LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-85002
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-85002
“CONTRATACIÓN DE LICENCIAMIENTO DE PRODUCTOS MICROSOFT (CONTRATO ENTERPRISE AGREEMENT) PARA EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES”
La Proveeduría Institucional del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas digitales hasta las 10:00 horas del día 06 xx xxxxx del 2015 para la Licitación Pública número 2015LN-000001-85002, denominado “Contratación de Licenciamiento de Productos Microsoft (Contrato Enterprise Agreement) para el Tribunal Supremo de Elecciones”.
La oferta deberá aportarse vía digital mediante el sistema Comprared y utilizando la “firma digital”. Procedimiento para la presentación de Oferta Digital de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa. xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx.xx/xx/xxxxxxxx/Xxxxxx%00xxxxxx%00xxxxxxx%00-
Para consultas y aclaraciones llamar a los teléfonos: Proveeduría Institucional: 0000- 0000, fax: 0000-0000 o consultas técnicas comunicarse con Licda. Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, al teléfono 0000-0000.
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO
Item | Cant. | DESCRIPCION |
1 | 1 | Compra de licencias y actualizaciones mediante software Assurance para los productos Microsoft del Tribunal Supremo de Elecciones, mediante Contrato Enterprise Agreement, con un plazo contractual de 3 años. Ver Anexo No.1 el desglose de las licencias nuevas y las actualizaciones requeridas por el TSE. Para efectos del presente cartel, se entenderá por : “Licencia”: como el derecho a utilizar la cantidad de un producto |
Proveeduría
Xxxxxx Xxxx xxx Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xx Xxxxxxxxxx, calle 23 xxxxx xxxxxxxx 0 x 0, xxxxxx xx xxxxxxx
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX (FIRMA)
XxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxXXxXxXXxXxxXXxXXXXXXxXxXXXxXxXxX.XXxxx. 0000-0000. Xxx Xxxx, Xxxxx Xxxx
Date: 2015.02.09 11:12:53 -06:00
PTADeILlLéAf(oFIRnMoA): 0000-0000 • Fax: 0000-0000 • E-mail: xxxxxxx@xxx.xx.xx
Reason: SUBPROVEEDOR, APROBACION
Location: Xxxxx Rica
Digitally signed by COMPRARED
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
XXXXXXXX (FIRMA)
Digitally signed by XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
(FIRMA)
Date: 2015.02.09 10:49:09 -06:00
solicitado. Para determinados productos, una licencia puede estar disponible mediante suscripción (“Licencia de suscripción”). |
Explicación del modelo:
El TSE emitirá una primera orden de compra (Pedido Inicial), en la cual se solicitarán al menos aquellos productos necesarios para poder tener acceso a un EA según los requerimientos de Microsoft, con la cantidad real de productos que requiera. Los productos que el TSE podrá solicitar en el pedido inicial son los indicados en el anexo No. 1. Con base en los productos solicitados en el pedido inicial, más los Servicios ONLINE anexo No. 3 el Contratista deberá formalizar un EA con Microsoft y deberá entregar al TSE un documento con el número de contrato EA suscrito con Microsoft; así como acceso al Centro de Licenciamiento por Volumen de Microsoft con el objeto de validar lo anterior.
Una vez que el EA esté formalizado, el TSE podrá realizar pedidos adicionales de los productos incluidos en este o de los listados en el anexo No. 3 a los precios ofertados.
El TSE paulatinamente podrá ir migrando servicios instalados en su infraestructura a Servicios Online o viceversa. Por lo tanto, durante la ejecución del contrato la cantidad de licencias de Servicios Online puede aumentar o disminuir en razón de traslado del esquema de licenciamiento tradicional a Servicios online o viceversa.
El Oferente deberá indicar en su oferta los precios de los productos indicados en el Anexo 1. Estos precios serán ciertos y definitivos durante la vigencia del contrato y serán utilizados para confeccionar el Pedido Inicial. Si existiera precios diferentes para el pedido inicial y para los años restantes del contrato (año1, año2, etc.), el Oferente deberá indicarlo en su oferta y adjuntar los mismos.
2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
a) La Administración verificará el día de la apertura, mediante los medios electrónicos dispuestos para este fin, que el oferente, sea persona física o jurídica, se encuentre inscrito como patrono o trabajador independiente y al día con el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social
(CCSS), al día con el pago de FODESAF y del Impuesto a las Personas Jurídicas, en este último caso cuando se trate de sociedades.
En caso de presentarse morosidad o exista algún inconveniente con las páginas electrónicas de consulta, esta Administración prevendrá al oferente para que en el lapso de 3 días hábiles presente la certificación que pruebe su estado al día con dichas obligaciones. Si no atiende la prevención y persiste la morosidad se declarará inadmisible la oferta.
b) No se admiten a concurso las ofertas que incumplan con las condiciones legales y las especificaciones técnicas solicitadas.
c) Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. El no suministro de la información sustancial que permita verificar su ajuste a las condiciones significativas del cartel, descalificará la oferta para efectos de análisis y adjudicación.
d) Se consideran excluidas las ofertas que tengan una vigencia inferior al 80% del plazo fijado en este pliego (Arts. 67 y 81 inciso f RLCA).
e) El oferente debe ser un canal registrado como Licensig Solution Partner (LSP) por Microsoft para Xxxxx Rica, además de tener un nivel Gold en la competencia de Volume Licensigng. Lo anterior deberá ser demostrado mediante carta emitida directamente por Microsoft. En caso de que el documento sea emitido fuera de Costa Rica, el mismo deberá venir debidamente consularizado o apostillado según corresponda.
