DIPUTACIÓN DE SEGOVIA
AÑO 2014.— NUMERO 136 MIÉRCOLES, 12 DE NOVIEMBRE
SUMARIO
DIPUTACIÓN XX XXXXXXX
Intervención
Aprobación inicial de modificación Presupuestaria Pág. 4
Servicio de Contratación y Expropiaciones
Contrato de gestión de servicios públicos ................................................................................................ Pág. 4
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
Servicios Sociales, Sanidad y Consumo
Aprobación de las bases de convocatoria del II Certamen de Relatos Breves: ”La Igualdad como valor
en la Sociedad 2014-2015” .................................................................................................................. Pág. 6
Contratación y Patrimonio
Formalización de contrato de “Suministro de vehículo bomba urbana ligera para el
Servicio de Extinción de Incendios” ........................................................................................................ Pág. 6
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Delegación Territorial xx Xxxxxxx Oficina Territorial de Trabajo
Resolución por la que se acuerda la inscripción y publicación del Convenio Colectivo del
Sector Agropecuario para la provincia xx Xxxxxxx .................................................................................... Pág. 7
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Comunicación propuesta revocación de prestación por desempleo .............................................................. Pág. 16
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Pág. 2
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social número uno xx Xxxx
Ejecución num. 187/2014-N, Corrección de errores Pág. 17
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx
Aprobación inicial de modificación Presupuestaria 1/2014, modalidad de crédito extraordinario .......................... Pág. 18
Aprobación inicial de modificación Presupuestaria 2/2014, modalidad de suplemento de crédito ........................ Pág. 18
Ayuntamiento de El Espinar
Aprobación inicial y exposición pública de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público con Mesas, Sillas, Tribunas, Tablados y
otros elementos análogos con finalidad lucrativa .................................................................................... Pág. 18
Aprobación inicial y exposición pública de la modificación de las Ordenanzas Municipales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de la Tasa por Recogida de Basuras, de las Tasas de la Escuela Municipal de Música, de los Precios Públicos del Transporte Urbano o Municipal y de
los Precios Públicos de Servicios y Actividades de carácter deportivo, cultural y de ocio.................................... Pág. 19
Aprobación inicial y exposición pública del expediente de modificación de créditos n.º 16/2014 de crédito extraordinario financiado con remanente líquido de Tesorería para gastos
generales, para aplicación del superávit del ejercicio 2013 ........................................................................ Pág. 19
Notificación de sanciones de tráfico .................................................................................................... Pág. 20
Ayuntamiento de Fresno de Cantespino
Corrección de errores ...................................................................................................................... Pág. 21
Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carácter interino del puesto
de Secretaría-Intervención de la Agrupación de Secretaría xx Xxxxxxxx y Aldealengua xx Xxxxxxx...................... Pág. 22
Ayuntamiento xx Xxxxxxx
Delegación para celebración de matrimonio civil...................................................................................... Pág. 26
Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxxx
Trámite de información pública de la delegación de funciones de la Alcaldía .................................................. Pág. 27
Ayuntamiento de Moral de Hornuez
Aprobación provisional del expediente de modificación de Ordenanza Fiscal .................................................. Pág. 27
Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxxx
Aprobación definitiva de modificación Presupuestaria .............................................................................. Pág. 27
Ayuntamiento de Sebulcor
Enajenación de aprovechamientos xx xxxxxx de chopo .......................................................................... Pág. 28
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Información pública de modificación de Ordenanzas Fiscales .................................................................... Pág. 29
Ayuntamiento de Valdevacas y Guijar
Aprobación xxx Xxxxxx de la Tasa de Agua 2014 .................................................................................... Pág. 30
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Pág. 3
Ayuntamiento de Valdevacas xx Xxxxxxx
Aprobación provisional del expediente de modificación de Ordenanza Fiscal Pág. 31
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
Aprobación provisional de la modificación de Ordenanza Fiscal .................................................................. Pág. 31
Entidad Local Menor xx Xxxxxxx
Exposición al público de la Cuenta General de 2013 ................................................................................ Pág. 31
Entidad Local Menor de Carbonero de Ahusín
Ejecución xx xxxx de ganado vacuno .................................................................................................. Pág. 32
Mancomunidad de Municipios “Río Eresma”
Exposición pública del Presupuesto General de 2015 .............................................................................. Pág. 32
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DIPUTACIÓN XX XXXXXXX
Intervención
ANUNCIO
16669
Aprobado inicialmente por el Pleno de esta Diputación provincial, en sesión celebrada el día 07 de noviembre de 2014, el expediente de modificaciones presupuestarias número 5 de los de compe- tencia plenaria, en el Presupuesto General de 2014, se hallará de manifiesto dicho acuerdo en unión al expediente en la Secretaría General de esta Corporación, por el plazo de quince días hábiles, du- rante los cuales podrá ser examinado por los interesados y formular, en su caso, las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas, con la advertencia de que, en caso de no producirse reclama- ciones, dicho acuerdo inicial quedará automáticamente elevado a definitivo sin necesidad de nueva aprobación.
Segovia, a 07 de noviembre de 2014.— La Secretaria General, M.ª Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
16662
Servicio de Contratación y Expropiaciones
ANUNCIO DE CONVOCATORIA
En cumplimiento de acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 7 de noviembre de 2014, se convoca la siguiente contratación por procedimiento abierto, con tramitación ordinaria y con varios criterios de adjudicación.
Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Diputación Provincial.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación de la Secretaría General.
c) Obtención de documentación e información:
Dependencia: Servicio de Contratación y Expropiaciones. Domicilio: Xxx Xxxxxxx, 00.
Localidad y código postal: Segovia – 40071. Teléfono: 000 000 000.
Telefax: 921 113 428.
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx
Dirección de Internet del perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxxx.xx
Fecha límite de obtención de documentación e información: La misma que la fecha límite de presentación de ofertas.
d) Número de expediente: 1698.
Objeto del contrato:
a) Tipo: Contrato de gestión de servicios públicos.
b) Descripción del objeto: Gestión indirecta, mediante concesión, del servicio público básico de ayuda a domicilio de la Provincia xx Xxxxxxx.
c) División por lotes: No.
d) Lugar de ejecución: Municipios de la provincia xx Xxxxxxx, excluída la capital.
e) Plazo de ejecución: Un año, contado a partir del 1 xx xxxxx de 2015.
Admisión de prórroga: SI.
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Tramitacion, procedimiento y forma de adjudicacion:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Subasta electrónica: No.
d) Criterios de adjudicación: Los establecidos en la cláusula decimoquinta xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares aprobado al efecto.
Valor estimado del contrato:
El valor estimado del presente contrato, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 88 del TRLCSP (importe total, sin incluir IVA, previendo las eventuales prórrogas), es el siguiente:
815.000 horas x 16,97 euros = 13.830.550,00 euros.
Presupuesto base de licitación:
El presupuesto base de licitación se fija en la cantidad de 16,97 euros/hora efectiva de prestación (60 minutos), a los cuales se añadirá 0,68 euros, correspondiente al importe del Impuesto sobre el Valor Añadido 4% (IVA), haciendo un total de 17,65 euros/hora, IVA incluido.
Garantias exigidas:
Provisional: 60.000,00 euros.
Definitiva: 169.700,00 euros.
Requisitos especificos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: La establecida en el apar- tado D de la cláusula duodécima xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares aprobado al efecto.
Presentacion de ofertas:
a) Fecha límite de presentación: Plazo de dieciséis días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta las 14:00 horas del día de finali- zación del plazo de presentación de proposiciones.
b) Modalidad de presentación: La especificada en el Pliego de Cláusulas aprobado al efecto.
c) Lugar de presentación:
1. Dependencia: Diputación Provincial (Servicio de Contratación).
2. Domicilio: Xxx Xxxxxxx, 00.
3. Localidad y código postal: Segovia – 40071.
4. Dirección electrónica: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx
La entrega de ofertas por correo se adecuará a lo previsto en el art. 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
d) Xxxxx durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, plazo que se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el art. 152.3 del TRLCSP.
Apertura de ofertas:
a) Dirección: Diputación Provincial. Xxx Xxxxxxx, 00
b) Localidad y código postal: Segovia – 40071.
c) Fecha y hora: La fecha y hora del acto de apertura de plicas se anunciará en el perfil del con- tratante del órgano de contratación.
Gastos de anuncios:
El adjudicatario viene obligado a abonar el importe del anuncio de convocatoria, cuyo importe as- ciende a la cantidad de 121,12 euros.
Xxxxxxx, x 0 xx xxxxxxxxx xx 0000.— La Secretaria General, M.ª Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
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AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
Concejalia de Servicios Sociales, Sanidad y Consumo
ANUNCIO
II CERTAMEN DE RELATOS BREVES:
“LA IGUALDAD COMO VALOR EN LA SOCIEDAD” 2014-2015
16568
La Junta de Gobierno local del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de noviembre de 2014, ha aprobado las Bases de Convocatoria del II Certamen de Relatos Breves: “La igualdad como valor en la sociedad” 2014-2015.
