LICITACION PUBLICA N° 02 /2018 CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y LUBRICACION PARA LOS VEHICULOS DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE OLOCUILTA. DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLE SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
LICITACION PUBLICA N° 02 /2018 CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y LUBRICACION PARA LOS VEHICULOS DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE OLOCUILTA. DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLE SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
NOSOTROS: XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, de años de edad, Doctor en Medicina,
del domicilio de Olocuilta, Departamento de la Paz, con Documento Único de Identidad personal número -------
-------------, actuando en este documento en mi calidad xx Xxxxxxx Municipal de la Ciudad de Olocuilta, tal como lo compruebo con la Credencial extendida por el Tribunal Supremo Electoral en la cual se me acredita como Alcalde del Municipio de Olocuilta, para el periodo comprendido del uno xx xxxx de dos mil Quince al treinta xx xxxxx de dos mil Dieciocho y según los artículos cuarenta y siete del Código Municipal y diecisiete y dieciocho de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, los que me conceden facultades para firmar contratos tales como el presente, en nombre y representación de la institución que en el curso de este instrumento se denominara “EL CONTRATANTE”; y por otra parte, -------------------------------------- de ------------
años edad, Estudiante, del domicilio de San Xxxxxxxx, Departamento de San Xxxxxxxx, portador de mí Documento Único de Identidad número , y Número de Identificación Tributaria
------------------------------------------, actuando en mí carácter de Director Presidente y Representante Legal de la Sociedad DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que se abrevia D. L. Y C., S.A. DE C.V. o D.L. & C., S.A. DE C.V., del domicilio de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, con Número de Identificación Tributaria ;
personería que compruebo con: a) La Escritura Pública de Modificación al Pacto Social de la sociedad DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
otorgada en la Ciudad de San Xxxxxxxx, a las doce horas y treinta minutos del día treinta de diciembre de dos mil nueve, ante los oficios de la Notario Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, inscrita en el Registro de Comercio, Departamento de Documentos Mercantiles al número ------------ del Libro del Registro
de Sociedades, con fecha once xx Xxxx de dos mil diez, la cual contiene la totalidad de las cláusulas que conforman el Contrato Social que rigen a la sociedad y que se tiene como el único texto legal, suficiente para comprobar su Pacto Social y de la que consta: que su denominación, nacionalidad y domicilio son los antes expresados; que dentro de su finalidad se encuentra la celebración de actos como el contenido en el presente instrumento; que es de plazo indefinido contado a partir del día cuatro de enero de dos mil, fecha de inscripción de la escritura de Constitución Social en el Registro de Comercio; que la Junta General de Accionistas es el órgano supremo de la sociedad; que la Administración de la sociedad le corresponde a una Junta Directiva o a un Administrador Único, quienes durarán en sus funciones períodos de CINCO años, pudiendo ser reelectos; que la Representación Legal, Judicial y Extrajudicial de la sociedad le corresponde ejercerla conjunta o separadamente al Director Presidente, Director Vicepresidente, Secretario y al Primer Director de la Junta Directiva, o bien al Administrado Único, quienes están facultados para otorgar instrumentos como el contenido en el presente instrumento; b) La Escritura Pública de Modificación al Pacto Social de la sociedad DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
otorgada en la ciudad de San Xxxxxxxx, a las trece horas y treinta minutos del día trece de Enero de dos mil doce, ante los oficios de la Notario Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, inscrita en el Registro de Comercio, Departamento de Documentos Mercantiles al número --------------------- del Libro del Registro de Sociedades, con
fecha diecisiete de Febrero de dos mil doce, de la que consta: que se modificaron las cláusulas XVI y XXI referente a la Administración y Representación Legal de la sociedad; y c) La Certificación del Punto del
Acta número de Junta General Ordinaria de Accionistas, celebrada a las quince horas del día
primero de julio de dos mil quince, extendida por el Secretario de la Junta General Ordinaria de la sociedad señor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx con fecha dieciocho de noviembre de dos mil quince, en el cual se acordó elegir una nueva Junta Directiva de la sociedad, por un período de CINCO años contados a partir de la fecha de inscripción de la certificación en el Registro de Comercio, resultando electo como Director Presidente de la misma y por tanto Representante Legal de la sociedad, el compareciente señor ,
certificación inscrita en el Registro de Comercio, Departamento de Documentos Mercantiles al número ---------
del Libro , del Registro de Sociedades, con fecha veintisiete de noviembre de dos mil quince;
quien en el transcurso del presente instrumento se denominara “EL CONTRATISTA” y en los caracteres dichos, MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos el presente Contrato de Suministro a favor de “LA MUNICIPALIDAD DE OLOCUILTA”. De conformidad a la Ley de Adquisiciones de la Administración Pública. Que en adelante se denomina LACAP y RELACAP en especial a las obligaciones, condiciones, pactos y renuncias de acuerdo con las cláusulas que a continuación se detalla en el proceso de: “LICITACION PUBLICA No 02 /2018 denominado CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES PARA LOS VEHICULOS DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE OLOCUILTA”. I) OBJETO DEL CONTRATO: Este contrato
tiene por objeto establecer y regular las relaciones derechos y obligaciones de las partes contratantes, a efecto de Suministro de Combustible y Lubricantes: De los Vehículos de la Institución de la Alcaldía Municipal de Olocuilta. II) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato los siguientes documentos: Solicitud o Requerimiento de compra, Bases de Licitación (Concurso), resolución de adjudicación, Adendas, Oferta, Orden de Inicio, Orden de Cambio, y otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales y este contrato, prevalecerá el contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS FODES Y FONDOS PROPIOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a la municipalidad, con fondos FODES-ALCALDIA MUNICIPAL DE OLOCUILTA, para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. Los pagos se realizarán de la siguiente manera: La Alcaldía Municipal de Olocuilta, efectuará los pagos a “EL CONTRATISTA” en DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a través de la Unidad Financiera Institucional (Tesorería Municipal), y este se hará mediante CHEQUE, contra las entregas de las Órdenes de Compra Facturada en el mes Calendario. En un plazo de Quince días (15) hábiles posteriores a la recepción de la Factura a Consumidor Final debidamente selladas y Firmadas, pagadera que la realiza la Unidad antes mencionada en el cual ya llevara el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios (IVA). IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA. EL PRESENTE CONTRATO SE INICIA DESDE EL PRIMERO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. El Contratista se