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
a) El oferente deberá cotizar las licencias que se describen en este cartel mediante un Contrato Enterprise Agreement (EA) de Microsoft.
b) La oferta deberá incluir toda la información técnica del objeto, incluyendo aspectos como condiciones y restricciones de uso, componentes de software, compatibilidades, así como las guías técnicas del producto y manuales del usuario, o bien suministrar el sitio de internet donde se incluya y se pueda acceder dicha información.
c) El oferente deberá ofrecer en caso de resultar adjudicatario que durante el período de vigencia de esta contratación, se brindará acompañamientos al
órgano fiscalizador en todos los aspectos referentes al licenciamiento, activación de beneficios y cualquier tema relacionado con los alcances de la contratación.
d) Toda licencia nueva debe estar cubierta con Software Assurance (SA) durante la vigencia del contrato.
e) Tanto las licencias nuevas como las actualizaciones deben incluir al menos los beneficios que se citan en el Anexo No 2 de este cartel.
f) Los productos y sus actualizaciones deben ser en idiomas inglés o español, solamente.
g) Derecho de uso de los productos
o El oferente deberá adjuntar a su oferta una copia de los derechos de uso de los productos sujetos a esta contratación.
o Si una nueva versión de un producto tiene derechos de uso más restrictivos que la versión que esté vigente al momento de adquirir un producto, tales derechos de uso más restrictivos no se aplicarán.
h) Proyección de compra
Las cantidades indicadas son las consignadas en el Anexo No. 1, sin embargo podrán adicionarse al contrato, aquellas que el TSE requiera dadas las proyecciones anuales de consumo de este producto.
i) Condiciones del oferente
El Oferente deberá garantizar que el software que conforma el servicio ofertado, se mantendrá vigente y actualizado durante todo el plazo contractual, con las diferentes actualizaciones que libere el fabricante
j) Propiedad intelectual
La titularidad de los derechos de propiedad intelectual que surjan al amparo de esta contratación se regulará de conformidad con lo establecido en la Ley No. 8039 de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, la No, 6683 Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, la No.
6867 Ley de Patentes de Invención, dibujos y modelos industriales y modelos de utilidad; la No. 7978 Ley de Marcas y otros signos distintivos; la No. 7975 Ley de Información no divulgada, según corresponda: así como en la normativa internacional e institucional vigente sobre la materia, respetando la jerarquía de las normas.
El software objeto de la presente contratación es propiedad del fabricante del mismo y sobre el contratista recaen los derechos y obligaciones que sobre su distribución, venta y servicios asociados le han sido concedidos por el primero, en su condición de Partner autorizado y certificado como LSP. Las licencias adquiridas mediante la modalidad de Software Assuranse, objeto de la presente contratación serán propiedad xxx XXX.
k) Declaración anual (TRUE UP)
Entre dos fechas de aniversario del contrato el TSE podrá utilizar licencias adicionales de las incluidas en su EA, pero deberá agregar las mismas en su próxima Declaración Anual (True up) y por ende realizar el respectivo pago a partir del próximo aniversario del contrato (no se realizarán pagos retroactivos).
El Oferente deberá indicar en su oferta el procedimiento a seguir a efecto de que el TSE en tiempo y forma, pueda realizar y comunicar la declaración anual de licencias o servicios utilizados, misma que regiría para el período siguiente.
l) Condiciones de Garantía
El período de garantía de las licencias, incluidos los servicios online, que se contraten no podrá ser inferior al plazo de vigencia de la presente contrata- ción, según la cláusula “Plazo de la contratación”, es decir, 3 años. La ga- rantía debe cubrir y actualización necesaria para todas las licencias oferta- das, de acuerdo con los niveles de servicio, condiciones y requisitos esta- blecidos, todo esto sin costo adicional para el TSE, por lo que el Oferente deberá realizar todas las previsiones y consideraciones necesarias para el cumplimiento de lo aquí indicado, en el momento de establecer su precio.
m) Propiedad Intelectual
La titularidad de los derechos de propiedad intelectual que surjan al amparo de esta contratación se regulará de conformidad con lo establecido en la Ley No. 8039 de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual; la No. 6683, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos; la No. 6867, Ley de Patentes de Invención, dibujos y modelos industriales y modelos de utilidad; la No. 7978, Ley de Marcas y otros signos distintivos; la No. 7975, Ley de Información no divulgada, según corresponda; así como en la normativa internacional e institucional vigente sobre la materia, respetando la jerarquía de las normas.
El software objeto de la presente contratación es propiedad del fabricante del mismo, y sobre el Contratista recaen los derechos y obligaciones que sobre su distribución, venta y servicios asociados le han sido concedidos por el primero, en su condición de Partner autorizado y certificado como LSP. Las licencias con Software Assuranse, objeto de la presente contratación serán propiedad xxx XXX a perpetuidad.
n) Revisión de desempeño del contratista
El TSE se reserva el derecho de ejecutar auditorias para revisar y validar la cali- dad del servicio, mediante entrevista y/o cuestionarios con el personal xxx XXX encargado, o que haya tenido relación con el Contratista, o sea usuario del servi- cio que éste brindó.
Controles para la evaluación de la calidad del servicio: se mantendrá una serie de controles a la empresa contratada, con el propósito de evaluar la calidad del ser- xxxxx xxxxxxxx, dentro de ellos:
Verificación de la disponibilidad del sitio web, así como la consola de administración para el caso de los servicios online.