En cumplimiento de este Acuerdo se procede a publicar un extracto de las Bases:
Objeto:
Los trabajos presentados habrán de versar sobre los temas siguientes:
- La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
- La violencia de género.
- El desarrollo integral de las personas.
- La participación social, política y laboral de las mujeres.
- La corresponsabilidad en el entorno familiar.
- Los xxxxxx de convivencia en igualdad.
Participantes:
Podrá participar en el certamen cualquier persona física.
Pueden presentarse menores, siempre que acompañen en la documentación requerida, autorización del padre, madre o tutor legal, aceptando la participación del menor así como las bases del certamen.
No podrán presentarse al certamen los miembros xxx Xxxxxx, elegidos de entre las Comisiones de Trabajo del Consejo Municipal de la Mujer, así como el personal adscrito a la Concejalía de Ser- vicios Sociales, Sanidad y Consumo.
Plazos de presentacion de solicitudes:
El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente al de la publicación de la pre- sente convocatoria en el B.O.P., y finalizará el 31 de enero de 2015.
Exposicion pública de las bases completas:
Las Bases completas de la Convocatoria, las encontrará expuestas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Web Municipal (xxx.xxxxxxx.xx) facilitándose fotocopia y cuantas aclaracio- nes se necesiten de las mismas, dirigiéndose a la Concejalía de Servicios Sociales, Sanidad y Con- sumo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Segovia, a 6 de noviembre de 2014.— La Alcaldesa, Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx.
Contratación y Patrimonio
16482
ANUNCIO DE FORMALIZACION DE CONTRATO
De conformidad con lo establecido en el artículo 154 del RD Legislativo 3/2011 de 14 de noviem- bre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se anuncia la formalización del siguiente contrato:
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1.- Entidad adjudicadora:
Organismo: Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Dependencia que tramita el expediente: Sección de Patrimonio y Contratación.
Número de expediente: 000030/2014-CNT
Dirección de Internet del Perfil de Contratante: xxx.xxxxxxx.xx
2.- Objeto del contrato:
Tipo de contrato: Suministro
Descripción del objeto: Es la contratación consistente en el suministro de un vehículo bomba ur- bana ligera destinado al Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento xx Xxxxxxx
CPV: 34144210-3
3.- Tramitación y procedimiento:
Tramitación: Ordinaria.
Procedimiento: Abierto.
4.- Valor estimado del Contrato:
189.669,42 euros IVA excluido.
5.- Presupuesto base de licitacion:
Importe neto: 189.669,42.- € IVA Excluido Importe total: 229.500,00.- IVA incluido.
6.- Formalizacion del contrato:
Fecha de adjudicacion: 29 de septiembre de 2014.
Fecha de formalización: 28 de octubre de 2014.
Contratista: XXXXXX SA (A-41050113)
Importe del contrato: 189.500,00.-€ IVA excluido.
Ventajas de la oferta adjudicataria: Oferta económicamente más ventajosa. El contratista se com- promete a realizar las siguientes mejoras:
- Mayor capacidad del agua cisterna:1500 litros + 200.
- Sistema mezclador de espuma automático incorporado en bomba y la instalación hidráuli- ca correspondiente incorporada en el vehículo.
- Revisiones periódicas preventivas anuales: 3.
- Plazo de garantía: 4 años.
Segovia, a 30 de otubre de 2014.– La Alcaldesa, Xxxxx X. Xxxxxxx xx Xxxxxxx.
16336
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Delegación Territorial xx Xxxxxxx
OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO
RESOLUCIÓN DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO XX XXXXXXX POR LA
QUE SE ACUERDA LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR AGROPECUARIO PARA LA PROVINCIA XX XXXXXXX
VISTO el texto del Convenio Colectivo del sector Agropecuario, Código de Convenio 40000015015011998, para los años 2013-2015; suscrito por la Comisión Negociadora: de una parte por la representación de la patronal y de otra por las centrales sindicales UGT y CCOO en represen-
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tación de los Trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 del Estatuto de los Tra- bajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 xx xxxxx, Real De- creto 731/2010, de 28 xx xxxx, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de tra- bajo.
Esta jefatura de la Oficina Territorial de Trabajo
ACUERDA
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios, con notificación a la Comisión Ne- gociadora.
Segundo. Proceder a su depósito en el órgano competente.
Tercero. Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia. Xxxxxxx, a 27 de octub de 2014.— El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Xxxxxxx Xxxxxxx
Xxxxxxx.
Artículo 1.- Ámbito Funcional.
Este convenio regulará las condiciones de trabajo en las explotaciones agrarias y pecuarias.
Artículo 2.- Ámbito Territorial.
El presente convenio será de aplicación en todo el territorio de la provincia xx Xxxxxxx.
Las explotaciones agrícolas que parte estén dentro de esta provincia y parte en otra, se regirán por la siguiente norma:
En caso de existir convenio colectivo aplicable en ambas, se regirán por las normas vigentes en aquella en la que se encuentre el domicilio social de la empresa.
Artículo 3.- Ámbito personal.
Se regirán por el presente convenio todas las empresas y trabajadores/as cuya actividad sea agrícola y pecuaria, cualquiera que sea la forma jurídica de la empresa, así como el personal técnico y administrativo al servicio de dicha empresa.
Quedan expresamente incluidos en el ámbito de aplicación de este convenio los trabajadores/as que no perteneciendo a los oficios clásicos del campo, prestan sus servicios en las empresas com- prendidas dentro del ámbito funcional de este convenio.
Quedan expresamente excluidos del presente convenio, el personal directivo cuya vinculación con la empresa, esté fuera del Estatuto de los Trabajadores/as.
Artículo 4.- Vigencia y Duración.
El presente convenio colectivo entrará en vigor el día 1 de enero de 2013, con independencia de la fecha de aplicación en el B.O.P y terminará el 31 de diciembre de 2015, siendo su vigencia de tres años.
Una vez concluida su vigencia, el contenido normativo del presente convenio se prorrogará sine die. No obstante dicha prorroga terminará cuando se firme el acuerdo definitivo sobre el convenio colectivo de trabajo que lo sustituya.
Artículo 5.-
Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica deberán considerarse globalmente.
Todas las empresas afectadas por el presente convenio colectivo, sea cual sea su tamaño y to- das las personas incluidas en su ámbito de aplicación, están obligadas a cumplir el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres y a desarrollar en su centro de trabajo cuantas medidas sean necesarias para favorecer la igualdad de trato y de oportunidades.
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Artículo 6.- Condiciones más beneficiosas.
Las condiciones pactadas en este convenio estimadas en su conjunto, se establecen con carác- ter de mínimas, por lo que subsistirán cláusulas o situaciones actualmente pactadas que impliquen condiciones más beneficiosas.
Artículo 7.- Jornada de trabajo.
La jornada diaria de trabajo será de 8 horas, la semanal de 40 horas y el cómputo anual no exce- derá de 1788 horas en 2013 y 1784 horas en 2014 y 2015.
La distribución de la jornada se establecerá de lunes a sábado, estableciéndose un descanso se- xxxxx continuado de día y medio, siendo uno de ellos el domingo, y el otro bien la tarde xxx xxxxxx o la mañana del lunes. Excepcionalmente se podrá alterar por motivo de la producción.
Entre la finalización de una jornada y el comienzo de la siguiente se establecerá un descanso de 12 horas.
En lo referente a la distribución semanal de la jornada se deberá tener en cuenta lo que expresan las disposiciones especiales sobre la jornada de trabajo en el campo.
El número de horas que deberán realizar los trabajadores/as con contrato temporal inferior al año, según los cálculos que a continuación se detallan serán las siguientes:
- Año 2013: 1788 multiplicado por el número de días de la duración del contrato dividió por 365.
- Año 2014: 1784 multiplicado por el número de días de la duración del contrato dividió por 365.
- Año 2015: 1784 multiplicado por el número de días de la duración del contrato dividió por 365.
El tiempo de trabajo efectivo se computará de modo que el comienzo será cuando el trabajador/a se encuentre en su centro de trabajo y el final de la jornada diaria, el trabajador/a se encuentre en su puesto de trabajo.
En los supuestos en los que el centro de trabajo no sea fijo y precise de transporte para llegar a él, la jornada se iniciará desde el momento en el que el trabajador/a suba al medio de locomoción fa- cilitado por la empresa, terminando en el centro de trabajo.
El día 15 xx xxxx, festividad de San Xxxxxx, se considerará festivo a todos los efectos.
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores se deberá elaborar y pactar con los represen- tantes de los trabajadores/as, si los hubiera, un calendario laboral antes del primer trimestre del año en curso.
Cuando no exista representación de los trabajadores/as la empresa teniendo en cuenta las consi- deraciones anteriores intentará pactar con los trabajadores/as un calendario laboral, si no fuera posi- ble, elaborará el mismo antes del primer trimestre del año en curso.
Artículo 8.- Permisos retribuidos (licencias retribuidas).
Serán los contemplados en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores/as.
