BECA DE POSDOCTORADO
A través del presente instrumento (en adelante el “Contrato”), por una parte quien suscribe en calidad de becario (en adelante el “Becario”) y por otra parte la institución nacional proponente que se identifica al pie del presente (en adelante la “Institución”), se NOTIFICAN de la Resolución de Directorio de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII) Nº ______, por la que toma conocimiento de la Recomendación del Comité de Evaluación y Seguimiento de Becas de Posdoctorado, referida a la convocatoria 2016, mediante la cual se incorpora al Becario al Sistema Nacional de Becas.
La vigencia de este Contrato queda supedita a la recepción de conformidad por parte de ANII de este instrumento y de la Nota de aceptación del Responsable del Grupo de Investigación a la que se hace referencia en la cláusula PRIMERO y SEXTO del presente, debidamente firmados.
En este acto, el becario DECLARA conocer y aceptar los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO. CONDICIONES GENERALES:
Uno de los objetivos de la ANII es el fortalecimiento de las capacidades en recursos humanos con que cuenta el país a través del financiamiento de becas en la investigación, destinadas a otorgar experiencia en la dinámica de la investigación.
Las Becas de Posdoctorado en el país “Fondo Profesor Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx” tienen como objetivo el fortalecimiento de las capacidades en recursos humanos calificados con que cuenta el país en las áreas estratégicas indicadas por el PENCTI, a través del financiamiento de becas de posdoctorado para investigadores de excelencia académica (en adelante: el “Programa”)
En el marco del Programa, la ANII formuló un llamado a interesados con fecha xxx al xxx de 2016 para financiar económicamente y por hasta el 80% (ochenta por ciento) del costo total de la beca de los estudios de Posdoctorado, a aquellos solicitantes que cumplieran con los requisitos estipulados en el Programa, entre otros, que cuenten con una institución nacional que respalde la postulación y se obligue a cubrir el saldo restante del costo de la beca.
Con fecha ________ por Resolución N°______, el Directorio de la ANII aprobó la incorporación del Becario en el Sistema Nacional de Becas, en virtud del informe del Comité de Evaluación y Seguimiento de Becas de Posdoctorado. La beca se identifica por el código______.
El Becario declara conocer y aceptar en todos sus términos el Reglamento General del Sistema Nacional de Becas aprobado por el Directorio el --------- (en adelante, el “Reglamento”), los procedimientos y las prácticas resueltas e implementadas o que se resuelvan e implementen en el futuro, así como el Cronograma de Trabajo (ANEXO I) y la nota de Aceptación del Responsable del Grupo de Investigación (ANEXO II), los cuales son considerados como parte del presente contrato, y cuyo alcance y contenido declara conocer y aceptar.
De igual forma, la Institución declara conocer y aceptar el alcance y contenido del Reglamento, los procedimientos y las prácticas antes referidas, así como el Cronograma de Trabajo y la nota de Aceptación del responsable del Grupo de Investigación. Asimismo, la Institución se obliga a realizar los desembolsos necesarios para cubrir el saldo del costo de la beca que no es cubierto por ANII.
SEGUNDO. FINANCIAMIENTO:
2.1 Desembolsos por parte de ANII:
(i) La ANII se compromete a otorgar al Becario, quien desde ya acepta, un financiamiento mensual nominal por todo concepto de $U____ (……………..), a los efectos de cumplir con las actividades descriptas en el Plan de Trabajo. Dicho financiamiento se extenderá durante el plazo previsto en la cláusula 7.1. del presente contrato. Una vez transcurrido el plazo referido, los pagos mensuales cesarán de pleno derecho.
(ii) Adicionalmente, y en caso de corresponder, ANII cubrirá costo de los pasajes correspondientes a un único viaje en clase económica de ida y vuelta a Uruguay por hasta un monto no reembolsable nominal de U$S 4.000 (los que podrán ser pagados en pesos equivalentes).
