Contract
Contrato Abierto de Prestación de Servicios de Suministro de Agua Purificada de Garrafón de 19 Litros, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte la empresa Embotelladora Xxxxxxx, S.A. de C.V., representada en este acto por el C. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en su calidad de representante legal, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Prestador de Servicios”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
A. Con fecha 20 de Febrero de 2008, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General y a la Contraloría Interna; para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-010-08 relativa a la contratación del Servicio de Suministro de Agua Purificada para “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 8 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el ejercicio fiscal de 2008 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.---------------------------------------------------------------------
B. Con fecha 27 de Febrero de 2008, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la Licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y Base Quinta de las Bases de Licitación.
C. Con fecha 29 de Febrero de 2008, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-010-08 relativa a la contratación del Servicio de Suministro de Agua Purificada para “La Secretaría”; siendo favorecido “El Prestador de Servicios” en la partida de la Licitación que en la cláusula primera de este contrato se indica, en acatamiento a lo estipulado en los artículos 44 de la Ley citada en el antecedente B.------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARIA”
I.1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21, 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 8 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2008, 1, 5 y 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, como Oficial Mayor de la Secretaría de Educación, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12 y 14 fracciones I, IV y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------------------------------------------------------
I.3. Que cuenta con los recursos disponibles suficientes, en la Partida Presupuestal 2206, para cubrir el monto de los servicios pactados en el presente contrato.----------------------------------------------
I.4. Que es su voluntad celebrar el presente contrato abierto relativo al Servicio de Suministro de Agua Purificada de Garrafón de 19 Litros para “La Secretaría”, con “El Prestador de Servicios” bajo la modalidad de Licitación Simplificada y de conformidad con los artículos 26 fracción II, 54, 56, 57 y 58 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------
I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa-Veracruz de la Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y
R.F.C. No. SED9905019C2.
II. DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”:
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable constituida conforme a las Leyes Mexicanas cuyo objeto social es Purificación, Envasado y Comercialización de Agua para Consumo Humano en todas sus presentaciones, justificada con Escritura Pública No. 40,832 de fecha 28 de Noviembre de 2005, pasada ante la fe del Xxx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0 xx Xxxxxxxx, Xxx., e inscrita en el Registro Público de Comercio el día 12 de Enero de 2006, bajo el No. 18,138.
II.2. Que su representante legal acredita su personalidad a través del Instrumento Público señalado en el inciso anterior.
II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. EKR051128TD4 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II.4. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000 y con No. Telefónico y Fax 814-99- 10, en Xalapa, Ver.
II.5. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para la prestación de los servicios requeridos por “La Secretaría”.
II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los casos de excepción establecidos en el artículo 45 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamiento, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para la suscripción del presente contrato abierto. ------------------------------------------------------------------
CLÁUSULAS:
PRIMERA: “La Secretaría”, contrata a “El Prestador de Servicios” el Servicio de Suministro de Agua Purificada de Garrafón de 19 Litros para “La Secretaría” de conformidad con lo siguiente:
Part. | Concepto | Cantidad mínima de contratación | Cantidad máxima de contratación | Costo Unitario |
1 | Suministro de garrafón de agua purificada de 19 litros, con tapa de plástico y banda o sello de garantía | 18,000 | 28,000 | $14.00 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Prestador de Servicios” la cantidad de $14.00 (Catorce Pesos 00/100 M.N.), sin incluir I.V.A. (Tasa Cero), de conformidad con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de Julio de 2006, el agua purificada en cualquier presentación genera tasa 0% del impuesto al valor Agregado, por cada garrafón que requiera “La Secretaría” de conformidad con las cantidades enunciadas en la cláusula anterior, las cuales serán pagadas por mensualidad vencida dentro de los diez días naturales siguientes a la presentación de la factura previamente validada por el Titular de la Subdirección de Servicios Generales y debidamente requisitada fiscalmente. Los pagos se efectuarán a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación mediante transferencia electrónica.
