CLAUDIA GUADALUPE RODRIGUEZ ALVARADO
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA POR CONDUCTO DE SU TITULAR EL MTRO. XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SEC”, Y POR LA OTRA PARTE, C. , A QUIEN EN
LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROFESIONISTA”, QUIENES SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I.- Declara “LA SEC” por conducto de su Representante:
I.1.- Que es una Dependencia del Gobierno del Estado de Sonora, en términos de lo establecido en los artículos 22, fracción IV y 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora.
I.2.- Que el Mtro. Xxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, acredita su personalidad como Secretario de Educación y Cultura con nombramiento que le fue expedido por la C. Gobernadora del Estado de Sonora, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, con el refrendo del Secretario de Gobierno, Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, mediante oficio No. 03.01.1/D-125/15, de fecha 13 de septiembre de 2015.
I.3.- Que de conformidad con el artículo 6, fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación y Cultura, entre sus atribuciones corresponde autorizar con su firma los contratos, convenios, actos jurídicos, administrativos y financieros que la Secretaría celebre con otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, o con particulares, así como suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones.
I.4.-Que con el fin de cumplir con la implementación de Programas derivados de la Reforma Educativa, en el caso particular el relativo al Programa xx xxxxxx en Primaria (PIP), se ha generado carga de trabajo extraordinaria, por lo que se hace necesario contratar profesionistas con conocimientos, experiencia y habilidades necesarias para el desempeño de sus tareas.
I.5.- Que para efectos de lograr el fin antes señalado, cuenta con recursos para cubrir el presente Contrato con cargo a la partida presupuestal 12101.
I.6.- Que señala como domicilio para fines y efectos del presente Contrato Avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Final Poniente, S/N, C.P. 83240, Colonia Las Xxxxxxx, Hermosillo, Sonora.
II.- Declara “EL PROFESIONISTA”:
II.1.- Que se encuentra legalmente capacitado para contratar y obligarse en los términos del presente Contrato, llamarse como está escrito y contar con las siguientes generales:
Nacionalidad: | |||
Edad: | |||
Sexo: | |||
CURP: | |||
Identificación No. |
MEXICANO(A)
38
FEMENINO
XXXX000000XXXXXX00
Instituto Nacional Electoral (INE) No. 0041063505917
ROAC780628QZ2.
II.2.- Que se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público bajo No.
II.3.- Que cuenta con los estudios, conocimientos y recursos técnicos, necesarios para la ejecución de los servicios que “LA SEC” le encomiende. Así mismo señala, que conoce plenamente las características y necesidades de los servicios materia del presente Contrato.
II.4.- Que conoce los objetivos y normas que rigen a “LA SEC”, así como su naturaleza jurídica, por lo que está dispuesto a prestar sus servicios con apego a estos ordenamientos. Así mismo manifiesta bajo protesta de decir verdad, que a la fecha no es parte de un juicio del orden civil, mercantil o laboral en contra de alguna Dependencia o Entidad de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal; y que no se encuentra en algún otro supuesto o situación que pudiera generar conflicto de intereses de prestar sus servicios profesionales objeto de este Contrato.
X. XXXXXX XXXXXXX # 200
CENTRO
ARIZPE,
II.5.- Que señala como domicilio para los fines y efectos legales del presente Contrato el ubicado en de la Colonia , en la ciudad de Sonora.
III.- Ambas Partes declaran:
III.1.- Que cuenta con la capacidad legal y económica para obligarse como ahora se obligan y para hacer frente a las obligaciones que les derivan del presente Contrato, así mismo declaran que conocen el contenido y alcances de todas y cada una de las disposiciones legales que se citan en el presente Instrumento, siendo su libre voluntad someterse al contenido de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.- “EL PROFESIONISTA” se obliga a
proporcionar sus servicios profesionales y a aplicar al máximo su capacidad y conocimiento para implementar conforme a las actividades señaladas en el Anexo que acompaña el presente contrato, el Programa xx Xxxxxx en Primaria (PIP) en apoyo a “LA SEC”, con el fin de promover una educación bilingüe de calidad; siendo responsable de cualquier acto que implique negligencia, dolo, mala fe y mala calidad en el desempeño de la prestación de los servicios contratados por “LA SEC”.
