ANUNCIO
SERVICIO DE ORGANIZACIÓN INTERNA
EXPEDIENTE: 001/2023/17001
Asunto: CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS VARIAS PLAZAS DE OFICIAL (JARDINES, GRUPOS ESCOLARES, MERCADOS, ELECTRICISTA, CONDUCTOR, VÍAS Y OBRAS, INSTALACIONES MUNICIPALES, DEPORTES, COMETIDOS VARIOS)
ASUNTO:
ANUNCIO
Con fecha 29 de diciembre de 2023, esta Alcaldía, ha dictado la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA
Examinado el expediente administrativo número 001/2023/17001 , tramitado por el Servicio de Organización Interna, que tiene por objeto la aprobación de las Bases Especificas que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad, de varias plazas vacantes en la Plantilla de Funcionarios/as de este Excmo. Ayuntamiento, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Personal de Oficios, Grupo C, Subgrupo C2, de los establecidos en el art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
Visto el Informe-Propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos, de fecha 27 de diciembre de 2023 y el Informe económico complementario a la propuesta de fecha 29 de diciembre de 2023.
Visto el Informe de fiscalización de la Intervención Municipal.
Considerando la necesidad de la tramitación urgente del expediente de aprobación de la convocatoria y sus bases específicas, antes de finalización de 2023.
Vista la Resolución de la Alcaldía de fecha 21 xx xxxxx de 2023, publicado en el BOP número 129 de 6 de julio de 2023, por el que se delegan determinadas funciones de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
29/12/2023 Alcalde
Considerando lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, donde se establece que los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Considerando lo dispuesto en los artículos 44 y 116 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
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C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
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En virtud de cuanto antecede, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 21.1 de la ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local y la Ley 8/2010 de 23 xx xxxxx, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana.
RESUELVO
PRIMERO. Avocar la competencia atribuida por la Junta de Gobierno Local, en virtud de la Resolución de la Alcaldía de fecha 21 xx xxxxx de 2023, para la aprobación de las Bases Específicas que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad de varias plazas de Oficial, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Personal de Oficios, Grupo C, Subgrupo C2, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986, de 28 de noviembre.
SEGUNDO.- Aprobar la Convocatoria y Bases Específicas que han de regir el proceso selectivo para la provisión como funcionario/x xx xxxxxxx de las siguientes plazas, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Personal de Oficios, Grupo C, Subgrupo C2, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, mediante el sistema de oposición, en turno libre:
Número de plazas | Denominación plaza |
2 | OFICIAL XX XXXXXXXX |
1 | CONSERJE GRUPOS ESCOLARES |
2 | OFICIAL DE MERCADOS |
1 | OFICIAL ELECTRICISTA |
1 | OFICIAL CONDUCTOR |
1 | OFICIAL DE VÍAS Y OBRAS |
1 | CONSERJE INSTALACIONES MUNICIPALES |
2 | OFICIAL DE DEPORTES |
5 | OFICIAL DE COMETIDOS VARIOS |
Dichas bases figuran como anexo a la presente resolución.
29/12/2023 Alcalde
TERCERO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo
44.4 en relación con e 38 d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
CUARTO.- Publicar las bases de la presente convocatoria mediante Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en extracto en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. El Texto íntegro de las bases específicas se publicarán en el Tablón de Anuncios electrónico
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del Ayuntamiento de Elda ( xxxxx://xxxxx.xxxx.xx ) y en su página web ( xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxx/ )
El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
QUINTO.- Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Organización Interna de este Ayuntamiento.
RECURSO: Contra la presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 xx Xxx 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
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ANEXO
BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE VARIAS PLAZAS DE PERSONAL DE OFICIOS DE SERVICIOS ESPECIALES, POR TURNO LIBRE, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y SISTEMA DE SELECCIÓN.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de varias plazas vacantes en la Plantilla de Funcionarios/as de este Excmo. Ayuntamiento, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Personal de Oficios, Grupo C, Subgrupo C2, de los establecidos en el art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, a las que podrán agregarse, antes de la finalización del proceso selectivo, aquellas otras plazas vacantes cuya Oferta de Empleo Público se haya aprobado con posterioridad.
Listado de plazas convocadas:
OEP | Plaza | Turno Libre |
OEP 2023 | OFICIAL XX XXXXXXXX | 2 |
OEP 2021 | CONSERJE GRUPOS ESCOLARES | 1 |
1 OEP 2020 1 OEP 2021 | OFICIAL DE MERCADOS | 2 |
OEP 2020 | OFICIAL ELECTRICISTA | 1 |
OEP 2021 | OFICIAL CONDUCTOR | 1 |
OEP 2023 | OFICIAL DE VÍAS Y OBRAS | 1 |
OEP 2020 | CONSERJE INSTALACIONES MUNICIPALES | 1 |
1 OEP 2021 1 OEP 2023 | OFICIAL DE DEPORTES | 2 |
1 OEP 2020 3 OEP 2022 1 OEP 2023 | OFICIAL DE COMETIDOS VARIOS | 5 |
29/12/2023 Alcalde
El sistema de selección para las plazas convocadas es el de oposición, en turno libre.
SEGUNDA. LEGISLACIÓN APLICABLE.
Al presente proceso selectivo le será de aplicación, en lo que corresponda, la siguiente legislación:
• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
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• Ley 4/2021, de 16 xx xxxxx, de la Función Pública Valenciana.
• Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana.
• Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, por la que se regulan las Bases Reguladoras del Régimen Local.
• Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
• Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En lo que no esté previsto en las presentes bases y en la normativa citada, serán de aplicación las Bases Generales aprobadas por este Ayuntamiento y publicadas en BOPA nº 98, de 23 xx Xxxx de 2008, y en el resto de normas vigentes en materia de función pública.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.
1. Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Comunidad Europea, en los términos que establece los artículos 56 y 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Tener cumplidos los 16 años, sin exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
29/12/2023 Alcalde
3. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Graduado Escolar, Título Profesional Básico o equivalente a los anteriores. La equivalencia deberá ser reconocida por la Administración competente y debidamente acreditada documentalmente en tal sentido por los aspirantes.
Además de lo anterior, para las siguientes plazas, deberá disponerse del requisito adicional indicado:
• OFICIAL CONDUCTOR: Licencias de conducción tipos A, B y C.
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• OFICIAL ELECTRICISTA: Título Profesional Básico de Electricidad y Electrónica o superior de la misma rama.
4. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
6. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás participantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones a desarrollar. A tales efectos, los aspirantes con discapacidad deberán indicar en su solicitud la opción correspondiente a su condición y presentar certificación de dictamen favorable que acredite la discapacidad, así como el certificado de compatibilidad expedido por el Centro de Orientación, Diagnóstico y Tratamiento de los Servicios Sociales de la Consellería de Bienestar Social u órgano competente de otras Comunidades Autónomas o de la Administración del Estado que acredite su capacidad para desempeñar las tareas y funciones de las plazas objeto de esta convocatoria. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes, sin perjuicio de la reserva que corresponda en el listado final de aprobados.
CUARTA.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.
El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento a partir del cual se iniciará el plazo de presentación de solicitudes.
QUINTA.- SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
29/12/2023 Alcalde
La solicitud de participación en las pruebas selectivas deberá presentarse, siguiendo las instrucciones indicadas en la página web del Departamento de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Elda (xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxx/), a través de su Sede Electrónica (xxxxx://xxxxx.xxxx.xx/) mediante identificación con certificado digital.
No serán admitidas, en ningún caso, solicitudes de participación que no sean presentadas por los medios indicados.
Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes declararán responsablemente, en sus solicitudes, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, así como que aceptan en
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todos sus extremos las presentes bases, debiendo acreditar los requisitos posteriormente, en el caso de que fueran seleccionadas.
Las personas que no acrediten, una vez superado el procedimiento selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombradas personal funcionario xx xxxxxxx, quedando sin efecto las actuaciones relativas a su nombramiento.
La solicitud de participación, deberá presentarse en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y deberá ir acompañada, necesariamente, del justificante que acredite el abono íntegro de la tasa por derechos de examen.
Dado que la convocatoria incluye distintos tipos de plazas, para poder optar a más de una habrá de presentarse una solicitud distinta para cada una de las plazas a las que se pretenda optar, con independencia de que puedan realizarse ejercicios comunes de forma conjunta.
SEXTA.- TASA POR DERECHOS DE EXAMEN.
Las personas aspirantes deberán abonar la correspondiente tasa por derechos de examen, de conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen, aprobada por este Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 06-02- 2009, (B.O.P. nº 49, de fecha 12-03-2009), modificada por este Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30-06-2016.
Grupo/Subgrupo | Importe Tasa |
C2 | 15€ |
A tal efecto, deberán practicar autoliquidación asistida, siguiendo las instrucciones indicadas en la página web del Departamento de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Elda, (xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xxxxxx-xxxxx/), a través de su Sede Electrónica (xxxxx://xxxxx.xxxx.xx/).
Las citadas autoliquidaciones deberán ser abonadas en la forma indicada en el documento de pago, exclusivamente, debiéndose adjuntar el justificante de pago a la instancia antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes para que ésta sea válida.
29/12/2023 Alcalde
Dado que la convocatoria incluye distintos tipos de plazas, para poder optar a más de una habrá de abonarse una autoliquidación distinta para cada una de las plazas en las que se pretenda solicitar la participación.
Resto de normas que regulan esta materia en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen.
SÉPTIMA.- LISTA DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS.
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Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, así como los miembros del Órgano Técnico de Selección, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de anuncios electrónico (xxxxx://xxxxx.xxxx.xx) y en página web del Ayuntamiento de Xxxx.(xxxx://xxx.xxxx.xx), con indicación de la causa de exclusión y concediendo un plazo xx xxxx días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.), para que se puedan subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión, o realizar las alegaciones que tengan por conveniente.
Concluido el plazo de alegaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, el órgano competente, mediante resolución elevará a definitiva la relación de personas admitidas y excluidas, que será hecha pública, asimismo, en la forma indicada. La publicación en el
B.O.P. servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
En la misma resolución se indicará además, la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio, que tendrá lugar en un plazo no inferior a quince días hábiles, el orden de llamamiento de las personas aspirantes.
Serán causas de exclusión, en todo caso:
- No reunir alguno de los requisitos a que se refieren las presentes bases.
- La omisión de la firma en la solicitud.
- La presentación de la solicitud, ajustada a modelo oficial establecido, fuera del plazo señalado.
- La no presentación de la solicitud, ajustada a modelo oficial establecido.
- La falta de acreditación del pago de la tasa en el plazo señalado.
OCTAVA.- ÓRGANO TÉCNICO DE SELECCIÓN.
Los miembros del Órgano Técnico de Selección serán nombrados por el Alcalde- Presidente de la Corporación, o en su caso, por el órgano que actué por delegación del mismo, ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Su composición su publicará el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Elda, junto con la lista provisional de admitidos y excluidos.
29/12/2023 Alcalde
Estará constituido por un número impar de miembros, funcionarios xx xxxxxxx, no pudiendo ser inferior a cinco titulares con sus respectivos suplentes, y en todo caso, contarán con un Presidente, tres vocales y un Secretario, atendiendo a los criterios de paridad. La totalidad de los miembros deberá poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de que se trate. Todos sus miembros tendrán voz y voto.