Todos los trabajadores/as incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, que por ra- zones de salud precisen la asistencia a consulta médica, de ellos mismos o de sus hijos menores, ya sean naturales, adoptivos o acogidos a cargo, tendrán derecho a un permiso laboral retribuido por el tiempo indispensable para asistir a dicha consulta. En todo caso se deberá acreditar la asis- tencia a dicha consulta.
Los trabajadores/as, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia retribuida del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones de tiempo. Este permiso po- drá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen en la mis- ma empresa.
Las ausencia en el trabajo por lactancia, podrán ser sustituidas por un permiso retribuido con el salario habitual, de 14 días a disfrutar consecutivamente a la baja por maternidad. Si el trabajador/a en el caso contemplado en el párrafo anterior, optasen por este permiso deberá comunicarlo a la empresa con siete días de antelación a la finalización del periodo de baja por maternidad.
Artículo 9.- Vacaciones.
El personal sujeto al presente convenio tendrá derecho a unas vacaciones anuales de 22 días la- borables o bien de 26 días laborables cuando la jornada de trabajo sea de lunes a sábado, que po- drán dividirse en dos períodos de 11 ó 13 días laborables, según sea la opción correspondiente. Nin-
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guno de estos períodos se podrá fijar en los momentos de mayor actividad de la empresa que se fi- xxxx y establecerá en el primer trimestre del año en curso.
La fecha del disfrute de las vacaciones se fijará por acuerdo de la empresa y los trabajadores/as con tres meses de anticipación y según lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores/as. Se esta- blecerá el calendario de vacaciones antes del primer trimestre del año en curso.
En caso de desacuerdo y previa comunicación por escrito de ambas partes en el periodo que les compete los trabajadores/as tendrán derecho a fijar un periodo de 11 ó 13 días laborables para el disfrute de las mismas, quedando la empresa facultada para fijar el otro período de vacaciones.
En ningún caso se podrán iniciar las vacaciones en día no laborable o estando de baja por Inca- pacidad Temporal.
El personal que cese en el transcurso del año tendrá derecho a la parte proporcional de las vaca- ciones según el número de días trabajados.
Artículo 10.- Inclemencias del tiempo.
Cuando por inclemencias del tiempo no se puedan iniciar los trabajos o estos tengan que ser in- terrumpidos, se abonará íntegramente la jornada perdida o interrumpida.
Las horas perdidas por inclemencias del tiempo serán recuperables en su 50% mediante la am- pliación de la jornada legalmente establecida y respetando el descanso de doce horas entre la finali- zación de una jornada y el comienzo de la siguiente, sin que proceda el pago de las horas trabaja- das para tal recuperación.
La forma y el momento de su recuperación se fijarán por acuerdo de la empresa y los represen- tantes legales de los trabajadores/as, ajustándose a partir del hecho producido a un periodo de dos meses para recuperar las horas perdidas o interrumpidas por inclemencias de tiempo. Si transcurri- do dicho periodo no se hubiera producido la recuperación de las mismas, el trabajador/a estará exento de recuperarlo con posterioridad.
Artículo 11.- Retribuciones.
Las retribuciones para todo el personal son las que figuran en los anexos de este convenio, pu- diéndose determinar en función xx xxxxxxx día, en el caso de las contrataciones temporales de me- nos de una año de duración pertenecientes al grupo cuarto referidas exclusivamente a los trabajos que tienen carácter temporal y estacional, y por mensualidades en las contrataciones indefinidas y temporales de más de un año de duración.
En los salarios por día, referidos exclusivamente a los trabajos que tienen carácter temporal, se incluye la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias y la parte proporcional de la retribu- ción de los domingos y festivos, no incluyéndose la parte proporcional devengada de vacaciones, que procederá liquidar a la finalización de la relación laboral.
Artículo 12.- Horas extraordinarias.
Se establece en este sentido el cumplimiento de la legislación laboral al respecto, fijándose en 80 el número de horas extraordinarias al año como tope para cualquier trabajador/a. Se establece la si- guiente diferenciación:
• Festivas: aquellas que corresponden con los días de descanso semanal del trabajador/a o con cualquiera de las 12 fiestas de carácter retributivo decretadas por la Xxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxx, xxx 0 fiestas retribuidas locales o con el 15 xx xxxx, San Xxxxxx, fiesta de convenio.
• No festivas: el resto.
La cuantía de las mismas será la siguiente:
• Festivas: el 100% más del precio por hora de trabajo para cualquier categoría profesional esta- blecida en el presente convenio.
• No festivas: el 50% más del precio por hora de trabajo para cualquier categoría profesional es- tablecida en el presente convenio.
Artículo 13.- Antigüedad.
Se mantendrán las compensaciones que se establecían en la legislación anterior relativas al concep- to de antigüedad mientras subsista la relación laboral, habiéndose consolidado las mismas a 31 de di- ciembre de 1998, no habiendo lugar a aplicar este concepto a los devengos posteriores a esa fecha.
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Las compensaciones económicas a las que tenga derecho el trabajador/a por este concepto se verán incrementadas en el mismo porcentaje cada año que el de las retribuciones pactadas en los diferentes años de vigencia del presente convenio colectivo.
Artículo 14.- Pagas extraordinarias.
Se establecen dos pagas extraordinarias que se abonarán en los 20 primeros días de los meses xx xxxxx y diciembre de cada año, su cuantía será de 30 xxxx xx xxxxxxx base correspondiente a ca- da categoría más la antigüedad devengada para cada trabajador/a.
Al personal que cese o ingrese en la empresa en el transcurso del año se abonarán las gratifica- ciones, prorrateando su importe en razón del tiempo trabajado
Artículo 15.- Plus de nocturnidad.
Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las diez de la noche y las seis de la mañana, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, tendrán una retribución específica, incrementándose su valor en un 25%.
Artículo 16.- Trabajos tóxicos, penosos y peligrosos.
El trabajador/a en la prestación de sus servicios, tiene derecho a una protección eficaz en mate- ria de seguridad y salud laboral.
Las empresas están obligadas a proporcionar medios de protección y prevención eficaces en los trabajos de fumigación o cualquier otro que precise la manipulación de productos fitosanitarios y her- bicidas cuyo uso se encuentre definido como tóxico para el operario/a.
A los trabajadores/as que tengan que realizar trabajos peligrosos, tóxicos o penosos de acuerdo con la legislación específica y a pesar de todas las medidas obligatorias de protección y prevención aplicadas se les abonará un plus de penosidad. Este se cuantificará en el 30% xxx xxxxxxx hora para cada una de las categorías de este convenio y se tendrá derecho a percibirle por todo el tiempo o fracción de tiempo en el que se realicen este tipo de trabajos.
Artículo 17.- Herramientas y ropa de trabajo.
Las empresas en cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales deberán adop- tar las medidas pertinentes para su obligado cumplimiento. En este sentido deberán facilitar a sus trabajadores/as las herramientas, ropa (adaptada a cada época del año) y utensilios adecua- dos y homologados por la administración competente para desempeñar su trabajo de forma se- gura.
Artículo 18.- Prestaciones complementarias a las de la Seguridad Social.
Las empresas, con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social, garantizarán las siguientes percepciones mínimas en caso de enfermedad o accidente:
- Enfermedad común o accidente no laboral, el 90% de todos los conceptos retributivos desde el primer día de la baja y mientras el trabajador/a se encuentre en situación de IT.
- Accidente de trabajo y enfermedad profesional, el 100% de todos los conceptos retributivos des- de el primer día de la baja y mientras el trabajador/a se encuentre en situación de IT.
Artículo 19.- Comisión Mixta de Interpretación de este Convenio.
Se constituye una Comisión Mixta de Interpretación de este convenio con las facultades regula- das por la normativa vigente, que estará formada por ocho miembros, cuatro por la parte empresa- rial y cuatro por la parte social.
Esta comisión controlará y vigilará el grado de cumplimiento de este convenio y se reunirá cuan- tas veces sea necesario a petición de cada una de las partes. Dicha Comisión deberá reunirse para conocer la cuestión planteada en un plazo de tres días hábiles, pudiendo concurrir a la misma exper- tos asesores consignados por las partes, que tendrán voz pero no voto. Los acuerdos de la comisión deberán adoptarse por unanimidad.
Las empresas en las que concurran algunas de las causas de inaplicación previstas en el Art.
82.3 del Estatuto de los Trabajadores, comunicarán a los representantes de los trabajadores su de- seo de acogerse a la misma. En los supuestos de ausencia de representación legal de los trabajado-
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res en la empresa, éstos podrán atribuir su representación a una comisión designada conforme a lo dispuesto en el artículo 41.4 del Estatuto de los Trabajadores.
El procedimiento se iniciará a partir de la comunicación de la empresa, que deberá ir acompaña- da de la documentación que la justifique y avale, abriéndose un período de consultas con la repre- sentación de los trabajadores o comisión designada. Dicho período, que tendrá una duración no su- perior a 15 días, versará sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y las condiciones de la inaplicación, que en todo caso se ajustarán a los previsto en el art, 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Cuando el periodo de consultas finalice con acuerdo se presumirá que concurren las causas justi- ficativas alegadas por la representación empresarial. El acuerdo deberá ser notificado a la comisión paritaria del convenio colectivo y a la autoridad laboral.