1 de Enero al 30 xx Xxxxx del 2017
SEGUNDA: VIGENCIA En términos de vigencia del presente contrato es por el período comprendido del , pudiendo
finalizar por voluntad de cualquiera de las partes mediante notificación escrita con quince días de anticipación y la obligación de resolver y cumplir con todos los pendientes relativos a la prestación de los servicios encomendados. La renovación del presente Contrato será únicamente y exclusivamente por acuerdo de ambas partes.
TERCERA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
En virtud de este Instrumento “EL PROFESIONISTA” se obliga y será responsable de ejecutar lo establecido en el Anexo que se adjunta al presente Contrato, así como lo que a continuación se relaciona en forma enunciativa más no limitativa:
a) Asistir puntualmente a prestar sus servicios profesionales en el lugar indicado en Anexo del presente contrato, de acuerdo a las funciones ahí establecidas;
b) Respetar los programas y los períodos establecidos en el calendario de trabajo;
c) Las demás que señalen las disposiciones legales aplicables.
Queda prohibido a “EL PROFESIONISTA”:
a) Incumplir con el programa Anexo sin causa justificada;
b) Sustraer cosas de valor del área en el que preste sus servicios profesionales sin permiso previo, y sin la orden de salida correspondiente;
c) Presentarse a la prestación de sus servicios profesionales bajo el influjo de bebidas alcohólicas o de alguna sustancias psicotrópica o enervantes;
d) Portar armas, hacer colectas, rifas o propagandas dentro de las horas del servicio profesional objeto del presente Contrato;
e) Suspender la prestación de los servicios profesionales sin autorización de “LA SEC” y demás disposiciones señaladas en la Ley de la materia, estatutos, acuerdos, circulares;
f) En general, hacer mal uso de las instalaciones del área en el que preste sus servicios profesionales; y
g) Las demás que señalen las disposiciones legales aplicables.
En virtud de este instrumento “LA SEC” se obliga:
a) Proporcionar a “EL PROFESIONISTA” las instrucciones precisas para llevar a cabo la prestación de sus servicios.
b) Proporcionar a “EL PROFESIONISTA”, las facilidades para el mejor desempeño de su labor y las herramientas de trabajo necesarias para que desempeñe los fines del presente Contrato.
c) Realizar el pago correspondiente por sus servicios.
d) El pago correspondiente se considera gravado en el régimen fiscal de honorarios asimilables a sueldo, “LA SEC” efectuará retenciones por el Impuesto Sobre la Renta y expedirá un comprobante a “EL PROFESIONISTA”.
7.869,75 (
Son siete mil ochocientos sesenta y
CUARTA: TIEMPO DE PAGO. “LA SEC” se obliga a pagar mensualmente a “EL PROFESIONISTA” la cantidad de $ (
nueve pesos 75/100 m.n.
)) Antes de impuestos, por la prestación de servicios profesionales que se contratarán en el periodo mencionando en la cláusula segunda del presente contrato, mediante dos pagos quincenales con cheque de caja bancaria expedida a favor de “EL PROFESIONISTA” los días 15 y 30 de cada mes en las oficinas de la Dirección General de Recursos Humanos, ubicadas en avenida Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Final Poniente, S/N, C.P. 83240, Colonia Las Xxxxxxx, Hermosillo, Sonora.
GENERAL XXXXXXXX X. XXXXXXXXX 26EPR0009V
El Centro de Trabajo al que deberá presentarse el Catedrático a realizar las funciones antes señaladas es
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con horas asignadas. En el transcurso del presente contrato pueden presentarse aumento o disminución de horas así como cambios de centros de trabajo, los cuales serán respaldados con un oficio de incidencia, autorizado por la Dirección de Asuntos Sonora-Arizona y Programa xx Xxxxxx.