Verificación y seguimiento de atención en tiempo y forma.
o) Transiciones
Una transición es la conversión de una o más licencias a otras licencias. Por ejemplo, convertir una licencia de Escritorio Profesional (Professional Desktop) a una licencia para un Plan E3 de servicios online o viceversa.
El Oferente deberá indicar los productos elegibles para Transición y las Transicio- nes permitidas.
El Periodo de Transición es el tiempo entre la Transición (la conversión de licen- cias) y la siguiente fecha de Aniversario del Contrato.
o Requisitos de transición.
El TSE podrá hacer la transición de las licencias con cobertura activa de Software Assurance o Licencias de Suscripción en cualquier mo- mento si se permite en la Lista de Productos de Microsoft. Pero no reducirá la cantidad de licencias o la cobertura de Software Assurance asociada antes del final del período de transición.
Si una transición se realiza de vuelta a una licencia que tenía cobertu- ra de Software Assurance vigente a partir de la fecha de Transición, se volverá a solicitar Software Assurance para todas esas licencias en el futuro tras el Período de Transición. La cobertura de Software As- surance no puede exceder la cantidad de licencias perpetuas para las cuales el Software Assurance estaba vigente en el momento de cual- quier Transición anterior.
El uso del modelo de transición equivale a un cambio en la factura- ción, mismo que será aplicado hasta el siguiente aniversario del con- trato.
o Efecto de la Transición en las Licencias.
La Transición no afectará los derechos xxx XXX con respecto a las li- cencias perpetuas que se hubieran pagado completamente.
Los derechos a las nuevas versiones se concederán para las licencias perpetuas con cobertura de Software Assurance hasta el final del Pe- ríodo de Transición.
p) Procedimiento para solicitud de nuevos productos
Con respecto a la contratación de servicios online se realizará la solici- tud de tales servicios por medio del portal de administración provisto por Microsoft (Reservación de licencias).
El TSE solicitará las licencias a las que se hace transición en el aniversario del contrato y el pago respectivo se realizará a partir de esa fecha.
El TSE podrá realizar Transiciones a un plan superior de una Licencia de Servicios Online (por ejemplo pasar de un Plan E3 a un Plan E4).
En este caso el pago del nuevo plan se realizará a partir del siguiente aniversario del contrato
En el caso de transiciones equivalentes no se debe realizar cobro al- guno por el uso del servicio durante el periodo de transición. El cobro deberá comenzar a partir del siguiente aniversario del contrato.
Durante la ejecución contractual los requerimientos de nuevos Produc- tos, sea adquisición de licencias adicionales o servicios online, que realicen entre dos fechas de aniversario del contrato se pagarán hasta inicios del siguiente aniversario (no se realizarán pagos retroactivos).
q) Confidencialidad de la información
Confidencialidad de la información.
La siguiente disposición de confidencialidad se aplica entre el TSE y el Contratista.
“Información Confidencial” es aquella que no es de carácter público, Know-how y los Secretos Empresariales en cualquier forma en que se de- signen como “confidencial” o que una persona razonable sepa que son o debería razonablemente entender que son confidenciales. Incluye infor- mación no pública relativa a los productos o los clientes de cualquiera de las partes, marketing y promociones o los términos negociados de los contratos de Microsoft.
Tratamiento de la Información Confidencial.
a. En general. Con sujeción de los demás términos de este cartel, cada una de las partes acepta que:
no revelará la información confidencial de la otra a terce- ros.
b. Precauciones de seguridad. Con sujeción a los demás términos de este contrato cada una de las partes acepta que: realizará los pasos razonables para proteger la Informa- ción Confidencial de la otra parte, debiendo ser estos pa- sos, como mínimo, tan protectores como los que realice la
parte para proteger su propia Información Confidencial.
notificará a la otra de inmediato, al ser descubierto cual- quier uso o revelación de Información confidencial.
cooperará con la otra parte para ayudarla a recuperar el control de la Información Confidencial y prevenir el uso o revelación adicional y no autorizado.
4. Condiciones generales de la oferta.
a) La oferta debe adjuntar comprobante de pago del timbre de ¢200,00 (doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105) extendido a la cuenta electrónica del CPCE en el Banco xx Xxxxx Rica 000-0000000-0 en colones bajo la denominación “Pago de timbres CPCECR” y el timbre de ¢20,00 (veinte colones exactos) de la Ciudad de Las Niñas (Ley 6496) el cual deberá adjuntarlo a la oferta digital debidamente cancelado con el sello de la empresa oferente y debidamente identificado el número de la licitación, documento que de esta forma deberá escanear e incluir en la oferta digital.
b) Los oferentes podrán concurrir a través de cualquiera de las formas de representación contenidas en el artículo 18 del R.L.C.A., sin embargo no se permiten ofertas conjuntas.
c) En la presente contratación no se admiten ofertas parciales, por lo que los oferentes deberán cotizar la totalidad de las licencias incluidas en el Anexo No. 1 de este cartel.
d) Lugar de prestación del servicio: En oficinas centrales xxx XXX, sita: xxxxxxx xxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx, xxxxxxx 0, xxxxx 00 y 15 y deberá coordinar lo pertinente con el órgano fiscalizador.
e) El oferente en la cotización deberá adjuntar el desglose de los componentes de los costos de la línea que oferta, debiendo presentar el desglose de costo de cada licencia nueva y de cada actualización, ello según las disposiciones estipuladas en los artículos 25, 26, 27 y 52 del R.L.C.A. Con especial atención a la regulación del artículo 26 anterior, en cuanto a indicar la estructura del precio (Mano de Obra, Gastos Administrativos, Insumos y Utilidad).
