PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE “REMODELACIÓN Y NUE- VO ACCESO AL SUBSECTOR S.3.2”
MINISTERIO DE FOMENTO
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE “REMODELACIÓN Y NUE- VO ACCESO AL SUBSECTOR S.3.2”
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: ABIERTO FORMA DE ADJUDICACIÓN: CONCURSO
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
REMODELACIÓN Y NUEVO ACCESO AL SUBSECTOR S.3.2
Fecha de aprobación técnica: 31/07/2008
2.- PRESUPUESTO FORMULADO POR LA ADMINISTRACIÓN (INCLUYE IVA).
DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS
2.273.554,35 euros
3.- FIANZA PROVISIONAL. 2% DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (INCLUYE IVA).
CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON NUEVE CENTIMOS
45.471,09 euros
4.- FIANZA DEFINITIVA:
4% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÒN (IVA INCLUIDO).
En metálico o en valores públicos o privados |
Mediante aval prestado por bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y socie- dades de garantía recíproca autorizados para operar en España. |
Por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución |
5.- CONTRATO.
FORMALIZADO ANTE EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
DE DERECHO COMÚN
6.- CRÉDITO EXISTENTE Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES (INCLUYE IVA).
EJERCICIO | IMPORTE DE LAS ANUALIDADES | |
(en letra) | (en número) | |
2008 | NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS | 936.249,68 |
2009 | UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUATRO EUROS CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS | 1.337.304,67 |
TOTAL | DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUA- TRO EUROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS | 2.273.554,35 |
7.- PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE TERMINACIÓN DE LA OBRA.
ONCE (11) MESES
8.- PLAZO DE GARANTÍA.
DOCE (12) MESES
9.- REVISIÓN DE PRECIOS.
NO TIENE
10.- CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATISTAS LICITANTES.
GRUPO: C | SUBGRUPO: 1 | Categoría c |
GRUPO: C | SUBGRUPO: 2 | Categoría c |
GRUPO: C | SUBGRUPO: 9 | Categoría c |
GRUPO: F | SUBGRUPO: 7 | Categoría c |
GRUPO: C | SUBGRUPO: 4 | Categoría c |
GRUPO: C | SUBGRUPO: 6 | Categoría c |
GRUPO: B | SUBGRUPO: 2 | Categoría c |
GRUPO: I | SUBGRUPO: 1 | Categoría a |
GRUPO: E | SUBGRUPO: 1 | Categoría c |
11.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
1. Solvencia técnica (incluido plazo) | X= 60% | (A= 55, B= 10, C=15, D= 15, E= 5) | 2. Oferta económica | Y= 40% |
PLIEGO DE CONDICIONES 1
I. OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO 1º Objeto del contrato
El objeto del Contrato es la realización de las obras comprendidas en el proyecto reseñado en el Cua- dro de Características que encabeza este Pliego.
2º Documentos contractuales
El presente Xxxxxx, así como los planos y Cuadro de Precios del proyecto, revestirán carácter contrac- tual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario, simultáneamente a la formalización del contrato.
3º Presupuesto y financiación
3.1. El presupuesto del proyecto objeto del Contrato, formulado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, así como su distribución en anualidades, figura reseñado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego y comprende, no sólo el precio del Contrato, sino tam- bién el Impuesto sobre el Valor Añadido, así como los demás impuestos y tasas que puedan co- rresponder.
3.2. La cobertura financiera del Contrato está amparada por la consignación presupuestaria corres- pondiente.
3.3. El importe del Contrato será el que resulte de la adjudicación, que siempre será inferior al presu- puesto del proyecto formulado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
4º Plazo de ejecución
4.1. El plazo total de ejecución del Contrato, será el fijado en el Cuadro de Características que enca- beza este Pliego y los plazos parciales, si se establecen, serán los señalados en el Cuadro de Ca- racterísticas o, en su caso, en las modificaciones previamente aprobadas por la Autoridad Portua- ria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra como consecuencia del programa de trabajo presentado por el adjudicatario.
4.2. Todos estos plazos empezarán a contar desde el día siguiente al de la comunicación al adjudica- tario de la autorización del inicio de las obras, realizada por el Director del Contrato o desde el día siguiente al de la firma del Acta de comprobación del replanteo en la que constará la autori- zación para la iniciación de las obras dada por el Director del Contrato.
4.3.El acta de comprobación del replanteo y los plazos parciales así establecidos, se considerarán como parte integrante del Contrato, a efectos de su exigibilidad.
5º Régimen jurídico
5.1. El Contrato que regula este Pliego se regirá por lo establecido en las Normas y condiciones ge- nerales para la contratación de Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, aprobadas por ORDEN FOM/4247/2006, de 28 de diciembre (BOE núm. 17, de 19 de enero de 2006).
Los actos preparatorios, y en especial las fases de preparación y adjudicación del Contrato, se regirán por lo dispuesto en las Normas y Condiciones Generales para la Contratación de Puertos
del Estado y de las Autoridades Portuarias y, con carácter supletorio, por lo establecido para es- tos extremos, en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
El régimen jurídico de los contratos comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, será en todo caso el establecido por la mencionada Ley, siéndoles de aplicación de forma supletoria las Normas y Condiciones Generales para la Contra- tación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias.
5.2. Contra los acuerdos que se dicten en relación a los actos preparatorios y de adjudicación de los contratos, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano de contratación o recurso con- tencioso-administrativo. La resolución que recaiga en el procedimiento de reclamación agotará la vía administrativa pudiendo ser impugnada ante los Tribunales de la jurisdicción contencioso- administrativa.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que no deriven del procedimiento de preparación y adjudi- cación de los contratos, y en especial las relacionadas con la ejecución o modificación del con- trato, serán resueltas por los Juzgados y Tribunales ordinarios que correspondan según la deter- minación de competencias establecida en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Xxxx- cial.
