PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ – PA-FCP
PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ – PA-FCP
CONVOCATORIA ABIERTA No. 29 de 2022
ANÁLISIS PRELIMINAR
CON EL OBJETO DE:
Contratar la Interventoría técnico, administrativa, financiera, legal y ambiental para la actualización a los diseños y estudios técnicos para la construcción y dotación de la Subestación de Policía en el corregimiento Las Mercedes del Municipio de Sardinata en el Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx.
ABRIL DE 2022
BOGOTÁ D.C.
1.1. DEFINICIONES
CAPITULO I
1. GENERALIDADES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
No. | Nombre | Descripción |
1 | ACTA DE INICIO | Es el documento mediante el cual las partes darán cuenta del inicio del |
2 | ADENDA | Es el documento, en los procesos de participación plural, mediante el cual |
3 | ADMINISTRADOR FIDUCIARIO | Consorcio Fondo Colombia en Paz 2019, actuando como vocero y administrador del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA- FCP. |
4 | ANÁLISIS PRELIMINAR | Es el documento que establece las reglas generales y específicas para seleccionar al(os) proponente(s) que participa(n) en un proceso de selección (Convocatoria Abierta y Cerrada), que contiene las condiciones de participación. |
5 | CONSTANCIA DE AUDIENCIA DE APERTURA DE PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO | Es el documento emitido dentro de un proceso con participación plural, mediante la cual se relacionan las ofertas presentadas dentro del plazo establecido para tal fin en el análisis preliminar. |
6 | DOCUMENTOS CONTRACTUALES: | Es el conjunto de documentos en el que se determina el objeto de los contratos a celebrar con el FCP y se establecen los requisitos técnicos, administrativos, financieros y jurídicos, que deben cumplir los contratistas durante la ejecución del contrato, así como los derechos y obligaciones de las partes. Dentro de los documentos contractuales se encuentran: el contrato, el análisis preliminar y sus anexos, la oferta, las garantías y los demás que se generen durante la ejecución del contrato. |
7 | CONTRATISTA | Hace referencia a la persona jurídica seleccionada y contratada para la ejecución de la presente convocatoria. |
8 | ENTIDAD CONTRATANTE | Consorcio Fondo Colombia en Paz 2019, como vocero y administrador del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA-FCP. |
9 | ENTIDAD EJECUTORA | Entidades públicas o privadas, organismos de cooperación, agencia, dirección, etc., quien en desarrollo de su misionalidad y experticia define el PPO, y en tal sentido es la responsable de la subcuenta creada en el FCP, cuyo líder será el representante legal de la entidad o su delegado. Adicionalmente propenderá por el cumplimiento de los PPO aprobados |
10 | PPO | Planes y Proyectos Operativos (PPO) definidos por las entidades ejecutoras y aprobados por el Consejo Directivo |
11 | POA | Plan Operativo Anual de la entidad ejecutora que determina los recursos que respaldan la contratación. |
12 | SUPERVISOR | Persona que delegue, designe o asigne la Entidad Ejecutora, para que ejerza la vigilancia, seguimiento y control del contrato que resulte del presente proceso de selección. |
1.2. CONDICIONES GENERALES
Los PROPONENTES interesados en el presente proceso, deberán examinar cuidadosamente el contenido de la convocatoria formulada, con el fin de que su oferta se ajuste en su totalidad a la misma, así mismo, deberán tener en cuenta que las reglas contenidas en ella, son de obligatorio cumplimiento y forman parte integral del respectivo contrato en el caso de su adjudicación.
Las solicitudes u observaciones de aclaración solo se podrán realizar hasta la fecha prevista en el cronograma contenido en la presente convocatoria. En caso de no hacerlo, se entenderá que no existen dudas y que, por lo tanto, el PROPONENTE acepta totalmente los requisitos y condiciones expresadas en el presente documento.
Los proponentes que presenten oferta en este proceso de selección, no podrán participar en el proceso de consultoría objeto de esta convocatoria SO PENA DE RECHAZO.
Las ofertas, los comunicados formales, aclaraciones y todo lo referente al desarrollo del presente proceso de selección se harán en idioma español. Así mismo, se deberá tener en cuenta que no se acepta la presentación de ofertas parciales.
Todos los valores de la oferta deberán ser expresados en pesos colombianos. El PROPONENTE indicará que los valores son fijos y se mantendrán así desde la presentación de la oferta y durante toda la ejecución del contrato, y que incluyen la totalidad de los costos directos e indirectos y demás impuestos o cargas tributarias que se causen o se llegaren a causar en el cumplimiento del respectivo contrato.
El PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ – P.A. FCP aclara que la presente Convocatoria no constituye oferta de celebrar contrato alguno y que la decisión de seleccionar y celebrar un contrato dependerá únicamente de los resultados de la evaluación que se realice. En consecuencia, no asume obligación alguna de asignar el presente proceso de selección, ni total ni parcialmente, incluso a quien presente la mejor oferta.
No obstante, se indica que la presentación de la oferta implica aceptación por parte del PROPONENTE de las condiciones establecidas en el presente Análisis Preliminar, tanto para la etapa precontractual como para la ejecución del contrato, por lo tanto, con la sola presentación de su oferta, se entiende de manera inequívoca que renuncia a efectuar reclamación alguna que contrarié las disposiciones de la entidad para este proceso”.
1.3. INTERPRETACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA ABIERTA
Con la presentación de la oferta se dará por entendido que el PROPONENTE conoce y acepta de manera libre, espontánea y voluntaria las disposiciones del Manual de Contratación del FCP, el cual se encuentra publicado en la página web - xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en la sección (“Fondo Colombia en Paz”)1.
El PROPONENTE asume toda responsabilidad por consultar y analizar los términos del Análisis Preliminar, las adendas, las respuestas a observaciones y aclaraciones a los mismos. Todos los mencionados documentos una vez expresados, hacen parte integral del análisis preliminar.
1 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xxxxxxxx-xx-xxx/
Los términos del Análisis Preliminar deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada e independiente. 1 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xxxxxxxx-xx-xxx/ 4
Los títulos utilizados en el presente Análisis Preliminar sirven sólo para identificar textos y no afectarán la interpretación de estos.
Los plazos establecidos en el presente Análisis Preliminar se entenderán como días hábiles, salvo indicación expresa en contrario. Para estos efectos el sábado no se considera día hábil.
Todas las deducciones, errores y omisiones que realice o en que incurra el PROPONENTE con base en su propia información, interpretación, análisis o conclusiones respecto del Análisis Preliminar son por su exclusiva cuenta. Por tanto, el PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ – P.A. FCP no asume responsabilidad alguna por tal información, interpretación, análisis o conclusiones.
Con la presentación de la oferta, se entiende que el PROPONENTE conoce la naturaleza del contrato que llegare a suscribirse, su objeto, costo y tiempo de ejecución; así mismo, se entiende que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
1.4. DEBERES
Son deberes de los proponentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente:
a) Verificar que no se encuentren incursos en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucionales y legalmente establecidas para participar en el proceso de selección.
b) Examinar rigurosamente el contenido del Análisis Preliminar, Anexos, Adendas y/o los documentos que hagan parte de este, así como las normas que regulan la presente contratación.
c) Adelantar oportunamente y dentro de los tiempos establecidos en el Análisis Preliminar, los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, de tal forma que su radicación quede registrada dentro del plazo, fecha, hora y lugar de conformidad con lo indicado en el Análisis Preliminar. d) Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos exigidos en el Análisis Preliminar.
d) Suministrar toda la información requerida en el Análisis Preliminar, Anexos y/o documentos que hagan parte de este y por el equipo evaluador.
e) Diligenciar de manera clara y precisa los anexos y/o formatos contenidos en el Análisis Preliminar, guardando coherencia con la documentación adicional aportada o referida en la propuesta.
f) Aportar en debida forma, completa y legible, conforme lo exige el Análisis Preliminar.
g) Diligenciar en debida forma el Formulario SARLAFT, en cumplimiento del Instructivo publicado para dicho fin.
1.5. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD, CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
De acuerdo con el Decreto Ley 691 de 2017, el Fondo Colombia en Paz (FCP) es un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, sin estructura administrativa propia, cuyo objeto es ser el principal instrumento para la administración, coordinación, articulación, focalización y ejecución de las diferentes fuentes de recursos que permitan realizar las acciones necesarias para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera siguiendo el Plan Marco de Implementación del Acuerdo.
Con base en las estrategias definidas por el Mando Institucional, acordes y en cumplimiento de la Política de Defensa y Seguridad PDS, el emprendimiento y la equidad definida por el Gobierno Nacional para el año en curso, el proyecto “Catatumbo sostenible” es un esfuerzo de coordinación interinstitucional liderado por la Consejería Presidencial para la Estabilización y Consolidación. Las autoridades municipales, la Gobernación de Norte xx Xxxxxxxxx, los Ministerios y agencias técnicas del Gobierno Nacional, participan en esta iniciativa para transformar el Catatumbo, que es una más de las regiones de Colombia directamente afectadas por la violencia y la pobreza, es así que nace la proyecto de construir la estación de Policía en el corregimiento de Las Mercedes en el municipio de Sardinata en el Norte xx Xxxxxxxxx con el cual se busca fortalecer el servicio de policía en esta región, la infraestructura y la capacidad de la policía local, así como mejorar la calidad de vida de los uniformados que velan por la seguridad y convivencia de los habitantes de esta región del país.
La "Región del Catatumbo", es una subregión colombiana ubicada en el Noreste del Departamento "Norte xx Xxxxxxxxx", que ha presentado diversos desafíos para la consolidación de las instituciones legales del Estado colombiano (a nivel departamental y local), ya que es una de las zonas más complejas del país; especialmente en términos de conflictos no resueltos y la existencia de economías ilícitas y criminales, en gran parte debido a su desarticulación territorial. La dinámica de las economías ilegales, como el tráfico de drogas, el contrabando de combustible y equipos, se ha beneficiado por su ubicación estratégica, ya que Catatumbo está en la frontera con Venezuela y está influenciado por diferentes grupos armados ilegales.
Así mismo, los ciclos de violencia en el Catatumbo no han cesado, siguen las actividades delincuenciales por los Grupos Armados Organizados (GAO), siendo las condiciones sociopolíticas y de violencias preexistentes las que, en gran medida, están determinando la evolución de los riesgos para las garantías de la seguridad ciudadana y territorial. Por consiguiente, la Policía Nacional en la última vigencia estableció que el 49,5 % de los municipios de esta región, registraron un aumento en la tasa de homicidios con respecto a la vigencia anterior, donde el número de masacres aumentó respecto al mismo año, al pasar de 11 a 29 casos, donde la mayor incidencia de asesinatos fue a personas defensoras de los derechos humanos. En el caso de la Región del Catatumbo, según los datos del Departamento de Policía de Norte xx Xxxxxxxxx, el número de homicidios se ha duplicado en relación a los años anteriores.
La intervención con el proyecto en el corregimiento de Las Mercedes busca expandir la capacidad operativa de la Policía Nacional mediante el fortalecimiento de la infraestructura y las capacidades tecnológicas y de movilidad necesaria para el despliegue policial. Esto se basa en frenar el comportamiento delictivo en la jurisdicción y contribuir a satisfacer las necesidades de seguridad pública y paz, orientado a la prevención, la investigación y el control del delito, así como a reducir el comportamiento antisocial con un enfoque comunitario, generando una cultura de solidaridad que permite el ejercicio de los derechos y libertades públicas en la jurisdicción, y fortalece la atención acorde con las peticiones de los ciudadanos en términos de seguridad en áreas urbanas y rurales, percepción de seguridad y transformación de economías ilícitas en una cultura de la legalidad.
Esta es la razón por la cual la prioridad del presente proyecto está orientada a apoyar al gobierno colombiano en su esfuerzo por fortalecer la seguridad en la región.
La implementación de este proyecto permitirá al Gobierno:
▪ Fortalecer la presencia institucional en la zona del Catatumbo, para contrarrestar el tráfico de material xx xxxxxx y explosivo, insumos químicos y sustancias narcóticas, asegurar la frontera con Venezuela, así como limitar el área de operaciones criminales a grupos armados ilegales.
▪ Aumentar la seguridad y la aplicación de la ley en el área.
▪ Aumentar la cobertura policial para contrarrestar las actividades que sostienen las economías ilegales en el área del “Catatumbo”, generando una consolidación territorial que permita una ubicación estratégica para lanzar operaciones ofensivas contra el terrorismo y el narcotráfico.
▪ Desplegar el sistema integrado de seguridad rural, con el objeto de articular las capacidades institucionales a fin de focalizar los medios estatales para afectar de manera contundente los centros de gravedad de los factores generadores de violencia, con una combinación de esfuerzos en inteligencia, investigación criminal, prevención, servicio de policía, operaciones sostenidas y extinguiendo sus fuentes de financiación, desarticulando sus redes de provisión logística y neutralizando sus apoyos externos.
▪ Desarrollar programas de prevención que permitan fortalecer los lazos de confianza en el territorio, vinculando el desarrollo de jornadas deportivas y culturales que promuevan la participación de la comunidad, brindando acceso a los mecanismos de protección que permitan disminuir el impacto de los fenómenos violencia, inseguridad y delincuencia.
El Gobierno Nacional a través del Proyecto de Inversión formulado por el DAPRE denominado “Implementación de la acción unificada del Estado en la Zona Futuro Catatumbo” con registro del 25 xx xxxx de 2021 y código BPIN No. 2021011000152, incluyó la construcción de la Estación de Policía en el Corregimiento de Las Mercedes – Sardinata - Norte xx Xxxxxxxxx, por ser un municipio PDET, y en atención a que el Fondo de Programas Especiales para la Paz en el proyecto de inversión denominado XXXX Xxxxxxxxx tuvo la disposición de asignar los recursos para el proyecto en mención, se incluyó la necesidad de elaborar la actualización de los diseños y estudios técnicos para la Estación de Policía Las Mercedes, teniendo en cuenta que se trata de la información técnica necesaria para la obtención satisfactoria de la obra.
El proyecto para la construcción de la subestación de Policía Las Mercedes cuenta con la consultoría de diseños y estudios técnicos, los cuales fueron producto del contrato de consultoría PN-DIRAF-06-3-10103-15 cuyo objeto es "ELABORACIÓN DE DISEÑOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y DOTACIÓN DE LA SUBESTACIÓN DE POLICÍA EN EL CORREGIMIENTO LAS MERCEDES DEL MUNICIPIO DE SARDINATA DEL DEPARTAMENTO DE POLICÍA NORTE XX XXXXXXXXX, INCLUYE ESTUDIO DE SUELOS, ESTUDIO TOPOGRÁFICO, DISEÑO ARQUITECTÓNICO, URBANÍSTICO Y PAISAJÍSTICO BAJO CRITERIOS DE BIOCLIMÁTICA Y SOSTENIBILIDAD, DISEÑO ESTRUCTURAL Y DE ELEMENTOS NO ESTRUCTURALES, DISEÑO DE REDES HIDRO-SANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR, DISEÑO REDES ELÉCTRICAS DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN INTERIOR Y EXTERIOR Y APANTALLAMIENTO, DISEÑO RED DE VOZ Y DATOS INTERIOR Y EXTERIOR, PLAN DE MANEJO AMBIENTAL, TRÁMITE DE LICENCIAS Y PERMISOS Y DEMÁS ACTIVIDADES PARA SU EJECUCIÓN",
celebrado por la Policía Nacional durante la vigencia 2015, por esta razón, se hace necesario efectuar la actualización de los diseños y estudios técnicos, con el fin de garantizar que se encuentren dentro del marco de las normas vigentes que regulan la buena práctica de la arquitectura e ingeniería en Colombia para cada especialidad, tales como: Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente (NSR-10), Normas RAS-2017 (Código Colombiano de Fontanería), Xxxxx XXXXX (Reglamento técnico de instalaciones eléctricas), normas ambientales nacionales vigentes en cada departamento, Ley 361 de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones”, y demás normatividad que ha sido actualizada desde la recepción de la consultoría.
Con la ejecución de la actualización de los diseños y estudios técnicos, nace la necesidad de contratar una interventoría que cuente con la capacidad técnica, administrativa, financiera, legal y ambiental, que disponga de un personal idóneo con los conocimientos, experiencia y disponibilidad de tiempo, que ejerza las funciones de controlar, revisar, verificar y avalar los productos derivados de la actualización de la consultoría.
De esta manera se garantizará un resultado satisfactorio en la ejecución de la actualización de los diseños y estudios técnicos y por consiguiente beneficio al proyecto en su fase de construcción, disminuyendo los riesgos
de atraso y/o sobrecostos durante el desarrollo de la obra, que puedan resultar por contar con diseños y estudios técnicos desactualizados respecto de la normatividad técnica de diseño y construcción de edificaciones.
El predio sobre el cual se realizará la actualización de diseños y estudios técnicos para la construcción y dotación de la Subestación de Policía Las Mercedes, es propiedad de la Policía Nacional según lo estipulado en las escrituras públicas relacionadas, así:
DEPARTAM ENTO | MUNICIPI O | UNIDAD | DOCUMENTO SOPORTE DE TITULARIDAD | DIRECCIÓN DEL PREDIO | MATRÍCUL A INMOBILIA RIA | ÁREA LOTE M2 |
NORTE DE SANTANDE R | Sardinata corregimie nto Las Mercedes | Subestación de Policía en el corregimient o Las Mercedes | No 276 de fecha 04/07/20 13 de la Notaría única de Sardinata | Xxxxx 0x Xx 0 - 00. | 260-245299 | 780 M2 |
Mediante certificado de tradición de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos xx Xxxxxx del 07/06/2016 se evidencia que el predio identificado con la matricula inmobiliaria 260-245299 es de propiedad de la Policía Nacional como titular del derecho real de dominio.
A efectos de abordar desde el ámbito institucional, la Policía Nacional, conforme a la normatividad legal vigente y de acuerdo a lo previsto en el artículo 192 (RÉGIMEN ESPECIAL EN MATERIA DE LICENCIAS URBANÍSTICAS), del Decreto 19 de 2012, en el cual se precisa que no se requerirá licencia urbanística de urbanización, parcelación, construcción o subdivisión en la construcción de las edificaciones necesarias para la infraestructura militar y policial destinadas para la defensa y seguridad nacional, para el presente proceso no se adelantará el trámite para la expedición de licencia de construcción, decisión fundamentada en el concepto emitido mediante documento GS-2021-034293-SEGEN del 31/08/2021 por la Secretaria General de la Policía Nacional, ante la consulta elevada por la Dirección Administrativa y Financiera de la pertinencia de acogerse al decreto en mención.
Es importante en este sentido indicar que si bien dicha salvedad corresponde al no requerimiento de licencia de construcción, la interventoría contratada para la actualización de los diseños y estudios técnicos deberá velar y garantizar el cumplimiento estricto con la normatividad técnica de diseño y construcción de edificaciones vigente.
CAPITULO II
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Para la presente contratación procede la modalidad de selección por contratación Convocatoria Abierta, de acuerdo al Manual de Contratación del FONDO COLOMBIA EN PAZ (FCP), dentro de las modalidades de selección inscritas en el numeral 9.5 se encuentra la Convocatoria Abierta que de acuerdo a la definición del numeral 9.5.1.1 anteriormente citada es una Modalidad de contratación competitiva en la que pueden presentar ofertas, todas las personas naturales o jurídicas que cumplan las condiciones de la respectiva convocatoria.
La propuesta se seleccionará con base en lo dispuesto en el Manual de Contratación del FCP y sus adiciones o modificaciones.
2.1. OBJETO
Contratar la Interventoría técnico, administrativa, financiera, legal y ambiental para la actualización a los diseños y estudios técnicos para la construcción y dotación de la Subestación de Policía en el corregimiento Las Mercedes del Municipio de Sardinata en el Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx.
2.1.1. ALCANCE DEL OBJETO
El alcance del objeto a contratar se encuentra contenido en las especificaciones técnicas señaladas en el Anexo No.12 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA INTERVENTORÍA TÉCNICO, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, LEGAL Y AMBIENTAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DISEÑOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS
ESTACIÓN DE POLICÍA LAS MERCEDES – NORTE XX XXXXXXXXX y demás documentos que hacen parte integral de la presente ficha de solicitud, los cuales se mencionan de manera general a continuación:
La interventoría deberá hacer entrega a la entidad contratante el aval de cada uno de los entregables establecidos en el presente proceso.
1 Revisión, verificación y aval de la actualización del Estudio de suelos
2 Revisión, verificación y aval de la actualización del Estudio topográfico correspondiente al área del predio, más una distancia adicional de 100 metros a la redonda a partir del lindero del predio.
3 Revisión, verificación y aval de la actualización y ajuste del Diseño arquitectónico bajo criterios de bioclimática y sostenibilidad.
4 Revisión, verificación y aval de la actualización y ajuste del Diseño urbanístico de la zona a desarrollar. Para efectos del alcance del diseño, se aclara que el diseño urbanístico comprende las obras exteriores (zonas duras, zonas semiduras, zonas blandas) incluyendo vías vehiculares, peatonales, andenes, plazoletas, parqueaderos, dotación urbana y todas aquellas consideradas como de tipo urbano.
5 Revisión, verificación y aval del Diseño y cálculo diseño estructural y de elementos no estructurales.
6 Revisión, verificación y aval de la actualización y ajuste del Diseño de redes hidro-sanitarias, red de gas propano y/o gas natural, sistema de redes contraincendios exterior e interior.