(iii) En
caso de corresponder, el importe atribuido al rubro “Pasaje”
será entregado dentro del plazo de 10 días hábiles desde la
presentación de las facturas de adquisición u otra documentación
respaldante a juicio de la ANII.
(iv) Los desembolsos serán realizados en forma mensual dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes y durante el plazo previsto en la cláusula séptima. Cada desembolso se realizará en pesos uruguayos, mediante depósito en la Cuenta Bancaria BROU, cuyos certificados de depósito u otra documentación expedida por la entidad bancaria correspondiente, el Becario acepta que servirán de comprobantes suficientes de pago.
2.2 La Institución se compromete a otorgar al Becario, quien desde ya acepta, un financiamiento mensual nominal por todo concepto de $U____(……………..), a los efectos de cumplir con las actividades descriptas en el Plan de Trabajo. Dicho financiamiento se extenderá durante el plazo previsto en la cláusula 7.1. del presente contrato. Una vez transcurrido el plazo referido, los pagos mensuales cesarán de pleno derecho.
2.3 El financiamiento que se otorga al Becario se corresponde con una dedicación horaria semanal de 40 horas, que el Becario destinará a la ejecución del Plan de Trabajo. La acumulación con cualquier otra actividad, junto con las que el Becario debe dedicar a la beca no deberá exceder las 60 horas semanales.
2.4 Los incrementos de los costos de cualquiera de los rubros financiados serán de cargo del Becario.
2.5 La ANII y la Institución operarán como agente de retención de tributos actuales y futuros que corresponda retener por su cuenta y orden de acuerdo a la legislación vigente.
2.6 Es condición previa para la realización de los desembolsos, que el Becario presente a la ANII los Informes de Avance avalados por la Institución de acuerdo a lo previsto en el Reglamento y en el presente contrato. Se entiende por informes de avance aquellos por los cuales se evalúe el desempeño del Becario, así como el grado de cumplimiento del Plan de Trabajo de conformidad con el Cronograma, y toda otra apreciación de carácter técnico relevante. La ANII podrá solicitarle al Becario que se manifieste en los Informes de Avance sobre ciertos aspectos específicos de su interés. En caso que ante incumplimientos del Becario a estas obligaciones, ANII decida suspender el pago de los desembolsos mensuales, ANII lo notificará a la Institución para que esta adopte las medidas que entienda oportunas, pudiendo también suspender la realización de los desembolsos mensuales a su cargo.
2.7 Asimismo, es requisito previo al otorgamiento del último desembolso la aprobación del informe final por parte de la ANII en los términos estipulados en el cronograma y la acreditación de haber cumplido con la culminación del posdoctorado.
TERCERO. OBLIGACIONES:
3.1 El Becario se obliga a: a) cumplir en tiempo y forma con las actividades contenidas en el Plan de Trabajo conforme a las previsiones del Cronograma y utilizar los recursos financieros entregados a través de los distintos desembolsos exclusivamente para los fines previstos en las bases del llamado a interesados y aquellos detallados en el presente Contrato; b) realizar, cuando así le fuera requerido por la ANII, presentaciones en el país sobre el tema objeto de su estudio conforme al Plan de Trabajo, ante especialistas u otros interesados; c) notificar todo cambio de domicilio en el plazo de 30 días contados desde la fecha en que se haya operado el traslado; d) notificar a la ANII en el plazo de 10 días corridos la suspensión total o parcial de las actividades, cualquiera sea el origen de la interrupción, así como cualquier otra causa que obste al adecuado cumplimiento de las mismas; e) presentar los informes de avance en forma semestral y el informe final, así como toda otra información que la ANII entienda necesaria y/o conveniente, aun luego de vencido el presente contrato; f) informar en un plazo máximo de 30 días corridos, cualquier modificación sustancial en la situación laboral o de cualquier otra naturaleza, que le impida dar cabal cumplimiento, en forma transitoria o definitiva, a las actividades a que se encuentra obligado conforme al Plan de Trabajo; g) cumplir con lo estipulado en el presente Contrato, en el Reglamento del Sistema Nacional de Becas, en las bases del llamado a interesados, las cuales recogen las disposiciones del Reglamento Operativo y de los demás documentos que regulan la relación de la ANII y los organismos multilaterales de financiamiento que puedan haber aportado fondos para el otorgamiento de la beca objeto de este Contrato (a vía de ejemplo, el Banco Interamericano de Desarrollo).