Para el caso de estado de gravidez, el primer mes se efectuará con goce xx xxxxxx y el segundo mes se otorgará la opción de un sustituto pagado por el mismo Catedrático, el cual será evaluado por la Coordinación Estatal xx Xxxxxx.
QUINTA: RESPONSABILIDAD LABORAL. Ambas partes acuerdan que el presente Contrato no genera responsabilidad laboral para ninguno de los contratantes, esto por tratarse de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales por honorarios asimilables a sueldos.
Las partes aceptan que todo lo no previsto en el presente Contrato, se regirá por las disposiciones contenidas en el Código Civil para el Estado de Sonora, y en caso de controversia, para su interpretación y cumplimiento, se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del Estado de Sonora, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
SEXTA: CAUSAS DE TERMINACION. El presente contrato se dará por concluido sin necesidad de declaración judicial previa notificación a la parte contraria, en los siguientes casos:
a) Por acuerdo expreso de las partes.
b) Por cumplirse el objeto de este Instrumento.
c) Por incumplimiento de las obligaciones a cargo de la parte contraria, tanto las aquí mencionadas expresamente, como las que las leyes y reglamentos le impongan.
SÉPTIMA: CAUSALES DE RESCISIÓN: Este Contrato podrá ser rescindido en caso de incumplimiento por parte de “EL PROFESIONISTA” de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente Contrato; además, por incurrir en causales rescisorias durante la prestación de sus servicios profesionales, tales como:
a) Falta de probidad u honradez;
b) Actos de violencia, amagos, injurias, o malos tratos en contra del personal docente, administrativo o directivo de “LA SEC” en general;
c) Causar perjuicios materiales de forma dolosa o mediante negligencia inexcusable;
d) Comprometer el patrimonio de los “LA SEC” por imprudencia o descuido;
e) Cometer actos inmorales;
f) Revelar o dar a conocer asuntos de carácter reservado en el área en que preste sus servicios profesionales o para “LA SEC”;
g) Haber proporcionado o proporcionar informes falsos o haber utilizado o utilizar documentación apócrifa;
h) Obtener deficientes resultados a juicio de “LA SEC” en las evaluaciones al desempeño de sus funciones;
i) Por falta de entrega de los trabajos solicitados por “LA SEC”, y
j) En general, alterar la disciplina del área en el que preste sus servicios profesionales.
OCTAVA.- INCUMPLIMIENTO Y PENA CONVENCIONAL.- En caso de que “EL
PROFESIONISTA”, incumpla cualquiera de sus obligaciones previstas en este Instrumento jurídico, quedará a elección de “LA SEC” el exigir el pago de los daños y perjuicios que éste haya sufrido por el incumplimiento de la misma; o bien, el reclamar una pena convencional por un monto igual al total estipulado en el presente contrato jurídico, sin que para ello tenga que acreditar el monto de los daños y perjuicios; lo anterior independientemente de la responsabilidad civil y/o penal que dicho incumplimiento diere lugar de conformidad a lo dispuesto con la legislación aplicable.
En caso de que “EL PROFESIONISTA” no pueda continuar prestando sus servicios profesionales, deberá avisar oportunamente a “LA SEC” quedando obligado a satisfacer los daños y perjuicios que se causen, cuando no hubiera dado éste aviso con oportunidad.
NOVENA: REGULACION XX XXXXX Y TRIBUNALES. Para la interpretación y ejecución del presente contrato, ambas partes se someten expresamente a los tribunales de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora, renuncian, expresamente a la competencia que les pudiera corresponder en razón de sus domicilios presentes o futuros.
La relación que del presente Contrato nace entre las partes del mismo, es de carácter enteramente civil, por lo que en ningún momento se considerará que
existe relación laboral o subordinación de “EL PROFESIONISTA” con “LA SEC”, por lo que se girará por lo dispuesto en el Código Civil vigente para el Estado de Sonora.
