspender los servicios contratados, sin que con lo anterior incurra en alguna responsabilidad para “SPECIAL COMPU”. En caso de reconexión del sistema, “EL COLEGIO” pagará los gastos a “SPECIAL COMPU” que se generen por este servicio el cual será dependiendo del atraso.
C. En caso xx xxxx conforme al párrafo anterior y antes de que “SPECIAL COMPU” proceda a la suspensión del servicio, “SPECIAL COMPU” notificará a “EL COLEGIO” de tal hecho, otorgándole un plazo de 15 (quince) días naturales a partir del envío de la comunicación, para que “EL COLEGIO” acredite haber realizado su pago a favor de SPECIAL COMPU S.A. de C.V. en el Banco Xxxxxxxxx Xxxxxx en la cuenta no. 65- 50175686-4, sucursal 4533 con clave 014760655017568643 o quede al corriente de sus pagos directamente en nuestras oficinas con domicilio en Xxxx. Xxxxxxxxxxx Xx. 000 Xxx. xxx Xxxxxx Xx Xxxxxxxx xxxxx “E” col. San Xxxxxx en Hermosillo, Sonora. En caso de que “EL COLEGIO” no lo haga dentro de dicho plazo (15 días naturales) “SPECIAL COMPU” podrá entonces proceder en los términos de esta cláusula.
D. “SPECIAL COMPU” se obliga a cumplir con una pena convencional del 5 al millar, por cada día de atraso o fallo en los servicios que está obligado a proporcionar de acuerdo al presente contrato, el cual se calculará sobre el monto total del contrato efectuándose la deducción del pago que le corresponde. En caso de que el incumplimiento del servicio se haga acreedor a la pena convencional alcanzado el 10% del monto total contratado procederá la rescisión inmediata del contrato sin responsabilidad para “EL COLEGIO”.
E. DE LOS INCUMPLIMIENTOS A LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO. Serán sancionados conforme a la Ley 539 en materia de adquisiciones; lo no previsto se resolverá en forma supletoria con lo dispuesto en el código Civil vigente en el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
CUARTA. CALIDAD DE LOS SERVICIOS. “SPECIAL COMPU” se obliga y compromete a aplicar todos sus conocimientos, experiencia, tiempo y recursos necesarios para el cumplimiento de los servicios contratados para todos los Planteles especificados en el contrato así como para el Colegio, de 10:00 a.m a 19:00 p.m. de lunes a viernes, en los 11 meses acordados en el contrato, sin incluir días festivos, manteniendo todo el tiempo la óptima calidad en el servicio dentro del período antes señalado y que estos tengan la calidad y cantidad de información requerida por el “EL COLEGIO”. De lo contrario “EL COLEGIO” procederá conforme a lo establecido en el inciso D de la cláusula tercera.
QUINTA. PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS DERIVADOS DE LOS SERVICIOS: “SPECIAL
COMPU” conviene expresamente que no podrá divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma (impresa, verbal, o electrónica) los datos y resultados obtenidos de los servicios objeto de este contrato, sin autorización previa y por escrito del “EL COLEGIO”, pues dichos datos y resultados derivados de los servicios objeto del presente contrato son propiedad exclusiva de “EL COLEGIO”
SEXTA. DURACIÓN. El presente Contrato tendrá una vigencia del 04 de Febrero del 2014 al 31 de Diciembre del 2014, y será sin responsabilidad para las partes, si su deseo es darlo por terminado, siempre y cuando que obre de por medio notificación por escrito, con treinta días de anticipación.
SÉPTIMA. GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO “SPECIAL COMPU” Se
obliga a presentar a la firma de este contrato, a favor de la SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total contratado, sin incluir el impuesto al Valor Agregado; Además observando lo siguiente:
I. La fianza estará vigente por un año, contando a partir de la fecha en que “EL COLEGIO” reciba de conformidad los bienes materia del presente contrato.
II. La afianzadora deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 96 BIS y 118 de la Ley Federal de instituciones de Fianzas.
III. La afianzadora se deberá comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza y el monto resultante de la aplicación de la cláusula penal del presente contrato, en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de “EL COLEGIO”, el cumplimiento del mismo.
IV. Así mismo, deberá señalarse que la compañía afianzadora se compromete a seguir afianzando en el caso de que se otorguen prórrogas o esperas al fiado para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan.
V. La póliza solamente podrá cancelarse a petición por escrito de “EL COLEGIO”.
VI. La afianzadora reconoce la personalidad de la procuraduría fiscal de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz para hacer efectiva esta garantía.
OCTAVA. CÓDIGOS FUENTES Y BASE DE DATOS. Los códigos fuentes serán proporcionados de manera electrónica y enviados por paquetería a las oficinas centrales de “EL COLEGIO”, una vez que los cambios o modificaciones se hayan realizado, el tiempo máximo de entrega será de 5 días hábiles. La base de datos se deberá ser entregada en formato encriptado en conjunto con el código fuente.
Asimismo se deberá incluir el manual de usuario y de instalación correspondiente.
NOVENA. ADECUACIONES.
A. En caso de necesitar adecuaciones al sistema durante la vigencia del presente contrato la empresa “SPECIAL COMPU “, se compromete a realizar las mismas sin costo alguno a “EL COLEGIO “ dentro del mismo día que se realiza el reporte o de uno a 3 días hábiles, dependiendo del tipo de ajuste solicitado.
B. Si “EL COLEGIO” crea un nuevo plantel, este tendrá un costo por el manejo de la licencia el cual está determinado en la cláusula segunda inciso C, una vez adquirida el nuevo plantel tendrá derecho a todos los beneficios que presta dicha empresa, mismos que tienen los demás planteles ya integrados.
DÉCIMA. SOPORTE.