3.2 Los beneficiarios deben proveer una copia electrónica de la versión publicada y del manuscrito aceptado para publicación, post revisión por pares (final draft post-refereeing), de las publicaciones científicas resultantes de o relacionadas con la presente Beca. La ANII se reserva el derecho de hacer públicas dichas copias electrónicas de manera gratuita en Internet a través de un repositorio digital, respetando los derechos de propiedad intelectual, dentro de un período no mayor a los 12 meses después de su publicación.
3.3 En lo que respecta a la Institución ésta se obliga a: a) generar y garantizar las condiciones necesarias para el cumplimiento de las actividades descriptas en el Plan de Actividades de la beca objeto del presente; b) supervisar y suscribir cada uno de los Informes; y c) realizar los desembolsos indicados en la cláusula SEGUNDO.
CUARTO: MODIFICACIONES AL PROYECTO.
El Becario deberá solicitar autorización a la ANII para toda modificación que proyecte realizar en el Plan de Trabajo y/o en el Cronograma. La modificación que el Becario considere realizar deberá contar con la previa autorización de la Institución, siendo la aprobación final de la modificación en cuestión, discrecional de la ANII.
QUINTO: INCUMPLIMIENTO DEL BECARIO.
5.1 En caso de incumplimiento o atrasos en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Becario, la ANII podrá: a) suspender el cumplimiento de los Desembolsos referidos en la cláusula SEGUNDO, hasta tanto el Becario no cumpla con las obligaciones incumplidas, dentro del plazo que a estos efectos determina la ANII; y/o b) considerar resuelto el presente contrato, sin perjuicio de exigir del Becario la devolución de todos o parte de los desembolsos recibidos, según la entidad y gravedad del incumplimiento, a juicio de ANII, así como la acción que corresponda por los daños y perjuicios ocasionados.
5.2 Por otro lado, el Becario declara conocer y aceptar que la ANII podrá rechazar la solicitud de apoyo económico que presente el Becario para la realización de otros proyectos bajo el Programa o cualquier otro programa impulsado por la ANII, fundando su rechazo únicamente en el incumplimiento del Becario de cualquiera de las obligaciones asumidas bajo el presente contrato, sin responsabilidad alguna de su parte.
SEXTO: DECLARACIONES
6.1 El Becario declara conocer y aceptar que este Contrato se rige por el Reglamento del Sistema Nacional de Becas vigente, así como el Cronograma de Trabajo (ANEXO I) y la nota de Aceptación del Responsable del Grupo de Investigación (ANEXO II), los cuales son considerados como parte del presente contrato.
6.2 Declara no poseer vínculo laboral alguno con la ANII. Una vez finalizada la Beca, cesará toda vinculación emergente de este Contrato, no pudiendo éste reclamar rubros de naturaleza salarial, indemnizatorios y/o compensatorios de especie alguna.
6.3 El Becario declara saber que en caso de haber resultado o resultar beneficiario del Sistema Nacional de Investigadores no podrá percibir el incentivo económico asignado por éste durante la vigencia de la presente beca.
6.4 En caso de resultar beneficiario de una beca de terceros, el Becario deberá comunicarlo a la ANII, en un plazo de 30 días, a los efectos de que ésta evalúe la cancelación o no de la beca objeto del presente, estándose a lo que la ANII resuelva.