DÉCIMA.- VALIDEZ.- Ambas partes acuerdan que este contrato contiene su voluntad expresa, en cuanto a lo que en el mismo se especifica, por ente cualquier otro convenio, contrato o arreglo en forma verbal o escrita que se haya elaborado o que tácitamente pudiera implicarse, queda desde ahora sin efectos; las posteriores modificaciones que se hagan a este documento deberán ser por escrito y firmadas por ambas partes.
DÉCIMA PRIMERA.- LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE RIESGOS.- “EL
PROFESIONISTA”, manifiesta que dada la naturaleza del presente contrato, releva a “LA SEC”, de toda obligación o responsabilidad que pueda surgir con motivo de posibles riesgos durante su permanencia en las áreas donde se presten los servicios objeto de este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- CESIÓN DE DERECHOS.- “EL PROFESIONISTA” no podrá
ceder en forma parcial ni total los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, a favor de cualquier otra persona, con excepción de lo dispuesto en el último párrafo de la cláusula cuarta del presente instrumento, cuando éste sea aplicable.
DÉCIMA TERCERA.- CONFIDENCIALIDAD.- “EL PROFESIONISTA” se obliga a
cumplir en el ejercicio de su profesión lo establecido en la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública y en ningún caso podrá revelar o utilizar algún secreto, información o comunicación que conozca o haya recibido con motivo del trabajo profesional desempeñado en “LA SEC”.
DÉCIMA CUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Las partes convienen en que “LA SEC”, podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato, mediante aviso por escrito que formule a “EL PROFESIONISTA”, con diez días naturales de anticipación.
“EL PROFESIONISTA” acepta todos y cada uno de los términos de este Instrumento y por tal motivo, al concluir y una vez transcurrido el periodo a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Contrato, éste quedará terminado automáticamente sin necesidad de dar aviso alguno a “EL PROFESIONISTA”.
1° DE ENERO DEL 2017
LEÍDO QUE FUE POR AMBAS PARTES ESTE DOCUMENTO, Y UNA VEZ ENTERADOS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE, LO FIRMAN DE COMÚN ACUERDO EN LA CIUDAD XX XXXXXXXXXX, SONORA, AL .
"LA SEC”
MTRO. XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX
CRETARIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
"EL PROFESIONISTA”
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
C.
ANEXO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES:
Funciones a realizar durante la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios:
1. Entregar en tiempo y en forma los oficios de aceptación y horarios cuando la Coordinación Estatal o Regional se les solicite.
2. Asistir puntualmente al desempeño de sus funciones de acuerdo con los horarios establecidos y firmar el libro de registro de asistencia correspondiente.
3. Presentarse en los Centros de Trabajo asignados por la Coordinación Estatal del Programa y ante el Director, con la documentación oficial correspondiente y cumplir con los horarios que hayan sido autorizados por los mismos, como autoridad máxima de los planteles educativos.
4. Impartir las clases xx xxxxxx únicamente en los grados y grupos a los que hayan sido asignados por el Programa Estatal, una vez autorizada la implementación del Programa en el Centro de Trabajo.
Dentro del presupuesto autorizado y disponible “LA SEC” por conducto del Director del Plantel del Centro de Trabajo correspondiente, y “EL PROFESIONISTA” podrán acordar el incremento de las horas clase.
De actualizarse el incremento mencionado, éste deberá justificarse y contrastarse con el sistema de incidencias justificadas e injustificadas que se lleva a cabo por el Director del Plantel.
5. Presentar para su firma ante el Director del plantel correspondiente la planificación al inicio del mes.
6. Participar en el proceso de capacitación (curso-taller) que sean planificados durante el ciclo escolar correspondiente.
7. Acudir con su Coordinador Regional para la revisión de planificaciones solicitadas y retro-alimentación después de ser observado.
8. Participar en el desarrollo de las clases xx xxxxxx en el lugar autorizado, respetando los horarios autorizados por el C. Director de la Escuela y deberán permanecer invariablemente por un tiempo de 150 minutos por grupo a la semana, salvo lo establecido en el punto 4 del presente Anexo.