Las empresas extranjeras deberán someterse a la jurisdicción española para todos los litigios que pu- dieran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera correspon- derles
En los contratos comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomuni- caciones las reclamaciones que puedan producirse en relación con el procedimiento de licitación y adjudicación del contrato se tramitarán y resolverán de acuerdo con lo establecido en la indicada Ley, correspondiendo la competencia para su resolución al Ente Público Puertos del Estado.
II. FORMA DE ADJUDICACIÓN Y FASES DE LICITACIÓN 6º Forma de adjudicación
El Contrato se adjudicará mediante la modalidad de Concurso, previsto en las Regla 39 de las Nor- mas y Condiciones Generales para la Contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Por- tuarias.
7º Licitadores
7.1. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que teniendo plena capacidad de obrar, cumplan los requisitos establecidos en la Regla 13 de las Normas y Condiciones Generales para la Contratación de Puertos del Estado y de las Autorida- des Portuarias, y siempre que no estén incursas en las prohibiciones para contratar recogidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y que se encuentren al co- rriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad Social.
7.2. Serán admitidas a la licitación las uniones temporales de empresarios que se constituyan al efec- to, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración.
La duración de las uniones temporales de empresas será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
7.3. Si el presupuesto del Contrato es superior o igual a 600.000 euros, las empresas licitadoras debe- rán haber obtenido la clasificación que se especifica en el Cuadro de Características que encabe- za este Pliego, salvo el supuesto previsto en el apartado siguiente.
Dicha clasificación, y mientras que la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra no dis- ponga de un registro de empresas contratistas, será la establecida en la Ley 30/2007, de 30 de oc- tubre, de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
7.4. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea que no estén clasifica- dos, deberán acreditar ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra su solvencia fi- nanciera, económica y técnica o profesional, conforme con los criterios establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como su inscripción en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.
8º Presentación de proposiciones
8.1. La presentación de las proposiciones implica la aceptación de las Condiciones de este Pliego y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
8.2. En las proposiciones que presenten los licitadores se entenderán comprendidos, a todos los efec- tos, no sólo el precio del contrato, sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como los demás impuestos y tasas que pudieran corresponder.
8.3. La documentación para las licitaciones se presentará en sobres cerrados y firmados por el licita- dor o la persona que lo represente, con indicación en su exterior, del título de la licitación a la que concurren, del nombre y apellidos o razón social de la empresa, así como número de teléfo- no, fax o dirección de correo electrónico.
8.4. Los sobres a que se refiere el apartado anterior serán entregados en mano en el Registro General de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra. No se admitirán a la licitación las ofer- tas enviadas por correo o presentadas fuera del horario de 09:00 horas a 14:00 horas, de lunes a viernes laborables.
8.5. Toda la documentación deberá presentarse en original o copias debidamente autenticadas o com- pulsadas.
8.6. Las proposiciones constarán de 3 sobres, incluyendo en cada uno los siguientes documentos:
SOBRE Nº 1
Título:
DOCUMENTACIÓN GENERAL. A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre o razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.
Contenido:
A) Si en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego se exige una determinada clasifica- ción, deberán presentarse los siguientes documentos:
a) Certificado de clasificación expedido por el Registro Oficial de Empresas Clasificadas o tes- timonio notarial del mismo. Este certificado deberá contener; el nombre o razón social del empresario, número de identificación fiscal, domicilio, los grupos y subgrupos en los que se encuentra clasificado, con expresión de la categoría obtenida en cada uno de ellos y fecha del acuerdo de clasificación y plazo de vigencia de la misma.
b) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán pres- tar, por escrito, su consentimiento para que la Autoridad Portuaria pueda acreditar su identi- dad mediante la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, en caso de que el interesado no quiera dar su consentimiento a realizar esta consulta, deberá aportar su corres- pondiente fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Las sociedades mediante la pre- sentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. La personalidad de este último se acreditará por la Autoridad Portuaria mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, previo consentimiento, por escrito, del interesado, en caso de que no se de tal consentimiento, deberá aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
d) Declaración responsable de no hallarse incursas en las prohibiciones para contratar recogidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
e) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empre- sas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, relación de empresas que integren el grupo de empre- sas del que forme parte el licitador.
g) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se some- ten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
h) Fianza provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria de Ma- rín y Ría de Pontevedra.
B) En los restantes supuestos y siempre que no se exija clasificación alguna, los documentos a pre- sentar serán los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán pres- tar, por escrito, su consentimiento para que la Autoridad Portuaria pueda acreditar su identi- dad mediante la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, en caso de que el interesado no quiera dar su consentimiento a realizar esta consulta, deberá aportar su corres- pondiente fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Las sociedades mediante la pre- sentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
b) Los que acrediten que cuentan con la solvencia económica y financiera conforme a los medios establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. La personalidad de este último se acreditará por la Autoridad Portuaria mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, previo consentimiento, por escrito, del interesado, en caso de que no se de tal consentimiento, deberá aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
d) Declaración responsable de no hallarse incursas en las prohibiciones para contratar recogidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
e) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empre- sas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo
42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, relación de empresas que integren el grupo de empresas del que forme parte el licitador.
g) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se some- ten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
h) Fianza provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria de Ma- rín y Ría de Pontevedra.