El personal de elección o de designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
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La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
No podrá formar parte del Órgano Técnico de Selección el personal que hubiere realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
Cuando concurra en los miembros del Órgano Técnico de Selección alguna de las circunstancias previstas en los artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, éstos se abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la Alcaldía Presidencia; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 24 de la citada Ley.
El Órgano Técnico de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de los miembros, titulares o suplentes indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría y sus actuaciones tendrán el carácter de órgano colegiado, levantándose acta de todas aquellas reuniones que mantenga. Además, se podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas cuando las características o la dificultad de la prueba así lo requieran, que colaborarán con el Órgano Técnico de Selección con voz pero sin voto.
Los asesores especialistas podrán ser recusados por las mismas causas de abstención y recusación que el resto del Órgano Técnico de Selección y cuyo nombramiento se deberá hacer público junto con el Órgano de selección.
El Órgano Técnico de Selección tiene como misión la ejecución de los procesos selectivos y la evaluación de las pruebas, así como de los méritos de las personas aspirantes, en su caso y no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de personas aprobadas al de vacantes convocadas. No obstante lo anterior, y con la finalidad de asegurar la cobertura de las vacantes convocadas, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de vacantes convocadas, cuando se produzcan renuncias o concurra alguna de las causas de pérdida de la condición de personal funcionario en las personas propuestas antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante requerirá del órgano de selección relación complementaria de aspirantes aprobados que sigan a las personas propuestas, para su posible nombramiento como personal funcionario xx xxxxxxx.
29/12/2023 Alcalde
El funcionamiento del Órgano Técnico de Selección se adaptará a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación al funcionamiento de los órganos colegiados.
Las actuaciones del Órgano Técnico de Selección podrán ser recurridas en alzada ante el Alcalde-Presidente o ante el propio Xxxxxx, en el plazo de un mes a contar desde que éstas se hicieran públicas, de acuerdo con el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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NOVENA.- PRUEBAS SELECTIVAS.
Las personas admitidas serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídas en su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, por lo que quedarán excluidas del procedimiento selectivo, cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, aun cuando se deba a causas justificadas.
El orden de intervención de las personas aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, será el alfabético, dando comienzo por aquella cuyo primer apellido empiece por la letra resultante del sorteo público que se hubiera celebrado al efecto por este Ayuntamiento.
En defecto de sorteo propio del Ayuntamiento, se aplicará supletoriamente el realizado por la Administración Autonómica y en defecto de éste, el de la Estatal.
El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo mínimo de antelación de veinticuatro horas desde el inicio de la sesión anterior, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de dos días.
Los resultados de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva cualquier decisión que adopte el Órgano Técnico de Selección y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas, se expondrán en el Tablón de anuncios electrónico (xxxxx://xxxxx.xxxx.xx/) y página web del Ayuntamiento de Elda (xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxx/), bastando dicha exposición, en la fecha en que se inicie, como notificación a todos los efectos.
El tribunal podrá requerir en cualquier momento a las personas aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán ir provistas del Documento Nacional de Identidad.
Se adoptarán las medidas oportunas para garantizar el anonimato de las personas aspirantes en el proceso de realización, corrección y valoración de los ejercicios.
El procedimiento de selección será el de Oposición.
FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición puntuará en total un máximo de 30 puntos, y consistirá en la realización de tres ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos:
• Primer Ejercicio:
29/12/2023 Alcalde
Consistirá en responder un cuestionario de 20 preguntas tipo-test, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta, al cual se aplicará la siguiente fórmula para su puntuación:
[Nº preguntas correctas – (Nº preguntas incorrectas / 3)] x 10/20
Las preguntas sin responder, no puntúan.
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El ejercicio será calificado con una puntuación de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos y calificados como no apto, decayendo su derecho de participar en la celebración del siguiente ejercicio.
La duración del ejercicio será determinado previamente por el Órgano Técnico de Valoración, con un máximo de 40 minutos.
Dichas preguntas versarán sobre las Materias Comunes que figuran como Xxxxx X a esta convocatoria y serán planteadas por el Órgano de Selección inmediatamente antes de la realización del cuestionario.
Dado que la convocatoria incluye distintos tipos de plazas, pero todas ellas comparten el mismo temario de Materias Comunes, se realizará un único primer ejercicio, de forma que la calificación obtenida por la persona aspirante será la misma para todas las plazas en cuyo proceso selectivo haya solicitado participar.
• Segundo Ejercicio:
Consistirá en responder un cuestionario de 30 preguntas tipo-test, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta, al cual se aplicará la siguiente fórmula para su puntuación:
[Nº preguntas correctas – (Nº preguntas incorrectas / 3)] x 10/30
Las preguntas sin responder, no puntúan.
El ejercicio será calificado con una puntuación de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos y calificados como no apto, decayendo su derecho de participar en la celebración del siguiente ejercicio.
La duración del ejercicio será determinado previamente por el Órgano Técnico de Valoración, con un máximo de 1 hora.
Dichas preguntas versarán sobre las Materias Específicas que figuran como Xxxxx XX a esta convocatoria y serán planteadas por el Órgano de Selección inmediatamente antes de la realización del cuestionario.
• Tercer Ejercicio.
29/12/2023 Alcalde
Constará de uno o varios ejercicios o supuestos teórico-prácticos planteados el Órgano Técnico de Selección inmediatamente antes de su realización, que estarán relacionados con las funciones de la plaza convocada y para cuya realización haya de disponerse de los conocimientos incluidos en las Materias Comunes y Específicas que figuran como Anexo a esta convocatoria, así como de las competencias y habilidades necesarias para el buen desempeño del oficio.