9. Asistir a reuniones de Consejo Técnico en el Centro de Trabajo dentro o fuera del horario de clases asignado.
10. Pedir autorización al Director del plantel en caso de que requiera realizar algún cambio o modificación en el horario establecido, así como informar con anticipación cuando no pueda asistir a clases.
11. Informar a la Coordinación Estatal o Regional cualquier inasistencia, modificación o cambio en los horarios inmediatamente.
12. Notificar las inasistencias a su coordinador regional para su justificación. En el caso de periodos más largos de ausencia laboral justificada, el catedrático deberá buscar y proponer de manera previa ante el Área Académica del Programa, y/o con el Coordinador Estatal xx Xxxxxx un compañero(a) substituto, autorizado por la Coordinación que pueda cubrir ese periodo de ausencia, estableciendo al mismo tiempo y de común acuerdo con dicho substituto el acuerdo de pago a que se refiera el caso, mediante oficio documentado y eximiendo de responsabilidad a la Coordinación Estatal del Programa y a la Secretaría de Educación y Cultura.
13. Velar en todo momento por la seguridad de los alumnos de sus grupos que participen en los Programas xx Xxxxxx en Primaria. El Catedrático xx xxxxxx primaria no se hará cargo del grupo fuera del horario de clase establecido.
14. Informar periódicamente a los padres de familia de acuerdo con la normatividad vigente en las escuelas sobre los avances académicos de sus alumnos.
15. Evaluar, registrar en SICRES y entregar los resultados de los avances de los alumnos en la Boleta de Evaluación de la materia xx xxxxxx al padre o tutor.
16. Recibir capacitación en reuniones periódicas por su Coordinador Regional en diferentes modalidades y deberá presentar la planificación de clase a su Coordinador respectivo.
17. Resguardar el material didáctico en caso de recibirlo, por parte de su Coordinador Regional del cual firmará de recibido, comprometiéndose en hacer la devolución cuando la Coordinación del Programa se lo solicite.
18. Abstenerse de agredir física, verbal y psicológicamente a los alumnos a su cargo.
Políticas
1. El Catedrático xx xxxxxx primaria será evaluado por la Coordinación Estatal considerando aspectos operativos, logísticos y académicos. Dichos resultados serán arrojados al Módulo de Desempeño Académico para ser considerados en futuras asignaciones en el Programa.
2. El Catedrático xx xxxxxx primaria realizará e informará a su Coordinador de las actividades tales como: Open Classes, Concursos, Festivales donde la comunidad podrá apreciar los logros obtenidos por los alumnos.
8/9
3. El Catedrático xx xxxxxx primaria evaluará el desempeño de los alumnos en diferentes aéreas del idioma así como valores mediante instrumentos de evaluación para emitir una calificación bimestral que deberá ser reportada a los Padres de Familia en la Boleta de Evaluación del Programa xx Xxxxxx, para tal efecto, el catedrático recibirá vía electrónica el “Manual de Evaluación” en el que se especifica cómo debe ser llenada.
4. El Catedrático xx xxxxxx primaria para poder prestar sus servicios en el Programa xx Xxxxxx en Primaria deberá cumplir con todos los presentes lineamientos, de lo contrario será causal de reducción de grupos o baja.
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
Manifiesta la C. , que entiende
perfectamente la naturaleza de su contratación, que es temporal, y que de conformidad al artículo 6°, segundo párrafo de la Ley del Servicio Civil para el Estado de Sonora, su contratación, aun cuando se prorrogue, no le da el carácter de trabajador de base, por lo que acepta y firma el presente documento en que se describe la causa de la temporalidad de su contratación y sus funciones.
1° DE ENERO DEL 2017
LEÍDO QUE FUE POR AMBAS PARTES ESTE ANEXO, Y UNA VEZ ENTERADOS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE, LO FIRMAN DE COMÚN ACUERDO EN LA CIUDAD XX XXXXXXXXXX, SONORA, AL .
“LA SEC”
"EL PROFESIONISTA”
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
MTRO. XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX C.
SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR
9/9