C) En el caso de Uniones Temporales de Empresarios:
a) Cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a los apartados anteriores.
b) En el escrito de proposición indicarán los nombres y características de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos, y el compromiso de constituirse en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios, asimismo deberán nombrar un representante o apo- derado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obli- gaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existen- cia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significati- va.
c) La clasificación de la agrupación se verificará, en su caso, mediante la acumulación de las clasificaciones individuales de cada una de las empresas que integran la unión temporal ex- presadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será requisito básico para la acumu- lación de las citadas características que todas las empresas que concurran en la unión tempo- ral hayan obtenido previamente clasificación como empresa de obras.
d) Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en una unión de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta su solvencia económica, financiera y técnica o profesional
D) Las personas físicas o jurídicas no pertenecientes a la Unión Europea, además de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su Estado y su solvencia técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, que se acompañará a la documentación que se presente; que figuran inscritas en el Registro local profe- sional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato y que el Estado de proce- dencia de la empresa extranjera admite a la vez su participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Será necesario, además que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o repre- sentantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al idioma cas- tellano x xxxxxxx.
SOBRE Nº 2
Título:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA. A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.
Contenido:
Proposición económica formulada estrictamente con arreglo al modelo que figura como Anexo al presente Xxxxxx, para cada propuesta. El concursante deberá formular obligatoriamente su proposi- ción para el proyecto aprobado por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, sin introdu- cir ninguna variante.
La propuesta se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, erro- res o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra estime fundamental para considerar la oferta.
SOBRE Nº 3
Título:
REFERENCIAS TÉCNICAS. A continuación se consignarán el título del Contrato y el nombre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico
Contenido:
A) Memoria Constructiva y Programa de Trabajo
Para la Memoria Constructiva y el Programa de Trabajo de cada propuesta se valorarán los siguientes aspectos:
− La concepción global de la obra y justificación de la metodología para la ejecución de la misma.
− La descripción de todas las unidades de obra importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos.
− La relación de maquinaria a emplear para ejecutar cada unidad de obra.
− La disponibilidad de la maquinaria y fecha de puesta en obra.
− La relación de las fuentes de suministro de materiales y validación de las mismas, en su caso.
− El análisis de las necesidades de instalaciones fijas y auxiliares, acopios y zonas previstas para préstamos y vertederos.
− El estudio de los medios de transporte y de las plantas de producción de materiales.
− El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos
− Desvíos provisionales y reposiciones de servicios con sus medidas de señalización y seguridad previstas.
− Interferencia y/o afecciones reciprocas entre la explotación portuaria y la ejecución de las obras.
− Señalización y balizamiento de las en sus sucesivas fases de ejecución.
− La relación de las unidades o partes de la obra que realizará bajo subcontratación, indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación, aportando compromiso.
− El organigrama propuesto para la obra y la cualificación del Jefe de Obra.
− La coherencia de la planificación de la obra con los equipos materiales y humanos adscritos a cada una de las unidades, debiendo justificar los rendimientos medios previstos que justifiquen el plazo de ejecución y los plazos parciales previstos.
− La lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras, incluyendo red de precedencias múltiples entre actividades, duración estimada de cada actividad y holguras. Diagrama espacios-tiempo en obras de tipo lineal o esquemas de avance temporales para las sucesivas fases en la que la construcción se descomponga.
− El plazo total de la obra, que será, como máximo, el reseñado en el Cuadro de Características xxx Xxxxxx.
− Los plazos parciales que proponga en su programa de trabajo, en su caso.
B) Calidad a obtener
Para cada oferta, se valorarán los siguientes aspectos:
− Las medidas propuestas para controlar y garantizar la calidad a obtener en la ejecución de la obra.
− Los procedimientos de certificación de calidad que se aporten; en particular, se valorará que la ejecución de la obra se realice en un marco de gestión de la calidad de acuerdo con la norma ISO 9001.
− Los controles de calidad que proponga realizar durante la ejecución de la obra; el plan de control de calidad específico para la obra incluirá al menos los siguientes aspectos:
• Aspectos concretos de las unidades de obra a controlar durante la ejecución de los trabajos y normativa técnica aplicable.
• Evaluaciones previas a los proveedores de materiales o posesión de sellos de calidad del producto.
• Relación de Programas de Puntos de Inspección para las distintas unidades de obra.
• Criterios de muestreo técnico y de aceptación y rechazo.
• Organización dedicada al control de calidad.
C) Programa de actuaciones medioambientales
Para cada oferta, se valorarán los siguientes aspectos:
− El ajuste del Programa de Actuaciones Medioambientales propuesto al contenido del proyecto licitado y a la Declaración de Impacto Ambiental, en su caso.
− Las propuestas de medidas de gestión medioambiental y de los productos a utilizar en la obra, con inclusión de los certificados y demás documentos acreditativos de estos requisitos. Especialmente se calificarán, con carácter general:
• La precisión en la identificación de unidades de obra que puedan generar impactos.
• La disponibilidad de instrucciones de trabajo.
• La organización física de la obra.
• La localización de canteras.
• La identificación de requisitos legales.
• La localización de vertederos.
• Los sistemas de buena gestión medioambiental propuestos.
• La integración de los subcontratistas en el sistema de gestión medioambiental del licitador.
− Con carácter específico y en función del tipo de obra se podrán valorar algunas de las siguientes medidas:
• gestión ambiental de tierras y materiales de obra;
• reducción en la generación de residuos;
• disminución de la contaminación por vertidos, acústica, atmosférica o del suelo;
• reducción del impacto visual, cultural o sociológico;
• disminución del uso de combustibles fósiles o utilización de energías renovables.
− El programa de vigilancia ambiental propuesto, cuyo alcance y contenido podrá presentar mejoras de actuación medioambiental con respecto al contenido en el proyecto licitado. En dicho programa se indicarán las actuaciones de vigilancia y seguimiento sobre los recursos del medio para las unidades de obra o grupos de unidades similares y para las operaciones de:
• replanteo
• ubicación y explotación de préstamos y vertederos
• localización y control de zonas de instalaciones y parque de maquinaria
• control de accesos temporales
• control de movimiento de maquinaria
• desmantelamiento de instalaciones y zona de obras
• sistema de gestión de residuos y control de la contaminación
− El marco de gestión medioambiental en que se encuadra la ejecución de la obra; en particular: Reglamento Comunitario 1836/93, modificado por el 761/2001, o bien a las normas internacionales ISO (serie ISO14000) europeas EN o españolas UNE (77/801-94 y 77/802-94).