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Para la evaluación del ejercicio, el órgano técnico de selección tendrá en cuenta el nivel de competencia, habilidad y conocimientos demostrados en su ejecución y la solución propuesta.
El ejercicio será calificado con una puntuación de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos y calificados como no apto, quedando eliminados del proceso.
La duración del ejercicio será determinado previamente por el Órgano Técnico de Valoración, con un máximo de 1 hora.
DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO EN PRACTICAS
Finalizadas las pruebas selectivas y con el resultado de las calificaciones obtenidas, el Órgano de Selección hará pública en el Tablón de anuncios electrónico (xxxxx://xxxxx.xxxx.xx/) y página web del Ayuntamiento de Elda (xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxx/ la relación de las personas aspirantes aprobadas por orden decreciente de puntuación final obtenida.
En el caso de empate entre personas aspirantes, el orden se establecerá en función de la mayor puntuación en el tercer ejercicio. Si persiste, tendrá prioridad quien tenga mayor puntuación en el segundo y, si persiste, en el primero. Si continúa el empate, tendrá prioridad el sexo infrarrepresentado en la categoría y si persiste, el orden se determinará por sorteo.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Órgano municipal competente, además del acta de la última sesión, la propuesta de nombramiento como Funcionarios/as en Prácticas de las personas aspirantes aprobadas.
Las personas aspirantes autorizan formalmente al Ayuntamiento de Elda para la publicación de sus datos identificativos en la web del Ayuntamiento, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y Boletines Oficiales que legalmente correspondan. Conforme a la Ley Orgánica de protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en dicha solicitud son de carácter obligatorio y serán incorporados a un fichero cuyo responsable es el Ayuntamiento de Elda, con la finalidad de gestionar la selección de personal.
29/12/2023 Alcalde
No obstante lo anterior, en aplicación del principio de mínima exposición, en las publicaciones se mostrarán los datos identificativos mínimos imprescindibles, como máximo las cuatro últimas cifras del DNI y los nombres y apellidos.
UNDÉCIMA: PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia la relación definitiva de personas seleccionadas, éstas deberán, en el plazo de 20 días hábiles contados desde el siguiente al de
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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la publicación, presentar la documentación que proceda a fin de acreditar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Cuando de la documentación se dedujese que alguna de las personas seleccionadas carece de uno o varios de los requisitos exigidos, éstas no podrán ser nombradas personal de la administración convocante, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
La falta de presentación de la documentación dentro del plazo establecido, excepto en los casos de fuerza mayor o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante. En este sentido comportará la nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin perjuicio de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de la persona aspirante, ordenada de acuerdo con la puntuación obtenida, que habiendo superado la totalidad de las pruebas selectivas tengan cabida en el número de plazas convocadas, como consecuencia de la citada anulación.
DUODÉCIMA.- PERIODO DE PRÁCTICAS.
Se establece un periodo de prácticas de SEIS MESES.
Finalizado dicho periodo, el/la Funcionario/a en Prácticas entregará en el Servicio de Organización Interna una Memoria sobre las tareas realizadas y su Responsable jerárquico emitirá Informe sobre su desempeño. A la vista de lo anterior, el Órgano Técnico de Selección calificará motivadamente a la persona aspirante como APTO/A o NO APTO/A.
En caso de ser calificada la persona aspirante como APTO/A, será propuesto su nombramiento como Funcionario/x xx Xxxxxxx.
En caso de ser calificada la persona aspirante como NO APTO/A, cesará su relación con el Ayuntamiento de Elda.
DECIMOTERCERA.- FORMACIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO.
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Finalizadas las pruebas selectivas, el Órgano Técnico de Selección podrá proponer la formación de una Bolsa de Trabajo integrada por todas las personas aspirantes que, habiendo alcanzado el último ejercicio de la oposición, no hayan sido incluidas en la lista de aprobados, con un orden de prioridad establecido según la puntuación total alcanzada por cada uno de ellos.
En el caso de empate, el orden se establecerá en función de la mayor puntuación en el tercer ejercicio. Si persiste, tendrá prioridad quien tenga mayor puntuación en el segundo y,
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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si persiste, en el primero. Si continúa el empate, tendrá prioridad el sexo infrarrepresentado en la categoría y si persiste, el orden se determinará por sorteo.
El Órgano Técnico de Selección propondrá a la Alcaldía-Presidencia la aprobación de la citada Bolsa de Trabajo que se publicará en el Tablón de Anuncios electrónico y página web de este Ayuntamiento.
DECIMOCUARTA.- FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE TRABAJO.
Los aspirantes incluidos en la bolsa que se forme serán llamados por el orden establecido y en la medida en que vayan surgiendo necesidades de personal.
Si la prestación efectiva del servicio a tiempo completo derivada del nombramiento fuese inferior a un mes, el trabajador no perdería el orden establecido en la bolsa.
En supuestos superiores al mes se perdería dicho orden en la bolsa, pasando a ocupar el último lugar de la misma.
Cuando proceda cubrir con carácter provisional una plaza por personal perteneciente a la correspondiente bolsa de trabajo, el Departamento de Personal de la Corporación, citará a quien corresponda por el orden establecido en las mismas, a través del número de teléfono y del correo electrónico facilitados por la persona aspirante en la instancia presentada para tomar parte en la convocatoria, debiendo personarse en el Departamento de Personal en el plazo de 24 horas, ya que de lo contrario quedará automáticamente excluido de la Bolsa de Trabajo.
Realizados tres intentos de contactar con el aspirante sin haberlo logrado, y transcurrido el plazo de 24 horas de la realización de la última llamada o correo electrónico, quedará automáticamente excluido de la Bolsa de Trabajo, pasando a llamar siguiente aspirante por orden de la lista.
