BANCO CENTRAL DEL URUGUAY AREA SERVICIOS Y SEGURIDAD
BANCO CENTRAL DEL URUGUAY AREA SERVICIOS Y SEGURIDAD
PLIEGOS UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES, PARTICULAR DE CONDICIONES DE LLAMADOS A LICITACIÓN, COMPLEMENTARIO DE CONDICIONES, ANEXOS Y OTRAS INFORMACIONES.
LICITACION ABREVIADA Nº 112/09
OBJETO: Suministro, instalación y puesta en marcha de equipos split de aire acondicionado para el acondicionamiento térmico y ventilación de la Sala de Servidores del Banco Central del Uruguay y contratación de un servicio de asistencia técnica para los mismos.
VALOR XXX XXXXXX: $ 2.000 (pesos uruguayos dos mil)
ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Obligatoria para poder realizar la visita de las obras. Los Pliegos se podrán adquirir hasta el día y hora indicados para la misma.
VISITA DE LAS OBRAS: Concurrencia obligatoria (Requisito de admisibilidad de la propuesta) el día 3 xx xxxxx de 2010 a la hora 11:00 en el Área de Servicios y Seguridad – Unidad de Unidad de Gestión de Tecnología e Infraestructura del Banco Central del Uruguay, (Diagonal Xxxxxx 777 – Entrepiso del Edificio Sede). Solo podrán asistir aquellas empresas que hubieran adquirido previamente los pliegos.
ACTO DE ACLARACIONES Y CONSULTAS: Concurrencia NO obligatoria, día 8 xx xxxxx de 2010 a la hora 11:00 en el Área de Servicios y Seguridad (Entrada por Diagonal Xxxxxx Nº 777). Solo podrán asistir aquellas empresas que hayan adquirido los pliegos, y hayan concurrido al Acto de Visita de las obras.
SOLICITUD DE ACLARACIONES: Podrán realizar consultas y solicitar aclaraciones aquellas empresas que hayan adquirido los Pliegos, hasta las 16 horas del día 10 xx xxxxx de 2010, Deberán ser presentadas por escrito, debidamente firmadas mediante nota, fax o correo electrónico dirigidas a: Área de Servicios y Seguridad – Unidad de Compras II, Xxxxxxxx Xxxx
X. Xxxxxx 000, Xxxxxxxxx; por fax al 000.00.00 o por correo electrónico a xxxxxx@xxx.xxx.xx
RECEPCION DE OFERTAS: Área de Servicios y Seguridad - Unidad de Compras II del Banco Central del Uruguay hasta el día y hora indicados para la apertura de ofertas.
APERTURA DE OFERTAS: Miércoles 30 xx xxxxx de 2010 a las 15 horas.
Banco Central del Uruguay
ANEXO I
FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE
LICITACION ABREVIADA Nº 112/09
RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA
NOMBRE COMERCIAL
DE LA EMPRESA
REGISTRO UNICO TRIBUTARIO
DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACION:
Calle: Nº:
Localidad:
Código Postal: País:
Teléfono: Fax: Email
Declaro estar en condiciones para contratar con el Estado.
FIRMA/S:
Aclaración de firmas:
PLIEGO COMPLEMENTARIO DE CONDICIONES
CAPITULO I - OBJETO DEL LLAMADO
Suministro, instalación y puesta en marcha de equipos split de aire acondicionado para el acondicionamiento térmico y ventilación de la Sala de Servidores del Banco Central del Uruguay y contratación de un servicio de asistencia técnica para los mismos.
Item 1: dos unidades interiores del tipo vertical con pleno de descarga superior y capacidad sensible de 90.000 btu/h.
Item 2: dos unidades interiores del tipo horizontal y capacidad sensible de 24.000 btu/h.
CAPITULO II - EMPRESAS CALIFICADAS PARA OFERTAR
Se tendrán en cuenta únicamente aquellas ofertas que, además de cumplir con las condiciones establecidas en los pliegos que rigen la presente licitación:
a) acrediten una antigüedad en el mercado y presencia de la marca de los artículos ofrecidos no inferior a 2 años;
b) presenten como mínimo 3 referencias de suministros de características similares en cantidad y calidad a los equipos que constituyen el objeto del presente llamado. Dichas referencias no podrán datar de una antigüedad mayor a 5 años. Asimismo, deberán proporcionar las direcciones y teléfonos de las personas a las cuales podrá dirigirse la Unidad de Compras del Banco para recabar información y, de corresponder, concurrir a observar los trabajos realizados.
En procura de información adicional, el Banco se reserva el derecho de recurrir a otras referencias que no sean las aportadas por los oferentes.
El Banco podrá solicitar aquellos originales que no hubiesen integrado la oferta y que estime conveniente.
CAPITULO III - CONDICIONES DE COTIZACION
1. Acto de Visita de las Áreas de las Obras y Acto de Consultas y Aclaraciones
Es condición de admisibilidad de las ofertas, que los oferentes hayan concurrido al Acto de Visita de las Obras en la fecha y horario indicados por el Banco. El Acto de Consultas y Aclaraciones no es de concurrencia obligatoria, a pesar de que se sugiere la asistencia. En ambos actos se labrará un acta que será suscrita por los representantes de las empresas y de esta Institución. Sólo podrán asistir aquellas empresas que hubieran adquirido previamente los pliegos. Los mismos podrán adquirirse en la Unidad de Compras II del Área de Servicios y Seguridad hasta el día 3 xx xxxxx de 2010 a las 11:00 horas.
Los planos no figurarán en los pliegos publicados en la página web del Banco ni en ningún otro medio de comunicación. Se entregarán solamente a las empresas interesadas al momento de la adquisición de pliegos.
El Acto de Visita de las áreas de las obras se fija el día 3 xx xxxxx de 2010 a la hora 11:00 en la Unidad de Compras del Área de Servicios y Seguridad (entrepiso Diagonal Xxxxxx 777). Solo podrán asistir aquellas empresas que hubieran adquirido previamente los pliegos.
El Acto de Aclaraciones y Consultas se fija el día 8 xx xxxxx de 2010 a la hora 11:00 en la Unidad de Compras del Área de Servicios y Seguridad (entrepiso Diagonal Xxxxxx 777). Solo podrán asistir aquellas empresas que hubieran adquirido previamente los pliegos y concurrido al Acto de Visita de las Áreas de las Obras.