D) Memoria de Seguridad y Salud
Para la Memoria de Seguridad y Salud de cada propuesta se valorará el sistema interno de Seguridad y Salud que se proponga aplicar en la obra, en particular:
− La organización de la prevención y seguridad en la obra: organigrama preventivo, recursos preventivos, funciones, coordinación con subcontratistas y trabajadores autónomos.
− Los sistemas de participación del personal del contratista y subcontratistas.
− Los procesos de formación e información a desarrollar.
− Interferencia y/o afecciones reciprocas entre la explotación portuaria y la ejecución de las obras.
− Revisión del Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto bajo la perspectiva de su ejecución y de su interferencia con otras actividades portuarias, proponiendo las mejoras que se consideren conveniente en referencia a la propia ejecución como contratista como a la coordinación con el resto de actividades.
− Análisis de las posibles situaciones de emergencia: medidas a adoptar, relaciones a organizar con servicios externos para garantizar su rapidez y eficacia.
− Las certificaciones de haber establecido un sistema interno de Seguridad Laboral del licitador y de los subcontratistas propuestos, con indicación de su contenido.
E) Tecnología e I+D+i
Se valorará la calidad e idoneidad de las tecnologías que el contratista proponga para la ejecución de la obra.
En este sentido se valorarán en particular la utilización en la obra de tecnologías que hayan sido des- arrolladas por el contratista en el marco de proyectos de I+D+i que supongan una mejora de la cali- dad y valor técnico de la obra, y cuya justificación pueda ser debidamente documentada.
9º Adjudicación
9.1. Normas generales:
La adjudicación se hará apreciando discrecionalmente y de manera motivada cual sea la proposición que, atendiendo a lo que se establece en el Pliego y las ofertas hechas por los licitadores, se considere más conveniente, sin que, consiguientemente, tenga que recaer en la proposición económica más ven- tajosa, pudiendo, incluso, declararse desierto el Concurso.
La Autoridad Portuaria dispondrá de un plazo de seis meses para la adjudicación del contrato, plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta.
9.2. Procedimiento:
Para la composición y funcionamiento de la Mesa de Contratación y Comisión Técnica se estará a lo dispuesto en las Normas y Condiciones Generales para la Contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias.
El acuerdo que establezca la composición de las Mesas de Contratación incluirá la designación de 3 suplentes para el supuesto de inasistencia de los inicialmente designados, e incluirá expresamente el del Presidente y Secretario.
A los efectos de la calificación de la documentación presentada, previa la constitución de la Mesa de Contratación, y finalizado el plazo de presentación de ofertas, el Presidente ordenará la apertura de los sobres nº1 y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos, rechazándose aquéllos que no lo hayan presentado en regla.
Si la Mesa observara defectos en la documentación aportada y estas fueran subsanables, concederá a los licitadores un plazo para ello que, como mínimo, será de 3 días naturales.
Acto seguido, se abrirá el sobre nº 3, sin que en este acto recaiga adjudicación alguna de carácter provisional. Esta documentación será remitida a la Comisión Técnica para su examen.
Solo se procederá a la apertura de las proposiciones económicas cuando la Mesa de contratación ten- ga en su poder la valoración técnica de las ofertas, presentadas y admitidas, efectuada por la Comi- sión Técnica.
En el lugar, día y hora designados en el anuncio o en la invitación, se procederá en acto público, a la apertura de las proposiciones económicas, dando lectura a las mismas.
La Mesa de Contratación hará su propuesta teniendo en consideración la puntuación económica y en su caso técnica alcanzada por cada oferta, contenida en el informe firmado por la Comisión Técnica que designe el órgano de contratación, dicho informe se incorporará como anexo del acta al expe- diente de contratación.
Sobre la base de la propuesta realizada por la Mesa de Contratación el Órgano de Contratación de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra resolverá la iniciación de los trámites procedentes para la adjudicación definitiva o la declaración de concurso desierto.
9.3. Criterios de valoración de las ofertas.
Para el estudio y valoración de las proposiciones, los criterios a tener en cuenta serán los siguientes:
A) PRECIO DEL CONTRATO
Para obtener las puntuaciones económicas, PE, de las ofertas se procederá de la siguiente forma: se le asignaran 100 puntos a la oferta más económica y a las ofertas restantes se les asignará la puntua- ción obtenida mediante la siguiente expresión:
Puntuación económica de la oferta (PE) =
70 ×Baja de la oferta
Baja de la oferta más económica
+ 30
Se entiende por baja de una oferta la diferencia entre el presupuesto base de licitación y el presupues- to de la oferta correspondiente, en tanto por ciento. Se considera oferta más económica a la oferta más baja de las presentadas no incursa definitivamente en anormalidad por su bajo importe.
La puntuación económica se redondeará al segundo decimal. Presunción de anormalidad por bajo importe de una oferta Siendo:
BO: Baja de la oferta económica (%).
BR: Baja de Referencia, calculada como se indica a continuación (%).
BM Baja Media (%), calculada como se indica a continuación.
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo importe, aquéllas cu- yas BO correspondientes superen los siguientes valores:
a) Para un número n de ofertas económicas “contemplables” mayor o igual que cinco (5):
BO > BR + 4
b) Para un número n de ofertas económicas “contemplables” menor que cinco (5):
BO > BM + 4
Se denominan ofertas económicas “contemplables”, a las ofertas admitidas administrativa y técnica- mente, una vez excluidas aquellas correspondientes a las propuestas situadas en el intervalo de cali- dad técnica inaceptable, así como aquellas que, a estos efectos, no deban ser consideradas por perte- necer a un mismo grupo.