7 Revisión, verificación y aval de la actualización y ajuste del Diseño redes eléctricas de media y baja tensión interior y exterior y apantallamiento Diseño red de voz y datos interior y exterior.
8 Revisión, verificación y aval de la actualización y ajuste del Diseño estructural de vías vehiculares, peatonales, plazoletas, parqueaderos y todas aquellas consideradas como urbanísticas y obras exteriores.
9 Revisión, verificación y aval de Trámite de disponibilidad de servicios públicos ante entidades públicas.
10 Revisión, verificación y aval de la actualización Plan de Manejo Ambiental.
11 Revisión, verificación y aval de Memorias de cantidades de obra.
12 Revisión, verificación y aval de Especificaciones técnicas de obra.
13 Revisión, verificación y aval del Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
14 Revisión, verificación y aval de la Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones técnicas para la ejecución de la convocatoria abierta que se deriva del presente proceso deberán comprender las actividades señaladas en el Anexo No.12 INTERVENTORÍA TÉCNICO, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, LEGAL Y AMBIENTAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DISEÑOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS ESTACIÓN DE POLICÍA LAS MERCEDES – NORTE XX XXXXXXXXX (Remitirse al
Anexo No. 12).
Como complemento a las especificaciones técnicas descritas en el presente proceso, la planimetría de la consultoría inicial de diseños y estudios técnicos, podrá ser consultada por los oferentes, en las oficinas de la Dirección General de la Policía Nacional, ubicada en la carrera 59 No. 26-21, CAN, segundo piso en el Área de Infraestructura, previa coordinación y agenda con la entidad contratante, de acuerdo a las condiciones que se detallan a continuación.
Nota 1: El oferente deberá diligenciar el FORMATO No. 2 CARTA DE CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (ANEXO No.12, ANEXO No.13, FORMATO No.1).
Nota 2: El oferente interesado en acceder a la información de la planimetría de la consultoría inicial de diseños y estudios técnicos, deberá realizar por escrito la solicitud al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, indicando el asunto, fecha y hora de la visita y anexo a este deberá adjuntar copia de la cedula de ciudadanía.
De esta solicitud el Fondo Colombia en Paz 2019 dará traslado a la entidad ejecutora con el propósito de hacer viable la visita técnica.
La solicitud deberá realizarse en horas hábiles y la programación de la fecha prevista de la visita deberá agendarse con antelación mínima de 24 horas antes a la solicitud, sin embargo, la visita estará sujeta a la disponibilidad de agenda de la entidad ejecutora.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA INTERVENTORÍA TÉCNICO, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, LEGAL Y AMBIENTAL PARA LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DISEÑOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS ESTACIÓN DE POLICÍA LAS MERCEDES – NORTE XX XXXXXXXXX
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA INTERVENTORÍA A LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y DISEÑO URBANÍSTICO
Corresponde al seguimiento, revisión, verificación y aval de la actualización y ajuste del diseño arquitectónico y urbanístico de los diseños y estudios técnicos iniciales que posee la Policía Nacional, incluyendo todos aquellos cambios que sean necesarios ya sea por modificaciones de otras especialidades, ajuste de normas urbanas o necesidades propias de la Policía Nacional.
Es responsabilidad de la interventoría, efectuar la consulta de norma arquitectónica y urbana ante las entidades competentes de la ciudad o Municipio y velar por la aplicación específica de las mismas sobre la actualización y ajuste al diseño arquitectónico y urbano que realice el contratista.
La interventoría dispondrá a su xxxxx el desplazamiento aéreo, terrestre y/o marítimo según sea el caso y viáticos de los citados profesionales, así como del equipo requerido.
La interventoría verificará el cumplimiento y aplicación de las siguientes normas, así: VERIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DE LA LEY 361 DE 1997
En cumplimiento de esta Ley “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la personas con limitación y se dictan otras disposiciones”, las edificaciones gubernamentales de atención a la comunidad (instalaciones policiales), deben prever dentro de su diseño arquitectónico los aspectos básicos relacionados a continuación:
▪ Eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas (accesibilidad a la edificación): el ingreso a la Estación debe prever el diseño y construcción xx xxxxx de acceso, con pendiente máxima del 8%, con dimensiones de ancho y giros trazados con la geometría adecuada, con piso en materiales antideslizantes para la correcta movilidad de persona que ingresen en silla de ruedas u otras limitaciones de movilidad personal, de forma que estas puedan valerse por sus propios medios.
▪ Baño social: debe localizarse en sitio estratégico de la zona administrativa o social del proyecto (sobre el xxxx principal, pasillo o lobby de espera), y deberá cumplir las disposiciones básicas para el uso de personas con limitaciones físicas y/o en silla de ruedas; tanto en las dimensiones mínimas de su espacio interior como en sus dotaciones y accesorios; debe proponerse diseños multifuncionales dotados como de: 1 sanitario, 1 lavamanos y 1 Orinal o como se solicite en el programa arquitectónico de áreas del proyecto.
VERIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0549 DEL 10 DE JULIO DE 2015
Cumplir con lo dispuesto en la Resolución No. 0549 de 2015 “Por la cual se reglamenta el Capítulo 1 del Título 7 de la parte 2, del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, en cuanto a los parámetros y lineamientos de construcción sostenible y se adopta la Guía para el ahorro de agua y energía en edificaciones” y sus anexos No.1 Guía de construcción sostenible para el ahorro de agua y energía en edificaciones y Anexo No. 2 Mapa de clasificación del clima en Colombia según la temperatura y la humedad relativa y listado de municipios.
VERIFICACIÓN NORMATIVIDAD DE DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y URBANÍSTICO
Comprende la verificación que deberá realizar la interventoría en el sitio de la normativa arquitectónica y urbana vigente, de acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad y Municipio dispuesto por las Curadurías y oficinas de Planeación y así poder verificar y constatar que el contratista aplique de manera correcta estas disposiciones, en la actualización de los diseños y estudios técnicos.
PLANOS Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
La interventoría deberá revisar, verificar y avalar los planos y documentos que a continuación se relacionan, una vez sean entregados por el contratista:
1 Planos urbanísticos y de detalles constructivos de la propuesta urbana, en original (en pergamino rebordeado), dos copias y medio magnético. Incluye cuadro de áreas, quince (15) imágenes
tridimensionales o renders categoría alto foto realismo del proyecto urbano y el entorno inmediato, debidamente firmados por el consultor y/o arquitectos proyectistas y la Interventoría.
2 Planos arquitectónicos y de detalles de cada uno de los bloques que resulten, garitas y cerramiento que conforman el proyecto, en original (en pergamino rebordeado), dos copias y medio magnético, debidamente firmado por el consultor y/o arquitectos proyectistas y la Interventoría. Incluye plantas arquitectónicas de todos los pisos o niveles y cocinas, fachadas de todas las vistas o caras, seis (6) cortes (mínimo tres cortes transversales y tres cortes longitudinales), quince (15) imágenes tridimensionales o renders categoría alto foto realismo (exteriores, interiores, aéreas), detalles constructivos y arquitectónicos generales (pisos, enchapes, cielo rasos, entre otros), de carpintería metálica, madera y demás, de cada bloque u edificio, garitas y cerramiento. Las especificaciones de materiales a utilizar en la construcción, se marcaran en la totalidad de los planos referidos.
3 Memorias de cantidades de obra.
4 Especificaciones técnicas de obra.
5 Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
6 Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA INTERVENTORÍA AL DISEÑO ESTRUCTURAL, DE
ELEMENTOS NO ESTRUCTURALES Y OBRAS EXTERIORES (garitas, bahía acceso, vías internas, parqueaderos, cerramiento perimetral, andenes y plazoletas).
La interventoría deberá realizar la revisión, verificación y aval de la actividad ejecutada por el contratista, correspondiente al cálculo y diseño estructural de las edificaciones de la Instalación Policial y las demás estructuras que conforman el proyecto tales como las garitas, el cerramiento perimetral y las obras exteriores (vías internas, parqueaderos, andenes, plazoletas, canalizaciones, entre otros y según lo defina el ajuste y/o rediseño arquitectónico, urbanístico y paisajístico), conforme a la normatividad urbanística vigente, los requerimientos propios de las instalaciones policiales y los parámetros establecidos en la Norma de Construcciones Sismo resistentes, NSR-10 y demás normatividad vigente que para tal efecto regulen su ejecución.
Corresponde al seguimiento, revisión, verificación y aval de la actualización y ajuste al diseño y cálculo de la totalidad de elementos en concreto reforzado convencional u otro sistema que se ajuste al proyecto arquitectónico, para la cimentación y estructura del proyecto en todos sus niveles y cubierta, elementos no estructurales y estructura metálica o de concreto para los elementos arquitectónicos que caracterizan cada una de las edificaciones a construir y a lo dispuesto en la Ley 400 de 1997, NORMA NSR-10 CONSTRUCCIONES SISMORESISTENTES. De igual manera el diseño de los elementos u obras exteriores, tales como garitas, bahía acceso, vías, parqueaderos, cerramiento perimetral, andenes y plazoletas, canalizaciones y demás elementos que así se requieran por el proyecto.
Se hace especial énfasis en la solución estructural y de cimentación, para lo cual la interventoría en coordinación con el contratista presentará dos alternativas, con el fin de analizar la de mayor viabilidad técnica y económica.
La interventoría garantizará que el estudio comprenda como mínimo entre otros los siguientes aspectos:
1 Los trabajos contemplan el Estudio de las posibilidades de uso de diferentes sistemas estructurales; planteamiento de ventajas y desventajas para tomar la decisión sobre el sistema estructural más conveniente.
2 Estudio y análisis Dinámico de las estructuras que incluye la determinación de las características dinámicas, cálculo de los periodos y modos de vibración, cálculo de las fuerzas de inercia probables
según la norma sismo-resistente NSR-10 y Cálculo comparativo con lo obtenido por la superposición de modos de respuesta, si las condiciones de la estructura así lo hicieran recomendables, cálculo de los efectos sísmicos y de viento sobre la estructura. En esta etapa se tendrán en cuenta los efectos torsionales por causas sísmicas y de viento y se someterá la estructura a todas las posibles combinaciones de efectos que pueda verse enfrentada en la realidad, superposición de los efectos de cargas de gravedad y del sismo, con el objeto de seleccionar los valores más desfavorables.
3 El diseño estructural debe ser concordante con el estudio de suelos y la actualización, ajuste y/o rediseño arquitectónico, urbanístico y de paisajismo.
4 Estudio y diseño de la cimentación de cada bloque o edificio, garitas, cerramiento perimetral y demás estructuras que así lo requiera y que conforman el proyecto.
5 Análisis estructural mediante software especializado para efectos de cargas muertas o permanentes de las estructuras y de las sobrecargas vivas o variables que tengan que soportar según el uso de las construcciones.
6 Análisis estructural mediante software especializado para cargas verticales u horizontales o de sismo y las combinaciones de ellas, de acuerdo a la NSR-10.
7 Estudio y diseño de los elementos metálicos que componen la estructura de escaleras y cubierta de los bloques y garitas que conforman el proyecto, según lo requiera.
8 La estructura de cada bloque y garitas que conforman el proyecto debe ser en concreto reforzado o estructura metálica
9 Memoria de cálculo para el diseño estructural de cada uno de los elementos estructurales de cada bloque, entre otras con la siguiente información: análisis sísmico teniendo en cuenta para ello el estudio de micro zonificación si existe, análisis estructural, interpretación de los resultados y determinación de la cuantía de refuerzo (cartillas de despiece) incluyendo entre otros pilotes en concreto o madera, o caissons o zapatas según se defina, placa flotante y/o de contra piso, vigas de cimentación, tanques de almacenamiento de agua, cuartos de máquinas y equipos, muro de cerramiento, columnas, vigas de entrepiso, escaleras, placas de entrepiso y cubierta, dinteles, etc.
10 Diseño y cálculo de elementos no estructurales, entre otras columnetas, viguetas de confinamiento, anclajes, dinteles, alfajías, ventanas, anclajes de redes, etc.
11 Planos de todos los elementos estructurales de cada bloque o edificación, indicando en cada caso los parámetros sísmicos del suelo, capacidad portante, especificaciones de materiales, despiece de los refuerzos de todos los elementos estructurales y no estructurales, incluyendo placa de contrapiso y vigas de cimentación, longitud de traslapos y ganchos, recubrimientos del refuerzo, las juntas estructurales y constructivas que sean necesarias, tanques de almacenamiento de agua, la carga viva, grupo de uso y coeficiente de importancia, los cortes y plantas estructurales que sean necesarios para efectos de aclarar mejor el diseño.
12 El plano de cimentación debe estar firmado con Matrícula Profesional y avalado por el Ingeniero Civil ejecutor del Estudio de Suelos.
13 Diseño de tanques de almacenamiento, según las condiciones de suministro y abastecimiento permanente de agua especificadas por el diseño hidráulico interior y exterior. Serán diseñados en concreto reforzado impermeabilizado con una resistencia mínima de 4.000 PSI.
14 La placa de cubierta se diseñará en el material especificado por la asesoría en bioclimática y sostenibilidad.
15 Plano de detalles estructurales y constructivos de la totalidad de elementos estructurales incluida la cimentación, estructura en concreto reforzado y elementos no estructurales.
NORMATIVIDAD
De acuerdo con la normatividad vigente, en especial del Código de Construcciones Sismo Resistentes, Ley 400 de 1997 - NSR-10, la microzonificación para las ciudades y Municipios, si aplica y toda aquella que para tal efecto regule su ejecución.
PLANOS Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
La interventoría deberá revisar, verificar y avalar los planos y documentos que a continuación se relacionan, dando cumplimiento a lo establecido en el título A de la NSR-10:
1 Memorias de cálculo y diseño de la cimentación, estructura en concreto reforzado y/o metálica según se requiera, elementos no estructurales y de obras exteriores (urbanismo), cartilla de despieces del refuerzo para todos los elementos estructurales, de cimentación y no estructurales y obras exteriores en original y dos copias en papel y medio magnético
2 Planos estructurales de todos los elementos en concreto reforzado y/o metálicos, cimentación, elementos no estructurales y obras exteriores (urbanismo), incluidos detalles estructurales y constructivos, en original y dos copias en papel rebordeado y medio magnético, debidamente firmados por el consultor y el proyectista estructural.
3 Memorial de responsabilidad civil en original y dos copias tamaño carta.
4 Memorias de cantidades de obra.
5 Especificaciones técnicas de obra.
6 Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
7 Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA INTERVENTORÍA A LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE AL DISEÑO ELÉCTRICO.
Corresponde al seguimiento, revisión, verificación y aval de la actualización y/o rediseño de las redes eléctricas de media y baja tensión, sistema de protección contra rayos, sistema de puesta a tierra, iluminación interior y exterior, memorias de cálculo, especificaciones técnicas, detalles constructivos, que conforman el proyecto arquitectónico y urbano final, para lo cual el consultor dispondrá a su xxxxx el desplazamiento aéreo, terrestre y/o marítimo según sea el caso y viáticos de un ingeniero electricista con el fin de recopilar la información básica para establecer el posible punto físico de conexión del proyecto, toma de resistividad del terreno ( por de medio de telurómetro con certificado de calibración vigente y GPS).
La interventoría deberá realizar la revisión, verificación y aval a las actividades que realizará el contratista, así:
1 Tramite de disponibilidad de energía ante el operador de red de la zona.
2 Revisión, ajuste, actualización y/o rediseño eléctrico detallado conforme al numeral 10.1.1 del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas- RETIE.
3 Revisión, ajuste, actualización y/o rediseño de cableado estructurado, CCTV y solución de conectividad del proyecto.
4 Revisión, ajuste, actualización y/o rediseño del sistema detección de incendios según NFPA 72.
5 Revisión, ajuste, actualización y/o elaboración de las memorias de cantidades de obra.
6 Revisión, ajuste, actualización y/o elaboración de las especificaciones técnicas de construcción.
7 Revisión, ajuste, actualización del presupuesto de obra con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U) detallados.
Así mismo garantizará que en el ajuste, actualización y/o rediseño, realizado por el contratista se aplique la Norma ICONTEC 2050 (Código Eléctrico Colombiano), Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas “RETIE” última actualización, Reglamento Técnico de Alumbrado Público “RETILAP”, Norma NTC 4552 Protección Contra Rayos, ESTANDAR IEEE 80 sistema de puesta a tierra, NFPA 72 código nacional de alarmas
de incendio, NSR-10 capitulo J.4.2 sistema y equipos para detección y alarma de incendios, normas de construcción vigentes del operador de red de la zona.
PLANOS Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
La interventoría verificará que los planos entregados por el contratista muestren la ubicación de los equipos, tableros, tomas, luminarias, las rutas de los bancos de ductos, canaletas y bandejas o ductos porta cables, los circuitos de baja tensión y distribución de las instalaciones interiores.
La interventoría deberá realizar la revisión, verificación y aval a las actividades que realizará el contratista, mencionadas a continuación, así:
1 Revisión, ajuste, actualización y/o elaboración de las memorias de cálculo conforme al diseño detallado establecido en el numeral 10.1.1 del RETIE para la totalidad del proyecto, en original en papel tamaño carta (debidamente firmado por el profesional competente, con número de matrícula profesional y cédula de ciudadanía) y medio magnético.
2 Planos de redes tomacorriente red normal y regulada, iluminación, canalizaciones media y baja tensión, alimentadores de circuitos ramales y parciales, alimentador principal, detalles constructivos de subestación eléctrica de local o tipo poste, planta eléctrica, detalle equipo de medida, detalles cuartos técnicos, sistema de protección contra descargas eléctricas atmosféricas, sistema de puesta a tierra, diagramas unifilares, cuadros de cargas, plano serie 3, serie 5 y/o solicitado por el operador de red de la zona. Lo anterior en original y dos copias en papel rebordeado y medio magnético.
3 Memorial de responsabilidad civil en original tamaño carta.
4 Trámite de disponibilidad de energía ante el operador de red de la zona.
5 Memorias de cantidades de obra.
6 Especificaciones técnicas de obra.
7 Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
8 Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
Así mismo garantizará que el ajuste, actualización y/o rediseño cumpla con los aspectos que apliquen de la siguiente lista:
1 Análisis y cuadros de cargas iniciales y futuras, incluyendo análisis de factor de potencia y armónicos.
2 Análisis de coordinación de aislamiento eléctrico.
3 Análisis de cortocircuito y falla a tierra.
4 Análisis de nivel de riesgo por rayos y medidas de protección contra rayos.
5 Análisis de riesgos de origen eléctrico y medidas para mitigarlos.
6 Análisis del nivel tensión requerido.
7 Cálculo xx xxxxxx electromagnéticos para asegurar que, en espacios destinados a actividades rutinarias de las personas, no se superen los límites de exposición definidos en la Tabla 14.1
8 Cálculo de transformadores incluyendo los efectos de los armónicos y factor de potencia en la carga.
9 Cálculo del sistema de puesta a tierra.
10 Cálculo económico de conductores, teniendo en cuenta todos los factores de pérdidas, las cargas resultantes y los costos de la energía.
11 Verificación de los conductores, teniendo en cuenta el tiempo de disparo de los interruptores, la corriente de cortocircuito de la red y la capacidad de corriente del conductor de acuerdo con la Norma IEC 60909, IEEE 242, capítulo 9 o equivalente.
12 Cálculo mecánico de estructuras y de elementos de sujeción de equipos.
13 Cálculo y coordinación de protecciones contra sobre corrientes. En baja tensión se permite la coordinación con las características de limitación de corriente de los dispositivos según IEC 00000 0 Xxxxx A.
14 Cálculos de canalizaciones (tubo, ductos, canaletas y electro ductos) y volumen de encerramientos (cajas, tableros, conduletas, etc.).
15 Cálculos de pérdidas de energía, teniendo en cuenta los efectos de armónicos y factor de potencia.
16 Cálculos de regulación.
17 Clasificación de áreas.
18 Elaboración de diagramas unifilares.
19 Elaboración de planos y esquemas eléctricos para construcción.
20 Especificaciones de construcción complementarias a los planos, incluyendo las de tipo técnico de equipos y materiales y sus condiciones particulares.
21 Establecer las distancias de seguridad requeridas.
22 v. Justificación técnica de desviación de la NTC 2050 cuando sea permitido, siempre y cuando no comprometa la seguridad de las personas o de la instalación.
23 w. Los demás estudios que el tipo de instalación requiera para su correcta y segura operación, tales como condiciones sísmicas, acústicas, mecánicas o térmicas.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA INTERVENTORÍA A LA REVISIÓN, AJUSTE, ACTUALIZACIÓN Y/O REDISEÑO DE LAS REDES DE CABLEADO ESTRUCTURADO, CCTV Y SOLUCIÓN DE CONECTIVIDAD DEL PROYECTO
Corresponde al seguimiento, revisión, verificación y aval del ajuste, actualización y/o rediseño de las redes de cableado estructurado en categoría 6a, solución de conectividad del proyecto en datos y sistema de comunicaciones de la PONAL, circuito cerrado de televisión, dimensionamiento del sistema ininterrumpido de potencia -UPS, torre de comunicaciones(incluye cálculo estructural) en caso de requerirse, sistema de puesta tierra electrónica, solución telefónica IP integrada con la herramienta institucional • Conexión de fibra óptica para el backbone y los centros de cableado, canalización y ductería para el ingreso del canal de datos, integración de redes de comunicaciones, equipos activos de core y borde.
PLANOS Y DOCUMENTACION REQUERIDA
La interventoría deberá realizar la revisión, verificación y aval a las actividades que realizará el contratista, mencionadas a continuación, así:
1 Revisión, ajuste, actualización y/o elaboración de las memorias de cálculo y/o rediseño diseño de las redes de voz y datos, sistema de seguridad electrónica para cada bloque, garitas y obras exteriores que conforman el proyecto, en original y dos copias en papel tamaño carta y medio magnético.