f) El precio deberá ser cierto y definitivo, sin perjuicio de eventuales revisiones. Se cotizará la oferta libre de tributos, debiéndose indicar a la vez el monto total anual de la oferta, en números y letras coincidentes. Cualquier factor que los oferentes introduzcan que afecte el precio o forma de pago debe ser aclarado en su totalidad en la oferta económica. No serán admisibles los pagos anticipados o distintos al procedimiento usual de la Institución. El oferente deberá indicar en su oferta los precios de los productos indicados. Estos precios serán ciertos y definitivos durante la vigencia del contrato. Si existiera precios diferentes para el pedido inicial y para los años restantes del contrato (año 1, año 2, año 3), el oferente deberá incluirlo en su oferta la totalidad de los costos por 3 años y adjuntar el desglose.
g) Plazo de entrega: El oferente deberá indicar el plazo de entrega (número de Contrato de EA y acceso al Centro de Licenciamiento por Volumen de Microsoft,
el cual no podrá ser mayor a diez (10) días hábiles luego de notificada la orden de compra.
Solamente se autorizarán prórrogas en el plazo de entrega estipulado por razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificadas, o por demoras ocasionadas por la propia Administración. En uno u otro caso, el contratista solicitará dicha prórroga a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que demorará la entrega de los productos. No se concederán prórrogas vencidos los plazos estipulados en la oferta, sin perjuicio del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos.
h) Plazo de la contratación: El plazo de esta contratación será de tres (3) años, contados a partir del momento que indique el órgano fiscalizador.
i) El oferente deberá declarar bajo fe de juramento que se encuentra al día con el pago de los impuestos nacionales y municipales y que no le afecta ninguna de las prohibiciones de los artículos 22 y 22bis de la Ley de Contratación Administrativa. La capacidad de actuar de todo oferente se presume, por lo que esa condición solamente la deberá acreditar el adjudicatario. Asimismo deberá declarar que se encuentra habilitado para contratar con el Sector Público (Art. 19 del R.L.C.A.)
j) Condiciones de garantía: El período de garantía de las licencias, que se contraten no podrá ser inferior al plazo de vigencia de la presente contratación, según la clausula de “Plazo de la contratación”, es decir 3 años. La garantía debe cubrir el soporte técnico y actualización necesaria para todas las licencias ofertadas, de acuerdo con los niveles de servicio, condiciones y requisitos establecidos en este cartel, todo esto sin costo adicional, por lo que el oferente deberá realizar todas las previsiones y consideraciones necesarias para el cumplimiento de lo aquí indicada, en el momento de establecer su precio.
k) Órgano Fiscalizador: Le corresponde la fiscalización de esta contratación al Jefe de Servicio al Cliente de TI, Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx o quien le sustituya en su puesto.
l) Modalidad y Forma de Pago: En la forma usual de gobierno, mediante transferencia bancaria, será de TREINTA DÍAS NATURALES, de conformidad con la Directriz No 033-H del 4 xx xxxxx de 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 64 del 1º xx xxxxx de 2009) a partir de la presentación de la factura y una vez recibido el servicio. Asimismo, el contratista iniciará su gestión de cobro con la presentación de la factura comercial timbrada o dispensada de este trámite, ante el Órgano Fiscalizador.
m) Solicitud de pedido: Esta licitación pública se encuentra amparada en la solicitud de pedido: 4011520019. La administración advierte a los oferentes que una vez adjudicada la presente licitación se asegurará la disposición de los recursos presupuestarios para los pagos desglosados durante los 3 años de
n) Toda notificación de esta contratación se realizará por medio del Sistema Informático Comprared, de conformidad con el plazo para cada uno de los actos que se realicen.
5. Sistema de comparación y valoración de ofertas
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la calificación de cada oferta, aplicando la metodología de evaluación siguiente:
FACTOR | % | METODOLOGIA |
Precio | 90% | FP = (Pmin/Px) x 90 Donde: FP = Puntaje obtenido por la empresa para el factor precio Pmin=precio total de la línea con el monto más bajo Px=Precio total de la línea de oferta a evaluar |
Experiencia de la empresa en servicio post-venta de licencias y servicios de plataforma Microsoft | 10% | Se otorgará un 2% por cada carta de referencia, hasta un máximo de cinco cartas, donde se acredite la participación del oferente en el servicio de administración de contratos EA (Enterprise Agreement) de Microsoft durante los últimos dos años en entidades estatales en Xxxxx Rica. Esto es en contratos superiores $ 500.000. Las cartas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Membretadas por el emisor de la misma Firmada por la persona responsable de la adminis- tración del contrato Dirección de correo electrónico y teléfono de contac- to. Deberá indicar el tipo y alcance de la contratación |
Notas:
El precio total ofertado en los 3 años (100%), deberá ser distribuido de la siguiente forma:
o Primer año se pagara el 26% del total
o Segundo y tercer año se pagara el 37% del total por año.
Las ofertas deberán cotizarse preferiblemente en colones, moneda de Costa Rica. Sin embargo, si la oferta se cotiza en dólares de los Estados Unidos, para efectos de comparación de las ofertas, la conversión a colones se realizará utilizando el tipo de cambio de venta oficial establecido por el Banco Central xx Xxxxx Rica al día de la apertura de las ofertas. Para efectos de cancelación de facturas de ofertas cotizadas en dólares se utilizará el tipo de cambio venta xxx xxxxx con respecto al dólar calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica vigente a la fecha del pago efectivo.