En caso de que el periodo de consultas termine con desacuerdo, las partes remitirán a la Comi- sión Paritaria del Convenio la documentación aportada junto con el acta correspondiente, acompa- ñada de las alegaciones que, respectivamente, hayan podido realizar.
La Comisión Paritaria del convenio dispondrá de un plazo máximo de 5 días para estimar si con- curren o no las causas de inaplicación previstas por la normativa laboral y pronunciarse.
En su caso, la Comisión Paritaria deberá determinar con exactitud las materias afectadas por la inaplicación así como determinar y concretar tanto sus términos como el calendario de la progresiva convergencia hacia el retorno de las condiciones suspendidas.
En el supuesto de que la Comisión Paritaria no alcance acuerdo, las partes deberán recurrir a la Comisión de Convenios Colectivos de Castilla y León creada por el Decreto 14/2014, de 3 xx Xxxxx de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
Artículo 20.- Seguro de Accidentes de Trabajo.
Con el objetivo de mejorar socialmente a los trabajadores/as y a sus familias, la empresa deberá de concertar, a partir de la fecha de publicación del presente convenio en el B.O.P, el establecimien- to de un seguro de accidentes que cubrirá los siniestros de los trabajadores/as por accidente de tra- bajo con resultado de muerte o incapacidad permanente o absoluta o gran invalidez.
Las cantidades a percibir, por los referidos siniestros serán de 27.840 € en caso de muerte y de
46.400 € en caso de invalidez permanente absoluta o gran invalidez.
Artículo 21.- Contrato de duración determinada del artículo 15.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores/as.
La duración máxima del contrato por circunstancias xx xxxxxxx, acumulación de tareas, previsto en el artículo 15.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores/as, será de 9 meses dentro de un período de 18 meses.
En el supuesto que dichos contratos se concierten por un período inferior al máximo antes expre- sado, podrán ser prorrogados por una sola vez mediante acuerdo de las partes, sin que la duración total del contrato pueda exceder del límite máximo establecido de nueve meses.
Los contratos regulados en este artículo, así como los restantes temporales previstos en el inciso
b) del apartado 2 de la disposición adicional primera de la Ley 12/2001, de 9 de julio, podrán conver- tirse en contratos para el fomento de la contratación indefinida regulada en dicha disposición con posterioridad al plazo previsto en el citado precepto y en las condiciones legales existentes para ello.
Contratos formativos
El número de contratos formativos vinculados a la empresa, deberá ser equilibrado entre hom- bres y mujeres. En ningún caso la retribución de estos contratos será inferior al Salario Mínimo Inter- profesional.
Artículo 22.- Periodo de prueba.
La duración del período de prueba para los trabajadores/as afectados por el presente convenio será la siguiente:
- Todo el personal técnico, un máximo de tres meses.
- Todo el personal administrativo, un máximo de treinta días.
- Capataces y conductores de maquinaria pesada, un máximo de treinta días.
- Peones y especialistas, un máximo de quince días.
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Artículo 23.- Categorías Profesionales.
En el presente convenio colectivo se establecen los siguientes grupos y categorías profesionales:
A. GRUPO I
Titulado/a Superior: ingenieros/as o licenciados/as superiores que realizan funciones directivas, administrativas o técnicas propias de su titulación.
B. GRUPO II
Titulado/a Medio: ingenieros/as técnicos, diplomados/as universitarios/as o titulados en carreras universitarias de grado medio que realizan funciones directivas, administrativas o técnicas propias de su titulación.
C. GRUPO III
Personal de Administración
Jefe/a de Administración: Es el empleado/a que lleva la responsabilidad, inspección revisión o dirección de uno o varios de los trabajos administrativos de la empresa, está encargado/a de im- primirles unidad, los distribuye, dirige y aporta sus iniciativas para el buen funcionamiento de los mismos.
Oficial Administrativo/a: Es el empleado/a que actúa a las órdenes de un jefe/a, si lo hubiera, y que tiene un servicio determinado a su cargo, dentro del cual ejerce iniciativa y posee responsabili- dad, con o sin otros empleados/as a sus órdenes, realizando trabajos que requieran cálculo, prepa- ración o condiciones adecuadas.
Entre sus funciones están:
- Redacción de documentos, contratos, proyectos, presupuestos, escritos y correspondencia que requiera conocimientos especiales de los asuntos de la empresa y para cuya misión sea necesario interpretar disposiciones o preceptos reglamentarios.
- Elaboración de estadísticas, con capacidad para proyectarlas, analizarlas en interpretarlas.
- Facturas y cálculos de las mismas, siempre que sea responsable de esta misión.
- Llevar libros oficiales de contabilidad o de cuentas corrientes con delegaciones, sucursales, agencias o corresponsales y redacción de borradores de los mismos.
- Liquidación de comisiones, intereses, impuestos, nóminas, sueldos o salarios y operaciones análogas con capacidad de interpretación y solución y siempre que para etas tareas no tenga el em- pleado/a unas tablas normales o fijas y por el contrario, debe tener en cuenta diversos factores, tales como importancia de ciudades, de empresa…
Administrativo: Es el empleado/a que, con iniciativa y responsabilidad restringida y subordinada a un Jefe/a u Oficial, si lo hubiera, realiza trabajos de carácter auxiliar o secundario que solo exigen conocimientos generales de la técnica administrativa.
Entre sus funciones están:
- Redacción de correspondencia y documentos de trámite.
- Desarrollo de notas o indicaciones breves.
- Recopilación de datos estadísticos.
- Organización de archivos y ficheros.
- Llevar libros de cuentas corrientes no incluidos en el apartado correspondiente al oficial.
- Aplicación de tarifas, liquidación de comisiones, impuestos y operaciones complementarias para estos trabajos con arreglo a normas fijas expresadas en una tabla o procedimiento análogo.
Auxiliar Administrativo/a: Es el empleado/a que se dedica a operaciones elementales administra- tivas y en general, a las puramente mecánicas inherentes al trabajo de oficinas o despacho.
Entre sus funciones están:
- Trabajos simples de escritura y copia.
- Tener a su cuidado los servicios de teléfono y fax y asimismo la recepción de personas ajenas a la empresa.
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- Transcripción o copia en limpio de libros de contabilidad según asientos ya redactados.
- Confección, mecanizada o no, de fichas, direcciones, recibos, vales y “tickets”.
- Correspondencia sencilla, como envío de talones, facturas,…
D. GRUPO IV
Personal Operario
Encargado/as y Capataces: Es el empleado/a que bajo las órdenes inmediatas de un supe- rior, dirige los trabajos de una sección, con la responsabilidad consiguiente sobre la forma de or- denarlas, indica al obrero/a la forma de ejecutarlos, posee conocimientos de una o varias espe- cialidades para realizar las órdenes que le encomienden sus superiores y es responsables de la disciplina de la sección, con práctica completa de su cometido.
Oficiales: Es el empleado/a que bajo las órdenes inmediatas de un superior, ejecuta los traba- xxx propios de su equipo con la responsabilidad consiguiente sobre su realización, indica a los obreros/as a su cargo la forma de llevar a cabo los trabajos, y es el/la responsable de la discipli- na de la sección, con práctica completa de su cometido.
Oficial conductor/a: Es el empleado/a que bajo las órdenes inmediatas de un superior, encar- gado/a o capataz, se dedica preferentemente a la conducción de maquinaria.
Especialistas: Es el empleado/a que se dedica a las funciones que sin constituir propiamente un oficio, exigen cierta práctica y habilidad.
Peón: Es el trabajador/a que ejecuta labores para cuya realización solamente se requiere la aportación de su actuación y esfuerzo físico, sin exigencia de conocimientos especiales.
El peón a los dos años de antigüedad en la empresa promocionará automáticamente a la ca- tegoría de especialista. Se excluyen de esta consideración expresamente los trabajos en fresa de selección en planta y limpieza en campo.
Se considerarán trabajos realizables, en función de la definición de su categoría, por los ofi- ciales y especialistas los siguientes:
Agricultura
- En viñedo; sulfatar, azufrara, podar, castrar e injertar.
- En fresa: recogida de campo con maquinaria.
Ganadería
- Pastor. (Al aprendiz xx xxxxxx, al cabo de un año de trabajo como tal y siempre que se hu- biere adquirido la experiencia suficiente, se le promocionará automáticamente a la categoría xx xxxxxx).
- Ganadero cualificado
El aprendiz xx xxxxxx, xxxxxx y ganadero cualificado se asimilarán respectivamente con las categorías de peón, especialista y oficial.
Artículo 24.- Derechos Sindicales.
Se regirán por lo que marque la Ley y los acuerdos interconfederales suscritos entre asocia- ciones patronales y organizaciones sindicales.
Los Delegados/as de Personal, miembros de Comité de Empresa o delegados/as Sindicales dispondrán del crédito de horas mensuales retribuidas que marque la Ley para el desempeño del cargo para el que son elegidos/as.
Estas horas, y sin rebasar el máximo total del crédito horario correspondiente a todos/as los Delegados/as Sindicales de una misma central sindical en un mismo centro de trabajo, podrán ser acumuladas, siempre que sea durante un año, entre ellos/as.