2 Planos de cuartos técnicos y de UPS, torre de comunicaciones, cárcamos, canalizaciones y demás que se requieran para el proyecto, en medio magnético (DWG).
3 Memorial de responsabilidad civil en original tamaño carta.
4 Memorias de cantidades de obra.
5 Especificaciones técnicas de obra.
6 Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
7 Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA INTERVENTORÍA A LA REVISIÓN, AJUSTE, ACTUALIZACIÓN Y/O REDISEÑO DEL SISTEMA DETECCIÓN DE INCENDIOS.
Corresponde al seguimiento, revisión, verificación y aval del ajuste, actualización y/o rediseño y memorias de cálculo del sistema de detección de incendios según la NFPA 72, incluyendo cálculo de lasos SLC, circuitos de notificación NACs, módulos aisladores, módulos de monitoreo, características del sistema y dimensionamiento panel FACP.
La interventoría garantizará que en el ajuste, actualización y/o rediseño, se aplique la Norma NSR-10 capitulo
J.4.2 sistemas y equipos para detección y alarmas contra incendios, NFPA 72 código nacional de alarmas de incendio ICONTEC 2050 (Código Eléctrico Colombiano), Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas “RETIE” última actualización, NTC 1483-detecctores de incendio clasificación, NTC 1868-Higiene y seguridad, detectores automáticos de incendio instalación- localización y recomendaciones efectuadas por los ingenieros electricistas de la Dirección Administrativa y Financiera de la Policía Nacional.
PLANOS Y DOCUMENTACION REQUERIDA
La interventoría deberá realizar la revisión, verificación y aval a las actividades que realizará el contratista, mencionadas a continuación, así:
1 Los planos deberán mostrar la ubicación de los sensores de humo, temperatura, estaciones manuales, sirenas estroboscópicas, panel FACP, recorrido de tubería eléctrica metálica y cableado FPL.
2 Revisión, ajuste, actualización y/o elaboración de las memorias de cálculo y/o rediseño diseño de detección de incendios para cada bloque del proyecto, en original y dos copias en papel rebordeado y medio magnético
3 Memorial de responsabilidad civil en original tamaño carta.
4 Memorias de cantidades de obra.
5 Especificaciones técnicas de obra.
6 Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
7 Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA INTERVENTORÍA A LA ACTUALIZACIÓN, AJUSTE Y/O REDISEÑO AL DISEÑO HIDROSANITARIO.
La interventoría deberá revisar, verificar, avalar y garantizar el cumplimiento de las actividades que se mencionan a continuación, una vez sean elaboradas y entregadas por el contratista, así:
1 Tramite de disponibilidad de servicios públicos ante entidades públicas. En general, todos aquellos trámites complementarios que requieran las entidades municipales o departamentales para llevar a buen término la presente consultoría.
2 Ajuste Diseño de redes hidro-sanitarias, red de gas propano y/o gas natural, sistema de redes contraincendios exterior e interior (incluye consulta de requisitos para obtener aval del Cuerpo oficial de bomberos de la localidad, si se requiere) planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR), diseño pozo profundo, planta de tratamiento de agua potable y conexión tanque de agua principal.
3 Memorias de cantidades de obra.
4 Especificaciones técnicas de construcción.
5 Presupuesto de obra en original por fases con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes del diseño y obras de infraestructura física por sectores resultantes del diseño.
6 Totalidad de planos y documentos avalados por la interventoría requeridos por cada estudio y diseño (incluidas segunda copia).
7 Documento de aprobación de los diseños: hidro-sanitarios, gas, red contraincendios interior y exterior ante las empresas prestadoras del servicio según corresponda.
8 Memorias de cantidades de obra.
9 Especificaciones técnicas de obra.
10 Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
11 Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
A continuación, se anotan las especificaciones técnicas mínimas requeridas por cada estudio o diseño técnico objeto de la consultoría, a las cuales la interventoría deberá revisar, verificar, avalar y garantizar el cumplimiento, una vez sean entregadas por el contratista:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA INTERVENTORÍA A LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DEL DISEÑO Y CALCULO DE REDES HIDROSANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR.
La interventoría garantizará el cumplimiento de las actividades que se mencionan a continuación, con la revisión, verificación y aval a cada una de ellas, una vez sean ejecutadas y entregadas por el contratista, así:
1 Ejecución a la actualización y ajuste del diseño y/o rediseño y cálculo de las redes hidro-sanitarias, gas y contraincendios interior y exterior del proyecto, para lo cual el contratista dispondrá a su xxxxx el desplazamiento aéreo, terrestre y/o marítimo según sea el caso, y viáticos del profesional que se indica, así como del equipo requerido
2 Actualización y ajuste del diseño y/o rediseño y cálculo de las redes hidráulicas y equipos de agua potable, sanitarias negras y lluvias aéreas y subterráneas, reventilación, de gas y contraincendios interior y exterior de cada bloque, garitas si da a lugar y las obras exteriores que conforman el proyecto.
3 El contratista realizará la investigación previa sobre las normas y redes existentes, tanto de agua potable, como de aguas negras, lluvias, gas y contraincendios más próximas al proyecto, en las empresas públicas prestadoras del servicio y el cuerpo de bomberos del municipio, así como los permisos para vertimientos.
4 El contratista deberá presentar los respectivos diseños y cálculos ante dichas entidades para obtener la respectiva aprobación y permisos de conexión definitiva.
5 Consultar las normas y recomendaciones técnicas relativas a las redes de conducción de gas, desde el punto de almacenamiento (tanque principal y/o acometida), hasta los puntos de servicios localizados en cocina, cafetería y cocinetas que lo requieran.
6 En caso de no existir redes en la zona inmediata del predio o carencia de estas en la ciudad, el contratista debe realizar los diseños hidráulico, sanitario, pluvial y estructural para las redes matrices de los sistemas de acueducto, alcantarillado de aguas residuales y alcantarillado de aguas lluvias incluidos los sistemas de tratamiento según el plan maestro aprobado para el proyecto, de conformidad con el RAS/2000, Resolución 0330 de 2017, NTC 1500 Cuarta Actualización y demás normas y reglamentos que lo aclaren, amplíen o modifiquen, y contener entre otras como mínimo la siguiente información:
7 Evaluar el consumo y gasto de los servicios indicados, para lo cual se debe tener en cuenta los manuales de diseño y los consumos para los diferentes bloques o edificios que conforman el proyecto.
8 Diseño y cálculo de acometidas de red principal hidráulica y distribución interior por cada bloque y garita si da a lugar.
9 Diseño y cálculo de acometidas a red principal, ventilación y reventilación interior, colectores finales de aguas negras y lluvias (secundarios).
10 Topografía complementaria para las obras hidráulicas y sanitarias a diseñar, incluyendo además el diseño de la conducción desde la fuente hasta el proyecto, del entorno propio de las construcciones y vías del proyecto, con planimetría, altimetría, perfiles topográficos y topografía en detalle.
11 Diseño de las obras de captación y cálculo de los equipos de bombeo.
12 Estudios y diseños necesarios para la captación de agua, en caso que la localidad no pueda suministrarla por el sistema de acueducto (fuentes superficiales, Bocatomas, redes de conducción, pozos o aljibes y/x xxxxxxx profundas, hasta la entrega para el tratamiento).
13 Dimensionamiento y diseño de la fuente de abastecimiento, reservorio de abastecimiento de agua cruda y agua potable, para utilización durante los periodos de sequía, con una capacidad de reserva de acuerdo a las normas aplicable para edificaciones de uso institucional.
14 Diseño de una unidad de tratamiento del agua para consumo, de acuerdo con la demanda del proyecto, si se requiere.
15 Diseño de la red matriz de impulsión de agua cruda y agua tratada hasta el reservorio de tanques altos y bajos del sistema de acueducto, en caso de requerirse por inexistencia de en la localidad donde se construirá el proyecto.
16 Diseño de los tanques de almacenamiento de agua tratada con capacidad máxima de almacenamiento para 3 días, distribuidos entre en tanque subterráneo y los tanques elevados, en el porcentaje que arroje el diseño de conformidad con el número de hombres que utilizan los diferentes bloques o edificaciones del proyecto.
17 Diseño de la estación de bombeo del tanque bajo, sistema y tanques elevados, del agua tratada, con el empleo de Equipos de Presión, para mantener de forma constante el suministro de agua potable y el sistema contraincendios interior y exterior del proyecto, optimización de la propuesta.
18 Diseño y cálculo de la red de distribución matriz exterior e interior de acueducto por cada bloque que conforma el proyecto.
19 Diseño de las redes de alcantarillado matriz exterior de agua residual del proyecto calculando los caudales reales por aparatos sanitarios instalados.
20 Diseño y dimensionamiento xx xxxxx, cámaras de caída, cajas de inspección y caissons necesarios para el trazado de las redes matrices en los regímenes de diseño.
21 En caso de que las ciudades y Municipios, no cuenten con sistema de evacuación de aguas servidas, diseñar la red de alcantarillado sanitario de conducción hasta la planta de tratamiento de aguas residuales y de allí a la entrega final xx xxxxxx de infiltración y/x xxxxxxx superficiales de agua.
22 Diseño y Dimensionamiento de la planta de tratamiento de aguas residuales según los requerimientos de la Empresa prestadora del servicio público y demás autoridades ambientales, teniendo en cuenta todas las normas vigentes para el vertimiento de aguas residuales tratadas.
23 Diseño de la estructura para el manejo de vertimiento de aguas residuales (grises y negras según sus características y clasificación de las mismas) tratadas.
24 Diseño del drenaje superficial para el dimensionamiento del alcantarillado de aguas lluvias.
25 Diseño de las redes de alcantarillado de aguas lluvias del proyecto.
26 Diseño de las redes de alcantarillado pluvial de conducción hasta los vertimientos finales a los cuerpos de agua aceptados por la corporación autónoma regional correspondiente.
27 Diseños estructurales para todos los elementos que resulten de los diseños hidráulicos y sanitarios anteriormente mencionados.
28 Diseño y cálculo para la implementación de sistemas de reutilización y/o recirculación de aguas lluvias y grises, los cuales incluyen desde la captación, almacenamiento, tratamiento y distribución.
29 Diseño y cálculo de la red de gas propano y/o gas natural interior y exterior por cada bloque que conforma el proyecto.
30 Diseño y cálculo del sistema o red contraincendios interior y exterior, por cada bloque o edificio que conforma el proyecto, (Consultar requisitos para obtener aval del cuerpo oficial de las Ciudades y Municipios, si se requiere).
NORMATIVIDAD
Los diseños y cálculos se ejecutarán de acuerdo con la normatividad vigente, establecida por las entidades prestadoras de los servicios públicos referidos y el honorable cuerpo de bomberos de las ciudades y Municipios, la entidad ambiental competente y toda aquella que para tal efecto regule su ejecución.
PLANOS Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
La interventoría deberá revisar, verificar y avalar los planos y documentos que a continuación se relacionan, una vez sean entregados por el contratista:
1 Memorias de cálculo y diseño de las redes y equipos hidráulicos de agua potable y contraincendios, sanitarias de aguas servidas y lluvias y de gas interior y exterior de cada bloque, garitas y obras exteriores (urbanismo) que conforman el proyecto, en original y dos copias en papel tamaño carta y medio magnético.
2 Memorias y cálculo hidro-sanitario para la implementación de los sistemas de la reutilización de aguas grises y lluvias en original y dos copias en papel tamaño carta y medio magnético.
3 Planos e isométricos de las redes hidráulicas de agua potable y contraincendios, alcantarillado de aguas negras y lluvias y de gas interior y exterior de cada bloque, garita y obras exteriores que conforman el proyecto, incluidos detalles específicos por red y de construcción en original y dos copias en papel rebordeado y medio magnético, debidamente firmados por el consultor y el proyectista hidro- sanitario RCI y de gas.
4 Planos de detalles cuarto de equipos y de los equipos hidráulicos (Sistema de agua potable, reutilización y red contra incendio).
5 Memorial de responsabilidad civil en original y dos copias tamaño carta.
6 Trámite de presentación y aprobación de los diseños de las redes hidro-sanitarias, gas y contraincendios interior y exterior por parte de las empresas públicas prestadoras de los servicios referidos y el honorable cuerpo de bomberos de las Capitales y Municipios (contraincendios), así mismo, entrega de los planos aprobados por entidades.
7 Memorias de cantidades de obra.
8 Especificaciones técnicas de obra.
9 Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
10 Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE LA INTERVENTORÍA A LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE AL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
Corresponde a la interventoría realizar el seguimiento, verificación y aval, al trámite que realizará el contratista para la actualización del Plan de Manejo Ambiental o permisos ambientales requeridos por la autoridad ambiental competente, según corresponda; realizar los trámites, la aprobación y/o actualización ante las entidades competentes y prestadoras de servicios públicos en las Ciudades y Municipios, según corresponda.
PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS DISEÑOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS
A continuación se relaciona el persona mínimo que deberá hacer parte del equipo de trabajo de la interventoría para la actualización de los diseños y estudios técnicos y el porcentaje y dedicación , así:
PERSONAL PROFESIONAL -TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO – CONSULTORÍA
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | % DEDICACIÓN | |
D | % | ||
1 | DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL) | 1 | 100% |
2 | DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO) | 1 | 100% |
3 | INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑO ESTRUCTURAL | 1 | 40% |
4 | ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA CON MAESTRÍA O MAGISTER EN ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA Y SOSTENIBILIDAD, O ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA O BIOCLIMATISMO | 1 | 40% |
5 | INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES HIDROSANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR. | 1 | 50% |
6 | INGENIERO ELECTRICISTA DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES ELÉCTRICAS DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN INTERIOR Y EXTERIOR, APANTALLAMIENTO, VOZ Y DATOS | 1 | 50% |
7 | INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA EJECUTOR DE ESTUDIOS DE SUELOS O GEOTECNIA | 1 | 20% |
8 | INGENIERO TOPÓGRAFO O INGENIERO CATASTRAL Y GEODESTA DE INTERVENTORÍA | 1 | 20% |
Nota: para efectos de revisión, la experiencia del personal profesional se verificará mediante los criterios de verificación técnica establecidos en el Anexo No.4 del presente proceso, de la siguiente manera:
Formato No. 4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL).
Formato No. 5 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO).
Formato No. 6 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑO ESTRUCTURAL
Formato No. 7 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA MAGISTER EN ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA Y SOSTENIBILIDAD, O ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA O BIOCLIMATISMO
Formato No. 8 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES HIDROSANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR
Formato No. 9 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO ELECTRICISTA DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES ELÉCTRICAS DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN INTERIOR Y EXTERIOR, APANTALLAMIENTO, VOZ Y DATOS.
Formato No. 10 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA EJECUTOR DE ESTUDIOS DE SUELOS O GEOTECNIA.
Formato No. 11 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO TOPÓGRAFO O INGENIERO CATASTRAL Y GEODESTA DE INTERVENTORÍA.
El personal de interventoría que por fuerza mayor deba ser reemplazado durante la ejecución del contrato, tendrá que ser sustituido por otro que reúna las mismas o superiores calidades y experiencia, previa aprobación interventoría y la entidad contratante (FCP)
2.3. OBLIGACIONES
2.3.1. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
1. Allegar en los plazos establecidos, los documentos requeridos para el inicio del contrato.
2. Ejecutar idóneamente el objeto del contrato, para lo cual deberá desarrollar todas las actividades previstas en el ANEXO TÉCNICO el cual hace parte integral del contrato.
3. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones.
4. Cumplir con el objeto del contrato, con plena autonomía técnica y administrativa, teniendo la responsabilidad logística, operativa y de personal para la prestación del servicio contratado, sin que genere relación laboral, ni prestaciones sociales entre el CONTRATISTA y el Consorcio Fondo Colombia en Paz 2019, vocero y administrador del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz –
P.A. -FCP; y ningún otro tipo de costo distinto al valor del contrato.
5. Comunicar oportunamente al supervisor del contrato las circunstancias surgidas en desarrollo de este, que puedan afectar el objeto, la estabilidad o el correcto cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera sea la causa u origen, y sugerir a través de comunicaciones escritas las posibles soluciones.
6. Participar en las reuniones que se convoquen por parte de la supervisión del contrato.
7. Cumplir en su totalidad con las condiciones técnicas, económicas, comerciales, de calidad y especificidad ofrecidas en la propuesta presentada, la cual hará parte integral del contrato.
8. Corregir de manera oportuna cualquier falla o error que se cometa en la ejecución del objeto contractual.
9. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión de la ejecución del objeto contractual.
10. Atender las sugerencias y condiciones establecidas por la supervisión del contrato.
11. Suscribir las actas e informes de ejecución y desarrollo del contrato a que haya lugar, de conformidad con los manuales del PA-FCP, las indicaciones del Supervisor o los anexos que hacen parte integral del presente documento.
12. Cumplir las correspondientes obligaciones tributarias en los términos xx Xxx, así como atender los requerimientos legales, contables, tributarios que el PA-FCP requiera para su trámite interno o para órganos externos y de control.
13. Constituir las garantías en los términos establecidos en el Manual de Contratación Vigente del FCP y mantener actualizadas las vigencias y el monto de los amparos de las garantías expedidas con ocasión de la suscripción del contrato, teniendo en consideración plazo de ejecución, valor, suspensiones y demás modificaciones que afecten su vigencia o monto.
14. Acreditar la afiliación de sus trabajadores o contratistas al Sistema de Seguridad Social, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y mantener indemne al PA-FCP de cualquier reclamación.
15. Presentar cuenta de cobro o factura al PA-FCP en las fechas convenidas.
16. Indemnizar y/o asumir la responsabilidad de todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros que le sean imputable al CONTRATISTA, por causa o con ocasión al desarrollo del contrato.
17. Acreditar, encontrarse al día con el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y demás aportes que apliquen conforme al Sistema de Seguridad Social.
18. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho, e informar inmediatamente al PA-FCP y demás autoridades competentes cuando se presenten tales peticiones o amenazas.
19. Con la firma del contrato EL CONTRATISTA autoriza al PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP para el manejo de datos personales de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, el Decreto 886 de 2014 y demás normas que la regulan, adicionen o modifiquen.
20. Conocer, aplicar y mantenerse actualizado de los diferentes manuales y reglamentos del CONTRATANTE (FCP), que se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria la Previsora S.A. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xxxxxxxx-xx-xxx/x en el medio idóneo de publicidad que disponga el fideicomitente del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil (DAPRE). Sin limitarse al Manual de Contratación del FCP, el Manual Operativo del FCP, el Manual de Supervisión y los Reglamentos.
21. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato y que garanticen su cabal cumplimiento, así como las que sean acordadas entre las partes.
2.3.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:
1. Ejercer el control, vigilancia, y seguimiento técnico, administrativo, financiero y jurídico para garantizar el cumplimiento del objeto contractual, de acuerdo a los bienes o servicios entregados por el contratista.
2. Estudiar y conocer la totalidad del contrato objeto de la interventoría, sus anexos y documentos preliminares.
3. Verificar la expedición y vigencia de las garantías exigidas en el contrato, así como las derivadas de las ampliaciones o modificaciones al contrato y sus aprobaciones por parte del administrador fiduciario.
4. Ejercer control y vigilancia sobre el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, de manera adecuada y responsable en todo el transcurso de la ejecución.
5. Solicitar al contratista la presentación de los informes de ejecución del contrato con el contenido y periodicidad establecidos en el contrato.
6. Realizar periódicamente el monitoreo, medición y reporte del cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) que se establezcan en los procesos de selección, los contratos o durante el desarrollo de estos definidos de mutuo acuerdo entre el supervisor o interventor y el contratista.
7. Establecer penalizaciones y descuentos por el incumplimiento de los ANS pactados, los cuales deben ser proporcionales a la afectación y valor del servicio.
8. Reportar al FCP las novedades y/o incumplimientos de los ANS que se generen en desarrollo del contrato, con los respetivos soportes.
9. Verificar en todo momento que el contratista mantenga el personal profesional, técnico, operativo y administrativo de acuerdo con los perfiles incluidos en las ofertas, establecidos en el contrato y/o en los anexos correspondientes del proceso; establecer o verificar el cumplimiento del plazo para los cambios a que haya lugar, y verificar en caso de cambios de personal el cumplimiento de los perfiles respectivos.
10. Realizar evaluación de los bienes o servicios de manera previa a la finalización de los trabajos, e indicar al contratista los faltantes o deficiencias encontradas, con el fin que los mismos sean subsanados dentro del plazo de ejecución del contrato.
11. Inspeccionar y controlar la calidad de los bienes y/o los servicios contratados verificando el cumplimiento de los requisitos previstos en las normas técnicas obligatorias, así como las características y especificaciones estipuladas en el contrato.
12. Controlar el avance del contrato de acuerdo con los cronogramas de ejecución establecidos, exigiendo el desarrollo de los trabajos en las fechas programadas y controlando en forma permanente su avance.
13. Verificar que el contratista haya realizado los trámites ante las entidades municipales que se requieren para el oportuno cumplimiento del contrato.
14. Realizar seguimiento y control a los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas, cuando aplique.
15. Recibir los bienes y/o los servicios contratados dentro de los términos señalados, verificando que las mismas cumplan con lo establecido respecto de sus especificaciones y características estipuladas en el contrato.
16. Verificar el pago por parte del contratista de los salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social integral así como de parafiscales de acuerdo con la normatividad vigente aplicable a la materia.