Las consultas que pudieran surgir con anterioridad o en forma posterior a dicho acto deberán ser presentadas por escrito, debidamente firmadas mediante nota, fax o correo electrónico dirigidas a:
Área de Servicios y Seguridad – Unidad de Compras II Xxxxxxxx Xxxx X. Xxxxxx 000, Xxxxxxxxx
Teléfono: (0000-0) 0000 0000
Fax: (0000-0) 000 00 00
Correo electrónico: xxxxxx@xxx.xxx.xx
Las solicitudes de aclaraciones se recibirán exclusivamente hasta la hora 16:00 del día 10 xx xxxxx de 2010. Deberán ser específicas y serán respondidas por el Banco a todos los adquirientes de los pliegos. Vencido este plazo, respecto de las que se formalicen después, no será obligatorio proporcionar más datos aclaratorios por parte del Banco.
2. Muestras, material informativo y regímenes de preferencia.
Deberá presentarse toda la información necesaria para la evaluación técnica (folletos, catálogos, etc.), especialmente se deberá indicar la marca y procedencia de los artículos ofrecidos. Únicamente serán considerados productos nacionales aquellos que lo acrediten con la constancia pertinente expedida por la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Mercantil x Xxxxxx Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay.
El Banco se reserva el derecho de solicitar muestras de los artículos ofrecidos para su evaluación. El oferente tendrá hasta treinta días hábiles a partir de la recepción de la solicitud para hacer efectiva la entrega. El no cumplimiento será motivo de rechazo de la oferta.
• Régimen de Preferencia de Industria Nacional
En caso de que el oferente desee acogerse al Régimen de Preferencia de Industria Nacional deberá solicitarlo en la oferta.
El origen nacional de los productos y/o servicios ofrecidos se acreditará mediante la presentación de la constancia pertinente expedida por la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Mercantil x Xxxxxx Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay. (Decreto 13/009 de 13 de enero de 2009) La certificación referida deberá formar parte de la oferta.
• Régimen de Preferencia MPYMES
En caso de que el oferente desee acogerse al Régimen de Preferencia MPYMES deberá solicitarlo en la oferta.
La condición de MPYME se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por la DINAPYME del Ministerio de Industria, Energía y Minería, el cual formará parte de la oferta.
Para la indicación de los porcentajes de integración nacional de los productos ofrecidos se deberá presentar el certificado expedido por la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Mercantil x Xxxxxx Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay. (Decreto 800/008 de 29 de diciembre de 2008).
Para ambos regímenes, únicamente serán considerados productos y/o servicios nacionales aquellos que lo acrediten en su oferta, mediante la constancia pertinente expedida por la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Mercantil x Xxxxxx Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay.
El Régimen de Preferencia de Industria Nacional no es acumulable con el de Preferencia de MPYME debiendo el Banco optar por aquel que resulte más beneficioso para el oferente. (Art. 14º Decreto 800/008 de 29 de diciembre de 2008).
No se considerarán solicitudes para acogerse a los regímenes anteriormente mencionados en aquellos casos en que al momento del Acto de Apertura de Ofertas no se hubiesen presentado las certificaciones correspondientes o al menos la constancia de su solicitud ante las Cámaras competentes. En este último caso, los oferentes dispondrán de un plazo máximo de 15 días hábiles para hacer efectiva la entrega de dichas certificaciones; no aceptándose como causal de incumplimiento razones imputables a cualquiera de las Cámaras referidas.
Asimismo, se considerarán como no nacionales todas aquellas ofertas que no vengan acompañadas por el certificado indicado en el párrafo anterior.
3. Precios
Las empresas presupuestarán de acuerdo a la memoria técnica, que forma parte de este pliego de condiciones, además de las aclaraciones que surjan de las consultas formuladas.
Las propuestas económicas deberán presentarse en el cuadro de cotización (Anexo II) que forma parte de este pliego, en las condiciones que allí específicamente se indican. Cualquier otra mejora, observación u oferta alternativa que la empresa considerase necesario agregar, deberá formularse en forma separada.
3.a Precios de equipos e instalación:
Los precios de los equipos deberán cotizarse por ítem y en dólares estadounidenses al "firme" por 180 días calendario a partir de la fecha de apertura del presente llamado. Los mismos incluirán su entrega en locales de la Unidad de Proveeduría del Banco Central del Uruguay (Av. Xxxxxx 777, Subsuelo).
El precio deberá comprender igualmente todos los elementos y accesorios que, aunque no especificados por omisión, se consideren corrientemente como un complemento lógico para la instalación y puesta en funcionamiento de los equipos ofertados.
En lo que refiere a los equipos, el Banco no aplicará ningún tipo de ajuste de precios (precios en dólares estadounidenses al firme).
3.b Precio del servicio de Asistencia Técnica post- garantía:
Se deberá establecer el costo mensual del servicio de Asistencia Técnica post – garantía en las mismas condiciones estipuladas en el numeral 7 de este capítulo. Estos costos serán considerados a efectos de la evaluación de las ofertas y vincularán al adjudicatario durante la vigencia del mentado servicio de asistencia. Al vencer los 36 meses de garantía, en caso de que el Banco opte por contratar el servicio de asistencia únicamente admitirá como precio máximo mensual por el mismo, el precio ofertado por este concepto con los ajustes semestrales de acuerdo a la variación del Índice Medio de Salarios ocurridos a partir del acto administrativo de adjudicación. Dichos ajustes se harán efectivos en enero y julio de cada año.
4. Invariabilidad de la propuesta
Por la cantidad establecida en su propuesta (trabajos presupuestados) el Contratista está obligado a ejecutar los trabajos estipulados, de acuerdo con las reglas del arte del buen construir, Pliegos de Condiciones, Memoria, Planos y su oferta, en tanto ésta no se oponga a los pliegos y memorias; sin que le sirva de excusa o le genere derecho alguno, alegar cálculos erróneos u omisiones, en la presentación de la misma.
5. Garantía
Los equipos que se oferten deberán contar con garantía y mantenimiento integral sin costo para el Banco durante un plazo de 36 meses a partir de la instalación y puesta en funcionamiento de los equipos, debiéndose detallar las condiciones en que se brindarán. Por mantenimiento integral se entiende el mantenimiento total que incluye mano de obra y los repuestos necesarios y, de corresponder, sustitución de los equipos.
El oferente entregará garantía escrita que asegure tener stock de repuestos e insumos por el término de 5 años a contar desde el vencimiento del período de garantía.
6. Topes para la constitución de garantías.
A efectos de establecer los respectivos montos se excluirá, en todos los casos, el monto imponible que fuera estimado para el pago de las Cargas Sociales.
Mantenimiento de oferta - Los oferentes deben garantizar el mantenimiento de su oferta, mediante cualquiera de los mecanismos previstos en el numeral 2.8 xxx Xxxxxx Particular de Condiciones.
Corresponde su constitución siempre y cuando el importe de la oferta supere la suma de $ 2.273.000 (pesos uruguayos dos millones doscientos setenta y tres mil).