En los centros de trabajo existirán tablones de anuncios para que las centrales sindicales puedan insertar comunicados de interés para los trabajadores/as.
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ANEXO I
INCREMENTOS SALARIALES
Tabla salarial del año 2013
Se aplicará un incremento salarial para todas las categorías en un porcentaje igual al IPC a 31 de diciembre de 2012.
Tabla salarial del año 2014
Se aplicará un incremento salarial para todas las categorías en un porcentaje del 0,8% a las ta- xxxx salariales definitivas del 2013-.
Tabla salarial del año 2015
Se aplicará un incremento salarial para todas las categorías en un porcentaje igual al IPC a 31 de diciembre de 2014.
Cláusula de revisión
Una vez conocido el IPC definitivo del 2015, si este hubiera sido superior al que se consideró pa- ra actualizar los salarios del 2015, la diferencia será abonada en una sola paga antes xx xxxxx de 2016. Dicha paga no se consolidará a efectos de tablas salariales futuras.
TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2013
CATEGORIA | SALARIO BASE | 2 PAGAS EXTRAS (*) | SALARIO DÍA |
Grupo I Titulado/a Superior | 1626,97 | 3253,93 | 94,07 |
Grupo II Titulado/a Medio | 1422,05 | 2844,11 | 82,26 |
Grupo III Jefe/a de Administración | 1346,30 | 2692,60 | |
Oficial Administrativo/a | 1088,21 | 2176,43 | |
Administrativo/a | 926,25 | 1852,50 | |
Auxiliar administrativo/a | 817,48 | 1634,95 | |
Grupo IV Encargados/as y Capataces/zas | 1094,23 | 2188,47 | 75,10 |
Oficiales | 1080,70 | 2161,39 | 74,19 |
Oficial Conductor/a | 1080,70 | 2161,39 | 74,19 |
Especialistas | 850,59 | 1701,18 | 58,31 |
Peón | 722,49 | 1444,99 | 47,13 |
(*) A estas cantidades habrá que añadir la antigüedad que corresponda a cada trabajador.
TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2014
CATEGORIA | SALARIO BASE | 2 PAGAS EXTRAS (*) | SALARIO DÍA |
Grupo I Titulado/a Superior | 1639,98 | 3279,96 | 94,82 |
Grupo II Titulado/a Medio | 1433,43 | 2866,86 | 82,92 |
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CATEGORIA | SALARIO BASE | 2 PAGAS EXTRAS (*) | SALARIO DÍA |
Grupo III Jefe/a de Administración | 1357,07 | 2714,14 | |
Oficial Administrativo/a | 1096,91 | 2193,84 | |
Administrativo/a | 933,66 | 1867,32 | |
Auxiliar administrativo/a | 824,02 | 1648,03 | |
Grupo IV Encargados/as y Capataces/zas | 1102,98 | 2205,98 | 75,70 |
Oficiales | 1089,34 | 2178,68 | 74,78 |
Oficial Conductor/a | 1089,34 | 2178,68 | 74,78 |
Especialistas | 857,39 | 1714.79 | 58,78 |
Peón | 728,27 | 1456,55 | 47,51 |
(*) A estas cantidades habrá que añadir la antigüedad que corresponda a cada trabajador.
ANEXO 2
En la actividad ganadera independiente se deberá aplicar, en tanto no exista otro convenio espe- cífico para la misma, el de ámbito nacional que regula las Granjas Avícolas y de otros Animales.
DISPOSICIÓN FINAL
Dado que pudiera ser referencia en algún concepto jurídico o fáctico y a pesar de encontrarse de- rogada, se le otorgará carácter subsidiario para la interpretación y consiguiente aplicación de este Convenio Colectivo Agrario a la Orden Ministerial de 1 de julio de 1975 (B.O.E de 5/07) que contenía la Ordenanza General de Trabajo en el Campo.
Rubricado.
16320
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
REMISIÓN DE COMUNICACIÓN DE REVOCACIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92
Por esta Dirección Provincial se han emitido Comunicación de inicio de Procedimiento de Revo- cación de Prestaciones por Desempleo y relativa al interesado que a continuación se cita y los moti- vos que así mismo se relacionan.
Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el articulo 59 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativos Común.
De no estar conforme con lo anterior deberá formular por escrito ante el Director Provincial xxx XXXX las alegaciones que estime pertinentes en el plazo de 10 días de acuerdo con lo dispuesto en el art. 33.1 a) del Real Decreto 625/85, del 2 xx xxxxx.
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De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Xxxxxxx Xxxx- dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el expediente re- señado estará de manifiesto por el plazo de 10 días en la Dirección Provincial xxx XXXX.
Interesado/a: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
D.N.I -‐‑ N.I.E.: 03432189Z.
Expediente: Revocación de prestación por desempleo.
Motivo: Falta de Requisitos para el acceso a la prestación por desempleo.
Segovia, a 30 de octubre de 2014.— El Subdirector de Prestaciones, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
15495 bis
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social número uno xx Xxxx
CORRECCIÓN DE ERRORES
En el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, de fecha 31 de octubre de 2014, número 131, página 11, aparece publicado el anuncio, con el n.º de registro 15495, el cual queda anulado a todos los efectos, publicándose a continuación íntegramente el anuncio correcto:
EDICTO
En méritos de lo acordado en resolución dictada en este Juzgado de lo Social xx Xxxx en la Ejecuto- ria núm. 187/2014-N, seguida a instancias de Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx contra Exentrix Hotels S.L.U. por el presente se notifica a la entidad ejecutada Exentrix Hotels S.L.U. en atención a su domicilio des- conocido la resolución dictada en fecha cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
ACUERDO la extinción de la relación laboral que une a Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con la empre- sa Exentrix Hotels, S.L.U., con fecha de 15 de octubre de 2014, condenando a la empresa ejecutada a abonar al trabajador ejecutante la cantidad de 34.400,02 euros, de los cuales, 3.596,72 euros lo son en concepto de indemnización por la extinción del contrato y 30.803,30 euros por todos los sala- xxxx de tramitación que abarcan desde la fecha efectiva del despido hasta la fecha de la presente re- solución judicial; así como al pago de tos intereses moratorios del art. 576 LEC de conformidad con to expuesto en el Fundamento jurídico Cuarto de la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días a contar desde la fecha de notifi- cación, mediante escrito que se ha de presentar en este juzgado de conformidad con el art. 187 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo presentar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad de 25 euros en la cuenta y consignaciones de la que es titular este Juz- gado. Quedan exentos de esta consignación los trabajadores y beneficiarios de tema de Seguri- dad Social.
Así lo acuerdo, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a la parte ejecutada, Exentrix Hotels S.L.U expido el presente que firmo, en Reus, a dieciséis de octubre de dos mil catorce
El Secretario Judicial, rubricado.
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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx
ANUNCIO
16652
El Pleno del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de no- viembre de 2014, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2014 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidas, en los términos fijados en el expediente administrativo, pudiendo durante el término de 15 días examinarlo en el ayunta- miento y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado de- finitivamente dicho acuerdo.
En Xxxxxxxx xxx Xxxxx, a 7 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx.
00000
ANUNCIO
El Pleno del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de no- viembre de 2014, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 2/2014 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones presupuestarias de gastos no comprometidas, en los términos fijados en el expediente administrativo, pudiendo durante el término de 15 días examinarlo en el ayunta- miento y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado de- finitivamente dicho acuerdo.
En Xxxxxxxx xxx Xxxxx, a 7 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx.
00000
Ayuntamiento de El Espinar
ANUNCIO
En sesión ordinaria, de fecha 3 de noviembre de 2014, el Pleno Corporativo municipal ha aprobado inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local, se publica el anuncio de aprobación inicial de la modificación de la citada Ordenanza y el expediente se expone al público, durante el plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las recla- maciones que estimen oportunas.
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Finalizado el periodo de exposición pública, el Pleno adoptará el acuerdo definitivo que proceda resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado.
En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones contra la modificación de la citada Ordenanza, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin nece- sidad de adoptar nuevo acuerdo plenario.
El Espinar, a 6 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxxxxxxx E. Xxxxx Xxxxx.
16734
ANUNCIO
En sesión extraordinaria, de fecha 10 de noviembre de 2014, el Pleno Corporativo municipal ha aprobado inicialmente los acuerdos para la modificación de las siguientes ordenanzas municipales:
1.- Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. 2.- Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras.
3.- Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de servicios de en- señanza en la escuela municipal de música.
4.- Modificación de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la prestación del servi- cio municipal del transporte urbano.
5.- Modificación de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por Prestación de Servicios y Actividades de carácter deportivo, cultural y de ocio.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local, se publica el anuncio de aprobación inicial de la modificación de las citadas Ordenanzas y los expedientes se exponen al público, en las oficinas mu- nicipales y durante el plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán exami- nar los expedientes relacionados y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Finalizado el periodo de exposición pública, el Pleno adoptará los acuerdos que procedan resol- viendo las reclamaciones que se hubieran presentado.