Una vez se haya comunicado la propuesta de contratación, el candidato dispone de DOS DÍAS salvo urgente necesidad del servicio que requiera su incorporación inmediata, para presentarse ante el citado Departamento de Personal, con la documentación que, en su caso, se le requiera y tendrá que comunicar por escrito su disposición o no a aceptar dicha propuesta de contratación.
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Asimismo, si el aspirante incluido en la presente Xxxxx fuese llamado por el orden establecido y éste ya estuviese prestando servicios en este Ayuntamiento en la misma categoría, no será propuesto para su nombramiento, conservando el orden establecido, hasta nueva oferta de trabajo, siempre y cuando haya dejado de prestar servicios en este Ayuntamiento.
A aquellos integrantes de la bolsa que se les ofrezca un nombramiento y no acepten el trabajo por causa justificada, deberán aportar documento que acredite tal situación, en el plazo de cinco días hábiles. En caso de ser aceptada tal justificación, pasarán a ocupar el
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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último lugar de la Bolsa de Trabajo. A tales efectos se considerarán motivos justificados de renuncia, las siguientes circunstancias que deberán ser acreditadas documentalmente por el interesado:
a) Estar trabajando cuando se realice la propuesta de contratación, para lo que se deberá aportar informe de vida laboral expido por la TGSS.
b) Padecer enfermedad o estar en proceso de recuperación de enfermedad o accidente.
c) Estar en alguna situación de las que por embarazo, parto o adopción, acogimiento o enfermedad grave de un familiar están contempladas por la normativa en vigor a los efectos de permisos o licencias.
Los aspirantes que no acepten el trabajo por causa injustificada o no demuestren suficientemente la circunstancia anterior se entenderán que renuncian a la Bolsa, quedando automáticamente excluidos de la misma.
DECIMOQUINTA.- LLAMAMIENTOS EXTRAORDINARIOS DE LA BOLSA DE TRABAJO.
Los integrantes de la Bolsa de Trabajo podrán ser llamados, según su situación en la misma, con carácter extraordinario para proveer vacantes o sustituciones en otras plazas de la Plantilla Municipal, cuyo grupo de clasificación profesional estén clasificadas en el mismo grupo o en el inmediatamente inferior, que por razones de urgencia o de necesidades del servicio puedan originarse en este Excmo. Ayuntamiento de Elda, con sujeción a las normas sobre funcionamiento de la bolsa de Trabajo anteriormente citadas.
Los integrantes de la citada Bolsa de Trabajo, además, podrán ser llamados por necesidades urgentes e inaplazables, para proveer vacantes o sustituciones en los Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Elda o en otros organismos o entidades con los que el Excmo. Ayuntamiento de Xxxx haya suscrito Convenio a tal efecto, rigiéndose por las características propias del funcionamiento de Bolsas de Trabajo de los citados Organismos o entidades.
DECIMOSEXTA.- VIGENCIA.
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La presente Bolsa de Trabajo tendrá una vigencia máxima de tres años, salvo que se constituya durante la vigencia de la misma nueva Bolsa de Trabajo, como consecuencia de pruebas selectivas convocadas en el Ayuntamiento de Elda para cubrir en propiedad, por funcionarios xx xxxxxxx, plazas de esta categoría.
DECIMOSÉPTIMA.- INCIDENCIAS
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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El Órgano Técnico de Selección queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y desarrollo del proceso selectivo, en todo lo no previsto en estas Bases.
DECIMOCTAVA.- RECURSO.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de conformidad con los artículos 123 y 124 xx Xxx 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
ANEXO I MATERIAS COMUNES
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: Título Preliminar, Derechos y deberes fundamentales,
de la Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana: derechos de los valencianos y valencianas. Régimen Local español: Principios constitucionales, Organización municipal y Competencias.
Tema 2.- Estatuto Básico del Empleado Público: derechos y deberes de los funcionarios. Ley de Prevención de Riesgos Laborales: conceptos básicos. Igualdad efectiva entre hombres y mujeres trabajadoras: el Plan de Igualdad Interna del Ayto. Elda.
Tema 3.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones Generales (Título Preliminar); de los interesados en el procedimiento (Título I); de la actividad de las Administraciones Públicas (Título II).
Tema 4.- Presupuesto General de las Entidades locales: Estructura presupuestaria, Elaboración y aprobación. Las Haciendas Locales: Principios tributarios, Recursos de las entidades locales, Elaboración y aprobación de Ordenanzas Fiscales.
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ANEXO II MATERIAS ESPECÍFICAS
OFICIAL XX XXXXXXXX:
Tema 1.- El suelo: función, principales labores de mantenimiento.
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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Tema 2.- Principales plagas en el jardín. Métodos de control. Tema 3.- Especies habituales en jardinería: árboles y arbustos. Tema 4.- Sistemas xx xxxxx: tipos y características.
Tema 5.- El césped: especies utilizadas en jardinería, plantación y/o siembra, labores de mantenimiento.
Tema 6.- La plantación en el suelo de árboles, arbustos y vivaces. Tema 7.- Poda de árboles. Trasplante de árboles.
Tema 8.- Maquinaria utilizada en jardinería: motores y tipos de máquinas. Tema 9.- Uso y cuidado de la maquinaria y herramientas.
Tema 10.- Equipos de protección individual en jardinería.
Tema 11.- Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y Obligaciones. Prevención de accidentes en jardinería.
Tema 12.- Arbustos . Poda y trasplante.
Tema 13.- Especies habituales en jardinería: Plantas de temporada o de flor. Tema 14.- Xerojardinería Mediterránea.
Tema 15.- Parques y Jardines públicos de la ciudad de Elda.
Tema 16.- Principales enfermedades en plantas de jardinería. Métodos de control.
CONSERJE GRUPOS ESCOLARES:
Tema 1.- Instalaciones de agua. Mantenimiento de grifos, tuberías y desagües. Atascos en desagües.
Tema 2.- Reparaciones más frecuentes en el Área de Fontanería. Grifos y cisternas de WC. Tema 3.- Mantenimiento de instalaciones de calefacción. Radiadores y calderas.
Tema 4.- Mantenimiento de instalaciones de seguridad. Cerramientos. Instalaciones contra incendios. Sistemas antirrobos.
Tema 5.- Herramientas básicas para las reparaciones y mantenimiento de: electricidad, fontanería, albañilería, carpintería, jardinería y pintura.
Tema 6.- Mantenimiento de instalaciones eléctricas. Cuadros eléctricos. Fusibles y contadores.
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Tema 7.- Mantenimiento de Bienes Inmuebles. Paredes y techos. Humedades y grietas.
Pinturas y revocos.
Tema 8.- Suelos: Albañilería, sellado y limpieza de superficies.
Tema 9.- Ventanas, cristalería y persianas. Puertas, cerraduras y bisagras. Tema 10.- Colegios públicos de la ciudad de Elda.
Tema 11.- Introducción a la comunicación. La comunicación humana: el lenguaje como medio de comunicación. Tipos de comunicación: oral, telefónica, telemática.
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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Tema 12.- Atención al público: acogida e información al ciudadano. Los servicios de información administrativa.
Tema 13.- Conceptos básicos de informática y administración electrónica. Tema 14.- Uso de impresoras, fotocopiadoras y escáneres.
Tema 15.- Uso y mantenimiento básico de instalaciones de climatización. El ahorro energético.
Tema 16.- Seguridad y salud laboral. Prevención de accidentes. Elementos de seguridad y equipos de protección individual.
OFICIAL DE MERCADOS:
Tema 1.- Conceptos Generales de Seguridad y Salud Laboral. Equipos de protección individuales. Métodos generales de protección de accidentes.
Tema 2.- El Reglamento de Mercados del Ayuntamiento de Xxxx: Disposiciones Generales.
Tema 3.- El Reglamento de Mercados del Ayuntamiento de Elda: Artículos de venta autorizados.
Tema 4.- El Reglamento de Mercados del Ayuntamiento de Elda: Derechos y Obligaciones de los titulares.
Tema 5.- El Reglamento de Mercados del Ayuntamiento de Elda: La Administración xxx Xxxxxxx.
Tema 6.- El Reglamento de Mercados del Ayuntamiento de Elda: Otras instalaciones. Servicios internos de los Mercados Municipales.
Tema 7.- El Reglamento de Mercados del Ayuntamiento de Elda: Obras, instalaciones y servicios en los Mercados Municipales.
Tema 8.- El Reglamento de Mercados del Ayuntamiento de Xxxx: Faltas y sanciones.
Tema 9.- La Ordenanza Reguladora de la Venta no sedentaria del Ayuntamiento de Xxxx: Disposiciones Generales.
Tema 10.- La Ordenanza Reguladora de la Venta no sedentaria del Ayuntamiento de Elda: Zona urbana de emplazamiento autorizada. Solicitud de puestos de venta no sedentaria.
Tema 11.- La Ordenanza Reguladora de la Venta no sedentaria del Ayuntamiento de Elda: El carnet identificativo de los vendedores. Montaje y desmontaje de puestos de venta. Venta de productos alimenticios.
Tema 12.- La Ordenanza Reguladora de la Venta no sedentaria del Ayuntamiento de Elda: Derechos y Deberes de los vendedores no sedentarios.
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Tema 13.- La Ordenanza Reguladora de la Venta no sedentaria del Ayuntamiento de Elda: Faltas y Sanciones.
Tema 14.- Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC): funciones y servicios.
Cumplimentación y tramitación de Hojas de Reclamaciones.
Tema 15.- Guía de prácticas correctas de higiene para la venta y preparación de alimentos en mercados no sedentarios.
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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Tema 16.- Mercados y mercadillos de la ciudad de Elda. Mapa del comercio de proximidad de la ciudad de Elda. Inscripción de comerciantes.
OFICIAL ELECTRICISTA:
Tema 1.- Los riesgos eléctricos, prevención y protección. Herramientas, equipos y materiales para la ejecución y mantenimiento de las instalaciones eléctricas.
Tema 2.- Instalaciones eléctricas de un edificio público. Mantenimiento, averías y diagnósticos.
Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión
Tema 3.- Cuadros de Alumbrado Público: Partes. Funcionamiento. Componentes. Tema 4.- Alumbrados de emergencia: Objeto. Receptores. Cuadros de Maniobra. Tema 5.- Instalaciones de alumbrado exterior. Alumbrado Deportivo: Objeto. Tipos. Tema 6.- Xxxxxxx xx xxx. Tipos. Características. Rendimiento y aplicaciones.
Tema 7.- Los fenómenos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos y sus aplicaciones. Tema 8.- Lámparas de alumbrado público : Tipos. Usos. Esquemas de funcionamiento.
Tema 9.- Esquema de cuadro de alumbrado público con maniobra fotoeléctrica de encendido- apagado y programación xx xxxxx de media noche.
Tema 10.- Esquema de una red trifásica de alumbrado público. Demostración gráfica de problemas con el hilo de neutro.
Tema 11.- Circuitos eléctricos. Xxx xx Xxx. Potencia eléctrica. Efecto Joule. Fusibles
Tema 12.- Resistencias. Agrupamiento de resistencias en serie y en paralelo. Caída de potencial Tema 13.- Corriente alterna (CA). Producción de CA. Potencia en CA. Clases de CA. Distintos tipos
de circuitos
Tema 14.- Aparatos de medida: galvanómetros; amperímetros; voltímetros Tema 15.- Estructura de los automatismos.
Tema 16.- Redes eléctricas: Tipos y características. Interpretación de esquemas: Detalle de funcionamiento.
OFICIAL CONDUCTOR:
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Tema 1.- Conceptos generales de Seguridad y Salud Laboral. Equipos de protección individual. Métodos generales de prevención de accidentes. Elementos de seguridad activa y elementos de seguridad pasiva en el automóvil. Descripción.
Tema 2.- Principios de la mecánica general del automóvil. Elementos y partes principales.
Misión y componentes básicos de los mismos. Revisiones programadas.
Tema 3.- Distintos tipos de motor: gasolina, diésel, híbrido, eléctrico, etc.. Descripción del motor Partes principales: misión y funcionamiento.
Tema 4.- Dirección y neumáticos: Conceptos, elementos, clases de neumáticos, mantenimiento.
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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Tema 5.- El embrague. Tipos: principios de funcionamiento y descripción de los mismos. Ventajas e inconvenientes. Principales xxxxxxx y reparaciones de las mismas.
Tema 6.- Los frenos. Tipos: principios de funcionamiento y descripción de los mismos. Ventajas e inconvenientes. Principales xxxxxxx y reparaciones de las mismas.
Tema 7.- La suspensión. Tipos: principios de funcionamiento y descripción de los mismos.
Ventajas e inconvenientes. Principales xxxxxxx y reparaciones de las mismas.
Tema 8.- Componentes eléctricos principales del automóvil. El alternador. La batería. El motor de arranque. Principios de funcionamiento y descripción de los mismos. Averías más frecuentes y su reparación.
Tema 9.- La alimentación. Carburadores. La inyección electrónica. Averías más frecuentes y su reparación.
Tema 10.- Conducción segura y eficiente: Consumo de combustible. Tipos de conducción. Vehículo y medio ambiente. Potencia y par motor.
Tema 11.- La carga de vehículos y transporte de personas, mercancías o cosas. Tacógrafo digital: tiempos de conducción y descanso. Infracciones.
Tema 12.- Autorizaciones administrativas para la conducción de vehículos: Conceptos. Permisos y licencias. Clases.
Tema 13.- Infracciones administrativas y penales en la conducción: Alcoholemia, drogas, velocidad.
Permiso de conducción por puntos: Conceptos. Infracciones y sanciones.
Tema 14.- ITV. Inspección y condiciones técnicas de los vehículos a motor y sus remolques.
Tema 15.- Ley de tráfico: Normas de comportamiento en la circulación. Normas generales.
Ordenanza Municipal de Tráfico de Vehículos de Xxxx.
Tema 16.- Callejero de la ciudad de Elda. Principales ubicaciones de instalaciones y edificios oficiales. Transporte público de Xxxx.
OFICIAL DE VÍAS Y OBRAS:
Tema 1.- Útiles, herramientas y maquinaria para ejecución de trabajos, reparación y mantenimiento de carpintería, herrería, albañilería, fontanería, pintura y electricidad.
Tema 2.- Averías y reparaciones más frecuentes de albañilería. Descripción y uso de los materiales usados en albañilería.
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Tema 3.- Material básico de la construcción: arena, grava, cemento rápido, mortero, yeso, características básicas. Morteros y hormigones. Ladrillos y cantería.
Tema 4.- Pavimentación. Tipos y características. Pavimentado de vías urbanas. Pavimentos peatonales en vía publica. Tipología, materiales y puesta en obra.
Tema 5.- Cimentaciones. Tipología, materiales y puesta en obra. Muros de contención. Tipología y aplicaciones. Elementos que lo constituyen.
Tema 6.- Revestimientos: solados, aplacados, alicatados y enlucidos.
Firma 1 de 1
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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Tema 7.- Redes generales de alcantarillado. Tipología. Instalaciones y puesta en obra.
Mantenimiento y reparaciones.
Tema 8.- Cubiertas: planas, inclinadas.
Tema 9.- Herrería y carpintería, diferentes tipos de materiales a emplear y características, y usos.
Tema 10.- Diferentes tipos de pintura, tanto para revestimiento en paramentos exteriores como interiores de edificaciones y de los diferentes elementos existentes en vía pública .
Tema 11.- Instalaciones en interiores de edificaciones: Redes de agua potable, de saneamiento y de electricidad. Constitución y funcionamiento.
Tema 12.- Instalaciones en la vía pública: Redes de agua y saneamiento; de alumbrado publico y de semáforos. Materiales, tipología y condicionantes básicos para las mismas.
Tema 13.- El drenaje en las calles y vías urbanas e interurbanas. Elementos de drenaje longitudinal.
Elementos de drenaje transversal
Tema 14 Señalización y equipamiento de vías urbanas e interurbanas. Señalización horizontal.
Señalización vertical. Balizamiento y contención de vehículos.
Tema 15.- Nociones generales sobre utilización de andamios, apeos y entibaciones. Tipología, fabricación y puesta en obra.
Tema 16.- Prevención de riesgos en las obras en vías urbanas. Identificación de riesgos en las unidades de obra. Señalización de obras fijas y móviles. Riesgos específicos. Protección personal. Levantamiento de cargas.
CONSERJE INSTALACIONES MUNICIPALES:
Tema 1.- Instalaciones de agua. Mantenimiento de grifos, tuberías y desagües. Atascos en desagües.
Tema 2.- Reparaciones más frecuentes en el Área de Fontanería. Grifos y cisternas de WC. Tema 3.- Mantenimiento de instalaciones de calefacción. Radiadores y calderas.
Tema 4.- Mantenimiento de instalaciones de acondicionamiento de aire.
Tema 5.- Mantenimiento de instalaciones de seguridad. Cerramientos. Sistemas antirrobos. Tema 6.- Mantenimiento de instalaciones contra incendios.
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Tema 7.- Herramientas básicas para las reparaciones y mantenimiento de: electricidad, fontanería, albañilería, carpintería, jardinería y pintura.
Tema 8.- Mantenimiento de Xxxxxxxxx. Mantenimiento de instalaciones eléctricas. Cuadros eléctricos. Fusibles y contadores.
Tema 9.- Paredes y techos. Humedades y grietas. Pinturas y revocos. Tema 10.- Suelos: Albañilería, sellado y limpieza de superficies.
Tema 11.- Ventanas, cristalería y persianas. Puertas, cerraduras y bisagras.
Firma 1 de 1
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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Tema 12.- Instalaciones municipales y edificios públicos de la ciudad de Elda.
Tema 13.- Introducción a la comunicación. La comunicación humana: el lenguaje como medio de comunicación. Tipos de comunicación: oral, telefónica.
Tema 14.- Atención al público: acogida e información al ciudadano. Los servicios de información administrativa.
Tema 15.- Seguridad y salud laboral. Prevención de accidentes. Elementos de seguridad. Equipos de protección individuales.
Tema 16.- Nociones básicas sobre seguridad de edificios. Extintores. Salidas de emergencia.
Evacuación.
OFICIAL DE DEPORTES:
Tema 1.- Definición, clasificación y características de las instalaciones deportivas.
Tema 2.- Definición, tipos y características de los materiales y equipamientos deportivos. Tema 3.- Aspectos y fases de construcción de las instalaciones deportivas.
Tema 4.- Espacios deportivos pequeños: (balonmano, fútbol sala, baloncesto, voleibol y salas de lucha). Normativa Básica sobre Instalaciones Deportivas de la Generalitat Valenciana.
Tema 5.- Pavimentos deportivos interiores. Tipos y propiedades de los materiales que los componen.
Tema 6.- Espacios deportivos grandes: (fútbol y fútbol 7). Normativa Básica sobre Instalaciones Deportivas de la Generalitat Valenciana.
Tema 7.- Tipos de pavimentos exteriores y su mantenimiento.
Tema 8.- Espacios deportivos acuáticos. Normas higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de uso colectivo y de los parques acuáticos
Tema 9.- Aspectos de la iluminación y la energía. Claves para el ahorro energético. Tema 10.- La accesibilidad y las barreras arquitectónicas en las instalaciones deportivas. Tema 11.- Instalaciones deportivas municipales de la ciudad de Elda.
Tema 12.- La Ley del Deporte de la Comunidad Valenciana y normativa reglamentaria: aspectos relacionados con el mantenimiento de instalaciones deportivas.
Tema 13.- La Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas: aspectos relacionados con el mantenimiento de instalaciones deportivas.
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Tema 14.- Atención al público. Acogida e información al ciudadano.
Tema 15.- Seguridad y salud laboral. Prevención de accidentes en instalaciones deportivas.
Elementos de seguridad y protección individual.
Tema 16.- Ordenanza del Precio público por la prestación de los servicios deportivos municipales de Elda. Ordenanza Municipal Vía Ferrata.
Firma 1 de 1
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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OFICIAL DE COMETIDOS VARIOS:
Tema 1.- Útiles, herramientas y maquinaria para ejecución de trabajos, reparación y mantenimiento de carpintería, herrería, albañilería, fontanería, pintura y electricidad.
Tema 2.- Reparaciones más frecuentes en el Área de Fontanería. Grifos y cisternas de WC. Tema 3.- Mantenimiento de instalaciones de calefacción y acondicionamiento de aire.
Tema 4.- Averías y reparaciones más frecuentes de albañilería. Descripción y uso de los materiales usados en albañilería.
Tema 5.- Mantenimiento de instalaciones de seguridad. Cerramientos. Sistemas antirrobos.
Evacuación. Mantenimiento de instalaciones contra incendios.
Tema 6.- Mantenimiento de instalaciones de jardinería. Maquinaria utilizada: motores y tipos de máquinas. Sistemas xx xxxxx: tipos y características.
Tema 7.- Mantenimiento de instalaciones eléctricas. Cuadros eléctricos. Fusibles y contadores. Tema 8.- Mantenimiento de instalaciones deportivas. Especialidades.
Tema 9.- Paredes y techos. Humedades y grietas. Pinturas y revocos. Suelos: Albañilería, sellado y limpieza de superficies.
Tema 10.- Ventanas, cristalería y persianas. Puertas, cerraduras y bisagras.
Tema 11.- Instalaciones en interiores de edificaciones: Redes de agua potable, de saneamiento y de electricidad. Constitución y funcionamiento.
Tema 12.- Instalaciones en la vía pública: Redes de agua; de alumbrado publico y de semáforos.
Materiales, tipología y condicionantes básicos para las mismas.
Tema 13.- Principios de la mecánica general del automóvil. Elementos y partes principales.
Conducción de vehículos. El tráfico y la seguridad vial.
Tema 14.- Reglamentación de mercados y venta no sedentaria en Elda. Atención al consumidor y al comerciante.
Tema 15.- Seguridad y salud laboral. Prevención de accidentes. Elementos de seguridad. Equipos de protección individuales.
Tema 16.- Atención al público: acogida e información al ciudadano. Los servicios de información administrativa.
***”
Lo que se hace público para general conocimiento.
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En Xxxx, en la fecha que consta en la huella de la firma digital impresa en este documento (Documento firmado digitalmente).
EL ALCALDE,
Fdo.- Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Firma 1 de 1
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
C.I.F.: P0306600H | DIR3: X00000000
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxx, Xxxx: 965 380 402 xxx.xxxx.xx
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