Fiel cumplimiento de contrato - La empresa adjudicataria deberá garantizar el fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo establecido en el Art. 7º xxx Xxxxxx Particular de Condiciones. Corresponde su constitución, siempre y cuando el monto de la adjudicación supere la suma de $ 909.200 (pesos uruguayos novecientos nueve mil doscientos).
Cuando las garantías se realicen de acuerdo al literal e) del numeral 2.8. xxx Xxxxxx Particular de Condiciones de llamados a Licitación (Depósito en efectivo en el Banco Central del Uruguay.), conjuntamente con la realización del depósito se deberá instruir al Banco Central del Uruguay, en qué cuenta bancaria se realizará la eventual devolución del depósito.
De tratarse de una persona jurídica, la nota deberá ser suscrita por representantes con facultades suficientes cuya firma deberá estar debidamente certificada por Escribano Público; en caso de tratarse de una persona física se deberá acompañar de fotocopia de la cédula de identidad del titular.
La autorización deberá contener, además de la identificación de la Licitación, los datos del oferente y número y Banco de la cuenta, el siguiente texto:
“Por cada uno de los créditos que se efectúen en cuenta bancaria otorgo desde ya carta de pago total en la fecha y por el importe que figure en la transferencia realizada por el Banco Central, exonerándolo de toda responsabilidad por la demora en que pueda incurrir la Institución Financiera a quien se transferirán los fondos o por cualquier otra circunstancia vinculada a la acreditación en cuenta, cuando se comprobare que la transferencia se ha realizado debidamente.
La presente autorización tendrá vigencia y validez hasta que no comunique de forma fehaciente y por escrito su revocación a la Gerencia a la cual me dirijo o a la repartición que indique el Banco Central.
Igual validez y vigencia tendrá la identificación de la/s cuenta/s en la/s cual/es se autoriza a realizar la transferencia.
Cualquier modificación en relación a éstas deberá ser comunicada por escrito y de forma fehaciente al Banco Central del Uruguay, y la transferencia a las cuentas que se puedan indicar en el futuro, será con el mismo efecto cancelatorio.
Declaro conocer que los fondos depositados en cuentas bancarias tienen el carácter de embargables.”
7. Asistencia Técnica
Una vez vencida la garantía indicada en el numeral 5 de este capítulo, el Banco se reserva el derecho de contratar o no, el servicio de asistencia técnica ofrecido, conforme al precio mensual definido en el Anexo II y las pautas de actualización establecidas en el numeral 3.
A efectos de ponderar este ítem, deberá indicarse la cantidad de técnicos que dispone la empresa para dichos servicios y referencias de servicios similares a otras empresas, indicándose las características de los mismos.
Los pedidos de servicio técnico deberán ser cumplidos ON SITE dentro de las 24 horas de solicitados. Si la reparación pudiera insumir más de dos días hábiles, el equipo deberá ser sustituido por otro de iguales o mejores características y prestaciones, el que deberá permanecer en el Banco hasta que se produzca el reingreso del equipo o de la parte reparada en correcta condición de funcionamiento.
8. Capacitación y manuales.
En caso de que el Banco considere necesario, la adjudicataria deberá capacitar ”in situ”, en el uso de los equipos, al menos a dos funcionarios del sector de la Institución donde éstos sean instalados.
Asimismo deberá suministrase como mínimo un manual por equipo y en idioma español.
9. Disposición final de equipos
Deberá proponerse en la oferta la disposición final de los equipos ofrecidos una vez vencido el término
de su vida útil. Esta disposición final deberá contemplar la normativa y reglamentaciones vigentes - al momento de ser realizada - acerca del cuidado del Medio Ambiente.
El Banco se reserva el derecho de solicitar a la empresa adjudicataria cada vez que estime conveniente, el retiro de los equipos y componentes sin cargo para la Institución. Para ello el Banco dispondrá de un plazo máximo de 10 años contados a partir de la fecha de entrega de los equipos y de los consumibles.
La adjudicataria asumirá la total responsabilidad,por el transporte y/o disposición final de los equipos y materiales retirados del Banco; exonerando a la Institución frente a cualquier demanda o acción o reclamación por daños y perjuicios, daño moral, daño mortal, daño emergente x/x xxxxx xxxxxxx.
00. Principios de actuación.
En aplicación de los principios generales de actuación y contralor en materia de contrataciones establecidos en el Art. 131 del TOCAF, el Banco se reserva el derecho de otorgar a los proponentes un plazo de 2 (dos) días hábiles (para empresas del país) o 4 (cuatro) días hábiles (para empresas del exterior que no tengan sucursal en el país), para salvar defectos, carencias, errores formales, evidentes o de escasa importancia, así como para presentar documentos y/o muestras que atestigüen situaciones que existieran al momento del acto de apertura, siempre que no se altere el principio de igualdad de los oferentes.
CAPITULO IV – EVALUACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN
1. Evaluación de las ofertas
En primera instancia se analizarán las referencias y antecedentes de la empresa verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo II del presente Pliego Complementario de Condiciones.
Conforme a la resolución de Directorio de esta Institución D/599/2002 del 4 de setiembre de 2002, serán tenidos en cuenta los antecedentes de las empresas que obren en el Registro de Proveedores del Banco Central del Uruguay.
Calificarán para la siguiente etapa aquellas empresas que hayan alcanzado un nivel satisfactorio en ese aspecto.
En la segunda etapa se evaluarán las características técnicas del equipamiento y del servicio ofrecido, evaluando en esta instancia el cumplimiento de las especificaciones requeridas, así como las alternativas en los productos, materiales ofrecidos y garantías de los trabajos. De no hacer mención especial, se considerará a la oferta como en total concordancia con los pliegos que rigen el presente llamado.
Calificarán para la siguiente etapa aquellas ofertas que hayan alcanzado un nivel satisfactorio en ese aspecto.
Por último se considerarán los precios cotizados en el Anexo II, teniéndose en cuenta el precio total ofertado, incluyendo impuestos (correspondiente al suministro, instalación y puesta en funcionamiento de los equipos y el servicio de asistencia técnica por el período de un año).
A los efectos de la comparación económica, se tendrán en cuenta los Regímenes de Preferencia de la Industria Nacional y de Preferencia para MPYMES que hubieran sido solicitados en ocasión de la presentación de la oferta y en las condiciones establecidas en el numeral 2 del Capítulo III xxx Xxxxxx Complementario de Condiciones. Para ello se estará a lo dispuesto por el Decreto 13/009 reglamentario del Art. 41º de la Ley 18.362 y el Decreto 800/008 reglamentario del Art. 46º de la Ley 18.362 respectivamente.