El precio se deberá cotizar y se entenderá para todos los efectos, libre de los impuestos. El oferente deberá indicar el desglose porcentual del factor precio en mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad (P= MO+I+GA+U) que componen el precio cotizado, de manera que permita revisar y resolver en forma rápida y correcta las solicitudes de reajuste que eventualmente formule el contratista.
Criterio de desempate de las ofertas
De conformidad con el artículo 20 de la Ley 8262, se establece como mecanismo de desempate para la adjudicación de la oferta el siguiente:
Se preferirán a la PYME de producción nacional.
Cuando existan dos o más PYME nacionales participando en un mismo procedimiento de contratación administrativa, la Administración aplicará los criterios del artículo No. 55 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
De mantenerse la igualdad, la Proveeduría establecerá un SISTEMA DE RIFA entre las ofertas que se encuentren en esa condición en presencia del analista jurídico, el analista encargado y un representante de cada una de las empresas, previa convocatoria formulada –cuando menos- el día anterior. Ante la inasistencia de alguno de los representantes, un funcionario de la Proveeduría Institucional tomará su lugar en el sorteo, en el cual se utilizarán papelitos de igual tamaño, color y uno de ellos tendrá la palabra ganador. De todo ello se levantará un acta que será firmada por los presentes y agregada al expediente administrativo. La no
asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
6. ADJUDICACIÓN
a) El Tribunal Supremo de Elecciones, resolverá este concurso en un plazo que no podrá ser superior al doble del plazo fijado para recibir ofertas; incluyendo las prórrogas que se den. (Artículo 87 y 95 R.L.C.A.).
b) Será adjudicado el oferente que obtenga el mayor porcentaje, según la tabla de calificación (punto No. 5). Por la naturaleza del objeto de la presente contratación y atendiendo razones presupuestarias y de interés público o de conveniencia del Tribunal Supremo de Elecciones, se reserva la posibilidad de adjudicación parcial o bien aumentar las cantidades, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
7. DEL ADJUDICATARIO O CONTRATISTA.
Una vez en firme el acto de adjudicación se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
a) El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en la normativa que rige la materia de contratación administrativa, así como a las medidas de seguridad y políticas xxx XXX.
b) El contratista tiene el deber ineludible de cumplir las obligaciones laborales y de seguridad social, incluido el pago de los salarios mínimos para sus trabajadores establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, durante todo el periodo de ejecución contractual. La omisión de esta estipulación se tomará como causal de incumplimiento de acuerdo a la Directriz No. 34 del Poder Ejecutivo publicada en La Gaceta No. 39 del 25 de febrero del 2002, haciéndose acreedor el contratista a las sanciones establecidas en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento en éstos casos.
8. MULTAS.
De presentarse algún atraso en la prestación del servicio por causas imputables al contratista, se le cobrará un 2.5% del monto de la factura por el primer año, por cada día hábil de atraso hasta un máximo del 25% de dicho monto; salvo en los casos en que el atraso obedeciere a causas no imputables al contratista o razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente demostrado y autorizados por el Órgano Fiscalizador.
La aplicación de las multas se efectuará una vez realizado el procedimiento sumario instruido por la Inspección Electoral.
9. CONTRATO.
El adjudicatario deberá aportar dentro de los 3 días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación, y en el caso de resultar ser una empresa lo siguiente:
Certificación original de personería jurídica y del capital social, así como de la distribución de las acciones con vigencia no menor de tres meses de emitida.
Certificación de la propiedad de las cuotas o acciones, con vista en los Libros de la Sociedad emitida por un Notario Público.
De los anteriores documentos el adjudicatario podrá presentar copia certificada siempre y cuando indique expresamente el número de expediente de la contratación en la que se encuentran los originales dentro de esta Proveeduría, y que los mismos no tienen más de 1 año de haber sido emitidos y deberá declarar bajo de fe de juramento que los datos consignados en las copias de dichas certificaciones se mantienen invariables, salvo que esta información conste en el expediente electrónico del adjudicatario en el Registro de Proveedores de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
El Tribunal Supremo de Elecciones y el adjudicatario podrán suscribir un contrato para regular la prestación de los servicios objeto de este concurso, al cual se adjun- tarán las especies fiscales que correspondan, a pagar por el adjudicatario.
Dicho contrato tendrá una vigencia de tres años, que darán inicio una vez que el Organo Fiscalizador le comunique por escrito al contratista la fecha de ejecución del mismo.
El incumplimiento contractual o el acaecimiento de otras causas calificadas a juicio de la Administración, podrán dar lugar a la resolución o rescisión del contrato, de conformidad con la normativa aplicable.
De conformidad con el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, el contrato comenzará su fase ejecutiva hasta que cuente con el respectivo refrendo, o aprobación interna.
10. FISCALIZACIÓN CONTRACTUAL
El Tribunal Supremo de Elecciones de acuerdo con el artículo 204 del Reglamento a la Ley Contratación Administrativa podrá, sin perjuicio de las demás acciones
administrativas en caso de incumplimiento total por parte del contratista, resolver el contrato en su totalidad o en parte o bien rescindir sus relaciones con fundamento en el artículo 206, de dicho cuerpo normativo.
11. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Quien resulte adjudicatario rendirá una garantía de cumplimiento en la Contaduría xxx XXX, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en que hubiese recibido requerimiento por escrito de la Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones. Esta garantía equivaldrá al 10% del monto total adjudicado y tendrá un término de validez durante la ejecución del contrato y sesenta (60) días naturales adicionales a la finalización del contrato.