17. Revisar y aprobar las cuentas de cobro o facturas de venta presentadas por el contratista.
18. Autorizar los pagos a realizar al contratista, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones y soportes establecidos para cada uno de ellos en el contrato.
19. Expedir el recibo a satisfacción del objeto contratado como requisito previo para efectuar el pago final al contratista.
20. Efectuar acompañamiento al contratista, durante el desarrollo y ejecución del contrato, suministrando toda la información que se requiera para la correcta ejecución de este.
21. Informar por escrito al contratista las observaciones o recomendaciones que estime oportunas y procedentes, debiendo impartir las órdenes perentorias que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, sin que ello implique modificación al objeto, valor o plazo contractual. Las copias de estas comunicaciones deberán ser allegadas al Fondo Colombia en Paz.
22. Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo y ejecución contractual a los contratistas.
23. Estudiar las reclamaciones, sugerencias y consultas que formule el contratista, darles respuesta, recomendar soluciones y vigilar que las mismas se atiendan dentro del término establecido.
24. Dar traslado inmediato al FCP sobre las solicitudes y peticiones que le haga el contratista en relación con el desarrollo del contrato, así como de las peticiones al FCP que impliquen decisiones que supongan reconocimiento o autorización de actividades que generen gastos distintos a los contemplados en los contratos, junto con su concepto.
25. Actuar como interlocutor de las relaciones entre el contratista, las Entidades Ejecutoras y las diferentes dependencias que conforman el FCP, sin perjuicio de que estas puedan hacerlo de forma directa.
26. Atender las solicitudes y acatar las instrucciones, recomendaciones y citaciones que el FCP realice en función de la correcta ejecución del contrato, así como en la etapa de liquidación del mismo.
27. Atender las visitas de entes de control y demás entidades, así como generar los informes que sean requeridos por estas.
28. Informar oportunamente al FCP sobre los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato.
29. Atender los requerimientos realizados por el administrador fiduciario y los entes de control dentro de los términos que se establezcan para ello, so pena de incurrir en incumplimiento de sus obligaciones.
30. Generar y ejecutar las acciones correctivas y de mejoramiento sobre las observaciones, hallazgos y recomendaciones identificados por el administrador fiduciario, entes de control y auditorias que se adelanten al FCP.
31. Las demás obligaciones relacionadas con la supervisión y/o interventoría de los contratos, o con la naturaleza especial de los mismos.
32. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas.
33. Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentre bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular y responderá civil, penal y disciplinariamente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero se cause a la Administración o a terceros.
2.3.2.1. EN RELACIÓN CON LOS INFORMES
1. Solicitar al contratista los informes de avance de ejecución del contrato tanto periódicos como finales y aprobarlo de manera expresa y escrita, siendo responsable de la verificación de su contenido y calidad.
2. Elaborar y presentar los informes sobre el estado, avance y cumplimiento de las obligaciones contractuales para verificar la correcta gestión del contrato como mínimo de manera mensual, salvo disposición contractual diferente.
3. Cuando se requieran modificaciones contractuales, elaborar el concepto técnico, jurídico y financiero en el que se indiquen las razones que fundamentan la solicitud de modificación, así como elaborar el informe de las condiciones del contrato a la fecha de la solicitud.
4. Cuando se requiera el cambio del interventor elaborar el informe de entrega que contenga todos los aspectos técnicos, financieros, contables, jurídicos y demás aspectos de relevancia en la ejecución contractual.
5. Suministrar la información, aclaraciones o explicaciones que el FCP, los entes de control y demás entidades realicen.
2.3.2.2. EN CASO DE SUSPENSIONES Y REINICIO DE CONTRATOS
1. Analizar la viabilidad de las solicitudes de suspensión que requiera el contrato objeto de supervisión o interventoría, y elaborar el correspondiente concepto técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico.
2. Remitir la solicitud de suspensión a la entidad ejecutora junto con los documentos soporte, estableciendo el plazo de la suspensión y la fecha de reinicio de la ejecución, así como el informe de las condiciones del contrato a la fecha de la solicitud.
3. Verificar y obtener los soportes documentales mediante los cuales el contratista informe a la compañía de seguros garante del contrato la suspensión.
4. Verificar la procedencia del reinicio del contrato y la cesación de las causales que originaron la suspensión.
5. Tramitar con el contratista la suscripción del acta de reinicio, solicitar al contratista el ajuste de las garantías del contrato y verificar la aprobación del FCP de las mismas.
6. En el evento de persistir las causales que dieron origen a la suspensión del contrato, informar a la entidad ejecutora, para la realización de las actividades aplicables para este tipo de trámites.
2.3.2.3. EN CASO DE CESION DE CONTRATOS
1. Analizar la idoneidad del cesionario propuesto por el contratista cedente o por la entidad ejecutora, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos inicialmente previstos y exigidos; emitir concepto al respecto para la entidad ejecutora y para el FCP y presentar el informe de las condiciones del contrato a la fecha de la solicitud.
2.3.2.4. EN CASO DE ADICIONES, PRORROGAS Y OTRAS MODIFICACIONES
1. Analizar la viabilidad de la solicitud de modificación contractual que requiera el contrato objeto de supervisión o interventoría, elaborar el correspondiente concepto técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico y presentar el informe de las condiciones del contrato a la fecha de la solicitud.
2. Verificar y certificar que la adición al valor del contrato responde a causas exógenas que obligan a incrementar el valor del mismo, en el evento en que la misma no se derive del incremento de las actividades contratadas.
3. Solicitar a la Entidad Ejecutora, con la anticipación que permita desarrollar las gestiones establecidas en el Manual de contratación del FCP, las modificaciones que requiera el contrato.
4. Verificar la aprobación y legalización del otrosí que autorice las modificaciones, así como la aprobación del FCP de las garantías exigidas en el contrato.
2.3.2.5. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO
1. Informar de manera justificada y soportada al FCP una vez se evidencien alertas de presuntos incumplimientos por parte del contratista, y recomendar las acciones para su mitigación. Estos informes deberán contener el detalle de las actividades adelantadas por la supervisión cuando se presentó la situación que derivó el presunto incumplimiento.
2. Informar y conceptuar oportunamente al FCP los atrasos y los incumplimientos totales o parciales que se presenten en la ejecución de los contratos, y que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, multas, cláusulas penales, avisos de circunstancias a la aseguradora, arreglos directos o aplicación de descuentos por no cumplimientos de ANS.
3. Solicitar al FCP la aplicación de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento a los contratistas y aportar las pruebas oportunas, pertinentes y necesarias
4. Apoyar, conceptuar y definir los diferentes aspectos relativos a la atención de reclamaciones contractuales al FCP y acompañamiento en las solicitudes de conciliación, demandas y/o mesas de arreglo directo que se originen con ocasión del contrato objeto de supervisión o interventoría, independientemente de su estado contractual, presentando los informes que se le requieran, actualización de estos y los soportes documentales que correspondan.
2.3.2.6. EN RELACIÓN CON LA LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS
1. Elaborar el cronograma de la liquidación con anticipación a la fecha de finalización del contrato.
2. Adelantar los trámites necesarios para la liquidación del contrato.
3. Elaborar y presentar el informe final de supervisión o interventoría. En caso de que se requiera, complementar y/o aclarar la información que sea solicitada por el FCP una vez se revise el informe final de supervisión o interventoría.
4. Suministrar la información necesaria para soportar el acta de liquidación dentro del término pactado en el contrato.
5. Suscribir las actas de liquidación de los contratos, según aplique, en el plazo previsto en el mismo o en el Manual de Contratación del FCP.
2.3.2.7. EN RELACIÓN CON RECLAMACIONES AL CONTRATISTA
1. Informar por escrito al contratista las reclamaciones a que haya lugar, estableciendo un plazo para la respuesta, y controlar la recepción de esta.
2. Adelantar reunión con el contratista de la cual se levantará un acta que deberá contener los asuntos reclamados, la respuesta a los mismos, los acuerdos parciales o totales logrados y las posiciones sobre los desacuerdos.
2.3.2.8. EN RELACIÓN CON LOS SOPORTES DOCUMENTALES
1. Formalizar sus comunicaciones por escrito y radicarlas en las oficinas del FCP, por los medios dispuestos, con el fin de que reposen en el expediente contractual.
2. Elaborar las actas que surjan en desarrollo del contrato (comités, acuerdos, convenios, etc.), las cuales deberán ser numeradas en forma consecutiva y fechadas.
3. Remitir al FCP copia la totalidad de los documentos relacionados con las reclamaciones efectuadas al contratista oportunamente.
4. Custodiar los documentos con sus respectivos soportes hasta su remisión al FCP, que se generen en desarrollo de la supervisión o interventoría.
5. Remitir la documentación de la ejecución de cada contrato al FCP para su incorporación en el expediente contractual, tal como informes, actas, listas de asistencia de reuniones, ayudas de memoria y todos aquellos que se hayan expedido durante la ejecución contractual, los cuales deberán encontrarse
debidamente suscritos, fechados y diligenciados, la remisión de dicha información debe hacerse junto con el informe periódico y final establecido en el contrato o convenio.
2.3.3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EJECUTORA
1. Poner a disposición de la entidad contratante FCP, la consultoría inicial de los diseños y estudios técnicos, que se requieren para la ejecución y entrega del objeto contratado.
2. Prestar colaboración y acompañamiento técnico necesario a la unidad contratante FCP, durante el desarrollo del contrato para que se cumpla satisfactoriamente el objeto contractual, de conformidad con los términos establecidos en los Manuales y Procedimientos del Fondo Colombia en Paz y cumplir las estipulaciones en ellos.
3. Designar un personal idóneo para ejercer el cargo de supervisor técnico de la interventoría, quien en ejercicio de sus funciones, tendrá las obligaciones establecidas en los manuales y reglamentos que para el efecto adopte el FCP.
4. Informar oportunamente, en coordinación con la interventoría a la entidad contratante FCP los requerimientos y trámites respectivos para la afectación de las garantías, incumplimientos, pagos y demás situaciones que se evidencien durante el proceso de contratación.
5. Prestar la colaboración necesaria en coordinación con la interventoría, para que el contratista satisfaga plenamente el objeto contractual.
6. Realizar el seguimiento a la ejecución contractual del contrato de interventoría, de conformidad con los manuales y procedimientos del Fondo Colombia en Paz y cumplir con las estipulaciones establecidas en ellos.
7. Exigir a la interventoría la ejecución idónea y oportuna de las obligaciones del contratista establecidas en el contrato, sin perjuicio de las obligaciones propias del interventor.
2.3.4. OBLIGACIONES DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ – P.A.- FCP:
1. Realizar los pagos requeridos dentro de la ejecución contractual, de conformidad con las instrucciones impartidas por cada uno de los supervisores y/o la interventoría, designado por la entidad ejecutora.
2. Suministrar la información y documentación que se requiera por parte de los supervisores y/o interventoría de las entidades ejecutoras, a efecto de que sirva como un instrumento de seguimiento a la ejecución contractual, así como para adelantar la liquidación de los mismos, en caso de aplicar.
3. Todas las demás que se deriven en relación con el objeto del contrato y las exigencias legales que surjan dentro de la ejecución de este.
2.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El valor estimado del presente proceso corresponde a la suma de CIENTO DIECIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOS PESOS ($118´165.002, 00) sin embargo el valor del contrato será el de la oferta seleccionada sin que este supere la suma del presupuesto oficial para esta contratación.
2.5. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El presente Análisis Preliminar con las condiciones contractuales y los Anexos están sometidos a la legislación colombiana en el régimen de la contratación privada, contenido en el Código Civil y el Código de Comercio, y demás normas aplicables a la materia, así como al Manual de Contratación del PA- FCP y a las aclaraciones y documentos que se expidan con ocasión de los procedimientos de selección.
El Análisis Preliminar con las condiciones contractuales están sujetos al cumplimiento de los principios de la función administrativa y de la Gestión Fiscal, consagrados en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política,
al Régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en los artículos 8 de la Ley 80 de 1993, artículos 13; 15 y 18 de la Ley 1150 de 2007, artículos 1 y 4 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes, en virtud de lo normado en el artículo primero del Decreto Ley 691 de 2017, decreto de creación del Fondo Colombia en Paz.
2.6. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Para la presente contratación procede la modalidad Convocatoria Abierta en virtud de lo dispuesto en el numeral
9.5.1.1 del Manual de Contratación del FCP y cuyo texto establece: “Modalidad de contratación competitiva en la que pueden presentar ofertas todas las personas naturales o jurídicas que cumplan las condiciones de la respectiva convocatoria, para la contratación de bienes o servicios que requieran las entidades ejecutoras.” y el numeral 9.5.1.2 del precitado manual, el cual establece: “Procedencia Es la regla general de selección, salvo que se justifique la Contratación por Convocatoria Cerrada o se encuentre enmarcada dentro de las causales de la Contratación Directa”.
2.7. ADENDAS
Los plazos y etapas podrán ser modificados antes de su vencimiento, así como las condiciones establecidas en el presente Análisis Preliminar, Anexos y/o documentos, por parte del PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP.
2.8. SOLICITUD DE ACLARACIONES Y MODIFICACIÓN AL ANÁLISIS PRELIMINAR
Podrán solicitarse aclaraciones o modificaciones respecto del contenido en este Análisis, mediante solicitud escrita dirigida al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Las solicitudes de aclaración SÓLO se podrán realizar hasta la fecha prevista en el cronograma contenido en el presente documento para el cierre del proceso.
2.9. SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
De conformidad con lo estipulado en el Manual de contratación del Fondo Colombia en Paz, el Administrador Fiduciario podrá suspender temporalmente el proceso de selección, en cualquier momento e instancia de este.
2.10. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz P.A.-FCP se reserva el derecho de dar por terminado el proceso de selección, antes de la fecha y hora prevista para presentar las ofertas, sin que ello implique responsabilidad o la obligación de realizar algún pago u acto en favor de Los PROPONENTES interesados en el presente proceso.
La anterior condición se entenderá aceptada por Los PROPONENTES con la presentación de la oferta, con lo cual renuncian a presentar contra del PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ P.A.-FCP y FIDUPREVISORA S.A. como Vocera y Administradora de este, cualquier acción judicial, reclamación administrativa o demanda, en virtud de lo dispuesto anteriormente.
2.11. NO INTERFERENCIA
El PROPONENTE no podrá interferir en el proceso de estudio, evaluación de las propuestas y asignación (aceptación de oferta). Se entiende como interferencia las llamadas telefónicas, solicitud de citas o visitas a los empleados del PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP o personas vinculadas a la ENTIDAD EJECUTORA que intervienen o participan en el proceso con el fin de tratar temas relativos a su oferta, las acciones tendientes a obtener información del avance del análisis y evaluación de las propuestas presentadas o cualquier conducta que tienda a influenciar o entorpecer el resultado del proceso, o que tienda a lograr un favorecimiento con ocasión del presente proceso contractual. De presentarse alguna de las situaciones descritas, la oferta presentada será RECHAZADA.
2.12. COSTOS DERIVADOS DE LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis del presente proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el proceso están a cargo de Los PROPONENTES interesados por su propia cuenta, riesgo y patrimonio.
2.13. RECIBO DE LAS OFERTAS
Los PROPONENTES deberán presentar la propuesta en forma digital, junto con los documentos que la conformen, dentro del plazo (fecha y hora) señalada en el cronograma del presente Análisis Preliminar teniendo en cuenta las condiciones, parámetros y medio tecnológico y/o digital establecidos por el P.A. FCP en el instructivo de presentación de propuesta.
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/0000/00/XXX_XXX_000_-XXXXXXXXXXX-XX- PRESENTACIO%CC%81N-DE-PROPUESTA-CAPI%CC%81TULO-DE-EXCEPCIONES.pdf
2.14. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y SOLICITUD DE ACLARACIONES
La verificación y evaluación de las ofertas formalmente presentadas se efectuarán dentro del plazo previsto en el cronograma establecido por el PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP, de conformidad con los criterios y factores contemplados en el análisis preliminar.
Dentro del término antes mencionado o por fuera de este, el PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP podrá solicitar aclaraciones sobre algunos puntos de las ofertas, sin que por ello el PROPONENTE pueda adicionar, mejorar o modificar las condiciones técnicas y/o económicas de su propuesta. En tal evento, el FCP podrá prorrogar el plazo de evaluación con el fin de garantizar la selección objetiva y el cumplimiento de los principios generales de transparencia y buena fe contractual.
2.15. QUIENES PODRÁN PARTICIPAR
Podrán participar en la presente convocatoria las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta (consorcios o uniones temporales), que cumplan las condiciones establecidas en el presente documento.
Se entiende por Proponente, quienes presenten propuesta como: 1. Persona Natural 2. Persona Jurídica y 3. Consorcio o Unión Temporal; nacionales o extranjeras. No se considera proponente a los integrantes del Consorcio o Unión Temporal de manera individual.
2.16. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El P.A. FCP bajo la plataforma OneDrive garantizará el recibo de las propuestas por parte de los interesados en las convocatorias adelantadas, de la siguiente manera:
1. Comunicación bajo el formato denominado Radicación Digital de Propuesta (ver anexo No. 1) en archivo PDF (no cifrado), donde se indique:
a. Que la propuesta es dirigida al PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ.
b. Identificación del proceso (convocatoria abierta o cerrada y número y año de la misma).
c. Nombre o razón social del proponente.
d. Nombre del representante legal o persona facultada para presentar la propuesta.
e. Dirección y domicilio del proponente.
f. Números de teléfono fijo y celular del proponente.
g. Correo electrónico
h. Autorización para participar en el acto de apertura de propuestas y cierre del proceso
2. Archivo comprimido, bajo un archivador de ficheros que incluya la totalidad de la documentación exigida en el análisis preliminar del respetivo proceso.
De la anterior documentación el proponente deberá cifrar en un solo archivo en formato PDF, al menos la siguiente información:
1. Carta de presentación de la propuesta
2. Documento de conformación consorcial o unión temporal
3. Copia del Registro Único Tributario (si aplica)
4. Garantía de seriedad de la propuesta
5. Oferta Económica
El cifrado debe ser efectuado bajo el programa denominado Kleopatra, para lo cual deberá tener en cuenta los lineamientos técnicos establecidos en el instructivo de presentación de las propuestas anexo a este documento.
La clave para la apertura del archivo cifrado solo será suministrada en la audiencia de apertura de propuestas y cierre del proceso, reglada más adelante.
Si un proponente aporta varios archivos, en diferentes horas o fechas, el P.A. FCP tomará como fecha y hora de radicación, la del último archivo cargado en la plataforma OneDrive, con fundamento en el registro (logs) de información que la misma plataforma emite. El contratista con su oferta acepta que la información arrojada por la plataforma OneDrive es el mecanismo idóneo de prueba para determinar la fecha y hora de presentación.
Con el fin dejar constancia de la fecha y hora del recibo de las propuestas en la plataforma OneDrive, la firma auditora del Fondo Colombia en Paz, dentro de la sesión de apertura de las propuestas y cierre del proceso, procederá a dar lectura de la información arrojada por la plataforma para cada una de las propuestas.
El proponente seleccionado deberá allegar la totalidad de los documentos en físico y original que fueron aportados durante todo el proceso de selección, mediante radicación en el local 108 y 109, piso 1, del Centro de Recursos de Información – CRI de Fiduciaria la Previsora S.A., ubicada en la Xxxxx 00 # 00-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X., dentro del término que para el efecto establezca el P.A. FCP en comunicación escrita. El incumplimiento de esta obligación reclamación de la póliza de garantía de seriedad de la oferta.
2.17. REGLAS PARA LA AUDIENCIA DE APERTURA DE PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO:
El P.A. FCP enviará a los correos electrónicos de contacto reportados por cada uno de los proponentes la invitación a la audiencia de apertura de las propuestas, la cual será realizada bajo la plataforma de comunicación vía web Skype Empresarial1.
Es responsabilidad de cada uno de los proponentes contar con los medios y herramientas tecnológicas suficientes para participar en la audiencia.
Teniendo en cuenta que el archivo contentivo de la propuesta es enviado sin la clave de acceso, ésta será solicitada a los proponentes por parte del representante del Administrador Fiduciario del P.A. FCP dentro de la audiencia de apertura de las propuestas y cierre del proceso, con el fin de y proceder con la validación y lectura de la información.
Si el representante legal o persona facultada para participar en la audiencia de apertura y cierre no asiste a la diligencia, no suministra la clave para la apertura del archivo cifrado, o la misma no permite su apertura, la propuesta se entenderá como no presentada.
Finalizada la audiencia de apertura de propuestas y cierre del proceso, el P.A. FCP remitirá vía correo electrónico a los invitados la constancia de la audiencia suscrita por el representante del Administrador Fiduciario del P.A. FCP, la cual contendrá la siguiente información para cada una de las propuestas presentadas:
a) Número interno del P.A. FCP asignado a la propuesta.
b) Nombre de quien presenta la propuesta.
c) Nombre o razón social del proponente y en caso de proponentes plurales, la discriminación de los integrantes de la figura asociativa, junto con el porcentaje de participación de cada uno.
d) Número de identificación Tributaria del proponente (si aplicar).
e) Forma de presentación de la oferta (cifrada) y contenido.
f) Número de la póliza de Garantía de Seriedad de la Propuesta, valor total asegurado, compañía aseguradora y vigencia de la misma.
g) Valor de la oferta económica.
h) Xxxxx y hora de recepción de la propuesta.
i) Observaciones (en caso de aplicar), así como los demás aspectos relevantes.