Los cálculos de la Baja Media (BM) y de la Baja de Referencia (BR) se realizarán de la forma si- guiente:
Ofj = Importe de la oferta genérica “contemplable” j (incluida en el conjunto de las citadas n ofertas “contemplables”) y
PB = Presupuesto Base de Licitación, que figura en el Cuadro de Características xxx Xxxxxx. Se obtendrá, para cualquiera número, n, de ofertas:
Ofj
BOj =
100 1 - y
PB
BM =
n ∑
1 j = n
BOj
j=1
Además, para n > 5, se obtendrá:
j = n
1/2
(BO )2 - n (BM)2
σ= ∑ j
j= 1
n
Entre las mencionadas n ofertas económicas “contemplables” se elegirán aquellas n’ ofertas, tales que a cualquiera de ellas, de importe expresado genéricamente como Ofh, le corresponda un valor
BOh Ofh , que cumpla la condición:
BOh = 1001− PB
BOh − BM ≤ σ.
Y contando sólo con dichas n’ ofertas, se calculará el valor BR, llamado “Baja de Referencia”, del modo siguiente:
∑
h = n'
BOh
BR = h=1
n'
Dicho valor de BR servirá, cuando n
dad anteriormente citados.
≥ 5 , para determinar los límites de la presunción de anormali-
La declaración de temeridad requerirá la previa solicitud de información a todos los licitadores su- puestamente comprendidos en ella.
B) CALIDAD TÉCNICA DE LA PROPOSICIÓN.
Para valorar la calidad técnica de una propuesta se analizarán y puntuarán los aspectos de la misma que se relacionan seguidamente:
a) Memoria y Programa de trabajo
b) Calidad
c) Programa de actuaciones medioambientales
d) Memoria de Seguridad y Salud
e) Tecnología e I+D+i
Para obtener las puntuaciones de una proposición en particular se sumarán las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los aspectos enumerados. La puntuación máxima a alcanzar en cada uno de los aspectos será en general la siguiente:
Memoria y Programa de trabajo | 55 |
Calidad | 10 |
Programa de Actuaciones medioambientales | 15 |
Memoria Seguridad y Salud | 15 |
Tecnología e I+D+i 5
TOTAL 100
La valoración de la calidad técnica total (VT) de cada propuesta será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas para los distintos aspectos de ella, y se redondeará al segundo decimal.
El método a seguir para determinar la puntuación técnica de cada oferta (PT) será el siguiente:
a) Las ofertas de los concursantes admitidos administrativamente quedarán encuadradas en dos intervalos:
- Ofertas con calidad técnica inaceptable: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea inferior a 60 puntos.
- Ofertas con calidad técnica suficiente: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea superior o igual a 60 puntos.
b) Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración para el cálculo de las ofertas anormalmente bajas ni para la determinación de la oferta más ventajosa, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro inter- valo, se procederá a declarar desierto el concurso, al no haber concurrido al mismo ofer- tas de calidad técnica suficiente.
En lo que sigue, no se hace referencia a las ofertas situadas en el intervalo de calidad téc- nica inaceptable, ni a las calificadas definitivamente como anormalmente bajas que no son ya tomadas en consideración.
A las ofertas cuya valoración sea de 60 puntos se les asigna una puntuación técnica de 30 puntos, y al resto de ofertas según la siguiente expresión:
Puntuación técnica de la oferta (PT) = 70 ×(Valoración técnica de la oferta − 60) + 30
(Valoración técnica más alta − 60)
La puntuación técnica se redondeará al segundo decimal.
Todos los criterios deberán ordenarse por orden decreciente de importancia, en atención a su ponde- ración relativa en la valoración a practicar.
EVALUACIÓN GLOBAL DE LAS OFERTAS
La puntuación global de las ofertas encuadradas en el intervalo de calidad técnica suficiente se calcu- xxxx con arreglo a la siguiente expresión:
I.- CALIDAD TECNICA DE LA PROPUESTA (X)
II.- OFERTA ECONOMICA DE LA PROPUESTA (Y)
Los valores de X e Y, cuya suma deberá ser siempre igual a 100 (X + Y = 100), serán los estableci- dos en el Cuadro de Características xxx Xxxxxx.
La puntuación global, PG, relativa a una propuesta cualquiera será la siguiente:
PG =
X 100
PT +
Y PE 100
Siendo PT la “puntuación técnica “ y PE la “puntuación económica”.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 10º Documentación a presentar
10.1. Antes de la adjudicación definitiva del Contrato, el adjudicatario deberá presentar, si no lo hubiera hecho en la fase de licitación, los documentos acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
10.2. Igualmente, el adjudicatario deberá aportar los documentos probatorios de la personalidad y capacidad para contratar con la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra del firmante de contrato, cuando sea una persona distinta a la que presentó en su día la oferta correspondien- te, así como los justificantes de haber constituido la fianza definitiva y del abono de los gastos del anuncio o anuncios de licitación.
11º Fianza definitiva
11.1. El adjudicatario está obligado a constituir la fianza señalada en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego.
11.2. Esta fianza se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra y podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. En todo caso el aval o seguro de caución de- berán presentarse en documento bastanteado por los servicios jurídicos del Estado o interveni- do por fedatario público.
11.3. La fianza podrá ser otorgada por persona o entidad distinta del adjudicatario, entendiéndose, en todo caso, que la garantía queda sujeta a las mismas responsabilidades que si fuese constituida por el mismo. Se entenderá que el aval debe prestarse con renuncia al beneficio de excusión a que se refiere el Artículo 1.830 del Código Civil, a primer requerimiento, así como el seguro debe constituirse con renuncia del asegurador a oponer al asegurado las excepciones que pudie- ran corresponderle contra el tomador.