En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones contra las modificaciones de las ci- tadas Ordenanzas, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos, hasta entonces provisio- nales, sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo plenario.
El Espinar, a 10 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxxxxxxx E. Xxxxx Xxxxx.
16732
ANUNCIO DE LA APROBACIÓN INICIAL Y EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 16/2014
En sesión extraordinaria del Pleno, de fecha 10 de noviembre de 2014, se ha aprobado inicial- mente sobre el presupuesto municipal para el ejercicio 2014, el expediente de modificación de crédi- tos número 16/2014, por importe total de 815.675,76 euros, en la modalidad de crédito extraordina-
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rio con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, para aplicación del superávit del ejercicio 2013.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 177 del Texto Refundido de la Ley Re- guladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx; el expediente se expone al público durante el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia; a efectos de que los interesa- dos puedan examinar el expediente en las oficinas de Intervención y presentar las reclamaciones que consideren oportunas ante el Pleno de la Corporación que dispondrá de un plazo de un mes pa- ra resolverlas.
Transcurrido dicho plazo de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones, el expediente de modificación de créditos número 16/2014 quedará definitivamente aprobado sin nece- sidad de adoptar nuevo acuerdo.
El Espinar, a 10 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxxxxxxx E. Xxxxx Xxxxx.
16535
EDICTO
Por este M.I. Ayuntamiento de El Espinar se tramitan los expedientes sancionadores contra las per- sonas señaladas por la comisión de infracciones administrativas a la Ordenanza Municipal de Circulación de Vehículos y Peatones de los núcleos urbanos de El Espinar o a otras normas le- gales que se indican y ante la imposibilidad de hacer notificación personal por las causas que aparecen en cada uno de los expedientes y de acuerdo con los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992 se hace público en este periódico oficial, al objeto de que los interesados puedan com- parecer en las dependencias de Policía Local, sitas en el Ayuntamiento, en la plaza de la Consti- tución n.º 1 y alegar cuanto estimen conveniente a su defensa durante el plazo de veinte días na- turales, durante el cual los expedientes estarán a la vista de los interesados, de conformidad con los artículos 79 y 84 de la mencionada Ley. Si no presentaran alegaciones, excepto en los expe- dientes en los que se requiere la identificación del conductor o ante la posibilidad de ésta, se re- aliza y las sanciones graves que detraen puntos y muy graves que no se han notificado en el ac- to, la presente notificación surtirá efecto de acto resolutorio, según señala el artículo 81.5 del
R.D.L. 339/90, modificado por la Ley 18/2009, En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia.
Asimismo, al amparo de lo dispuesto en el art. 9 bis del R.D.L. 339/90 por el que se aprueba la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificada por la Ley 18/2009 de 23 de noviembre, cuando figure junto al nº de expediente “C”, se requiere al titular del vehículo para que, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publi- cación del presente edicto en este boletín, proceda a la identificación del conductor del vehículo, presentando a tal efecto en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares se- ñalados en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad y domicilio del mismo. Pa- ra que esta identificación se considere válida, debe figurar el número del permiso o licencia de conducción que permita la identificación en el Registro de Conductores e Infractores. Si el con- ductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, debe aportar copia de la au- torización administrativa que le habilite a conducir en España. En caso de empresa de alquiler de vehículos sin conductor, se considera valido la copia del contrato de arrendamiento. En caso de no proceder a la identificación, podría ser sancionado con multa xxx xxxxx de la cuantía de la
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sanción inicial que dio lugar al expediente, si ésta fuera una infracción leve y del triple de la san- ción inicial, si fuera grave o muy grave.
Cuando figure junto al n.º de expediente “D”, de acuerdo con el art. 69.1.g del R. D. L. 339/90, al tratarse de un estacionamiento, se le notifica como responsable de la infracción por su condi- ción de titular del vehículo, salvo que proceda a identificar al conductor responsable, para lo cual debe cumplimentar los mismos requisitos indicados en el párrafo anterior.
La multa, cuyo importe se consigna en el recuadro correspondiente, podrá hacerse efectiva con una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente que se indica en la presente notifi- cación, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales siguientes a esta. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada, implicará: la renuncia a formular ale- gaciones, en el caso de que fuesen formuladas, se tendrán por no presentadas. La terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa. El agotamiento de la vía adminis- trativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, el plazo para interponer este recurso se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago. La firmeza de la sanción en la vía administrativa. La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lle- ven aparejada pérdida de puntos.
LISTADO DE NOTIFICACIONES
Exp. Fecha Art. Legis Matrícula Infractor Localidad DNI/CIF/ NIE Imp.
11307D | 13/9/14 | 91.2 | R.G.C. | M-8823-VP | Suthern Pac.I.S.A. | Madrid | A28489417 | 200 € |
11238D | 5/9/14 | 94.2e | R.G.C. | 6194-HPG | Arval Serv.L.S.A. | Madrid | A81573479 | 200 € |
11236D | 13/9/14 | 91.2 | R.G.C. | 8341-CVY | Rio Fresnos S.A. | Madrid | A28325058 | 200 € |
11660C | 30/8/14 | 3.1 | R.G..C. | 0000-XXX | X. Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | 0000000X | 500 €(6Pt.) |
08130C | 27/8/14 | 20-2d | O.M.C. | 4018-FFL | X. Xxxxxx | Madrid | 7241481T | 19 € |
11580D | 26/8/14 | 94.2a | R.G.C. | 0000-XXX | X. Xxxxxxx | Xxxxxxxx | 8928282G | 200 € |
11575D | 22/8/14 | 91.2 | R.G.C. | 8390-FYP | Cald. Vicmar SL | Mejorada C. | B80899792 | 200 € |
09783D | 21/8/14 | 91.2 | R.G.C. | 0767-DZY | M.A. Xxxxxx X. | Xx Espinar | 3416700G | 200 € |
11303D | 18/8/14 | 29-e | O.M.C. | 6476-CZB | V.Campodelmonte SL | Madrid | B81012858 | 19 € |
11657D | 10/8/14 | 94.2e | R.G.C. | 3915-CPP | X. Xxxxxxx | Madrid | 50022181C | 200 € |
11219D | 8/8/14 | 91.2 | R.G.C. | M-5461-NV | X. Xxxxxxx | Madrid | 51697022Z | 200 € |
El Espinar, a 29 de octubre de 2014.— El Concejal Delegado de Tráfico, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx- mé.
16178bis
Ayuntamiento de Fresno de Cantespino
CORRECCIÓN DE ERRORES
En el B.O.P., n.º 134, de fecha 7 de noviembre de 2014, en la página, n.º 37, aparece publicado el anuncio con el n.º de registro 16178, en el cual se ha observado el siguiente error:
Donde dice: “. al sitio la Balsa y valorado en quince mil euros //5.000,00,. €//”.
Debe decir: “. al sitio la Balsa y valorado en quince mil euros //15.000,00,.€//”.
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Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
ANUNCIO
16579
BASES POR LAS QUE SE RIGE LA CONVOCATORIA PUBLICA PARA LA PROVISION CON CARACTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DE LA AGRUPACIÓN DE SECRETARÍA XX XXXXXXXX Y ALDEALENGUA XX XXXXXXX
De acuerdo con lo establecido en el artículo 64.1 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Me- didas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y en el Decreto 32/2005 de 28 xx xxxxx de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se regulan los procedimientos de selección de funcionarios interinos y se crea la bolsa de trabajo para la provisión temporal de puestos de trabajo reservados a funciona- xxxx de Administración Local con habilitación de carácter Nacional, por Decreto del Alcaldía del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, como cabecera de la Agrupación de Secretarias de los Ayuntamientos xx Xxxxxxxx y de Aldealengua xx Xxxxxxx, de fecha 31 de octubre de 2014 se acordó aprobar las bases que a continuación se reproducen:
Primera. Características del puesto:
Se convoca concurso de méritos para cubrir por personal interino, el puesto de Secretaría-Inter- vención interino del la Agrupación de Secretarias de los Ayuntamientos xx Xxxxxxxx y de Aldealen- gua xx Xxxxxxx puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subes- cala Secretaría - Intervención, Grupo A, Nivel de Complemento de Destino - 26 -, al efecto de cubrir la vacante que se prevé se produzca con ocasión de la baja laboral de su actual titular.
Segunda. Lugar y plazo de presentación de solicitudes:
Los aspirantes a desempeñar dicha plaza, deberán dirigir sus solicitudes (conforme a Anexo A) al Alcalde - Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, presentándolas en el Registro de este Ayunta- miento o por cualquier otro de los previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocato- ria en el Boletín Oficial de la Provincia, así como la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, y hoja de autobaremación de méritos debidamente suscrita y rellenada, según modelo que se publica como Xxxxx XX.
Tercera. Requisitos para participar en la selección:
Los candidatos deberán reunir en el momento en que termine el plazo de presentación de solici- tudes los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad.
c) Estar en posesión de la titulación de (conforme al artículo 22 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en la redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 xx xxxxx).
d) No estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las funciones correspondientes.
f) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Cuarta. Baremo de méritos:
1. El procedimiento de selección será el concurso de méritos en el que se valorará:
1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas selectivas convoca- das para el acceso:
a) A la misma subescala y categoría: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta un máximo de 3 pun- tos.
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b) A distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un máximo de 2 puntos. 1.2.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración:
En puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 4 puntos.
a) En puestos reservados a distinta subescala y categoría: 0,03 puntos por mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos.
b) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,02 puntos por mes completo hasta un máxi- mo de 1,5 puntos.
c) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes completo hasta un máxi- mo de 1 punto.
d) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los gru- pos A y B o grupo equivalente para el personal laboral, con funciones propias de la actividad admi- nistrativa: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos.
e) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los gru- pos C y D, o grupo equivalente laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.
1.3.- Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formación en los siguientes sectores: urbanismo, informática, gestión económica financiera, tesorería y recaudación, contabili- dad, legislación general y sectorial relacionada con la Administración local, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
a) Por cursos entre 25 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos.
a) Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos.
b) Superior a 100 horas lectivas: 0,30 puntos.
2. Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados y títulos originales emitidos por los órganos competentes o fotocopias debidamente compulsadas.
3. Criterios a tener en cuenta, en su caso, en la selección a realizar:
1. Redondeo en puntuación: Se determina que en las operaciones aritméticas de suma que se realicen en la valoración de criterios a aplicar según las bases de la convocatoria, si se diera un ter- cer decimal, si éste fuera 5 o superior se redondearía la cifra de los dos primeros decimales incre- mentando una unidad, y siendo menor de 5 el tercer decimal se redondearía, sin tenerlo en cuenta, a la cifra de los dos primeros decimales.
2. Acreditación de servicios por experiencia: Base 1.2: solo se tendrá en cuenta si así se acredita por certificado de la Administración correspondiente, donde se hará constar la categoría del puesto de trabajo desempeñado totalizado por años, meses y días, acompañado de informe de vida laboral y copia de contrato; y para interinidades además, nombramiento expedido por la Dirección general de Administración Territorial de la Junta xx Xxxxxxxx y León o de otras administraciones competentes, junto con el acta de toma de posesión y de cese, en su caso, además de informe de vida laboral y certificado de servicios.
3. Cómputo de plazos: los meses se computarán entendiéndolos completos cuando se aprecie de que su extensión abarca de fecha a fecha.
4. Empate de puntuación: En caso de producirse empate en la puntuación entre dos o más can- didatos, se considerará preferente entre ellos aquel cuya solicitud para tomar parte en el presente proceso selectivo tuviera fecha anterior a los demás, y en caso de ser idéntica la fecha: anterior nú- mero de registro de entrada en la administración en que se hubiera presentado.
5. Modelos: Los concursantes deberán utilizar los anexos I y II de la presente convocatoria que serán debidamente cumplimentados y firmados – se relacionarán individualmente todos los méritos
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que se aleguen -. Será causa de eliminación del concurso la no utilización de los modelos aproba- dos o su deficiente cumplimentación. Los modelos en formato Word pueden descargarse de la pági- na xxx.xxxxxxxxxx.xx
Quinta. Composición del órgano de selección:
La comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: Funcionario licenciado de la Junta o de Diputación.
Dos vocales designados a propuesta del Presidente:
-Un funcionario de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
-Un funcionario con habilitación de carácter nacional, quien actuará como secretario.
Sexta.
El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante la Corporación la siguiente docu- mentación: fotocopia del Documento Nacional de identidad, fotocopia de los documentos acreditati- vos de poseer la titulación exigida como requisito para el acceso, declaración de no haber sido sepa- rado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes, declaración de no pade- cer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones y declaración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Séptima.
La comisión de selección propondrá a la Corporación el candidato seleccionado y, hasta una má- ximo de tres suplentes ordenados según la puntuación obtenida y, de acuerdo con dicha propuesta, el Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo a la Di- rección General de Administración Territorial, que resolverá definitivamente. El presidente xxx Xxxx- tamiento xx Xxxxxxxx, como presidente de la agrupación municipal, hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el nombramiento efectuado.
Octava.
El candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tres días hábiles desde el si- guiente al de la recepción en la Corporación de la resolución por la que se efectúa el nombra- miento.
Novena.
La Corporación convocante podrá proponer motivadamente que la Dirección General competente declare desierto el proceso de selección.
Décima.
El funcionario interino cesará en el desempeño del puesto de acuerdo con lo dispuesto en el artí- culo 4 del Decreto 32/2005 de 28 xx xxxxx de 2005.
En Gallegos, a 31 de octubre de 2014.— Xx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx.
XXXXX 0
MODELO DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE PROVISION CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARIA-INTERVENCIÓN DE LA
AGRUPACION DE SECRETARIA XX XXXXXXXX Y ALDEALENGUA XX XXXXXXX.
D./Xx. :....................................................., con DNI , y lugar a efectos de comu-
nicaciones y notificaciones en ...................................................................de la locali-
dad:....................provincia.........................C.P............ y teléfono , EXPONGO:
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Que deseo ser admitido/a en el concurso público de méritos para la provisión con carácter interi- na de la plaza de Secretaría-Intervención del xxxxxxxx, conforme consta en el encabezamiento y cu- ya convocatoria ha sido publicada en el Boletín Oficial de la provincia xx Xxxxxxx n.º de fecha
………………..
Que reúno todas las condiciones exigidas en las bases del concurso, que declaro conocer y aceptar.
Que aporto los siguientes documentos acreditativos de los méritos a valorar exigidos en las ba- ses: …………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………………………………
Que acompaño hoja de autobaremación de meritos Por lo que SOLICITO:
Que se me admita en el proceso selectivo para la provisión con carácter interino de la plaza de Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento de XXXXX.
................................................. , a .............. de. de 2014.
Fdo.:........................................................................
ANEXO II
HOJA DE AUTOBAREMACIÓN DE MERITOS
D. ................, con DNI , y lugar a efectos de comunicaciones
y notificaciones en ..........................................................................................de la locali-
dad:.........................................provincia...........................................C.P.................... y teléfo-
no……………..
Méritos Autopuntuación Tribunal
1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas selectivas convoca- das para el acceso:
c) A la misma subescala y categoría: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta un máximo de 3 puntos.
d) A distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un máximo de 2 puntos.
1.2.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración:
En puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 4 puntos.
a) En puestos reservados a distinta subescala y categoría: 0,03 puntospor mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos.
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Méritos Autopuntuación Tribunal
b) En puestos de trabajo de la administración local no reservadosa funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos A y B,o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el de- sempeño de funciones administrativas: 0,02 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos
c) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el de- sempeño de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes completohasta un máximo de 1 punto.
d) En puestos de trabajo de otras administracio- nes diferentes de la local,clasificados en los grupos A y B o grupo equivalente para el personal laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,01 puntos por mescompleto hasta un máximo de 1,5 puntos.
e) En puestos de trabajo de otras administracio- nes diferentes de la local, clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.
1.3.- Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formación en los siguientes secto- res: urbanismo, informática, gestión económica finan- ciera, tesorería y recaudación, contabilidad, legislación general y sectorial relacionada con la Administración lo- cal, hasta un máximo de 3 puntos (Relacionar y pun- tuar todos y cada uno de los cursos)
TOTAL
Lugar, fecha y firma
Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gallegos (Xxxxxxx), cabecera de la Agrupación para el sostenimiento en comun del puesto de Secretaria de los Ayuntamientos xx Xxxxxxxx y xx Xxxxx- lengua xx Xxxxxxx.
16685
Ayuntamiento xx Xxxxxxx
ANUNCIO
Mediante Decreto de esta Alcaldía de fecha 5 de noviembre de 2014, se ha delegado en el Te- niente de Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx de la Cuesta, la autorización para la celebración
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de la solicitud de matrimonio civil de D. ª Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxx y D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx- so Xxxxxxxx el día 29 de noviembre de 2014.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Grajera, a 5 de noviembre de 2014.— El Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
00000
Ayuntamiento de Xxxxxxx xx Xxxxxxx
ANUNCIO
De conformidad con lo dispuesto en los art.44.2 y 47 del R.D. 2568 /1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público mediante Decreto de Alcaldía de 0 xx xxxxxxx xx 0000 , xx xxxx- gación en el Xxxxxxxx xx Xxxxxxx D. Xxxx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, de las funciones propias de la Al- caldía desde el día 4 de noviembre hasta el 14 de noviembre, ambos inclusive.
En Xxxxxxx xx Xxxxxxx, a 9 de octubre de 2014.— La Alcaldesa, M.ª Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
16622
Ayuntamiento de Moral de Hornuez
ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.
El Pleno del Ayuntamiento de Moral de Hornuez, en sesión ordinaria celebrada el día 31-10- 2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca- les, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesa- dos puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Moral de Hornuez, a 31 de octubre del 2014.— El Alcalde, rubricado.