2.18. PROPUESTA DE PROPONENTES PLURALES
Podrán presentar propuesta directamente o a través de apoderado, los proponentes plurales, bien sea asociados mediante Consorcio o Unión Temporal o cualquier forma de asociación legalmente aceptada en Colombia. Los integrantes del proponente plural deberán dar estricto cumplimiento a cada uno de los requisitos señalados para tal efecto en el presente capítulo.
Así mismo, sus integrantes, apoderados y representantes no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT o en la Lista Xxxxxxx.
2.19. IDIOMA
1 Microsoft retiro Skype Empresarial Online el 00 xx xxxxx xx 0000, xxx xx xxxxx, xx xxxxxxxxxx para el desarrollo de la audiencia será Microsoft Teams, la aplicación principal para comunicación y colaboración en Microsoft 365
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La propuesta y sus Anexos deben ser presentados en castellano.
Los documentos con los cuales los proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. La traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de apostille o consularización.
2.20. CONVERSIÓN DE MONEDAS
Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a ésta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: Primeramente según la tasa de conversión para la fecha xxx xxxxx fiscal y el dato oficial de la entidad que ejerza las funciones de banca central o estadístico de la moneda nacional del país de origen y que corresponda a la tasa representativa de dicho país respecto xxx xxxxx, y si ello no fuere posible por no existir estas entidades o las mismas no tengan datos de referencia y cambio a dólares, se usará el convertidor disponible en: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx/
Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros.
2.21. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior que presenten los proponentes deberán estar debidamente legalizados (Consularizados o apostillados) y traducidos al idioma castellano, caso que a ello hubiere lugar, como se explica a continuación:
Para efectos de legalización de documentos otorgados en el exterior se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución 1959 de 2020 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de apostillas y de legalizaciones de documentos”, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
De acuerdo con la Ley 14 de 1979 sobre Defensa del Idioma Español, y su Decreto Reglamentario 2744 de 1980, los documentos que hacen parte de una actuación oficial deberán estar escritos en idioma castellano. Aquellos expedidos en otro idioma deberán acompañarse con la correspondiente traducción oficial realizada por un traductor inscrito ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, en los términos descritos en el artículo 104 del Código General del Proceso.
Para consultar los traductores autorizados se debe acceder al siguiente link: xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxxx.
2.22. CONSULARIZACIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales.
Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Tratándose de documentos otorgados por países no miembros del Convenio de la Haya se dará aplicación a las disposiciones contenidas en el artículo 251 del Código de General del Proceso, esto es, para que los documentos extendidos en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx puedan apreciarse como prueba se requiere que obren en el proceso con su correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por un intérprete oficial o por traductor designado por el juez. En los dos primeros casos la traducción y su original podrán ser presentados directamente. En caso de presentarse controversia sobre el contenido de la traducción, el juez designará un traductor.
Los documentos públicos otorgados en país extranjero por funcionario de este o con su intervención, se aportarán apostillados de conformidad con lo establecido en los tratados internacionales ratificados por Colombia. En el evento de que el país extranjero no sea parte de dicho instrumento internacional, los mencionados documentos deberán presentarse debidamente autenticados por el cónsul o agente diplomático de la República de Colombia en dicho país, y en su defecto por el de una nación amiga. La firma del cónsul o agente diplomático se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, y si se trata de agentes consulares de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente del mismo y los de este por el cónsul colombiano.
Los documentos que cumplan con los anteriores requisitos se entenderán otorgados conforme a la ley del respectivo país.
2.23. APOSTILLE
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización, siempre que provenga de uno de los países signatarios de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite mediante el cual la autoridad competente del Estado de donde emana el documento certifica la autenticidad de la firma, a que título ha actuado la persona que firma el documento y cuando proceda la indicación del sello o estampilla que llevare.
Si la Apostilla está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
2.24. DOCUMENTOS PARA ACREDITAR TÍTULOS EN EL EXTERIOR
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior deberá acreditar en el término señalado en los presentes términos contractuales, la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
El Ministerio de Educación Nacional convalidará los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado.
Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. En el caso de profesiones legalmente reguladas que se pretendan ejercer temporalmente, para la ejecución del contrato, se debe presentar el permiso otorgado por la entidad que en Colombia regula la respectiva profesión, por ejemplo, para el caso de profesión de ingeniería el permiso temporal lo otorga el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA.
2.25. CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIONES
Toda la correspondencia, entendida esta como aquella documentación e información adicional, bajo el cual se presenta la propuesta y que se genere con ocasión del presente proceso de selección deberá ser enviada al correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
2.26. CONFIDENCIALIDAD DE LA PROPUESTA
Los proponentes deberán indicar en su propuesta cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la propuesta e información contenida en esta es pública.
2.27. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERÉS.
No podrán participar en este proceso de selección, quienes se encuentren en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en las Leyes 1150 de 2007 y 1474 de 2011, en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado.
En ningún caso una misma persona (natural o jurídica, nacional o extranjera) podrá presentar más de una propuesta para el presente proceso de selección. Tampoco podrán hacerlo las personas jurídicas nacionales o extranjeras, a través de una o más sociedades controladas o de sus matrices directa o indirectamente.
Los oferentes – Estructuras Plurales- y sus integrantes deberán declarar bajo la gravedad de juramento en la oferta que:
(i) No están incursos en causales contenidas en régimen de inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones legales; ni se encuentran incursos directamente, ni su equipo de trabajo y/o sus directivos en conflicto de intereses;
(ii) Que no se encuentran incursos en ninguna causal de disolución y/o liquidación;
(iii) Que no se encuentran reportados en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000;
(iv) Que no se encuentran reportados en el SIRI de la Procuraduría General de la Nación con sanción que implique inhabilidad vigente;
(v) Que no se encuentren reportados en el Sistema Nacional de Medidas Correctivas que implique inhabilidad vigente.
Dichas afirmaciones se entenderán confirmadas con la suscripción de la Carta de presentación de la propuesta.
2.28. REGLAS DE SUBSANABILIDAD DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
No se podrá rechazar una oferta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que acrediten su capacidad jurídica, técnica o financiera. Tales requisitos o documentos necesarios para la subsanación podrán ser requeridos por el Consorcio Fondo Colombia en Paz 2019, actuando como vocero y administrador del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA- FCP, en condiciones de igualdad para todos los proponentes hasta antes de la selección del contratista de conformidad con el cronograma del proceso de selección. y deberán ser entregados por los proponentes en el término indicado en el requerimiento, so pena de rechazo de la oferta. Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
De ser necesario el comité evaluador requerirá a los oferentes para aclarar las subsanaciones presentadas, sin que ello implique una modificación de esta, para ello establecerá un término perentorio de contestación so pena de rechazo.
CAPITULO III.
3. REQUISITOS HABILITANTES
Los requisitos habilitantes mínimos exigidos a los proponentes para participar en el proceso de selección son jurídicos, técnicos y financieros. Los documentos que se mencionan en este Capítulo son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en este proceso de selección. Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la habilitación se declarará “CUMPLE”, en caso contrario se declarará que “NO CUMPLE”.
Los oferentes deberán presentar los documentos que a continuación se relacionan con el propósito de que la propuesta sea habilitada, sin perjuicio que a falta de estos pueda subsanarse o actualizarse de acuerdo con los términos establecidos en el presente Análisis Preliminar, el Manual de Contratación del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA-FCP y demás documentos que lo complementan.
3.1. CAPACIDAD JURÍDICA
Los documentos que se mencionan en este acápite son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en este proceso de selección. Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la capacidad jurídica se declarará “CUMPLE JURÍDICAMENTE”. En caso contrario, se declarará que “NO CUMPLE JURÍDICAMENTE”
En el presente proceso pueden participar personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras de carácter público o privado o consorcios, uniones temporales o cualquier forma de asociación legalmente aceptada en Colombia que aquellas conformen, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
Los documentos jurídicos emitidos en el exterior se deberán adjuntar con la respectiva Consularización o Apostille, acompañados de traducción oficial al español.
Los proponentes y cada uno de sus integrantes, si son formas plurales, deberán:
1. Tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta en el presente proceso.
2. Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato que llegare a celebrase.
3. Para personas jurídicas tener como mínimo cinco (5) años de constitución con antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
4. Cumplir con la vigencia de la sociedad al momento de la presentación de la propuesta una vez se abra el proceso de selección, la cual no podrá ser inferior al plazo estimado del contrato y tres (3) años más y en todo caso, hasta su liquidación.
5. No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en la Ley 1150 de 2007, en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en la Ley 1474 de 2011 y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades e incompatibilidades.
6. No estar en un proceso de liquidación obligatoria.
7. No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000
8. No presentar sanciones que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
9. No estar reportado en el sistema de administración xx xxxxxx de activos y de la financiación del terrorismo.
10. No estar reportado en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC.
Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos o acreditarlos en forma individual,
sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Para efectos de acreditar los anteriores requisitos el proponente deberá aportar:
3.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. (ANEXO No. 1)
El proponente aportará una carta de presentación que deberá estar adjunta en su propuesta, foliada y firmada, anexando todos los documentos que se exigen para el estudio de la propuesta, deberá identificar claramente el sujeto jurídico que hace la propuesta; hacer un ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y manifestar el compromiso de acoger y respetar las reglas de este proceso de selección.
Esta deberá estar suscrita por el proponente que será el representante legal para personas jurídicas, o por el apoderado debidamente autorizado, evento en el cual se debe anexar el poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la propuesta.
Para facilitar este trámite, este documento dispone del formato para tal fin el ANEXO No. 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del PROPONENTE de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato.
NOTA: La vigencia de la oferta deberá ser como mínimo cuatro (04) meses, contados a partir del día del acto de cierre, igual que la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.
3.1.2. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL (ANEXO No. 2 ó No. 3 SEGÚN CORRESPONDA).
Se diligenciará de acuerdo con el modelo suministrado en el presente Análisis Preliminar, ANEXO No. 2 –
DOCUMENTO CONSORCIAL y ANEXO No. 3 - DOCUMENTO UNIÓN TEMPORAL, teniendo en cuenta lo
siguiente:
1. Nombre y domicilio de los constituyentes, acompañado de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte del proponente o visa de residente, de cada uno de los integrantes de la estructura plural y de su representante legal, según corresponda de acuerdo con la normatividad vigente. La contraseña expedida por la Registraduría Nacional del Servicio Civil se tendrá como documento válido en defecto de la cédula de ciudadanía y cédula de extranjería.
2. El objeto del consorcio o unión temporal, el cual deberá ser el mismo del objeto a contratar.
3. La designación de un representante que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal; igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva
4. Las personas jurídicas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en este Análisis Preliminar. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
5. El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal deberá ir acompañado de los documentos que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la
representación y capacidad necesarias (certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio, actas de Junta Directiva y poderes. Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia del acta de la Junta de Socios o Junta Directiva o, en su defecto, certificado del secretario de la Junta, según el caso, en el que conste que el representante legal está facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de ser seleccionado).
6. La indicación del domicilio de cada uno de los integrantes.
7. La indicación del domicilio de la figura asociativa.
8. La duración del consorcio o unión temporal deberá ser igual al plazo de ejecución del contrato y tres
(3) años más y en todo caso, hasta la liquidación del respectivo contrato.
9. La sumatoria del porcentaje de participación de Consorcios o Uniones Temporales no podrá ser diferente al 100%.
10. Será causal de RECHAZO, modificar durante la etapa del proceso los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.
11. Si el proponente es un Consorcio, sus integrantes presentan en forma conjunta la propuesta para la selección, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los mismos; por consiguiente, afectarán por igual a todos y cada uno de sus integrantes las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del Contrato. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo del PA FCP.
12. Si el proponente es una Unión Temporal, se indicará el porcentaje de participación y los términos y la extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del Contrato de cada uno de sus integrantes, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del Contrato se impondrán de acuerdo con la participación de cada uno de los integrantes en la unión temporal. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo del PA FCP. La extensión de la participación se indicará en función de las actividades a ejecutar en el proyecto.
13. Cuando en el documento de conformación del consorcio o de la unión temporal no se discriminen los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución de cada uno de sus integrantes, se entenderá que su participación es en porcentajes equivalentes. En consecuencia, en caso de sanciones, el PA FCP las aplicará por igual a todos los integrantes.
La propuesta será considerada como NO CUMPLE cuando no se presente el documento de constitución del consorcio o unión temporal, o cuando habiéndose presentado no cuenta con el lleno de los requisitos enunciados en los literales anteriores. No obstante, el contenido de dicho documento podrá ser modificado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales, es decir, la totalidad de la información requerida.
Si el proponente seleccionado es un Consorcio o Unión Temporal, seguida la comunicación de aceptación de la oferta, deberá iniciar los trámites correspondientes a la expedición del RUT respectivo.
3.1.3. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
El proponente deberá constituir a su xxxxx y presentar con su propuesta una garantía de seriedad de la propuesta expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia, a favor de ENTIDADES PARTICULARES, (que tenga fecha de expedición anterior a la presentación de la propuesta) junto con el recibo de pago de la prima correspondiente, así:
La garantía de seriedad de la propuesta se debe constituir en los siguientes términos:
i. Fecha de Expedición: La fecha de expedición de la garantía deberá ser igual o anterior a la fecha y hora señalada para el cierre del presente proceso.
ii. Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento.
iii. Valor asegurado: La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial del presente proceso.
iv. Vigencia: La Garantía de Seriedad deberá tener una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso, pero en todo caso deberá prorrogarse su vigencia cuando el PA - FCP resuelva ampliar los plazos previstos para la presentación de propuestas y/o para la evaluación y aceptación de la propuesta y/o para la suscripción del contrato. La prórroga deberá ser por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por el PA - FCP.
v. Asegurado/Beneficiario: El asegurado/beneficiario es FIDEICOMISOS PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. -PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ, NIT 000.000.000-3.
vi. Tomador/Afianzado: La Garantía de Seriedad deberá tomarse con el nombre del proponente como figura en el documento de acreditación de facultades pertinente. En el evento que la Propuesta se presente en consorcio o unión temporal o bajo cualquier forma asociativa, el Tomador debe ser el consorcio o unión temporal o bajo cualquier forma asociativa (según sea el caso), conforme al documento de constitución, indicando expresamente los integrantes y porcentajes de participación
La falta de firma de la garantía de seriedad de la oferta y/o el no aporte de la certificación o constancia de pago de la prima de esta, y en general los errores que se hayan cometido en la expedición de la garantía, serán susceptibles de aclaración o subsanación, dentro del término perentorio que para el efecto fije el PA FCP y/o el comité evaluador.
El proponente, por el acto de presentar propuesta, acepta que el P.A. FCP solicite ampliar el término de vigencia de la garantía, en la medida en que ello sea necesario. El No presentar la garantía de seriedad de la propuesta de forma simultánea con la oferta, será causal de RECHAZO de la propuesta.
NOTA 1: Conforme a la disposición del Artículo 1066 del código de comercio, los proponentes podrán pagar la prima hasta la fecha máxima de subsanación, y deberá allegar dicho certificado o documento equivalente, dentro del plazo establecido.
NOTA 2: Los proponentes no podrán presentar contratos de fianza u otros mecanismos de cobertura, que no se encuentren debidamente detallados en el presente Análisis Preliminar o Manual de Contratación, en caso de que sean allegados por un oferente se entenderá como no presentados y por ende incurso en causal de rechazo.
3.1.4. PODER CUANDO LA PROPUESTA SE PRESENTE POR CONDUCTO DE APODERADO.
Los proponentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los proponentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
I. Cuando se trate de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente
en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
II. El proponente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción del documento, tal y como lo establece el artículo 251 del Código General del proceso.
En el evento de resultar favorecido un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos señalados en los artículos 471 y 474 del Código de Comercio de Colombia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 compilado en el artículo 2.17.1.3. del Decreto 1068 de 2015 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique la Superintendencia Financiera.
3.1.5. FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O SU APODERADO.
El proponente deberá aportar fotocopia del documento de identidad en caso de que sea una persona natural, en caso de que sea una persona jurídica la del representante legal. En caso en que la propuesta sea presentada a través de apoderado, se deberá aportar la fotocopia del documento de identidad de éste.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales se deberá allegar la copia del documento de identidad de cada uno de sus integrantes o representantes legales, según sea el caso.
3.1.6. CERTIFICACIONES SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y PAGO DE APORTES PARAFISCALES. (ANEXO No. 4 o No. 5 SEGÚN CORRESPONDA)
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, y Ley 1562 de 2012, a la fecha de la presentación de la propuesta, el proponente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta.
En caso de que la persona jurídica nacional no tenga personal a cargo y por ende no esté obligada a efectuar el pago de aportes parafiscales y de seguridad social, deberá indicar esta circunstancia bajo la gravedad de juramento.
Esta misma previsión aplica para las personas jurídicas extrajeras con domicilio, o sucursal, o con actividades, sean estas permanentes u ocasionales en Colombia, las cuales deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada por cada uno de los miembros.
Las personas naturales deberán diligenciar el Anexo No. 4 y adicionalmente presentar copia de las planillas de pago unificadas de los últimos 6 meses de los aportes al sistema de seguridad social integral.
NOTA. -El presente formato deberá acompañarse de los documentos que acrediten la calidad de contador público (cuando este sea suscrito por el revisor fiscal o se acompañe la firma del representante legal): copia de la tarjeta profesional y Certificado de antecedentes expedido por la Junta Central de Contadores el cual deberá estar vigente, así mismo, se deberá allegar copia de la cédula de ciudadanía.
3.1.7. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O DOCUMENTO EQUIVALENTE.
El PROPONENTE, persona jurídica nacional o extranjera, deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad u órgano competente correspondiente en el cual se verificará:
1. Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal: No podrá ser mayor a treinta
(30) días calendario anteriores a la fecha prevista para el cierre del plazo del presente proceso.
2. Objeto social: Deberá contemplar las actividades que guarden relación directa con el objeto a contratar. El objeto social del interesado, persona jurídica o de cada uno de sus miembros en caso de consorcios o uniones temporales, debe estar relacionado con el objeto del presente proceso.
3. Facultades del representante legal: Las facultades de quien ejerce la representación legal deberán habilitarlo para presentar la propuesta y si llegare a resultar favorecido a la suscripción del contrato que se derive del proceso de selección, así como para comprometer a la sociedad. En el evento en que el oferente nacional o extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación.
4. Domicilio: Que la persona jurídica cuenta con domicilio, sucursal o actividades en Colombia, debidamente registradas.
5. Término de duración: Que el término de duración sea igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
6. Término de constitución: Que la persona jurídica tenga como mínimo cinco (5) años de constitución con antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
7. El nombramiento del revisor fiscal según corresponda y aplique de acuerdo con la naturaleza jurídica.
NOTA 1: De conformidad con la naturaleza jurídica del proponente, esté deberá aportar los documentos necesarios para que el Fondo Colombia en Paz, pueda verificar la información mencionada anteriormente con el fin de establecer el cumplimiento de los requisitos. El no cumplimiento de los requisitos aquí señalados dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO CUMPLE JURÍDICAMENTE.
NOTA 2: Para el caso cualquier otra entidad o empresa que no tengan la obligación de contar con el Certificado de Existencia o representación legal, deberá aportar los estatutos o su equivalente o cualquier otro documento, donde conste que, de acuerdo con su objeto social, cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos relacionados con el objeto del presente proceso y acreditar que su término de duración abarca como mínimo tres (3) años a partir de la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato que se suscriba.
NOTA 3: Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación, no obstante, para el caso de comerciantes, se deberá presentar el Registro Mercantil expedido con una fecha no mayor a 30 días anteriores al cierre del proceso, o al momento de ser solicitado por el grupo evaluador.
3.1.8. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN (ANEXO No. 6)
El proponente debe suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el ANEXO No. 6 - COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto al Patrimonio Autónomo y a las entidades del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la propuesta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la aceptación de la propuesta, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
Nota 1: En caso de proponente plural, el anexo deberá ser diligenciado por su representante legal, y estar suscrito por los integrantes que lo conforman.
3.1.9. POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES – LEY 1581 DE 2012 (ANEXO No. 7)
El proponente deberá suscribir el compromiso contenido en el ANEXO No. 7 - CUMPLIMIENTO DE LA LEY 1581 DE 2012, mediante el cual manifiestan el cumplimiento de la norma, y certifica contar con una política de protección de datos y tratamiento de la información, frente a la cual, en caso de resultar seleccionado en el presente proceso de selección, podrá ser consultada por el P.A. FCP.
Nota 1: En caso de proponente plural, el anexo deberá ser diligenciado por su representante legal, y estar suscrito por los integrantes que lo conforman.
3.1.10. SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO (ANEXOS No. 8 y No. 9)
El proponente, su representante legal y su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. (Diligenciar el ANEXO 8 - FORMULARIO SARLAFT). El ANEXO No. 8 deberá aportarse con la propuesta debidamente firmado y con huella legible, el cual será un requisito de vinculación para la suscripción del contrato y por tanto será evaluado el formulario aportado por parte del proponente ganador; por tal razón no generará rechazo en caso de encontrarse errores en su diligenciamiento.
De igual forma, la ENTIDAD pone a disposición de los interesados el ANEXO 9 - INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO SARLAFT junto con los documentos proceso, para su consulta y guía. El ANEXO No.8 deberá ser presentado por el proponente; y en caso de que este sea una figura asociativa (Consorcio o Unión Temporal) el FORMULARIO SARLAFT también debe ser presentado por cada uno de los miembros e integrantes.