2. Adjudicación
La adjudicación recaerá sobre aquella oferta que cumpla con los requisitos establecidos y que, a juicio del Banco, resulte la más conveniente a sus intereses.
CAPITULO V – CONDICIONES DEL CONTRATO
1. Ejecución de los trabajos
El Contrato comprende la ejecución de todos los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones, Memoria Técnica y demás recaudos que el Contratista ha tenido a la vista para formular su precio y que forma parte del Contrato.
Comprende igualmente la ejecución de aquellos trabajos y materiales accesorios que, aunque no especificados por omisión, sean necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos y para la correcta terminación de los trabajos estipulados.
La empresa adjudicataria deberá seguir estrictamente las indicaciones contenidas en pliegos y recaudos técnicos; bastando que una obra se halle indicada en cualquiera de las piezas anteriormente mencionadas, aunque hubiera sido omitida en las otras, para que la adjudicataria esté obligada a efectuarla.
Cualquier contradicción que hubiera entre los documentos, será resuelta por la Dirección de Obra, sin apelación y sin que el Contratista pueda exigir por ese motivo sumas adicionales o indemnizaciones algunas por daños y perjuicios que a su juicio pudiera causársele.
Las medidas indicadas en los planos, dibujos y descripciones que la Dirección de Obra entregue al Contratista, son aproximadas, debiendo éste revisarlas y controlarlas, siendo responsable de cualquier error de medida, que pudiere perjudicar a la obra o a terceros.
Todas las divergencias de carácter técnico que se produzcan durante el curso de los trabajos y que no puedan solucionarse con el presente Xxxxxx y demás piezas integrantes del Contrato, se resolverán de acuerdo con el Pliego de Condiciones, en vigencia, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
En caso de que durante el desarrollo de los trabajos se requieran modificaciones a los trabajos proyectados o la realización de nuevas obras y que a juicio de la Dirección de Obra no estén comprendidos dentro de lo presupuestado, el Contratista presentará la cotización del trabajo adicional, pudiendo iniciar el trabajo una vez que le sea aceptada la cotización presentada, lo que será comunicado por el Banco Central del Uruguay. En el caso de que el precio cotizado no fuera aceptado, por no adecuarse a los precios corrientes de plaza, o por valoración equivocada de su costo, según juicio de la Dirección de Obra, el Banco Central del Uruguay se reserva el derecho de ejecutar dicho trabajo por intermedio de otro Contratista.
El proveedor deberá mantener el nivel de frío existente durante el proceso de obra, con equipamiento suplementario que deberá poner a disposición a tales efectos.
2. Cumplimiento de la normativa laboral:
Las empresas oferentes deberán acreditar junto con la propuesta, el cumplimiento de la normativa laboral (seguro de accidentes de trabajo, etc.) así como contar con los elementos de seguridad necesarios para los trabajos de riesgo.
Se estará a lo establecido en el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 475/005 de 14 de noviembre de 2005; Ley Nº 18.098 de 7 de febrero de 2007; Ley Nº 18.099 de 24 de enero de 2007 y Ley Nº 18.251 de 27 de diciembre de 2007.
Atento a esta normativa, el Banco Central del Uruguay queda facultado a exigir a la empresa adjudicataria la exhibición de:
a) Declaración nominada de historia laboral,
b) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad provisional que corresponda,
c) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales,
d) Planilla de control de trabajo, recibos de haberes salariales y, en su caso, convenio colectivo aplicable,
e) Cualquier otro dato personal de los trabajadores comprendidos en la prestación del servicio, a efectos de realizar los controles que el Banco estime pertinentes.
Por otra parte, cuando la empresa adjudicataria no logre acreditar oportunamente el cumplimiento de las obligaciones laborales y provisionales y del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en la forma señalada, el Banco podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de la adjudicataria, el monto correspondiente.
Asimismo, la adjudicataria se someterá a las exigencias sobre seguridad e higiene industrial determinadas en el Decreto 406/988 del 3 xx xxxxx de 1988 y disposiciones modificativas, complementarias y/o concordantes.
3. Responsabilidades de la empresa adjudicataria.
Serán de cuenta del Contratista, además de la mano de obra para la instalación de los equipos, todos los gastos y suministros que originen las obras, tales como:
a) Limpieza y acondicionamiento, materiales, andamios, utilajes en general, fletes, carga y descarga de materiales. Se responsabilizará por éstos, desde el momento de ser recibidos en la obra, hasta el momento de la recepción provisoria.
b) Honorarios por asesoramientos requeridos por la empresa a técnicos y/o profesionales relacionados con estos trabajos, así como los correspondientes al del Técnico Prevensionista.
c) Todos los derechos que fuere necesario pagar por concepto xx xxxxx impositivas, seguros de personal y/o de responsabilidad civil, decretos, etc. que afecten la construcción, con cualquier organismo público o privado (Banco de Seguros, etc.)
d) Todas las responsabilidades emergentes de la ejecución de la obra y las que sean una consecuencia de la misma, como también los daños causados a terceros, ya sea en sus personas o en sus bienes, debiendo responder por las demandas que se entablen por tales motivos al Propietario o a la Dirección de Obra.
El Contratista se ceñirá en todas las obras que ejecuta a las Leyes, Reglamentaciones y Ordenanzas vigentes municipales o nacionales. Será responsable de las infracciones en que incurra y abonará las multas que por ese motivo le fueran dispuestas sin poder repetir contra el Banco Central del Uruguay.
La empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad que pueda ser reclamada por causa de impericia, omisión o cualquier otra por la ejecución de las obras a que se obliga por esta Licitación, exonerando al Banco Central del Uruguay frente a cualquier demanda o acción o reclamación por daños y perjuicios, daño moral, daño mortal, daño emergente y lucro cesante derivados de la ejecución directa de las referidas obras.
Será por tanto, la única responsable por los accidentes que ocurran durante la implantación y ejecución de las obras. Será igualmente responsable por los accidentes que por la construcción defectuosa o falta de medidas precautorias fuesen víctimas los operarios y las personas que por cualquier otro motivo se encuentren en la obra o sus áreas linderas, debiendo a esos efectos asegurar a su personal en el Banco de Seguros del Estado y tomar todas las providencias necesarias de prevención.
Asimismo deberá reparar a su exclusivo costo las roturas de cualquier índole que se produzcan a raíz de los trabajos que se realicen. Todos los trabajos complementarios de seguridad para la ejecución de la obra se encuentran comprendidos en el precio ofertado.
4. Cesión de contrato
Rige a estos efectos lo dispuesto en el numeral 20) - "Cumplimiento Personal de las Obligaciones" - xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
5. Rescisión del contrato.
En caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, el Banco Central del Uruguay tendrá la
facultad de declarar rescindido el contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización o compensación alguna y sin perjuicio de las acciones legales que puedan corresponder.
CAPITULO VI – PLAZOS Y GESTIÓN DE LOS TRABAJOS
1 Plazos
El plazo máximo para el suministro e instalación de los equipos objeto del presente llamado, será de 45 días contados a partir del primer día hábil siguiente a la notificación de la adjudicación.
Si transcurrido dicho plazo no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, sin que medien causas de fuerza mayor, el Banco podrá dejar sin efecto la adjudicación efectuada, ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta o la garantía de fiel cumplimiento de contrato, según corresponda, e iniciar las acciones que pudieran corresponder por los perjuicios ocasionados.
2 Inscripción de inicio y finalización de la obra
En caso de corresponder, la inscripción de la obra en el B. P. S. (A.T.Y.R.) se efectuará previo a su comienzo, estando su gestión a cargo de la empresa adjudicataria. Una vez finalizada la totalidad de la obra conjuntamente con la aceptación de la misma, la empresa gestionará su finalización ante la dependencia antes indicada.
3 Supervisión de los trabajos, representante técnico de la adjudicataria y técnico prevencionista.
La supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección de Obra designada por la Institución, en coordinación con el Dpto. de Seguridad e Infraestructura del Banco.
El Contratista deberá designar un representante técnico, Arquitecto o Ingeniero Civil que deberá poseer título profesional universitario, o en su defecto Técnico en Instalaciones Sanitarias con título expedido por Escuela Técnica habilitada por el Ministerio de Educación y Cultura.
Las gestiones de carácter técnico que realice el Contratista con respecto a la obra contratada, estará a cargo del representante técnico, cuya presencia en obra podrá ser requerida en cualquier momento por la Dirección de la misma. Asimismo, todas las comunicaciones de carácter técnico que deban hacerse al Contratista se dirigirán a su representante técnico, con quien se entenderá directamente la Dirección de Obra.
La designación del Representante Técnico, deberá contar con la aprobación del Banco. Asimismo el Banco podrá resolver la sustitución de aquel en caso de que durante la ejecución de la obra, la Dirección de la misma, así lo solicitare. En tal caso, el Contratista deberá designar de inmediato un nuevo representante técnico en las condiciones ya expresadas.
Además el Contratista deberá contar con un Técnico Prevencionista de la obra a realizar, el cual deberá acreditar su título previo al comienzo de la obra.
Además de la Dirección de Obra contratada, el Banco se reserva el derecho de realizar controles (de materiales incorporados a la obra, personal afectado a la planilla de aportes, etc), a través de la o las personas que designe a tales efectos.
4 Inspecciones a las obras
Durante la ejecución de la obra, el Contratista deberá mantener un capataz general permanente, planillado como tal, quien deberá estar al corriente de la construcción de todas sus partes, a fin de que asuma la vigilancia de la ejecución de la obra, la colocación de todos los materiales, elementos, aparatos, etc., y esté en condiciones de interpretar las órdenes u observaciones que pudiera realizar la Dirección.
El capataz general acompañará a la Dirección de Obra en las inspecciones que haga a las obras siempre que ésta lo exija.
5 Documentación, identificación y vestimenta del personal:
A) Cinco días hábiles previos al comienzo de los trabajos, el adjudicatario remitirá al Banco la nómina del personal designado a las tareas, la cual deberá detallar: nombres y apellidos completos, documento de identidad y domicilio.
Se adjuntará además por cada empleado:
▪ Constancia de haber tramitado el certificado de habilitación policial expedido por la Dirección Nacional de Policía Técnica.
▪ Fotocopia de Carné de Salud vigente.
▪ Fotocopia de documento de identidad.
B) La incorporación de nuevos operarios a las obras será comunicado en forma escrita por la empresa con una antelación no menor de 2 (dos) días hábiles, debiendo cumplir con los requisitos referidos en el literal anterior.
En cuanto a lo dispuesto en los literales A) y B) precedentes, el Banco se reserva el derecho de rechazar, para la realización de los servicios y sin expresión de causa alguna a los operarios propuestos por la adjudicataria; debiendo esta última proceder al cambio de los mismos, sin que ello represente ningún tipo de erogación por parte del Instituto.
C) Al momento de presentarse a trabajar, cada operario deberá presentar:
1. carné laboral plastificado, extendido por la empresa, que contenga los siguientes datos:
a) Nombres y apellidos completos
b) Número del documento de identidad
c) Foto color adherida con sello de la empresa.
d) Firma del empleado y de la empresa (esta última acreditada ante el Banco)
2. Documento de identidad.
D) Los operarios deberán desempeñar sus funciones correctamente uniformados.
6 Horario
Todos los trabajos serán coordinados con el Dpto. de Seguridad e Infraestructura y deberán realizarse de acuerdo a la siguiente clasificación:
a. Trabajos ruidosos generados por percusión, trabajos que impidan la circulación de las personas por las instalaciones del Banco (incluidos los ascensores), así como cualquier otra tarea que distorsione las actividades habituales del Banco, deberán realizarse fuera del horario comprendido entre las 09:30 y las 18:30 horas en días hábiles, pudiendo trabajar en cualquier horario los días xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados.
b. El resto de las tareas que la ejecución de la obra requiera, y que dada la naturaleza de las mismas, no distorsionen las actividades habituales del Banco y no generen ruidos molestos, podrán realizarse en cualquier horario, y en cualquier día de la semana.
7 Plan de Trabajo
La empresa adjudicataria deberá presentar un plan de ejecución (que incluya un cronograma y el orden en que se van a ejecutar las distintas etapas) de todos los trabajos contratados.
Dicho Plan deberá contar con la aprobación del Dpto. de Seguridad e Infraestructura, pudiendo esta última, exigir se realicen las correcciones que entendiera pertinentes.
8 Materiales a utilizar
Deberán ser nuevos y de primera calidad. En aquellos que sea aplicable, deberán contar con la certificación de UNIT, pudiendo la Dirección de Obra exigir las muestras o fichas técnicas que considere pertinentes.
Cuando en el Pliego o Memoria Técnica se citen productos o marcas comerciales es al sólo efecto de fijar normas de tipo y calidad deseables, pero no implica compromiso de adoptar dichas marcas a
menos que se especifique expresamente la necesidad de emplear un producto o una marca determinada.
En caso que el oferente proponga cambios en los productos o marcas indicadas en la Memoria Técnica y/o Planos que conforman los recaudos de la presente licitación deberá precisar marcas, tipos o modelos y ficha técnica de los productos ofertados. En caso que no se indicaran cambios expresamente, la oferta se entenderá como en total concordancia con los productos indicados en la memoria técnica y planos que integran el presente pliego.
9 Recepción Provisoria
La recepción provisoria se realizará una vez que hayan sido aceptados los equipos, instalados y puestos en funcionamiento de acuerdo con las condiciones exigidas en los planos, memorias y demás piezas que integran el Contrato.
A los efectos de proceder a la misma, en caso de corresponder aportes por concepto xx Xxxxx Sociales, el Contratista deberá presentar el formulario correspondiente al cierre de obras ante el BPS.
El Contratista comunicará a la Dirección de Obra por escrito la fecha en que desea se realice la Recepción Provisoria.
Dicha recepción se hará previa inspección detallada que hará la Dirección de Obra. El Contratista entregará la obra en buenas condiciones de conservación y en perfecto funcionamiento de todos los equipos, instalaciones, etc.
A los efectos de proceder a la Recepción Provisoria del total de los trabajos, el Contratista deberá haber reparado a su entero costo aquellos elementos que se hubiesen dañado o alterado en el transcurso normal y natural de las obras.
Del resultado de la inspección se labrará un acta que será suscrita por la Dirección de Obra, el Jefe de Dpto. de Seguridad e Infraestructura del Banco Central del Uruguay (o quien lo sustituya) y el Contratista. De esta acta se entregará una copia al Contratista.
Si se encontrasen las obras en buen estado y en perfecto funcionamiento, con arreglo a las condiciones del Contrato, se darán por recibidas provisoriamente, comenzando desde entonces el plazo establecido en el presente Pliego Complementario de Condiciones para la Recepción Definitiva (numeral 10 de este Capítulo).
Si las obras no se encontrasen ejecutadas de acuerdo al Contrato, se hará constar así en el acta. La Dirección de Obra dará al Contratista instrucciones detalladas y precisas y acordará el plazo máximo dentro del cual deberá remediar los defectos observados a su entero costo.
Antes de que expire este plazo, se realizará un nuevo reconocimiento y si de él resultase que el Contratista no ha cumplido las órdenes recibidas, el Banco Central del Uruguay podrá hacer ejecutar dichos trabajos por otra persona o Empresa, abonando su importe con cargo a los importes pendientes de pago, al Fondo de Retención en Garantía o a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. El plazo acordado para efectuar reparaciones no exime al Contratista de las responsabilidades y multas en las que pueda haber incurrido por no haber terminado las obras en el tiempo fijado en el Contrato.
Si a juicio de la Dirección de Obra, la naturaleza de los trabajos a efectuarse o efectuados por concepto de arreglos, reparaciones, ajustes, etc., requiere un período mayor de observación de las obras o instalaciones construidas, el plazo fijado para la recepción definitiva empezará a correr desde la fecha del último arreglo realizado o defecto subsanado por cuenta del Contratista.
Aquellos trabajos que se indiquen en el Acta de Recepción Provisoria como observados, y que merezcan aportes por concepto xx Xxxxx Sociales, deberán ser declarados en el B.P.S. para la realización de dichos aportes como “obras de menor cuantía” y serán de exclusiva cuenta de la Empresa Contratista.
Una vez realizada la Recepción Provisoria se labrará un acta donde se indicará si hubo atrasos imputables a la empresa pasibles de multas; en caso de ser así, se descontarán del último pago.
10 Recepción Definitiva
La recepción definitiva se hará 90 (noventa) días después de la fecha de la Recepción Provisoria del total de los trabajos, siempre que las obras se encuentren en perfecto estado de funcionamiento.
Transcurrido este plazo, el Contratista solicitará la Recepción definitiva de los trabajos extendiéndose un acta detallada del estado en que se hallaren. Si las obras se encontraren en perfecto estado y funcionaren correctamente, se darán por recibidas definitivamente, procediéndose a la devolución de las garantías establecidas en el numeral 6 del Cap. III (Topes para la constitución de garantías) y en el numeral 4 del Cap. VII (Fondo de Retención en Garantía). En el caso de que las obras presentaran defectos, la Dirección de Obra le dará al Contratista un plazo prudencial para subsanarlos, debiendo dentro de ese plazo ejecutar todos los trabajos ordenados.
Si no hubieran sido ejecutados dentro del tiempo establecido, el Banco Central del Uruguay podrá mandarlos ejecutar por una persona o Empresa de su confianza, abonando su importe y deduciendo la suma pagada de las garantías referidas en el párrafo anterior.
CAPITULO VII –CONDICIONES DE ENTREGA, ACEPTACIÓN Y PAGO
1. Pagos
El Banco abonará un 70% (setenta por ciento) del monto total a pagar, entre siete y quince días a partir de la culminación de los trabajos de instalación y puesta en funcionamiento de los equipos (Recepción Provisoria). Comprenderá los equipos, mano de obra, materiales, otros integrantes del costo e impuestos aplicables.
El 30% (treinta por ciento) restante, integrará el Fondo de Retención en Garantía (numeral 2 del Cap. VII).
Los pagos se efectuarán en las condiciones establecidas en este numeral, a excepción de la devolución de pagos por concepto de Cargas Sociales que, en caso de corresponder, será realizado en la forma indicada en el numeral 3 de este capítulo. No se realizarán pagos a cuenta o por adelanto de obras.
La Dirección de Obra conformará la factura dentro de los 7 días de presentada la solicitud por parte del Contratista. En caso de que hubiera mediado alguna observación no se computará a los efectos del plazo establecido, el transcurrido entre la formulación de la observación y su levantamiento. Asimismo dicho plazo quedará interrumpido en los casos de omisión, demora o cualquier otra causa imputable al Contratista una vez notificado éste de la misma.
Una vez que la solicitud sea autorizada por la Dirección de Obras, el Banco procederá al pago para lo que contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles.
Para hacer efectivo el cobro de las facturas, la empresa deberá estar previamente registrada como proveedor del Banco Central del Uruguay y cumplir con los requisitos legales, en especial los certificados de B.P.S. y D.G.I. vigentes.
La demora en el pago de las facturas por la no presentación de la documentación requerida no dará derecho a la empresa a reclamar diferencia económica de ninguna especie.
La empresa presentará la liquidación a valores del contrato y, de corresponder, por separado los ajustes de precios.
Ningún pago será considerado como conformidad de los correspondientes trabajos.
2. Fondo de Retención en Garantía.
Del monto total a pagar al Contratista, el Banco retendrá un 30% (treinta por ciento) para la integración de un Fondo de Retención en Garantía. La suma retenida será liberada una vez emitido el Certificado de Recepción Definitiva por parte de la Dirección de Obras y, en caso de aportes, la presentación del Avalúo “sin deuda” emitido por ATYR, con las deducciones a que hubiere lugar, ajustadas en la forma
indicada en el numeral 3 del Capítulo III.
3. Cargas Sociales
En caso de corresponder la aportación por concepto xx Xxxxx Sociales, la adjudicataria deberá realizar los trámites de inscripción de las obras ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y ante el BPS (tal como se dispone en el numeral 2 del Capítulo V).
Atendiendo la normativa del BPS, la empresa presentará a la Dirección de Obra en tiempo y forma las planillas de obra para su aprobación.
La adjudicataria deberá abonar por cuenta y orden del Banco Central del Uruguay, el importe que corresponde abonar al BCU por concepto de Cargas Sociales.
El importe efectivamente pagado será reintegrado por el BCU luego de presentados los comprobantes, siempre que el monto imponible sobre el cual se calcularon los aportes no supere el valor estimado en la cotización.
El Banco Central del Uruguay no reintegrará los montos generados por multas y recargos por incumplimiento en el pago xx Xxxxx Sociales o por errores u omisiones que resultasen en su cálculo.
Para el caso de que el importe correspondiente a Cargas Sociales que genere la obra supere el valor estimado por la empresa adjudicataria, tanto en el desarrollo de la obra como del que surja del avalúo en la inspección final del B.P.S., tal diferencia será cubierta por cuenta y cargo de la adjudicataria. Dicho monto podrá ser descontado de los importes pendientes de pago, del Fondo de Retención en Garantía o de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
MEMORIA TECNICA PARTICULAR
Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000/00
Xxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxx
Sala de Servidores
Acondicionamiento Térmico y Ventilación
1.- Generalidades
La presente Memoria establece las condiciones a que se deberán ajustar las ofertas por el suministro, montaje y regulación de las instalaciones de acondicionamiento térmico y ventilación de la Sala de Servidores del Banco Central del Uruguay.
El objetivo de la especificación es definir una instalación completa, a fines de posibilitar la selección de equipamiento, contratista y marco de referencia para la ejecución de las obras.
La presentación de la propuesta por parte del Instalador implica el conocimiento y aceptación de las condiciones estipuladas en los pliegos.
A los efectos de la presente, los términos Instalador, Contratista y Contratista de Acondicionamiento Térmico se usarán indistintamente y con igual significado.
Se entiende que el Instalador posee amplia experiencia en la cotización, proyecto, suministro y montaje de sistemas de acondicionamiento térmico como el detallado en pliegos, los que se consideran como normas y requisitos mínimos a cumplir.
Será por lo tanto su responsabilidad el incluir en su propuesta todos los costos extras por mano de obra, materiales, servicios, etc., necesarios para ajustarse a la normativa vigente, asegurar la buena operación y rendimiento de la instalación e implementar el trabajo conjunto con los demás contratos.
Detalles usualmente no indicados en especificaciones o planos que sin embargo son necesarios para la operación satisfactoria de la instalación, deben ser provistas e instaladas como parte del contrato.
Los diseños indicados en el presente proyecto esquemático se consideran básicos y definen la disposición general del equipamiento. Todo diseño definitivo deberá someterse, con la debida antelación, a la Dirección de Obra a fin de su aprobación previo iniciar el montaje u ordenar los trabajos de taller.
De igual manera las capacidades indicadas para los distintos equipos se consideran mínimas y el Contratista deberá verificarlas a efectos de que cumplan con las condiciones exigidas.
El Instalador estudiará los pliegos a fin de plantear a priori las dudas y/o discrepancias que pudieran surgir, no admitiéndose luego reclamos por imprevisiones.
2.- Planos y habilitación municipal
Cuando se presenten revisiones de planos, se deberá indicar claramente el alcance de la revisión, identificando las partes revisadas y/o mediante una descripción de la modificación introducida en la revisión.
El Contratista confeccionará los planos de obra definitivos "as built", los cuales reflejarán todos los cambios introducidos durante el transcurso de los trabajos y serán entregados en el momento de la recepción provisoria previa aprobación de la Dirección de la Obra.
Será responsabilidad del Contratista de Acondicionamiento Térmico y Ventilación realizar las coordinaciones con los demás Contratistas para evitar interferencias.
En caso de ser necesaria la obtención de permisos o habilitaciones de cualquier índole, los trámites y gastos que estos demanden serán por cuenta del Contratista.
Previo a efectuar cualquier modificación, el Contratista solicitará, con la debida antelación, la aprobación por parte de la Dirección de la Obra.
El Contratista de Acondicionamiento Térmico presentará junto con la oferta un planteo con la disposición de las nuevas unidades exteriores y un análisis de interferencias con otras unidades exteriores existentes (incluyendo requerimientos de áreas de mantenimiento y ventilación indicados por el fabricante, planos xx xxxxxx y cortes).
3.- Alcance de los trabajos
Se entiende que el Contratista suministrará, montará, regulará y entregará funcionando en perfectas condiciones las instalaciones objeto de la presente Memoria Descriptiva.
Aunque los plazos y/o especificaciones no enunciaran todos los elementos precisos al efecto, el Contratista ejecutará todo el trabajo que para ello sea necesario, sin considerárselo como adicional.
Se excluyen los trabajos de albañilería que correrán por cuenta del Contratista General.
La instalación eléctrica correspondiente al sistema de acondicionamiento térmico y ventilación será por cuenta del Contratista según lo especificado en el item correspondiente.
4.- Descripción de las instalaciones
Se trata de dos Salas de Servidores existentes y en funcionamiento a la que se le incorporarán nuevos equipos de Acondicionamiento Térmico del tipo de precisión en lugar de los split convencionales existentes.
5.- Condiciones de Diseño
A los efectos del cálculo, selección del equipamiento y sistema de control, se considera: Temperatura interior: 17°C + 1°C
Humedad Relativa Interior: 45% + 5% Temperatura mínima exterior: 0°C Temperatura máxima exterior: 40°C
Temperatura diseño exterior: 35°C – para evaluación de rendimientos de equipos.
6.- Especificaciones técnicas de las instalaciones
6.1.- Equipos split
Se trata de equipos de expansión directa del tipo split de precisión especialmente diseñados para ser instalados en Centros de Cómputos.
Equipos totalmente armados en origen, aptos para operar con energía eléctrica trifásica/monofásica 230 volts, 50 ciclos. Sólo se aceptarán equipos de un único fabricante (unidad interior y exterior de misma marca y serie).
Estará equipada con motocompresor hermético diseñado para trabajar con refrigerante ecológico.
Las unidades interiores AC-1 y AC-2 serán del tipo aparentes, verticales con descarga por pleno superior de acuerdo a lo indicado en planos.
