SUBDIRECCIÓN JURÍDICA DPTO. DE ASESORÍA JURÍDICA GE279680
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MATERIA: Aprueba Prórroga y Modificación de Convenio Interadministrativo entre la Tesorería General de la República, el Banco del Estado de Chile y el Servicio de Impuestos Internos para disponibilizar canales de pago que faciliten la recaudación y el pago de tributos y otros ingresos públicos.
SANTIAGO, 18 XX XXXXX DE 2024 RESOLUCIÓN EX. SII N°49.-
VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1° y 7° letra o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; Decreto con Fuerza xx Xxx N°1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, sobre Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías; Decreto Ley N°2.079, de 1977, que fija la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile; la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; artículo 5, de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; y el artículo 5° de la Ley N°18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
CONSIDERANDO:
1.- Que, corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio.
2. Que el Banco del Estado de Chile, es una empresa autónoma del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de duración indefinida, sometida exclusivamente a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda, y que tiene por objeto principal, prestar servicios bancarios y financieros con el objeto de favorecer el desarrollo de las actividades económicas nacionales.
3.- Que, la Tesorería General de la República, de acuerdo con su Estatuto Orgánico contenido en el Decreto con Fuerza xx Xxx N°1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, es un Servicio Público encargado, en lo esencial, de custodiar y distribuir
los fondos y valores fiscales, y en general, los de todos los Servicios Públicos, recaudar y cobrar, tanto administrativa como judicialmente, los impuestos, tributos y demás créditos del Sector Público, pagar las obligaciones fiscales y administrar los recursos financieros, para el funcionamiento del Estado, además de otras funciones que le asignan las leyes.
4.- Que, con fecha 30 xx xxxxx de 2023, la Tesorería General de la República, el Banco del Estado de Chile y el Servicio de Impuestos Internos, este último en calidad de colaborador y facilitador de la ejecución del mismo, suscribieron un Convenio Interadministrativo junto con cuatro Anexos Técnico Operativos, esto es: i) TGR con BancoEstado; ii) TGR con Red Global; iii) SII con BancoEstado; y iv) SII con Red Global, que dentro del ámbito de las competencias y facultades de cada una de estas instituciones, tiene por objeto disponibilizar canales de pago, tanto presenciales como no presenciales, que faciliten la recaudación y el pago de los impuestos, tasas, contribuciones y en general de todo tipo de tributos, así como también toda obligación fiscal, multas u otros ingresos públicos que establezcan las leyes, sean presentes o futuros, asegurando la continuidad operacional de estas modalidades de pago para favorecer el cumplimiento tributario de todos los contribuyentes.
5.-Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos consagrado en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el Servicio de Tesorerías, el Banco del Estado de Chile, y Servicio de Impuestos Internos, acordaron una prórroga y modificación del Convenio Interadministrativo ya referido, que fue suscrita con fecha 04 xx xxxxx de 2024, por los motivos que se exponen en tal instrumento.
RESUELVO:
APRUÉBASE la Prórroga y Modificación del Convenio Interadministrativo entre la Tesorería General de la República, el Banco del Estado de Chile y el Servicio de Impuestos Internos, celebrada el 04 xx xxxxx de 2024, cuyo texto es el siguiente:
PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN
DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO Y SUS ANEXOS ENTRE
LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EL BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Y
EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
PARA DISPONIBILIZAR CANALES DE PAGO QUE FACILITEN
LA RECAUDACIÓN Y EL PAGO DE TRIBUTOS Y OTROS INGRESOS PÚBLICOS
En Santiago, a 04 xx xxxxx de 2024, entre la Tesorería General de la República, en adelante también “TGR” o “Servicio de Tesorerías”, persona jurídica de derecho público, Rut N°00.000.000-0, representada por el Tesorero General de la República, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, cédula de identidad N°00.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxxx Xx00, xxxxxxx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx; el Banco del Estado de Chile, en adelante también “BancoEstado”, empresa autónoma del Estado del giro bancario, Rut N°00.000.000-0, representada por su Gerente General Ejecutivo, xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, cédula de identidad N°0.000.000-0, ambos domiciliados en Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx X’Xxxxxxx 0000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx; y el Servicio de Impuestos Internos, en adelante también “SII”, persona jurídica de derecho público, Rut N°00.000.000-X, representado por su Director, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, cédula de identidad N°0.000.000-X, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxxx Xx000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, quien concurre en calidad de colaborador y facilitador de la ejecución del Convenio Interadministrativo que a continuación se individualiza, en adelante denominados en conjunto “las Partes”, se ha acordado suscribir la siguiente prórroga y modificación del Convenio Interadministrativo para disponibilizar canales de pago que faciliten la recaudación y el pago de los impuestos, tasas, contribuciones y en general de todo tipo de tributos, así como también toda obligación fiscal, multas u otros ingresos públicos que establezcan las leyes, sean presentes o futuras, en adelante también “el Convenio” y sus respectivos Anexos Técnicos Operativos, en adelante también “los Anexos”.