NOTA 1: El proponente debe cumplir con la etapa de conocimiento de no cliente, allegando la información y documentos conforme lo establece el formulario y los requerimientos que le sean realizados o solicitados dentro del proceso de selección.
NOTA 2: La presentación incompleta de los documentos anteriormente señalados, es subsanable en el término que para el efecto se establezca el P.A. FCP.
NOTA 3: El Consorcio realizará CRUCE DE LISTAS frente a la información aportada por los proponentes en la etapa de evaluación preliminar, y realizará la vinculación únicamente del proponente que resulte ganador dentro del proceso de selección.
3.1.11. CONSULTA DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
El proponente deberá presentar la Certificación de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación de sus integrantes y representantes legales. Sin embargo, durante el término de evaluación de las propuestas realizará la consulta de los mencionados antecedentes.
NOTA: Las entidades que por su naturaleza jurídica y cuyo representante goce de fuero diplomático conforme a lo establecido en la Convención de Viena de 1961, no deberán aportar la certificación requerida en el presente literal. No obstante, el administrador Fiduciario se reserva el derecho de requerir las mencionadas certificaciones en el caso que considere pertinente.
3.1.12. CONSULTA DE ANTECEDENTES FISCALES
El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable, que la correspondiente persona jurídica y sus representantes legales no se encuentra reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral. Para ello el proponente debe allegar junto con la propuesta dicho certificado. Sin embargo, durante el término de evaluación de las propuestas realizará la consulta del boletín de responsables fiscales ante la Contraloría General de la República.
NOTA: Las entidades que por su naturaleza jurídica y cuyo representante goce de fuero diplomático conforme a lo establecido en la Convención de Viena de 1961, no deberán aportar la certificación requerida en el presente literal. No obstante, el administrador Fiduciario se reserva el derecho de requerir las mencionadas certificaciones en el caso que considere pertinente.
3.1.13. CONSULTA DE ANTECEDENTES JUDICIALES
El proponente deberá presentar la Certificación de Antecedentes judiciales (pasado judicial) de la Policía Nacional de sus integrantes y sus representantes legales, sin embargo, durante el término de evaluación de las propuestas se realizará la consulta de antecedentes judiciales (pasado judicial) ante la Policía Nacional.
NOTA: Las entidades que por su naturaleza jurídica y cuyo representante goce de fuero diplomático conforme a lo establecido en la Convención de Viena de 1961, no deberán aportar la certificación requerida en el presente literal. No obstante, el administrador Fiduciario se reserva el derecho de requerir las mencionadas certificaciones en el caso que considere pertinente.
3.11.14 CONSULTA DEL SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS RNMC
El proponente deberá presentar la Certificación de Antecedentes del registro nacional de medidas correctivas de sus integrantes y sus representantes legales, Sin embargo, durante el término de evaluación de las propuestas se realizará la consulta.
NOTA: Las entidades que por su naturaleza jurídica y cuyo representante goce de fuero diplomático conforme a lo establecido en la Convención de Viena de 1961, no deberán aportar la certificación requerida en el presente
literal. No obstante, el administrador Fiduciario se reserva el derecho de requerir las mencionadas certificaciones en el caso que considere pertinente.
3.1.15 CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR LA ALCALDÍA DISTRITAL, MUNICIPAL O QUIEN HAGA LAS VECES DE ENTE DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y CONTROL.
Las Entidades Sin Ánimo de Xxxxx que se postulen a este proceso deberán presentar en adición al Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de comercio o la entidad competente, la certificación expedida por la Alcaldía distrital, municipal o quien haga las veces de ente de vigilancia, inspección y control del proponente, cuya fecha de expedición no podrá ser mayor a sesenta (60) días calendario anteriores a la fecha prevista para el cierre del plazo del presente proceso.
3.2. CAPACIDAD FINANCIERA (ANEXO No. 11 – ACREDITACIÓN CAPACIDAD FINANCIERA)
Los documentos que se mencionan en este numeral son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en este proceso de selección. Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la capacidad financiera, se declarará “CUMPLE FINANCIERAMENTE”. En caso contrario, se declarará que “NO CUMPLE FINANCIERAMENTE”.
3.2.1. DOCUMENTOS
De conformidad con lo anterior, el Proponente Singular y Proponente Plural (en el evento de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes que lo conforman) deberán presentar los siguientes documentos:
3.2.1.1. ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS
Los estados financieros básicos a 31 de diciembre de 2021, que se mencionan a continuación, deberán ser presentados debidamente firmados por el Representante Legal, el Contador y adicionalmente por el Revisor Fiscal cuando el proponente esté obligado a tenerlo:
a) Estado de Situación Financiera
b) Estado de Resultados
c) Notas y revelaciones a los estados financieros.
3.2.1.2. DICTAMEN A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Con los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2021, el proponente debe adjuntar el dictamen suscrito por el revisor fiscal o, cuando no esté obligado a tener revisor fiscal, un dictamen u opinión emitido por un contador público independiente diferente de aquel bajo cuya responsabilidad se hubiesen elaborado los estados financieros, adjuntando copia de la tarjeta profesional y certificación de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, con vigencia no superior a tres (3) meses a la fecha de cierre del proceso.
Solo se aceptará “dictamen limpio”, entendiéndose por este, aquel en el que se declara que los Estados Financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos de importancia material, la situación financiera de la entidad y los resultados de sus operaciones, de acuerdo con la normatividad contable aplicable a la entidad.
NOTA: En caso de no presentar el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del Contador y Revisor Fiscal vigente a la fecha de cierre del proceso, el proponente podrá subsanar en el término establecido, aportando el correspondiente certificado con fecha de expedición no superior a tres meses a la fecha en que aporta el documento de subsanación.
3.2.1.3. CERTIFICADO DE VIGENCIA DE INSCRIPCION Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR Y REVISOR FISCAL.
Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del contador y revisor fiscal, que suscriben y dictaminan los Estados Financieros a 31 de diciembre del 2021, expedido por la Junta Central de Contadores, con vigencia no superior a tres (3) meses a la fecha de cierre del proceso.
NOTA: En caso de no presentar el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del Contador y Revisor Fiscal vigente a la fecha de cierre del proceso, el proponente podrá subsanar en el término establecido, aportando el correspondiente certificado con fecha de expedición no superior a tres meses a la fecha en que aporta el documento de subsanación.
3.2.1.4. TARJETA PROFESIONAL DEL CONTADOR Y REVISOR FISCAL
El proponente debe anexar copia de la tarjeta profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal, que suscriben y dictaminan los Estados Financieros a 31 de diciembre del 2021.
3.2.2. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS:
a) Entidades sin ánimo de lucro de origen extranjero con actividades permanentes en Colombia.
b) Entidades sin ánimo de lucro de origen extranjero sin actividades permanentes en Colombia.
c) Sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia.
d) Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia.
e) Organizaciones Internacionales gubernamentales.
f) Organizaciones Internacionales no gubernamentales.
g) y cualquier otra forma de persona jurídica extranjera no detallada en el presente numeral.
Deben presentar Estados Financieros (Estado de situación Financiera y Estado de Resultados) con corte a 31 de diciembre del 2021, o a la fecha de cierre fiscal del país de origen de la vigencia 2021, la información financiera deberá presentarse según la legislación propia del país de origen, debidamente traducidos al idioma español, re-expresados en moneda legal colombiana a la tasa de cambio representativa xx xxxxxxx (TRM) de la fecha de cierre de estos. La información Financiera de las personas jurídicas extranjeras con casa matriz debe ser consolidada y corresponder a la de su casa matriz.
Dicha información deberá venir firmada por los responsables de su elaboración, es decir, quien representa legalmente a la compañía, el contador o su equivalente (según la legislación del país del proponente) y el auditor externo en caso de que sea evaluada por una firma auditora.
Los proponentes extranjeros que de acuerdo con las normas aplicables en el país de su domicilio aprueben sus estados financieros auditados con corte a 31 de diciembre del 2021 en una fecha posterior al quinto día hábil del mes xx xxxxx de 2022, pueden presentar sus estados financieros a 31 de diciembre de 2021 suscritos por el representante legal junto con un pre informe de auditoría en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (i) la información financiera presentada al PA-FCP es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (ii) el Proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado
normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros.
La clasificación de cuentas, así como la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana deben ser presentados en documento independiente, indicando la tasa de conversión, debidamente suscrito y firmado por un Contador Público Colombiano y el Representante Legal o Apoderado del Proponente en Colombia.
El Contador Público Colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana, para tal efecto presentará los siguientes documentos:
a) Fotocopia (legible) de la tarjeta profesional.
b) Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores con una antigüedad no superior a tres (3) meses a partir de la fecha de cierre del proceso
NOTA: En caso de no presentar el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del Contador vigente a la fecha de cierre del proceso, el proponente podrá subsanar en el término establecido, aportando el correspondiente certificado con fecha de expedición no superior a tres meses a la fecha en que aporta el documento de subsanación.
3.2.3. INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA
La capacidad financiera no está sujeta a puntaje para calificar, pero será verificada como elemento habilitante dentro de los parámetros establecidos para el efecto, por lo tanto, el proponente que no cuente con los indicadores mínimos exigidos dentro del proceso no será habilitado para participar.
El Proponente debe cumplir con los siguientes indicadores, con base en la información contenida en los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2021:
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | ||
Indicadores | Fórmula | Requisito |
Liquidez | (Activo Corriente / Pasivo Corriente) | Mayor o igual 1,6 |
Nivel de Endeudamiento | (Total Pasivo/Total Activo) | menor o igual al 75% |
Razón de cobertura de intereses | (Utilidad operacional/ gastos de intereses) | Mayor o igual 1,6 |
Capital de Trabajo | (Activo Corriente - Pasivo Corriente) | mayor o igual $39.388.334 |
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | ||
Indicadores | Fórmula | Requisito |
Rentabilidad del Activo | (Utilidad Operacional/Total Activo) | Mayor o igual al 1,3% |
Rentabilidad del Patrimonio | (Utilidad Operacional/Total Patrimonio) | Mayor o igual al 1,3% |
NOTA 1: Cuando el pasivo corriente es cero (0), el indicador de liquidez se registra como “indeterminado”. Tal circunstancia obedece a que, matemáticamente, la división de cualquier número superior a cero entre cero tiene tendencia a infinito (∞), pero al existir activo corriente, el PROPONENTE que tenga tal situación cumple con el indicador porque supera cualquier suma positiva que se haya fijado como tal.
NOTA 2: Cuando el gasto de interés es cero (0), el indicador de Razón de Cobertura de Interés se registra
como “indeterminado”. Tal circunstancia obedece a que, matemáticamente, la división de cualquier número
superior a cero entre cero tiene tendencia a infinito (∞), pero al existir Utilidad Operacional, el PROPONENTE que tenga tal situación cumple con el indicador porque supera cualquier suma positiva que se haya fijado como tal. La anterior circunstancia se aplica siempre y cuando en los estados financieros se registre una utilidad operacional Mayor a cero (0).
NOTA 3: Diligenciar el ANEXO No. 11 denominado “FORMATO DE CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA PARA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS HABILITANTES”, con la
información de los estados financieros a 31 de diciembre del 2021, debidamente firmado por el representante legal, contador público y revisor fiscal. En caso de tratarse de proponente plural debe estar firmado por el representante legal, contador público y revisor fiscal de cada uno de los integrantes que conforman el Consorcio y/o Unión Temporal.
NOTA 4: Cuando la Entidad Ejecutora y/o el Consorcio Fondo Colombia en Paz 2019, en desarrollo de la verificación financiera requiera confirmar información adicional del PROPONENTE, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para la validación de la información, tales como, estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerirá las explicaciones que considere necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el PROPONENTE xxxxxxx a la solicitud puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
3.2.3.1 VERIFICACIÓN FINANCIERA DE PROPUESTAS CONJUNTAS.
Para la verificación financiera de los consorcios y/o uniones temporales se obtendrá la Información Financiera (Activo, Pasivo, etc.) de cada uno de los integrantes por separado, las cuales serán sumados para obtener la Información Financiera del Consorcio y/o Unión Temporal así:
𝐼𝐹𝐶𝑈=𝐼𝐹1+𝐼𝐹2+⋯𝐼𝐹
Donde,
IFCU = Información Financiera Consorcio o Unión Temporal (Activo, Pasivo, etc.) IF1 = Información Financiera integrante 1 (Activo, Pasivo, etc.)
IF2 = Información Financiera integrante 2 (Activo, Pasivo, etc.)
El indicador del Consorcio y/o Unión Temporal es la aplicación de la fórmula de cada uno de los indicadores teniendo en cuenta la Información Financiera obtenida para el Consorcio y/o Unión Temporal.
Ejemplo:
Integrantes Consorcio y/o Unión Temporal | Activo Corriente | Pasivo Corriente |
A | $1200 | $350 |
B | $3600 | $800 |
𝐿𝑖𝑞𝑢𝑖𝑑𝑒𝑧= (1.200+3.600) / (350+800)
3.3 CAPACIDAD TÉCNICA (CRITERIOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA – ANEXO No.13)
La capacidad técnica no está sujeta a puntaje para calificar, pero será verificada como elemento habilitante dentro de los parámetros establecidos para el efecto, por lo tanto, el proponente que no cuente con los indicadores mínimos exigidos dentro del proceso no será habilitado para participar.
Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la capacidad técnica, se declarará “CUMPLE TÉCNICAMENTE”. En caso contrario, se declarará que “NO CUMPLE TÉCNICAMENTE”.
Potestad de verificación
El comité evaluador podrá verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, entidades estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación.
Así mismo, en relación con la oferta económica efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de los precios o condiciones xxx xxxxxxx.
3.3.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE – FORMATO No. 1
El proponente deberá acreditar la experiencia mínima habilitante mediante la presentación de máximo tres (03) certificaciones de contratos terminados y/o liquidados, cuya sumatoria deberá ser igual o superior al 100% del valor del presente proceso expresado en SMMLV (118,00 SMMLV). Las certificaciones deberán acreditar experiencia en Interventoría en elaboración de diseños y estudios técnicos en proyectos de edificaciones permanentes nuevas tales como:
▪ Hospitales, clínicas y centros de salud.
▪ Aeropuertos, sistemas masivos de transporte (portales).
▪ Estaciones de bomberos, defensa civil, policía nacional, cuarteles de las fuerzas armadas y sedes de las oficinas de prevención y atención de desastres.
▪ Guarderías, escuelas, colegios y universidades.
▪ Auditorios, centros de convenciones, xxxxxxxx o cultos religiosos.
▪ Edificios de oficinas, centros comerciales y empresariales.
▪ Edificios gubernamentales.
La experiencia especifica mínima para dichas certificaciones será la siguiente:
Contener como mínimo en cada certificación de contrato aportada, experiencia específica en Interventoría en estudio de suelos, estudio topográfico, diseño arquitectónico y urbanístico, diseño bioclimático, diseño estructural y de elementos no estructurales, diseño de redes hidro-sanitarias, gas y contraincendios interior y exterior, diseño redes eléctricas de media y baja tensión interior y exterior, apantallamiento, diseño red de voz y datos interior y exterior.
.
Los contratos que acrediten la experiencia específica del proponente, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante.
Nota 1: El proponente deberá diligenciar el FORMATO No.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE, el cual contendrá las certificaciones que acrediten la experiencia del proponente.
Las certificaciones aportadas deberán contener como mínimo la siguiente información:
- Objeto del contrato o descripción de las actividades.
- Área diseñada.
- Fecha de iniciación (día, mes y año).
- Fecha de terminación (día, mes y año).
- Valor del contrato
- Nombre firma y cargo de la persona competente dentro de la entidad o firma contratante que certifica.
- Dirección y teléfono de la entidad o firma que expide la certificación.
Nota 2: En atención a que la ley 400 de 1997, título VII, Articulo 39, Créase la "Comisión Asesora Permanente para el Régimen de construcciones Sismo Resistentes del gobierno Nacional, para la interpretación y aplicación de las normas sobre Construcciones sismo resistentes, la cual estará adscrita al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y formará parte del Sistema Nacional para la Atención y Prevención de Desastres”. Y que en el artículo 41 y 42 están dadas sus funciones, los proponentes que aporten certificaciones de contratos realizados en el exterior, deben presentar documento de convalidación por parte de la autoridad competente en el cumplimiento de las exigencias de la ley 400 y Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10.
Nota 3: Si los contratos acreditados fueron realizados bajo la modalidad de Consorcio o de Unión Temporal, se tomará para la verificación, el porcentaje (%) de participación en la ejecución del contrato del oferente que haga parte del Consorcio o de la Unión Temporal, y luego sumará el valor obtenido para así establecer el total acreditado. Para lo anterior, deberá presentar el documento que acreditó la conformación del Consorcio o de la Unión Temporal, donde deberá constar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes para la ejecución del contrato.
Nota 4: En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.
Nota 5: La Entidad contratante podrá solicitar información adicional necesaria para verificar la experiencia mínima requerida, en el caso de no poder verificar la experiencia en las certificaciones aportadas.
Nota 6: No se aceptarán auto certificaciones.
Nota 7: No se tendrán en cuenta las certificaciones de contratos en ejecución.
Nota 8: No se aceptan certificaciones con enmendaduras o que presenten inconsistencias.
Nota 9: En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.
EVOLUCIÓN XXX XXXXXXX MÍNIMO MENSUAL LEGAL
La siguiente tabla se utilizará para la actualización del monto de los contratos, con el fin de evaluarlos en igualdad de condiciones mediante SMMLV. Dicho análisis se realizará con la fecha de suscripción del contrato.
TABLA VALOR HISTÓRICO SMMLV.
Enero 1 de 2005 a Dic. 31 de 2005 $381.500.00
Enero 1 de 2006 a Dic. 31 de 2006 $408.000.00
Enero 1 de 2007 a Dic. 31 de 2007 $433.700.00
Enero 1 de 2008 a Dic. 31 de 2008 $461.500.00
Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 $496.900.00
Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 $515.000.00
Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 $535.600.00
Enero 1 de 2012 a Dic. 31 de 2012 $566.700.00
Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 $589.500.00
Enero 1 de 2014 a Dic. 31 de 2014 $616.000.00
Enero 1 de 2015 a Dic. 31 de 2015 $644.350.00
Enero 1 de 2016 a Dic. 31 de 2016 $689.455,00
Enero 1 de 2017 a Dic. 31 de 2017 $737.717,00
Enero 1 de 2018 a Dic. 31 de 2018 $781.242,00
Enero 1 de 2019 a Dic. 31 de 2019 $828.116.00
Enero 1 de 2020 a Dic. 31 de 2020 $877.803.00
Enero 1 de 2021 a Dic. 31 de 2021 $908.526,00
Enero 1 de 2022 a Dic. 31 de 2022 $1000.000,00
Cuando los documentos no indiquen su valor en SMMLV, se hará la respectiva conversión de acuerdo al año en que suscribió el objeto del contrato. La verificación será realizada por el comité evaluador de la entidad contratante FCP.
3.3.3. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS DISEÑOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS
A continuación se relaciona el personal mínimo que deberá hacer parte del equipo de trabajo de la interventoría para la actualización de los diseños y estudios técnicos y el porcentaje y dedicación, así:
PERSONAL PROFESIONAL -TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO – CONSULTORÍA
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | % DEDICACIÓN | |
D | % | ||
1 | DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL) | 1 | 100% |
2 | DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO) | 1 | 100% |
3 | INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑO ESTRUCTURAL | 1 | 40% |
4 | ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA CON MAESTRÍA O MAGISTER EN ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA Y SOSTENIBILIDAD, O ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA O BIOCLIMATISMO | 1 | 40% |
5 | INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES HIDROSANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR. | 1 | 50% |
6 | INGENIERO ELECTRICISTA DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES ELÉCTRICAS DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN INTERIOR Y EXTERIOR, APANTALLAMIENTO, VOZ Y DATOS | 1 | 50% |
7 | INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA EJECUTOR DE ESTUDIOS DE SUELOS O GEOTECNIA | 1 | 20% |
8 | INGENIERO TOPÓGRAFO O INGENIERO CATASTRAL Y GEODESTA DE INTERVENTORÍA | 1 | 20% |
Nota: para efectos de revisión, la experiencia del personal profesional se verificará mediante los criterios de verificación técnica establecidos en el Anexo No.13 del presente proceso, de la siguiente manera:
Formato No. 4 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL).
Formato No. 5 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO).
Formato No. 6 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑO ESTRUCTURAL
Formato No. 7 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA MAGISTER EN ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA Y SOSTENIBILIDAD, O ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA O BIOCLIMATISMO
Formato No. 8 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES HIDROSANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR
Formato No. 9 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO ELECTRICISTA DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES ELÉCTRICAS DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN INTERIOR Y EXTERIOR, APANTALLAMIENTO, VOZ Y DATOS.
Formato No. 10 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA EJECUTOR DE ESTUDIOS DE SUELOS O GEOTECNIA.
Formato No. 11 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO TOPÓGRAFO O INGENIERO CATASTRAL Y GEODESTA DE INTERVENTORÍA.
El personal de interventoría que por fuerza mayor deba ser reemplazado durante la ejecución del contrato, tendrá que ser sustituido por otro que reúna las mismas o superiores calidades y experiencia, previa aprobación interventoría y la entidad contratante (FCP).
1. DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO O INGENIERO CIVIL) Formato No. 4
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El profesional Director técnico de interventoría deberá acreditar formación académica universitaria en Arquitectura o Ingeniería Civil, con tarjeta profesional vigente, experiencia profesional mínima xx xxxx (10) años en el ejercicio de la profesión, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en Institución universitaria, el profesional deberá presentar diploma o acta de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como Director Técnico de Consultoría o Director de Interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una (1) por contrato, cuya sumatoria tendrá que ser por un área diseñada cubierta igual o superior a ≥ 780 m2.
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como Director Técnico de Consultoría o Director de Interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante.
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones.
2. DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA ARQUITECTO. Formato No. 5
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El Profesional diseñador arquitectónico de interventoría, deberá acreditar formación académica universitaria en Arquitectura, con tarjeta profesional vigente, experiencia profesional mínima de ocho (8) años en el ejercicio de la profesión, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en Institución universitaria, el profesional deberá presentar diploma o acta de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como diseñador arquitectónico de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una (1) por contrato, cuya sumatoria tendrán que ser por un área diseñada cubierta igual o superior a ≥ 780 m2.
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como diseñador arquitectónico de consultoría o de interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones
3. INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑO ESTRUCTURAL Formato No. 6
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El Profesional diseñador estructural, deberá acreditar formación académica universitaria en Ingeniería Civil, con tarjeta profesional vigente, experiencia profesional mínima de ocho (8) años, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en Institución universitaria, el profesional deberá presentar diploma o acta de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como diseñador estructural de obras de cimentación, estructura y elementos no estructurales, para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una (1) por contrato, cuya sumatoria tendrán que ser por un área diseñada cubierta igual o superior a ≥ 780 m2
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como ingeniero civil y diseñador estructural de consultoría o de interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante.
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones
4. ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA CON MAESTRÍA O MAGISTER EN ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA Y SOSTENIBILIDAD, O ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA O BIOCLIMATISMO. Formato No. 7
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El Profesional arquitecto y/o ingeniero civil de interventoría, deberá acreditar formación académica universitaria en Arquitectura, con tarjeta profesional vigente, Maestría en arquitectura bioclimática y sostenibilidad, o arquitectura bioclimática o bioclimatismo, experiencia profesional mínima de diez10) años en el ejercicio de la profesión, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en institución universitaria, el profesional deberá presentar diplomas y/o actas de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como diseñador bioclimático de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una (1) por contrato, cuya sumatoria tendrán que ser por un área diseñada cubierta igual o superior a ≥ 780,00 m2.
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como arquitecto y/o ingeniero civil diseñador bioclimático de consultoría o de interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante, y estar debidamente certificados por el contratante.
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones
5. INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES HIDRO-SANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR Formato No. 8
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El Profesional diseñador de redes hidrosanitarias, deberá acreditar formación académica universitaria en Ingeniería Civil, con tarjeta profesional vigente, experiencia profesional mínima de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en Institución universitaria, el profesional deberá presentar diploma o acta de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como diseñador de redes hidrosanitarias, de gas, red contraincendios interior y exterior para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una (1) por contrato, cuya sumatoria tendrán que ser por un área diseñada cubierta igual o superior a ≥ 780 m2
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como ingeniero civil o diseñador de redes hidro- sanitarias de consultoría o de interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante.
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones
6. EXPERIENCIA DEL INGENIERO ELECTRICISTA DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES ELÉCTRICAS DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN, VOZ Y DATOS. Formato No. 9
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El Profesional diseñador de redes eléctricas de media y baja tensión interior y exterior, deberá acreditar formación académica universitaria en Ingeniería Eléctrica, con tarjeta profesional vigente, experiencia profesional mínima de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en Institución universitaria, el profesional deberá presentar diploma o acta de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como diseñador de redes eléctricas de media y baja tensión interior y exterior, apantallamiento, voz y datos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una (1) por contrato, cuya sumatoria tendrán que ser por un área diseñada cubierta igual o superior a ≥ 780 m2.
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como ingeniero electricista o diseñador de redes eléctricas de media y baja tensión, voz y datos de consultoría o de interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante.
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones.
7. EXPERIENCIA DEL INGENIERO CIVÍL DE INTERVENTORÍA EJECUTOR DE ESTUDIO DE SUELOS O GEOTECNÍA Formato No. 10
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El Profesional ejecutor de estudios de suelos o geotecnia, deberá acreditar formación académica universitaria en Ingeniería Civil, con tarjeta profesional vigente, experiencia profesional mínima de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en Institución universitaria, el profesional deberá presentar diploma o acta de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como ejecutor de estudios de suelos o geotecnia, para la construcción de edificaciones convencionales, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una
(1) por contrato, cuya sumatoria tendrán que ser por un área diseñada cubierta igual o superior a ≥ 780 m2.
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como ingeniero civil ejecutor de estudio de suelos o geotecnia de consultoría o de interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones
permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante.
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: Las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones
8. EXPERIENCIA DEL TOPÓGRAFO, INGENIERO CATASTRAL O GEODESIA DE INTERVENTORÍA Formato No. 11
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA GENERAL.
El Profesional ejecutor de levantamientos topográficos, deberá acreditar formación académica universitaria en Ingeniería Topográfica o Ingeniería Catastral y Geodesia, con tarjeta profesional vigente, experiencia profesional mínima de un (1) año en el ejercicio de la profesión, contados a partir de la fecha de aprobación del pensum académico en Institución universitaria, el profesional deberá presentar diploma o acta de grado.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Experiencia específica individual como ejecutor levantamientos topográficos de proyectos urbanísticos y/o arquitectónicos para el diseño de la construcción de edificaciones convencionales, el profesional deberá presentar máximo tres (3) certificaciones a razón de una (1) por contrato, cuya sumatoria tendrá que ser por un área levantada igual o superior a ≥ 780 m2.
Las certificaciones que acrediten la experiencia específica como ingeniero topógrafo o ingeniero catastral y geodesta ejecutor de levantamientos topográficos de consultoría o de interventoría de diseños y estudios técnicos para la construcción de edificaciones permanentes nuevas, deberán ser de contratos ejecutados posteriores a la NSR-2010, y estar debidamente certificados por el contratante.
El profesional debe contar con matrícula profesional vigente.
NOTA: Las actividades mencionadas deben poderse verificar en cada una de las certificaciones
En todos los casos se tendrán en cuenta las consideraciones y requisitos como se anota:
▪ Se entenderá por título de posgrado, los títulos obtenidos en estudios a nivel de especializaciones y/o maestrías y/o doctorados y/o posdoctorados. Los cuales deberán acreditar los proponentes con los diplomas y/o actas de grado de los respectivos títulos. En caso de que alguno de los títulos haya sido otorgado por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deberán venir convalidados ante el Ministerio de Educación Nacional. Este proceso constituye un reconocimiento que el Gobierno colombiano hace del diploma otorgado por una institución extranjera y así establece una equivalencia acorde con la legislación nacional.
▪ En caso que el título de los profesionales sea expedido en el exterior, es necesario presentar la debida convalidación ante el Ministerio de Educación Nacional.
▪ Si los oferentes presentan más de tres (3) certificaciones para el director técnico de la consultoría y cada uno de los profesionales, solamente se tendrán en cuenta tres (3) primeras relacionadas en los formatos respectivos.
▪ Para acreditar la información consignada en los respectivos formatos deben aportarse los documentos necesarios para el director técnico y cada uno de los profesionales solicitados (Certificación suscrita
por la entidad o firma contratante, fotocopia de la matrícula profesional, certificación vigente de la matrícula expedida por el respectivo consejo profesional, diploma o acta de grado).
▪ Si el objeto del contrato o certificación es global, es decir que incluya obra y otras actividades diferentes a estudios y/o diseños, se deberá especificar claramente los estudios y/o diseños incluidos y certificados por el Contratante, de lo contrario no será tenido en cuenta para su evaluación.
▪ La entidad contratante FCP, se reserva el derecho de hacer las verificaciones que considere necesarias en la documentación presentada, con el fin de garantizar la transparencia del proceso de contratación.
▪ Cada profesional se evaluará a partir de las certificaciones que soporte en los formatos establecidos.
▪ Las certificaciones que acrediten la experiencia específica de los directores técnicos y cada uno de los profesionales solicitados, deben contener como mínimo la siguiente información:
- Objeto del contrato o descripción de las actividades.
- Área diseñada.
- Fecha de iniciación (día, mes y año).
- Fecha de terminación (día, mes y año).
- Cargo desempeñado.
- Nombre firma y cargo de la persona competente dentro de la entidad o firma contratante que certifica.
- Dirección y teléfono de la entidad o firma que expide la certificación.
Nota: El proponente al momento de la presentación de la propuesta, anexo a los formatos de experiencia del personal mínimo requerido, deberá adjuntar los soportes que acreditan la misma.
CAPITULO IV.
4 CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
4.1 FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN – ANEXO No. 14
Todas las ofertas presentadas válidamente en el proceso de contratación serán analizadas por el comité evaluador designado por la entidad contratante FCP, para tal efecto, podrá solicitar las aclaraciones o explicaciones que estime necesarias, las cuales solo se considerarán en la medida que no impliquen modificaciones o adiciones de la oferta y no afecten los principios de igualdad, transparencia y selección objetiva.
Las ofertas deben presentarse en los términos establecidos por la entidad contratante Fondo Colombia en Paz FCP.
La omisión de la información requerida en este anexo, NO SERÁ SUBSANABLE POR SER FACTOR DE PONDERACIÓN, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta. De esta manera, si la propuesta solo cumple con la experiencia mínima exigida, su puntaje será cero.
CRITERIO DE LA EVALUACIÓN | PUNTAJE |
1- Factor Técnico | 500 |
2- Factor Económico | 400 |
Total | 900 puntos |
4.1.1 FACTOR TÉCNICO: (500 Puntos)
Puntaje por criterios de evaluación Técnica
DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO O INGENIERO CIVIL) | 300 puntos |
DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA ARQUITECTO | 200 puntos |
DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO O INGENIERO CIVIL) (300 puntos)
Experiencia específica individual
Se asignarán 300 puntos a los oferentes que acrediten la experiencia en las tres (3) certificaciones aportadas en el FORMATO No. 4, cuya sumatoria sea igual o superior a 1.560,00 m2 de área diseñada cubierta para edificaciones permanentes nuevas.
De esta manera se pondera la experiencia de los profesionales, si la propuesta solo cumple con la experiencia mínima exigida, su puntaje será cero.
DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA ARQUITECTO (200 puntos)
Experiencia específica individual
Se asignarán 200 puntos a los oferentes que acrediten la experiencia en las tres (3) certificaciones aportadas en el FORMATO No. 5, cuya sumatoria sea igual o superior a 1.560,00 m2 de área diseñada cubierta para edificaciones permanentes nuevas.
De esta manera se pondera la experiencia de los profesionales, si la propuesta solo cumple con la experiencia mínima exigida, su puntaje será cero.
4.1.2 FACTOR ECONÓMICO: (400 Puntos)
Los proponentes deberán diligenciar el Formato No. 3 OFERTA ECONÓMICA.
Solamente se efectuará la evaluación económica de aquellas propuestas que no superen el valor del presupuesto estimado.
Solamente se otorgará puntuación al proponente que no haya sido rechazado o inhabilitado para continuar el proceso.
Se otorgan 400 puntos a la propuesta económica que refleje el menor valor, el cual se tomará como el 100%, a las demás se les otorgará puntaje en forma proporcional y decreciente, según la siguiente fórmula:
Puntaje Oferta “X” = Vr. Menor Oferta
X 400
Vr. Oferta “X”
Dónde:
Puntaje Oferta “X”: Puntaje que se asigna a la oferta que se está calificando.
Vr. Menor Oferta: Valor de la oferta hábil que presenta el menor precio.
Vr. Oferta “X”: Valor de la Oferta que se está calificando.
Para efectos de evaluación el resultado final de aplicar la formula anterior será truncado en dos (2) decimales.
El valor ofertado deberá incluir el costo de todos los gastos en que incurra el proponente para la ejecución del objeto del presente proceso. Serán de exclusiva responsabilidad del proponente, los errores u omisiones en que incurra al indicar los valores totales en la propuesta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores y omisiones.
4.1.3 PUNTAJE TOTAL Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD
La calificación final de las ofertas corresponderá a la suma de los puntajes parciales que obtengan por concepto de los factores calificables.
Establecida la calificación final, el PA-FCP clasificará a los proponentes en orden descendente, desde aquel que obtenga el mayor puntaje hasta el que obtenga el menor, y este mismo será el orden de elegibilidad que se tendrá en cuenta para la selección del proponente con quien se suscribirá el contrato.
4.2 CRITERIOS GENERALES DE DESEMPATE
En caso de empate, se agotará los factores de desempate establecidos en los numerales 1 al 11 del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta situación en la puntuación de dos o más ofertas de manera que una u otra queden ubicadas en el primer lugar.
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir la propuesta de la mujer cabeza de familia, mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por mujeres cabeza de familia, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y/o personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.
3. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un proponente plural, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite la vinculación en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la Ley.
5. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite, en las condiciones establecidas en la ley, que por lo menos diez por ciento (10%) de su nómina pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom o gitanas.
6. Preferir la propuesta de personas en proceso de reintegración o reincorporación o de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por personas en proceso de reincorporación, y/o personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.
7. Preferir la oferta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté conformado por al menos una madre cabeza de familia y/o una persona en proceso de reincorporación o reintegración, o una persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente, y, que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el proponente plural; (b) la madre cabeza de familia, la persona en proceso de reincorporación o reintegración, o la persona jurídica aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la madre cabeza de familia o persona en proceso de reincorporación o reintegración, ni la persona jurídica, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del proponente plural.
8. Preferir la oferta presentada por una Mipyme o cooperativas o asociaciones mutuales; o un proponente plural constituido por Mipymes, cooperativas o asociaciones mutuales.
9. Preferir la oferta presentada por el proponente plural constituido por micro y/o pequeñas empresas, cooperativas o asociaciones mutuales.
10. Preferir al oferente que acredite de acuerdo con sus estados financieros o información contable con corte a 31 de diciembre del año anterior, por lo menos el veinticinco por ciento (25%) del total de pagos realizados a MIPYMES, cooperativas o asociaciones mutuales por concepto de proveeduría del oferente, realizados durante el año anterior; o, la oferta presentada por un proponente plural siempre que:
11. Preferir las empresas reconocidas y establecidas como Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo o Sociedad BIC, del segmento MIPYMES.
12. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto previamente en los Documentos del Proceso.
4.3 PRECIOS ARTIFICIALMENTE BAJOS
Si de acuerdo con la información obtenida en el análisis o estudio económico, el valor de una oferta presentada arece artificialmente bajo, se procederá a requerir al oferente para que este explique las razones que sustentan el valor ofrecido, teniendo como referente la guía expedida por Colombia Compra Eficiente. Analizadas las explicaciones y si se evidencia que no se pone en riesgo la ejecución del contrato, el comité técnico o quien haga la evaluación de las ofertas, debe recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas.
CAPITULO V
5 DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección a que se refiere el presente Análisis Preliminar se desarrollará dentro de los siguientes plazos:
5.1. CRONOGRAMA
ETAPA | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación de Aviso de Convocatoria, Análisis Preliminar y Anexos | 19/04/2022 | Sistema Electrónico para la Contratación Pública – Secop |
Fecha límite para la formulación de observaciones al Análisis Preliminar y Anexos por parte de los interesados | Hasta las 5:00 p.m. 22/04/2022 | |
Respuesta a las observaciones Saneamiento de la contratación (Modificaciones al Análisis Preliminar) | 28/04/2022 | Sistema Electrónico para la Contratación Pública – Secop |
Presentación de propuestas | Hasta las 10:00 a.m. del 04/05/2022 | La presentación de las propuestas deberá hacerse a través del siguiente link: xxxxx://xxxxxxx- xx.xxxxxxxxxx.xxx/:x:/x/xxxxxxxx/xxxxxxxxx_xxxxxx olombiaenpaz_gov_co/EjwbmMAapShDvz3x0DNV RUMBlLYiIIW59LkqGcbIb_IynA?e=zOYjKe |
Audiencia de apertura de propuestas y cierre del proceso | A las 02:00 p.m. del 04/05/2022 | A través de Audiencia de apertura de propuestas y cierre del proceso, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2 (“Reglas para la audiencia de apertura de propuestas y cierre del proceso”) del capítulo de Excepciones del manual de Contratación del Fondo Colombia en Paz. |
Publicación de la constancia de Audiencia de apertura de propuestas y cierre del proceso | 05/05/2022 | Sistema Electrónico para la Contratación Pública – Secop |
Publicación Informe preliminar de evaluación y solicitud de subsanación. | 11/05/2022 | Sistema Electrónico para la Contratación Pública – Secop |
Plazo para presentar Observaciones al informe de evaluación preliminar y Fecha límite para presentar subsanaciones | Hasta las 05:00 pm del 16/05/2022 | |
Publicación respuesta a las observaciones del informe de evaluación preliminar | 20/05/2022 | Sistema Electrónico para la Contratación Pública – Secop |
Publicación del Informe definitivo de evaluación | 26/05/2022 |
ETAPA | FECHA Y HORA | LUGAR |
Sistema Electrónico para la Contratación Pública – Secop | ||
Audiencia de Desempate (en caso de ser necesario) | Hasta el 27/05/2022 | A través de Audiencia de desempate de conformidad con el Anexo No. 3 del Capítulo De Excepciones al Manual de Contratación del FCP. |
Publicación de carta de aceptación de la propuesta | Hasta el 31/05/2022 | Sistema Electrónico para la Contratación Pública – Secop |
5.2 AVISO DE CONVOCATORIA
La apertura del proceso de selección se realizará con la publicación de la Convocatoria junto con el Análisis Preliminar en la página web de fiduciaria la previsora S.A. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- colombia-en-paz.html y como medida adicional de transparencia, se realizará la publicación en el SECOP.
Como medida adicional de transparencia, se realizará la publicación de la convocatoria en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP. Esto con un fin exclusivamente informativo a la ciudadanía en general, por lo que a través del SECOP no se adelantará proceso alguno de recepción de observaciones, propuestas y demás etapas del proceso contractual. Estos procesos se surtirán exclusivamente a través de las páginas que se señalan en el párrafo anterior.
5.3 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS – CIERRE
Las propuestas deberán ser presentadas, conforme lo establece el capítulo de excepciones de manual de contratación del FCP, junto con los anexos solicitado. Así mismo, el Acto de apertura y de cierre del proceso de selección se realizará en la fecha y hora límite establecida en el cronograma del presente Análisis Preliminar, de lo cual se dejará constancia del acto, mediante documento suscrito por parte del representante y/o apoderado del Administrador Fiduciario del P.A. FCP, y posteriormente, dicho documento será publicada en las páginas web de Fiduciaria la Previsora S.A. y el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP.
NOTA: Es importante que los proponentes tengan en cuenta las reglas establecidas en la presentación de las propuestas y que, al momento de realizar el acto de apertura de las propuestas, el representante legal del proponente o la persona autorizada para participar de la audiencia deberá estar presente en aras de suministrar la(s) clave(s) de los archivos cifrados. So pena de declararse como no presentada la propuesta.
5.4 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El Comité Evaluador será el responsable de adelantar la verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, financiero y técnico, así como de los factores de evaluación.
La verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, técnico y financiero y de los factores ponderables, se hará dentro del término establecido para ello en el cronograma de la presente convocatoria.
En el desarrollo de la convocatoria, el comité evaluador se reserva el derecho de consultar la veracidad de la información suministrada por el proponente y en su defecto utilizará los medios idóneos que le permitan realizar tal consulta, sin que esto implique que los proponentes puedan completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
Cuando el plazo para la evaluación no garantice el deber de selección objetiva, se podrá ampliar hasta por el tiempo que resulte razonable para superar los obstáculos que hayan impedido culminar la evaluación en el plazo inicialmente establecido. Esta modificación se realizará a través del ajuste del cronograma del proceso de selección.
La selección del proponente beneficiario se hará dentro de la fecha establecida tal y como aparece en el cronograma del presente proceso.
5.5 INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES
De la evaluación y calificación de las propuestas habilitadas se elaborará un informe en el que consten los resultados de las mismas de acuerdo con los criterios establecidos en el Análisis Preliminar, el cual será puesto en consideración para verificación y validación del Comité Técnico del FCP.
Consolidadas las evaluaciones, el puntaje obtenido definirá el orden de elegibilidad y el mismo se notificará a través de correo electrónico a los proponentes.
5.6 OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PELIMINAR Y REMISIÓN DE SUBSANACIONES
Los interesados pueden presentar observaciones respecto del informe de evaluación, a los Anexos técnicos y cualquier otro documento relacionado con la presente convocatoria, de manera escrita, en las fechas establecidas en el cronograma de la convocatoria a través del correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
De igual forma deberá presentar las subsanaciones solicitadas, dentro de los términos indicados por el PA FCP, el Comité Evaluador y/o el evaluador.”
5.7 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES DEL INFORME DE EVALUACIÓN
De conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación del PA – FCP, se dará respuesta a las observaciones recibidas, y si hay lugar a ello, se ajustará el informe de evaluación.
5.8 INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO
El Informe Definitivo de Evaluación del Comité Evaluador deberá ser puesto en conocimiento del Comité Técnico del FCP para su verificación y validación y posterior aprobación del Comité Fiduciario. Cumplido este requisito se procederá a su notificación en el término establecido en el cronograma. Producto de ello, se recomendará la aceptación o no de propuesta, la conformación del orden de elegibilidad o declaratoria de fallido según corresponda.