En caso rendir garantía de cumplimiento en efectivo, deberá aportar el número de licitación para que la Contaduría emita dos comprobantes, un original para el adjudicatario para que posteriormente solicite la devolución correspondiente, y una copia que adjudicatario debe entregar en la Proveeduría. En el caso que sea en colones, puede hacer el depósito en la cuenta N° 000-0000000-0 (Cuenta Cliente No.: 15201001013206295) del Banco xx Xxxxx Rica y cuando se trate de dólares, puede hacer el depósito en la cuenta No. 100-02-000-621441-8 (Cuenta Cliente No.: 15100010026214418) del Banco Nacional; en cualquier caso, debe presentar el recibo emitido por el banco en la Contaduría (Área de Tesorería) para que esta a su vez emita los comprobantes indicados en este punto.
En el caso de aportar la garantía en una modalidad distinta al efectivo, deberá presentar el documento original y una fotocopia, la Contaduría emitirá dos comprobantes, el original es para el adjudicatario y una copia es para adjuntarle la fotocopia del documento de garantía para que el adjudicatario los entregue en la Proveeduría.
12. SANCIONES:
Conforme lo establece el capítulo X de la Ley de Contratación Administrativa. Los contratistas que durante el curso de los procedimientos de contratación, incurran en las causales previstas en dicho capítulo, serán sancionados con apercibimiento e inhabilitación, según corresponda, de conformidad con lo establecido en el Art. 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
13. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN:
Los derechos y obligaciones derivados de un contrato en ejecución o listo para iniciarse, podrán ser cedidos a un tercero, siempre y cuando no se trate de una obligación personalísima. En todo caso, la cesión debe ser autorizada por la Administración mediante acto debidamente razonado. Cuando la cesión corresponda a más de un 50% del objeto del contrato, independientemente del avance en su ejecución, deberá ser autorizada por la Contraloría General de la República. (Art. 209 del R.L.C.A.)
14. FORMALIZACIÓN:
Se advierte a los participantes que cuando la estimación de la adjudicación se encuentre sujeta de aprobación interna por parte del Departamento Legal del Tribunal Supremo de Elecciones o requiera refrendo por parte de la Contraloría General de la República, se deberá elaborar el contrato respectivo, de acuerdo con el Reglamento de Refrendos de las Contrataciones Administrativas, emitido por el Ente Rector, publicado en La Gaceta No. 202 del 22 de octubre de 2007, reformado por Resolución No. R-DC- 31-2012 de la Contraloría General de la República de las 13:00 horas del 07 xx xxxxx de 2012.
Antes de la suscripción del contrato el adjudicatario deberá rendir la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en el presente cartel.
15. REVISIÓN DE PRECIOS
Para los precios cotizados en moneda nacional (colones), el cálculo de las eventuales revisiones se realizará con base en la fórmula matemática recomendada por la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 232 del 2 de diciembre de 1982, con el artículo No. 18 de la Ley de Contratación Directa y conforme al artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, para lo cual se deberá indicar en la oferta el desglose porcentual del factor precio en mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad ( P= MO+I+GA+U ) que componen el precio cotizado, de manera que permita revisar y resolver en forma rápida y correcta las solicitudes de reajuste que eventualmente formule el adjudicatario. El derecho a revisión de los precios rige desde la presentación de la oferta y podrá ser solicitado una vez que dé inicio la ejecución contractual, una vez aportada la documentación probatoria a satisfacción al Tribunal Supremo de Elecciones, de conformidad con el artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. El oferente deberá indicar en su oferta los renglones con que trabajará para los Índices aplicables para las fórmulas de servicios para la mano de obra y los insumos, tal y como se indica en la siguiente fórmula:
Donde:
PV = Precio variado.
Pc = Precio de cotización
MO = Porcentaje costo de mano de obra sobre cotización total I = Porcentaje costo de insumo sobre cotización total
GA = Porcentaje costo administrativo sobre cotización total
U = Porcentaje utilidad en precio de cotización
iMOtm = Índice costo de mano de obra en fecha de variación iMOtc = Índice costo de mano de obra en fecha de cotización iIti = Índice costo de insumos en fecha de variación
iItc = Índice costo de insumo en fecha de cotización
iGAtg = Índice de gastos administrativos en fecha de variación iGAtc = Índice de gastos administrativos en fecha de cotización
La información sobre cada uno de los Índices aplicables a la fórmula antes sugerida, deberá ser suministrada por los oferentes según renglón, nivel o capítulo, forma en que se combinaron renglones, si así corresponde (promedio simple o ponderado, etc) y la fuente para cada componente serán:
1-Decreto de Salarios Mínimos decretados por el Consejo Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
2-Banco Central xx Xxxxx Rica.
3-Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
En casos de que los índices sean propios de la empresa, éstos deberán ser certificados por un contador público autorizado.
16. PEDIDO Y TIMBRES FISCALES:
A los participantes en esta contratación, las notificaciones (incluyendo el envío de la orden de compra al adjudicatario) se enviará a la dirección electrónica o número de fax que conste en el Registro de Proveedores de la Dirección General de Bienes del Ministerio de Hacienda. Como medio para recibir notificaciones, en caso de que no se pueda realizar la notificación por los medios señalados, operará la notificación
automática en los términos establecidos en el Reglamento de Utilización del Sistema de Compras Gubernamentales CompraRED 2.0
El adjudicatario deberá cancelar el pago de especies fiscales equivalente al 0,25% del monto adjudicado más el monto proporcional por concepto de reintegro sobre el monto adjudicado, según Directriz DGABCA-15-2012 de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, de previo a la firma del contrato y/ o a la emisión de la Orden de Compra con firma digital.