SÉPTIMO. PLAZO:
7.1 La fecha de inicio de la ejecución de las actividades contempladas en el Plan de Trabajo aprobado por la ANII será el día ……….. El presente contrato regirá por un período de …….. renovable automáticamente por un período consecutivo de …. , o hasta la completa ejecución de acuerdo al Plan de Trabajo. Sin perjuicio de que este contrato en ningún caso podrá superar el plazo máximo de ……….
La ANII estará facultada a no renovar este contrato fundándose en razones de fuerza mayor, en cuyo caso deberá notificar al Becario y a la Institución con 30 días de anticipación a la fecha de expiración del plazo del contrato.
7.3 El Becario se reserva el derecho de renunciar a la beca en cualquier momento. En el caso que la renuncia se haga efectiva dentro de los primeros seis meses contados a partir de la fecha de inicio de las actividades, el Becario deberá reintegrar el monto total de los desembolsos que se hubieran efectuado hasta el momento. En el caso que la renuncia se haga efectiva en un plazo mayor, la ANII podrá eximir al Becario de la obligación del reintegro siempre que éste se obligue a completar su plan de trabajo.
7.4 Todo lo anterior es sin perjuicio de la facultad de ANII de rescindir el presente contrato en los términos establecidos en la cláusulas QUINTO y SEXTO de este contrato.
OCTAVO: PROHIBICION DE CESION.
Se establece expresamente que queda prohibida la cesión del presente contrato.
NOVENO. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES:
El Becario declara no poseer vínculo laboral alguno con la ANII, y una vez que finalice la vinculación con el Sistema Nacional de Becas o cese el pago del incentivo económico, cesará toda vinculación con ésta, no pudiendo reclamar rubros de cualquier naturaleza o especie.
DÉCIMO: CONFIDENCIALIDAD.
La ANII se obliga a manejar con reserva toda la información referida al Proyecto y exigir contractualmente las mismas condiciones a los evaluadores y consultores vinculados al mismo. Dicha información podrá ser utilizada por la ANII únicamente con fines estadísticos.
DECIMO PRIMERO: PUBLICIDAD.
Toda publicación, comunicación o anuncio, cualquiera sea el medio por la que se efectúe, relativa al Plan de Trabajo deberá hacer referencia a que el mismo fue cofinanciado con fondos de la ANII y la Institución. Las opiniones o resultados que de las actividades del Becario se deriven, no comprometerán a la ANII.
DECIMO SEGUNDO. XXXX.
Que acepta que la xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Becario operará de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna y por el solo incumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Reglamento o asumidas en el presente, y/o por hacer algo contrario a lo aquí estipulado.
DECIMO TERCERO. COMUNICACIONES.
Que acepta que todas las comunicaciones referentes a su vinculación con el Sistema Nacional de Becas o el otorgamiento del Incentivo Económico (excepto aquellas respecto de las cuales se hubiera indicado un medio específico de comunicación) se efectuarán por escrito, por telegrama colacionado, carta certificada con aviso de retorno, fax, o comunicaciones electrónicas debidamente identificadas y se reputarán cumplidas cuando el destinatario las haya recibido en el domicilio denunciado en el Contrato o en las direcciones de e-mail indicadas por las partes. Las comunicaciones por fax se considerarán cumplidas si son legibles y la máquina receptora ha acusado recibo.
DECIMO CUARTO: JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE.
El presente Contrato se regirá e interpretará por las leyes de la República Oriental del Uruguay y serán competentes, para entender sobre cualquier asunto que tenga relación con el presente Contrato, los Juzgados Letrados de la ciudad de Montevideo.
DECIMO QUINTO. DOMICILIO:
El Becario constituye domicilio a todos los efectos en el indicado debajo en este Contrato. Por su parte, la ANII constituye domicilio en [__].
Los abajo firmantes expresan su conformidad con las condiciones anteriormente mencionadas, declarando haber conservado una copia de este documento, y para constancia firman este ejemplar:
Firma Becario: |
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Firma por la Institución: |
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Aclaración: |
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CI: |
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Domicilio: |
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Teléfono de contacto: |
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Correo Electrónico: |
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