11.4. En el plazo de quince días, contados a partir de la notificación de la adjudicación definitiva, deberá acreditarse ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, la constitución de la fianza anteriormente señalada.
12º Documento de formalización
El Contrato se formalizará dentro del plazo de treinta días siguientes al de notificación de la adjudi- cación.
El adjudicatario podrá exigir su formalización en escritura pública, en cuyo caso serán de su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
IV. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
13º Condiciones a que debe ajustarse la ejecución de las obras
13.1. La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, designará un Director del Contrato que desempeñara una función de impulso, inspección y control de la ejecución del contrato, siendo el cauce normal de comunicación, encargos técnicos e intercambio de información con el adju- dicatario y un Director facultativo encargado de dirigir al contratista las instrucciones que, en interpretación técnica del proyecto, resulten procedentes para la debida ejecución del contrato.
13.2. En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de formalización del contrato, se procederá a la comprobación del replanteo de las obras, extendiéndose Acta del resultado, que será firmada por ambas partes.
13.3. Cuando se establezca expresamente en el Pliego de de Prescripciones Técnicas, y siempre que la total ejecución de la obra esté prevista en más de una anualidad, el contratista estará obligado a presentar un programa de trabajo, en el plazo máximo de treinta días, contados desde la for- malización del contrato.
El director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo cuando este sea obligatorio, sin derecho a intere- ses de demora, por el retraso en el pago de estas certificaciones.
El contratista será responsable, mientras dure la ejecución del contrato y hasta tanto haya transcurri- do el plazo de garantía, de los daños y perjuicios causados a terceros, a la propia entidad contratante o al personal de la misma
14º Precio y forma de pago
14.1 El pago al contratista se realizará en los plazos y condiciones a que se refiere el artículo 99 dla Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
14.2. El precio del contrato y los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, se- rán los del proyecto adjudicado, aplicándoles, al igual que a las anualidades previstas, la baja de adjudicación resultante.
14.3. Este precio comprende la totalidad de los gastos que tenga que hacer el adjudicatario para la ejecución de las obras objeto de este Contrato, hasta su recepción por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, así como todos los impuestos, derechos y tasas que sean conse- cuencia del contrato, incluso el Impuesto sobre el Valor Añadido, sin que pueda imputarse a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra ningún pago por estos conceptos.
14.4. El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente mediante presentación de certi- ficaciones expedidas por el Director del Contrato, en el plazo xxxxxx xx xxxx días siguientes al período al que correspondan.
14.5. Aún cuando las obras se ejecuten con mayor celeridad de la necesaria para el cumplimiento de los plazos previstos, el adjudicatario no tendrá derecho a percibir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo ejecutado o de las certificaciones expedidas, mayor cantidad que la consig- nada en la anualidad correspondiente.
14.6 Las certificaciones expedidas tienen el concepto de pagos provisionales a cuenta, sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de las obras realizadas.
14.7. Se podrán verificar abonos a cuenta, previa petición escrita del contratista, por el importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo como; instalaciones, acopios de materiales y equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía.
15º Cumplimiento de plazos y penalidades por demora
15.1. El adjudicatario está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realiza- ción del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
15.2. Si el adjudicatario incurre en demora respecto al cumplimiento del plazo total, por causa impu- table al mismo, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, podrá optar indistinta- mente por la resolución del Contrato, con pérdida de la fianza o por conceder la ampliación del plazo contractual pudiendo imponer al contratista en este último caso, las penalidades diarias en la proporción de 0,12 por cada 600 euros del precio del contrato por cada día natural de de- xxxx.
Las penalidades se harán efectivas mediante su deducción de los pagos que proceda realizar al contratista y, no siendo esto posible, con cargo a la garantía definitiva que se hubiera constitui- do.
15.3 Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
15.4 La Autoridad Portuaria tendrá la misma facultad a que se refiere el apartado anterior respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales.
15.5. Si el retraso fuera producido por causas no imputables al contratista, y éste ofrece cumplir su compromiso dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por la Autori- dad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, un plazo, que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, salvo que el contratista pida uno menor.
15.6. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
16º Modificación del contrato
En ningún caso el Director del Contrato o el adjudicatario podrán introducir o realizar modificacio- nes en el proyecto adjudicado, sin la debida aprobación de la modificación y del presupuesto resul- tante como consecuencia de ella.
El órgano de contratación se reserva la facultad de exigir al contratista la ejecución de prestaciones adicionales, o bien una reducción o sustitución parcial en la prestación, respecto del objeto inicial del contrato, por razón de interés público, siempre que el importe de la modificación no altere en más del 20 por 100 del precio de adjudicación y que sea debida a necesidades nuevas o causas imprevistas.
El importe de la modificación podrá ser determinado por el propio órgano de contratación cuando se trate de unidades de obra o de prestaciones cuyo precio pueda individualizarse con los datos del pro- yecto o de la oferta presentada por el contratista.
Fuera del caso a que se refiere el apartado anterior, para calcular el importe de la modificación se es- tará a lo válidamente estipulado por las partes. a falta de acuerdo, se entenderá que el contrato queda incurso en causa de resolución.
El órgano de contratación, sin necesidad de tramitar un expediente independiente, se reserva la facul- tad de ofrecer al contratista la ejecución de prestaciones complementarias respecto del objeto inicial del contrato cuando se trate de aquellas que no figuren en el proyecto inicialmente adjudicado, pero que resulte necesario ejecutar como consecuencia de circunstancias imprevistas, siempre que su eje- cución se confíe al contratista que ejecute el contrato inicial y dichas obras no puedan separarse téc- nica o financieramente del contrato principal, sin causar graves inconvenientes a la entidad contratan- te o, aun pudiendo separarse de la ejecución del contrato inicial, sean estrictamente necesarias para su perfeccionamiento.