(Documento firmado digitalmente)
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Proveedor Institucional a.i.
ANEXO No. 1
COMPRA DE LICENCIAS Y ACTUALIZADION MEDIANTE SOFTWARE ASSURANCE
Compra Licencias Nuevas | ||||||||
Clase | Númer o de parte | Descripcion de Producto | Cantida d | PRECIO UNITARI O DEL PEDIDO INICIAL | PRECI O TOTAL DEL PEDID O INICIAL | PRECIO UNITARI O TRUE UP AÑO 1 | PRECIO UNITARI O TRUE UP AÑO 2 | PRECIO UNITARI O TRUE UP AÑO 3 |
Enterprise Product | ||||||||
W06- 01063 | CoreCAL ALNG Lic SAPk M VL Pltfrm Dvc CA | 120 | ||||||
269- 12445 | Offic eProPlus ALNG Lic SAPk M VL Pltfrm | 120 | ||||||
CW2- 00309 | WinEntforSA ALNG UpgrdSAPk M VL Pltfrm | 120 | ||||||
Actualizacion de licencias de Sistema Operativo | ||||||||
W06- 00022 | CoreCAL ALNG Lic SAPk M VL Dvc CAL | 650 | ||||||
CW2- 00279 | WinEntforSA ALNG UpgrdSAPk M VL | 650 | ||||||
Adicional xx Xxxx Server Enter Cal y Project | ||||||||
7AH- 00000 | Xxxx XXxXxXXX ALNG Lic SAPk M VL Dvc CAL | 450 | ||||||
H21- 00595 | Prjc tSvrCAL ALNG Xxx XXXx X XX XxxXXX | 00 | ||||||
X00- 00000 | Xxxx tPro ALNG Lic SAPk M VL w1Prjc tSvrCAL | 3 | ||||||
H22- 00479 | Prjc tSvr ALNG Lic SAPk M VL | 1 |
Renovación de Licencias Existentes en el EA | ||||||||
Office | ||||||||
269- 12442 | O ffic eProPlus ALNG SA M VL Pltfrm | 600 | ||||||
W06- 01069 | CoreCAL ALNG SA M VL Pltfrm Dvc CAL | 600 | ||||||
CW2- 00307 | WinEntforSA ALNG SA M VL Pltfrm | 600 | ||||||
Otros | ||||||||
000- 00000 | XxxxxXxxXxx XXXX XX M VL | 1 | ||||||
312- 02257 | ExchgSvrStd ALNG SA M VL | 1 | ||||||
5HU- 00216 | Lync Svr ALNG SA M VL | 2 | ||||||
7AH- 00000 | Xxxx XXxXxXXX ALNG SA M VL Dvc CAL | 100 | ||||||
H30- 00238 | Prjct Pro ALNG SA M VL w1Prjc tSvrCAL | 7 | ||||||
H21- 00420 | Prjc tSvrCAL ALNG SA M VL Dvc CAL | 40 | ||||||
76N- 02468 | SharePointEntCAL ALNG SA M VL Dvc CA | 300 | ||||||
H04- 00268 | SharePointSvr ALNG SA M VL | 2 | ||||||
7JQ - 00343 | SQL SvrEntCore ALNG SA M VL 2Lic CoreLic | 8 | ||||||
7NQ - 00292 | SQLSvrStdCore ALNG SA M VL 2Lic CoreLic | 10 | ||||||
MFF- 00505 | SysCtrCltM gmtSte ALNG SA M VL PerO SE | 100 | ||||||
T9L- 00223 | SysCtrStd ALNG SA M VL 2Proc | 40 | ||||||
D87- 01159 | VisioPro ALNG SA M VL | 1 |
D86- 01253 | VisioStd ALNG SA M VL | 10 | ||||||
77D- 00111 | VSProwM SDN ALNG SA M VL | 8 | ||||||
9JD- 00053 | VSUltwM SDN ALNG SA M VL | 10 | ||||||
P73- 05898 | WinSvrStd ALNG SA M VL 2Proc | 60 | ||||||
Licencias nuevas existente s en el EA | ||||||||
CW2- 00309 | Win end for SA ALNG Upgrdsksapk mvl pltfrm | 89 | ||||||
269- 12445 | Oficce Proplus ALNG LICSAPK mvl pltfrm | 89 | ||||||
W06- 01063 | Corcal almg licsapk mvl pltfrm dvccal | 89 | ||||||
125- 00124 | VSTEAMFNDTNSV R ALNG sa MVL | 1 | ||||||
Compra de licencias nuevas | ||||||||
P73- 05897 | Winsvrstd alng licsapk mvl 2 proc | 4 | ||||||
D87- 01057 | Visio Pro alng lic sapk mvl | 1 |
ANEXO No. 2
BENEFICIOS: DERECHOS A PRODUCTOS NUEVOS
Derechos a productos nuevos:
Versiones nuevas de productos: tendrá acceso a las nuevas versiones de soft- ware que se lancen al mercado durante el período de cobertura de Software As- surance, sin costo adicional para la institución. Si una nueva versión de un pro- ducto de Microsoft cubierto con SA—por ejemplo, cualquier programa del siste- ma de Microsoft Office—se lanza al mercado estando vigente el SA, las licencias serán automáticamente actualizadas a las nuevas versiones; sin necesidad de atravesar el proceso tradicional para obtenerlas.