PRIMERO: Antecedentes.
1.1. Con fecha 30 xx xxxxx de 2023, la Tesorería General de la República, el Banco del Estado de Chile y el Servicio de Impuestos Internos, este último en calidad de colaborador y facilitador de la ejecución del instrumento que se indica a continuación, suscribieron un Convenio Interadministrativo que, dentro del ámbito de las competencias y facultades de cada una de estas instituciones, tiene por objeto favorecer el cumplimiento tributario de todos los contribuyentes, disponibilizando canales de pago, tanto presenciales como no presenciales, que faciliten la recaudación y el pago de los impuestos, tasas, contribuciones y en general de todo tipo de tributos, así como también toda obligación fiscal, multas u otros ingresos públicos que establezcan las leyes, sean presentes o futuros.
1.2. La prestación de estos servicios se realiza a través del canal de recaudación tradicional que provee BancoEstado, desde las cuentas bancarias de sus propios clientes, al igual que lo hacen las demás instituciones bancarias de nuestro país y a través de la recepción de pagos mediante Tarjetas de Crédito, Débito y Prepago, emitidas por bancos e instituciones financieras, lo que a partir del 1 de julio de 2023, realiza la filial de BancoEstado, Red Global S.A., conocida como Compraquí, sociedad de apoyo al giro bancario constituida como Operadora de Tarjetas y sujeta a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero, en adelante también “Red Global”.
1.3. El referido Convenio Interadministrativo se implementó mediante la suscripción de cuatro Anexos Técnicos Operativos, esto es: i) TGR con BancoEstado; ii) TGR con Red Global; iii) SII con BancoEstado; y iv) SII con Red Global, habiéndose pactado dichos instrumentos con la vigencia de un año a contar del 1 de julio de 2023 y en conformidad al artículo 38 del Código Tributario y la normativa legal vigente en materia de medios de pagos.
1.4. A fin de dar continuidad operacional a este servicio de recaudación y pagos que representa una necesidad de orden público, en el intertanto que por parte de la TGR se
evalúa y proyecta la provisión de dicho servicio mediante un proceso de licitación pública, para los efectos de facilitar el cumplimiento de los requisitos de liquidez que establece la normativa sectorial para las Operadoras de Tarjetas, en relación a su flujo transaccional y el plazo para enterar los recursos recaudados y pagados, las Partes han acordado prorrogar el Convenio y sus Anexos, autorizando a BancoEstado para operar como delegado de la TGR para la recaudación de los pagos recibidos de los contribuyentes en la ejecución de dichos acuerdos, en los términos que a continuación se indican.
SEGUNDO: Prórroga.
2.1. En este acto y por el presente instrumento las Partes, en la calidad que comparecen y dentro del ámbito de sus facultades, acuerdan prorrogar por un año más el Convenio y sus Anexos, a contar del próximo vencimiento del mismo, esto es, el 01 de julio de 2024, por lo que el referido Convenio y sus Anexos extenderán su vigencia hasta el 01 de julio de 2025.
2.2. Sin perjuicio de lo anterior, en el escenario que no haya sido posible para la TGR llevar adelante o completar un proceso de licitación pública para la provisión del servicio objeto del Convenio, éste se extenderá automáticamente, sin necesidad de una nueva prórroga, hasta por seis meses más, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2025.
2.3. Con todo, cualquiera de las Partes podrá ponerle término mediante aviso escrito, dirigido por el Jefe Superior del Servicio respectivo a la otra parte o su equivalente, con al menos noventa (90) días corridos de anticipación, sin perjuicio de quedar vigente para el solo efecto de terminar las obligaciones u operaciones que se encuentren pendientes de cumplimiento o en proceso de ejecución.
TERCERO: Delegación para la recaudación otorgada a BancoEstado
3.1. En este acto, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, en su calidad de Tesorero General de la República, y haciendo uso de las facultades que le confieren los artículos 38, 39, 47 y 48 del Código Tributario, viene a autorizar al Banco del Estado de Chile para que, en la ejecución del presente Convenio y sus Anexos, actúe como delegado de la TGR en la recaudación de toda clase de tributos y obligaciones fiscales, cuyo cobro sea de su competencia, sean éstos presentes o futuros, en moneda de pago nacional o extranjera, según el canal de recaudación de que se trate, ya sea a través del propio Banco o a través de su filial Red Global, de conformidad al referido Convenio y sus Anexos.