compromete a suministra los Servicios Objetos de este Contrato en el Plazo correspondiente en el cual necesite la Alcaldía Municipal de Olocuilta para cada uno de los Vehículos de la institución así como los días que el crea conveniente, contamos con estos servicios a partir de la fecha que los CONTRATANTES, establezcan por escrito la orden de inicio para el suministro de combustible, comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre siendo este prorrogable V) ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del Administrador del Contrato, nombramiento por parte de la municipalidad teniendo como atribuciones las establecidas en los Artículos Ochenta y Dos Bis y Ciento Veintidós de la LACAP. VI) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador del Contrato en coordinación con el contratista, la elaboración y firma de las actas de recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el Artículo Setenta y Siete del RELACAP. VII) MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo emitir el contratante la correspondiente resolución, acuerdo u orden de cambio modificativa, debiendo el contratista en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y montos de las Garantías de (Cumplimiento de Contrato u otras existentes según el objeto contractual) según lo indique el contratante y formará parte integral de este contrato. VIII) PRÓRROGA. De común acuerdo el presente contrato podrá ser modificado, incrementado o disminuyendo su valor de acuerdo a la fluctuación de precio en el mercado, y esta prorrogado en su plazo disconformidad a la LACAP y a este Contrato. Quedando, así como el Contrato para un año. En tales casos, “LA ALCALDIA “emitirá la correspondiente resolución la cual se relacionará en el instrumento modificatorio, debiendo en tales casos, modificar o ampliar los plazos y montos correspondientes. Dicha prórroga deberá ser previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberá modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato u otras según el caso en particular; debiendo emitir el contratante la correspondiente resolución de prórroga. IX) CESIÓN: Salvo autorización expresa de la Alcaldía Municipal de Olocuilta, la contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato.
X) CONFIDENCIALIDAD: El contratista se compromete a guardar la confidencialidad de toda información revelada por el contratante, independientemente del medio empleado para transmitirla, ya sea en forma verbal o escrita, y se compromete a no revelar dicha información a terceras personas, salvo que el contratante lo autorice en forma escrita. El contratista se compromete a hacer del conocimiento únicamente la información que sea estrictamente indispensable para la ejecución encomendada y manejar la reserva de la misma, estableciendo las medidas necesarias para asegurar que la información revelada por el contratante se mantenga con carácter confidencial y que no se utilice para ningún otro fin. XI) SANCIONES: En caso de incumplimiento el contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP ya sea imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por el contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. XII) OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN CONTRACTUAL: Sin perjuicio de lo establecido en la LACAP y el RELACAP, el presente contrato podrá extinguirse debido a causales que contravengan el presente contrato y/o otras que determinará la institución contratante atendiendo al objeto contractual. XIII) TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable al contratista y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda al servicio parcialmente ejecutado. XIV) SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Pará resolver la diferencia o conflictos que sugieren durante la ejecución del contrato se observara el siguiente procedimiento: a) Por arreglo directo, las partes contratantes procuran la solución de las diferencias sin otra intervención que las de ellas mismas, sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en actas de los puntos controvertido y de las soluciones en su caso: b) Intentado el arreglo directo sin Hallarse solución alguna de las diferencias, se acudirá a los tribunales comunes. Las partes expresamente renunciamos al arbitraje como medio alterno de solución de conflictos, XV) INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: La Alcaldía Municipal de Olocuilta, Departamento de la Paz se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses de La Alcaldía Municipal de Olocuilta Departamento de la Paz. con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La contratista expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte La Alcaldía Municipal de Olocuilta Departamento de la Paz. XVI) MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato. XVII) NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES: Todas las notificaciones referentes a la ejecución de este contrato, será válidas y tendrán efectos a partir de su recepción solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones de las partes contratantes; para cuyo efecto las partes señaladas como lugar para recibir notificaciones las siguientes: “LA ALCALDIA”, en Avenida Xxxxxxx y Calle Principal Barro El Centro Municipal de Olocuilta Departamento de la Paz. Por su parte “EL CONTRATISTA”, en sus oficinas ubicadas en lotes números ,
Urbanización Madreselva, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, con atención a ---------------------------------------
BAHAIA. Tanto “LA ALCALDIA” como “EL CONTRATISTA” podremos cambiar nuestro lugar de domicilio, quedando obligados a notificarlo en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario posterior a dicho cambio; mientras tanto el domicilio señalando o el último notificado, será válido para los efectos legales. Así nos expresamos la compareciente, quienes, enterados y conscientes de los términos y efectos legales del presente Contracto por convertir así a los intereses de nuestro representados, ratificamos su contenido, en Fe de lo cual firmamos, en la ciudad de Olocuilta, a las once horas del día cuatro del mes de Enero de Dos Mil Dieciocho.
Contratante Contratista