Contrato de Opciones de Compra Sobre Futuro de Ibovespa - Modelo Americano
Contrato de Opciones de Compra Sobre Futuro de Ibovespa - Modelo Americano
– Especificaciones -
1. Definiciones
Contrato (especificaciones): términos y reglas bajo los cuales las operaciones
serán efectuadas y liquidadas.
Contrato negociado: lote (unidad de negociación) negociado bajo los
términos y las reglas de estas especificaciones.
Serie: conjunto de características del contrato de opción que determina fecha de vencimiento y precio de ejercicio, siendo identificado por código específico establecido por la BM&F.
Compra de un contrato: operación en la cual el participante es titular, o
sea, tiene el derecho de comprar el objeto de la opción por el precio de ejercicio.
Venta de un contrato: operación en la cual el participante es lanzador,
o sea, caso sea ejercido por el titular, tiene la obligación de vender el objeto por el precio de ejercicio.
Día hábil: día en que hay rueda bursátil en la BM&F.
2. Objeto de la opción
El Contrato Futuro de Ibovespa, con vencimiento en la misma fecha de vencimiento de la opción.
3. Cotización
Prima de la opción, expresa en puntos, siendo cada punto equivalente al valor en reais establecido por la BM&F.
4. Variación mínima xx xxxxx bursátil
1 punto de índice.
5. Oscilación máxima diaria
No hay límites de oscilación diaria, pudiendo la Bolsa, excepcionalmente y a su criterio, establecerlos.
6. Unidad de negociación
Cada opción se refiere a un Contrato Futuro de Ibovespa, autorizado para negociación por la BM&F, conforme definido en el ítem 2.
7. Precios de ejercicio
Las series de precios de ejercicio serán establecidas y divulgadas por la BM&F, y serán expresas en puntos de índice.
8. Meses de vencimiento
Los meses en que haya vencimiento del Contrato Futuro de Ibovespa, objeto de la opción, autorizado para negociación.
9. Número de vencimientos en abierto
Conforme autorización de la BM&F.
10. Fecha de vencimiento
El miércoles más próximo al día 15 del mes de vencimiento. Caso ese día sea festivo o no hubiese rueda bursátil en la BM&F, la fecha de vencimiento será el día hábil subsiguiente.
11. Último día de negociación
La fecha de vencimiento. Ese día, no serán admitidas operaciones day trade ni apertura de nuevas posiciones.
12. Day trade
Son admitidas operaciones day trade (compra y venta, el mismo día hábil, de la misma cantidad de contratos de la misma serie), que se liquidarán automáticamente, desde que efectuadas en nombre del mismo cliente, por intermedio de la misma Corredora asociada y bajo la responsabilidad del mismo Miembro de Compensación, o efectuadas por el mismo Operador Especial, bajo la responsabilidad del mismo Miembro de Compensación. La liquidación financiera de esas operaciones será efectuada el día hábil subsiguiente, siendo los valores calculados de acuerdo con el ítem 13.
13. Movimiento financiero de la prima
Pagos y recibimientos xx xxxxxx serán efectuados el día hábil siguiente al de la realización de la operación, con los valores calculados de acuerdo a la siguiente formula:
VL = P x M
donde:
VL = valor de liquidación de la prima, en reais, por contrato; P = prima de la opción, expresa en puntos de índice;
M = valor en reais de cada punto del índice, establecido por la BM&F
14. Ejercicio
La opción es del modelo americano, o sea, podrá ser ejercida por el titular a partir del día hábil siguiente al de realización de la operación, inclusive, hasta la fecha de vencimiento, exclusive. En la fecha de vencimiento del contrato, el ejercicio será automático, o sea, será comandado y procesado por la BM&F siempre que el precio de ajuste del contrato futuro-objeto sea superior al precio de ejercicio y no hubiese solicitación de no-ejercicio por el titular (bloqueo de ejercicio).
Los resultados financieros consecuentes del ejercicio tendrán movimiento el día hábil subsiguiente.
15. Condiciones de liquidación en el ejercicio
El ejercicio de cada contrato de opción por su titular implica la compra de un Contrato Futuro de Ibovespa, definido en el ítem 2, del lanzador, por el precio de ejercicio.
Inmediatamente después del ejercicio, se aplicarán al comprador y al vencedor todas las exigencias establecidas en el Contrato Futuro de Ibovespa, objeto de la opción, inclusive aquellas relativas a los requerimientos de margen de garantía, para liquidación de ajustes y para liquidación en el vencimiento.
. Condiciones Especiales
Si, por cualquier motivo, la BM&F suspendiese la negociación del Contrato Futuro de Ibovespa, objeto de la opción, podrá, a su criterio, cerrar las posiciones en abierto y liquidarlas financieramente, utilizando el siguiente criterio:
LF = PAIND –INDe ) x M x N
donde:
LF = valor de liquidación financiera del contrato;
PAIND = precio de ajuste, en puntos, calculado en el Contrato Futuro de Ibovespa de mismo vencimiento;
INDe = precio de ejercicio para la serie de la opción;
M = valor en reais de cada punto del índice, definido por la BM&F; N = número de contratos en abierto de la posición liquidada.
Esa regla estará limitada a las posiciones cuyo resultado de LF sea positivo para el comprador de la opción (titular).
El resultado de la LF será acreditado al comprador de la opción y adeudado al vendedor el día hábil siguiente al del cierre de la posición.
La BM&F, podrá, aun, arbitrar un precio de ajuste para el Contrato Futuro de Ibovespa, objeto de la opción, caso juzgue no ser representativo el último precio de ajuste disponible para aplicar la regla aquí descrita.
16. Hedgers
Fundaciones de seguridad, aseguradoras, fondos mutuos de acciones, clubes de inversión en acciones, fondos de inversión y demás inversores institucionales.
17. Margen de garantía para el lanzador
Será exigida margen de garantía de todos los lanzadores, cuyo valor será calculado según la metodología divulgada por la BM&F, pudiendo ser actualizado diariamente.
18. Activos aceptados como margen
Aquellos aceptados por la Cámara de Registro, Compensación y Liquidación de Operaciones de Derivativos BM&F.
19. Costos operacionales
• Tasas de la Bolsa
Tasas de emolumentos y de registro, averiguadas de acuerdo con cálculo establecido por la Bolsa.
Los costos operacionales son debidos el día hábil siguiente al de realización de la operación o del ejercicio.
Los Socios Efectivos y los inversores institucionales pagarán, como máximo, un 75% de los costos operacionales.
20. Normas complementares
Hacen parte integrante de este contrato, en lo que quepa, la legislación en vigor, las normas y los procedimientos de la BM&F, definidos en sus Estatutos Sociales, Reglamento de Operaciones y Oficios Circulares, observadas, adicionalmente, las reglas específicas de las autoridades gubernamentales que puedan afectar los términos en él contenidos.
En la hipótesis de situaciones no previstas en este contrato, así como de medidas gubernamentales o de cualquier otro hecho, que impacten la formación, la forma de cálculo o la divulgación de su variable, o que impliquen, inclusive, su discontinuidad, la BM&F tomará las medidas que juzgue necesarias, a su criterio, con vistas a la liquidación del contrato o su continuidad en bases equivalentes.
21. Observaciones
Si se considera que la cartera teórica del Ibovespa es actualizada cuatrimestralmente por la Bolsa de Valores de São Paulo, la BM&F subraya el hecho de que podrá ocurrir cambio en su composición durante el periodo de vigencia de uno o más vencimientos del Contrato Futuro de Ibovespa, objeto de la opción.
ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: OFICIO CIRCULAR 061/2007 – DG, DE 17/08/2007