16372
Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxxx
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
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Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha queda- do automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento del expediente n.º 2/2014, de Modificación de Créditos para concesión de Créditos Extraordinarios el cual se hace público con el siguiente detalle:
ALTAS EN PARTIDAS DE GASTOS
Partida Progr. Económica | Descripción | Créditos iniciales | Créditos extraordinarios | Créditos finales | |
321 | 622 | Instalación elementos de regulación calefacción colegio | 00 | 12.100,00 | 12.100,00 |
TOTAL | 12.100,00 |
FINANCIACIÓN
ALTAS EN PARTIDAS DE INGRESOS
Partida Descripción Euros
76102 Subvención Diputación Provincial instalación elementos
regulación calefacción colegio 10.000,00
461.01 Subvención fondo financiación global 2014 2.100,00 (1)
Total mayores ingresos. 12.100,00
(1) El Importe total de la subvención es 25.119,00 € de los que únicamente se utilizan 2.100,00 €. En la modificación de créditos n.º 1/2014 se utilizaron además 6.000,00 €
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Ha- ciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Xxxxx xx Xxxxxxxx, a 31 de octubre de 2014.— El Alcalde, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
Ayuntamiento de Sebúlcor
16533
ENAJENACION APROVECHAMIENTO MADERA DE CHOPO
Durante los trece días naturales siguientes a la publicación del presente anuncio en el B.O.P. xx Xxxxxxx, se admitirán, en la secretaria de este Ayuntamiento, las proposiciones para participar en el procedimiento abierto, urgente, oferta económicamente más ventajosa, para la adjudicación del aprovechamiento xx xxxxxx de chopo del Monte U.P. n.º 213, con sujeción a los Pliegos de Condi- ciones Técnico-Facultativo, elaboradas por el Servicio T. de Medio Ambiente, y al de Cláusulas Jurí- dicas y Económico-Administrativas aprobadas por esta Corporación mediante decreto de esta Alcal- día de fecha 3 de noviembre de 2014, que quedan expuestos al público durante ocho días hábiles a los efectos de recibir reclamaciones, siendo su resumen el siguiente:
Objeto de la subasta:
Aprovechamiento del Lote 01OR, anualidad 2014 cuyas circunstancias son las siguientes:
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Características / Localización:
Monte U.P. 213, denominado “Xxxxx xxx Xxxxx x Xxx Xxxxxxx”. Xxxx 000X, Xxxxxxx B, Tramo III; Tranzón 10. Número de fustes: 1197 pies de la especie Chopo; Vol. Inicial fustes m3 c.c.: 882,00 m3
;Valor m3 con corteza: 65,00 €.
Plazo Ejecución:
24 meses.
Precio salida en subasta:
57.330,00 €
Fianza:
Provisional: Se exime.
Definitiva: El 5% del remate.
Ingresos en el Fondo de Mejoras del Monte:
Precio de la limpieza por copas: 3.00 €; Coste opcional eliminación restos de corta: 3.591,00; Obligaciones derivadas del P.C.T.F.: 38,72 € TOTAL: 3.629,72 €
Proposiciones:
Se presentarán hasta las 18 horas del primer lunes o jueves hábil a transcurrido los 13 días a partir de la publicación de este anuncio en el B.O.P: junto con la documentación indicada en el Plie- go de Cláusulas Jurídico y Económico-Administrativas.
Apertura de proposiciones:
A las 18,30 horas del último día señalado para presentación de proposiciones.
Segunda subasta:
En las mismas condiciones el primer lunes o jueves hábil siguiente a la celebración de la primera subasta, a la misma hora.
Modelo de proposición:
El corriente para este tipo de licitaciones, que podrá obtenerse en la secretaría de este Ayunta- miento.
Gastos:
El importe del presente anuncio y los demás gastos derivados del expediente serán por cuenta del adjudicatario.
Sebúlcor, a 3 de noviembre de 2014.— La Alcaldesa, Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx.
16686
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
ANUNCIO
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2014, ha acor- dado provisionalmente la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales, en los términos en que aparecen redactadas en los respectivos expedientes:
- Ordenanza Fiscal n.º 1, Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles-
- Ordenanza Fiscal n.º 3, Reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras-
- Ordenanza Fiscal n.º 5, Reguladora de la Tasa por prestación de servicios de Alcantarillado y Depuración de aguas residuales-
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Durante el plazo de treinta días, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, podrán los interesados examinar los expedientes con las co- rrespondientes Ordenanzas y demás antecedentes y, en su caso, formular las reclamaciones que estimen pertinentes. En el supuesto de que durante dicho plazo no se presenten reclamacio- nes, el acuerdo y las Ordenanzas Fiscales modificadas y establecidas se elevarán automática- mente a definitivos.
Lo que se hace público en cumplimiento de cuanto previene el artículo 17.1 y 2 del Real De- creto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Re- guladora de las Haciendas Locales, y demás disposiciones legales de aplicación sobre la mate- ria.
Sepúlveda, a 5 de noviembre de 2014.— El Alcalde, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
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Ayuntamiento de Valdevacas y Guijar
ANUNCIO
Por Decreto de Alcaldía de fecha 28 de octubre de 2014, se aprobó el Padrón fiscal de la Ta- sa de abastecimiento de agua correspondiente al ejercicio de 2014. Por el presente, se expone al público en la Secretaría municipal por el plazo de un mes a contar desde la publicación de es- te anuncio en el B.O.P.
El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efectos de lo dispuesto en el art.
102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria y art. 14.2 del R.D. Legislativo 2/2004, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados in- terponer los siguientes recursos:
- Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP. Se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su interposición no ha sido notificada su resolución.
- Recurso contencioso administrativo, contra la denegación expresa o tácita del recurso de re- posición, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo xx Xxxxxxx, en el plazo de dos me- ses a contar desde el día siguiente a la notificación del recurso de reposición o en el de seis me- ses a contar desde la fecha de interposición del recurso de reposición si no fuera resuelto de forma expresa.
La interposición del recurso no suspende la ejecución del acto impugnado, salvo que se solici- te dicha suspensión acompañando garantía que cubra el total de la deuda tributaria.
De conformidad con el art. 62.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se anuncia la cobranza de los recibos correspondientes en período voluntario durante el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP. Transcurrido este plazo sin haber sido satisfecha la deuda, se iniciará el procedimiento ejecutivo y las deudas serán exigidas por el pro- cedimiento de apremio.
Los recibos domiciliados se cargarán en cuenta a partir del día 15 de noviembre de 2014. Xxxxxxxxxx x Xxxxxx, a 31 de octubre de 2014.— El Alcalde, Xxxxx Xxxxxxx del Caz.
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Ayuntamiento de Valdevacas xx Xxxxxxx
ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES,INSTALACIONES Y OBRAS
16623
El Pleno del Ayuntamiento de Valdevacas xx Xxxxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 17-10- 2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones,Instalaciones y Obras.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca- les, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesa- dos puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Valdevacas xx Xxxxxxx, a 17 de octubre del 2014.— La Alcaldesa, rubricado.
Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
00000
ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRECONSTRUCCIONES,INSTALACIONES Y OBRAS.
El Pleno del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 20-10- 2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del im- puesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca- les, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesa- dos puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, a 20 de octubre del 2014.— El Alcalde, rubricado.
Entidad Local Menor xx Xxxxxxx
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ANUNCIO CUENTA GENERAL 2013
Formada la Cuenta General Entidad del ejercicio de 2013, queda expuesta al público por un pla- zo de 15 días, durante el cual y 8 días más, podrán los interesados formular, por escrito, las recla-
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maciones que estimen pertinentes, que podrán presentarse en el registro de la propia Entidad, en horario de oficina (martes, miércoles y jueves, de 18,30 a 21 horas), o en los establecidos en el art. 38-4.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Revenga, a 7 de noviembre de 2014.— El Alcalde Pedáneo, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx.
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Entidad Local Menor de Carbonero de Ahusín
ANUNCIO
Promovido por X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, se está tramitando en esta Entidad la licencia am- biental correspondiente a la ejecución del "Proyecto de Traslado xxx Xxxxx Urbano y ampliación de Explotación de Ganado Vacuno de Cebo”, en la parcela 6 del polígono 7 del catastro de rústica de este término, conforme al proyecto redactado por XXXX S. L. y suscrito por el Ingeniero Técnico en Explotaciones Agropecuarias Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx.
De conformidad con los artículos 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 xx xxxxx, de Prevención Ambiental de Castilla y León el expediente queda sometido a información pública por plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Pro- vincia, a efectos de que se formulen cuantas observaciones y alegaciones se estimen convenientes.
En Carbonero de Ahusín, a 5 de noviembre de 2014.— El Alcalde, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
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Mancomunidad de Municipios “Río Eresma”
EDICTO
Por acuerdo de la Asamblea de Concejales de esta Mancomunidad, en sesión celebrada el día 27 de octubre de 2014, se aprobó el Presupuesto General para el ejercicio de 2015.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público, durante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en el artículo 170 del Real Decreto antes citado puedan examinarlo, y presentar reclamaciones por los motivos que se señalan en el apartado 2 del mentado artículo 170.
En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, el Pre- supuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
Íscar, a 29 de octubre de 2014.— El Presidente, Xxxx-‐‑Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
xxx.xxxxxxxxxx.xx • BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX • D. L.: SG. - 1/1958