Las unidades interiores de los equipos AC-3 y AC-4 serán del tipo aparentes de descarga horizontal, según detalle en planos.
Las unidades exteriores se fijarán adecuadamente en bases metálicas suministradas por el Contratista de Acondicionamiento Térmico.
En particular las unidades contarán con:
- Control de temperatura
- Control de humedad
- Control de condensación
- Válvulas de servicio para mantenimiento.
- Sensores de presencia de agua por debajo de la bandeja de condensados.
En particular los equipos AC-1 y AC-2 contarán con dos sistemas de refrigerante totalmente independientes y será capaz de operar una mitad como respaldo de la otra ó los dos circuitos en forma simultánea según lo requieran las condiciones de temperatura o las rutinas de operación del sistema central.
Los equipos contarán con un sistema de control individual en cada unidad y un sistema centralizado para monitoreo, indicación de alarmas y gestión de equipos de respaldo. El sistema será de reposición automática frente a corte de energía eléctrica y remitirá alarmas (falla de equipos, alta temperatura, etc.) en forma remota (vía telefónica, mediante correo electrónico, etc.). En particular tendrá conectividad back net, la que se cotizará por separado.
Se cuidarán al máximo los detalles en la instalación de las unidades interiores que deberá ajustarse a las recomendaciones del fabricante.
A fines de la instalación los trabajos y suministros deberán necesariamente incluir:
- Interconexión frigorífica preaislada entre unidades interiores y exteriores
- Tendido de alimentación eléctrica entre unidades exteriores e interiores.
- Conexión de drenaje a red de sanitaria de unidades interiores
En la mayoría de los casos el desagüe previsto por el Instalador Sanitario se encuentra próximo a la unidad interior (en el caso general deberán preverse en los costos de instalación un mínimo de 3 metros de cañería de drenaje).
Los equipos serán aptos para funcionamiento en modo refrigeración todos los días del año, el oferente deberá indicar las condiciones extremas de operación de los equipos propuestos.
6.2.- Instalación eléctrica
Se realizará en un todo de acuerdo con el reglamento de UTE.
Se prevé que la instalación eléctrica se realice desde el tablero donde se alimentan los equipos de aire acondicionado existentes.
A partir de las citadas alimentaciones será por cuenta del Contratista de Acondicionamiento Térmico la instalación correspondiente hasta las unidades interiores y exteriores.
Será de cargo del Contratista de Acondicionamiento Térmico el suministro, instalación y conexión de interruptores y protecciones necesarias así como las canalizaciones y cableados de conductores de potencia y control a los distintos equipos.
Las nuevas instalaciones se ajustarán a la instalación existente y se utilizarán elementos de calidades similares de forma de mantener una instalación prolija y uniforme.
7.- Pruebas, puesta en marcha y recepción de las obras
Durante las etapas de ejecución de los trabajos deberán encararse todos los controles y ensayos que aseguren el nivel de calidad de los trabajos y su ajuste a las normas correspondientes.
Cualquier elemento que resultase defectuoso será removido, sustituido y vuelto a ensayar por cuenta del Contratista.
El Contratista deberá mantener en obra el instrumental y elementos necesarios para permitir a la Dirección de Obra encarar las verificaciones que entiende necesarias.
Culminados los trabajos, el Contratista regulará la instalación y de acuerdo con la Dirección de la Obra se realizarán todos los ensayos que esta estime pertinentes para verificar el correcto funcionamiento del sistema. Estos ensayos no liberan de responsabilidad al Contratista por defectos o vicios ocultos que no hubieran sido puestos en evidencia en ocasión de los mismos.
Será por cuenta del Contratista proveer la mano de obra y asistencias necesarias para dichos ensayos.
El Contratista deberá asimismo capacitar al personal de Mantenimiento que el Propietario oportunamente designe.
8.- Presentación de las ofertas
El oferente establecerá claramente en su oferta la marca y procedencia de los equipos ofrecidos.
Se proporcionará un listado completo con el nombre de los proveedores y/o marcas de todos los elementos a suministrar en la instalación.
El adjudicatario no podrá modificar las marcas o nómina de sus proveedores sin la previa autorización de la Dirección de la Obra. En caso de concederse la sustitución, el precio no podrá aumentarse por dicho concepto.
Se deberá establecer por cada sistema los datos técnicos completos. Se discriminarán los precios según el siguiente detalle:
- Acondicionadores (por equipo)
- instalaciones por equipo (soportes y cañerías de circuito refrigerante)
- Servicio de asistencia técnica post – garantía
Junto con la oferta se presentará el planteo de ubicación de unidades exteriores según lo
indicado en el ítem 2.
9.- Planilla de equipos
9.1.- Equipos Split
Denom.: AC-1
Capacidad sensible: 90.000 Btu/h (45.000 Btu/h + 45.000 Btu/h) Unidad interior del tipo vertical con pleno de descarga superior.
Denom.: AC-2
Capacidad sensible: 90.000 Btu/h (45.000 Btu/h + 45.000 Btu/h) Unidad interior del tipo vertical con pleno de descarga superior.
Denom.: AC-3
Capacidad sensible: 24.000 Btu/h Unidad interior del tipo horizontal.
Denom.: AC-4
Capacidad sensible: 24.000 Btu/h Unidad interior del tipo horizontal.
ANEXO II
Cuadro de Cotización - Licitación Abreviada Nº 112/09.
I - SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LOS EQUIPOS
DESCRIPCIÓN | PRECIO TOTAL por las dos unidades U$S (IVA incluido) | |
ITEM 1 | 2 unidades interiores del tipo vertical con pleno de descarga superior y capacidad sensible de 90.000 btu/h. | |
ITEM 2 | 2 unidades interiores del tipo horizontal y capacidad sensible de 24.000 btu/h. | |
PRECIO TOTAL POR 4 EQUIPOS (MATERIALES E IMPUESTOS INCLUIDOS) U$S |
PRESTACIONES ADICIONALES ACCESORIAS (1) | Precio Unitario en U$S (IVA incluido) |
II - ASISTENCIA TÉCNICA POST - GARANTÍA (para ambos items)
Asistencia técnica mensual ($) IVA incluido | |
PRECIO MENSUAL POR SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA POST - GARANTÍA $ |
Notas:
(1) En este espacio "Prestaciones Adicionales Accesorias" se cotizaran los precios unitarios correspondientes a accesorios o complementos que puedan mejorar las prestaciones de los equipos ofrecidos.
(2) La omisión de la cotización de alguno de los rubros, por las cantidades solicitadas, invalidará toda la oferta.
(3) Las alternativas, observaciones o propuestas que la empresa considerase necesario agregar, deberán hacerse en forma separada.
EMPRESA FIRMA