5.9 CARTA DE ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
La carta de aceptación de la propuesta será emitida por parte del Administrador Fiduciaria, en su calidad de vocero y administrador del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - P.A. FCP dentro de la fecha establecida en el cronograma.
5.10 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro del término que el administrador fiduciario indique. En este mismo lapso, se deben remitir los documentos necesarios para la suscripción del contrato y que sean requeridos por el P.A. FCP.
5.11 PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS
El CONTRATISTA seleccionado deberá presentar las garantías ante el PA-FCP, el cual aprobará las garantías presentadas por el CONTRATISTA. En caso de presentarse alguna observación por parte del FONDO a las garantías, el beneficiario deberá responder en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, so pena de aplicar el siguiente procedimiento:
En el caso que el proponente favorecido se niegue a firmar el (los) contrato(s) respectivo (s) o deje pasar el término fijado para su perfeccionamiento y legalización, o no constituya la garantía de cumplimiento requerida en el contrato, EL PA-FCP podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la cual hace mención el presente análisis preliminar en el numeral “3.1.3” numeral 3.1, y dispondrá de su valor como indemnización por perjuicios, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el proponente. En este caso, se deberá seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad, en consecuencia, el PA-FCP exigirá al referido proponente la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, hasta el perfeccionamiento y legalización del contrato y así sucesivamente. Adicionalmente, la propuesta del segundo Proponente debe estar vigente a la fecha en que se descarte la propuesta del primer proponente
5.12 PROPUESTAS PARCIALES, CONDICIONADAS O ALTERNATIVAS
No se acepta la presentación de propuestas parciales, condicionadas o alternativas. El proponente debe contemplar la totalidad del objeto a contratar dentro de su propuesta.
CAPITULO VI.
6 CAUSALES DE RECHAZO Y DECLARATORIA DE DESIERTA Y FALLIDA DEL PROCESO
6.1 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
1. Presentar de manera simultánea oferta en este proceso de selección y al mismo tiempo en el proceso de consultoría objeto de esta convocatoria.
2. No cumplir con los requisitos habilitantes jurídicos, técnicos y financieros solicitados en el Análisis Preliminar, o cuando a pesar de haber sido requerido no subsane las falencias encontradas dentro de los plazos establecidos por el PA FCP.
3. Cuando el proponente presente una oferta económica que supere el valor de presupuesto oficial.
4. Cuando el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento presentado. 4. Estar incurso el proponente en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar o presentar la oferta.
5. No presentar de manera simultánea con la propuesta, la garantía de seriedad de la oferta.
6. No presentar la propuesta económica.
7. Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras.
8. No corresponder la propuesta económica al presente proceso.
9. Cuando se presente propuesta alternativa, condicionada o parcial.
10. No estar la propuesta ajustada y abarcar la totalidad de los requisitos o condiciones técnicas, jurídicas o financieras exigidas.
11. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente o por un medio tecnológico, diferente al indicado por el P.A. FCP.
12. Cuando el proponente o sus representantes estén reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT.
13. Cuando la propuesta económica presentada sea artificialmente baja y no se sustenten las razones del proponente que permitan presentar la oferta es esas condiciones.
14. Cuando la oferta presente deficiencias e inexactitudes que no puedan ser aclaradas y que impidan compararla.
15. Cuando se compruebe que los proponentes se han puesto de acuerdo para desarrollar actuaciones que atenten contra la transparencia o alteren las condiciones de competencia del proceso de selección.
16. Cuando se compruebe que el proponente ha influido o presionado sobre el estudio de las ofertas.
17. Cuando, de acuerdo con el dictamen del revisor fiscal, el proponente o alguno de sus miembros se encuentre en causal de liquidación judicial obligatoria.
18. Cuando el o lo(s) representante(s) legal(es) de una persona jurídica ostenten igual condición en otros proponentes, que también estén participando en el presente proceso de selección.
19. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.
20. Las demás contempladas en el Análisis Preliminar y sus anexos, en la Constitución y la Ley.
6.2 DECLARATORIA DE FALLIDA Y/O DESIERTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Se procederá con la declaratoria de fallido del proceso de selección en las siguientes situaciones:
1. No se presentan ofertas en los términos y condiciones del análisis preliminar.
2. Ninguna de las ofertas presentadas cumpla con los requisitos técnicos, jurídicos o financieros exigidos en el Análisis Preliminar.
3. Existan causas o motivos que impidan la selección objetiva del proponente.
4. Cuando el ordenador de gasto, en Comité Fiduciario, no acoja la recomendación del Comité Técnico y opte por la declaratoria de fallido. Caso en el cual deberá motivar su decisión
Cuando se declare fallido el proceso se comunicará a quienes presentaron propuesta vía correo electrónico.
CAPITULO VII.
7 CONDICIONES DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
Con la presentación de la Propuesta el Proponente acepta todas y cada una de las cláusulas incluidas en la minuta del Contrato, que suscribirá el PA-FCP con el adjudicatario del presente proceso de selección.
La minuta se ajustará con las condiciones de la Propuesta seleccionada, en consideración a los términos y condiciones de este proceso de selección.
7.1. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El perfeccionamiento del contrato se entiende agotado con la suscripción por las partes, previo agotamiento de procedimiento SARLAFT y listas restrictivas.
Perfeccionado el contrato, se procederá al cumplimiento de los requisitos de ejecución que implica, entre otros, la aprobación de pólizas y garantías y la suscripción de acta de inicio, en los casos en que aplique de conformidad con lo regulado en el análisis preliminar y el contrato.
El Contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.
7.2. DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN
Para todos los efectos legales el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. y el lugar de ejecución será la Calle 5 No. 3 – 35 Corregimiento La Mercedes – Sardinata – Norte xx Xxxxxxxxx.
7.3. PLAZO DE EJECUCIÓN
El término de ejecución del contrato que se suscriba será de tres (03) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, de acuerdo a lo establecido en el manual de contratación del FCP.
7.4. VALOR DEL CONTRATO
El presupuesto estimado es hasta la suma de CIENTO DIECIOCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOS PESOS ($118.165.002, 00) incluido IVA, sin embargo, el valor del contrato será el de la oferta seleccionada sin que este supere la suma del presupuesto oficial para esta contratación.
7.5. FORMA DE PAGO
El Fondo Colombia en Paz pagará el contrato de interventoría, de acuerdo a los términos mencionados a continuación, una vez se verifique que la interventoría haya recibido a satisfacción y aval todos los servicios y bienes establecidos en el contrato, así:
PAGO PRIMERA ACTA PARCIAL: se realizará el pago a la interventoría, una vez se haya realizado la primera entrega de la documentación descrita en la FORMA DE EJECUCIÓN, la cual deberá ser a los sesenta (60) días calendario, siguientes a la firma del acta de inicio, equivalente al 60% del valor total del contrato.
PAGO ACTA ENTREGA FINAL: se realizará el pago a la interventoría, una vez se haya realizado la entrega final de la documentación descrita en la FORMA DE EJECUCIÓN, la cual deberá ser a los noventa (90) días calendario, siguientes a la firma del acta de inicio, equivalente al 40% del valor total del contrato.
Nota: los pagos de la primera acta parcial y la entrega final se realizarán por la entidad contratante FCP, una vez la interventoría certifique y entregue los bienes y /o servicios establecidos en el proceso, debidamente revisados, verificados y avalados, de acuerdo a los términos y condiciones que se exijan en el contrato.
FORMA DE EJECUCIÓN
La interventoría deberá garantizar la entrega de la actualización de los diseños y estudios técnicos avalada a la entidad contratante, una vez el contratista realice la remisión de la misma, la cual deberá cumplir con los requisitos y especificaciones técnicas exigidas.
Se realizará en DOS entregas: UNA ENTREGA PARCIAL Y UNA ENTREGA FINAL, según se anota a continuación:
PRIMERA ENTREGA PARCIAL: corresponde a la entrega de las siguientes actividades, las cuales deberán estar avaladas y recibidas a satisfacción previamente por la interventoría:
▪ Actualización Estudio de suelos
▪ Actualización Estudio topográfico correspondiente al área del predio, más una distancia adicional de 100 metros a la redonda a partir del lindero del predio.
▪ Actualización y ajuste Diseño arquitectónico bajo criterios de bioclimática y sostenibilidad.
▪ Actualización y ajuste Diseño urbanístico de la zona a desarrollar. Para efectos del alcance del diseño, se aclara que el diseño urbanístico comprende las obras exteriores (zonas duras, zonas semiduras, zonas blandas) incluyendo vías vehiculares, peatonales, andenes, plazoletas, parqueaderos, dotación urbana y todas aquellas consideradas como de tipo urbano.
▪ Diseño y cálculo diseño estructural y de elementos no estructurales.
▪ Actualización y ajuste Diseño de redes hidro-sanitarias, red de gas propano y/o gas natural, sistema de redes contraincendios exterior e interior.
▪ Actualización y ajuste Diseño redes eléctricas de media y baja tensión interior y exterior y apantallamiento Diseño red de voz y datos interior y exterior.
▪ Actualización y ajuste Diseño estructural de vías vehiculares, peatonales, plazoletas, parqueaderos y todas aquellas consideradas como urbanísticas y obras exteriores.
▪ Trámite de disponibilidad de servicios públicos ante entidades públicas.
▪ Actualización Plan de Manejo Ambiental.
▪ Acreditación del pago de aportes al régimen de Seguridad Social, incluido el de los trabajadores y subcontratistas a su cargo, vigente a la fecha de firma del acta parcial. Para este propósito el contratista deberá entregar la relación de contratistas y subcontratistas indicando el valor de los honorarios.
▪ Los demás requisitos que se establecen en el Manual de Contratación del FCP
ENTREGA FINAL: corresponde a la entrega de las siguientes actividades, las cuales deberán estar avaladas y recibidas a satisfacción previamente por la interventoría:
▪ Documento de validación por parte de la interventoría, de cada uno de los diseños y estudios actualizados entregados por el contratista.
▪ Acta de recibo final a satisfacción suscrita entre la interventoría y el contratista
▪ Memorias de cantidades de obra.
▪ Especificaciones técnicas de obra.
▪ Presupuesto de obra en original con sus respectivos análisis de precios unitarios (A.P.U), el cual deberá discriminarse por bloques de edificaciones resultantes de la actualización de diseños y estudios técnicos.
▪ Programación de obra por método xx xxxx crítica en diagramas xx Xxxxx formato Microsoft Project. Documento de validación de cada uno de los diseños y estudios técnicos por parte de la interventoría.
▪ Acreditación del pago de aportes al régimen de Seguridad Social, incluido el de los trabajadores y subcontratistas a su cargo, vigente a la fecha de firma del acta parcial. Para este propósito el contratista deberá entregar la relación de contratistas y subcontratistas indicando el valor de los honorarios.
7.6. REQUISITOS PARA EL PAGO
El Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA-FCP realizará el pago pactado, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Manual Operativo del PA-FCP vigente publicado en la página web de la Fiduprevisora y de la presentación y aprobación por parte del supervisor, del informe detallado de cada una de las actividades ejecutadas.
El CONSORCIO Fondo Colombia en Paz 2019 / Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA-FCP realizará los pagos pactados, previo cumplimiento y presentación de los siguientes requisitos y documentos:
1. Certificación de recibo a satisfacción de los bienes y servicios contratados, suscrito por el supervisor del contrato.
2. Certificación de pago de los aportes parafiscales. Presentación de la Certificación a la fecha, expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal – de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el Artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en la cual se acredite el cumplimiento del pago de las obligaciones derivadas de los aportes de sus empleados, a los sistemas de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
3. Presentación de Factura o Cuenta de Cobro en Pesos Colombianos, dependiendo del régimen tributario al que pertenezca (Régimen Común o Régimen Simplificado) según el caso.
4. Autorización de pago por parte del supervisor del contrato.
5. Informe de supervisión incluidos todos los anexos relacionados en el informe.
NOTA 1: El pago de las facturas solo se llevará a cabo una vez se aporten todos los documentos requeridos para el efecto. Las demoras que se presenten por el no aporte de los documentos requeridos en su integridad para el pago, será responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
NOTA 2: De conformidad con lo establecido en la Ley 828 de 2003, en caso de incumplimiento de esta disposición, EL CONSORCIO Fondo Colombia en Paz 2019 / PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ informará al Ministerio de Salud y Protección Social o a la Superintendencia de Salud, para que procedan de conformidad.
7.7. IMPUESTOS Y DEDUCCIONES
El proponente seleccionado pagará todos los impuestos, derechos, tasas y similares que se deriven del contrato, y, por lo tanto, la omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.
Se entenderán incluidos en el valor del contrato, todos los impuestos, costos, gastos, tasas, contribuciones y utilidades del contratista, que se derivan de la ejecución del contrato, circunstancia que, con la presentación de la propuesta, se entiende aceptada por el proponente.
7.8. ANÁLISIS DE LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS PARA AMPARAR LOS PERJUICIOS POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Con ocasión de la celebración y ejecución del Contrato, objeto del presente proceso de contratación, y del estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad que el contratista seleccionado, constituya una garantía, que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, correspondiente a póliza de cumplimiento a favor de entidades particulares; que contenga como mínimo los siguientes amparos, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación del FCP:
AMPARO | VALOR | VIGENCIA |
Cumplimiento | 20% del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. |
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | 5% del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
Calidad del Servicio y/o bien | 20% del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. |
Responsabilidad Extracontractual | 200 SMLMV | Plazo de ejecución del contrato. |
• Asegurado/beneficiario cuando se trate de póliza de seguro: será FIDEICOMISOS PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. - PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ, NIT 000.000.000-3.
• Beneficiario, cuando se trate de garantía bancaria: será FIDEICOMISOS PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. -PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ, NIT 000.000.000-3.
• Tomador/Afianzado: la garantía deberá tomarse con el nombre del Contratista como figura en el documento de identidad o certificado de existencia representación legal.
NOTA 1: La póliza deberá entregarse con el recibo de pago de la prima o su equivalente, así como con las condiciones generales de la misma, el PA-FCP aprobará las pólizas si las encuentra ajustadas a lo exigido, en caso contrario, requerirá al CONTRATISTA para que dentro del plazo que le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.
NOTA 2: Si el proponente no presenta las pólizas requeridas para el perfeccionamiento del contrato dentro del tiempo establecido y con el lleno de los requisitos, se aplicará el procedimiento establecido en el numeral
9.5.1.6. del Manual de contratación del PA-FCP.
NOTA 3: El amparo de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, se constituirá siempre y cuando el contratista seleccionado tenga la obligación legal en Colombia de realizarlo teniendo en cuenta si tiene personal a cargo.
7.9. CESIÓN Y SUBCONTRATOS
El contratista no podrá ceder el contrato a persona alguna natural o jurídica, sin previo consentimiento por escrito del PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión.
7.10. SUPERVISIÓN
La entidad ejecutora designara un supervisor, de acuerdo a los términos establecidos en el Manual de contratación del FCP.
7.11. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del contrato se efectuará dentro de los cuatro (4) meses siguientes contados a partir de la fecha de terminación del plazo del contrato.
7.12. MULTAS, CLÁUSULA PENAL Y DE APREMIO
En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, este se obliga a pagar al CONTRATANTE, una pena por el valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato. Así mismo, en caso de que, vencido el plazo del contrato, EL CONTRATISTA no hubiera ejecutado todas o algunas de sus obligaciones, se sujeta a pagar a favor del CONSORCIO FONDO COLOMBIA EN PAZ 2019, a título xx xxxx, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, la cual se establece como estimación anticipada de los perjuicios que le ocasione al CONTRATANTE se reserva el derecho a obtener de EL CONTRATISTA el pago de la indemnización correspondiente, si a ello hubiere lugar.
PENAL DE APREMIO: En caso de retardo en el cumplimiento del contrato o de las obligaciones relacionadas con ocasión de la ejecución de este a cargo del CONTRATISTA, dará origen al pago de sumas sucesivas diarias equivalentes al CERO PUNTO CINCO por ciento (0.5%) del valor total del contrato por cada día de retardo sin exceder el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, previa aplicación del debido proceso definido más adelante y acorde con las estipulaciones contractuales. Para el efecto, el CONTRATISTA autoriza que el CONTRATANTE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio. De no existir tales saldos a favor de EL CONTRATISTA o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de la cláusula penal de apremio, el CONTRATANTE podrá obtener el pago total o parcial mediante la correspondiente reclamación por las vías legales a que haya lugar. La cancelación o deducción de eventuales apremios no exonera a EL CONTRATISTA de satisfacer sus obligaciones y compromisos, ni de terminar las actividades de su cargo, en las condiciones de tiempo y de calidad pactadas.
Para efectos de la aplicación de la cláusula penal de apremio, el CONTRATANTE verificará el cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, de acuerdo con lo estipulado en el contrato y los documentos precontractuales.
Para exigir el pago de la cláusula penal pecuniaria y de apremio se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento: El CONTRATANTE avisará por escrito al contratista del retardo o incumplimiento evidenciado dentro de los tres
(3) días siguientes. EL CONTRATISTA dispondrá de un plazo de hasta tres (3) días hábiles siguientes al recibo del aviso para presentar al CONTRATANTE los argumentos del retardo o incumplimiento; junto con los soportes conducentes y pertinentes que lo justifiquen. Seguidamente, el CONTRATANTE analizará los argumentos expuestos y los documentos allegados por el contratista para aplicar la penalidad estipulada.
Las penas pecuniarias y de apremio previstas en esta cláusula se harán efectivas directamente por el CONTRATANTE, quien podrá a su libre elección, para el efecto, compensarlas con las sumas adeudadas a EL CONTRATISTA, o acudir a cualquier otro medio para obtener el pago de las penas. La compensación operará en los términos de los artículos 1714 y ss., del Código Civil; se entiende que, con la suscripción del contrato, EL CONTRATISTA autoriza al CONTRATNTE a descontarle, de las sumas que le adeude, los valores correspondientes a aquéllas.
7.13. PROPIEDAD INTELECTUAL
Toda la propiedad intelectual y otros derechos de propiedad tales como patentes, derechos de autor, marcas registradas y propiedad de los datos derivados del contrato, serán de propiedad del PA - FCP sin restricción alguna, por lo tanto, el contratista no podrá implementar, utilizar, reproducir, adaptar, publicar, y distribuir sin previa aprobación por parte de esta instancia.
CAPITULO VIII
8. ANEXOS
ANEXO No.1: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
ANEXO No.2: DOCUMENTO CONSORCIAL
ANEXO No.3: DOCUMENTO UNION TEMPORAL
ANEXO No.4: CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y PAGO DE APORTES PARAFISCALES - PERSONAS NATURALES
ANEXO No.5: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y PAGO DE APORTES PARAFISCALES - PERSONAS JURÍDICAS
ANEXO No.6: COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
ANEXO No.7: POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES - LEY 1581/2012
ANEXO No.8: FORMULARIO SARLAFT.
ANEXO No.9: INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO SARLAFT
ANEXO No.10: XXXXXX XXX XXXXXXXX
XXXXX Xx.00: ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA PARA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS HABILITANTES
ANEXO No. 12: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA INTERVENTORÍA TÉCNICO, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, LEGAL Y AMBIENTAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DISEÑOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS ESTACIÓN DE POLICÍA LAS MERCEDES – XXXXX XX XXXXXXXXX
XXXXX Xx. 00: CRITERIOS DE VERIFICACIÓN XXXXXXX
XXXXX Xx. 00: FACTORES DE VERIFICACIÓN Y XXXXXXXXXXX
XXXXX Xx. 00: XXXXXXX XXX XXXXXX X XXXXXXX.
XXXXX Xx. 00: ANÁLISIS DEL RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO.
ANEXO No.16.1 ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN, ASIGNACIÓN DE RIESGOS Y DETERMINACIÓN DE GARANTIAS.
FORMATO No. 1: EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
FORMATO No. 2: CARTA DE CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
FORMATO No. 3: OFERTA ECONOMICA
FORMATO No. 4: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL DIRECTOR TÉCNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL).
FORMATO No. 5: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL DISEÑADOR ARQUITECTÓNICO DE INTERVENTORÍA (ARQUITECTO).
FORMATO No. 6: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑO ESTRUCTURAL
FORMATO No. 7: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL ARQUITECTO Y/O INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA MAGISTER EN ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA Y SOSTENIBILIDAD, O ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA O BIOCLIMATISMO
FORMATO No. 8: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES HIDROSANITARIAS, GAS Y CONTRAINCENDIOS INTERIOR Y EXTERIOR
FORMATO No. 9: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO ELECTRICISTA DE INTERVENTORÍA DISEÑADOR DE REDES ELÉCTRICAS DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN INTERIOR Y EXTERIOR, APANTALLAMIENTO, VOZ Y DATOS.
FORMATO No. 10: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO CIVIL DE INTERVENTORÍA EJECUTOR DE ESTUDIOS DE SUELOS O GEOTECNIA.
FORMATO No. 11: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL INGENIERO TOPÓGRAFO O INGENIERO CATASTRAL Y GEODESTA DE INTERVENTORÍA.
NOTA: los PROPONENTES deberán validar los siguientes documentos, los cuales hacen parte integral de todos los procesos de contratación del FCP, 1). Capítulo de excepciones al manual de contratación, 2). Anexo No. 1 – Radicación Digital de Propuestas, 3). Anexo No. 2 – Instructivo de Presentación de las propuestas y 4). Anexo No. 3 - Instructivo de Desempate por Balota Electrónica, lo cual podrá ser consultado(s) en la siguiente ruta web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xxxxxxxx-xx-xxx/ tal y como se muestra en la siguiente ilustración: