FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. - FINDETER
FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. - FINDETER
CONVOCATORIA PÚBLICA No. FDT-C-003-2022
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA CONTRATAR LA CONSULTORIA PARA REALIZAR LOS ESTUDIOS BÁSICOS DE RIESGO ORIENTADOS A REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXXX DE MARIQUITA, TOLIMA.
FEBRERO DE 2022
Contenido
ANTECEDENTES, DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACION DE LA NECESIDAD DEL PROCESO 7
1.1. DESCRIPCIÓN DEL ALCANCE DEL OBJETO A CONTRATAR Y ETAPAS 10
1.2. ETAPAS DEL PROYECTO ¡Error! Marcador no definido.
1.3. PRODUCTOS – CRONOGRAMA ¡Error! Marcador no definido.
1.4. GESTIÓN SOCIAL Y REPUTACIONAL ¡Error! Marcador no definido.
1.5. BUILDING INFORMATION MODELLING (BIM) ¡Error! Marcador no definido.
2.1. ACTA DE INICIO DEL CONTRATO 24
2.1.1. Requisitos para la suscripción del acta de inicio 25
2.2. ACTA DE RECIBO FINAL DEL CONTRATO 25
3. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO – XXXXX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX 00
3.1. CONOCIMIENTO DEL SITIO DEL PROYECTO 26
4. MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO 26
4.1.1 VALORES MÁXIMOS Y MÍNIMOS DE LA OFERTA ECONÓMICA 27
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 29
6.1. OBLIGACIONES GENERALES 30
6.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS 32
ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATO Y DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO 34
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 34
2.1. CONTRATACIÓN PRIMER EMPLEO DE PERSONAL DE OBRA CALIFICADA. 36
2.2. PRESENTACIÓN DEL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO 37
2.3. REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PERSONAL PROPUESTO 37
3.1. COMITÉ TÉCNICO DE SEGUIMIENTO ¡Error! Marcador no definido.
4.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO 39
4.2. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 40
4.3. CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS 40
5. CLÁUSULAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA 41
6. LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES APLICABLES 41
9. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 42
2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE 46
3. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. 46
5. CONVOCATORIA DE VEEDURÍAS CIUDADANAS 47
6. LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 47
9. PUBLICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO 48
10. OBSERVACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA ESTUDIOS Y DOCUMENTOS DEL PROYECTO 48
12. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 49
13. REGLAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 50
13.1. DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN LA ENTIDAD 51
13.2. PROHIBICIÓN DE PRESENTAR PROPUESTAS ALTERNATIVAS, CONDICIONADAS O PARCIALES 51
13.3. TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS 51
13.4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 51
13.5. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 51
13.5.3. TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR 53
13.5.4. PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DE CONTRATOS Y/O PROYECTOS OTORGADOS EN MONEDA EXTRANJERA 53
13.6. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES 53
13.8. DEBER DE DILIGENCIA E INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO 54
13.9. POTESTAD VERIFICATORIA 55
13.10. SUSPENSIÓN Y/O CANCELACIÓN DE LA CONVOCATORIA 55
13.11. CIERRE DE LA ETAPA DE RECIBO DE PROPUESTAS 55
14. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO 56
14.1. INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES 57
14.3. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES 58
14.4. APERTURA DEL ARCHIVO No. 2: PROPUESTA ECONÓMICA. 58
14.5. METODOLOGÍA Y VERIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS HABILITADAS 59
14.6. AJUSTE OFICIOSO DE INFORMES 59
14.7. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN 59
14.8. INDICACIÓN DE LAS RESERVAS LEGALES DE LAS QUE GOZAN LOS DOCUMENTOS APORTADOS 60
14.9. CRITERIOS DE DESEMPATE 60
14.10. MODIFICACIÓN O REVOCATORIA DEL ACTA DE SELECCIÓN 60
16. CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA 62
17. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 62
18. REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 62
19. CONSECUENCIA DE LA NO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y/O CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE EJECUCIÓN DE ESTE 63
20. APROBACIÓN DE LA GARANTÍA 63
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO 64
1. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN JURÍDICO 64
1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 64
1.2. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL 64
1.3. CONSTITUCIÓN DEL PROPONENTE PLURAL (SI APLICA): 65
1.4. DOCUMENTOS DEL PROPONENTE PLURAL 66
1.5. CÉDULA DE CIUDADANÍA O SU EQUIVALENTE 67
1.6. CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 67
1.7. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN 68
1.8. CONSTANCIA ANTECEDENTES JUDICIALES y REPORTE EN EL SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS – RNMC 68
1.9. AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA 68
1.10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. 68
1.11. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO O SU EQUIVALENTE 70
1.12. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CON LOS SISTEMAS GENERALES DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y APORTES PARAFISCALES 70
1.13. REQUERIMIENTO TITULACIÓN 71
1.15. CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL 71
1.16. CERTIFICADO DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES DEL REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO (EN CASO DE ESTAR INSCRITO) 71
1.17. LISTAS RESTRICTIVAS LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 71
2. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO 72
2.1. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO PARA PROPONENTES EXTRANJEROS 73
3. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN TÉCNICO 74
3.2. REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE 75
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS 79
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS 79
1. INFORME DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD) 79
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 86
CERTIFICADO DE PAGO APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL 89
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE PARA HABILITAR LA OFERTA 91
ESTIMACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA DETALLADA Y FACTOR MULTIPLICADOR 93
ANTECEDENTES, DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACION DE LA NECESIDAD DEL PROCESO
La Financiera de Desarrollo Territorial S.A.-FINDETER, creada bajo la Ley 57 de 1989, y modificada por el Decreto 4167 de 2011, es una sociedad de economía mixta del orden nacional, del tipo de las anónimas, organizada como un establecimiento de crédito, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y sometida a vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Así mismo, por expresa disposición del artículo 6 del citado Decreto 4167 DE 2011, así como del artículo 15 de la Ley 1150 de 2007, el régimen de contratación del FINDETER es el derecho privado, salvo en lo que se refiere al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal y los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267de la Constitución Política. Por lo anterior, los procesos de contratación se regirán de acuerdo con lo establecido en el Código Civil, Código de Comercio y demás normas que resulten aplicables.
De acuerdo con lo que establece su objeto social, la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. XXXXXXXX, ha logrado posicionarse como la Banca de Desarrollo del país, al promocionar el desarrollo regional y urbano mediante la financiación y asesoría en lo referente a diseño, ejecución y administración de proyectos o programas de inversión relacionados, entre otros, con la actividad de asistencia técnica. FINDETER es una sociedad de economía mixta de orden nacional, del tipo de las anónimas, organizada como un establecimiento de crédito, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y sometida a vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, que financia proyectos en infraestructura, enfocados a promover el progreso regional y urbano de beneficio común, mediante el otorgamiento de créditos tanto a entidades públicas como privadas. Dichos recursos son desembolsados a través de intermediarios financieros tales como bancos comerciales, compañías de financiamiento comercial y corporaciones financieras, o a través de crédito directo. Mediante el sistema de redescuento y el crédito directo, FINDETER es uno de los principales motores que fortalecen y apalancan los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el literal m) del artículo 268 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), FINDETER puede brindar asistencia técnica en virtud de su objeto social. Así mismo, el literal h) del numeral 1 del artículo 270 EOSF permite a FINDETER desarrollar como operación autorizada la prestación del servicio de asistencia técnica, estructuración de proyecto, consultoría técnica y financiera.
FINDETER es una herramienta del Gobierno para acompañar proyectos públicos y privados en las regiones, que estén alineados con las políticas públicas nacionales. En los últimos años, la Entidad redefinió su Misión y Visión orientando su accionar hacia los aspectos propios de una Banca de Desarrollo, que combina acciones proactivas y reactivas en la generación de negocios, y, amplía y mejora su portafolio de productos y servicios teniendo como fundamento el aporte al desarrollo regional y la infraestructura como eje transversal. En concordancia, esta entidad se propuso el diseño de productos y servicios financieros y no financieros (técnicos) que ayudaran a satisfacer la demanda xxx xxxxxxx y a reducir las brechas que en materia de infraestructura y competitividad persisten en el país y que han sido factores limitantes al crecimiento económico y desarrollo equitativo de las regiones. De esta manera, FINDETER fortaleció su capacidad para actuar en otros aspectos adicionales al crédito de redescuento posibilitando la realización de proyectos importantes para el desarrollo del país, a través del diseño e implementación de productos y servicios no financieros que amplían la presencia regional de la entidad, y profundizan el acompañamiento a entidades territoriales en la formulación de proyectos integrales en sectores específicos.
En concordancia con lo anterior, Findeter ofrece productos de asistencia técnica por medio de sus áreas: i) Dirección de Ciudades y Competitividad (DCC), y ii) Jefatura de Gestión Urbana Integral (JGUI). En estas áreas se implementan programas de desarrollo sostenible, los cuales brindan acompañamiento en la
planificación de los territorios teniendo como resultado la definición y puesta en marcha de estrategias y proyectos de desarrollo territorial integral.
Los programas de planificación y desarrollo territorial que lleva a cabo Findeter a nivel regional y local están enfocados al incremento de la competitividad, a promover un desarrollo sostenible y al cumplimiento de la normatividad vigente de los procesos de ordenamiento que se desarrollen en los territorios, bien sea a nivel departamental o municipal.
A escala supramunicipal se han desarrollado iniciativas de acompañamiento que adaptan las metodologías de planificación urbana como Sabana Centro Sostenible (Cundinamarca), Sincelejo-Corozal Sostenible (Sucre) y Área Metropolitana xx Xxxxxx (Norte xx Xxxxxxxxx), tomando como base la metodología de Ciudades Emblemáticas y Ciudades Sostenibles y Competitivas. Igualmente, los programas de Territorio de Oportunidades en pro de la complementariedad territorial y la definición de una estrategia de desarrollo económico territorial, la iniciativa Agrópolis que promueve el desarrollo territorial enfocado en la competitividad de la agro-economía y el acompañamiento en la formulación de los Planes de Ordenamiento Departamental (POD), instrumento que promueve la articulación y armonización de apuestas tanto nacionales como municipales.
La Dirección de Ciudades y Competitividad es la encargada de ejecutar la Asistencia técnica en instrumentos de Ordenamiento Territorial, la cual tiene como objetivo desarrollar soluciones integrales que apoyen a las Entidades Territoriales en sus procesos de ordenamiento del territorio, mediante la asistencia en la revisión y ajuste a los instrumentos xx xxx, particularmente en este caso los Planes de Ordenamiento Territoriales - POT.
Dicha asistencia se desarrolla a través de una estrategia que buscar mejorar las capacidades técnicas de una entidad territorial de modo que cuente con un POT actualizado y acorde a su realidad, como un acuerdo entre la población sobre cómo se quiere vivir en el tiempo, y que busque resolver las necesidades del común y reducir las desigualdades sociales. Un POT pertinente promueve el desarrollo local mediante proyectos considerados estratégicos a la vez que garantiza la mitigación del riesgo ante desastres naturales y promueve la conservación del patrimonio natural y cultural, siguiendo el estricto cumplimiento de la normatividad vigente que regula la estructuración y componentes de los planes a nivel nacional.
La asistencia en resumen se compone de dos etapas: i) Estudios básicos de delimitación y zonificación de las áreas con condición de amenaza y riesgo, y Diagnóstico que incluye Alistamiento, Diagnósticos y Seguimiento y evaluación, y ii) Formulación y Acompañamiento en la concertación con la Autoridad Ambiental.
Es así como al terminar la etapa inicial de la asistencia técnica, se entrega como resultado los estudios de básicos de delimitación y zonificación de las áreas con condición de amenaza y riesgo del municipio, con todo lo dispuesto en la normatividad vigente, así como también la fase de revisión y ajuste del Diagnóstico del Plan Básico de Ordenamiento Territorial – PBOT.
A su turno, la Alcaldía de San Xxxxxxxxx de Mariquita, Tolima estipuló como Objetivo General en su Plan de Desarrollo Municipal 2020-2023 “Mariquita EcoCulturística” el “Dirigir la formación y construcción de un territorio sostenible y competitivo, en pro de optimizar el desarrollo integral de la población mariquiteña, mediante la promoción del conocimiento de la riqueza histórica, cultural y turística; que permita, a su vez, aportar al cierre de brechas entre el área urbana y rural, fundamentado en la promoción, protección y defensa de los derechos humanos, protección de los animales y medio ambiente.”
El Objetivo General de este Plan de Desarrollo esta alineada y puede abordarse desde la línea “Instrumentos de Ordenamiento Territorial” de la Vicepresidencia Comercial en cabeza de la Dirección de Ciudades y
Competitividad, que está encaminada a prestar asistencia técnica en los procesos de revisión y ajuste de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial, aprovechando la experticia y metodologías aplicadas y desarrolladas a nivel nacional por Findeter para el planeamiento territorial.
Findeter y el municipio de San Xxxxxxxxx de Mariquita suscribieron el Contrato Interadministrativo No. 0087 firmado el 11 de noviembre del 2021 el cual tiene por objeto: “Asistencia técnica para la realización de estudios base, revisión, ajuste y concertación con la autoridad ambiental, del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de San Xxxxxxxxx de Mariquita, Tolima.”
De acuerdo con el Decreto 1807 de 2014 compilado en el Decreto 1077 de 2015 y sus adiciones y/o modificaciones respectivas (Decreto 1232 de 2020, Decreto 824 de 2021), la revisión y ajuste del Plan de ordenamiento territorial deben contar, en materia de Gestión del Riesgo y como requisito normativo para desarrollo del trabajo, con la contratación del siguiente estudio básico para la incorporación de la gestión del riesgo en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio:
a. Estudios básicos de delimitación y zonificación de las áreas con condición de amenaza y riesgo para el suelo rural, expansión urbana, urbano y centros poblados para la incorporación de la gestión del riesgo en el PBOT conforme a los establecido en la normatividad nacional vigente.
De acuerdo a lo descrito anteriormente y atendiendo las obligaciones contractuales adquiridas con el municipio, es necesaria la contratación de los estudios básicos de riesgo del suelo rural, expansión urbana, urbano y centros poblados para su incorporación dentro del proceso de revisión y ajuste del plan básico de ordenamiento territorial del municipio de San Xxxxxxxxx de Mariquita, Tolima.
CAPITULO I DISPOSICIONES ESPECIFICAS
SUBCAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA
1. OBJETO
La presente convocatoria tiene como objeto contratar la CONSULTORIA PARA REALIZAR LOS ESTUDIOS BÁSICOS DE RIESGO ORIENTADOS A REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXXX DE MARIQUITA, TOLIMA.
1.1. DESCRIPCIÓN DEL ALCANCE DEL OBJETO A CONTRATAR Y ETAPAS.
El alcance general de esta consultoría es dar cumplimiento a lo solicitado normativamente, al proceso de revisión y ajuste de un Plan de Ordenamiento Territorial, lo cual incluye la incorporación de la gestión del riesgo en la actualización del instrumento de ordenamiento del municipio, con el fin de promover medidas para la sostenibilidad ambiental del territorio. Lo anterior en las áreas de expansión urbana, urbana, centros poblados y zona rural.
El alcance descrito contribuirá al cumplimiento normativo previsto por la Ley 388 de 1997, el Decreto 1807 de 2014 compilado en el Decreto 1077 de 2015 con sus adiciones y/o modificaciones respectivas (Decreto 1232 de 2020, Decreto 824 de 2021) y demás normatividad que los modifica, adicione o sustituya, en pro de incorporar de manera gradual la gestión del riesgo en la revisión de los contenidos xx xxxxxxx y largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial municipal.
Para la correcta ejecución de los estudios objeto de la presente contratación, se han definido las características que deberá contener los estudios de acuerdo con la normatividad vigente. A continuación, se describen los elementos fundamentales del estudio.
1.1.1. Marco normativo de estricto cumplimiento
El presente marco establece la normatividad que reglamenta y rige la incorporación de la Gestión del Riesgo en el Plan de Ordenamiento Territorial municipal.
Normatividad |
Ley 388 de 1997 |
Ley 1523 de 2012 |
Decreto-ley 019 de 2012, Art. 189 |
Decreto 1807 de 2014 |
Decreto 1077 de 2015 y modificaciones |
Decreto 1232 de 2020 |
Decreto 824 de 2021 |
Resolución 471 y 529 de 2020 y modificaciones |
Y demás normatividad vigente asociada al proceso de ejecución del presente proceso de contratación. |
1.1.2. Escalas de trabajo según normatividad
De acuerdo con el Decreto 1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015 y de conformidad con las clases de suelo establecidas en la Ley 388 de 1997, los estudios básicos se elaborarán, como mínimo, con las siguientes escalas.
Tipo de estudio | Clase de suelo | Escala |
Estudios Básicos | Urbano | 1: 5.000 |
Expansión Urbana* | 1: 5.000 | |
Centros poblados** | 1: 5.000 | |
Rural | 1:25.000 |
* Se define el área de expansión urbana teniendo en cuenta el área actual y la probable, de acuerdo a lo acordado por Findeter y el municipio.
** “Aquellos municipios con centros poblados rurales que por su alto grado de exposición a la ocurrencia de fenómenos naturales han sido afectados o tienen la posibilidad de ser afectados, deben adelantar los estudios básicos como mínimo a escala 1:5.000.” (Dec. 1807 de 2014)
1.1.3. Análisis de información disponible
Para la elaboración de los estudios básicos se deben realizar los análisis de la información técnica, considerando entre otros, los siguientes aspectos:
1. Recopilar y analizar la información contenida en el plan de ordenamiento territorial, estudios regionales, técnicos o informes técnicos, cartografía base, la información de las bases de datos institucionales y la información de redes de monitoreo de amenazas existentes.
2. Verificar si se cuenta con la delimitación y zonificación de amenaza y/o riesgo para el municipio (suelo rural, expansión urbana, urbano y centros poblados) y que la misma cumpla como mínimo con los siguientes aspectos:
a. Que corresponda al análisis del área rural, expansión urbana, urbano y centros poblados del municipio, se ajuste a las condiciones técnicas establecidas en el Decreto 1807 de 2014 y esté acorde con su situación actual. La información se podrá emplear siempre y cuando se verifique su pertinencia y se actualice cuando se requiera.
b. Que la información técnica disponible corresponda al análisis de las áreas en las que se hayan evidenciado afectaciones en el municipio.
1.2. Condiciones técnicas para la elaboración de estudios básicos
- Estudios básicos de amenaza por movimientos en masa
• Suelo rural a escala 1:25.000
En consideración al Decreto 1807 de 2014 art. 8° compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, la determinación de las condiciones de amenaza por movimientos en masa deberá integrar las diferentes variables
que inciden en la ocurrencia tanto actual como futura de estos fenómenos, considerando dentro de los agentes detonantes los siguientes factores: agua, sismo y procesos antrópicos (cortes, excavaciones, rellenos y construcciones en general), empleándose para el suelo rural métodos de análisis de inventarios, heurísticos o estadísticos.
Para el desarrollo de este componente se sugiere el uso de la metodología del Servicio Geológico Colombiano (SGC) “Guía Metodológica para la zonificación por movimientos en masa escala 1:25.000” publicada en el año 2017. Esta metodología es categorizada como estadística (bivariado o peso de la evidencia), la cual se fundamenta en el análisis cuantitativo de las variables seleccionadas.
Para la zonificación de la amenaza, esta se categorizará en alta, media y baja, que se establece según el método empleado, considerando las áreas con procesos activos como categoría alta.
Se adelantará este tipo de estudios en todas las zonas de relieve escarpado, montañoso y ondulado, con pendientes iguales o superiores a 5 grados más los taludes marginales de cauces, así como las zonas planas que puedan recibir los efectos de los movimientos en masa.
Los insumos mínimos para la generación de la zonificación de esta amenaza son:
A. Cartografía base a escala 1:25.000 que contenga como mínimo: coordenadas, curvas de nivel, drenajes, red vial, infraestructura y equipamientos, asentamientos humanos. Esta información debe estar estructurada de acuerdo con las especificaciones técnicas para la generación de cartografía básica establecido por el IGAC, siguiendo fielmente el modelo de datos para este tipo de información.
B. Inventario de procesos morfodinámicos teniendo en cuenta el claro entendimiento de ocurrencia de los movimientos en masa y sus características mínimas: fecha de ocurrencia, localización, forma, dimensiones, los factores que intervinieron o intervienen en su ocurrencia o su potencialidad de ocurrencia, el mecanismo que conduce a la falla del terreno, los factores detonantes, la dinámica del movimiento, la magnitud e intensidad. Este inventario debe estar elaborado a partir de información primaria (Visitas a campo e interpretación de imágenes multitemporales) y secundaria (medios de comunicación, entidades públicas y privadas, entre otros).
NOTA 1: Es importante que en los atributos que posea esta capa, se establezcan campos relacionados con la fuente del dato, tipo de insumo (si fueron levantados con imágenes multitemporales) y demás campos pertinentes para la correcta identificación del movimiento.
NOTA 2: El inventario de procesos morfodinámico puede ser empleado en la generación de información de movimientos en masa tanto en suelo rural a escala 1:25.000, como suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:5.000, siempre y cuando las imágenes empleadas como insumo en la interpretación, cumpla con las especificaciones técnicas en relación con la escala de trabajo.
C. Geología en base a la información de los informes, mapas geológicos y demás información pertinente del Servicio Geológico Colombiano (SGC) para el municipio. Para este ítem se debe contemplar labores de levantamiento de información primaria (en campo), así como también de gabinete, que permitan complementarse para generar la cartografía geológica pertinente a escala 1:25.000 para los estudios de amenaza. Estos estudios deberán incluir de la misma manera los siguientes elementos:
⮚ Unidades geológicas superficiales
⮚ Delimitación de unidades xx xxxx de acuerdo con su comportamiento geomecánico (consistencia, fracturación, meteorización) (ensayos de laboratorio).
⮚ Información tectónica relacionada con el sistema xx xxxxxx principales y satélites, y orientación de las capas.
⮚ Delimitación de depósitos cuaternarios y suelos residuales.
D. Geomorfología aplicada a movimientos en masa a escala 1:25.000 donde se espacialicen las unidades y subunidades definidas como (I) Unidad geomorfológica: geoforma individual de génesis homogénea (I) subunidad geomorfológica: determinada fundamentalmente por los contrastes morfológicos y morfométricos que relacionan el tipo de material o la disposición estructural de los mismos con la correspondiente topografía del terreno, asimismo están dadas por el contraste dado por las formaciones superficiales asociadas a procesos morfodinámicos actuales de meteorización, erosión, transporte y acumulación.
X. Xxxxxxxxx y uso del suelo orientados a la evaluación de los factores contribuyentes y detonantes de movimientos en masa relacionados con la cobertura vegetal a escala 1:25.000.
F. Hidrografía correspondiente a patrones y densidad de drenaje como insumo para los productos geomorfológicos para amenaza por movimientos en masa a escala 1:25.000. Se incluirá información hidrográfica de acuerdo con el nivel de resolución de los mapas de amenaza, la metodología utilizada y el tipo de evento a evaluar.
X. Xxxxxxxxxxxx para el análisis de factores detonantes de origen meteorológico. Para este insumo es indispensable contar con datos históricos de las estaciones dispuestas por el IDEAM, la Corporación Autónoma que sea autoridad en esta región y demás fuentes de información primarias existentes en el municipio.
H. Y demás insumos considerados pertinentes para la elaboración de los estudios.
• Suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:5.000
En consideración al Decreto 1807 de 2014 art. 8° compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, la determinación de las condiciones de amenaza por movimientos en masa deberá integrar las diferentes variables que inciden en la ocurrencia tanto actual como futura de estos fenómenos, considerando dentro de los agentes detonantes los siguientes factores: agua, sismo y procesos antrópicos (cortes, excavaciones, rellenos y construcciones en general), empleándose para las zonas urbanas, de expansión urbana y centros poblados métodos de análisis estadísticos, determinísticos o probabilísticos.
Para el desarrollo de este componente se sugiere el uso de la metodología del Servicio Geológico Colombiano (SGC) “Guía Metodológica para Estudios de Amenaza, Vulnerabilidad y Riesgo por Movimientos en Masa” publicada en el año 2015. Esta metodología es categorizada como determinístico o probabilísticos, a escalas detalladas de estudios de amenaza.
Para la zonificación de la amenaza, esta se categorizará en alta, media y baja, que se establece según el método empleado. En todo caso las áreas con procesos activos se consideran en la categoría alta.
Se adelantará este tipo de estudios en todas las zonas de relieve escarpado, montañoso y ondulado, con pendientes iguales o superiores a 5 grados más los taludes marginales de cauces, así como las zonas planas que puedan recibir los efectos de los movimientos en masa.
Adicionalmente, se consideran aquellas áreas urbanas, de expansión urbana y centros poblados que teniendo una pendiente menor a 5 grados hayan presentado problemas de inestabilidad y subsidencia debido a problemas geoténicos o al desarrollo de actividades antrópicas.
Los insumos mínimos para la generación de la zonificación de esta amenaza son:
X. Xxxxxxxxxxx base a escala 1:5.000 que contenga como mínimo: coordenadas, curvas de nivel, drenajes, red vial, infraestructura y equipamientos, asentamientos humanos. Esta información debe estar estructurada de acuerdo con las especificaciones técnicas para la generación de cartografía básica establecido por el IGAC, siguiendo fielmente el modelo de datos para este tipo de información.
B. Inventario de procesos morfodinámicos
C. Geología en base a la información de los informes, mapas geológicos y demás información pertinente del Servicio Geológico Colombiano (SGC) para el municipio. Para este ítem se debe contemplar labores de levantamiento de información primaria en campo, así como también de gabinete, que permitan complementarse para generar la cartografía geológica pertinente a la escala 1:5.000 para los estudios de amenaza. Estos estudios deberán incluir de la misma manera los siguientes elementos:
⮚ Unidades geológicas superficiales
⮚ Delimitación de unidades xx xxxx de acuerdo con su comportamiento geomecánico (consistencia, fracturación, meteorización) (ensayos de laboratorio).
⮚ Geología para ingeniería
D. Geomorfología aplicada a movimientos en masa a escala 1:5.000 donde se espacialicen las unidades a nivel de elementos geomorfológicos.
X. Xxxxxxxxx y uso del suelo orientados a la evaluación de los factores contribuyentes y detonantes de movimientos en masa relacionados con la cobertura vegetal a escala 1:5.000.
F. Hidrografía correspondiente a patrones y densidad de drenaje como insumo para los productos geomorfológicos para amenaza por movimientos en masa a escala 1:5.000. Se incluirá información hidrográfica de acuerdo con el nivel de resolución de los mapas de amenaza, la metodología utilizada y el tipo de evento a evaluar.
X. Xxxxxxxxxxxx para el análisis de factores detonantes de origen meteorológico. Para este insumo es indispensable contar con datos históricos de las estaciones dispuestas por el IDEAM, la Corporación Autónoma que sea autoridad en esta región y demás fuentes de información primarias existentes en el municipio.
H. Y demás insumos considerados pertinentes para la elaboración de los estudios.
- Estudios básicos de amenaza de inundación
• Suelo rural a escala 1:25.000 y Suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:5.000
En consideración al Decreto 1807 de 2014 art. 9° compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, la determinación de las condiciones de amenaza por inundaciones se desarrollará en zonas en las cuales exista la posibilidad de presentarse una inundación sean aledañas o no x xxxx, caños, quebradas, humedales y otros cuerpos de agua o aquellas que hagan parte de su área de influencia.
En el análisis se deben considerar los casos en los que existan precedentes de mecanismos generadores de inundaciones tales como encharcamiento por lluvias intensas sobre áreas planas, encharcamiento por deficiencia de drenaje, entre otros.
Para la zonificación de la amenaza se emplean tres categorías: alta, media y baja, teniendo en cuenta el registro de eventos, la recurrencia de los mismos y la intensidad (niveles alcanzados) de la inundación.
Para el suelo urbano, de expansión urbana, centros poblados y suelo rural se utilizará, como mínimo, análisis de tipo histórico y geomorfológico. De acuerdo con la información disponible se podrán complementar con análisis hidrológico-hidráulicos y métodos asistidos por sensores remotos y sistemas de información geográfica.
En todo caso, los análisis se realizan en función de la magnitud de la amenaza, su intensidad, consecuencias y la disponibilidad de información.
Los insumos mínimos para la generación de la zonificación de esta amenaza son:
A. Geomorfología de las diferentes subunidades geomorfológicas asociadas a los paisajes aluviales, con especial énfasis en las geoformas correspondientes a la llanura de inundación a escalas 1:25.000 y 1:5.000 según el uso de suelo que corresponda.
B. Modelo digital de terreno que cumpla en su totalidad con lo establecido por la resolución 471 y 529 de 2020 y modificaciones del IGAC en relación con los lineamientos técnicos generales, especificaciones técnicas por producto y demás consideraciones de la norma en relación con el insumo en mención. Todo lo anterior considerando las escalas de trabajo: suelo rural 1:25.000 y Suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados 1:5.000.
C. Identificación de las zonas inundables e inundadas (registro de eventos) a partir de información de las diferentes entidades a nivel nacional, regional o local, interrelacionada con la información de la comunidad identificar cuales áreas han sufrido afectaciones por inundación y en qué fecha.
D. Hidrología que posea la caracterización del comportamiento del régimen hidrológico en la región a la cual pertenece el municipio mediante un análisis de los eventos hidroclimáticos máximos identificando para cuales períodos de retorno se están presentando las afectaciones y las áreas afectadas para los mismos.
X. Xxxxxxxxxxxx para el análisis de factores detonantes de origen meteorológico. Para este insumo es indispensable contar con datos históricos, de las estaciones dispuestas por el IDEAM, la Corporación Autónoma que sea autoridad en esta región y demás fuentes de información primarias existentes en el municipio.
F. Y demás insumos considerados pertinentes para la elaboración de los estudios.
- Estudios básicos de amenaza por avenidas torrenciales
• Suelo rural, Urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:2.000
En consideración al Decreto 1807 de 2014 art. 10° compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, la determinación de las condiciones de amenaza por avenidas torrenciales contemplará todos los cauces presentes o con influencia en el municipio, que por sus condiciones topográficas puedan tener un comportamiento torrencial, empleándose para el suelo urbano, expansión urbana y centros poblados algunos de los siguientes métodos de análisis: estadísticos, determinísticos o probabilísticos.
Para el desarrollo de este componente se sugiere el uso de la metodología empleada del Servicio Geológico Colombiano (SGC) “Guía Metodológica para Zonificación de Amenaza por Avenidas Torrenciales” publicada en el año 2021. Con esta metodología se pueden trabajar escalas detalladas.
La zonificación de la amenaza se categorizará en alta, media y baja, dependiendo de la frecuencia de presentación de los eventos y sus características: la profundidad de la lámina de agua, los materiales de arrastre y la velocidad del flujo. En todo caso, los análisis se realizan en función de la magnitud de la amenaza, su intensidad, consecuencias y la disponibilidad de información.
Los insumos mínimos para la generación de la zonificación de esta amenaza son:
A. Geomorfología del suelo urbano, expansión urbana y centros poblados a escala 1:2.000
B. Estudio hidrológico de la cuenca, orientado al flujo torrencial, considerando el ciclo de sedimentos.
C. Análisis hidráulico del área a zonificar, teniendo en cuenta factores detonantes como precipitación o movimientos en masa.
D. La base cartográfica que se emplee en la zonificación corresponderá a una escala 1:2.000
E. Y demás insumos considerados pertinentes para la elaboración de los estudios.
- Estudios básicos de amenaza por Incendios Forestales
En consideración al Decreto 1807 de 2014 art. 3° parágrafo 2° y 3° compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, establece que aquellos municipios que se encuentren expuestos a amenazas por otros fenómenos naturales como incendios forestales, se debe evaluar con base en la información disponible generada por las autoridades y sectores competentes y de acuerdo con la situación de cada municipio, considerado para el suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados.
En los casos en que el municipio esté expuesto a más de un tipo de fenómeno amenazante y que estos se superpongan o que tengan incidencia uno en otro, se deberá contemplar su efecto en los estudios y zonificaciones respectivas.
Para el desarrollo de este componente se sugiere el uso de la metodología empleada por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM “Protocolo para la Realización de Mapas de Zonificación de Riesgos a Incendios de la Cobertura Vegetal” publicada en el año 2011 y “Memoria Técnica Mapa de zonificación de riesgos a incendios de la cobertura vegetal (IDEAM-CAR)” del año 2014.
Los insumos para la generación de la zonificación de esta amenaza estarán determinados por el tipo de metodología empleada. Sin embargo, se debe tener en cuenta la Ficha 2 numeral 2.1 Identificación y obtención de la información cartográfica necesaria del Protocolo para la Realización de Mapas de Zonificación de Riesgos a Incendios de la Cobertura Vegetal del IDEAM, para garantizar unos insumos mínimos de elaboración del producto a las escalas correspondiente de acuerdo a la norma de incorporación de la gestión del riesgo a los planes de ordenamiento territorial, suelo rural 1:25.000 y Suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados 1:5.000.
- Delimitación y zonificación de las áreas con condición de amenaza
En consideración al Decreto 1807 de 2014 art. 11° compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, establece que, de acuerdo a los resultados de delimitación y zonificación de amenazas, se realizará la delimitación de las áreas sin ocupar del suelo urbano, de expansión urbana, rural suburbano o centros poblados rurales en las que en la revisión o en la expedición de un nuevo POT se proponga su desarrollo.
La identificación de estas áreas se realizará a partir del análisis de las áreas zonificadas como de amenaza alta y media sin ocupar en los estudios básicos con aquellas que se consideren como objeto de desarrollo. En todo caso el desarrollo de las zonas de amenaza media y alta sin ocupar quedará sujeto a los resultados de los estudios detallados.
- Delimitación y zonificación de las áreas con condición de riesgo
En consideración al Decreto 1807 de 2014 art. 12° compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, con fundamento en la delimitación y zonificación de amenazas, se delimitan y zonifican las áreas con condición de riesgo, a fin de priorizar las áreas en las cuales se deben realizar estudios detallados.
La identificación de las áreas con condición de riesgo se realizará a partir del análisis de las áreas zonificadas como de amenaza alta en los estudios básicos, con la información cartográfica (predial o catastral, entre otras) disponible que permita identificar la existencia de elementos expuestos, de áreas urbanizadas, ocupadas o edificadas, así como de aquellas en las que se encuentren edificaciones indispensables y líneas vitales.
- Determinación de medidas de intervención
Con base en los resultados de los estudios básicos, se deben determinar las medidas de mitigación no estructurales orientadas a establecer el modelo de ocupación del territorio y las restricciones o condicionamientos para el uso del suelo cuando sea viable, mediante la determinación de normas urbanísticas.
Adicionalmente, se deberán ejemplificar algunas medidas de intervención estructurales para mitigar el riesgo en las zonas definidas por el estudio de cada amenaza.
- Base de datos geográfica bajo estandarización POT Modernos
De acuerdo al modelo de datos establecido por el programa POT Modernos del DNP para la estandarización de la información geográfica de los POT, se vuelve fundamentar para el proceso de revisión y ajuste del PBOT de San Xxxxxxxxx de Mariquita enmarcar los datos geográficos en este modelo para llevar una estructura lógica y funcional de los diferentes componentes trabajados en el diagnóstico y la formulación de la actualización del instrumento de ordenamiento y con esto alinear lo desarrollado bajo este esquema.
Uno de los componentes inmersos en el modelo de datos de POT Modernos es el referente a la estructura biofísica relacionada con el Riesgo de los municipios. El modelo fija un data set donde vienen vinculados una serie de feature class específicos de los elementos mínimos que deben ir incluidos en esta sección de la base con sus respectivos dominios.
1.3. Gestión social y reputacional
De manera transversal a la ejecución de los estudios básicos de riesgo y expansión para incorporar en el plan de ordenamiento territorial de Mariquita, el consultor debe desarrollar e implementar un Plan de Gestión Social y Reputacional (PGSR), para ello se tiene como guía los lineamientos establecidos por Findeter para tal fin, estos mismos se encuentran anexos.
El propósito de esta gestión se encamina hacia el fortalecimiento del tejido social a través de estrategias informativas y de creación participativa, de manera tal que se promueva la apropiación y sostenibilidad del proyecto por parte de la comunidad, así como las acciones que potencien los beneficios y se minimicen los impactos sociales que puedan afectar el buen desarrollo del proyecto.
1.4. ENTREGABLES
- Cartografía Básica
✓ Base cartográfica digital en formato (.gdb) con información vector y/o raster a escalas 1:25.000 y 1:5.000 y 1:2.000 conforme el modelo de datos IGAC para la representación de los elementos base del municipio.
✓ Mapas de cartografía básica a escalas 1:25.000, 1:5.000 y 1:2.000 para el área rural y área urbana, expansión urbana y centros poblados.
✓ Ortoimágenes que cubran en su totalidad el área del municipio (suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados) provenientes de plataformas tripuladas y no tripuladas que estén de acuerdo a las escalas de trabajo 1:25.000, 1:5.000 y 1:2.000, con el fin de asegurar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de la resolución 471 y 529 de 2020 y modificaciones de IGAC. Para dar cumplimiento a lo anteriormente descrito, se sugiere manejar un GSD de 10 cm en la adquisición de las imágenes orto rectificadas.
✓ Modelo Digital de Terreno que cubran en su totalidad el área del municipio (suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados), con curvas de nivel generadas mínimo cada 5 m correspondientes a una escala de trabajo 1:5.000 o más detallado, con el fin de asegurar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de la resolución 471 y 529 de 2020 y modificaciones de IGAC.
- Estudios básicos de amenaza por movimientos en masa
Como resultado de los estudios y siguiendo los establecido en el Decreto1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, se contemplan los siguientes entregables:
• Suelo rural a escala 1:25.000 y Suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:5.000
✓ Documento técnico que contenga la metodología empleada y los resultados obtenidos en la zonificación de amenazas por movimientos en masa en el suelo rural y suelo
urbano, Expansión urbana y Centros poblados. Adicionalmente, debe consolidar todas las actividades desarrolladas, y las medidas de intervención no estructurales orientadas a establecer restricciones y condicionamientos mediante la determinación de normas urbanísticas. Al igual, se debe incorporar la ejemplificación de las medidas estructurales contempladas para mitigar el riesgo estudiado.
✓ Mapas de zonificación de amenaza por movimientos en masa a escalas 1:25.000 y 1:5.000 del suelo rural y suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados respectivamente, donde la leyenda deberá incluir la descripción de las características físicas de las unidades según la categoría establecida, los tipos de procesos predominantes, los posibles daños que se pueden generar y demás elementos mínimos cartográficos y temáticos. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf. Para la zonificación de la amenaza, esta se categorizará en alta, media y baja, que se establece según el método empleado. En todo caso las áreas con procesos activos se consideran en la categoría alta.
✓ Mapas de clasificación y análisis de cada uno de los insumos empleados (geología, unidades geológicas superficiales, geomorfología, inventario de procesos morfodinámicos, cobertura y uso del suelo, hidrografía, climatología, pendientes y demás información temática de referencia para la generación del análisis de movimientos en masa) para el desarrollo de la zonificación de amenaza por movimientos en masa a escalas 1:25.000 y 1:5.000. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf, con la respectivas leyendas temáticas y demás elementos mínimos cartográficos.
✓ Base de datos geográfica en formato .gdb, que contenga las capas temáticas (vector o raster) de los factores condicionantes, detonantes, insumos empleados en la generación de la información y los resultado de la zonificación de amenaza por movimientos en masa en el suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados a escala 1:25.000 y 1:5.000 respectivamente, con sus respectivos atributos de descripción y clasificación temática.
- Estudios básicos de amenaza de inundación
Como resultado de los estudios y siguiendo los establecido en el Decreto1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, se contemplan los siguientes entregables:
• Suelo rural a escala 1:25.000 y Suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:5.000
✓ Documento técnico que contenga la metodología empleada y los resultados obtenidos en la zonificación de amenazas por inundación en el suelo rural y suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados. Adicionalmente debe consolidar todas las actividades desarrolladas, y las medidas de intervención no estructurales orientadas a establecer restricciones y condicionamientos mediante la determinación de normas urbanísticas. Al igual, se debe incorporar la ejemplificación de las medidas estructurales contempladas para mitigar el riesgo estudiado.
✓ Mapas de zonificación de amenaza por inundación a escalas 1:25.000 y 1:5.000 del suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados respectivamente. Esta
información deberá estar en formato .mxd y .pdf, con la respectivas leyendas temáticas considerando los elementos mínimos cartográficos y temáticos pertinentes. Para la zonificación de la amenaza se emplean tres categorías: alta, media y baja, teniendo en cuenta el registro de eventos, la recurrencia de los mismos y la intensidad (niveles alcanzados) de la inundación.
✓ Mapas de clasificación y análisis de cada uno de los insumos empleados (geomorfología, hidrología, modelo digital de terreno, identificación de las zonas inundables e inundadas (registro de eventos), hidrografía, climatología, pendientes y demás información temática de referencia para la generación del análisis de inundaciones) para el desarrollo de la zonificación de amenaza por inundación a escalas 1:25.000 y 1:5.000. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf, con la respectivas leyendas temáticas y demás elementos mínimos cartográficos.
✓ Base de datos geográfica en formato .gdb, que contenga las capas temáticas (vector o raster) de los insumos empleados en la generación de la información y los resultados de la zonificación de amenaza por inundación en el suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados a escala 1:25.000 y 1:5.000 respectivamente, con sus respectivos atributos de descripción y clasificación temática.
- Estudios básicos de amenaza por avenidas torrenciales
Como resultado de los estudios y siguiendo los establecido en el Decreto1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, se contemplan los siguientes entregables:
• Suelo rural, Urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:2.000
✓ Documento técnico que contenga la metodología empleada y los resultados obtenidos en la zonificación de amenazas por avenidas torrenciales en el suelo rural y suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados. Adicionalmente debe consolidar todas las actividades desarrolladas, y las medidas de intervención no estructurales orientadas a establecer restricciones y condicionamientos mediante la determinación de normas urbanísticas. Al igual, se debe incorporar la ejemplificación de las medidas estructurales contempladas para mitigar el riesgo estudiado.
✓ Mapas de zonificación de amenaza por avenidas torrenciales a escalas 1:2.000 del suelo rural, urbano, expansión urbana y centros poblados. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf, con las respectivas leyendas temáticas considerando los elementos mínimos cartográficos y temáticos pertinentes. Para la zonificación de la amenaza se emplean tres categorías: alta, media y baja, dependiendo de la frecuencia de presentación de los eventos y sus características: la profundidad de la lámina de agua, los materiales de arrastre y la velocidad del flujo.
✓ Mapas de clasificación y análisis de cada uno de los insumos empleados (geomorfología, hidrología, estudio hidrológico de la cuenca, análisis hidráulico del área a zonificar, hidrografía, climatología, pendientes y demás información temática de referencia para la generación del análisis de inundaciones) para el desarrollo de la zonificación de amenaza por inundación a escalas 1:2.000. Esta información deberá
estar en formato .mxd y .pdf, con la respectivas leyendas temáticas y demás elementos mínimos cartográficos.
✓ Base de datos geográfica en formato .gdb, que contenga las capas temáticas (vector o raster) de los insumos empleados en la generación de la información y los resultados de la zonificación de amenaza por avenidas torrenciales en el suelo rural, urbano, expansión urbana y centros poblados a escala 1:2.000 respectivamente, con sus respectivos atributos de descripción y clasificación temática.
- Estudios básicos de amenaza por Incendios Forestales
Como resultado de los estudios y siguiendo los establecido en el Decreto1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015), se contemplan los siguientes entregables:
• Suelo rural a escala 1:25.000 y Suelo urbano, Expansión urbana y Centros poblados a escala 1:5.000
✓ Documento técnico que contenga la metodología empleada y los resultados obtenidos en la zonificación de amenazas por incendios forestales en el suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados. Adicionalmente debe consolidar todas las actividades desarrolladas, y las medidas de intervención no estructurales orientadas a establecer restricciones y condicionamientos mediante la determinación de normas urbanísticas. Al igual, se debe incorporar la ejemplificación de las medidas estructurales contempladas para mitigar el riesgo estudiado.
✓ Mapas de zonificación de amenaza por incendios forestales a escalas 1:25.000 y 1:5.000 del suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados respectivamente. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf, con las respectivas leyendas temáticas considerando los elementos mínimos cartográficos y temáticos pertinentes. Para la zonificación de la amenaza se emplean tres categorías: alta, media y baja.
✓ Mapas de clasificación y análisis de cada uno de los insumos empleados (Cobertura y uso actual de la tierra, frecuencia de incendios forestales, densidad de la Población, vulnerabilidad de los ecosistemas a los incendios forestales, pendientes, hidrología, hidrografía, climatología y demás información temática de referencia para la generación del análisis) para el desarrollo de la zonificación de amenaza estudiada a escalas 1:25.000 y 1:5.000. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf, con la respectivas leyendas temáticas y demás elementos mínimos cartográficos.
✓ Base de datos geográfica en formato .gdb, que contenga las capas temáticas (vector o raster) de los insumos empleados en la generación de la información y los resultados de la zonificación de amenaza por incendios forestales en el suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados a escala 1:25.000 y 1:5.000 respectivamente, con sus respectivos atributos de descripción y clasificación temática.
- Delimitación y zonificación de las áreas con condición de amenaza
Como resultado de los estudios y siguiendo los establecido en el Decreto1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, se contemplan los siguientes entregables:
✓ Mapas de delimitación y zonificación de las áreas en condición de amenaza a escalas 1:25.000 y 1:5.000 del suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados respectivamente, donde la leyenda deberá incluir la descripción de las características de las unidades según la categoría de amenaza establecida. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf, contemplando en este los elementos mínimos cartográficos y temáticos correspondientes.
✓ Establecimiento de los criterios para la caracterización y delimitación de las unidades de análisis en las áreas que serán objeto de estudios detallados.
✓ Base de datos geográfica en formato .gdb, que contenga las capas temáticas (vector o raster) de los insumos empleados en la generación de la información y los resultados de la zonificación de las áreas con condición de amenaza en el suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados a escala 1:25.000 y 1:5.000 respectivamente, con sus respectivos atributos de descripción y clasificación temática.
- Delimitación y zonificación de las áreas con condición de riesgo
Como resultado de los estudios y siguiendo los establecido en el Decreto 1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, se contemplan los siguientes entregables:
✓ Mapas de delimitación y zonificación de las áreas en condición de riesgo a escalas 1:25.000 y 1:5.000 del suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados respectivamente, donde la leyenda deberá incluir la descripción de las características de las unidades según la categoría de amenaza establecida. Esta información deberá estar en formato .mxd y .pdf, contemplando en este los elementos mínimos cartográficos y temáticos correspondientes.
✓ Establecimiento de los criterios para la caracterización y delimitación de las unidades de análisis que dependen de los fenómenos a estudiar y la priorización para la realización de los estudios detallados que permitirán categorizar el riesgo.
✓ Base de datos geográfica en formato .gdb, que contenga las capas temáticas (vector o raster) de los insumos empleados en la generación de la información y los resultados de la zonificación de las áreas con condición de riesgo en el suelo rural y suelo urbano, expansión urbana y centros poblados a escala 1:25.000 y 1:5.000 respectivamente, con sus respectivos atributos de descripción y clasificación temática.
- Determinación de medidas de intervención
Como resultado de los estudios y siguiendo los establecido en el Decreto 1807 de 2014 compilado en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015, se contemplan los siguientes entregables:
✓ Determinación de medidas no estructurales teniendo en cuenta las amenazas estudiadas en los estudios básico, orientadas a establecer restricciones y condicionamientos mediante la determinación de normas urbanísticas.
NOTA: Las medidas de intervención de cada uno de los fenómenos estudiados, pueden ir plasmados en el documento técnico presentado.
- Base de datos geográfica bajo estandarización POT Modernos
Con el fin de estandarizar la información de la gestión del riesgo al modelo de datos que se usará en la revisión y ajuste del PBOT de San Xxxxxxxxx de Mariquita, y adicional a las bases de datos geográficas definidas en los anteriores entregables, se deberá entregar:
✓ Bases de datos geográficas en formato File Geodatabase (. gdb) que este enmarcada en el modelo de datos establecido por el programa POT MODERNOS del DNP en su última versión, que contenga un data set denominado “D_Est_Biofisica_RIESGOS”: Este Data Set contiene las capas producto temáticas correspondientes al tema Gestión del Riesgo, en sus diferentes escalas según el (POT) y componente (Rural x Xxxxxx). A nivel POT debe tenerse en cuenta las especificaciones del Decreto 1807 de 2014.
Se deberán estructuras tres diferentes las bases de datos correspondientes a las escalas 1:25.000, 1:5.000 y 1:2.000, por separado para ser vinculada con la información correspondiente a la misma escala de trabajo.
NOTA: La información suministrada en el data set “D_Est_Biofisica_RIESGOS”, deberá contener los feature class, los campos y los dominios correspondientes, como lo establece este modelo de datos.
- Gestión social y reputacional
Plan de gestión social y reputacional (PGSR) que integre los siguientes componentes y sus respectivos productos, utilizando como guía los lineamientos para la gestión social y reputacional:
1. Componente de revisión documental
2. Componente de lectura territorial
3. Componente de comunicaciones, divulgación y acompañamiento social
4. Componente seguimiento y evaluación
Es necesario enfatizar con las comunidades y demás actores involucrados que el momento en que se encuentra el proyecto es preliminar a la implementación y/o ejecución de cualquier iniciativa u obra, motivo por el cual, en esta consultoría, el trabajo comunitario tendrá carácter eminentemente preparatorio y de generación de condiciones favorables para el inicio de cualquier proyecto derivado del presente estudio, respetando las apreciaciones de los diferentes grupos sociales beneficiados y/o impactados; con lo cual el CONTRATISTA debe corroborar la aceptación del proyecto y no oposición de la comunidad para un futuro escenario.
1.4.1. Consideraciones de los entregables
• Toda la información geoespacial debe estar de acuerdo con los lineamientos de la resolución 471 y 529 de 2020 y modificaciones del IGAC, teniendo en cuenta el nuevo sistema de referencia horizontal para Colombia y demás disposiciones de la norma vigente.
• Los insumos de sensores remotos como las imágenes satelitales y/o ortoimágenes provenientes de plataformas tripuladas y no tripuladas, debe estar de acuerdo con las escalas de trabajo 1:25.000, 1:5.000 y 1:2.000, con el fin de resguardar una consistencia lógica entre la escala de los productos y la resolución espacial de las imágenes. De igual forma, se debe garantizar la consistencia en cuanto a la resolución
temporal, espectral y radiométrica de las imágenes a trabajar, con el fin de asegurar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de la resolución 471 y 529 de 2020 y modificaciones de IGAC.
• La base de datos geográfica solicitada para cada uno de los fenómenos, puede estar compilada bajo una sola base que reúna todos los elementos, donde su estructura de almacenamiento conserve los principios de orden y objetividad. Para esto el consultor deberá proponer un modelo de almacenamiento donde se vinculen todos y cada uno de los parámetros solicitados, con el fin de presentar de la mejor manera la información a la Corporación Autónoma para su revisión.
• En el desarrollo de los estudios básicos de amenaza, se debe tener en cuenta como base fundamental los estudios realizados del POMCA del Río Gualí y el Río Xxxxxxx, por ser esta norma de superaría jerarquía con relación al componente de Gestión del Riesgo según el Decreto 1076 de 2015.
• Toda la información geoespacial básica y la desarrollada por la consultoría, debe cumplir con los estándares definidos por la Infraestructura de Colombiana de Datos Espaciales – ICDE, garantizando el cumplimiento de la norma ISO 19131:2009 (Especificaciones técnicas de productos geográficos, con la entrega de Metadatos geográficos, catálogo de representaciones, catálogo de objetos, calidad de los datos y demás establecido en la ISO y normatividad del marco nacional) y demás mencionadas por la norma Decreto 1232 de 2020 y 824 de 2021.
• Los productos cartográficos básicos que sean elaborados por la consultoría, deberán cumplir con lo exigido por la resolución 1421 de 2021 del IGAC, por la cual se establecen las condiciones de validación técnica y oficialización de productos cartográficos básicos.
• Las plantillas en la que vaya a ser generada la información cartográfica del proyecto, deben estar acordadas y aprobadas por el Supervisor. Para esto, el supervisor puede entregar el formato de trabajo o el consultor deberá presentar tres (3) propuestas de plantilla (horizontal y/o vertical), que cumplan en términos visuales con un diseño apropiado y en términos técnicos con datos puntuales del proyecto, logos (Findeter, municipio y demás solicitados por el supervisor) y demás elementos mínimos cartográficos.
• Será una condición obligatoria para la consultoría seleccionada realizar la entrega de todos los documentos del estudio en idioma español.
• En los entregables finales EL CONSULTOR deberá incluir los logos que indique FINDETER.
• Si por temas asociados a la pandemia generada por el virus de COVID no se pueden realizar reuniones o socializaciones de manera presencial, el consultor deberá asistir en modalidad virtual a lo citado por el Supervisor.
• Los profesionales del equipo de trabajo de la consultoría que sean designados para interactuar con la entidad contratante, supervisión, entidades del estado, grupos de interés y comunidad en general deberán necesariamente hacerlo en idioma español o mediante el apoyo de traductores oficiales. Todo lo anterior en procura de garantizar la transferencia de conocimiento técnico, científico y tecnológico que propenda por fortalecer la capacidad institucional de las regiones.
2. ACTAS
2.1. ACTA DE INICIO DEL CONTRATO.
EL CONSULTOR y EL SUPERVISOR del contrato, deben suscribir el acta de inicio correspondiente, la cual debe contener, entre otros aspectos los siguientes:
• Xxxxx y fecha de suscripción del acta.
• Nombre e identificación completa de los intervinientes.
• Plazo.
• Fecha de Terminación prevista.
• Valor.
• Información del CONTRATISTA y SUPERVSOR.
2.1.1. Requisitos para la suscripción del acta de inicio
a. Presentación del personal del Contratista. El supervisor verificará y aprobará el cumplimiento de los perfiles exigidos para los profesionales definidos en los documentos de la convocatoria para la ejecución del proyecto. Igualmente, verificará los Contratos de trabajo y/o los Contratos de prestación de servicios suscritos entre el personal y el Contratista o los integrantes del proponente plural. De igual forma, verificará los soportes de la afiliación y pago de seguridad social integral vigente de todo el personal propuesto. El Contratista entregará, previo a la suscripción del acta de inicio del Contrato, los documentos soporte que acrediten la calidad y experiencia del personal profesional requeridos, así como los soportes que demuestren las afiliaciones vigentes al sistema de seguridad social.
b. Aprobación de garantías: Presentar para aprobación las garantías requeridas para la ejecución del Contrato. La supervisión revisará que los amparos correspondientes a las garantías del Contrato correspondan con lo exigido en el Contrato y en los Términos de Referencia, para efectos de su presentación y aprobación por parte de la Contratante.
2.2. ACTA DE RECIBO FINAL DEL CONTRATO
Una vez todos los productos hayan sido recibidos por la supervisión y la Corporación Autónoma Regional correspondiente a la jurisdicción de la zona de estudio emita la resolución de aprobación de estos, se procederá a suscribir el acta de recibo a satisfacción final de estos y se comenzará el trámite de liquidación del contrato.
3. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO – LUGAR DE EJECUCION DEL CONTRATO.
La ejecución del estudio tendrá lugar en el Municipio de San Xxxxxxxxx de Mariquita en el Departamento de Tolima, ubicado al Norte del departamento y al Noroccidente del país, sobre el xxxxx medio xxx Xxxxxxxxx, en el flanco oriental de la cordillera central a 495 msnm. El municipio se encuentra dentro de la cuenca hidrográfica del Río Xxxxxxxxx y de la subzona hidrográfica del Río Gualí y limita con los municipios de Honda, Fresno, Armero, Falan y Victoria en el departamento xx Xxxxxx.
Su clima es cálido - húmedo, cuenta con una extensión de 291 km2 y con cerca de 38.333 habitantes donde
28.263 (73.7%) corresponde a la población urbana y 10.070 (26.3%) corresponde a la población rural del municipio (TerriData, 2022). Cuenta con una interconexión vial que comunica con los municipios circundantes del Tolima y Caldas. Principalmente se destacan las calzadas concesionadas xx Xxxxxx Manizales, proveniente de sur a norte del Tolima.
La entrega de los productos se realizará en la ciudad de Bogotá D.C., en las instalaciones principales del supervisor del proyecto - FINDETER, Xxxxx 000 Xx. 00 – 00 Xxxxxx X.X. Xxxxxxxx, mediante radicación en ventanilla de dos (2) documentos originales en medio físico, junto con dos (2) copias físicas y tres (3) en medio magnético, y/o de manera virtual y digital a través de los mecanismos tecnológicos que se acuerden con la supervisión del Contrato.
Conforme a lo anterior, el proponente deberá realizar los análisis correspondientes para incluir dentro de su propuesta económica todos los costos y gastos en que incurra con ocasión al desplazamiento de personal y de equipos al departamento mencionado cuando sea necesario.
3.1. CONOCIMIENTO DEL SITIO DEL PROYECTO
Será responsabilidad del proponente conocer las condiciones del sitio de ejecución del proyecto y actividades a ejecutar, para ello el proponente podrá hacer uso de los programas informáticos y las herramientas tecnológicas disponibles teniendo en cuenta la localización específica indicada en los documentos de la convocatoria.
En consecuencia, correrá por cuenta y riesgo de los proponentes, inspeccionar y examinar los lugares donde se proyecta realizar los trabajos u actividades, los sitios aledaños y su entorno e informarse acerca del proyecto, características y accesibilidad del sitio. De igual forma, la ubicación geográfica del sitio del proyecto y demás factores que pueden incidir en la correcta ejecución del proyecto.
Con la presentación de la propuesta, el proponente declara que conoce de manera integral todas las condiciones del sitio de ejecución del proyecto, las actividades a ejecutar y las circunstancias legales, técnicas, ambientales, económicas y sociales para el desarrollo del proyecto, en especial aquellas que puedan afectar la ejecución de las actividades y/o del proyecto e influir en el cálculo del valor de la propuesta. Por lo tanto, el desconocimiento de estos aspectos no servirá de excusa válida para posteriores reclamaciones.
4. MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO
Para estimar el presupuesto de la convocatoria se realizó un estudio xx xxxxxxx. Producto de este, fueron recibidas a través de correo electrónico tres (3) cotizaciones con valores aproximados. Conforme a lo anterior, se procedió a realizar un análisis comparativo (media aritmética), dando como resultante el valor promedio cuyo cuadro resumen se muestra a continuación:
Cotización No. | Valor |
1 | $260.000.000 |
2 | $258.456.100 |
3 | $308.552.720 |
Promedio | $275.669.606 |
De acuerdo al valor promedio de las tres cotizaciones enviadas en respuesta a la solicitud de estudio xx xxxxxxx, se puede analizar que el valor promedio excede lo dispuesto en la base presupuestal para estos estudios que es de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE (270.000.000) IVA INCLUIDO;
sin embargo, teniendo en consideración que dos de las tres propuestas enviadas se encuentran por debajo del valor de la base presupuestal, se determinó fijar la asignación presupuestal para este proceso en DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE (270.000.000) IVA INCLUIDO así como todos los
impuestos a que haya lugar.
Dentro del presupuesto estimado se incluyeron entre otros, los gastos de administración como: salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento, y alimentación del equipo de trabajo mínimo del contratista y los elementos de bioseguridad; desplazamiento, transporte y toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con el contrato; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para el contratista de
consultoría, imprevistos y en general, todos los costos en los que deba incurrir el contratista de consultoría para el cabal cumplimiento de ejecución del contrato.
FINDETER no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el CONTRATISTA en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquel requería para la ejecución que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta.
4.1. PRESUPUESTO.
De acuerdo con la metodología utilizada se determinó un Presupuesto Estimado de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE (270.000.000) IVA INCLUIDO y todos los costos, gastos (directos e indirectos), imprevistos, utilidad y demás impuestos, gastos y contribuciones a que hubiere lugar, según la normatividad vigente.
Nota 1: El valor del presupuesto estimado incluye sueldos del personal utilizado para la realización del trabajo, afectados por el factor multiplicador, gastos administrativos, dotación y elementos de bioseguridad, costos directos (arriendo oficina principal, computadores, muebles, papelería, ploteo de planos, servicios públicos, copias, fotografías, desplazamiento aéreo, desplazamiento terrestre, hospedaje, ensayos de laboratorio, entre otros costos directos), el valor del IVA, tasas, contribuciones y demás tributos de orden nacional y territorial que se causen por el hecho de su celebración y ejecución del contrato, así como los gastos administrativos generados durante la ejecución del mismo.
4.1.1 VALORES MÁXIMOS Y MÍNIMOS DE LA OFERTA ECONÓMICA
Se deberán tener en cuenta los siguientes valores mínimos y máximos para la convocatoria:
Descripción | Valor Mínimo (90% del valor estimado) | Valor Máximo (100% del valor estimado) |
TOTAL PRESUPUESTO ESTIMADO | $ 243.000.000 | $270.000.000 |
El valor mínimo del presupuesto corresponde al descuento máximo que podrá otorgar el oferente dentro de su oferta económica, el cual se considera que garantiza el cumplimiento de las condiciones técnicas y de calidad requeridas para el proyecto, por lo cual, el valor de la oferta no podrá ser inferior al valor mínimo ni mayor al valor máximo so pena de rechazo de la propuesta.
Los ofrecimientos adicionales que presente el proponente deben estar contemplados dentro de la propuesta económica, y en ningún caso implica modificación del presupuesto estimado para la contratación, o sobrecostos económicos.
4.2. PROPUESTA ECONÓMICA.
La oferta económica deberá presentarse de acuerdo con el formato definido para tal efecto, sin suprimir o añadir columnas en dicho Formato. El valor presentado en dicho formato será el único parámetro de evaluación económica. El valor propuesto deberá expresarse en pesos colombianos exclusivamente. Este valor deberá cubrir todos los conceptos de costo en que deba incurrirse para la ejecución total del contrato resultante de esta convocatoria, incluyendo, entre otros, los costos, gastos (directos e indirectos), imprevistos, utilidad y demás impuestos, gastos y contribuciones a que hubiere lugar, según la normatividad vigente. Y demás costos para la correcta ejecución del Contrato.
El oferente debe ajustar al peso los precios ofertados, para lo cual el oferente debe aproximar los precios así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso. No obstante, lo anterior, en caso de presentarse decimales en la propuesta, la entidad se reserva la facultad de realizar la aproximación dentro de la etapa de evaluación económica. El oferente acepta desde ahora las consecuencias que puedan generarse sobre la oferta dentro del presente proceso.
Para la presentación de la propuesta económica se deberá tener en cuenta que:
NOTA 1: El valor de la oferta económica no podrá ser inferior al valor mínimo ni superior al valor máximo del presupuesto establecido en los términos de referencia, so pena de rechazo de la misma.
NOTA 2: Los valores ofertados por los proponentes en su oferta económica corresponden a valores que serán usados con el fin de aplicar los criterios de evaluación y calificación de las propuestas, así como para definir su propuesta económica, de igual manera el valor total del contrato será por el valor de la oferta presentada por el adjudicatario.
4.3. IMPUESTOS
El proponente deberá considerar en su oferta todas las imposiciones de orden nacional y local correspondientes a impuestos, tasas, contribuciones, estampillas o gravámenes que se causen con ocasión de la suscripción, ejecución y liquidación del contrato y demás a que haya lugar.
Adicionalmente tendrá en cuenta, los costos de las pólizas incluidas en el numeral GARANTÍAS del presente documento y todos los demás impuestos que se generen por la celebración de este contrato.
Es responsabilidad exclusiva del PROPONENTE realizar las averiguaciones, los cálculos y estimaciones que considere necesarios para elaborar su propuesta económica y por ende, le asiste la obligación de consultar ante las diferentes entidades recaudadoras qué impuesto le es aplicable en caso de ser adjudicatario, todo esto enmarcado en el hecho de que FINDETER es LA CONTRATANTE y realiza la contratación bajo el Régimen Jurídico del Derecho Privado.
4.4. FORMA DE PAGO
FINDETER pagará a EL CONSULTOR el valor por el cual se adjudique el contrato, conforme a la entrega de los informes que contengan los productos solicitados, los cuales serán objeto de cobro, una vez sean aprobados por la supervisión, de la siguiente manera:
Producto | Pago |
Entrega a conformidad del Primer Informe que contenga el plan de trabajo y el cronograma detallado del proyecto. | 10% |
Entrega a conformidad del segundo Informe que contenga entrega y aprobación de las partes de los productos correspondientes al avance del 50% del cronograma y plan de trabajo presentado. | 30% |
Entrega a conformidad del tercer Informe que contenga entrega y aprobación de las partes de los productos correspondientes al avance del restante 50% del cronograma y plan de trabajo presentado. | 30% |
Validación y aprobación de los estudios por parte de la Corporación Autónoma Regional de acuerdo a resolución emitida por dicha entidad | 25% |
Acta de recibido final y liquidación del contrato | 5% |
Para los pagos, el CONSULTOR deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral según corresponda, de todo el personal vinculado directamente a la ejecución, incluido el personal independiente que preste sus servicios para la ejecución. De igual manera, deberá presentar paz y salvo por concepto de pago de salarios de todo el personal vinculado directamente a la ejecución, así como del personal independiente y proveedores que presten sus servicios y/o suministros para la ejecución de esta.
4.5. SISTEMA DE PAGO
El método para la determinación del valor del contrato es por Precio Global sin fórmula de ajuste y corresponderá a un valor efectivo del contrato. En consecuencia, los precios previstos en este documento incluyen la elaboración y entrega de todos los productos requeridos, todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del Contrato. Por lo tanto, en el valor pactado para la ejecución del contrato se entienden incluidos, entre otros, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo del CONTRATISTA; honorarios, asesorías y/o el acompañamiento en actividades relacionadas con la ejecución del contrato; implementación de protocolos y de elementos de bioseguridad, uso de computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para el CONTRATISTA, imprevistos y en general, todos los costos en los que deba incurrir el CONTRATISTA para el cabal cumplimiento del contrato. Findeter no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el CONTRATISTA en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquel requería para la ejecución que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del Contrato es de CINCO (5) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
LA CONTRATANTE no reconocerá por ningún motivo mayores permanencias, ni valores adicionales a los establecidos en el Contrato.
Los plazos discriminados para cada etapa se presentan a continuación:
Descripción de la etapa | Plazo de ejecución | Plazo Total |
Entrega a conformidad del | ||
Primer Informe que contenga | ||
el plan de trabajo y el | ||
cronograma detallado del | ||
proyecto. | 2 meses | |
Entrega a conformidad del | *el plan de trabajo | |
segundo Informe que | deberá presentarse | 5 meses |
contenga entrega y | en la primera | |
aprobación de las partes de | semana. | |
los productos | ||
correspondientes al avance | ||
del 50% del cronograma y | ||
plan de trabajo presentado. |
Entrega a conformidad del tercer Informe que contenga entrega y aprobación de las partes de los productos correspondientes al avance del restante 50% del cronograma y plan de trabajo presentado. | 2 meses | |
Validación y aprobación de los estudios por parte de la Corporación Autónoma Regional de acuerdo a resolución emitida por dicha entidad. | 1 mes |
Una vez sea celebrado el contrato producto de la presente convocatoria, el Contratista acepta suscribir acta de suspensión de este, y por el término acordado entre las partes, en el momento en el que se presente alguna de las siguientes condiciones:
1. La revisión por parte de la Corporación Autónoma Regional de los resultados y productos finales de la presente consultoría.
Una vez se superen las situaciones que generen las suspensiones, se suscribirá el reinicio del contrato en la forma y términos pactados en el acta de suspensión.
Findeter no reconocerá por ningún motivo mayores permanencias, ni valores adicionales a los establecidos en el Contrato. La no aceptación o renuencia a la suscripción del acta de suspensión por parte del contratista será objeto de la aplicación de las acciones contractuales a que haya lugar, toda vez que son situaciones previsibles por el contratista. Por lo tanto, es responsabilidad del contratista adoptar los procedimientos y planes pertinentes que le permitan planificar dicha situación, prever sucesos de dicha naturaleza e incluir en su estructura de costos dichos lapsos entre una y otra etapa por causas ajenas a su voluntad, esta situación es aceptada por el contratista con la presentación de la propuesta y la posterior suscripción del contrato.
6. OBLIGACIONES
6.1. OBLIGACIONES GENERALES
1. Acatar la Constitución, la Ley, los principios de la función administrativa y los principios de la gestión fiscal consagrados en el artículo 209 y 267 de la Constitución Política.
2. Cumplir el objeto y alcance del contrato, ejecutando y entregando los productos contratados de acuerdo con los criterios de calidad, con sujeción al valor contratado y dentro del plazo establecido.
3. Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que se le soliciten en desarrollo del CONTRATO.
4. Garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente de acuerdo con el tipo de proyecto a ejecutar.
5. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del CONTRATO se le impartan por parte de FINDETER, y suscribir las actas que en desarrollo del CONTRATO sean indispensables y todas aquellas que tengan la justificación técnica, jurídica o administrativa necesaria.
6. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas fases precontractuales, y contractuales, evitando dilaciones o cualquier otra situación que obstruya la normal ejecución del CONTRATO.
7. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.
8. Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del CONTRATO.
9. Constituir las garantías respectivas del CONTRATO y mantenerlas vigentes en los términos establecidos. Las garantías deberán presentarse como requisito para la suscripción del acta de inicio del contrato.
10. Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias referentes al medio ambiente, urbanismo, seguridad industrial e higiene que para el efecto disponga la Corporación Autónoma Regional, el Departamento o Municipio según corresponda.
11. Instalar y disponer del equipo necesario para la ejecución del CONTRATO, desde el momento en que el SUPERVISOR lo disponga.
12. Ejecutar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles no sólo con los requerimientos técnicos necesarios sino con las disposiciones legales, las normas especiales para la gestión y aprovechamiento de los recursos naturales.
13. Cumplir con todas las disposiciones vigentes sobre seguridad industrial y salud ocupacional vigentes en el país.
14. Dar estricto cumplimiento a los lineamientos de Gestión Social y Reputacional, el cual hace parte integral de los presentes términos de referencia y del contrato.
15. Responder por el pago de los impuestos que cause la legalización y ejecución del CONTRATO.
16. Responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se vincule y a terceros en la ejecución del CONTRATO.
17. Presentar el personal mínimo exigido para la ejecución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el
“PERSONAL MÍNIMO”.
18. Asumir el valor adicional de la SUPERVISIÓN cuando el mayor plazo para la ejecución de los estudios sea imputable al CONSULTOR.
19. Utilizar la información entregada o la que se genere durante la ejecución del Contrato estrictamente para los proyectos asignados en desarrollo del presente contrato y no hacer uso de ella en otros proyectos ni permitir su copia a terceros.
20. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este Contrato.
21. Velar porque FINDETER, se mantenga indemne de cualquier reclamación de terceras personas, Contratistas, Proveedores y demás servicios que de forma indirecta hayan sido requeridas para la ejecución del Contrato.
22. Adelantar las actividades necesarias para dar cumplimiento al Contrato. Para ello, debe presentar un plan de trabajo y una programación de actividades para la ejecución del contrato, los cuales serán revisados y aprobados por la supervisión. Lo anterior, representado en un diagrama xx Xxxxx, identificando actividades asociadas a los productos entregables, duración, relaciones de precedencia entre actividades, y definición de la ruta crítica del proyecto y asignación de recursos.
23. Todos los documentos concernientes a los diferentes estudios realizados deberán ser entregados mediante radicación en ventanilla de dos (2) documentos originales en medio físico, junto con dos (2) copias físicas y tres (3) en medio magnético, y/o de manera virtual y digital a través de los mecanismos tecnológicos que se acuerden con la supervisión del Contrato.
24. Elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que correspondan al alcance del Contrato y que se le soliciten en desarrollo de mismo por parte de FINDETER.
25. En caso de que sea requerido, asistir a las reuniones programadas por Findeter, con el equipo de profesionales y especialistas aprobados.
26. Entregar al Contratante toda la información y los documentos recopilados en desarrollo de la ejecución del contrato, al finalizar el plazo de este, de conformidad con las normas y disposiciones vigentes.
27. Informar oportunamente cualquier anomalía o dificultad que advierta en el desarrollo del CONTRATO y proponer alternativas de solución a las mismas.
28. Sin perjuicio de la autonomía técnica y administrativa, atender las instrucciones y lineamientos que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte del Supervisor, así como presentar los informes requeridos.
29. Defender en todas sus actuaciones los intereses de Findeter según corresponda y obrar con lealtad y buena fe en todas las etapas contractuales.
30. Informar oportunamente de cualquier petición, amenaza de quien actuando por fuera de la ley pretenda obligarlo a hacer u omitir algún acto u ocultar hechos que afecten los intereses de Findeter.
31. Suscribir el acta de inicio y actualizar las garantías según corresponda para aprobación del Contratante.
32. Suscribir el acta de recibo a satisfacción final y el acta de liquidación, previa aceptación y aprobación por resolución por parte de la supervisión y la Corporación Autónoma Regional correspondiente a la jurisdicción de la zona de estudio. Respectivamente.
33. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1614 del 30 de noviembre de 2021 o norma que lo modifique, sustituya o adicione.
34. Atender, aplicar y asumir los costos relacionados a las orientaciones o protocolos de bioseguridad establecidos por el Gobierno Nacional para prevención del Coronavirus COVID -19 relativas a las actividades a desarrollarse y según aplique.
35. Las demás que, por ley, los términos de referencia y el contrato correspondan o sean necesarias para el cabal cumplimiento de este.
6.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Presentar informes mensuales vencidos (dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente) a Findeter donde se evidencien los aspectos más relevantes de las actividades desarrolladas en cada uno de los periodos de tiempo. Lo anterior, sin perjuicio de la presentación de los productos por entregar.
2. Elaborar toda la documentación técnica, legal, ambiental, social y económica requerida para la ejecución del proyecto.
3. Mantener el personal ofrecido y aprobado por la supervisión, el cual fue aprobado previo a la firma del acta de inicio del Contrato.
4. En caso de presentarse posibles cambios al personal, este deberá ser notificado a la supervisión antes de 2 días hábiles y se deberá reemplazar por alguien de las mismas cualidades y con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato a más tardar 3 días hábiles después de la notificación, previa aprobación de la supervisión.
5. Garantizar la calibración de equipos que deban ser utilizados en el CONTRATO, de acuerdo con la normatividad vigente y anexar los soportes respectivos en los informes mensuales cuando corresponda.
6. Implementar planes especiales de reacción, con acciones eficaces para solucionar y superar las situaciones que dificulten la ejecución o que representen riesgos de gestión.
7. Entrega el Primer Informe que contenga el plan de trabajo y el cronograma detallado del proyecto. dentro de la primera (1) semana de ejecución del contrato.
8. Entrega el segundo Informe que contenga entrega y aprobación de las partes de los productos correspondientes al avance del 50% del cronograma y plan de trabajo presentado dentro de los dos primeros meses de ejecución del contrato
9. Entrega el tercer Informe que contenga entrega y aprobación de las partes de los productos correspondientes al avance del restante 50% del cronograma y plan de trabajo presentado dentro de los cuatro meses de ejecución del contrato.
10. Realizar las correcciones y/o ajustes respectivos a los productos, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de las observaciones realizadas por la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL correspondiente a la jurisdicción de la zona de estudio.
11. Acompañar a Findeter hasta la emisión de la resolución de aprobación de los estudios de riesgo por parte de la Corporación Autónoma Regional, realizados por el consultor en el marco de este contrato.
12. Garantizar el cumplimiento del marco legal para todos los productos desarrollados para la incorporación de la gestión del riesgo en el PBOT del municipio.
13. Dar cumplimiento a lo establecido en el plan de trabajo y el cronograma propuesto, obedeciendo los componentes técnicos específicos en el presente contrato.
14. Garantizar que los entregables estén de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para la incorporación de la gestión del riesgo en los POT.
15. Informar los días de trabajo en campo para coordinar demás actividades relacionadas al desarrollo de la revisión y ajuste del PBOT.
16. Realizar y entregar todas las actividades que apliquen para garantizar la ejecución del Contrato de acuerdo con lo establecido en cada una de las etapas establecidas.
17. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y demás pagos según la normatividad vigente.
18. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución del contrato, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución del contrato.
19. Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa
20. Contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, social, legal, administrativo, financiero y contable.
21. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales donde se desarrolle el CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución de este.
22. Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos establecida del proceso.
23. Si por temas asociados a la pandemia generada por el virus de COVID no se pueden realizar reuniones o socializaciones de manera presencial, el consultor deberá asistir en modalidad virtual a lo citado por el Supervisor. Esto incluye las convocatorias para presentar ante el municipio los avances al objeto contratado.
24. Garantizar el desarrollo de un plan de gestión social y reputacional, el cual debe incluir los componentes de revisión documental; lectura territorial; comunicación, divulgación y acompañamiento social; y seguimiento y evaluación.
25. Cumplir con el desarrollo del proyecto y del plan de gestión social y reputacional con todos sus componentes y productos de manera presencial, dando cumplimiento al distanciamiento social y demás protocolos de bioseguridad, siempre y cuando continúen condiciones de emergencia sanitaria por COVID-19 decretada por el Gobierno Nacional y también las demás medidas implementadas por los entes territoriales a nivel departamental y municipal. Como excepción, en los casos que sea necesario o la efectividad sea mayor, se podrán desarrollar los diferentes componentes y productos del PGSR de manera virtual previa aprobación de la supervisión.
26. Contar con el profesional social competente y que preferiblemente sea residente de la zona, de manera que al conocer la cultura del polígono de intervención y el área de influencia se aseguren las habilidades y capacidades de relacionamiento comunitario e institucional, así como el cumplimiento de las actividades estipuladas en los lineamientos del plan de gestión social y reputacional.
27. Asegurar el acompañamiento social durante la ejecución del contrato, con el fin de cumplir el propósito y las obligaciones descritas en los lineamientos de gestión social y reputacional, así como atender inquietudes de las comunidades asociadas al desarrollo de éste.
28. Atender y cumplir todas las solicitudes y requerimientos que se realicen por parte de la supervisión, los entes territoriales y los actores comunitarios e institucionales, encaminadas a fortalecer el proceso de acompañamiento social que requiera el proyecto.
29. Mantener canales de comunicación constantes, con el fin de informar el cumplimiento del plan de gestión social y reputacional, así como las novedades del proyecto.
30. Establecer mecanismos de alerta temprana sobre novedades y conflictividades generadas en y por el proyecto, de igual forma se debe informarlas inmediatamente a la supervisión.
31. Presupuestar y disponer de los recursos necesarios para la realización de las actividades sociales que se deriven dentro del proceso de acompañamiento comunitario.
32. Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución del contrato.
SUBCAPÍTULO II
ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATO Y DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
La Contratante está interesada en adelantar el proceso de contratación que tiene por objeto es CONTRATAR LA CONSULTORIA PARA REALIZAR LOS ESTUDIOS BÁSICOS DE RIESGO ORIENTADOS A REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXXX DE MARIQUITA, TOLIMA.
Nota: El detalle y descripción del objeto, alcance, duración, obligaciones, actividades, productos, valor del presupuesto y forma de pago, sus características y condiciones técnicas, se encuentran contenidos en los presentes términos de referencia, los estudios previos y en los demás documentos que lo conforman.
2. PERSONAL MINIMO
Con la presentación de la propuesta el proponente garantiza que cuenta con el personal, los perfiles y dedicaciones mínimas requeridas para la ejecución del contrato y los mantendrá durante la ejecución de este.
EL CONSULTOR previo a la suscripción del acta de inicio deberá presentar al supervisor del contrato para revisión y aprobación, las hojas de vida del personal mínimo requerido, junto con los soportes correspondientes que acrediten la formación académica profesional y experiencia específica de este personal, conforme a los siguientes requerimientos.