Step-Up License: podrá avanzar de ediciones de software de menor nivel a edi- ciones de mayor nivel disponibles.
Implementación:
Servicios de Planeación: Se podrá utilizar una cantidad finita de horas de Servi- cios de Planificación de socios de Microsoft para permitir implementaciones efi- cientes de aplicaciones, sistemas y productos de servidor y servicios online de Microsoft. Estas horas no representarán un costo adicional y la cantidad es defi- nida por Microsoft en base al Pedido Inicial.
Windows Virtual Desktop Access: Se podrá acceder a entornos de escritorios vir- tuales desde PCs con la cobertura de Software Assurance y permite a los usua- xxxx de PCs acceder remotamente sus escritorios virtuales desde dispositivos de terceros tales como PCs personales.
Capacitación
Cupones de capacitación: El Contratista deberá entregar una cantidad finita de Cupones de Capacitación (Training Vouchers), por año, los cuales podrán ser utilizados para tener acceso a capacitación técnica completa y presencial dictada por los Microsoft Certified Partners for Learning Solutions (CPLS), cada cupón cada deberá cubrir al menos 8 horas de capacitación. Estos cupones no repre- sentarán un costo adicional y la cantidad es definida por Microsoft en base al Pedido Inicial.
Capacitación en línea: los usuarios tendrán acceso a E-Learning de Microsoft, tanto en línea como sin conexión, sin costo adicional.
Programa de uso en el hogar: Durante la vigencia del contrato, se podrá autori- zar a que los usuarios tengan derecho a instalar la última versión de Microsoft Office en las computadoras de su casa a un bajo costo. Una vez generada la autorización el usuario puede, mediante un pago, obtener una copia del progra- ma correspondiente para usar en su casa durante el período de la cobertura de Software Assurance. Lo anterior no debe representar ningún costo.
Soporte
Se tendrá derecho a colocar una cantidad finita de incidentes de soporte por año vía telefónica, las 24 horas del día, los siete días de la semana. Este derecho no representará un costo adicional y la cantidad de los mismos es definida por Microsoft en base al Pedido Inicial.
Cobertura extendida de soporte de producto: Se tendrá derecho a recibir soporte telefónico aún si la licencia específica que requiere soporte no está cubierta por Software Assurance.
Anexo No. 3
Precios de los planes de servicio Online
Descripción | Nombre legal | Precio mensual |
TRANSICION | ||
Office 365 Plan E1 | Microsoft® Office 365 Plan E1 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Office 365 Plan E3 | Microsoft® Office 365 Plan E3 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Office 365 Plan E4 | Microsoft® Office 365 Plan E4 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Core CAL Bridge for Office 365 | Microsoft® Core CAL Bridge for Office 365 All Lng Software Assurance Microsoft Volume License 1 License Platform User CAL User CAL | |
ADD ON | ||
Exchange Online Plan 1 | Microsoft® Exchange Online Plan 1 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon to user Exch Std CAL or | |
Lync Online Plan 1 | Microsoft® Lync Online Plan 1 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon to user Lync Std CAL or Core | |
SharePoint Online Plan 1 w/Yammer | Microsoft® SharePoint Online Plan 1 w/Yammer Shared All Lng Monthly Subscriptions-VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon wYam to Usr S |
Descripción | Nombre legal | Precio mensual |
Office 365 Plan E1 | Microsoft® Office 365 Plan E1 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon to user Core CAL | |
Office 365 Plan E3 | Microsoft® Office 365 Plan E3 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon to user Core CAL w/OPP | |
Office 365 Plan E3 w/o ProPlus | Microsoft® Office 365 Plan E3 w/o ProPlus Shared All Lng Monthly Subscriptions-VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon to user Core CAL | |
Office 365 Plan E4 | Microsoft® Office 365 Plan E4 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon to user Core CAL w/OPP | |
Office 365 Plan E4 w/o ProPlus | Microsoft® Office 365 Plan E4 w/o ProPlus Shared All Lng Monthly Subscriptions-VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Addon to user Core CAL | |
PRODUCTOS ADICIONALES | ||
EO Arch for Exch Online | Microsoft® EO Arch for Exch Online Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Exchange Hosted Encryption | Microsoft® Exchange Hosted Encryption All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User Per User | |
Exchange Online Kiosk | Microsoft® Exchange Online Kiosk Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User |
Descripción | Nombre legal | Precio mensual |
Exchange Online Plan 1 | Microsoft® Exchange Online Plan 1 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Exchange Online Plan 2 | Microsoft® Exchange Online Plan 2 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Exchange Online Protection | Microsoft® Exchange Online Protection Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Lync Online Plan 1 | Microsoft® Lync Online Plan 1 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Lync Online Plan 2 | Microsoft® Lync Online Plan 2 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Office 365 Plan K1 | Microsoft® Office 365 Plan K1 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Office 365 Plan K1 with Yammer | Microsoft® Office 365 Plan K1 with Yammer Shared All Lng Monthly Subscriptions-VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Deskless Power Per Use | |
Office 365 ProPlus | Microsoft® Office 365 ProPlus Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Proj Online w Proj Pro O365 | Microsoft® Proj Online w Proj Pro O365 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User |
Descripción | Nombre legal | Precio mensual |
Project Online | Microsoft® Project Online Shared All Lng Monthly Subscriptions-VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Project Pro for Office 365 | Microsoft® Project Pro for Office 365 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User | |
Visio Pro for Office 365 | Microsoft® Visio Pro for Office 365 Shared All Lng Monthly Subscriptions- VolumeLicense Microsoft Volume License 1 License Per User |