Contract
5. Exclusividad
Alternativa A. Durante la vigencia del presente Contrato, el Principal no concederá el derecho de venta de los Productos en el Territorio a un tercero, sea persona física o jurídica. No obstante, el Principal tendrá la facultad de negociar directamente, sin intermediación del Agente, con clientes situados en el Territorio siempre que informe al Agente de dichos acuerdos. En este caso el Agente tendrá derecho a percibir una comisión reducida según se establece en el Anexo 2, salvo que el Principal se haya reservado el derecho exclusivo a negociar directamente con ciertos clientes que se incluyen en el Anexo 3 de este Contrato, en cuyo caso el Agente no tendrá derecho a percibir ninguna comisión.
Alternativa B. El Principal podrá conceder a terceros, sean personas físicas o jurídicas el derecho para representar y vender sus productos en el Territorio. Por las ventas que se generen, el Agente no tendrá derecho a percibir comisión alguna.
6. Compromiso de no competencia
Alternativa X. Xxxxx autorización escrita del Principal, el Agente no podrá fabricar, distribuir ni representar ningún tipo de producto que entre en competencia directa con los Productos. A tales efectos el Agente declara que en la fecha en que se firma el presente Contrato, actúa en calidad de agente o de distribuidor de las empresas y productos que relacionan en el Anexo 4 de este Contrato. El compromiso de no competencia se mantiene durante la vigencia del presente Contrato y durante …… [1, 2, 3] años más, después de su finalización.
Alternativa B. Durante la vigencia del Contrato el Agente podrá fabricar, distribuir o representar productos similares a los del Principal, si bien le deberá informar de ello.
7. Obligación de informar al Principal
El Agente mantendrá puntualmente informado al Principal sobre las condiciones xxx xxxxxxx, la competencia y las normativas que afecten a la comercialización de los Productos. Asimismo, cada ……. [1, 2, 3] meses, enviará al Principal un informe sobre sus actividades y expectativas de ventas.
8. Obligación de informar al Agente
El Principal facilitará al Agente toda la información necesaria sobre los Productos (catálogos, especificaciones técnicas, manuales de uso, listas de precios, etc.). Asimismo informará al Agente, de forma inmediata, de cualquier cambio en los precios, condiciones
de venta o de pago. En el caso de que su capacidad de suministro sea significativamente inferior a lo que el Agente pueda esperar, informará de ello al Agente dentro de un plazo de tiempo razonable.
9. Confidencialidad
El Agente no podrá, durante la vigencia del presente Contrato ni después de su terminación, revelar a terceros información de carácter técnico o comercial, ni utilizar dicha información para propósitos diferentes a los establecidos en este Contrato.
10. Subagentes
Alternativa A. El Agente podrá contratar subagentes en todo el Territorio, previa información al Principal con un mínimo de …… [1, 2, 3] meses de antelación. El Agente será responsable de las actuaciones de los subagentes en las mismas condiciones que si las hubiera realizado él mismo.
Alternativa B. El Agente no podrá contratar subagentes sin la autorización previa del Principal.
11. Prohibición para otros territorios
El Agente no podrá representar al Principal, ni realizar ventas con clientes que tengan su residencia fuera del Territorio. El Agente informará al Principal de cualquier pedido realizado por empresas fuera del Territorio, si bien esta información no le dará derecho a percibir comisión alguna.
Ésta es una muestra de 2 páginas de 13 del Contrato de Agencia Comercial Internacional.
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