A. El tiempo de respuesta en sitio será de 48 horas máximo a partir del momento en que se reporte, “SPECIAL COMPU“ deberá atender y corregir las incidencias, fallas o apoyos requeridos, acorde a las circunstancias y/o requerimientos.
B. Los gastos generados por el mantenimiento correctivo y preventivo correrán a cargo de
“SPECIAL COMPU “, durante la vigencia del presente contrato.
C. “SPECIAL COMPU” deberá notificar a “EL COLEGIO” con al menos 48 hrs. de anticipación la asistencia de personal de la empresa a sus instalaciones o a la de alguno de los Planteles amparado bajo el presente contrato. El personal de la empresa deberá acreditarse debidamente mediante identificación oficial de la misma en el lugar que preste el servicio.
DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN. “El COLEGIO” no podrá ceder o traspasar en forma alguna sus derechos u obligaciones derivadas del presente Contrato sin la previa autorización por escrito de “SPECIAL COMPU”.
DÉCIMA SEGUNDA. “SPECIAL COMPU”, tiene como responsabilidad resguardar la información de todos los planteles que cuentan con el servicio de Escuela Web. En caso de que se perdiera información en la base de datos de los servidores hosting, deberá hacer el respaldo y entregarlo para cada uno de los planteles en un plazo máximo de 3 días hábiles.
DÉCIMA TERCERA: “EL COLEGIO” podrá rescindir el contrato de prestación de servicios, en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente instrumento jurídico por “SPECIAL COMPU”.
Para lo cual “SPECIAL COMPU” le devolverá la cantidad pagada a cuenta correspondiente a los trabajos no realizados a “EL COLEGIO”, en un plazo que no exceda de 15 días naturales, contados a partir de la fecha de rescisión.
De manera enunciativa, no limitativa, las causas que puedan dar lugar a la rescisión del presente contrato, por parte de “EL COLEGIO” son las siguientes:
a. Si “SPECIAL COMPU” no inicia los servicios objeto del presente contrato en la fecha señalada para tal efecto o, en su caso, en el correspondiente convenio de diferiamiento.
b. Si “SPECIAL COMPU” suspende injustificadamente los servicios o se niega a responder por alguna parte de ellos.
c. Si “SPECIAL COMPU” no realiza los servicios conforme a lo estipulado en los términos de referencia, sin que exista justificación para ello y previamente avalado por “EL COLEGIO”.
d. Si “SPECIAL COMPU” no cumple con sus obligaciones derivadas de la relación laboral que tenga con sus trabajadores y si con ello, a juicio de “EL COLEGIO” puede crear dificultades durante o después de la ejecución de los servicios en perjuicio de “EL COLEGIO”.
e. Si “SPECIAL COMPU” se declara en quiebra o suspensión de pagos.
f. Si “SPECIAL COMPU” subcontrata parte de los servicios sin la previa autorización.
g. Si “SPECIAL COMPU” no otorga las facilidades necesarias para la verificación del desarrollo de los servicios.
DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “EL COLEGIO” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando ocurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionará algún daño o perjuicio a su patrimonio.
En estos supuestos “EL COLEGIO” reembolsará a “SPECIAL COMPU” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato.
DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación en la prestación de los servicios, “SPECIAL COMPU” lo comunicará así a “EL COLEGIO”, quien analizará las circunstancias y determinarán la suspensión temporal, en todo o en parte, de los servicios contratados. Una vez que hayan desaparecido las causas que dieron origen a la suspensión, a criterio de “EL COLEGIO”, el contrato podrá continuar surtiendo sus efectos legales.
DÉCIMA SEXTA. RESPONSABILIDADES DE “SPECIAL COMPU”. Se obliga a prestar los
servicios, objeto del presente contrato, conforme a los términos del mismo y sus anexos, y a que estos se efectúen a satisfacción de “EL COLEGIO”, así como responder por su cuenta y riesgos de los defectos, vicios ocultos y de la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido.
Asimismo “SPECIAL COMPU” se obliga a no ceder, en forma total o parcial a favor de cualquier otra persona física o moral, sus derechos y obligaciones derivados de este contrato y sus anexos.
DÉCIMO SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. De acuerdo a la Ley 581 para
la tutela de los datos personales en el estado de Veracruz, “EL COLEGIO” designa como usuario responsable del tratamiento de datos personales de los sistemas de datos personales publicados en la Gaceta 342, tomo II con fecha 2 de septiembre de 2013 (Anexo A):Sistema de Datos Personales de Solicitantes de Ficha para Exámenes de Admisión a los Planteles, Sistema
de Datos Personales de los Alumnos Inscritos en los Planteles y Sistema de Datos Personales Alumnos Egresados que Solicitan Registro de Título y Expedición de Cédula; a “SPECIAL COMPU” con la finalidad de proteger los datos de carácter personal tratados de posibles incidencias que puedan provocar su pérdida, alteración o acceso no autorizado, tanto interno como externo, preservando el pleno ejercicio de los derechos tutelados en la ley mencionada.
Asimismo “SPECIAL COMPU” Proporcionará las medidas de seguridad de acuerdo a la Ley 581 para la tutela de los datos personales en el estado de Veracruz, Capítulo VII, artículo 30 y 33.
DÉCIMA OCTAVA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato y sus anexos, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de Xalapa Veracruz, por lo que “SPECIAL COMPU” renuncia expresamente al fuero, que por razón de domicilio presente o futuro, pudiera corresponderle.
Previa lectura de lo anterior, “las partes” quedan enteradas del contenido y alcance de todas y cada una de las cláusulas de este instrumento legal, lo firman al calce y al margen para debida constancia en la Ciudad de Xalapa Xxxxxxxx, Veracruz, a los cuatro días del mes de febrero del año 2014.