3.2. En virtud de esta delegación para la recaudación, para todos los efectos legales a que haya lugar, los pagos efectuados a BancoEstado en la forma indicada en el párrafo precedente, extinguirán las obligaciones tributarias pertinentes hasta el monto de la cantidad enterada, y se entenderán realizados a la TGR en la fecha en que tales recursos provenientes de la ejecución del Convenio y sus Anexos, se depositen en la cuenta de BancoEstado que éste disponga para dicha finalidad. Dentro del plazo de cinco días hábiles bancarios contados desde el día hábil siguiente al de la realización de las transacciones de pago, recibidas a través de los canales de Red Global o BancoEstado, este último depositará dichos recursos en la cuenta bancaria de la TGR habilitada al efecto que se indica en los Anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de cuadratura de las transacciones, en los términos y condiciones previstos en los respectivos Anexos Técnicos Operativos de Recaudación y de Adquirencia.
CUARTO: Conocimiento y adhesión a la prórroga y modificación de Convenio y Anexos.
4.1. Presente a este acto, comparece Red Global S.A., Rut N°00.000.000-0, representada por su Gerente General, don Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, cédula de identidad N°15.323.686- 0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxxxx Xx0000, Xxxx 0, xxxxxx xx Xxxxxxxx quien, en la calidad que inviste, declara conocer los términos y el alcance de la presente prórroga y modificación del Convenio y sus Anexos, adhiriendo expresamente a los mismos.
4.2. Asimismo, atendida la delegación conferida por la TGR a BancoEstado para la recaudación de toda clase de tributos y obligaciones fiscales y con el consentimiento que en este acto formulan BancoEstado, la TGR y el SII, cada uno conforme a los roles y facultades que les asisten, Red Global se obliga a depositar en la cuenta que BancoEstado establezca al efecto, de conformidad a lo previsto en el párrafo 3.2 de la cláusula tercera precedente, los pagos recibidos de los contribuyentes por su intermedio, el día hábil siguiente al de la realización de las transacciones de pago, con lo que quedará extinguida su responsabilidad de pago en cuanto a su rol adquirente, tanto respecto de la TGR como del SII, en el rol y dentro de las atribuciones que le competen a cada entidad, según el Convenio y sus Anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de cuadratura de las transacciones, en los términos y condiciones previstos en los respectivos Anexos Técnicos Operativos de Recaudación y de Adquirencia.
QUINTO: Vigencia y aplicación del presente instrumento
5.1. La presente prórroga y modificación de Xxxxxxxx y sus Anexos, entrará en vigencia una vez suscrito por todos los comparecientes, sin perjuicio de cumplir posteriormente con la dictación de los actos administrativos aprobatorios que correspondan.
5.2. En lo no modificado en virtud del presente instrumento, permanecen vigentes todas las estipulaciones correspondientes al Convenio y sus Anexos.
SEXTO: Domicilio
Para todos los efectos del presente instrumento, las Partes y Red Global fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago.
SÉPTIMO: Ejemplares.
El presente instrumento se suscribe electrónicamente, quedando las Partes y Red Global con una copia digital del mismo.
PERSONERÍAS:
La personería de xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, para actuar en representación de la Tesorería General de la República, en su calidad de Tesorero General de la República, consta del Decreto Supremo N°1.831, de 3 de noviembre de 2022, del Ministerio de Hacienda.
La personería de xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, para actuar en representación del Banco del Estado de Chile, en su calidad de Gerente General Ejecutivo, consta del Decreto N°775, de 25 xx xxxx de 2022, del Ministerio de Hacienda.
La personería de xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, para actuar en representación del Servicio de Impuestos Internos, en su calidad de Director, consta del Decreto Supremo N°446, de 31 xx xxxxx de 2022, del Ministerio de Hacienda.
La personería de don Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, para actuar en representación de Red Global S.A., en su calidad de Gerente General, consta de la escritura pública otorgada con fecha 10 xx xxxx de 2023 en la notaría de Santiago de doña Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
Tesorero General de la República
p.p. Tesorería General de la República
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
Gerente General Ejecutivo
p.p. Banco del Estado de Chile
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Director
p.p. Servicio de Impuestos Internos
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx
Gerente General
p.p. Red Global S.A.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX Xxxxx: 2024.04.18
14:51:07 -04'00'
DIRECTOR
XXXXXXX
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXX
XXXXXXXXXX XXXX Fecha: 2024.04.18 12:21:37 -04'00'
MFM/XXX/LAS/AID
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