17º Obligaciones laborales y sociales.
17.1 El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
17.2 El órgano de contratación de la Autoridad Portuaria, podrá solicitar al contratista o subcontratis- ta, tanto al inicio de las actividades como durante el desarrollo de las mismas, que acredite el cum- plimiento de las siguientes obligaciones:
• Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. A tal efecto el contratista o subcontratista deberá demostrar que todo su personal esté dado de alta en la Seguridad Social, está al corriente en el pago de las cuotas y posee la documenta- ción oficial necesaria.
• Que tiene asegurado al personal contra los riesgos de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales en la Seguridad Social o en una entidad gestora y colaboradora de la misma (Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
• Que no tiene pendiente con sus trabajadores deudas de tipo salarial.
• Que comunica los cambios de altas y bajas del personal que presta servicios en las instalacio- nes, centros y lugares de trabajo de la Autoridad Portuaria, el mismo día en que se producen.
• Que todo el personal bajo su responsabilidad es apto para realizar su trabajo.
17.3 Sin perjuicio de lo que establezca el Ministerio de Fomento, durante la ejecución del contrato, el incumplimiento grave de las condiciones de carácter social será considerado infracción grave a los efectos previstos en el Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 xx xxxxx que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Se producirá un incumplimiento grave de las condiciones de carácter social en cualquiera de los ca- sos siguientes:
• Cuando el porcentaje de trabajadores fijos empleados para la ejecución del contrato no alcan- ce el 20%.
• Cuando el porcentaje de trabajadoras que se contraten para la ejecución del contrato sobre el total de nuevos empleados que se contraten, siempre que la disponibilidad xxx xxxxxxx labo- ral de la construcción lo permita, no alcance la media nacional en el sector de la construcción.
• Cuando el porcentaje de trabajadores minusválidos, siempre que la disponibilidad del merca- do laboral de la construcción lo permita, no alcance el 1 % de su plantilla.
• Cuando en el período de un año se haya producido durante la ejecución de la obra dos san- ciones muy graves que haya agotado la vía administrativa por parte de la Autoridad Laboral como consecuencia del incumplimiento de la legislación en materia de prevención de riesgos laborales.
Sin perjuicio de la decisión que adopte el órgano competente para imponer la sanción, se propondrá la suspensión de la clasificación de la empresa al Ministerio de Economía y Hacienda, por tres, seis, nueve y doce meses, respectivamente, según si la empresa ha incumplido una, dos, tres o cuatro de las condiciones citadas.
La suspensión de la clasificación será extensiva a todos los empresarios que formen parte de la Unión Temporal de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 xx xxxxx que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
18º Cesión y subcontratación.
18.1. El contratista podrá subcontratar o ceder el contrato con sujeción a los siguientes requi- sitos:
a) El licitador deberá mencionar en la oferta la parte del contrato que se proponga subcontra- tar, indicando su importe, así como los subcontratistas propuestos. La subcontratación no po- drá exceder del 50 por 100 del importe de adjudicación.
b) La cesión sólo podrá tener lugar previa autorización del órgano de contratación siempre que el cedente haya ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato y que el cesio- nario reúna los requisitos de solvencia y capacidad que fueron exigidos para la adjudicación.
18.2. La cesión, entre el adjudicatario y el cesionario, deberá formalizarse en escritura públi-
ca.
En el caso de que en un contrato de obras o prestación de servicios, se subcontrate la realiza- ción del mismo, el contratista se compromete a comunicar a la Autoridad Portuaria:
• El nombre o razón social, domicilio y número de identificación fiscal de la empresa subcon- tratista.
• Objeto y duración de la subcontrata.
• Lugar de ejecución de la subcontrata.
• Número de trabajadores de la subcontrata que prestarán servicios en el centro de trabajo o ins- talaciones de la Autoridad Portuaria.
• Medidas previstas para la coordinación de actividades desde el punto de vista de la preven- ción de riesgos laborales.
19º Gastos exigibles al contratista
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de los anuncios de la licitación, los de formalización del Contrato, así como los porcentajes que se establezcan en el proyecto por prestación de los trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección y liquidación, , los de señalización e información de las obras, control de calidad y coordinación en Materia de Seguridad y Salud Laboral, en la cuantía que a continuación se señala, respecto al presupuesto de ejecución material de las obras:
Dirección e Inspección de obra el 4,00% |
Replanteo hasta el 0,20% |
Liquidación hasta el 0,20% |
Control de calidad 1,00% |
Coordinador en materia de Seguridad y Salud Laboral 1,00% |
Vigilancia y Señalización: Los que resulten necesarios. |
20º Revisión de precios
El contratista tendrá derecho a la revisión de precios cuando así se establezca en el Cuadro de Carac- terísticas xxx Xxxxxx, en el que se determinará el índice o fórmula de carácter oficial que se tomará como referencia.
En todo caso la revisión de precios se sujetará a las siguientes reglas:
a) No se procederá a la revisión mientras el contrato no se haya ejecutado en el 20 por 100 de su im- porte y haya transcurrido un año desde su adjudicación; por lo que ni el 20 por 100 ni el primer año de ejecución, contado desde la adjudicación, serán objeto de revisión.
b) En caso xx xxxx del contratista, se entenderá que los índices de precios a aplicar serán los que hubieran correspondido a la fecha prevista en el contrato para realizar la prestación; salvo que los ín- dices correspondientes al período real de ejecución fueran inferiores, en cuyo caso se aplicarán estos últimos.
c) El importe de las revisiones se hará efectivo mediante su pago o descuento en la liquidación del contrato. No obstante, el órgano de contratación podrá optar por anticipar su abono o descuento en los pagos parciales que se hagan previamente al contratista.
21º Señalización
El contratista está obligado a instalar a su xxxxx, los carteles anunciadores de las obras a realizar, así como las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos.
22º Suspensión del contrato
En caso de que se acordase la suspensión del contrato, deberá levantarse la correspondiente Acta de Suspensión, en el plazo máximo de dos días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en el que se acuerde la suspensión, en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situa-
ción de hecho en la ejecución de aquel. La suspensión será automática sin perjuicio del abono al con- tratista de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por este.
Al Acta se debe acompañar, como anejo y en relación con la parte o partes suspendidas, la medición tanto de la obra ejecutada en dicha o dichas partes, como de los materiales acopiados a pie de obra utilizables exclusivamente en las mismas.
23º Recepción y liquidaciones
El cumplimiento del contrato se acreditará mediante Acta suscrita por el contratista y el órgano de contratación previo informe del director del Contrato o del director facultativo.
Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes del contrato susceptibles de ser ejecutadas por fases y que puedan ser entregadas a la Autoridad Portuaria, según lo pactado en el contrato.
24º Plazo de garantía
El plazo de garantía será el señalado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego. En to- dos los contratos se entenderá estipulado un plazo de garantía, mínimo, de un año contado desde la recepción, plazo durante el cual el contratista estará obligado a efectuar los trabajos de mantenimien- to o conservación y a responder de los daños o deterioros imputables al mismo que se pongan de ma- nifiesto con el uso normal del objeto del contrato.
En los casos en que haya lugar a recepciones parciales, el plazo de garantía de las partes recibidas comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas.
25º Causas de resolución del contrato
1.- Son causas de resolución del contrato las siguientes:
a) El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales.
b) La demora en el cumplimiento de los plazos imputable al contratista, sin necesidad de intima- ción y salvo los casos en que el órgano de contratación acuerde una ampliación del plazo.
c) La falta de acuerdo sobre las modificaciones a introducir en el contrato, cuando éstas excedan del 20% del importe total del contrato.
d) El mutuo acuerdo con el contratista previa justificación en el expediente de las razones de interés público que hacen innecesaria o inconveniente la continuidad del contrato.
e) El desistimiento o la suspensión de las obras por un plazo superior a ocho meses acordada por la Administración.
f) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad ju- rídica de la sociedad contratista.
g) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
h) La falta de prestación por el contratista de la garantía definitiva o las especiales o complemen- tarias de aquélla en plazo en los casos previstos en la Ley y la no formalización del contrato en plazo.
i) Aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.
j) Las que se señalan específicamente para los contratos de obras en la Ley 30/2007, de 30 de oc- tubre, de Contratos del Sector Público
2.- Cuando, previa audiencia del contratista, el órgano de contratación dicte acuerdo motivado de re- solución del contrato por la concurrencia de alguna causa de resolución por incumplimiento imputa- ble al contratista, ordenará la incautación de la garantía definitiva constituida por el mismo, y en su caso de la adicional, sin perjuicio del derecho a reclamar del contratista el importe de los perjuicios que dichas garantías no alcanzaran a cubrir y con reserva del derecho del contratista a entablar las demandas que procedan contra el acuerdo de resolución sobre la concurrencia de la causa de resolu- ción y sus efectos.
Pontevedra, 31 de julio de 2008
EL PRESIDENTE,
Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
CONFORME DEL ADJUDICATARIO CON EL CONDICIONADO
Nombre:
D.N.I:
En representación de: Fecha:
Firma:
A N E X O I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ........................................................................................................ con residencia en
................................. provincia de ................................ c/ .........................................................
nº ..........., con DNI nº , enterado y de acuerdo con las condiciones y requisitos que
la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra exige para la adjudicación del contrato de
................................................................................................................ me comprometo en nombre
propio o de la empresa,……………………………………………, a llevar a cabo su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de:
EUROS | € |
EN LETRA | EN NÚMERO |
haciendo constar que no ha presentado más de una proposición a esta licitación, ya sea individual- mente ya en unión temporal con otro empresario.
A todos los efectos, esta proposición supone una aceptación incondicional del contenido xxx Xxxxxx y comprende, no sólo el precio del contrato como tal, sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como los demás impuestos y tasas que puedan corresponder.
..............................., ............. de .............................. de ……........
(Fecha y firma del licitador o su representante)
A N E X O I I
MODELO DE AVAL
La Entidad , con NIF , y con domicilio en y en su nombre y representación D con facultades suficientes para obligarles en este acto, se- gún resulta del poder notarial otorgado con fecha de de ante Notario de
D. y bastanteado por la Abogacía del Estado de esta Provincia el día de de y con núm. , por el presente documento, que quiere tenga fuerza ejecutiva y carácter preferente, AVALA ante el PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXX Y RÍA DE PONTEVEDRA con carácter solidario y renuncia expresa a los beneficios de división y excusión de bienes de cualquier deudor principal, a la Empresa con N.I.F. y domicilio fiscal , hasta la cantidad de EUROS ( €.-), en concepto de fianza para responder de las obligaciones derivadas del cum- plimiento del contrato, correspondiente a los trabajos:
“……………………………………………………………………………………”
La presente garantía se establece con CARÁCTER INDEFINIDO, debiendo considerarse vi- gente en tanto no se cancele formalmente por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
La Entidad garante hará efectiva la Garantía a requerimiento el Presidente de la Autoridad Por- tuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra sin que el afianzado pueda oponerse al pago que será liberatorio para la Entidad garante, sin perjuicio de las acciones que correspondan al afianzado frente a la Auto- ridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, beneficiaria de esta Garantía.
El presente afianzamiento, ha sido inscrito en con fecha en el Registro de Avales con el núm.
Y para que conste, y podamos ser compelidos al pago, firmamos la presente en a de de