TERCERA: Especificaciones Técnicas. “El Prestador de Servicios” se compromete a suministrar los garrafones de 19 litros de agua purificada, que contendrán tapa, banda o cinta de inviolabilidad; fecha de caducidad, número de lote y fecha de envasado, de acuerdo a las especificaciones técnicas que se señalan en el ANEXO “A” el cual pasa a formar parte integral de este acuerdo de voluntades y de conformidad con los requerimientos de “La Secretaría” por conducto de la Subdirección de Servicios Generales, la cual no recibirá cajas que no contengan las especificaciones antes señaladas. -
CUARTA: Suministro. “El Prestador de Servicios” deberá suministrar el servicio de agua purificada en las oficinas que se detallan en el Anexo “B” Sistema Federal y Anexo “C” Sistema Estatal, los cuales pasan a formar parte integral del presente Instrumento Legal.-------------
QUINTA: Vigencia del Servicio. “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 01 (Uno) xx Xxxxx al 31 (Treinta y uno) de Diciembre de 2008.--------------
SEXTA: Control de Calidad. “El Prestador de Servicios” se obliga a garantizar e implementar controles de calidad permanente a efecto de mantener óptimas condiciones sanitarias en sus procesos xx xxxxxxxxxxxx, lavado y desinfección de envases, envasado y traslado del agua, con el objeto de evitar que contenga impurezas, tales como materia orgánica, bacterias, organismos microbiológicos, sustancias residuales, etc., de acuerdo a lo especificado en las Normas Oficiales Mexicanas números NOM-041-SSA1-1993, NOM-117-SSA1-1994, NOM-160-SSA1-1995 y NOM-
201-SSA1-2002. Asimismo “El Prestador de Servicios” se hace responsable de los daños a la salud que se pudieran ocasionar al personal de “La Secretaría” por el suministro de agua que no contenga las condiciones sanitarias y de salubridad necesarias para su consumo humano.------------
SÉPTIMA: Verificación y Pruebas. “La Secretaría” por conducto de la Subdirección de Servicios Generales, se reserva la facultad de verificar y realizar pruebas selectivas de análisis y muestreo al producto cuando lo considere pertinente, a efecto de constatar la calidad, higiene y condiciones sanitarias del agua, tomando en consideración los lotes suministrados, conforme a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas números NOM-041-SSA1-1993, NOM-117-SSA1-1994, NOM-160-SSA1-1995 y NOM-201-SSA1-2002.y las que resulten aplicables.------------------------------
OCTAVA: Fianza de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, la calidad del servicio y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Prestador de Servicios” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $39,200.00 (Treinta y Nueve Mil Doscientos Pesos 00/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
NOVENA: Vigencia de la Fianza. El “Prestador de Servicios” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el termino de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. En la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------
DÉCIMA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los servicios solicitados, mediante la modificación del presente contrato, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio del servicio sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
DÉCIMA PRIMERA: Pena Convencional. “El Prestador de Servicios” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un Cinco al Millar por cada día de atraso en la prestación del servicio objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx la Llave.
DECIMA SEGUNDA: Rescisión. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente y sin responsabilidad alguna el presente contrato a “El Prestador de Servicios”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo “La Secretaría” podrá demandar a “El Prestador de Servicios” el pago de daños y perjuicios en los siguientes casos:
A. Cuando “La Secretaría” verifique por conducto de la Subdirección de Servicios Generales, que el agua suministrada por “El Prestador de Servicios” presente impurezas o características físicas o químicas anómalas o impropias que puedan poner en riesgo la salud del personal de “La Secretaría” por su consumo.
B. Por quejas documentadas por parte del personal que labora en “La Secretaría”, en las que se manifiesten que el agua suministrada por “El Prestador de Servicios” presenta impurezas o características físicas o químicas anómalas o impropias que puedan poner en riesgo su salud por su consumo, que sean presentadas por conducto de la Subdirección de Servicios Generales de “La Secretaría”.
C. Si “El Prestador de Servicios” cede o traspasa total o parcialmente bajo cualquier modalidad en favor de persona alguna los derechos y obligaciones de este contrato. ---------------------------------
D. Por incumplimiento a las obligaciones contraídas en este acuerdo de voluntades.--------------------
DÉCIMA TERCERA: Responsabilidad Laboral. “El Prestador de Servicios” acepta y reconoce que cuenta con los elementos propios a los que se refieren los artículos 13 y 14 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de este contrato, liberando a “La Secretaría” de cualquier responsabilidad Laboral y de Seguridad Social.---------------------------------------------------------------------
DÉCIMA CUARTA: Capacidad. “El Prestador de Servicios” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad del servicio, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Prestador de Servicios” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.
DÉCIMA QUINTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas. -----------------------------------------------
DÉCIMA SEXTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.-----------------
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato, lo firman en la Ciudad de Xalapa, Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; el día 01 (Uno) xx Xxxxx de Dos Mil Ocho.
Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Oficial Mayor
Por “El Prestador de Servicios” Embotelladora Xxxxxxx S.A. de C.V.
C. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Representante Legal
ANEXO “A”
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBE DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES TÉNICAS PARA EL SERVICIO DE AGUA PURIFICADA ENVASADA EN GARRAFON DE 19 LITROS.
• El producto deberá contar con un registro de aprobación en vigencia del mismo por parte de la Secretaría del Sector Salud.
• El agua purificada deberá ser sometida a un tratamiento físico o químico que se encuentre libre de agentes infecciosos, cuya ingestión no cause efectos nocivos a la salud y que se presente en envases con cierre hermético, así que cumpla con las especificaciones sanitarias que establecen las normas sanitarias.
• El proceso de fabricación deberá garantizar que los productos tengan y mantengan las especificaciones requeridas para su uso y consumo humano.
• El material de los envases deberá conservar el producto tanto en su integridad física, química y sanitaria.
• Deberá entregar un reporte mensual a la Subdirección de Servicios Generales de “La Secretaría” en las oficinas que haya suministrado el producto. El reporte escrito estará rubricado por el personal responsable que “El Prestador de Servicios” designe, así como sello de la empresa. Adjuntando las notas de remisión debidamente firmadas y selladas por el área beneficiada con el producto.
• Los envases deberán presentar etiqueta con número de lote de producción, fecha de caducidad asignado al producto, así como tabla de información nutrimental.
• Los envases deberán ser desechables.
• El producto se deberá envasar en recipientes de tipo sanitario que tengan tapa inviolable o sello o banda de garantía, elaborados con materiales inocuos y resistentes a distintas etapas del proceso, de manera que no alteren las características físicas, químicas y organolépticas del producto.
• El producto se deberá someter para consumo humano a tratamientos de potabilización con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua.
• El producto deberá respetar los límites establecidos en las NOM-041-SSA1-1993, NOM- 117-SSA1-1994 y NOM-201-SSA1-2002 relativos a especificaciones sanitarias.
• Deberá cumplir con la NOM-160-SSA1-1995 relativa a las buenas prácticas para la producción y venta de agua purificada envasada.
• Mediante su representante legal entregará una carta compromiso a la Subdirección de Servicios Generales para garantizar la calidad y prestación del servicio correspondiente.
• Deberá presentar en forma bimestral original y copia de certificado de análisis realizados al producto, por parte de un laboratorio dedicado al ramo.
ANEXO “B”
RELACIÓN DE OFICINAS DEL SISTEMA FEDERAL QUE REQUIEREN EL SERVICIO DE AGUA PURIFICADA DE GARRAFON DE 19 LITROS.
OFICINA | DIRECCION |
SECRETARIA DE EDUCACIÓN (EDIFICIO CENTRAL) | KM 4.5 CARRETERA FEDERAL XALAPA-VERACRUZ |
UNIDAD JURÍDICA | XX. XXXXXXX XXXXX Xx. 000 XXX. XXX XXXXXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXXXX | XX. XXXXX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
COORDINACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL | XXXXX XXX XXXXXXXXX Xx. 000 0x. XXXXX XXX. XXXXXXXXXX |
DEPARTAMENTO DE APYO A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA | XX. XXXXXXXXXX Xx. 0 XXXX 0 XXX. XXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX APOYO EDITORIAL | XX. XXXXXXXXXX Xx. 0 XXXX 0 XXX. XXXXX |
XXXXXX XX XXXXXXXXXX | XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXXX XXXXXXXXXX, XXX. |
ARCHIVO GENRAL DE LA SEV | CALLE XXXX XXXXXXX XXXXXX No. 25 COL. REVOLUCIÓN |
CONTRALORÍA INTERNA | XX. XXXXXXX XXXXX Xx. 000 XXX. XXXXXX |
DIRECCIÓN GRAL. DE PLANEACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PROGRAMACIÓN | AV. ARAUCARIAS No. 82 COL. SAHOP |
COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFÓN | XX. XXXX XXXXXXXX Xx. 0000 XXX. XXXXXXXXX XXXXXX |
XXXXX X XXX | XXXXX XXXXXXXX Xx. 00 XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX X. X. X. | XX. XXXXXXXX Xx. 000 XXXX 0 XXX. XXXXXXX X. XXXXXXX |
COORDINACIÓN ESTATAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA | XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXXXX |
COORDINACIÓN ESTATAL DEL PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN | XX. 00 XX XXXXXXXXX Xx. 000 XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXX |
PROYECTO CYDEPP | XXXXX XXXXXXXXXXX Xx. 00 XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX |
COORDINACIÓN ESTATAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS | XXXX XXXXXXX XXXXXX No. 20-A COL. REVOLUCIÓN |
CARRERA ADMINISTRATIVA | XXXXX XXX XXXXXXXXXX Xx. 000 XXXXXX XXXX XXX. XXXXXXXXX |
XXXXXXXXX (XXXXXXX XXXXXXX) | CALLE XXXXXX ESQ. XXXXX XXXX COL. CENTRO |
ANEXO “C”
RELACIÓN DE OFICINAS DEL SISTEMA ESTATAL QUE REQUIEREN EL SERVICIO DE AGUA PURIFICADA DE GARRAFON DE 19 LITROS.
OFICINA | DIRECCION |
DIRECCION GENERAL DE TELEBACHILLERATO | AV. MÁRTIRES 28 XX XXXXXX No. 212 COL. OBRERO CAMPESINA |
UNIDAD DE PLAN., EVALUACION Y CONTROL EDUCATIVO | XXXXX XXXXXX XXXX 0 XXXX. 000 |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX ESTATALES | XX. XXXXXXXXXX XX. 0 XXXX. XXXXXX XXXX 0 XXX. XXXXX |
XXXXXXX XX SERVICIOS DE APOYO | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
ESCUELA DE MUSICA | XXXX. XXXXXXXX XXXXX Xx. 0 XXX. XXXXXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX | XX. XXXXX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
DIRECCION XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX XXX. XXXXXX |
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA VERACRUZANA | XXXXX XXXXX Xx. 000 XXX. XXXXXX XXXXXXXXXXX |
XXXXX. XX XXXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXX REGULAR ESTATAL | XXXXX XXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
DEPARTAMENTO DE PROFESIONES | XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Xx. 00X. XXX. XXX XXXXXXX |
XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX | CALLE JUAREZ ESQ. XXXXXX COL. CENTRO |
SUBDIRECCION DE REGISTRO Y CERTIFICACION | HIDALGO No. 46 COL. CENTRO |
SUBDIRECCION DE REGISTRO Y CERTIFICACION | XX. XXXXXXXXXX Xx. 000 XXX XXXXX |
BIBLIOTECA XXXXXX XXXXXXX | CALLE X. XXXXXX ESQ. J.J. XXXXXXX XXXX CENTRO |
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION POPULAR | BLV. XXXXXX XXXXXXXX No. 66 |
BIBLIOTECA PARA DISCAPACITADOS | XX. XXXX XXXXXXXX Xx. 0000 XXX. XXXXXX XXXXXXXXX |
XXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXX FÍSICA | XXXXX XXXXXXXXX Xx. 0 XXX. XXXXXXXX XXX. XXXXXX |
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION FÍSICA (ESTADIO XALAPEÑO) | XXXXX XXXX XXXXX XXX. XXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX ESTATALES | XX. XXXXXXX Xx. 00 XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX |
DIRECCIÓN GRAL. PARA LA INCORP. DE ESCUELAS PARTICULARES | XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX Xx. 00 X x X. XXX. XXXXXXX XXX XXXXXX |
DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y CULTURALES | XX. XXXXXXXXXX Xx.00 XXXX. 000 XXX. XXXXXX |
Contrato Abierto de Prestación de Servicios de Suministro de Agua Purificada en Caja con 24 Botellitas de 500 mililitros, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, y por la otra parte la empresa Grupo Doso, S.A. de C.V., representada en este acto por el L.E.M. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, en su calidad de representante legal, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Prestador de Servicios”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes:----------------------------------
ANTECEDENTES:
A. Con fecha 20 de Febrero de 2008, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General y a la Contraloría Interna; para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-010-08 relativa a la contratación del Servicio de Suministro de Agua Purificada para “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 8 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el ejercicio fiscal de 2008 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.---------------------------------------------------------------------
B. Con fecha 27 de Febrero de 2008, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la Licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y Base Quinta de las Bases de Licitación.
C. Con fecha 29 de Febrero de 2008, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-010-08 relativa a la contratación del Servicio de Suministro de Agua Purificada para “La Secretaría”; siendo favorecido “El Prestador de Servicios” en la partida de la Licitación que en la cláusula primera de este contrato se indica, en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.---------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARIA”
I.1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21, 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 8 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2008, 1, 5 y 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, como Oficial Mayor de la Secretaría de Educación, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12 y 14 fracciones I, IV y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------------------------------------------------------
I.3. Que cuenta con los recursos disponibles suficientes, en la Partida Presupuestal 2206, para cubrir el monto de los servicios pactados en el presente contrato.----------------------------------------------
I.4. Que es su voluntad celebrar el presente contrato abierto relativo al Servicio de Suministro de Agua Purificada en Caja con 24 Botellitas de 500 mililitros para “La Secretaría”, con “El Prestador de Servicios” bajo la modalidad de Licitación Simplificada y de conformidad con los artículos 26 fracción II, 54, 56, 57 y 58 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----
I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa-Veracruz de la Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y
R.F.C. No. SED9905019C2.
II. DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”:
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable constituida conforme a las Leyes Mexicanas cuyo objeto social es Compra, Venta, Exportación, Importación, Distribución, de toda clase de artículos, productos, maquinaria y de todo lo referente al proceso o tratamiento de Agua, justificada con Escritura Pública No. 8,395 de fecha 9 xx Xxxxx de 1993, pasada ante la fe de la Lic. Xxxx X. Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Titular de la Notaria Xxxxxxx Xx. 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, e inscrita en el Registro Público de Comercio el día 22 xx Xxxxx de 1993, bajo el No. 338.------------------------------
II.2. Que su representante legal acredita su personalidad a través del Instrumento Público señalado en el inciso anterior.
II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. GDA930607QB0 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II.4. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx esquina Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx No. 11, Colonia Xxxxxx Xxxxx, Código Postal 91110 y con No. Telefónico 0-00-00-00 y Fax 0-00-00-00 extensión 201, en Xalapa, Ver.-----------------------
II.5. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para la prestación de los servicios requeridos por “La Secretaría”.
II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los casos de excepción establecidos en el artículo 45 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para la suscripción del presente contrato abierto.------------------------------------------------------------------
CLÁUSULAS:
PRIMERA: “La Secretaría”, contrata a “El Prestador de Servicios” el Servicio de Suministro de Agua Purificada en Caja con 24 Botellitas de 500 mililitros para “La Secretaría” de conformidad con lo siguiente:
Part. | Concepto | Cantidad mínima de contratación | Cantidad máxima de contratación | Precio Unitario |
2 | SUMINISTRO DE CAJA CON 24 BOTELLAS DE AGUA PURIFICADA DE 500 ML. CON TAPARROSCA Y ARO DE SEGURIDAD O INVIOLABILIDAD. | 3,000 | 5,000 | $60.00 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Prestador de Servicios” la cantidad de $60.00 (Sesenta Pesos 00/100 M.N.), sin incluir I.V.A. (Tasa Cero), de conformidad con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de Julio de 2006, el agua purificada en cualquier presentación genera tasa 0% del impuesto al valor Agregado, por cada caja de botellitas de agua purificada que requiera “La Secretaría” de conformidad con las cantidades enunciadas en la cláusula anterior, las cuales serán pagadas por mensualidad vencida dentro de los diez días naturales siguientes a la presentación de la factura previamente validada por el Titular de la Subdirección de Servicios Generales y debidamente requisitada fiscalmente. Los pagos se efectuarán a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación mediante transferencia electrónica.------------------------------------
TERCERA: Especificaciones Técnicas. “El Prestador de Servicios” se compromete a suministrar las cajas con 24 botellas de 500 Mililitros de agua purificada, que contendrán tapa, banda o cinta de inviolabilidad; fecha de caducidad, número de lote y fecha de envasado, de acuerdo a las especificaciones técnicas que se señalan en el ANEXO “A” el cual pasa a formar parte integral de este acuerdo de voluntades y de conformidad con los requerimientos de “La Secretaría” por conducto de la Subdirección de Servicios Generales, la cual no recibirá cajas que no contengan las especificaciones antes señaladas. --------------------------------------------------------------
CUARTA: Suministro. “El Prestador de Servicios” deberá suministrar el servicio de agua purificada en las oficinas que se detallan en el Anexo “B” Sistema Federal y Anexo “C” Sistema Estatal, los cuales pasan a formar parte integral del presente Instrumento Legal.-------------
QUINTA: Vigencia del Servicio. “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 01 (Uno) xx Xxxxx al 31 (Treinta y uno) de Diciembre de 2008.--------------
SEXTA: Control de Calidad. “El Prestador de Servicios” se obliga a garantizar e implementar controles de calidad permanente a efecto de mantener óptimas condiciones sanitarias en sus procesos xx xxxxxxxxxxxx, lavado y desinfección de envases, envasado y traslado del agua, con el objeto de evitar que contenga impurezas, tales como materia orgánica, bacterias, organismos microbiológicos, sustancias residuales, etc., de acuerdo a lo especificado en las Normas Oficiales Mexicanas números NOM-041-SSA1-1993, NOM-117-SSA1-1994, NOM-160-SSA1-1995 y NOM-
201-SSA1-2002. Asimismo “El Prestador de Servicios” se hace responsable de los daños a la salud que se pudieran ocasionar al personal de “La Secretaría” por el suministro de agua que no contenga las condiciones sanitarias y de salubridad necesarias para su consumo humano.------------
SÉPTIMA: Verificación y Pruebas. “La Secretaría” por conducto de la Subdirección de Servicios Generales, se reserva la facultad de verificar y realizar pruebas selectivas de análisis y muestreo al producto cuando lo considere pertinente, a efecto de constatar la calidad, higiene y condiciones sanitarias del agua, tomando en consideración los lotes suministrados, conforme a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas números NOM-041-SSA1-1993, NOM-117-SSA1-1994, NOM-160-SSA1-1995 y NOM-201-SSA1-2002.y las que resulten aplicables.------------------------------
OCTAVA: Fianza de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, la calidad del servicio y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Prestador de Servicios” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $30,000.00 (Treinta Mil Pesos 00/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.---
NOVENA: Vigencia de la Fianza. El “Prestador de Servicios” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el termino de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. En la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------
DÉCIMA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los servicios solicitados, mediante la modificación del presente contrato, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio del servicio sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
DÉCIMA PRIMERA: Pena Convencional. “El Prestador de Servicios” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un Cinco al Millar por cada día de atraso en la prestación del servicio objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx la Llave.
DECIMA SEGUNDA: Rescisión. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente y sin responsabilidad alguna el presente contrato a “El Prestador de Servicios”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo “La Secretaría” podrá demandar a “El Prestador de Servicios” el pago de daños y perjuicios en los siguientes casos:-
A. Cuando “La Secretaría” verifique por conducto de la Subdirección de Servicios Generales, que el agua suministrada por “El Prestador de Servicios” presente impurezas o características físicas o químicas anómalas o impropias que puedan poner en riesgo la salud del personal de “La Secretaría” por su consumo.
B. Por quejas documentadas por parte del personal que labora en “La Secretaría”, en las que se manifiesten que el agua suministrada por “El Prestador de Servicios” presenta impurezas o características físicas o químicas anómalas o impropias que puedan poner en riesgo su salud por su consumo, que sean presentadas por conducto de la Subdirección de Servicios Generales de “La Secretaría”.
C. Si “El Prestador de Servicios” cede o traspasa total o parcialmente bajo cualquier modalidad en favor de persona alguna los derechos y obligaciones de este contrato. ---------------------------------
D. Por incumplimiento a las obligaciones contraídas en este acuerdo de voluntades.--------------------
DÉCIMA TERCERA: Responsabilidad Laboral. “El Prestador de Servicios” acepta y reconoce que cuenta con los elementos propios a los que se refieren los artículos 13 y 14 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de este contrato, liberando a “La Secretaría” de cualquier responsabilidad Laboral y de Seguridad Social.
DÉCIMA CUARTA: Capacidad. “El Prestador de Servicios” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad del servicio, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Prestador de Servicios” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad. -
DÉCIMA QUINTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas. -----------------------------------------------
DÉCIMA SEXTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.-----------------
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato, lo firman en la Ciudad de Xalapa, Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; el día 01 (Uno) xx Xxxxx de Dos Mil Ocho.
Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Oficial Mayor
Por “El Prestador de Servicios” Grupo Doso S.A. de C.V.
L.E.M. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx
Representante Legal
ANEXO “A”
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBE DE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES TÉNICAS PARA EL SERVICIO DE AGUA PURIFICADA ENVASADA EN PRESENTACIÓN DE 500 MILILITROS.
• El producto deberá contar con un registro de aprobación en vigencia del mismo por parte de la Secretaría del Sector Salud.
• El agua purificada deberá ser sometida a un tratamiento físico o químico que se encuentre libre de agentes infecciosos, cuya ingestión no cause efectos nocivos a la salud y que se presente en envases con cierre hermético, así que cumpla con las especificaciones sanitarias que establecen las normas sanitarias.
• El proceso de fabricación deberá garantizar que los productos tengan y mantengan las especificaciones requeridas para su uso y consumo humano.
• El material de los envases deberá conservar el producto tanto en su integridad física, química y sanitaria.
• Deberá entregar un reporte mensual a la Subdirección de Servicios Generales de “La Secretaría” en las oficinas que haya suministrado el producto. El reporte escrito estará rubricado por el personal responsable que “El Prestador de Servicios” designe, así como sello de la empresa. Adjuntando las notas de remisión debidamente firmadas y selladas por el área beneficiada con el producto.
• Los envases deberán presentar etiqueta con número de lote de producción, fecha de caducidad asignado al producto, así como tabla de información nutrimental.
• Los envases deberán ser desechables.
• El producto se deberá envasar en recipientes de tipo sanitario que tengan tapa inviolable o sello o banda de garantía, elaborados con materiales inocuos y resistentes a distintas etapas del proceso, de manera que no alteren las características físicas, químicas y organolépticas del producto.
• El producto se deberá someter para consumo humano a tratamientos de potabilización con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua.
• El producto deberá respetar los límites establecidos en las NOM-041-SSA1-1993, NOM- 117-SSA1-1994 y NOM-201-SSA1-2002 relativos a especificaciones sanitarias.
• El proveedor deberá cumplir con la NOM-160-SSA1-1995 relativa a las buenas prácticas para la producción y venta de agua purificada envasada.
• Mediante su representante legal entregará una carta compromiso a la Subdirección de Servicios Generales para garantizar la calidad y prestación del servicio correspondiente.
• Deberá presentar en forma bimestral original y copia de certificado de análisis realizados al producto, por parte de un laboratorio dedicado al ramo.
ANEXO “B”
RELACIÓN DE OFICINAS DEL SISTEMA FEDERAL QUE REQUIEREN EL SERVICIO DE AGUA PURIFICADA ENVASADA EN PRESENTACIÓN DE 500 MILILITROS.
OFICINA | DIRECCION |
SECRETARIA DE EDUCACIÓN (EDIFICIO CENTRAL) | KM 4.5 CARRETERA FEDERAL XALAPA-VERACRUZ |
UNIDAD JURÍDICA | XX. XXXXXXX XXXXX Xx. 000 XXX. XXX XXXXXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXXXX | XX. XXXXX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
COORDINACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL | XXXXX XXX XXXXXXXXX Xx. 000 0x. XXXXX XXX. XXXXXXXXXX |
DEPARTAMENTO DE APYO A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA | XX. XXXXXXXXXX Xx. 0 XXXX 0 XXX. XXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX APOYO EDITORIAL | XX. XXXXXXXXXX Xx. 0 XXXX 0 XXX. XXXXX |
XXXXXX XX XXXXXXXXXX | XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXXX XXXXXXXXXX, XXX. |
ARCHIVO GENRAL DE LA SEV | CALLE XXXX XXXXXXX XXXXXX No. 25 COL. REVOLUCIÓN |
CONTRALORÍA INTERNA | XX. XXXXXXX XXXXX Xx. 000 XXX. XXXXXX |
DIRECCIÓN GRAL. DE PLANEACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PROGRAMACIÓN | AV. ARAUCARIAS No. 82 COL. SAHOP |
COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFÓN | XX. XXXX XXXXXXXX Xx. 0000 XXX. XXXXXXXXX XXXXXX |
XXXXX X XXX | XXXXX XXXXXXXX Xx. 00 XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX X. X. X. | XX. XXXXXXXX Xx. 000 XXXX 0 XXX. XXXXXXX X. XXXXXXX |
COORDINACIÓN ESTATAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA | XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXXXX |
COORDINACIÓN ESTATAL DEL PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN | XX. 00 XX XXXXXXXXX Xx. 000 XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXX |
PROYECTO CYDEPP | XXXXX XXXXXXXXXXX Xx. 00 XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX |
COORDINACIÓN ESTATAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS | XXXX XXXXXXX XXXXXX No. 20-A COL. REVOLUCIÓN |
CARRERA ADMINISTRATIVA | XXXXX XXX XXXXXXXXXX Xx. 000 XXXXXX XXXX XXX. XXXXXXXXX |
XXXXXXXXX (XXXXXXX XXXXXXX) | CALLE XXXXXX ESQ. XXXXX XXXX COL. CENTRO |
ANEXO “C”
RELACIÓN DE OFICINAS DEL SISTEMA ESTATAL QUE REQUIEREN EL SERVICIO DE AGUA PURIFICADA ENVASADA EN PRESENTACIÓN DE 500 MILILITROS.
OFICINA | DIRECCION |
DIRECCION GENERAL DE TELEBACHILLERATO | AV. MÁRTIRES 28 XX XXXXXX No. 212 COL. OBRERO CAMPESINA |
UNIDAD DE PLAN., EVALUACION Y CONTROL EDUCATIVO | XXXXX XXXXXX XXXX 0 XXXX. 000 |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX ESTATALES | XX. XXXXXXXXXX XX. 0 XXXX. XXXXXX XXXX 0 XXX. XXXXX |
XXXXXXX XX SERVICIOS DE APOYO | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
ESCUELA DE MUSICA | XXXX. XXXXXXXX XXXXX Xx. 0 XXX. XXXXXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX | XX. XXXXX XXXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
DIRECCION XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX XXX. XXXXXX |
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA VERACRUZANA | XXXXX XXXXX Xx. 000 XXX. XXXXXX XXXXXXXXXXX |
XXXXX. XX XXXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXX REGULAR ESTATAL | XXXXX XXXXXX Xx. 00 XXX. XXXXXX |
DEPARTAMENTO DE PROFESIONES | XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Xx. 00X. XXX. XXX XXXXXXX |
XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX | CALLE JUAREZ ESQ. XXXXXX COL. CENTRO |
SUBDIRECCION DE REGISTRO Y CERTIFICACION | HIDALGO No. 46 COL. CENTRO |
SUBDIRECCION DE REGISTRO Y CERTIFICACION | XX. XXXXXXXXXX Xx. 000 XXX XXXXX |
BIBLIOTECA XXXXXX XXXXXXX | CALLE X. XXXXXX ESQ. J.J. XXXXXXX XXXX CENTRO |
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION POPULAR | BLV. XXXXXX XXXXXXXX No. 66 |
BIBLIOTECA PARA DISCAPACITADOS | XX. XXXX XXXXXXXX Xx. 0000 XXX. XXXXXX XXXXXXXXX |
XXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXX FÍSICA | XXXXX XXXXXXXXX Xx. 0 XXX. XXXXXXXX XXX. XXXXXX |
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION FÍSICA (ESTADIO XALAPEÑO) | XXXXX XXXX XXXXX XXX. XXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXX XXXXXX |
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX ESTATALES | XX. XXXXXXX Xx. 00 XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX |
DIRECCION GRAL. PARA LA INCORP. DE ESCUELAS PARTICULARES | XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX Xx.00 X x X. XXX. XXXXXXX XXX XXXXXX |
DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y CULTURALES | XX. XXXXXXXXXX Xx. 00 XXXX. 000 XXX. XXXXXX |