CONTRATO DE LICENCIA
AGRECOL
Licencia de código abierto para semillas
CONTRATO DE LICENCIA
Preámbulo
Al comprar y utilizar las semillas adquiridas bajo los términos y condiciones de este contrato de licencia, usted, como licenciatario, acepta las disposiciones del mismo. El objetivo de la licencia es garantizar el libre uso de las semillas. El licenciante es la persona física o jurídica que le entrega dichas semillas. El beneficiario del contrato de licencia es AGRECOL e.V.
Por consiguiente, el uso de las semillas sólo está autorizado conforme esta licencia, buscando el objetivo de la libre utilización, el posterior desarrollo, siembra, difusión y propagación de las semillas, evitando el ejercicio monopólico y la obtención de ventajas por parte de los particulares. Como licenciatario, usted se compromete autorizar el uso, la difusión y la propagación de estas semillas por parte de terceros conforme los términos y condiciones previstos en esta licencia. En concreto, renuncia a reclamar derechos de obtentor, derechos de patente o cualquier otro derecho exclusivo aplicable a las semillas, su propagación y mejoras.
Al mismo tiempo, las disposiciones de la licencia le obligan a que las semillas obtenidas a partir de la semilla existente, así como los desarrollos posteriores de estas, estén sometidas a las disposiciones de la licencia y a que sólo se entreguen a terceros bajo dichas disposiciones («copyleft»). Si no cumpliese con sus obligaciones en virtud de este contrato de licencia, sus derechos sobre la utilización de la semilla o de las semillas derivadas de la misma, y sus desarrollos posteriores quedarán anulados. Asimismo, en estos supuestos, el beneficiario tendrá derecho a exigirle el cese e indemnización según lo previsto en este contrato (contrato en beneficio de terceros).
1. Definiciones
Para esta licencia se aplican las siguientes definiciones:
1.1. Semilla. Según este contrato, se entiende por semilla los órganos reproductores generativos latentes, como las semillas, los frutos, los pseudofrutos, los racimos xx xxxxxx o las partes del mismo, así como cualquier órgano vegetativo de las plantas a partir del cual puedan generarse plantas completas, mediante el método que sea, así como el polen y todos los componentes con información del mismo que hayan sido comercializados en cada caso según los términos y condiciones establecidos en la presente licencia, o hayan sido obtenidos o desarrollados posteriormente a partir de dichas semillas mediante la propagación.
1.2. Propagación incluye cualquier forma de reproducción, es decir, la nueva o posterior reproducción de semillas. La propagación también incluye métodos técnicos, aún desconocidos en la actualidad, de extracción de información genética hereditaria con el fin de producir semillas con características específicas.
1.3. Comercialización (puesta en el mercado): Oferta, almacenamiento para su venta, oferta para la venta y cualquier forma de entrega de semillas a terceros.
1.4. Desarrollos posteriores comprende la obtención de nuevas plantas en las que, durante el proceso de obtención, haya intervenido al menos una de las semillas comprendidas por el presente contrato de licencia, independientemente de si se trata de variedades, poblaciones u otros grupos de plantas o de plantas individuales o de alguna de sus partes.
1.5. El principio de «copyleft» obliga a todos los futuros agricultores a conceder a los usuarios de sus desarrollos posteriores los mismos derechos de los que ellos mismos han gozado.
1.6. Licenciante: El anterior propietario de la semilla, que la transfiere legalmente al licenciatario en virtud de las disposiciones del presente contrato cediéndose los derechos de uso de la semilla de acuerdo con el artículo 3.
1.7. Licenciatario: Cualquier persona que tome posesión o utilice las semillas de acuerdo con las disposiciones de esta licencia.
1.8. Beneficiario: AGRECOL e.V., Hauptstr. 15, D-88379 Guggenhausen, Alemania
2. Celebración del contrato
(1) Mediante las disposiciones de la licencia, el licenciante proporciona una oferta a cualquier persona para formalizar un contrato de licencia sobre la concesión de los derechos de uso de las semillas de acuerdo con las siguientes disposiciones. El contrato se formaliza cuando el licenciatario adquiere la semilla o toma posesión de ella en conformidad con el anterior propietario, pero como muy tarde en el momento en que abre el paquete de semillas. No es necesario que el licenciante reciba la declaración de aceptación.
(2) En virtud del presente contrato, el licenciante cederá al Beneficiario los derechos que se deriven del contrato de licencia, en particular el derecho de cese e indemnización por daños y perjuicios en virtud de la cláusula 6.
(3) Este contrato de licencia debe entenderse como un contrato del derecho civil. Se considerará que ha sido aceptado como legalmente vinculante desde el momento de la compra de la semilla o la apertura del embalaje, incluso una vez se haga uso de las semillas aunque el comprador incumpla los términos del contrato de licencia.
3. Ámbito de aplicación de los derechos de licencia
(1) Una vez concluido el contrato de licencia, se concederá al licenciatario el derecho a utilizar las semillas en su totalidad tal y como las ha recibido y según las condiciones de esta licencia.
(2) La semilla puede ser utilizada para cualquier propósito y por cualquier persona que haya aceptado los términos y condiciones de esta licencia, incluyendo también el desarrollo posterior.
(3) El licenciatario podrá entregar las semillas a otras personas, multiplicarlas, desarrollarlas y distribuir las semillas reproducidas o desarrolladas, pero con la condición de que se le facilite una copia del presente contrato de licencia a todas las demás personas a las que se distribuyan dichas semillas y, además, a condición de que se vincule a estas terceras personas legalmente a este contrato de licencia y se pueda acreditar ante el beneficiario si este lo solicita. Dicha vinculación legal de terceros podrá tener lugar mediante una declaración de consentimiento por escrito, oral, de manera expresa o implícita. Después de la distribución, los desarrollos posteriores deben ser considerados como «semillas» tal y como se indica en esta licencia.
(4) El principio «copyleft» obliga al licenciatario a imponer a los futuros propietarios de las semillas, así de como las semillas reproducidas o de los desarrollos posteriores de las semillas, los mismos derechos y obligaciones que él mismo ha adquirido y asumido. Cualquier otra restricción de los derechos sobre las semillas frente a terceros queda prohibida, en particular las restricciones basadas en derechos especiales concedidos por la ley (registro de variedades vegetales, derechos de patentes, derechos de marca, derechos de autor o similares) o de manera contractual.
4. Índice de material vegetal
(1) El beneficiario puede proporcionar su propio índice de material vegetal en el que se incluyan todas los grupos de semillas, como las variedades (identificadas según criterios de caracterización) y sus desarrollos posteriores. Los desarrollos posteriores realizados por los licenciatarios se pondrán a disposición del beneficiario a través de una muestra viable y reproducible para su inclusión en el índice de material vegetal.
(2) Tras su elaboración, el beneficiario publicará el índice de material vegetal en su pagina web.
(3) El uso de todas las variedades y desarrollos posteriores incluidos en dicho índice de material vegetal no estará restringido de ninguna manera, salvo por las disposiciones nombradas en este contrato de licencia.
(4) El origen y las propiedades del material serán indicados por el beneficiario en el índice de material vegetal y estarán disponibles para su consulta en todo momento.
5. Derechos de terceros y prohibiciones gubernamentales
Si el licenciatario estuviese obligado debido a derechos de terceros o prohibiciones gubernamentales a desviarse total o parcialmente de las condiciones pactadas en las disposiciones de esta licencia, entonces sólo podrá utilizar las semillas y reproducirlas para fines privados y no comerciales.
6. Expiración de los derechos en caso de incumplimiento de las disposiciones de la licencia
(1) Si el licenciatario infringe las disposiciones de esta licencia, los derechos de uso de la semilla, y sus mejoras posteriores, expirarán de forma inmediata. En particular, el beneficiario podrá exigir al licenciatario que se abstenga de distribuir las semillas, de propagarlas o de seguir mejorándolas, así como el pago de daños y perjuicios.
(2) La expiración de los derechos de uso según el apartado 1 no afecta a los derechos de otros usuarios siempre que ellos mismos no violen las disposiciones de la licencia.
7. Ley aplicable, lugar de jurisdicción, otros
(1) Las condiciones de esta licencia se rigen por la legislación alemana.
(2) En caso de que una de las cláusulas anteriores resulte inválida, ello no afectará la validez del resto de las disposiciones de esta licencia.
(3) Si los licenciatarios fueran comerciantes, personas jurídicas de derecho público o un fondo extraordinario de derecho público, el lugar de jurisdicción será Berlín.
(4) El beneficiario tendrá derecho a ceder a terceros, por escrito y en cualquier momento, los derechos derivados del presente contrato.
(5) En caso de que una de las disposiciones de este contrato de licencia sea o se declare inválida, ineficaz o inaplicable, esto no afectará a la validez de las disposiciones restantes del contrato de licencia. La disposición en cuestión será sustituida por una disposición válida y eficaz que se ajuste lo más posible a la intención económica de las partes contratantes, en particular a los objetivos del contrato de licencia expuestos en el preámbulo.
Anexo de la licencia
Con el fin de facilitar a cualquier persona los derechos para utilizar libremente las semillas según las disposiciones de la presente licencia, se deberá exponer y adjuntar a cualquier entrega de las semillas la siguiente nota informativa o una nota informativa equivalente en la que se indique la aplicación de la presente licencia y el lugar en el que se encuentra.
Licencia de código abierto para semillas - Texto para el embalaje
Semillas con igualdad de derechos y obligaciones para todos
Al comprar la semilla o abrir el paquete de la semilla, usted está aceptando de manera vinculante y sin incurrir en costos, las disposiciones del contrato de licencia. Sobre todo, se compromete a no restringir el uso de estas semillas y sus desarrollos posteriores, por ejemplo, exigiendo derechos de variedades vegetales registradas o derechos de patente sobre las partes o componentes de las semillas. Además, solo podrá ceder a terceros las semillas y las reproducciones obtenidas a partir de ellas bajo los términos y condiciones de esta licencia. Encontrará las disposiciones concretas de la licencia en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx- de-la-semilla-de-código-abierto. Si no desea aceptar dichas disposiciones, deberá abstenerse de comprar y utilizar estas semillas.
Publicado el 10 xx xxxxx de 2016
Fuente y cita:
Xxxxxxx, X. y X. Xxxx (2016). Befreiung des Saatguts durch open source Lizensierung. Informe de trabajo. AGRECOL. Guggenhausen.
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