Cant | Cargo a desempeñar | Formación Académica | Experiencia general mínima (años) | Experiencia Específica Mínima (años) | Disponibilidad mínima en la duración total del Contrato |
PERSONAL MINIMO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |||||
1 | Director de Consultoría | Profesional en ingeniería o arquitectura o geología x xxxxxxxx afines. Con título de especialización, maestría o doctorado en temas afines, relacionados con el objeto y alcance de la presente convocatoria. | 5 años a partir de la expedición de la tarjeta profesional | Deberá acreditar 3 años como director de consultoría, o de asesoría especializada en consultorías relacionadas con el objeto y alcance de la presente convocatoria. Haber participado en estudios o proyectos relacionados con movimientos en masa, inundación o avenida torrencial para incorporar la gestión del riesgo en | 85% |
Cant | Cargo a desempeñar | Formación Académica | Experiencia general mínima (años) | Experiencia Específica Mínima (años) | Disponibilidad mínima en la duración total del Contrato |
PERSONAL MINIMO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |||||
planes de ordenamiento territorial. | |||||
1 | Experto en Geotecnia o Gestión del riesgo | Profesional en ingeniería o geología x xxxxxxxx afines. Con título de especialización, maestría o doctorado en temas relacionados con la geotecnia o gestión del riesgo o afines. | 4 años a partir de la expedición de la tarjeta profesional | Deberá acreditar 2 años en proyectos de geotecnia y/o gestión de los riesgos relacionados con eventos hidroclimáticos o movimientos en masa o sísmicos o volcánicos. Con manejo de herramientas SIG. | 80% |
1 | Experto en Hidrología o Hidráulica o Recursos hídricos | Profesional en ingeniería o geología x xxxxxxxx afines. Con título de especialización, maestría o doctorado en temas relacionados a hidrología o hidráulica o recursos hídricos o afines. | 4 años a partir de la expedición de la tarjeta profesional | Deberá acreditar 2 años en proyectos de hidrología o hidráulica o recursos hídricos relacionados con eventos hidroclimáticos (avenidas torrenciales e inundaciones). Con manejo de herramientas SIG. | 80% |
1 | Experto SIG | Profesional en ingeniería o geografía x xxxxxxxx afines. Con título de especialización o maestría en sistemas de información geográfico o afines. | 4 años a partir de la expedición de la tarjeta profesional | Deberá acreditar 2 años en proyectos relacionados con la gestión de bases de datos geográficas, estandarización de productos geográficos, generación de cartografía de proyectos, entre otras funciones SIG. | 80% |
1 | Experto Social | Profesional en áreas núcleo del conocimiento en ciencias sociales y/o ciencias humanas, o disciplinas comunicativas, educativas, políticas, económicas o administrativas. | 2 años a partir de la expedición de la tarjeta profesional | Profesional con experiencia en acompañamiento social para proyectos de desarrollo territorial y/o planes de ordenamiento territorial. | 50% |
2 | Ingeniero Auxiliar (Primer empleo) | Profesional en ingeniería o geología o ambientales o geografía x xxxxxxxx afines. Con título de pregrado en temas afines, relacionados con el objeto y alcance de la presente convocatoria | N/A | N/A | 100% |
El CONSULTOR deberá presentar a FINDETER previo a la suscripción del acta de inicio, el personal mínimo requerido para la ejecución de todo el contrato, el cual deberá tener disponibilidad mínima para la ejecución del contrato, junto con los soportes correspondientes que acrediten las calidades de formación y experiencia general y específica exigidas en los documentos de la convocatoria para este personal. Lo anterior, deberá ser aprobado por FINDETER.
Adicionalmente, el contratista seleccionado deberá verificar y garantizar que el personal propuesto no supere para cada uno el 100% de la dedicación acumulada teniendo en cuenta su participación en la ejecución de otros
contratos con FINDETER o con otras entidades, ya que de ser advertida esta situación LA CONTRATANTE a través del supervisor podrá solicitar el cambio del personal que supere esta dedicación.
Todo el personal anteriormente descrito para el proyecto será de carácter obligatorio durante la ejecución de cada una de las etapas del contrato, no obstante, en caso de necesitar un personal adicional al mínimo requerido para la entrega de productos a desarrollar durante la ejecución del contrato, el CONSULTOR deberá garantizar la presencia de estos, sin que llegaré a generar costos adicionales para la CONTRATANTE.
Nota 1: Si la disponibilidad de un profesional o técnico no supera el 100%, podrá ser presentado para varios de los perfiles solicitados siempre y cuando cumplan con la experiencia específica requerida.
Nota 2: Para el cumplimiento de la disponibilidad mínima solicitada de un profesional o técnico se podrán usar varios profesionales o técnicos cuyas disponibilidades deberán garantizar las mínimas requeridas.
Nota 3: El Director de Consultoría deberá estar presente en todos los comités, con el fin de que se definan temas relevantes al proyecto y se informe sobre el avance del proyecto; igualmente debe estar disponible cuando Findeter lo requiera, sin que signifique costos adicionales para Findeter, deberá estar presente en la toma de decisiones, en las reuniones de seguimiento (a realizar en desarrollo de las etapas correspondientes del contrato) y cuando lo requieran. El director deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el supervisor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del Contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales.
Nota 4: El personal dependerá administrativamente del Consultor y no tendrá vínculo laboral con LA CONTRATANTE; no obstante, ésta se reserva el derecho de solicitar el retiro o reemplazo del que considere no apto o que con sus actuaciones atente contra la buena relación con LA CONTRATANTE, la comunidad, o cause algún impacto negativo a la Entidad o al medio ambiente.
Nota 5: Si en desarrollo del proyecto se realiza una modificación en el alcance del contrato, LA CONTRATANTE a través de la supervisión tendrá la potestad de solicitar un ajuste de las dedicaciones y las demás condiciones que se requieran para ejecutarlo, a partir de las mínimas establecidas en el numeral personal mínimo requerido.
Nota 6: Respecto al desarrollo de la gestión social requerida por el proyecto y el desarrollo e implementación del PGSR, se recomienda al CONTRATISTA que el experto social sea de la zona de influencia del proyecto. Adicionalmente, este profesional deberá implementar y acompañar todas las actividades sociales previstas en el PGSR, y las demás que se requieran. En caso de que el CONTRATISTA demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición, la supervisión deberá evaluar dicha situación y autorizar la contratación de un profesional sin domicilio en la zona.
2.1. CONTRATACIÓN PRIMER EMPLEO DE PERSONAL DE OBRA CALIFICADA.
En concordancia con lo establecido en la ley 1429 de 2010 “Por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de Empleo” y las modificaciones contenidas en la Ley 1780 de 2016 “Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones” y la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, reglamentada por el Decreto 2365 de 2019; el CONTRATISTA deberá vincular en los términos allí establecidos, el Ingeniero Auxiliar y teniendo en cuenta la siguiente condición:
• Profesional que se encuentre entre los 18 y los 28 años de edad.
2.2. CONTRATACIÓN MUJERES
El personal calificado del proyecto vinculado debe incluir como mínimo el cincuenta por ciento (50%) de mujeres, dicha condición será verificada por la supervisión. En caso de que se demuestre la imposibilidad de cumplimiento de esta condición por circunstancias que afecten la ejecución del contrato, la supervisión deberá́ evaluar dicha situación y autorizar el ajuste en el porcentaje.
2.3. PRESENTACIÓN DEL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
Con la presentación de la propuesta el proponente garantiza que cuenta con el personal, los perfiles y disponibilidades mínimas requeridas para la ejecución del contrato y los mantendrá durante la ejecución de éste.
Para el desarrollo del contrato, el proponente seleccionado deberá disponer del personal que se requiere para garantizar la ejecución del contrato, el cual es de carácter obligatorio en el proyecto. Sus hojas de vida y los soportes de formación profesional y experiencia deben presentarse por el proponente que resulte seleccionado, para verificación de cumplimiento por parte del supervisor, quien validará que cumplan con los requisitos mínimos o superiores a estos, como requisito previo para suscribir el acta de inicio del contrato.
Con la presentación de la propuesta el proponente garantiza que cuenta con el personal, los perfiles y disponibilidades mínimas requeridas para la ejecución del contrato y los mantendrá durante la ejecución de este. De modo que, para la elaboración de su oferta económica debe tener en cuenta la totalidad del personal mínimo y además aquel que el oferente considere necesario para la correcta ejecución del contrato y deberá costearlo en su propuesta económica. Por lo tanto, no hay lugar a reclamaciones posteriores aduciendo que no se había contemplado el personal o los recursos suficientes para la ejecución del contrato, dentro del valor de propuesta, por cuanto LA CONTRATANTE no reconocerá valores por tal concepto.
La contratante se reserva el derecho de solicitar cambio de los profesionales, en caso de verificar que los propuestos no tienen el perfil exigido o la disponibilidad de tiempo necesaria para cumplir lo solicitado para el desarrollo del objeto de la presente convocatoria.
Para efectos de verificación del profesional propuesto, el proponente seleccionado deberá presentar al supervisor para acreditar la formación profesional los siguientes soportes:
a. Para acreditar la formación profesional, tratándose de las profesiones que conforme a la ley aplique tarjeta profesional, se deberá aportar fotocopia del diploma o acta de grado y copia simple de la tarjeta profesional, la cual se acompañará del certificado de vigencia, igualmente, en los casos que conforme a la ley aplique. Para las demás profesiones o profesionales domiciliados en el exterior se acreditará aportando fotocopia del diploma o acta de grado.
2.4. REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PERSONAL PROPUESTO.
Sin perjuicio que la verificación del personal se haga solamente al proponente seleccionado por parte del supervisor, se tendrá en cuenta la formación académica y experiencia del personal mínimo propuesto hasta la fecha del cierre, de modo que el personal que vaya a ser propuesto, para la fecha del cierre debe haber acreditado la formación académica y experiencia exigida. Para efectos de verificación el proponente
seleccionado deberá allegar al supervisor del contrato los certificados de experiencia y/u otro soporte que permita evidenciar la ejecución del contrato o proyecto, de acuerdo con las siguientes alternativas:
ALTERNATIVA A: Certificado expedido por la entidad contratante (entendida como aquella entidad de derecho público o de derecho privado que contrató el proyecto u obra) donde se evidencie el cargo y/o funciones y/o productos entregados o desarrollados, así como la fecha de inicio y terminación de la ejecución de las actividades y/o productos.
ALTERNATIVA B: Certificado de experiencia expedido por la contratante (sea ésta una persona natural o jurídica que contrató los servicios del profesional) donde se evidencie el cargo y/o funciones y/o productos entregados y/o desarrollados así como la fecha de ejecución de las actividades y/o productos. Además de lo anterior, se deberá adjuntar certificación o soporte de evidencia de la ejecución del proyecto debidamente suscrita por la entidad que contrató la ejecución del proyecto, donde conste que la contratante del profesional ejecutó el proyecto.
ALTERNATIVA C: En el evento de no disponerse de la certificación de que tratan los literales anteriores, se deberá adjuntar copia del contrato y acta liquidación o acta de terminación del contrato laboral, de prestación de servicios o el documento que corresponda, donde conste la ejecución del mismo y se evidencie el cargo y/o funciones y/o actividades y/o productos entregados o desarrollados, la cual deberá venir suscrita según corresponda, por el Interventor y/o supervisor y/o representante de la entidad contratante y el Contratista.
Si la documentación descrita en alguna de las alternativas anteriormente citadas corresponde a DOCUMENTO PUBLICO1 otorgado en el exterior, deberá aportarse apostillado o legalizado según corresponda por el proponente seleccionado, conforme a lo exigido en los presentes términos de referencia. Sin perjuicio de lo anterior, y ante la imposibilidad de surtir dichos trámites, podrá aportarse copia simple de tales documentos, acompañada de declaración juramentada otorgada ante Notario (colombiano). En caso de rendirse dicha declaración juramentada en país extranjero, respecto de esta deberá adelantarse el trámite de apostilla o legalización, según corresponda, con el lleno de los requisitos de los presentes términos de referencia.
Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento. No obstante, la Entidad se reserva el derecho de verificar la información que requiera de la propuesta y de acudir a las fuentes, personas, empresas, entidades o aquellos medios que considere necesarios y de solicitar en caso de estimarlo, las aclaraciones o documentación que considere convenientes.
Las certificaciones firmadas por el mismo personal propuesto, es decir, auto certificación, no serán tenidas en cuenta para verificar ni evaluar la experiencia profesional.
Cuando los documentos de las alternativas de acreditación no contengan la información que permita su verificación, el proponente podrá anexar copia de los documentos soporte que sean del caso (siempre y cuando sean expedidos por la entidad contratante o entidad pública), que permitan evidenciar la ejecución del contrato o proyecto o tomar la información que falte.
La experiencia profesional del personal mínimo se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior de conformidad con lo establecido en el artículo 229 del Decreto Ley 019 de 2012, y para acreditarla el proponente deberá presentar certificación de terminación y aprobación del pensum
1 Documento Público: Es el otorgado por un servidor público en ejercicio de sus funciones o con su intervención. Así mismo, es público el documento otorgado por un particular en ejercicio de funciones públicas o con su intervención. (Resolución No. 10547. 14-12-2018. Ministerio de Relaciones Exteriores- Gobierno de Colombia).
académico de educación superior debidamente firmada por la Institución Educativa. Sin perjuicio de lo anterior, si el proponente no cuenta con la referida certificación, podrá aportar las actas de grado y/o diploma de grado, de las cuales la entidad tomará la información para contabilizar la experiencia profesional.
En el presente proceso serán tenidos en cuenta los requisitos y disposiciones de equivalencia de experiencia profesional general por formación académica acorde con lo previsto en el artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083 de 2015. En tal sentido, se harán equivalencias entre años de experiencia profesional y títulos de posgrado afines a las funciones de los perfiles requeridos, así: (i) título de especialista por dos (2) años de experiencia profesional general o viceversa, (ii) título de maestría por tres (3) años de experiencia profesional general o viceversa y (iii) títulos de doctorado o postdoctorado por cuatro (4) años de experiencia profesional general o viceversa.
En el caso de los perfiles que se permite formación afín, la misma se verificará según área y núcleo del conocimiento, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional (Colombia) en su Sistema Nacional de Información de Educación Superior – SNIES.
3. SUPERVISOR
La supervisión del contrato será ejecutada por el/la Director(a) de Ciudades y Competitividad de FINDETER o por quien éste delegue mediante comunicación escrita, cuyas responsabilidades se encuentran señaladas en el Manual de Supervisión e Interventoría de FINDETER y deberá de manera permanente realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato verificando además la correcta ejecución del objeto contratado.
El supervisor del contrato está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a la contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
En ningún caso el supervisor tiene la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre el consultor y la contratante, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.
4. GARANTÍAS
EL CONTRATISTA garantizará el cumplimiento de las obligaciones que adquiera por el contrato que suscriba, mediante la constitución de una póliza de seguros, con las condiciones que se describen a continuación:
4.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del CONSULTOR frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el CONSULTOR deberá constituir las garantías a favor de – ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN, expedidas por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera con los siguientes amparos, cobertura y vigencia:
AMPARO | MONTO XXX XXXXXX | VIGENCIA |
Cumplimiento | 30% del valor total del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más |
Pago de Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | 10% del valor total del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
Calidad del Servicio | 30% del valor total del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
4.2. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
AMPARO | MONTO XXX XXXXXX | VIGENCIA |
Responsabilidad Civil Extracontractual | 20% del valor total del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato |
La aprobación de las garantías por parte de FINDETER es requisito previo para el inicio de la ejecución del contrato, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de garantías podrá iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de estas.
Las garantías deberán aportarse para su aprobación acompañadas de los respectivos anexos, soportes de la misma y el soporte de pago de la prima correspondiente. No será válido para el proceso la certificación de No expiración por falta de pago ni el soporte de la transacción electrónica
4.3. CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS
El proponente seleccionado deberá constituir las garantías con una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, en formato ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN, con las siguientes características:
Garantía de Cumplimiento: La misma deberá ser expedida bajo la siguiente estructura:
Tomador: EL CONTRATISTA.
Asegurado: EL CONTRATANTE
Beneficiario: EL CONTRATANTE.
La póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual: La misma deberá ser expedida bajo la siguiente estructura:
Tomador: EL CONTRATISTA.
Asegurado: EL CONTRATISTA.
Beneficiario: EL CONTRATANTE y TERCEROS AFECTADOS.
EL CONTRATISTA deberá presentar las pólizas o modificaciones a las que haya lugar con el respectivo soporte de pago, a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato, sus prórrogas o adiciones.
EL CONTRATISTA acepta que el CONTRATANTE tiene interés asegurable en las garantías que se refieran al contrato y con base en esto, en el caso en que EL CONTRATISTA no entregue los documentos dentro del plazo estipulado, autoriza para que en su nombre y representación, EL CONTRATANTE solicite, actualice, modifique y haga el pago de las garantías en los términos contractualmente establecidos, pudiendo descontar los costos y gastos derivados de dicha gestión de los saldos a favor de EL CONTRATISTA. Lo anterior, no exonera a EL CONTRATISTA del cumplimiento de las obligaciones contractuales y se adelanten las acciones por EL
CONTRATANTE para exigir el cumplimiento o indemnización.
PARÁGRAFO: La vigencia de la póliza inicia con la suscripción del contrato. EL CONTRATISTA debe mantener, durante la vigencia del contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que se prorrogue el plazo de ejecución del contrato, se adicione su valor o se efectué otra modificación que afecte las garantías, EL CONTRATISTA deberá acreditar el ajuste correspondiente de las garantías, una vez se suscriba la modificación del contrato. De igual modo, EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos, cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato o de recibo a satisfacción de las obligaciones de este, el valor amparado también debe reponerse cuando se verifique la ocurrencia de los riesgos asegurados. El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo de EL CONTRATISTA. Las garantías aprobadas serán condición previa y necesaria para la cancelación de las facturas pendientes de pago y el último pago del contrato.
5. CLÁUSULAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA.
El CONTRATISTA no podrá ejecutar ítems o actividades no previstos en el Contrato, sin que previamente hayan sido aprobados por la Supervisión y por la entidad CONTRATANTE, y se haya suscrito el respectivo Contrato adicional u otrosí según corresponda. Cualquier actividad que ejecute sin la celebración previa del documento contractual, será asumida por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, de manera que LA CONTRATANTE no reconocerá valores por tal concepto. Es responsabilidad del CONTRATISTA informarse acerca de los procedimientos establecidos para tal fin.
En caso de ajustar el alcance y se generen nuevas actividades que no fueron contemplados en el presupuesto inicial, los nuevos valores serán objeto de acuerdo entre las partes. Para tal efecto la Supervisión realizará un análisis del presupuesto presentado por EL CONTRATISTA con el fin de verificar su correspondencia con las condiciones y precios xxx xxxxxxx, y una vez verificados por la Supervisión, se tramitará su aprobación por parte de LA CONTRATANTE.
6. LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES APLICABLES.
Para la ejecución del contrato en el caso de requerirse permisos y/o autorizaciones necesarias o concesiones, será responsabilidad del CONTRATISTA elaborar y preparar toda la información técnica de soporte para la obtención de permisos, concesiones y/o autorizaciones que requieran la aprobación ante la Autoridad Ambiental y de otras autoridades en general.
Los costos correspondientes para elaborar y preparar toda la información necesaria para la obtención de permisos, concesiones y/o autorizaciones, necesarias para la ejecución del proyecto, serán asumidos por EL CONTRATISTA.
No obstante, lo anterior, en el caso que durante la ejecución del contrato se detecte la necesidad de tramitar algún tipo de licencias y/o permisos adicionales, le corresponderá y será responsabilidad del CONTRATISTA adelantar las gestiones necesarias ante las autoridades competentes que permitan el desarrollo normal del contrato.
Esto es, aquellos trámites inherentes y necesarios para la correcta ejecución del contrato será responsabilidad del CONTRATISTA su identificación, costeo (asumir el costo de estos) y gestión. Los recursos para pagos
ocasionados por la expedición de las licencias y/o permisos deberán ser gestionados directamente el ente territorial.
7. INDEMNIDAD
El Contratista se obliga:
a. Mantener indemne a FINDETER y a sus directivos, socios, miembros de la Junta Directiva, trabajadores, colaboradores, clientes, representantes o apoderados de cualquier reclamación, pleito, queja, demanda, sanción, condena o perjuicio fundamentados en actos u omisiones del consultor, en ejecución del contrato.
b. Desplegar todas las acciones necesarias para evitar que sus empleados, familiares de los mismos, acreedores, contratistas, proveedores, subcontratistas o terceros presenten reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra FINDETER, con ocasión de acciones u omisiones suyas derivadas de la ejecución del contrato. Todos los gastos que implique la defensa de los intereses de FINDETER deberán ser asumidos por el consultor.
PARAGRAFO: Si durante la vigencia del contrato o con posterioridad se presentan reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra FINDETER, esta última podrán requerir al contratista o vincularlo bajo cualquier figura procesal que resulte aplicable a su defensa o acordar con EL CONTRATISTA la estrategia de defensa que resulte más favorable a los intereses de FINDETER.
8. GESTIÓN DE RIESGOS
En la ejecución del contrato, el CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades y buenas prácticas que dicta el estado del arte en el campo del objeto contractual, con el fin de realizar la gestión de los riesgos que puedan afectar la ejecución del contrato. Dicha gestión debe contemplar como mínimo las siguientes actividades:
a. Identificación de los riesgos.
b. Análisis cuantitativo y cualitativo mediante el cual estime la probabilidad y la consecuencia de la ocurrencia de los riesgos identificados, así como la priorización de cada uno de ellos.
c. Elaboración del respectivo plan de respuesta a los riesgos identificados, en el que se determinen las acciones que se ejecutarán con el fin de mejorar las oportunidades y reducir las amenazas que se originen en los riesgos identificados.
d. Realización de actividades de monitoreo y control aplicables con base en la priorización de riesgos realizada, con lo cual determinará si hay cambios en la priorización de los riesgos, si han surgido nuevos riesgos frente a los inicialmente identificados, como también si las acciones definidas en el plan de respuesta al riesgo evidencian la efectividad prevista.
Para la realización de la gestión de riesgos descrita, el Contratista deberá presentar a LA SUPERVICIÓN para su aprobación y junto con el plan de trabajo y metodología, un documento que contenga la siguiente información como mínimo:
a. Un plan de Gestión del Riesgo que debe incluir la metodología que utilizará, los roles y responsabilidades del equipo de trabajo con relación a la gestión del riesgo, la categorización que utilizará para priorizar los riesgos, la periodicidad con la que realizará las actividades de gestión de los riesgos durante la ejecución del contrato, las escalas de probabilidad y consecuencia y la matriz de riesgos con las que realizará los análisis cualitativos y cuantitativos de los riesgos, así como la política de gestión de riesgos a partir de la cual el Contratista determina la tolerancia al riesgo que da lugar a la activación de las acciones de gestión de los riesgos.
b. Un Registro de Riesgos que debe incluir los riesgos identificados, las posibles respuestas, las causas de los riesgos, así como la calificación de los riesgos de acuerdo con la categorización definida en el Plan de Gestión del Riesgo.
c. Un Plan de Respuesta de Riesgos que debe incluir las acciones previstas para mitigar los riesgos incluidos en el Registro de Riesgos.
9. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba producto del presente proceso de contratación se liquidará dentro de los seis (06) meses siguientes a su terminación.
En caso de que EL CONSULTOR no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga LA CONTRATANTE, o no se llegue a un acuerdo sobre su contenido, FINDETER dentro de los dos (2) meses siguientes al agotamiento del plazo para liquidarlo de común acuerdo, elaborará el Acta y dejará constancia de la ejecución física y presupuestal del contrato, de la funcionalidad del proyecto y de los demás aspectos relevantes. Lo anterior, sin perjuicio de las medidas que se estimen pertinentes frente a presuntos incumplimientos por parte de EL CONSULTOR.
PARÁGRAFO: De conformidad con la Política de Contratación de Servicios para Terceros de Findeter, en caso de que el Contratista de consultoría no se presente a la liquidación, previa notificación o convocatoria que le haga el Contratante, o no se llegue a un acuerdo sobre su contenido, el Contratante dentro de los dos (2) meses siguientes al agotamiento del plazo para liquidarlo de común acuerdo, elaborará el acta y dejará constancia de la ejecución física y presupuestal del Contrato, de la funcionalidad del proyecto y de los demás aspectos relevantes.
En el evento de no agotarse la liquidación en la forma y plazos mencionados anteriormente, esta podrá realizarse dentro de los dos (2) años siguientes. Vencidos los términos anteriormente señalados sin lograrse la liquidación, la CONTRATANTE deberá diligenciar acta de cierre administrativo y liberación de recursos si existen saldos por liberar, y, en su defecto, si no hubo saldos por liberar, deberá incorporarse al expediente contractual certificación expedida por la CONTRATANTE acreditando tal circunstancia.
SUBCAPÍTULO III - CRONOGRAMA
Actividad | Fecha - hora y lugar según corresponda |
Apertura y Publicación de los Términos de Referencia, estudio previo, anexos, documentos técnicos y demás documentos asociados al proceso. | 02 de febrero de 2022 |
Recepción de observaciones a los Términos de Referencia y anexos. | Desde el 03 hasta el 07 de febrero de 2022 Hasta las 05:00 p.m. A través del correo electrónico: |
Publicación del Informe de respuesta a observaciones a los términos de referencia, adenda cuando hubiere lugar y anexos o constancia de no presentación de observaciones. | 09 de febrero de 2022 |
Cierre - plazo máximo de presentación – remisión de oferta - Archivos No. 1 y 2 y Apertura de Archivo No. 1 | Hasta el día 11 de febrero de 2022 Hasta las 05:00 p.m. A través del correo electrónico: |
Publicación de informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones. | 00 xx xxxxxxx xx 0000 |
Xxxxxxxxxxx para subsanar y presentar observaciones al informe de requisitos habilitantes. | Hasta el 18 de febrero de 2022 Hasta las 5:00 p.m. A través del correo electrónico: |
Publicación del Informe definitivo de verificación de requisitos habilitantes. | 21 de febrero de 2022 |
Apertura Archivo No. 2 – Propuesta económica y demás criterios de calificación de las propuestas habilitadas. | 22 de febrero de 2022 Hora: 11:00 a.m. Los proponentes habilitados deberán participar a través de teleconferencia (Microsoft Teams). |
Publicación del Informe de evaluación y asignación de puntaje (orden de elegibilidad). | 00 xx xxxxxxx xx 0000 |
Xxxxx para presentar observaciones al informe de evaluación y asignación de puntaje (orden de elegibilidad). | Hasta el 24 de febrero de 2022 Hasta las 5:00 p.m. A través del correo electrónico: |
Publicación del informe definitivo de evaluación y asignación de puntaje (orden de elegibilidad). Acta de selección del contratista o declaratoria de desierta, según corresponda. | 28 de febrero de 2022 |
Para todos los efectos del presente proceso de selección, la hora oficial será la hora legal colombiana, la cual será consultada vía Internet en la página web xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/.
CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES
SUBCAPÍTULO I GENERALIDADES
1. DEFINICIONES
Términos de Referencia: Documento que contiene las disposiciones generales y específicas del presente proceso de contratación.
CONSULTOR / CONTRATISTA: Será la persona natural o jurídica que resulte seleccionada en el presente proceso de Convocatoria.
Consorcio: Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.
Unión Temporal: Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.
Oferta o propuesta: Es el proyecto de negocio jurídico que una persona formule a otra, la cual deberá contener los elementos esenciales del negocio y ser comunicada al destinatario. Entendiéndose comunicada cuando se utilice cualquier medio adecuado para hacerla conocer del destinatario. La propuesta será irrevocable. De consiguiente, una vez comunicada, no podrá retractarse el proponente, so pena de indemnizar los perjuicios que con su revocación cause al destinatario, lo anterior, en consonancia con lo establecido en los artículos 845 y 846 del Código de Comercio.
La Contratante: Para todos los efectos, la Contratante es la FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A.
– FINDETER.
Anexos: Son las disposiciones que complementan las partes pertinentes de los respectivos capítulos.
Acta de liquidación del contrato: Acta que constituirá el cierre contractual y de balance del contrato, en la que se dejará constancia de la ejecución física y presupuestal del CONTRATO, de la funcionalidad del proyecto y de los demás aspectos relevantes sobre el CONTRATO, así como de los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas, así como las manifestaciones de desacuerdo del Contratista y poder declararse x xxx y salvo. Podrá ser suscrita por las partes o por la CONTRATANTE.
Formatos: Son herramientas que permiten a los proponentes facilitar la elaboración de sus propuestas y presentar la información requerida en los Términos de Referencia de manera uniforme, por lo tanto la información requerida en los formatos es obligatoria, debe corresponder a lo solicitado. Los formatos tienen que ser diligenciados en su totalidad.
Formato No. 1 - Carta de Presentación de la Propuesta: Contiene la presentación de las condiciones generales de la propuesta y debe presentarse con la oferta debidamente suscrita.
Formato No. 2 - Certificado de Pago de Aportes Parafiscales y Sistema General de Seguridad Social Integral: Está destinado a certificar que el proponente ha realizado los correspondientes pagos de los aportes parafiscales y del sistema general de seguridad social integral y debe presentarse debidamente suscrito con la oferta.
Formato No. 3 - Experiencia específica del proponente para habilitar la oferta: Relaciona la información necesaria que permite verificar la experiencia específica (habilitante).
Formato No. 4 - Propuesta Económica: Relaciona la información necesaria que permita verificar el valor total de la oferta y deberá presentarse en el Archivo No. 2 de la propuesta para efectos de evaluación y calificación. Se debe presentar con la oferta.
Formato No. 5 - Estimación Propuesta Económica Detallada y Factor Multiplicador: Contiene el análisis detallado de los diferentes componentes que conforman el factor que afecta los costos directos necesarios para la ejecución de la consultoría. El proponente debe presentar en físico y Excel, debidamente diligenciado un formato por cada una de las etapas, para verificación de cumplimiento por parte del supervisor, quien validará que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en los términos de referencia, como requisito previo para suscribir el acta de iniciación del contrato. Este formato es una herramienta para la supervisión del contrato. No es objeto de verificación ni evaluación y en ningún caso puede modificar el valor de la propuesta económica.
SUPERVISIÓN: la supervisión de un contrato estatal consiste en “el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercido por la misma entidad estatal cuando no se requieren conocimientos especializados”.
2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El proceso de selección está sometido a la legislación y jurisdicción colombiana y se rige por la normativa de la contratación contenida en el Código Civil, el Código de Comercio y demás normas aplicables a la materia. Por lo tanto, los términos de referencia, y en general los documentos que se profieran en el proceso, se sujetarán a estas normas.
De conformidad con la Política de Contratación de Servicios para Terceros Código: CON-DA-002 V.1. la modalidad de selección será a través de Convocatoria Pública, siendo la regla general para la contratación de terceros de FINDETER y, la modalidad mediante la cual a través de la página web de FINDETER se anuncia a los interesados para que, en igualdad de condiciones, presenten una oferta de acuerdo con los requerimientos exigidos.
3. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
En el presente proceso podrán participar las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, proponentes plurales en consorcio o unión temporal.
Cada proponente, persona natural o jurídica, sea que participe en forma individual, como socio o constituido como consorcio o unión temporal, deberá presentar solamente una oferta.
El proponente podrá presentar propuestas directamente o a través de apoderado, evento en el cual deberá anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato y copia de la cédula de ciudadanía o documento equivalente de éste.
El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al proponente, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular propuesta para el proceso de selección de que tratan estos Términos de Referencia; (ii) Dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE en el curso del presente proceso; (iii) Recibir las notificaciones a que haya lugar; (iv) Suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatario.
El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74), así como con los aspectos referidos a la autenticación. El poder que otorguen las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) y en caso de otorgarse en el país del domicilio de la persona extranjera, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente en el extranjero o de apostille, según el caso.
4. PRINCIPIOS ORIENTADORES
La presente contratación se regirá por los principios de la Función Administrativa y de la Gestión Fiscal, consagrados en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, al Régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en los artículos 8 de la Ley 80 de 1993, artículos 13; 15 y 18 de la Ley 1150 de
2007, artículos 1 y 4 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes.
Los anteriores principios se entenderán y aplicarán en el sentido que ha establecido la ley, la jurisprudencia colombiana y la doctrina.
5. CONVOCATORIA DE VEEDURÍAS CIUDADANAS
Las veedurías ciudadanas establecidas en la ley podrán realizar control social al presente proceso de selección y al contrato resultante, para tal fin se les proporcionará toda la información y documentación requerida.
6. LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
El PROPONENTE con la presentación de la propuesta expresa su intención de apoyar la acción del Estado Colombiano y de la Entidad para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación y se compromete formalmente a no efectuar o facilitar actos, acuerdos o conductas de corrupción.
En el evento de conocerse casos de corrupción en las entidades del Estado, se debe reportar el hecho a Secretaria de Transparencia de Presidencia de la República o quien haga sus veces. También puede reportar el hecho a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx o xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
7. CORRESPONDENCIA
La propuesta deberá enviarse al correo xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, en la fecha y hora establecida en el cronograma del proceso.
Todos y cada uno de los documentos que el interesado y/o proponente genere y que esté(n) relacionado(s) con la presente Convocatoria, podrá(n) ser remitido(s) al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, todos los correos electrónicos que contengan documentos de la propuesta deberán ser remitidos a más tardar a la fecha y hora establecidos, para que sean tenidos en cuenta por la entidad.
Se entiende para todos los efectos de los presentes Términos de Referencia, que la única correspondencia oficial del proceso y, por lo tanto, susceptible de controversia, será aquella remitida por el medio establecido.
La correspondencia que sea remitida o radicada en una entidad, dirección, dependencia, lugar y/o correo electrónico diferente, se entiende como no oficial y no es vinculante, por lo que, no será atendida.
Las comunicaciones remitidas al correo de xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx deberán ser dirigidas a:
Señores
FINDETER
FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN
Asunto: Número y objeto de la Convocatoria Xxxxx 000 Xx. 00-00 Xxxxxx XX
Xxxxxx X.X. – Xxxxxxxx
Y deberán contener como mínimo los siguientes datos:
1. Nombre completo del interesado en la Convocatoria
2. Datos del proponente que incluya como mínimo: nombre completo, dirección física, dirección electrónica y teléfonos fijos y/o celulares.
3. Identificación de los anexos presentados con la comunicación, si los hubiere.
4. Número total de folios.
8. PUBLICIDAD DEL PROCESO
Todos los documentos y estudios del proyecto y aquellos resultantes de la convocatoria serán publicados en la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, para la consulta de los interesados.
9. PUBLICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO
La apertura del proceso de selección se realizará con la publicación de los Términos de Referencia y los documentos del proceso, de conformidad con las reglas de la Convocatoria Publica establecida en la Política de Contratación de la Entidad en la página web de Findeter, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
10. OBSERVACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA ESTUDIOS Y DOCUMENTOS DEL PROYECTO.
Los interesados pueden presentar observaciones respecto del contenido de los Términos de Referencia, los estudios del proyecto, la matriz de riesgos, los anexos y cualquier otro documento relacionado con el presente proceso de selección, de manera escrita, dentro de los términos y fechas perentorias establecidas en el cronograma del proceso, a través de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, No se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal.
Se publicará a través de la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, las respuestas a las observaciones presentadas, en la fecha perentorias establecida en el cronograma del proceso. FINDETER para efectos de su respuesta,
podrá agrupar aquellas observaciones de naturaleza común.
El informe de respuesta a las observaciones presentadas tiene carácter explicativo o aclaratorio, en consecuencia, solo se modificarán los términos de referencia mediante adendas.
11. ADENDAS
Dentro del término de apertura de la presente Convocatoria, la entidad contratante, podrá modificar los términos de referencia a través de adendas las cuales serán publicadas en la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, para la consulta de los interesados. Las cuales deberán expedirse a más tardar el día hábil anterior a la fecha establecida en el cronograma para el cierre de la Convocatoria.
Así mismo, podrá expedir adendas para modificar condiciones particulares del proceso hasta un día hábil antes de la fecha programada del cierre y las adendas para modificar el cronograma del proceso hasta antes de la adjudicación del contrato.
Será responsabilidad exclusiva del proponente atender y tener en cuenta todas las adendas expedidas en el presente proceso de selección para la elaboración de su propuesta.
12. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los proponentes deberán presentar a través del correo xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, hasta la fecha y hora establecida en el cronograma, en medio digital en PDF, a través de 2 archivos denominados: Archivo No. 1 y Archivo No. 2, identificados con el número de la convocatoria, los cuales deben contener los documentos que hacen parte de cada uno de ellos, de la siguiente manera:
1. Archivo No. 1: Propuesta Técnica.
Deberá contener los documentos soporte en PDF e información establecida en los presentes términos de referencia (incluye entre otros, los documentos para acreditar los requisitos habilitantes del proponente de orden jurídico, financiero y técnico señalados en estos términos de referencia) y deberá estar identificado como Archivo Propuesta Técnica.
Debe presentarse en medio digital, en PDF y debidamente foliados de manera consecutiva y ascendente.
2. Archivo No. 2: Propuesta Económica
Deberá contener única y exclusivamente la propuesta económica (Formato 4) en medio en PDF debidamente foliados de manera consecutiva ascendente y en Excel.
El archivo No. 2. de propuesta económica, debe ser enviada en medio digital, en PDF con cifrado en .ZIP
o. Rar, sin ser necesario la clave de acceso, dado que esta será suministrada por el (los) proponente (s) habilitado (s) durante la teleconferencia (Microsoft Teams) para la audiencia de apertura del Archivo No. 2.
Nota: Todos los documentos de la Propuesta: Técnica (Archivo No 1) y Propuesta económica (Archivo No 2) deberán estar foliados (enumerados) de manera ascendente consecutiva, es decir, sin omitir ni repetir números, desde el primer hasta el último folio (hoja). No se debe foliar utilizando números con el suplemento
A, B, C, ó bis, la foliación se realiza en la esquina superior derecha del documento según el sentido de lectura, de manera legible sin enmendaduras.
13. REGLAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1. Cada proponente, persona natural o jurídica, sea que participe en forma individual, como socio o constituido como consorcio o unión temporal, deberá presentar solamente una oferta.
2. En el presente proceso podrán participar y pueden presentar propuestas directamente o a través de apoderados, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y/u oferentes plurales a través de las figuras asociativas de consorcio o unión temporal, que a la fecha de presentación de la propuesta cumplan con los requisitos habilitantes solicitados para la participación en el presente proceso de convocatoria.
3. En consonancia con las normas vigentes y con el fin de no permitir el ejercicio ilegal de las profesiones, la persona natural y el representante legal de la persona jurídica que pretenda participar en la presente convocatoria ya sea de manera individual o como integrante de un proponente plural (consorcio o unión temporal), deberá acreditar que posee título como Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero de Vías o Ingeniero de Transporte para lo cual deberá adjuntar copia de su matrícula profesional y del certificado de vigencia de matrícula profesional y antecedentes disciplinarios expedido por la autoridad competente, según corresponda, el cual se debe encontrar vigente.
4. La propuesta debe presentarse sin borrones, tachaduras ni enmendaduras que puedan afectar sus características, cantidades, valores unitarios o valores totales.
5. La propuesta, los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes dentro de la respectiva convocatoria, deben presentarse en idioma castellano.
6. No se aceptarán propuestas enviadas a otras dependencias, por correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático diferente de los indicados en los presentes Términos de Referencia.
7. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora o en un lugar diferente a los fijados en el cronograma para su entrega serán consideradas como extemporáneas, por lo tanto, no serán aceptadas. Por ende, no serán objeto de verificación ni evaluación.
8. En caso de discrepancias entre la propuesta económica y/o presupuesto en formato Excel y PDF, prevalece el contenido del archivo en PDF. El formato en Excel se considera únicamente como una herramienta de trabajo para los evaluadores.
9. Frente a cualquier diferencia o falta de claridad surgida entre los términos de referencia y la información mínima requerida en los anexos y/o formatos publicados, prevalecerá lo establecido en los términos de referencia.
10. La información requerida en los formatos de la presente convocatoria deberá diligenciarse completamente.
11. Todos los documentos públicos que hayan sido expedidos en el exterior que se hayan hecho valer en la convocatoria, deberán presentarse por el proponente adjudicatario debidamente apostillados
o legalizados, dependiendo de si el país de origen es suscriptor del Convenio de la Haya, de la naturaleza pública o privada del documento. O según la forma, posibilidades y tiempos establecidos en las disposiciones específicas del presente documento.
Nota: Los trámites de apostille y/o consularización aplica única y exclusivamente para documentos públicos de conformidad con la Resolución 2201 de 1997 y la Resolución 10547 de 2018.
13.1. DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN LA ENTIDAD
Cuando el proponente pretenda acreditar algún requisito exigido en los presentes términos de referencia con documentación que cumpla con los mismos y obre en la entidad, por haber sido presentados en otra actuación dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, deberá solicitar expresamente en la propuesta que el (los) mismo(s) se tome(n) en cuenta para la presente convocatoria y para tal fin, deberá identificar plenamente el (los) documento(s) y señalar la actuación en la que obra, para que la entidad los verifique de manera directa, sin perjuicio que el proponente los pueda aportar.
13.2. PROHIBICIÓN DE PRESENTAR PROPUESTAS ALTERNATIVAS, CONDICIONADAS O PARCIALES
No se aceptarán propuestas alternativas, parciales ni condicionadas.
13.3. TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán solicitar por escrito el retiro de sus propuestas antes de la fecha y hora prevista para el cierre de la convocatoria; previa solicitud del Representante Legal.
13.4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
El plazo para la presentación de propuestas será el fijado en el cronograma de la convocatoria a partir del momento en que se publiquen estos términos de referencia y hasta la fecha y hora que se establezca en el cronograma o en las adendas que se expidan para tal fin.
Por ningún motivo se admitirán propuestas presentadas después del día y hora señalados para el cierre o en medio o correo electrónico diferente al establecido en el cronograma. Ni antes de la fecha prevista para responder las observaciones a los términos de referencia.
13.5. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los Documentos Públicos2 otorgados en el exterior constitutivos de la propuesta seleccionada, deberán presentarse por parte del proponente seleccionado, debidamente legalizados o apostillados, de conformidad con los requisitos nacionales de validación para documentos públicos expedidos en el exterior. Si el documento es emitido en idioma distinto al oficial de Colombia, deberá adjuntarse acompañado de la respectiva traducción oficial al idioma castellano, por traductor oficial, acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, así mismo dicha traducción deberá presentarse debidamente legalizada o apostillada según corresponda.
2 Documento Público: Es el otorgado por un servidor público en ejercicio de sus funciones o con su intervención. Así mismo, es público el documento otorgado por un particular en ejercicio de funciones públicas o con su intervención. (Resolución No. 10547. 14-12-2018. Ministerio de Relaciones Exteriores- Gobierno de Colombia)
El requisito de traducción oficial de documentos solo será exigible al proponente seleccionado, no obstante, todos los documentos presentados con la propuesta, otorgados en idioma distinto al castellano, deberán estar acompañados de la respectiva traducción simple. Cuando los documentos a través de los cuales se acredite la experiencia se encuentren en un idioma diferente al inglés, deberá presentarse la traducción simple al inglés y al castellano.
Los documentos apostillados o legalizados deberán ser remitidos por el proponente seleccionado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la remisión del Acta de Selección. En caso de requerirse aclaración por parte de LA CONTRATANTE, se solicitará la misma mediante correo electrónico, frente al cual el proponente seleccionado tendrá tres (3) días hábiles para pronunciarse, remitiendo la documentación con las correcciones solicitadas.
Nota: Los trámites de apostille y/o consularización aplica única y exclusivamente para documentos públicos de conformidad con la Resolución 2201 de 1997 y la Resolución 10547 de 2018. y demás normatividad que la complemente, modifique, adicione o subrogue.
13.5.1. LEGALIZACIÓN
Los documentos públicos otorgados en el extranjero por un funcionario de un Estado que no haga parte de la Convención Sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, o los documentos privados provenientes de tales Estados, deberán presentarse debidamente legalizados, para lo cual se verificará que se haya surtido la siguiente cadena de legalización: (i) Realizar el reconocimiento del documento ante Notario o quién haga sus veces, si aplica; (ii) Realizar la Legalización de los documentos ante la autoridad competente en el país de origen (donde fueron emitidos los documentos); (iii) Presentar los documentos, previamente legalizados, en el consulado de Colombia ubicado en el país en el cual se emitió el documento, para que el Cónsul colombiano reconozca la firma de la autoridad que lo legalizó, o a falta de éste, por el de una nación amiga; (iv) Legalizar la firma del Cónsul Colombiano ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.
13.5.2.APOSTILLE.
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en país extranjero por funcionario de un Estado parte de la Convención que haya suscrito el Convenio sobre la abolición del requisito de legalización para Documentos Públicos Extranjeros, suscrita en La Haya del 5 de octubre de 1961, sólo será exigible la apostilla. La apostilla es el trámite mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título al que actúa el funcionario público firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostilla está dada en idioma distinto al castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma realizada por un traductor oficial debidamente acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores Colombiano, la cual deberá presentarse debidamente apostillada o legalizada.
ADVERTENCIA: La Entidad se permite advertir que aplicará estrictamente las previsiones contenidas en la Convención de La Haya, la cual fue aprobada mediante la Ley 455 de 1998, en el sentido de verificar que el trámite surtido ante la autoridad competente avale la autenticidad de la firma e indique a qué título ha actuado la persona que firma el documento público.
13.5.3. TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
El proponente que resulte seleccionado y haya ofrecido personal profesional domiciliado en Colombia, con títulos académicos otorgados por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deberá acreditar la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá contar con los mismos y presentarlos al supervisor del contrato, previo a la suscripción del acta de inicio u orden de inicio. Este requisito no será exigible cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia.
Para el evento que el proponente seleccionado ofrezca personal profesional o auxiliar o afín, titulado y domiciliado en el exterior, deberá presentar al supervisor, para la suscripción del acta de inicio, el permiso temporal expedido por el Consejo Profesional que regule cada profesión, para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia, según el caso.
13.5.4.PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DE CONTRATOS Y/O PROYECTOS OTORGADOS EN MONEDA EXTRANJERA
a. Verificación de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
b. Verificación e identificación de la moneda extranjera en la cual fue suscrito el contrato o proyecto.
c. Conversión del valor del contrato a dólar americano, cuando se trate de una moneda diferente a éste y posteriormente conversión a pesos colombianos. Cuando el contrato se haya suscrito en moneda extranjera, el valor xxx xxxxx americano será el vigente al día de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
d. Se establecerá directamente el valor del contrato o proyecto presentado en moneda extranjera cuando exista información oficial que permita efectuar la conversión a la moneda criterio de comparación.
e. La conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se efectuará de acuerdo con el valor total del contrato a la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final de este.
Para efectos de la conversión a salarios mínimos, en caso de que el proponente presente soportes de la fecha de terminación y de la fecha de suscripción del acta de entrega y/o recibo final, la fecha que será tomada para la conversión, será la de terminación del contrato.
En el evento que el proponente con la propuesta o cuando se le requiera, no presente documentos que cumplan con las condiciones establecidas en las alternativas de acreditación de experiencia, en donde se pueda verificar el valor total del contrato, con el objeto de realizar el cálculo de los SMMLV, dicho contrato o proyecto no será tenido en cuenta para acreditar este criterio de experiencia.
Se tomará como referencia para el establecimiento de la tasa cambiaria del Banco de la República de Colombia: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxx-xxxxxx-xxxxx.
13.6. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
No podrán participar en el presente procesos de contratación, ni celebrar contratos, por sí o por interpuesta persona, quienes se encuentren incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución y en Ley, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 13 y 15 de la Ley 1150 de 2007.
Nota: Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el CONTRATISTA, éste cederá el contrato, previa autorización escrita de la CONTRATANTE o si ello no fuere posible renunciará a su ejecución.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, éste cederá su participación a un tercero, previa autorización escrita de la CONTRATANTE.
13.7. CONFLICTO DE INTERÉS
Para los precisos efectos de estos Términos de Referencia, se considerará que, bien sea de manera individual o como integrante de un consorcio o unión temporal, un proponente no podrá presentar propuesta ni suscribir contrato, por encontrarse incurso en conflicto de interés, cuando:
1. Se incurra en las causales previstas en el Artículo 54 de la Ley 734 de 2002, el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y demás normas concordantes.
2. Hayan participado en la estructuración o en la elaboración de los estudios, diseños o productos utilizados para la estructuración del proyecto, en la evaluación, aprobación, viabilización y financiación del proyecto objeto de la presente convocatoria, así como en la estructuración de los Términos de Referencia y en la evaluación y selección del proceso de contratación. Este conflicto lo será también respecto socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas.
3. Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una interventoría o consultoría siendo adjudicatario o ejecutando contratos de obra suscritos con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
4. Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una obra siendo adjudicatario o ejecutando contratos de interventoría o consultoría con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
Nota: Los conflictos señalados en los numerales 3 y 4, se considerarán hasta la suscripción del acta de entrega de recibo a satisfacción por el interventor o el supervisor según aplique y se legalice ante la CONTRATANTE.
13.8. DEBER DE DILIGENCIA E INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO
1. El proponente será el responsable de conocer todas y cada una de las implicaciones del ofrecimiento que realice en el presente proceso, y realizar todas las valoraciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de las condiciones técnicas y características generales y específicas de la actividad y/u intervención a contratar.
2. Con la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden, acepta las condiciones y determina la presentación de esta.
3. El oferente será responsable de la información que tenga en cuenta para la presentación de su propuesta.
4. Es responsabilidad del proponente conocer plenamente las condiciones técnicas, sociales, físicas, económicas, geográficas y ambientales del sitio donde se ejecutará el contrato. En consecuencia, no haber obtenido toda la información que pueda influir en la determinación de su oferta, no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni les dará derecho a
reclamaciones, reembolsos, ajustes de ninguna naturaleza o reconocimientos adicionales por parte de la entidad CONTRATANTE, en el caso de que cualquiera de dichas omisiones derive en posteriores sobrecostos para el CONTRATISTA.
5. La elaboración de la propuesta corre por cuenta y riesgo del proponente, el cual deberá tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, se deberán basar estrictamente en sus propios estudios técnicos y en sus propias estimaciones.
13.9. POTESTAD VERIFICATORIA
FINDETER se reserva el derecho de verificar integralmente en cualquier momento la totalidad de la información o documentación aportada por el proponente, pudiendo acudir a las fuentes, personas, empresas, entidades o aquellos medios que considere necesarios para lograr la verificación de la información, incluso al mismo proponente.
13.10. SUSPENSIÓN Y/O CANCELACIÓN DE LA CONVOCATORIA
FINDETER se reserva el derecho de suspender o cancelar en cualquier etapa del proceso la convocatoria que se halle en curso, inclusive hasta antes de la firma del contrato, cuando se presenten o sobrevengan circunstancias que impidan el curso normal de la misma o que amenacen la selección objetiva o transparente que rigen las actuaciones de este o de conveniencia o reputacional para Findeter o la Contratante.
En este evento FINDETER emitirá acta de suspensión y/o cancelación según corresponda, que se publicará en la página web de la Entidad.
13.11. CIERRE DE LA ETAPA DE RECIBO DE PROPUESTAS
El cierre del proceso de selección será a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx en la fecha y hora límite establecida en el cronograma de los Términos de Referencia, de lo cual se dejará constancia mediante Acta de Cierre, proyectada y suscrita por el profesional que adelanta el proceso de selección en la Dirección de Contratación de Findeter, y posteriormente la misma se publicará en la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
No se recibirán propuestas físicas, ni enviadas por correspondencia física a FINDETER.
Los proponentes para la entrega de sus propuestas a través del correo electrónico antes mencionado deben cumplir con lo siguiente:
a. En el asunto deben identificar el número de la Convocatoria, nombre del proponente y NIT.
b. El correo deberá llevar adjunto dos archivos por separado: el primero correspondiente a la propuesta técnica y el segundo a la propuesta económica.
Los archivos deben denominarse de la siguiente manera: archivo No.1: Propuesta Técnica. Proponente (xxx) y archivo No. 2: Propuesta económica. Proponente (xxx).
c. La propuesta económica, debe ser enviada con cifrado en .ZIP o. Xxx, sin ser necesario la clave de acceso, dado que esta será suministrada por el (los) proponente (s) habilitado (s) durante la
teleconferencia (Microsoft Teams) para la audiencia de apertura del archivo No. 2. Será responsabilidad del proponente incluir o no el cifrado de acceso a la propuesta económica.
d. El proponente al incluirle clave o contraseña al medio a través del cual se envía o contiene el Sobre No. 2 – Propuesta Económica, será responsable de mantenerla vigente durante el proceso, hasta la etapa que se requiera, so pena de rechazo de su oferta.
e. El cuerpo del correo debe incluir la siguiente información:
Señores
FINDETER
FINANCIERA DEL DESARROLLO TERRITORIAL S.A. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN
Asunto: Número y objeto de la Convocatoria Bogotá D.C. – Colombia
Debe contener la presentación de la propuesta, el nombre del proponente, el número de contacto del contratista y correo electrónico al cual se citará para la audiencia de apertura de Archivo económico a través del aplicativo Microsoft Teams.
f. Las ofertas que se remitan con posterioridad a la fecha y hora señalada en el cronograma de la Convocatoria se darán por no recibidas, previa validación con el proveedor tecnológico de la hora de recibo en el servidor de Findeter.
g. En la fecha y hora del cierre, Findeter descargará, del medio de remisión utilizado por los oferentes, las ofertas presentadas dentro del término previsto para el cierre de la convocatoria (Sobre No.1: Propuesta Técnica y Sobre No. 2: Propuesta económica). Los Sobres No.1: Propuesta(s) Técnica(s) será(n) tenidos en Findeter para su verificación, y los Sobres No. 2 Propuesta(s) Económica(s), se mantendrá(n) en custodia de Findeter.
h. Se verificará el número total de ofertas recibidas al momento del cierre del término para su presentación. En el evento de que se hayan presentado más de quince (15) ofertas, FINDETER realizará la asignación de un número a cada uno de los proponentes mediante la función “random” (aleatorio) 59 de la página Excel, ordenándolos luego de mayor a menor, determinando así la lista de las quince (15) ofertas con mayor número, las cuales serán objeto de verificación y evaluación. En caso de error se aplicará por Findeter lo dispuesto en los presentes términos.
Las ofertas restantes no serán tenidas en cuenta para verificación y evaluación, y serán devueltas a los interesados.
Cuando se hayan presentado quince (15) o menos ofertas, o cuando por situaciones de conveniencia debidamente justificadas así se estime, se omitirá la realización de la precitada consolidación de oferentes y el proceso continuará con las ofertas que se hayan presentado.
14. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO
La verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, técnico y financiero mínimos establecidos en los presentes términos de referencia no dará lugar a puntaje, pero habilitan o no la propuesta.
14.1. INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES
Todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje y que sean presentados por el interesado, podrán ser objeto de subsanación, razón por la cual, FINDETER podrá solicitar por escrito las aclaraciones y explicaciones que estime pertinente y deberán ser atendidas por los proponentes dentro del término preclusivo y excluyente otorgado por la Entidad para subsanar, el cual se encuentra establecido en el cronograma de la presente convocatoria.
La naturaleza de la subsanabilidad obedece a la posibilidad que tiene el proponente de reparar errores o efectuar aclaraciones sobre los documentos habilitantes de la propuesta, con excepción de aquellos cuya omisión o modificación constituyen de manera expresa CAUSAL DE RECHAZO. En razón a lo anterior, la subsanación no puede entenderse como una posibilidad de mejorar la propuesta.
Es así, que el proponente podrá subsanar documentos habilitantes de la propuesta con fecha de expedición posterior al cierre de la convocatoria.
El evaluador solicitará al proponente las aclaraciones y explicaciones que estime pertinente sobre aspectos de orden financiero, jurídico, y técnico para que sean atendidas dentro del término preclusivo otorgado para subsanar, el cual se encontrará establecido en el cronograma del proceso. Será inocuo solicitar aclaraciones cuando no hay lugar a subsanar.
De la verificación de requisitos habilitantes basados en la propuesta inicial se elaborará el “Informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones” que será suscrito por los evaluadores, en el que conste el cumplimiento o no de los requisitos habilitantes de orden jurídico, técnico y financiero exigidos en los presentes términos de referencia, así como la indicación expresa de las solicitudes de subsanación, que la entidad publicará en la fecha establecida en el cronograma, con el fin que los proponentes aclaren, aporten información o documentos tendientes a subsanar la propuesta, siempre y cuando los mismos puedan ser objeto de subsanabilidad.
Los proponentes deberán allegar dentro del término preclusivo y perentorio que para el efecto se fije en el cronograma, las subsanaciones requeridas, de manera escrita, en archivo PDF al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
En el evento en que la Entidad no haya advertido la ausencia de un requisito habilitante y, por ende, no lo haya requerido en el “Informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones”, o advierta la necesidad de aclaración o explicación en cualquier momento de la convocatoria, podrá requerir al (los) proponente(s) para que xxxxxxx(n) los documentos, aclaraciones o explicaciones en el término que para el efecto se fije.
14.2. REGLAS PARTICULARES.
Adicionalmente al criterio para tener en cuenta en materia de subsanabilidad, y como complemento del anterior numeral, a continuación, y a manera enunciativa, se detallan las reglas especiales que serán tenidas en cuenta al momento de verificar las propuestas presentadas.
a. No aportar la garantía de seriedad de la oferta al momento del cierre junto con la propuesta, no podrá ser subsanado y por tanto será rechazada.
b. El proponente podrá subsanar documentos aportados en la propuesta con fecha de expedición posterior al cierre de la convocatoria, siempre y cuando en su contenido no se acrediten circunstancias posteriores al cierre que mejoren la oferta.
c. No serán susceptibles de subsanación aquellos documentos allegados que no se encuentren relacionados con la convocatoria a la cual fue presentada la oferta.
d. Frente a cualquier diferencia o falta de claridad surgida entre los términos de referencia y la información mínima requerida en los anexos y/o formatos publicados, prevalecerá lo establecido en los términos de referencia.
La Entidad publicará el Informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones, en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección, en la página web de FINDETER xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y permanecerá a disposición de los participantes los días señalados en el cronograma, para que dentro de ese término los oferentes presenten las subsanaciones requeridas y formulen las observaciones dentro del término preclusivo y perentorio que estimen pertinentes a este Informe, a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
14.3. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
La entidad dentro del término establecido en el cronograma publicará el Informe Definitivo de Verificación de Requisitos Habilitantes, el cual deberá contener los resultados de los proponentes cuyas propuestas se encuentren habilitadas o no, y se darán respuesta a las observaciones recibidas, señalando expresamente si se aceptan o rechazan las mismas.
14.4. APERTURA DEL ARCHIVO No. 2: PROPUESTA ECONÓMICA.
FINDETER citará mediante la herramienta Microsoft Teams a los correos (previamente suministrados en el cierre) únicamente a los oferentes de aquellas propuestas que resultaron habilitadas (de conformidad con lo establecido en el Informe Definitivo de Verificación de Requisitos Habilitantes), para que asistan en la fecha y hora establecidas en el cronograma del proceso, a la audiencia de apertura de archivo económico.
FINDETER a través de teleconferencia (Microsoft Teams) en la fecha y hora prevista en el cronograma del proceso, dará apertura del (los) archivo (s) No. 2 – Propuesta Económica, la cual será grabada.
En desarrollo de la citada audiencia, se solicitará a los proponentes habilitados la clave del archivo correspondiente al archivo económico cifrado en .ZIP o. Rar, con el fin de realizar la lectura de este. En caso de no suministrar la clave en la audiencia o no asistir a la misma se entenderá como no presentado el archivo económico.
De dicha actuación se dejará constancia mediante acta, proyectada por el profesional que adelanta el proceso de selección en la Dirección de Contratación de Findeter, dejando la constancia de quienes participaron y el desarrollo de esta.
En dicha audiencia se dará lectura del valor total de cada una de las propuestas. Las propuestas económicas serán publicadas en la página web del proceso.
Los sobres económicos de los proponentes habilitados serán enviados a los evaluadores designados en Findeter para su evaluación y archivados en la carpeta contractual, mientras que los sobres de los proponentes no habilitados continuarán en custodia de Findeter.
14.5. METODOLOGÍA Y VERIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS HABILITADAS
Los evaluadores, dentro del término establecido en el cronograma del proceso de selección, realizarán la evaluación de la propuesta económica y demás criterios de calificación de las propuestas habilitadas.
De la verificación económica y asignación de puntaje, se elaborará y publicará el Informe de verificación económica y asignación de puntaje (Orden de Elegibilidad) en el que consten los resultados de las ofertas económicas de todas las propuestas habilitadas y al que los proponentes podrán formularle observaciones dentro del término preclusivo y perentorio establecido en el cronograma.
Vencido el término anterior, en las fechas establecidas en el cronograma, los evaluadores realizarán el análisis de las observaciones presentadas al Informe de evaluación de los criterios de ponderación, elaborarán y publicarán el Informe Definitivo de Evaluación y asignación de puntaje con el respectivo Orden de Elegibilidad.
La Entidad mediante adenda podrá prorrogar el período de evaluación por el tiempo que estime.
El resultado de la evaluación será presentado al Representante Legal de FINDETER, indicando el orden de elegibilidad y la respectiva recomendación de selección, de conformidad con el resultado de la evaluación. El Representante Legal de FINDETER o el que ostente la representación, podrá hacer la selección correspondiente y suscribirá el acta de selección o de imposibilidad de selección, acta que se publicará en la fecha establecida.
Si por las razones establecidas en los presentes términos de referencia, no procede la selección del proponente ubicado en primer orden de elegibilidad, se podrá seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad y así sucesivamente; en caso de no haber segundo ubicado en orden de elegibilidad, se declarará desierto el proceso.
Las convocatorias adelantadas por la Entidad constituyen invitaciones a los interesados a que presenten su oferta, de tal manera que la Entidad no se obliga a adjudicar el proceso, ni a concluirlo mediante la celebración de un contrato y puede dar por terminado el proceso en cualquier momento sin aceptar ninguna oferta.
14.6. AJUSTE OFICIOSO DE INFORMES
En el evento en que la entidad advierta la necesidad de ajustar los informes de verificación, evaluación y/o calificación que se generan en las distintas etapas del proceso, podrá efectuarlo en cualquier momento de la convocatoria, hasta antes de la celebración del contrato. Para lo anterior, se efectuará el respectivo alcance al informe según corresponda, en el cual se expondrán las razones que motivaron el ajuste, el cual será publicado en la página web de Findeter, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
14.7. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la selección que más se ajuste al interés de Findeter y La Contratante, no podrá ser revelada a los proponentes ni a terceros hasta que la entidad dé a conocer los informes de evaluación a los proponentes, mediante el mecanismo de publicidad establecido en los Términos de Referencia dentro del plazo establecido en el cronograma, para que se presenten las observaciones correspondientes.
14.8. INDICACIÓN DE LAS RESERVAS LEGALES DE LAS QUE GOZAN LOS DOCUMENTOS APORTADOS
Los proponentes deberán indicar en su propuesta cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado por disposición constitucional o legal, de acuerdo con la Constitución o la ley e invocar la norma que ampara dicha reserva. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la propuesta es pública.
14.9. CRITERIOS DE DESEMPATE
Cuando dos o más propuestas obtengan la misma calificación total dentro de la presente convocatoria, y ésta sea la mayor calificación de la evaluación de las propuestas, se considerará que hay empate. En tal caso se aplicarán los siguientes criterios de desempate:
1. Si hay empate, se adjudicará la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. Tratándose de oferentes plurales conformados por personas jurídicas nacionales o extranjeras, para efectos de la presente convocatoria se considerará como proponente de bienes o servicios nacionales aquel que cuente con una participación de personas naturales o jurídicas nacionales mayor al 50% de conformidad con lo establecido en el documento de constitución.
2. Si persiste el empate se hará un sorteo, en audiencia virtual que se llevará a cabo el día hábil siguiente de la publicación del Informe Definitivo de Evaluación Económica y Calificación, en la fecha, hora y lugar que se establezca mediante aviso o correo enviado a los proponentes objeto de evaluación. Para dichos efectos, el tipo de sorteo se establecerá en el orden del día de la audiencia a adelantarse.
En caso de que un proponente no asista a la audiencia de sorteo, se solicitará a alguno de los participantes de la audiencia (videoconferencia) que realice la elección a la que haya lugar en su representación. El evento virtual será grabado.
14.10. MODIFICACIÓN O REVOCATORIA DEL ACTA DE SELECCIÓN
LA CONTRATANTE podrá modificar o revocar el acta de selección si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción de este, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad del proponente seleccionado, o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales o si el acto fue adjudicado a un proponente que allegó documentación inconsistente, alterada, inexacta, o que indujo al error a LA CONTRATANTE o haya incurrido en una casual de rechazo o que se den circunstancias que modifiquen el orden de elegibilidad.
15. CAUSALES DE RECHAZO
La CONTRATANTE rechazará la propuesta cuando se presente uno de los siguientes eventos:
1. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente o en lugar distinto al indicado en los Términos de Referencia.
2. Cuando el proponente, persona jurídica o natural, ya sea en forma individual, como socio o como miembro de un consorcio o unión temporal, presente más de una oferta.
3. Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal, se encuentre incurso en las causales de inhabilidades, incompatibilidad o conflicto de interés, establecidas por la Constitución y la Ley.
4. Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal o sus representantes se encuentre(n) reportado(s) en el Boletín de Responsables Fiscales, expedido por la Contraloría General de la República.
5. Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o Unión Temporal o sus representantes se encuentre(n) reportado(s) como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI” de la Procuraduría General de la Nación.
6. Cuando el proponente se encuentre reportado en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC, de acuerdo con lo establecido en artículo 183 del Código Nacional de Policía y Convivencia.
7. Cuando el proponente, sus representantes legales o sus apoderados se encuentren reportados o incluidos dentro de las listas nacionales con condenas ejecutoriadas o internacionales que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo con sentencia debidamente ejecutoriada.
8. Cuando curse en contra del proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal, sus representantes legales o apoderados, miembros de junta directiva e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, procesos judiciales relacionados con delitos contra la administración pública y/o corrupción que pueden generar un riesgo reputacional y de buena administración para FINDETER o la contratante, de conformidad con la consulta que al respecto se efectúe en el Sistema de Administración de Riesgos xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT – Compliance.
9. Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una interventoría o consultoría siendo adjudicatario o ejecutando contratos de obra suscritos con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
10. Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una obra siendo adjudicatario o ejecutando contratos de interventoría o consultoría con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
11. Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal, presenten propuesta para contratar el proyecto y la interventoría de proyecto o viceversa.
12. Cuando la propuesta sea ilegible o presente enmiendas, tachaduras o entrelineados que impidan la selección objetiva o que creen confusión.
13. Cuando la propuesta o cualquier documento habilitante o la oferta económica presentado de manera electrónica no se pueda abrir o acceder a su contenido e impida la selección objetiva.
14. Cuando no se suscriba la oferta por el proponente, tratándose de personas naturales y en caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales por el representante legal o apoderado.
15. Cuando no se presente el documento de constitución del proponente plural con la oferta.
16. Cuando no se encuentre suscrito el documento consorcial o de unión temporal por todos los integrantes o no se identifique su objeto, o no se señale el porcentaje de participación de sus integrantes, o cuando en la etapa de subsanación se modifiquen los porcentajes de participación de los integrantes del proponente plural o cuando el porcentaje de participación supere el 100%.
17. Cuando no se cumplan las condiciones establecidas en los numerales 7 y 8 del requisito habilitante del ítem CONSTITUCIÓN DEL PROPONENTE PLURAL.
18. Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta al momento del cierre junto con la propuesta, o cuando la aportada no corresponda a la convocatoria a la que se presenta.
19. Cuando no se aporte la carta cupo de crédito al momento del cierre junto con la propuesta o cuando la carta cupo de crédito aportada con la propuesta no cumpla con el monto exigido en los términos de referencia.
20. Cuando el valor del cupo crédito no sea igual o superior al valor referido en los presentes términos de referencia.
21. Cuando el proponente no presente la propuesta técnica o la oferta económica.
22. Cuando el valor de la propuesta no incluya IVA si a ello hubiere lugar.
23. Cuando la propuesta económica presentada para el proyecto y sus etapas, luego de las correcciones aritméticas, sea inferior a los valores mínimos o superior a los valores máximos establecidos en los presentes términos de referencia para la respectiva propuesta económica o etapa, así como también, cuando los valores unitarios ofertados, sean inferiores a los valores mínimos o superiores a los valores máximos establecidos en los términos de referencia.
24. Cuando la propuesta económica sea parcial, alternativa, condicionada, ilegible, o cuando su contenido no tenga el alcance mínimo requerido en los documentos del proceso.
25. Cuando el proponente omita el valor a ofertar en su propuesta económica. Cuando el proponente omita el valor de algún precio unitario o el valor de alguna de las fases en su propuesta económica.
26. Cuando el proponente en la propuesta haga algún ofrecimiento contrario a la Ley.
27. Cuando el proponente no subsane o subsane en forma extemporánea.
28. Cuando la propuesta, los soportes aportados con la misma, o la subsanación, siendo verificados se establezca que los mismos son inconsistentes, alterados o inexactos que incidan con la verificación de requisitos habilitantes.
29. Cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes establecidos en los términos de referencia.
30. Cuando el proponente incurra en la concentración de contratos.
31. En los demás casos establecidos en los Términos de Referencia y en la Ley.
16. CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA
1. Cuando no se presenten propuestas.
2. Cuando ninguna de las propuestas resulte habilitada en los factores jurídicos, técnicos, financieros y/o de experiencia previstos en estos términos de referencia.
3. Cuando existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del proponente.
4. Cuando el Representante Legal de FINDETER no acoja la recomendación del orden de elegibilidad o selección del contratista de los evaluadores y se opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión.
En cualquiera de los eventos anteriores, la entidad dará a conocer la decisión, mediante el mecanismo de publicidad establecido en los Términos de Referencia.
17. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato con FINDETER, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha en que FINDETER publicó el acta de selección y le convoque a través de correo electrónico.
18. REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Serán requisitos de ejecución del contrato, entre otros los siguientes:
• El contrato suscrito.
• Garantías contractuales debidamente aprobadas.
• Acta de inicio conforme sea requerida.
19. CONSECUENCIA DE LA NO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y/O CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE EJECUCIÓN DE ESTE
Si el proponente favorecido no suscribe el(los) contrato(s) respectivo(s), deja pasar el término fijado para su perfeccionamiento, no constituye las garantías requeridas en el contrato, o después de firmado el contrato no cumple con los requisitos establecidos para la suscripción de acta de inicio, de orden de inicio o similares o no aporte en el plazo establecido el personal mínimo requerido o la maquinaria ofertada, LA CONTRATANTE, podrá hacer efectiva la garantía de seriedad o de cumplimiento, si a ello hubiere lugar, y dispondrá de su valor como indemnización por perjuicios, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el proponente, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía.
Esta situación dará lugar a la terminación inmediata del contrato, sin necesidad de requerimiento alguno más allá que la comunicación de no cumplimiento de los requisitos, y se podrá proceder a seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad, y así sucesivamente, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad, previa instrucción del Comité de Contratación, caso en el cual, le exigirá al referido proponente la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta el perfeccionamiento del contrato.
20. APROBACIÓN DE LA GARANTÍA
La CONTRATANTE aprobará las garantías presentadas por el CONTRATISTA que se ajusten a los requerimientos, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de estas.
En caso de presentarse alguna observación por parte de LA CONTRATANTE a estos requisitos, el adjudicatario deberá responder en un plazo no superior a dos (2) días hábiles.
En el evento de no cumplir con los plazos previstos, se continuará con el proponente clasificado en segundo lugar en el orden de elegibilidad y así sucesivamente.
SUBCAPÍTULO II
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO
FINDETER adelantará la verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, financiero y técnico, y xxxxx como resultado la habilitación o no del proponente, así:
a. Verificación Jurídica: Consiste en la verificación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos legales y los exigidos en los términos de referencia, conflictos de interés y de la No concentración de contratos.
b. Verificación Técnica: Consiste en la verificación del cumplimiento de las especificaciones establecidas en los términos de referencia y el cumplimiento de los criterios mínimos exigidos desde el punto de vista de experiencia.
c. Verificación Financiera: Consiste en la verificación de los factores de orden financiero establecidos en los presentes términos de referencia.
1. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN JURÍDICO
El proponente para habilitar su propuesta deberá cumplir con los requisitos de orden jurídico y aportar con la propuesta todos los documentos legales exigidos a continuación
1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Contiene la presentación de las condiciones generales de la propuesta, manifestaciones expresas y bajo la gravedad de juramento de inexistencia de inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones y conflictos de interés, la naturaleza de sus recursos y el conocimiento de las generalidades de los Términos de Referencia y del proyecto a ejecutar.
La carta de presentación de la propuesta debe presentarse con la oferta debidamente suscrita por el proponente, su representante legal o el representante del consorcio o unión temporal, en la forma y con los contenidos mínimos establecidos en el Formato 1.
1.2. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
El proponente, persona jurídica nacional o extranjera con sucursal y/o domicilio en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, aportando el certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, en el cual se verificará:
1. Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal: No podrá ser mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha prevista para el cierre de la convocatoria. En el evento en el que se modifique la fecha de cierre, se mantendrá para estos efectos, la prevista en el cronograma de la convocatoria y no el de las adendas que la modifiquen.
2. Objeto social: Deberá estar relacionado con el objeto a contratar, consultoría o servicios en ingeniería, o contemplar alguna de las actividades que guarden relación con el objeto del proceso.
3. Facultades del representante legal: Las facultades de quien ejerce la representación legal deberán habilitarlo para la presentación de la oferta, la suscripción del contrato que se derive del presente
proceso de selección en caso de resultar favorecido con la adjudicación, así como para comprometer a la sociedad.
4. Limitaciones del representante legal: En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio, se desprenda que el representante legal tiene restricciones para presentar la propuesta y/o contratar y obligarse en nombre de la misma, deberá acreditar la autorización mediante la cual el órgano competente lo faculta para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de ser seleccionado y si se requiere establecer las facultades del Representante Legal en los estatutos, deberá anexar copia de la parte pertinente de los mismos. Los documentos requeridos deben haber sido otorgados previo al cierre del presente proceso de selección.
5. Domicilio: Que la persona jurídica cuenta con domicilio o sucursal domiciliada y debidamente registrada en Colombia.
6. Término de constitución: Que la persona jurídica se encuentre inscrita en la Cámara de Comercio con CINCO (05) años de anterioridad a la fecha del cierre de la presente convocatoria.
Las sucursales deberán acreditar que se encuentra(n) inscrita(s) en Colombia con CINCO (05) años de anterioridad a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
7. Término de duración: Que el término de duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato. No obstante, lo anterior, en caso de ser adjudicatario deberá mantener el término de duración de la persona jurídica (en forma individual o como integrante del proponente plural), durante la ejecución del contrato y cinco (5) años más.
8. Revisor Fiscal: El nombramiento del revisor fiscal, en caso de que proceda.
La persona jurídica extranjera sin sucursal y/o domicilio en Colombia, deberá acreditar este requisito con el documento equivalente en su país de origen. El documento equivalente aportado se entenderá presentado bajo la gravedad de juramento.
En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe cumplir individualmente con estos requerimientos.
El no cumplimiento de los requisitos aquí señalados dará lugar a que la propuesta no sea habilitada jurídicamente; Tratándose de aclaraciones o documentos habilitantes, estos deberán ser aportados por el proponente en los términos y plazos señalados por la entidad en la etapa de subsanación, so pena de rechazo de la propuesta.
1.3. CONSTITUCIÓN DEL PROPONENTE PLURAL (SI APLICA):
El proponente deberá presentar el documento de constitución de proponente plural a través de las figuras asociativas de consorcio o unión temporal, en el cual constará por lo menos de la siguiente información:
1. El objeto del consorcio o unión temporal debe ser el mismo del objeto a contratar.
2. La designación de un representante o apoderado que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal; igualmente, podrá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
3. Domicilio de la figura asociativa.
4. Señalar si la participación es a título de consorcio o unión temporal, y en este último caso, señalaran expresamente las actividades, términos y alcance de participación de cada uno de sus integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato.
5. La manifestación clara y expresa en el documento de constitución que quienes integran el Consorcio o Unión Temporal responderán por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la oferta y del contrato, en las fases precontractual, contractual y postcontractual, incluyendo la etapa de liquidación.
6. Para los miembros del consorcio la responsabilidad es solidaria e ilimitada respecto a las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato y para la Unión Temporal, limitada.
7. Para la presente convocatoria al menos uno (1) de los integrantes que acredite la experiencia específica señalada en los presentes Términos de Referencia deberá tener una participación igual o superior al treinta por ciento (30%) y presentar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona natural o jurídica. Si sólo uno (1) de los integrantes del proponente plural es quien acredita la experiencia específica, su participación en la figura asociativa no podrá ser menor al cincuenta por ciento (50%).
8. Ninguno del (los) integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%).
9. En ningún caso la distribución porcentual podrá ser superior al 100%.
1.4. DOCUMENTOS DEL PROPONENTE PLURAL
Cada uno de los integrantes del proponente plural, sean persona natural o jurídica, nacional o extranjera, deberán aportar los siguientes documentos:
1. Acta de constitución del consorcio o unión temporal.
2. Certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio, que acredite la existencia y representación legal de cada uno de sus integrantes y/o su equivalente para el caso de extranjero sin sucursal.
Nota: En caso de limitaciones o restricciones en el Certificado xx xxxxxx y Comercio frente a la capacidad para obligarse del Representante Legal, deberá aportar los documentos que lo acrediten, tales como Actas del órgano competente, estatutos.
Tratándose de personas jurídicas de derecho público, acto administrativo de creación (si aplica), resolución de nombramiento, acta de posesión y fotocopia de la cédula del representante legal, certificación de funciones, delegación o competencias expedido por del funcionario competente.
3. De las personas naturales se deberá allegar copia legible de la cédula de ciudadanía por ambas caras.
4. De las personas(s) jurídica(s) se deberá allegar copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía del (os) representante (es) legal (es).
5. En caso de persona natural extranjera con domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera con establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia de la cédula de extranjería o permiso de residencia del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica
o administrador de la sucursal.
6. En caso de persona natural extranjera sin domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera sin establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia legible del pasaporte del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica.
Nota: Cuando la cédula de ciudadanía o de extranjería se encuentre en trámite, la contraseña expedida por la Registraduría Nacional del Servicio Civil se tendrá como documento válido.
7. Sus integrantes, apoderados y representantes no podrán encontrarse reportados o incluidos dentro de una lista nacional o internacional que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
8. Las personas jurídicas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal podrán constituir un solo apoderado común, y en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización, legalización y/o apostilla y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en estos Términos de Referencia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
9. La garantía de seriedad de la propuesta tratándose de proponente plural, además de los requisitos señalados en los presentes términos de referencia, deberá indicar los integrantes del proponente plural y su porcentaje de participación.
10. La duración del consorcio o unión temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
11. Cada proponente, sea que participe en forma individual o constituido como consorcio o unión temporal, deberá presentar solamente una oferta.
12. Una vez constituido el consorcio o unión temporal, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el mismo, ni modificar sus integrantes o su participación en aquél. En caso de ser necesario la realización de algún tipo de modificación, una vez se haya suscrito el contrato, requerirá autorización escrita de LA CONTRATANTE.
13. Para efectos impositivos, a los consorcios y uniones temporales se les aplicara el régimen previsto en el Estatuto Tributario.
1.5. CÉDULA DE CIUDADANÍA O SU EQUIVALENTE
En caso de persona natural el proponente deberá allegar copia de la cédula de ciudadanía por ambas caras.
En caso de persona jurídica, el proponente deberá allegar copia por ambas caras de la cédula de ciudadanía del representante legal.
En caso de persona natural extranjera con domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera con establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia de la cédula de extranjería o permiso de residencia del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica o administrador de la sucursal.
En caso de persona natural extranjera sin domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera sin establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia del pasaporte del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica.
1.6. CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Presentar el Certificado de Responsabilidad Fiscal emitido por la Contraloría General de la República, del proponente en caso de persona natural y del proponente y del representante legal en caso de personas jurídicas, en el cual se indique que no se encuentra(n) reportado(s). Dicho certificado deberá haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de
selección. En caso de no aportar el certificado, la entidad al momento de la verificación consultará los antecedentes correspondientes.
La persona natural y jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá igualmente presentar la certificación de que trata el inciso anterior, en el cual conste que no se encuentra reportado; en caso de no aparecer registrada deberá acreditar dicho requisito con el documento equivalente en su país de origen, salvo que este requisito o la autoridad no esté establecida, para lo cual el proponente así lo deberá manifestar bajo la gravedad de juramento.
1.7. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Presentar el Certificado de Antecedentes Disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación, del proponente en caso de persona natural, y del proponente y representante legal en caso de persona jurídica, en el cual se certifique que no se encuentra(n) reportado(s) como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI” de la Procuraduría General de la Nación. Certificado que deberá tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. En caso de no aportar el certificado, la entidad al momento de la verificación consultará los antecedentes correspondientes.
La persona natural y jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá igualmente presentar la certificación de que trata el inciso anterior, en el cual conste que no se encuentra reportado; en caso de no aparecer registrada deberá acreditar dicho requisito con el documento equivalente en su país de origen, salvo que este requisito o la autoridad no esté establecida, para lo cual el proponente así lo deberá manifestar bajo la gravedad de juramento.
1.8. CONSTANCIA ANTECEDENTES JUDICIALES y REPORTE EN EL SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS – RNMC.
El proponente, sea persona natural o como miembro de consorcio o unión temporal deberá presentar la constancia de consulta de antecedentes judiciales, así como del Registro Nacional de medidas correctivas que incluirá la identificación de la persona, el tipo de comportamiento contrario a la convivencia, el tipo de medida correctiva y el estado de pago de la multa o cumplimiento de la medida correctiva, ambos suministrados por la Policía Nacional que deberá tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. En caso de no aportar estos certificados, la entidad al momento de la verificación consultará los antecedentes correspondientes.
1.9. AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA
En el evento que el proponente seleccionado ofrezca personal de profesión ingeniero o profesión auxiliar o a fin, titulado y domiciliado en el exterior, deberá presentar al supervisor para la suscripción del acta de inicio el permiso temporal expedido por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares - COPNIA, para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia sin matrícula profesional, certificado de inscripción profesional o certificado de matrícula, según el caso.
1.10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
El proponente deberá constituir a su xxxxx, y presentar con su oferta, una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia que ampare la seriedad de la propuesta en
FORMATO PARA ENTIDADES PUBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN, con las
siguientes características.
EL PROPONENTE se constituirá como TOMADOR Y XXXXXXXXX, y EL CONTRATANTE como ASEGURADO Y BENEFICIARIO.
La póliza de seriedad de la oferta deberá contener expresamente el NÚMERO y el OBJETO de la convocatoria.
Tratándose de proponente plural, deberá indicar sus integrantes y porcentaje de participación.
Esta garantía deberá señalar expresamente que:
1. La aseguradora cubre a LA CONTRATANTE de los perjuicios imputables al proponente, en los siguientes eventos:
a. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
b. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los términos de referencia o las reglas de participación se prorrogue, o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres (3) meses.
c. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
d. La no presentación por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por LA ENTIDAD para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
2. El proponente deberá constituir a su xxxxx, y presentar con la oferta, una garantía de seriedad de la propuesta la cual deberá contener las siguientes características:
a. CONTRATANTE: FINANCIERA DEL DESARROLLO TERRITORIAL S.A. – FINDETER NIT: 800.096.329-1.
b. AMPAROS: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento de la oferta y tendrá carácter indemnizatorio.
c. VALOR ASEGURADO: La Garantía de Seriedad de la oferta deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto de la convocatoria.
d. VIGENCIA: Deberá tener una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso. En caso de ampliarse la fecha de cierre, deberá ajustarse la vigencia de la póliza.
Con la presentación oportuna de la propuesta, se entiende que la misma es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones durante toda la vigencia de la póliza, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse de acuerdo con los Términos de Referencia y sus respectivas adendas.
I. Presentada oportunamente la garantía, verificado que corresponde al proceso de selección, si no contiene los requerimientos de los términos de referencia, el proponente deberá aclarar o subsanarlos, para luego remitir las modificaciones dentro del término perentorio fijado en el cronograma del proceso, so pena del rechazo de la oferta.
II. El proponente debe aportar el soporte de pago de la prima correspondiente. No se admitirá la certificación de No expiración por falta de pago, ni el soporte de transacción electrónica.
1.11. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO O SU EQUIVALENTE
El proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, con domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá presentar el certificado de Registro Único Tributario - RUT.
En caso de ser el proponente persona natural o jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, no aplica este requisito para la presentación de la propuesta, pero si resulta adjudicatario deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN).
1.12. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CON LOS SISTEMAS GENERALES DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y APORTES PARAFISCALES
El proponente deberá acreditar que se encuentra al día a la fecha de cierre del proceso de selección, con el pago de los aportes parafiscales generados de la nómina de sus empleados de los últimos seis (6) meses con destino a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.
En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales y de seguridad social, por no tener personal a cargo, deberá declarar esta circunstancia bajo la gravedad de juramento.
En el evento que NO se encuentre obligado a cancelar aportes x XXXX, ICBF y Salud, deberá declarar esta circunstancia bajo la gravedad de juramento y así mismo aportar la certificación de cumplimiento de pago de aportes a pensiones, riesgos profesionales y Cajas de Compensación generados de la nómina de los empleados de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre.
Las anteriores circunstancias se acreditarán de la siguiente manera:
a. Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida y firmada por el revisor fiscal (cuando de acuerdo con la Ley esté obligado a tenerlo o cuando por estatutos así se dispuso), o por el representante legal cuando no esté obligado a tener revisor fiscal. Debiendo aportar copia de la cedula, tarjeta profesional y certificado de antecedentes vigente del revisor fiscal.
b. El Proponente persona natural deberá acreditar la afiliación a los sistemas de seguridad social en salud y pensiones aportando los certificados de afiliación respectivos. El Proponente podrá acreditar la afiliación entregando el certificado de pago de la última planilla.
Los certificados de afiliación se deben presentar con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días, anteriores a la fecha del cierre del Proceso de Contratación. En caso de modificarse la fecha de cierre del proceso, se tendrá como referencia para establecer el plazo de vigencia de los certificados de afiliación la fecha originalmente establecida en los términos de referencia definitivos.
La persona natural que se encuentre pensionado por vejez, invalidez o anticipadamente, podrá acreditar la condición, presentando el certificado que lo acredite o la afiliación al sistema de salud.
Esta misma previsión aplica para las personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia las cuales deberán acreditar este requisito.
Nota: En caso de que la certificación sea expedida por Revisor Fiscal, se deberá aportar copia de la Tarjeta Profesional, copia de la cédula de ciudadanía y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedidos por la Junta Central de Contadores.
1.13. REQUERIMIENTO TITULACIÓN.
En consonancia con las normas vigentes y con el fin de no permitir el ejercicio ilegal de las profesiones, la persona natural que pretenda participar en la presente convocatoria ya sea de manera individual o como integrante de un proponente plural (consorcio o unión temporal) deberá acreditar que posee título como Ingeniero Civil o Arquitecto, para lo cual deberá adjuntar copia de su matrícula profesional y del certificado de vigencia de matrícula profesional y antecedentes disciplinarios expedido por la autoridad competente, según corresponda, el cual se debe encontrar vigente.
1.14. ABONO DE LA OFERTA
Si el representante legal o apoderado del proponente individual persona jurídica nacional o extranjera o el representante legal o apoderado de la estructura plural, no posee título de Ingeniero Civil o Arquitecto, la oferta deberá ser avalada por un Ingeniero Civil o Arquitecto. en ambos casos, deberá adjuntar copia de la matrícula profesional y del certificado de vigencia de matrícula profesional expedida por la autoridad competente, según corresponda, el cual debe encontrarse vigente.
1.15. CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL
La persona jurídica nacional o extranjera con domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá allegar certificación expedida por el Revisor Fiscal en el que conste si se trata de una sociedad anónima abierta o cerrada. Este requisito sólo será exigible para las sociedades anónimas.
La persona jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá acreditar este requisito con el documento equivalente en su país de origen. El documento equivalente aportado se entenderá prestado bajo la gravedad de juramento, situación que se entenderá prestado con la presentación de la propuesta.
1.16. CERTIFICADO DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES DEL REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO (EN CASO DE ESTAR INSCRITO)
Únicamente para efectos de la verificación y evaluación del factor cumplimiento contratos anteriores, las personas naturales o jurídicas que se encuentren inscritas en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio, deberán aportar el certificado del registro del proponente singular y el de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal tratándose de proponente plural. En el evento de no aportar dicho documento, la Entidad realizará la consulta en la página web del Registro Único Empresarial y Social (RUES) a efectos de verificar las sanciones que estén registradas de cada proponente.
1.17. LISTAS RESTRICTIVAS LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
El proponente, sus representantes legales o sus apoderados no podrán encontrarse reportados o incluidos dentro de las listas nacionales con sentencias debidamente ejecutoriadas y/o internacionales que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
En consecuencia, con la presentación de la propuesta otorgan autorización expresa para que la Entidad en cualquier momento consulte listas restrictivas, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar, que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
Así mismo, con la presentación de la oferta manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita y que, en caso de resultar favorecido con la adjudicación, los recursos recibidos en desarrollo del contrato de la convocatoria no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
El proponente manifiesta con la presentación de la propuesta que: (i) ni él como representante legal, ni la sociedad que representa, se encuentran incluidos dentro de las listas restrictivas que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, (ii) los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita, y (iii) que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
El proponente con la presentación de la propuesta se sujeta a las normas vigentes y aplicables sobre prevención y control xxx Xxxxxx de activos y Financiación del Terrorismo, y por lo tanto se compromete a cumplirlas y a implementar de ser necesario los mecanismos de prevención y control con el fin de detectar y reportar a tiempo operaciones inusuales y sospechosas. En caso de que el proponente esté, o sea, relacionado con operaciones inusuales y sospechosas en materia xx Xxxxxx de Activos o Financiación del terrorismo, deberá informar de inmediato y por escrito a la entidad para que esta proceda a adelantar las acciones contractuales y/o legales correspondientes a fin de establecer el impacto del riesgo y efectuar los controles necesarios para su mitigación, mediante la aplicación de una debida diligencia ampliada.
De acuerdo con lo anterior, el proponente autoriza expresamente a FINDETER con la presentación de la propuesta para que en cualquier momento consulte listas restrictivas, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar, que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
2. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO
Para que la propuesta sea considerada hábil financieramente, el proponente nacional o extranjero con sucursal en Colombia y proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia, deberán presentar uno o varios cupos de crédito pre-aprobado o aprobado, todos y cada uno de ellos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Se debe presentar certificación de cupo de crédito y expedida por una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
2. Razón social de la entidad financiera que expide la certificación.
3. Nombre completo, cargo y firma del funcionario de la entidad financiera autorizado para expedir la certificación.
4. La certificación de cupo de crédito debe ir dirigida a la convocatoria.
5. La fecha de expedición de la certificación de cupo de crédito debe ser inferior a treinta (30) días de antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria. En el evento en el que se modifique la fecha de cierre, se mantendrá para estos efectos, la prevista en el cronograma de la convocatoria y no el de las adendas que la modifiquen.
6. El valor del cupo crédito o la sumatoria de los cupos aportados debe ser igual o superior a CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 54.000.000). En caso de no cumplir dicha condición SERA CAUSAL DE RECHAZO.
7. Ninguno del (los) integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%).
8. Si la entidad financiera le establece una vigencia a la carta cupo de crédito, el proponente deberá garantizar que la misma se mantenga vigente hasta la fecha de adjudicación de la convocatoria, sea esta fecha la inicialmente prevista en el cronograma o la fecha modificada mediante adenda.
2.1. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO PARA PROPONENTES EXTRANJEROS:
Para que la propuesta sea considerada hábil financieramente, el proponente extranjero sin sucursal en Colombia deberá presentar uno o varios cupos de crédito pre-aprobado o aprobado, todos y cada uno de ellos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Se debe presentar certificación de cupo de crédito expedida por una entidad financiera que tenga como mínimo calificación BBB expedida durante los últimos 12 meses contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria por alguna de las siguientes calificadoras de riesgo: Standard & Poors, Fitich Ratings o Moodys. No se aceptarán certificaciones de cupo de crédito emitidas por bancos cuya calificación sea inferior a BBB o cuya calificación sea otorgada por calificadoras de riesgo diferentes a las mencionadas en este inciso.
2. Razón social de la entidad financiera que expide la certificación.
3. Nombre completo, cargo y correo electrónico institucional del funcionario de la entidad financiera que expide la certificación.
4. La certificación de cupo de crédito debe ser expedida en idioma inglés o español, adicionalmente los valores contenidos en la misma deben encontrarse expresados en dólares americanos (USD).
5. La certificación de cupo de crédito debe ir dirigida a la convocatoria.
6. La fecha de expedición de la certificación de cupo de crédito debe ser inferior a treinta (30) días de antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria. En el evento en el que se modifique la fecha de cierre, se mantendrá para estos efectos, la prevista en el cronograma de la convocatoria y no el de las adendas que la modifiquen.
8. El valor del cupo crédito o la sumatoria de los cupos aportados debe ser igual o superior a DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE DOLARES (USD 16.237). En caso de no cumplir dicha condición SERÁ CAUSAL DE RECHAZO.
9. Ninguno del (los) integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%).
9. Si la entidad financiera le establece una vigencia a la carta cupo de crédito, el proponente deberá garantizar que la misma se mantenga vigente hasta la fecha de adjudicación de la convocatoria, sea esta fecha la inicialmente prevista en el cronograma o la fecha modificada mediante adenda.
APLICABLES A TODAS LAS CERTIFICACIONES DE CUPO:
No se aceptará la presentación de cupos de sobregiro, ni de tarjeta de crédito, ni CDT, ni cuentas de ahorro, ni bonos, ni títulos valores, ni documentos representativos de valores, ni garantías bancarias y/o cartas de crédito standby, ni cupos de factoring, ni ningún tipo de mecanismo que no corresponda a un cupo de crédito.
El Comité Evaluador se reserva el derecho de consultar los aspectos que estimen convenientes de la carta cupo de crédito. La carta cupo de crédito podrá confirmarse en cualquier etapa de la convocatoria, antes de la adjudicación de la misma. En caso de que la entidad financiera confirme una disminución del valor de la carta cupo crédito exigido en los términos de referencia, la propuesta será RECHAZADA.
En el caso que el proponente plural presente cupos combinados (en pesos y dólares) donde su sumatoria debe cumplir con el monto mínimo exigido en los presentes términos de referencia, se aclara que los cupos
presentados con una parte en pesos y la otra en dólares, para la conversión de este último se tendrá en cuenta la TRM del día anterior a la fecha de cierre del proceso publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Nota: Es de resaltar que cada certificación de cupo aportada deberá cumplir con todos los requisitos exigidos para cada caso, sin omitir la condición donde el o los proponentes que aporten los cupos de crédito, no tengan un porcentaje menor al 30% dentro de la estructura plural.
3. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN TÉCNICO
Para habilitar la propuesta se verificará si los proponentes cumplen con los siguientes criterios de experiencia mínimos exigidos:
3.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE.
Para la presente convocatoria los proponentes deberán aportar MÁXIMO TRES (03) CERTIFICACIONES de Contratos terminados y recibidos a satisfacción antes de la fecha de cierre del proceso, cuyo objeto, alcance, actividades u obligaciones cumpla con una de las dos alternativas que se describen a continuación:
i) Realización de estudios básicos y/o detallados de amenaza, vulnerabilidad y riesgo en Planes de Ordenamiento Territorial.
ó
ii) Estructuración y realización de estudios de análisis de amenazas naturales, vulnerabilidad o riesgo.
Los Contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia deberán estar recibidos a satisfacción (a manera de ejemplo: cumplido al 100% el objeto del Contrato o ejecutado en su totalidad o sin pendientes de ejecución) previamente a la fecha de cierre del proceso, que cumplan las siguientes condiciones:
1. Las certificaciones aportadas deberán sumar en su conjunto, un valor igual o superior a 1.5 veces el valor del Presupuesto Estimado – PE expresado en SMMLV.
2. Una de las certificaciones aportadas deberá acreditar, un valor igual o superior a 0.7 veces el valor del Presupuesto Estimado – PE expresado en SMMLV.
Nota 1: El proponente debe tener en cuenta que en caso de presentar certificaciones que evidencien la ejecución de actividades adicionales a las solicitadas en los ordinales i) y ii) , la Entidad evaluará los valores correspondientes a las actividades solicitadas para el presente proceso, por lo que las certificaciones deben venir debidamente desglosadas en sus valores o contar con documentos complementarios que soporten los valores ejecutados para las actividades aquí solicitadas.
Nota 2: El valor de otros proyectos, alcances, actividades o experiencias diferentes a la solicitada aquí, NO serán tenidos en cuenta para efectos de acreditar la condición particular de valor.
Nota 3: La experiencia específica del proponente deberá ser acreditada mediante los documentos establecidos como válidos en el numeral de los TDR - REGLAS DE ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA.
Nota 4: La Subsanación o aclaración de la experiencia específica del proponente solo podrá efectuarse sobre la experiencia aportada.
Nota 5: Todos los contratos válidos para la acreditación de la experiencia deben haber sido ejecutados en el territorio nacional de Colombia.
Nota 6: Para efectos de la presente convocatoria se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
• ESTUDIO BASICO: De conformidad con el Decreto 1807 de 2014 en su artículo 3: “Lo dispuesto para la revisión de los contenidos xx xxxxxxx y largo plazo de los planes de ordenamiento territorial o la expedición de nuevos planes, se deben elaborar estudios en los suelos urbanos, de expansión urbana, centros poblados y rural para los fenómenos de inundación, avenidas torrenciales y movimientos en masa, contemplando los demás fenómenos que afecten el municipio a las escalas determinadas.”
• DELIMITACIÓN: De conformidad con el Decreto 1807 de 2014 en su artículo 3: “Consiste en la identificación del límite de un área determinada, mediante un polígono. Debe realizarse bajo el sistema de coordenadas oficial definido por la autoridad cartográfica nacional y su precisión estará dada en función de la escala de trabajo.”
• ZONIFICACIÓN: De conformidad con el Decreto 1807 de 2014 en su artículo 3: “Es la representación cartográfica de áreas con características homogéneas. Debe realizarse bajo el sistema de coordenadas oficial definido por la autoridad cartográfica nacional y su precisión estará dada en función de la escala de trabajo.”
3.2. REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
A. Cuando se presenten certificaciones o constancias de experiencia especifica ejecutada en cualquier tipo de figura asociativa, las actividades para cada uno de los integrantes se cuantificarán en forma individual de la siguiente manera:
I. Para efectos de acreditar la experiencia específica del proponente, las actividades se cuantificarán en proporción al porcentaje de participación que haya tenido el integrante en la respectiva figura asociativa
II. Para el caso de uniones temporales, el integrante que pretenda hacer valer la experiencia en un porcentaje superior al del documento de constitución de la figura plural, podrá presentar certificación expedida por la contratante en la que se señale el componente y/o actividad ejecutada por éste.
Nota: Para efectos de contabilizar la proporción de la experiencia específica de una actividad, se tendrá en cuenta la unidad de medida y/o capacidad de la estructura y/o componente, de la experiencia específica que se está requiriendo acreditar.
En el evento que un contrato o proyecto que se aporte para la experiencia haya sido ejecutado por un proponente plural y, dos (2) o más de sus integrantes conformen un proponente plural para participar en el presente proceso, dicho contrato o proyecto se entenderá aportado como un (1) solo contrato o proyecto y se tendrá en cuenta para el aporte de la experiencia la sumatoria de los porcentajes de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal que ejecutaron el contrato, y que están participando en el presente proceso.
Cuando se presente este caso se tendrá en cuenta el contrato en la totalidad de la participación de los integrantes que conformaron el proponente plural que adquirió la experiencia y que se encuentren participando en el presente proceso de selección.
I. El valor del contrato se cuantificará en proporción al porcentaje de participación que haya tenido el integrante en la respectiva figura asociativa.
II. Podrá acumularse la experiencia específica individual para cada uno de los miembros con el fin de alcanzar el cien por ciento (100%) de la experiencia específica requerida.
La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias establecidas en este capítulo.
B. No se aceptará experiencia derivada de contratos o proyectos escindidos.
C. Conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se efectuará de acuerdo con el valor total ejecutado del contrato o proyecto a la fecha de terminación o de la fecha de suscripción del acta de entrega y recibo final de este, de acuerdo con el valor xxx xxxxxxx mínimo colombiano vigente para la dicha fecha.
Para efectos de la conversión a salarios mínimos, en caso de que el proponente presente soportes tanto de la fecha de terminación y de la fecha de suscripción del acta de entrega y/o recibo final, la fecha que será tomada para la conversión, será la de terminación del contrato.
Cuando el proponente no presente los documentos, con la propuesta o en la etapa de subsanación, que cumplan con las condiciones establecidas en las alternativas de acreditación de experiencia, en donde se pueda verificar el valor total ejecutado del contrato en SMMLV, dicho contrato o proyecto no será tenido en cuenta para acreditar este criterio de experiencia.
Para los anteriores efectos, la entidad igualmente convertirá el presupuesto estimado de la convocatoria a Salarios Mínimos Mensuales Legales vigentes a la fecha del cierre.
D. EXPERIENCIA ADQUIRIDA A TRAVÉS DE UNA RED INTERNACIONAL DE FIRMAS.
Se considerará válida la experiencia adquirida a través de una red internacional de firmas, en consecuencia, si el proponente es miembro de una red internacional o global de firmas podrá presentar:
(i) Certificaciones de los contratos ejecutados por alguno de los miembros de la red internacional.
X. Xx acepta la acreditación de experiencia de sociedades controladas por el proponente o por los miembros de la estructura plural, o de su matriz, o de sociedades controladas por su matriz, o de las filiales, o de sus sucursales, o sus subordinadas.
F. La experiencia específica del proponente podrá acreditarse mediante el cumplimiento de las siguientes alternativas:
Alternativa A. Mediante presentación de certificación o constancia expedida por la entidad contratante, en la que conste el objeto del contrato o proyecto, el valor total o final, la fecha de terminación, el porcentaje de participación del proponente, las actividades y/o productos requeridos como experiencia específica, la ejecución, terminación o liquidación del contrato o proyecto. En ningún caso se aceptará la certificación o constancia expedida únicamente por el interventor externo.
Alternativa B. Se debe adjuntar copia del acta de recibo o entrega final (o la que haga sus veces) o copia del acta de liquidación, siempre que estas contengan mínimo la siguiente información: objeto del contrato o proyecto, el valor total o final, la fecha de terminación, el porcentaje de participación del proponente, las actividades y/o productos requeridos como experiencia específica, la ejecución, terminación o liquidación del contrato o proyecto, y deberá(n) venir suscrita(s) según corresponda, por el Interventor y/o supervisor y/o representante de la entidad contratante y el Consultor/Contratista.
Si la documentación descrita en alguna de las alternativas anteriormente citadas corresponde a DOCUMENTO PUBLICO otorgado en el exterior, DEBERÁ APORTARSE APOSTILLADO O LEGALIZADO SEGÚN
CORRESPONDA POR EL PROPONENTE SELECCIONADO, conforme a lo exigido en los presentes términos de referencia. Sin perjuicio de lo anterior, y ante la imposibilidad de surtir dichos trámites, podrá aportarse copia simple de tales documentos, acompañada de declaración juramentada otorgada ante Notario (colombiano). En caso de rendirse dicha declaración juramentada en país extranjero, respecto de esta deberá adelantarse el trámite de apostilla o legalización, según corresponda, con el lleno de los requisitos de los presentes términos de referencia.
En todo caso, no se aceptarán experiencias y/o certificaciones donde la participación del interesado haya sido como subcontratista, al igual que no se aceptarán auto certificaciones, entendidas como: i) Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia experiencia. ii) Cualquier certificación expedida por figuras asociativas en la que el oferente o los integrantes de esta hayan hecho parte.
Cuando los documentos aportados no contengan la información que permita su verificación, el proponente podrá anexar como información complementaria el acta de terminación, acta parcial, o de entrega y recibo final, o acta de liquidación, la cual deberá venir suscrita según corresponda, por el Interventor y/o supervisor y/o representante de la entidad contratante y el Consultor/Contratista, así mismo podrá aportar copia de los documentos soportes que sean del caso (siempre y cuando sean expedidos por la entidad contratante o entidad pública), que permitan evidenciar la ejecución del contrato o proyecto o tomar la información que falte.
No obstante, la Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por el proponente y de solicitar las aclaraciones u otros documentos que considere convenientes para acreditar la experiencia.
En ningún caso el proponente podrá cambiar o reemplazar los contratos o proyectos presentados inicialmente con la propuesta para acreditar la experiencia técnica requerida, ya que no serán tenidos en cuenta, de estos solamente se podrá aclarar, aportar información 2o documentos relacionados cuando la entidad así lo requiera.
En el evento en que en las alternativas antes previstas no se informe el porcentaje de participación del proponente plural, éste deberá aportar el documento de constitución de la figura asociativa o acuerdo de voluntades en donde se evidencie dicho porcentaje.
Para el presente proceso no es válido acreditar la experiencia a través de contratos ejecutados bajo la modalidad de Administración Delegada. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con Convenios Interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la Consultoría.
En caso de presentarse para efectos de acreditación de la experiencia más de un formulario o un número mayor de contratos o proyectos al máximo requerido, será objeto de verificación el primer formulario que aparece en orden consecutivo foliado y de él los primeros contratos o proyectos relacionados en el Formato No. 3, en su orden, y hasta el número máximo señalado en los términos de referencia. En caso de aportar más de un contrato o proyecto o una certificación de varios contratos o proyectos y el proponente no señale o señale parcialmente
en el formato los que requiere sean tenidos en cuenta para efectos de habilitación, se tomarán en cuenta los contratos o proyectos de mayor valor total ejecutado y hasta el número máximo requerido en los términos de referencia.
4. CONCENTRACIÓN DE CONTRATOS.
Operará la Concentración de Contratos cuando un proponente bien sea de manera individual, en consorcio o unión temporal, cuente con cuatro (4) contratos celebrados o adjudicados o en ejecución con FINDETER o con los Patrimonios Autónomos – FINDETER. En el evento de que el contrato haya terminado deberá allegarse la respectiva acta de recibo a satisfacción final o acta de liquidación con fecha de firma previa al cierre del proceso de selección.
Para el proponente plural, la concentración de contratos se generará por la sumatoria de los contratos celebrados o adjudicados o en ejecución por FINDETER o los Patrimonios Autónomos – FINDETER, de cada uno de los integrantes, afectando solidariamente al proponente.
La propuesta del proponente que configure la citada concentración de contratos incurrirá en causal de rechazo.
NOTA 1: La regla de concentración de contratos será verificada durante todo el desarrollo del proceso de selección, pero será tenida en cuenta en la evaluación definitiva e incluso hasta la adjudicación del contrato o después de firmado, como causal de terminación del mismo. Así las cosas, el proponente que resultare concentrado será RECHAZADO, o no se firmará el contrato después de adjudicado o podrá pedirse la terminación del mismo después de firmado.
NOTA 2: Esta regla no aplica cuando se haya presentado un único proponente para el proceso de selección o cuando sea el único proponente habilitado.
NOTA 3: En la eventualidad que todos los proponentes se encuentren incursos en la regla de concentración de contratos, la entidad procederá a adjudicar la convocatoria al proponente ubicado en el primer lugar en el orden de elegibilidad.”.
SUBCAPÍTULO III
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
La asignación del puntaje a las propuestas, de acuerdo con los patrones preestablecidos en estos términos de referencia, será realizada por los evaluadores de la CONTRATANTE. Se seleccionará la propuesta mejor calificada y que por ello resulte ser la más favorable para la entidad y para los fines que ella busca con esta contratación, para esto se tendrá en cuenta que el puntaje máximo de la evaluación será de cien (100) puntos, resultantes del siguiente factor y criterio de evaluación:
Tabla– Factores de calificación
FACTOR DE CALIFICACIÓN | PUNTAJE |
Evaluación Económica | Hasta 100 puntos |
TOTAL | 100 puntos |
1. INFORME DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD)
En audiencia realizada en el lugar y fecha establecidos en el cronograma de proceso, se llevará a cabo la apertura del sobre No. 2 de las propuestas habilitadas en los aspectos jurídicos, financieros y técnicos.
En dicha audiencia se dará lectura del valor total de cada una de las propuestas incluido el IVA. En el evento que el formato de oferta económica de la propuesta no tenga diligenciada la casilla correspondiente al “Valor total de la propuesta” la entidad procederá a realizar la sumatoria de los valores correspondientes y el IVA.
Una vez surtida la audiencia de apertura del sobre No. 2, la Entidad procederá a realizar la revisión de las propuestas durante el término establecido en el cronograma del proceso, de la siguiente manera:
1. En caso de que cualquier valor de la oferta económica de algún proponente se presente con decimales, la entidad procederá a ajustar el valor redondeándolo al peso, cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso.
2. En el evento que la propuesta económica no contenga el precio o se haya diligenciado en cero o con algún símbolo, la propuesta será rechazada.
3. Si existiere discrepancia entre letras y cifras, prevalecerá el monto expresado en letras.
4. EN EL EVENTO QUE EL FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA PRESENTADO POR EL PROPONENTE PRESENTE DIFERENCIAS EN LA DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES O ÍTEMS Y/O EN LA UNIDAD CORRESPONDIENTE Y/O EN LAS CANTIDADES FRENTE A LAS ESTIPULADAS EN EL FORMATO PUBLICADO CON LA CONVOCATORIA PREVALECERÁ ESTA ÚLTIMA, POR LO QUE LA OFERTA SERÁ AJUSTADA DE CONFORMIDAD.
5. Se realizará la verificación y corrección de las operaciones aritméticas de las propuestas.
Nota 1: Se entiende por error aritmético aquel que surge de un cálculo meramente aritmético cuando la operación ha sido erróneamente realizada. En consecuencia, su corrección debe contraerse a efectuar adecuadamente la operación aritmética erróneamente realizada, sin llegar a modificar o alterar los factores o elementos que la componen1
Nota 2: La entidad verificará aritméticamente las ofertas habilitadas técnica, jurídica y financieramente; para dicha verificación la entidad tomará como valores inmodificables los precios unitarios de los ítems o actividades ofertados de acuerdo con el formato de propuesta económica.
Nota 3: La elaboración de la oferta es de total responsabilidad del oferente, por lo cual asumirá las consecuencias que sobrevengan por efectos de los errores cometidos y evidenciados dentro del proceso de verificación y corrección aritmética efectuado por la entidad, tales como: La variación del valor total de la oferta, el rechazo de la oferta o las posibles pérdidas económicas, no pudiendo alegar en el futuro, reajuste al valor del contrato por este motivo.
Nota 4: El valor de la oferta económica será el valor de la oferta obtenido después de la corrección aritmética, siendo este el que será tenido en cuenta en la evaluación económica de la misma.
6. Revisión del IVA: El oferente debe indicar en su oferta económica la tarifa del IVA aplicable al objeto contractual. En caso de no indicarla o en caso de indicarla en un porcentaje diferente a la tarifa legal, su oferta será rechazada.
La estructuración de la oferta económica es responsabilidad exclusiva del oferente por lo cual deberá contemplar en ella todos los impuestos y contribuciones de orden nacional y local.
7. Serán rechazadas las propuestas que después de realizar los pasos anteriores, presente al menos una de las siguientes condiciones:
a. Cuando el valor total de la propuesta económica corregida, presente un valor inferior al valor mínimo o superior al valor máximo del valor oficial estimado para la convocatoria en los términos de referencia.
b. En caso de no contemplarse por parte del oferente, alguna exención o variación en el aspecto tributario local por motivo del lugar de ejecución del contrato o del bien o servicio a ofertar establecidos en los términos de referencia.
8. Se seleccionará el método de
NÚMERO | MÉTODO |
1 | Media aritmética |
2 | Media aritmética alta |
3 | Media geométrica |
4 | Menor valor |
Para la determinación del método se tomarán hasta las centésimas de la Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) que rija para el día hábil siguiente de la Apertura del Archivo No. 2 - Propuesta económica de las propuestas habilitadas, de conformidad con la fecha prevista en el cronograma de esta convocatoria, de acuerdo con los rangos establecidos en el cuadro que se presenta a continuación:
RANGO (INCLUSIVE) | NÚMERO | MÉTODO |
De 00 a 24 | 1 | Media aritmética |
De 25 a 49 | 2 | Media aritmética alta |
De 50 a 74 | 3 | Media geométrica |
De 75 a 99 | 4 | Menor valor |
Nota 1: Esta TRM se tomará del sitio web del Banco de la República de Colombia, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxx_xx_xxx.xxx#xxxxxxxxxx
Nota 2: En caso de que únicamente haya un proponente habilitado se la asignará la puntuación total de este factor, previa aplicación de los descuentos a que haya lugar.
A. MEDIA ARITMÉTICA
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las propuestas económicas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las propuestas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Dónde:
X̅ = 𝑀𝑒𝑑𝑖𝑎 𝑎𝑟𝑖𝑡𝑒𝑚𝑒𝑡𝑖𝑐𝑎
xi = 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑒𝑔𝑖𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎 𝑖
𝑛
𝑋 = ∑
𝑖=1
𝑥𝑖
𝑛
n = 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎𝑠 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎𝑠 𝑣á𝑙𝑖𝑑𝑎𝑠 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑒𝑛𝑡𝑎𝑑𝑎𝑠
Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética.
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = {100 × (1 − (
𝑋 − 𝑉𝑖
𝑋
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝑋
Dónde:
100 × (1 − 2 (
|𝑋 − 𝑉𝑖 |
𝑋
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝑋
𝑋= Media aritmética.
𝑉𝑖 = Valor total de cada una de las Ofertas i, sin decimales i = Número de oferta.
En el caso de propuestas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
A. MEDIA ARITMÉTICA ALTA
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la propuesta válida más alta y el promedio aritmético de las propuestas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las propuestas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Dónde:
X𝐴 ̅̅̅ = 𝑀𝑒𝑑𝑖𝑎 𝑎𝑟𝑖𝑡𝑒𝑚𝑒𝑡𝑖𝑐𝑎 𝑎𝑙𝑡𝑎
X̅ = 𝑀𝑒𝑑𝑖𝑎 𝑎𝑟𝑖𝑡𝑒𝑚𝑒𝑡𝑖𝑐𝑎
𝑋𝐴 =
𝑉𝑚𝑎𝑥 + 𝑋 2
Vmax = 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑒𝑔𝑖𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑎𝑙𝑡𝑎 𝑑𝑒𝑛𝑡𝑟𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑟𝑎𝑛𝑔𝑜 𝑐𝑜𝑚𝑝𝑟𝑒𝑛𝑑𝑖𝑑𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒 𝑙𝑎 𝑚𝑒𝑑𝑖𝑎
𝑎𝑟𝑖𝑡𝑚é𝑡𝑖𝑐𝑎 𝑦 𝑒𝑙 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑢𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑜 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑒𝑛𝑡𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑣𝑜𝑐𝑎𝑡𝑜𝑟𝑖𝑎
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = {100 × (1 − (
𝑋𝐴 − 𝑉𝑖
𝑋𝐴
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴
100 × (1 − 2 (
|𝑋𝐴 − 𝑉𝑖 |
𝑋𝐴
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴
Dónde:
X𝐴 ̅̅̅ = 𝑀𝑒𝑑𝑖𝑎 𝑎𝑟𝑖𝑡𝑒𝑚𝑒𝑡𝑖𝑐𝑎 𝑎𝑙𝑡𝑎
Vi = 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑒𝑔𝑖𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑎𝑑𝑎 𝑢𝑛𝑎 𝑑𝑒 𝑙𝑎𝑠 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎𝑠
𝑖 ℎ𝑎𝑏𝑖𝑙𝑖𝑡𝑎𝑑𝑎𝑠 i = 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎𝑠
En el caso de propuestas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
B. MEDIA GEOMÉTRICA
El cálculo de la media geométrica de obtendrá mediante la siguiente fórmula:
G̅ = √𝑃1 ∗ 𝑃2 … ∗ 𝑃𝑛 (𝑛)
Dónde:
G̅ = 𝑀𝑒𝑑𝑖𝑎 𝐺𝑒𝑜𝑚𝑒𝑡𝑟𝑖𝑐𝑎
𝑛 = 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎𝑠 𝑒𝑐𝑜𝑛ó𝑚𝑖𝑐𝑎𝑠 𝑣á𝑙𝑖𝑑𝑎𝑠
𝑃𝑖 = 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎 𝑒𝑐𝑜𝑛ó𝑚𝑖𝑐𝑎 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑒𝑔𝑖𝑑𝑎 𝑑𝑒𝑙 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑜𝑛𝑒𝑛𝑡𝑒 i
Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:
Ponderación de las propuestas por el método de la media geométrica:
Obtenida la media geométrica, se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = { 100 × (1 − (
𝐺 − 𝑉𝑖
𝐺
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝐺
100 × (1 − 2 ∙ (
|𝐺 − 𝑉𝑖 |
𝐺
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝐺
Donde:
G̅ = 𝑀𝑒𝑑𝑖𝑎 𝐺𝑒𝑜𝑚𝑒𝑡𝑟𝑖𝑐𝑎
Vi = 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑒𝑔𝑖𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝑐𝑎𝑑𝑎 𝑢𝑛𝑎 𝑑𝑒 𝑙𝑎𝑠 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎𝑠 𝑖 ℎ𝑎𝑏𝑖𝑙𝑖𝑡𝑎𝑑𝑎𝑠
i = 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎
En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media geométrica se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
C. MENOR VALOR
Consiste en establecer la propuesta económica de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las propuestas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para la aplicación de este método el grupo evaluador procederá a determinar el menor valor de las propuestas habilitadas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Ponderación de las propuestas por el método del menor valor:
Obtenido el menor valor se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula:
100 ∗ 𝑉𝑀𝐼𝑁
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = (( ))
𝑉𝑖
Dónde:
𝑉𝑀𝐼𝑁= Valor total corregido de la propuesta con el valor más bajo dentro de las propuestas habilitadas
𝑉𝑖 = Valor total corregido de cada una de las propuestas i que se encuentran por encima de VMIN, y que fueron habilitadas. I = Número de propuesta.
Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje.
9. En el evento que solo haya un único proponente habilitado, se le otorgará el puntaje máximo.
De la anterior verificación se elaborará un informe de evaluación económica y asignación de puntaje (orden de elegibilidad) en el que consten los resultados de las ofertas económicas de todas las propuestas habilitadas, con las respectivas correcciones aritméticas de acuerdo con los criterios establecidos, si proceden, y la identificación de las correcciones efectuadas, así como de la asignación de puntaje (orden de elegibilidad) de conformidad con el método de evaluación, el cual se publicará en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección.
Los proponentes podrán, dentro del término establecido en el cronograma del presente proceso de selección, formular observaciones a dicho informe, sin que, en ejercicio de esta facultad, puedan subsanar, modificar o mejorar sus propuestas.
10. EVALUACIÓN FACTOR CUMPLIMIENTO CONTRATOS ANTERIORES.
Una vez realizada la ponderación económica de las propuestas habilitadas con el método que correspondió asignándoles puntajes, se procederá a realizar la evaluación de este criterio, así: La entidad tendrá en cuenta las cláusulas penales de apremio, multas, sanciones, declaratorias de incumplimiento, terminación unilateral impuestas o declaradas en los contratos en los cuales el proponente haya ostentado la calidad de contratista.
La entidad descontará DIEZ (10) puntos al proponente por la aplicación de CADA cláusula penal de apremio, multa, o sanción, impuesta dentro de los TRES (3) años anteriores al cierre del presente proceso de contratación, en contratos en los cuales éste haya ostentado la calidad de contratista.
La entidad descontará VEINTE (20) puntos al proponente por CADA declaratoria de incumplimiento, terminación unilateral, declarada dentro de los CINCO (5) años anteriores al cierre del presente proceso de contratación, en contratos en los cuales el proponente haya ostentado la calidad de contratista.
Para el caso de uniones temporales y consorcios este descuento se efectuará por CADA cláusula penal de apremio, multa, o sanciones; o declaración de incumplimiento, terminación unilateral, impuesta o declarada a cada integrante (Proponente dentro del presente proceso).
El descuento de que trata este numeral se efectuará del puntaje obtenido por el proponente en la evaluación de la propuesta económica.
Las personas naturales o jurídicas que obren como proponentes en el presente proceso de contratación en forma individual o conjunta (Uniones temporales o consorcios) que se encuentren inscritas en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio, DEBERÁN aportar el certificado de este registro. En el evento de no aportar dicho documento, la Entidad realizará la consulta en la página web del Registro Único Empresarial y Social (RUES) a efectos de verificar las sanciones que estén registradas de cada proponente.
Se descontarán 20 PUNTOS, al proponente frente al cual Findeter o los Patrimonios Autónomos hayan formulado denuncia penal por presuntos hechos punibles que se hayan presentado en procesos de contratación adelantados por la Entidad y en los cuales él haya participado como proponente plural o singular. En el evento de existir más de una denuncia instaurada por FINDETER, por cada una se descontarán 10 PUNTOS adicionales.
Una vez aplicado el criterio de evaluación factor cumplimiento contratos anteriores, con el puntaje total obtenido se procederá a establecer el respectivo Orden de Elegibilidad. No conformarán orden de elegibilidad aquellos proponentes que obtengan un puntaje total inferior a SETENTA (70) PUNTOS, una vez aplicado el criterio Evaluación Factor de Cumplimiento Contratos Anteriores.
11. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD) Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD)
La Entidad dentro del término establecido en el cronograma publicará el Informe Definitivo de Evaluación y Asignación de Puntaje (Orden de Elegibilidad), en el cual se darán respuesta a las observaciones recibidas, señalando expresamente si se aceptan o rechazan las mismas.
Los evaluadores presentarán el resultado de la evaluación con el orden de elegibilidad, el que se presentará al Comité de Contratación con la recomendación del orden de elegibilidad de conformidad con la evaluación efectuada.
FORMATOS FORMATO No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. - FINDETER.
Xxxxx 000 # 00-00.
Xxxxxx X.X. – Colombia
Referencia: CONVOCATORIA PÚBLICA No. FDT-C-003-2022.
Por medio de los documentos adjuntos, me permito presentar propuesta para participar en la presente convocatoria cuyo objeto es contratar CONSULTORIA PARA REALIZAR LOS ESTUDIOS BÁSICOS DE RIESGO ORIENTADOS A REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXXX DE MARIQUITA, TOLIMA.
En el evento de resultar aceptada mi propuesta, me comprometo a perfeccionar y legalizar el respectivo contrato en el término señalado por la entidad y a ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del presente proceso de selección, del contrato, de esta propuesta y las demás estipulaciones de esta, en las partes aceptadas por la entidad contratante.
En mi calidad de proponente declaro:
1. Que conozco los Términos de Referencia de la presente convocatoria, sus adendas e informaciones sobre preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con los trabajos, y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.
2. De igual forma manifiesto que acepto las consecuencias que se deriven por el incumplimiento de los requisitos a que se refiere el numeral anterior.
3. Que acepto las condiciones establecidas por la entidad contratante para la ejecución del proyecto. Entendiendo su estructura y metodología.
4. Que en caso de ser aceptada mi propuesta, me comprometo a iniciar la ejecución del contrato respectivo, cuando la entidad contratante imparta la orden de iniciación, y a terminarlo dentro de los plazos contractuales de acuerdo con lo establecido en los documentos de los Términos de Referencia, la propuesta y el contrato, respectivamente.
5. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso de selección.
6. Que conozco detalladamente, en terreno y por información de las autoridades competentes, los sitios en que debo desarrollar el objeto a contratar, sus características, accesos, entorno socio económico, condiciones climatológicas, geotécnicas y geológicas, y que he tenido en cuenta este conocimiento para la elaboración de la propuesta y en consecuencia asumo los efectos de esta declaración.
7. Que con la presentación de la propuesta garantizo que cuento con los perfiles mínimos requeridos y en caso de ser seleccionado, presentaré los documentos en la oportunidad, en la forma y términos que establece los términos de referencia.
8. Que con la firma de la presente Carta manifiesto bajo la gravedad del juramento que ni yo ni ninguno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal o de la persona jurídica que represento, nos encontramos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y demás prohibiciones consagradas en la Ley para celebrar el contrato, ni en las causales de conflicto de interés señaladas en los términos de referencia y en la normatividad que rige el presente proceso de selección.
9. Que leí cuidadosamente los Términos de Referencia de esta convocatoria, sus causales de rechazo y
declaratoria de desierta, y elaboré mi propuesta ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
10. Que conozco, acepto y cumpliré las obligaciones contenidas en los Términos de Referencia, estudios previos, sus anexos y el contrato que aplica para esta convocatoria.
11. Que con la firma de la presente Carta manifiesto bajo la gravedad de juramento que ni yo ni ninguno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal o de la persona jurídica que represento, nos encontramos incluidos dentro de las listas restrictivas que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
12. Que los recursos que componen mi (nuestro) patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita y que en caso de resultar favorecido(s) con la adjudicación, los recursos recibidos en desarrollo del contrato de la convocatoria no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
13. Declaro bajo la gravedad de juramento, que en mi país de origen no se encuentra establecido la autoridad que haga las veces de la Contraloría General de la República, así como el requisito de antecedentes fiscales requisito. [Aplica para personas jurídicas extranjeras sin domicilio y/o sucursal en Colombia] En caso de que proceda.
14. Declaro bajo la gravedad de juramento, que en mi país de origen no se encuentra establecido la autoridad que haga las veces de la Procuraduría General de la Nación, así como el requisito de antecedentes disciplinarios. [Aplica para personas jurídicas extranjeras sin domicilio y/o sucursal en Colombia] En caso de que proceda.
15. Igualmente declaro bajo la gravedad de juramento, que toda la información aportada y contenida en folios correspondientes a los documentos, anexos y formularios jurídicos, financieros, técnicos y económicos, es veraz y susceptible de comprobación
RESUMEN DE LA PROPUESTA:
Nombre o Razón Social del Proponente: Documento de identidad o NIT: Representante Legal: País de Origen del Proponente:
(En caso de presentarse la propuesta en consorcio o unión temporal se debe indicar el nombre y país de origen de cada uno de los integrantes).
VALIDEZ DE LA PROPUESTA: Para todos los efectos, se entenderá que es por una vigencia igual al de la garantía de seriedad de la propuesta.
Me permito informar que las comunicaciones relativas a esta convocatoria las recibiré en: Dirección:
Ciudad:
Teléfono(s): Teléfono Móvil: Correo Electrónico:
Atentamente,
PERSONA AUTORIZADA PARA FIRMAR LA PROPUESTA
Firma: Nombre: C.C.:
(En caso de personas naturales esta carta debe estar firmada por el proponente; en caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales deberá estar firmada por el representante debidamente facultado).
NOTA: Para llenar cuando el Representante Legal del proponente no sea un Ingeniero Civil o Arquitecto.
“Debido a que el suscriptor de la presente propuesta no es ingeniero civil o arquitecto, yo
(nombres y apellidos) Ingeniero civil o arquitecto, con Matrícula Profesional No. y C. C. No. de , abono la presente propuesta”.
(Firma de quien abona la propuesta)
FORMATO No. 2
CERTIFICADO DE PAGO APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Ciudad y Fecha:
Señores
FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. – FINDETER.
Bogotá D.C. – Colombia
Referencia: CONVOCATORIA PUBLICA No. FDT-C-003-2022.
Objeto Convocatoria: CONSULTORIA PARA REALIZAR LOS ESTUDIOS BÁSICOS DE RIESGO ORIENTADOS A REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXXX DE MARIQUITA, TOLIMA.
De las siguientes opciones diligencie la manifestación expresa bajo la gravedad de juramento que le corresponda según el caso:
Yo, , identificado con , en mi condición de (marque con una X según el caso) Persona Natural Representante Legal Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de certifico el pago de los aportes de seguridad social (pensión, salud y riesgos laborales) y de los aportes parafiscales (Instituto Colombiano de Bienestar familiar ICBF, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y Caja de Compensación Familiar), cuando a ello hubiere lugar, correspondiente a la nómina de los últimos seis (6) meses que legalmente son exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos). Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en concordancia con lo dispuesto por las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014.
Yo, , identificado con , en mi condición de (marque con una X según el caso) Persona Natural Representante Legal Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , declaro bajo la gravedad de juramento que no me encuentro obligado al pago de seguridad social y aportes parafiscales, por no tener personal a cargo.
Yo, como persona natural nacional para acreditar el cumplimiento de esta obligación aporto con la propuesta la última planilla de pago o la constancia de afiliación al Sistema General de Seguridad Social, mediante el cual acredito que me encuentro vinculado bajo la modalidad de cotizante.
Yo, , identificado con , en mi condición de (marque con una X según el caso)
Persona Natural Representante Legal Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit
, certifico el pago de los aportes de pensión y riesgos laborales y de Caja de Compensación Familiar correspondiente a la nómina de los últimos seis (6) meses que legalmente son exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos) y así mismo declaro bajo la gravedad de juramento que NO me encuentro obligado a cancelar ICBF, SENA y Seguridad Social en Salud.
En las anteriores circunstancias, la certificación será expedida y firmada por el revisor fiscal cuando de acuerdo con la Ley esté obligado a tenerlo o cuando por estatutos así se dispuso, o por el representante legal cuando no esté obligado a tener revisor fiscal.
La anterior certificación se expide para efectos de dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás normas concordantes, en consonancia con la Ley 828 de 2003 y las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014.
Nota: Tratándose de persona natural nacional o persona natural extranjera con domicilio en Colombia, deberá acreditar el cumplimiento de esta obligación con la presentación del último certificado de pago de planilla o con la constancia de afiliación al Sistema General de Seguridad Social con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días, en la cual se evidencie que se encuentra vinculado al sistema bajo la modalidad de cotizante.
La persona natural que se encuentre pensionado por vejez, invalidez o anticipadamente, podrá acreditar la condición, presentando el certificado que lo acredite o la afiliación al sistema de salud.
Atentamente,
Revisor Fiscal y/o Representante Legal Matricula Profesional (Si firma el Revisor Fiscal) CC.
*Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes deberá certificar el cumplimiento de aportes a seguridad social y parafiscales de que trata este Formato No. 2.
** En caso de que la certificación sea expedida por Revisor Fiscal, se deberá aportar copia de la Tarjeta Profesional, copia de la cédula de ciudadanía y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedidos por la Junta Central de Contadores.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE PARA HABILITAR LA OFERTA
OBJETO: | |||||||
PROPONENTE: | |||||||
DATOS COMPLETOS DEL INTEGRANTE QUE APORTA LA EXPERIENCIA: | |||||||
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE PROPUESTA PARA HABILITAR LA OFERTA | |||||||
CONT. No. | OBJETO | ACTIVIDADES EJECUTADAS | VALOR EN SMMLV | ENTIDAD CONTRATA NTE | FECHA DE INICIO | FECHA DE FINALIZACI ÓN. | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (C-UT) |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 |
El proponente bajo la gravedad del juramento manifiesta que la información antes consignada es veraz y podrá ser consultada en cualquier momento, en consecuencia, se responsabiliza de lo aquí consignado. Y se compromete a presentar los documentos que requieran y que respaldan lo aquí consignado.
Nota1: En caso de propuestas plurales, cada uno de los miembros que conforman el proponente deberá diligenciar el presente formato, reseñando su aporte a la experiencia que se quiere acreditar.
Nota 2: El presente formulario se debe acompañar de las correspondientes certificaciones de experiencia o de los documentos establecidos en las alternativas de acreditación con los que se pretende cumplir los requisitos habilitación de experiencia. En ningún caso el proponente podrá cambiar o reemplazar los contratos o proyectos presentados inicialmente con la propuesta para acreditar la experiencia requerida, ya que no serán tenidos en cuenta. Únicamente podrá subsanarse la información referente a los documentos inicialmente presentados, de los cuales solamente se podrá aclarar, aportar información o documentos relacionados cuando la entidad así lo requiera.
Nota 3: Cuando los documentos de las alternativas de acreditación no contengan la información que permita su verificación, el proponente podrá anexar copia de los documentos soporte que sean del caso (siempre y cuando sean expedidos por la entidad contratante), que permitan evidenciar la ejecución del contrato o proyecto o tomar la información que falte.
Nota 4: El proponente deberá indicar en el presente formato el o los contrato(s) que aporta para acreditar cada una de las condiciones solicitadas como experiencia específica habilitante.
Nota 5: En caso de presentarse para efectos de acreditación de la experiencia un número mayor de contratos o proyectos al máximo requerido, serán objeto de verificación los contratos o proyectos relacionados en este formato, en su orden, y hasta el número máximo señalado en los términos de referencia. En caso de aportar un mayor número de contratos o proyectos a los requeridos o una certificación de varios contratos o proyectos y el proponente no señale en el formato los que requiere sean tenidos en cuenta para efectos de habilitación, se tomarán en cuenta los contratos o proyectos de mayor valor total ejecutado y hasta el número máximo requerido en los términos de referencia.
PROPUESTA ECONÓMICA
Presento a continuación mi propuesta económica en pesos colombianos, la cual incluye IVA y todos los demás costos, gastos, impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar.
DESCRIPCIÓN | VALOR (ANTES DE IVA) | IVA 19% | VALOR TOTAL CONSULTORIA |
CONSULTORIA PARA REALIZAR LOS ESTUDIOS BÁSICOS DE RIESGO ORIENTADOS A REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXXX DE MARIQUITA, TOLIMA.. | $ | $ |
El valor de la propuesta deberá estar ajustado al peso sin centavos, caso contrario la entidad procederá a ajustar el valor que no lo este, redondeándolo por exceso o por defecto al peso.
Atentamente,
PERSONA AUTORIZADA PARA FIRMAR LA PROPUESTA.
Firma: Nombre: C.C.:
(En caso de personas naturales esta carta debe estar firmada por el proponente; en caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales deberá estar firmada por el representante debidamente facultado).
ESTIMACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA DETALLADA Y FACTOR MULTIPLICADOR
El proponente seleccionado deberá diligenciar el Formato de Estimación Propuesta Económica Detallada y Factor Multiplicador, teniendo especial cuidado de diligenciar cada una de las casillas por todo el personal ofrecido, que en todo caso, no puede ser inferior al personal mínimo, de acuerdo a la dedicación mínima requerida para la ejecución de la respectiva y totalizar las mismas, así como los demás costos directos requeridos en el presente formato y presentarlo al supervisor del contrato como requisito previo a la suscripción del acta de inicio del mismo. En consecuencia, no se debe presentar con la propuesta.
Este formato, se considera únicamente una herramienta para la supervisión del contrato, por lo tanto, no será objeto de verificación ni evaluación y en ningún caso puede modificar el valor de la propuesta económica presentada.
FORMATO ESTIMACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA DETALLADA Y FACTOR MULTIPLICADOR OBJETO: PROPONENTE: | |||||||
PERSONAL PROFESIONAL | |||||||
CONCEPTO | A | B | C | D | E | F | |
Personal Profesional | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M (%) | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL PROFESIONAL (1) | $ | ||||||
PERSONAL TÉCNICO | |||||||
CONCEPTO | A | B | C | D | E | F | |
Personal Técnico | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M (%) | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL TÉCNICO (2) | $ | ||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | |||||||
CONCEPTO | |||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | UNIDAD | CANTIDAD | VR. UNITARIO | TOTAL PARCIAL | |||
SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3) | $ |
RESUMEN GENERAL PROPUESTA ECONÓMICA | |
VALOR TOTAL (1+2+3) | $ |
VALOR TOTAL CONSULTORIA | $ |
FM: Factor Multiplicador II.
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | % |
A | Salario Básico (Nómina Total Mensual) | 100,00% |
B | Prestaciones Sociales | |
Prima de servicios | ||
Cesantías | ||
Intereses sobre cesantías | ||
Vacaciones | ||
C. | Sistema de Seguridad Social Integral | |
Pensión | ||
Salud | ||
ARL | ||
Subsidio Familiar | ||
SENA | ||
ICBF | ||
Subtotal B+C | ||
D. | Otros | |
Dotación | ||
Subtotal A+B+C+D | ||
E. | Costos Indirectos | |
E1 | Gastos Generales | |
E2 | Gastos legales | |
Subtotal (E1+E2) | ||
F. | Honorarios (Incluye Gastos Contingentes) | |
FACTOR MULTIPLICADOR (A+B+C+D+E+F) |
Nota: Este formato deberá presentarse en Excel y PDF.